Indice Página siguiente


PROGRAMA CONJUNTO FAO/OMS SOBRE NORMAS ALIMENTARIAS

INFORME DEL 20o PERIODO DE SESIONES
DE LA COMISION MIXTA FAO/OMS DEL CODEX ALIMENTARIUS

Centro Internacional de Conferencias, Ginebra, Suiza
28 de junio - 7 de julio de 1993

INTRODUCCION

1. El 20o período de sesiones de la Comisión Mixta FAO/OMS del Codex Alimentarius se celebró en el Centro Internacional de Conferencias, Ginebra, Suiza, del 28 de junio al 7 de julio de 1993. A este período de sesiones asistieron 259 participantes, entre los que figuraban representantes y observadores de 70 países, y observadores de 27 organizaciones internacionales Véase en el Apéndice 1 la lista de participantes.

2. La Comisión estuvo presidida por su Presidente, F. G. Winarno (Indonesia) y, para determinados puntos del programa, por dos de sus vicepresidentes, John Race (Noruega) y Pakdee Pothisiri (Tailandia). El Secretario de la Comisión fue R. J. Dawson, asistido por los Cosecretarios del período de sesiones, A. W. Randell y F. Käferstein.

3. El Dr. F. Antezana, Subdirector General, inauguró el período de sesiones en nombre del Director General de la OMS, Dr. H. Nakajima y en nombre del Director General de la FAO, Sr. Edouard Saouma, lo hizo el Sr. John R. Lupien, Director de la Dirección de Política Alimentaria y Nutrición. Los textos de los discursos de apertura y de la respuesta del Presidente figuran en el Apéndice 2 del presente informe.

APROBACION DEL PROGRAMA Y DEL CALENDARIO PROVISIONALES (Tema 1 del programa)

4. La Comisión aprobó el programa provisional ALINORM 93/1, con el suplemento ALINORM 93/1 - Addendum l, como programa para su período de sesiones. Por recomendación del Comité Ejecutivo de la Comisión en su 40a reunión, se acordó examinar, en el ámbito del tema 43 «Otras cuestiones», los temas siguientes:

5. La Comisión acordó asimismo examinar, en el marco del tema «Otras cuestiones» y si se disponía de tiempo, un informe sobre la labor realizada por el Comité de Gestión del Comité Mixto FAO/OMS de Expertos Gubernamentales sobre el Código de Principios referentes a la Leche y los Productos Lácteos.

ELECCION DE LA MESA DE LA COMISION (Tema 4 del programa)

6. La Comisión, en el curso del período de sesiones, reeligió a F.G. Winarno (Indonesia) Presidente de la Comisión, para que ocupara este cargo desde la terminación del 20o hasta la terminación del 21o período de sesiones. La Comisión reeligió igualmente vicepresidentes de la Comisión para el mismo período a D. Gascoine (Australia), Pakdee Pothisiri (Tailandia) y J. Race (Noruega).

Nombramiento de Coordinadores Regionales

7. La Comisión nombró Coordinadores Regionales de las distintas regiones a los siguientes delegados:

AfricaJoseph Ahmadu Abalaka (Nigeria)
AsiaDai Yin (China)
EuropaStuart Slorach (Suecia)
América Latina y el CaribeCarlos Alberto Ferreira Guimaraes (Brasil)
América del Norte y el Pacífico SudoccidentalKatherine Gourlie (Canadá)

INFORME DEL PRESIDENTE SOBRE LAS 39a Y 40a REUNIONES DEL COMITE EJECUTIVO (Tema 2 del programa)

8. Al presentar los informes de las 39a y 40a reuniones del Comité Ejecutivo, que figuran en los documentos ALINORM 93/3 y 93/4 (Doc. de sala), respectivamente, el Presidente indicó que todos los asuntos tratados por el Comité Ejecutivo serían examinados por la Comisión cuando se abordaran los correspondientes temas del programa, o habían sido ya examinados por los Comités del Codex que habían celebrado sus reuniones después de la 39a reunión del Comité Ejecutivo.

MIEMBROS DE LA COMISION DEL CODEX ALIMENTARIUS (Tema 3 del programa)

9. El Secretario de la Comisión informó de que el número de Miembros de la Comisión era a la fecha de 144 países Miembros. Desde el 19o período de sesiones de la Comisión se habían incorporado como Miembros los países siguientes: Belice; Estonia; Estados Federados de Micronesia; Lituania; Mongolia; Eslovenia. La Comisión tomó nota de que Checoslovaquia había dejado de ser Miembro de la Comisión. La Comisión invitó a la FAO y a la OMS a que continuaran sus esfuerzos para asegurar que todos los países que reunieran las condiciones necesarias pasaran a ser Miembros de la Comisión.

INFORME SOBRE LAS ACEPTACIONES DE NORMAS DEL CODEX Y LIMITES MAXIMOS DEL CODEX PARA RESIDUOS DE PLAGUICIDAS Y SOBRE LA APLICACION DEL CODIGO DE ETICA PARA EL COMERCIO INTERNACIONAL DE ALIMENTOS (Tema 5 del programa)

10. Al examinar este tema del programa, la Comisión tuvo ante sí el documento ALINORM 93/5, en el que se resumen las aceptaciones notificadas por los países desde su 19o período de sesiones. Se tomó nota de que Cuba había notificado la aceptación con excepciones especificadas de algunas normas del Codex sobre la leche y los productos lácteos y de que el diez por ciento, aproximadamente, de los países Miembros del Codex habían notificado aceptaciones con arreglo a los procedimientos revisados aplicables a los límites máximos para residuos de plaguicidas.

11. Algunas delegaciones hicieron observar que la aceptación de los límites máximos del Codex para residuos (LMR) aplicables a los plaguicidas en los alimentos requería hacer una valoración de los datos utilizados para evaluar las condiciones de las buenas prácticas agrícolas, y que los países no siempre podían aceptar unos LMR basados en criterios de buenas prácticas agrícolas que no tuviesen en cuenta consideraciones medioambientales y otras de índole semejante.

12. La delegación de China comunicó a la Comisión que se habían aceptado varios LMR del Codex conforme a las modalidades de aceptación completa y que se enviarían futuras notificaciones a la Secretaría del Codex. La citada delegación subrayó asimismo la importancia de que el Codex ratificara los métodos de detección uniformes aplicados para los plaguicidas en relación con las actividades de control de los productos objeto de comercio internacional.

13. El observador de la CEE señaló que la Comunidad estaba trabajando en la definición de procedimientos apropiados para la aceptación de las normas del Codex. Sugirió que era necesario que el Comité del Codex sobre Principios Generales diera aclaraciones acerca del carácter de la aceptación de las normas del Codex, teniendo presente la aplicación de los acuerdos previstos del GATT sobre medidas sanitarias y fitosanitarias y obstáculos técnicos al comercio.

14. La Comisión exhortó a que más países formularan declaraciones positivas sobre la aceptación, o adopción y uso de las normas del Codex en sus respectivos países. Observó que la nueva modalidad de aceptación, con arreglo al principio de “libre distribución” (véase tema 15(b) del programa, párrs. 86–88, más adelante) permitiría recibir un mayor número de declaraciones de aceptación positivas para cuando se celebrara el próximo período de sesiones de la Comisión. La Comisión invitó a la Secretaría a estimular a los países, especialmente los países industrializados importadores, a que respondieran positivamente con arreglo a esta nueva modalidad de aceptación, a tiempo para el 21o período de sesiones de la Comisión.

INFORME SOBRE LA SITUACION FINANCIERA DEL PROGRAMA CONJUNTO FAO/OMS SOBRE NORMAS ALIMENTARIAS PARA 1992/93 Y 1994/95 (Tema 6 del programa)

15. El Secretario de la Comisión del Codex Alimentarius presentó el documento ALINORM 93/6, que contiene un informe del balance financiero del Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias relativo al bienio 1990/91, el presupuesto adoptado para el bienio 1992/93 y las propuestas de la FAO y la OMS para el presupuesto correspondiente al bienio 1994/95. La Comisión observó que, durante el bienio 1990/91, la realización del Programa se había iniciado con un pequeño excedente, finalizando con un pequeño déficit, que se arrastró al bienio en curso. Tomó nota también de que se había introducido una reducción en el presupuesto básico del Programa para 1992/93, debido a la reducción general de los créditos asignados en el Programa de Labores y Presupuesto de la FAO para dicho bienio. La reducción en cuestión fue de cerca del 8 por ciento del total. El presupuesto que se proponía para 1994/95 se basaba en el presupuesto completo para 1992/93, sin considerar la reducción mencionada.

16. La Comisión observó que, salvo la reducción introducida en el presupuesto para 1992/93, el presupuesto del Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias se había mantenido constante en términos reales desde 1974, año en que se había incorporado en los presupuestos ordinarios de las organizaciones patrocinadoras, con arreglo a una proporción de distribución de los gastos entre la FAO y la OMS equivalente a 75:25 por ciento, respectivamente. Las aportaciones adicionales de la FAO desde 1974 que, a la fecha, se cifraban en cerca de 1,5 millones de dólares, y se destinaban principalmente a sufragar los gastos de documentación, elevaban la participación de la FAO en los gastos del Programa a aproximadamente el 82 por ciento. La Comisión reconoció complacida el apoyo directo prestado por los gobiernos de los países hospedantes de los comités del Codex. Se estimó que dicho apoyo representaba el equivalente de cerca del 17 por ciento del presupuesto total de la Comisión.

17. La Comisión se manifestó preocupada por que las reducciones del presupuesto del Codex tuvieran consecuencias negativas para su labor, particularmente en un momento en que la Comisión estaba acelerando su programa de trabajo para satisfacer las necesidades subsiguientes a la Ronda Uruguay. Sin embargo, expresó su aprecio por el constante apoyo prestado a la labor de la Comisión por los Directores Generales de la FAO y de la OMS, y por la prioridad que las organizaciones patrocinadoras habían otorgado al Programa en períodos de dificultades financieras generalizadas.

18. Tomando nota de los constantes obstáculos financieros que habían de afrontar la FAO y la OMS, así como muchos gobiernos Miembros, la Comisión pidió a la Secretaría que adoptase las disposiciones necesarias para reducir algunos gastos directos en el presupuesto del Programa, en particular los gastos de documentación. La Comisión hizo suya la idea propuesta por el Comité Ejecutivo (ALINORM 93/4, párr. 7) de que se efectuase un análisis de los gastos que supone celebrar los períodos de sesiones de la Comisión en Ginebra y de si era oportuno examinar la conveniencia de celebrar las reuniones en el futuro inmediato solamente en Roma.

INFORME SOBRE LAS ACTIVIDADES DE LA FAO Y LA OMS QUE ATAÑEN A LA LABOR DE LA COMISION (Tema 7 del programa)

A. Informe sobre las actividades conjuntas FAO/OMS

Conferencia Internacional sobre Nutrición (CIN)

19. Se informó a la Comisión acerca de los resultados de la Conferencia Internacional sobre Nutrición (CIN), celebrada en Roma del 5 al 11 de diciembre de 1992 bajo el patrocinio conjunto de la FAO y de la OMS. La CIN adoptó por unanimidad la Declaración Mundial y el Plan de Acción sobre la Nutrición. En la Declaración Mundial se hace constar la determinación de la comunidad internacional de eliminar el hambre y de reducir todas las formas de malnutrición en el decenio siguiente. Para conseguir estos fines, en el Plan de Acción se enuncian objetivos generales y directrices de política y se identifican sectores específicos de acción, a saber: mejora de la seguridad alimentaria en los hogares; protección de los consumidores mediante una mayor calidad e inocuidad de los alimentos; prevención y control de las enfermedades contagiosas; promoción de la lactancia materna; cuidado de los desfavorecidos desde un punto de vista social y económico y de las personas vulnerables en lo referente al aspecto nutricional; prevención y control de carencias específicas de micronutrientes; promoción de regímenes alimentarios y estilos de vida saludables; evaluación, análisis y vigilancia de la situación relacionada con la nutrición, e incorporación de objetivos, consideraciones y componentes nutricionales en los programas y las políticas de desarrollo. Al adoptar la Declaración Mundial y el Plan de Acción, los países se comprometieron a elaborar o revisar sus planes nacionales de acción para finales de 1994 a más tardar, haciendo hincapié en las medidas concretas que habían de adoptarse.

20. La Comisión tomó nota en particular de que en el Plan de Acción se hace un llamamiento a los gobiernos y demás partes interesadas para “aplicar y reforzar leyes alimentarias de carácter general que incluyan el control de la calidad y de la inocuidad de los alimentos, con el fin de proteger la salud de los consumidores y productores y garantizar unas buenas prácticas de producción y fabricación, y un comercio justo”. Se declara asimismo que “los reglamentos alimentarios deberán ajustarse plenamente a las normas internacionales recomendadas por la Comisión del Codex Alimentarius”. Algunas delegaciones proporcionaron información sobre las actividades emprendidas en sus países para aplicar el Plan de Acción.

21. Se informó asimismo a la Comisión acerca de las disposiciones adoptadas por la FAO y la OMS para ayudar a los países en desarrollo Miembros de la Comisión a ejecutar el Plan de Acción de la CIN, particularmente en lo que se refiere a la formulación o revisión de sus respectivos planes nacionales de acción para la nutrición. La Comisión tomó nota de la necesidad, tanto de la FAO como de la OMS, de disponer de recursos extrapresupuestarios adicionales que les permitieran responder favorablemente a la necesidad de asistencia técnica de los países en desarrollo para la ejecución del Plan de Acción.

Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios (JECFA) y Reunión Conjunta FAO/OMS sobre Residuos de Plaguicidas (JMPR)

22. Se puso en conocimiento de la Comisión que, desde su 19o período de sesiones, se habían celebrado tres reuniones del JECFA y dos de la JMPR. Dos de las reuniones del JECFA (la 39a, celebrada en Roma en febrero de 1992 y la 41a, celebrada en Ginebra en febrero de 1993) estuvieron dedicadas a la evaluación toxicológica de determinados aditivos alimentarios, contaminantes y sustancias tóxicas de origen natural. En la 40a reunión, celebrada en Ginebra en junio de 1992, se habían evaluado los residuos de determinados medicamentos veterinarios. En lo que respecta a la JMPR, se celebraron en septiembre de 1991 y en el mismo mes del año siguiente dos reuniones en las que se evaluaron los datos toxicológicos, de residuos y analíticos correspondientes a varios plaguicidas nuevos y se volvieron a evaluar datos relativos a plaguicidas anteriormente examinados por la JMPR. Se evaluaron los LMR correspondientes a gran número de productos alimenticios.

Grupo Consultivo Internacional sobre Irradiación de Alimentos (ICGFI)

23. Se informó a la Comisión de que el ICGFI, creado por la FAO, el Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA) y la OMS en 1984, tenía a la fecha 39 países miembros. Se informó brevemente a la Comisión sobre los progresos, los logros y las futuras actividades del ICGFI en apoyo de la aplicación y la aceptación de la irradiación de alimentos por los países miembros.

Calidad de los alimentos, inocuidad y turismo

24. La Comisión tomó nota de que el turismo era la tercera industria mundial y constituía una importante fuente de ingresos en divisas tanto para los países en desarrollo como para los países industrializados. La FAO y la OMS habían emprendido actividades en colaboración con la Organización Mundial del Turismo (OMT) para mejorar la calidad y la inocuidad de los alimentos en el sector turístico. Se habían celebrado conferencias internacionales sobre turismo e inocuidad de los alimentos para el Africa francófona en Túnez en 1992 y para América Latina y el Caribe en México en 1993. La FAO había colaborado con la OMT en la organización de un curso de formación para el personal de los servicios de comidas de los hoteles en Bahrein en 1993. Se tiene previsto celebrar nuevas conferencias en Malasia en 1994 y en Sri Lanka en 1995.

25. Se informó asimismo a la Comisión acerca de las actividades conjuntas llevadas a cabo por la FAO y la OPS para ayudar a los países miembros de la región de América Latina y el Caribe en sus esfuerzos por prevenir y combatir la propagación de la epidemia de cólera. Estas actividades comprendían la organización de tres cursos regionales de formación sobre análisis microbiológico de los alimentos para la detección de Vibrio cholerae y de por lo menos cuatro seminarios y talleres regionales sobre diversas cuestiones planteadas a raíz de la epidemia de cólera.

B. Informe sobre las actividades de la FAO

26. Se informó a la Comisión sobre la preferencia dada por la FAO a las actividades relacionadas con el control de la calidad de los alimentos y la protección de los consumidores y sobre las medidas recientemente adoptadas por la FAO para seguir reforzando estas actividades como consecuencia de la Conferencia Internacional sobre Nutrición y de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo. Estas medidas comprendían i) una propuesta de aumento del presupuesto de 774 000 dólares EE.UU. para el control de alimentos y la protección de los consumidores en el Programa de Labores y Presupuesto de la FAO para 1994– 1995; ii) el establecimiento a partir de 1994 de un Programa Especial de Acción con carácter nacional en materia de Nutrición y Garantía de Calidad de los Alimentos, con el fin de reunir las actividades relacionadas con los alimentos y con la nutrición para conseguir el acceso de todos a suministros suficientes de alimentos de buena calidad e inocuos y a precios asequibles, lo que exigiría el examen de la calidad de los alimentos a lo largo de toda la cadena alimentaria y iii) la consideración dada por la FAO y el OIEA al establecimiento de un servicio FAO/OIEA de capacitación y referencias para la calidad de los alimentos y los plaguicidas, en las instalaciones de que dispone el OIEA en Siebersdorf, Austria.

27. La Comisión tomó nota con satisfacción de la amplia asistencia técnica prestada por la FAO a los países miembros para reforzar sus infraestructuras y actividades de control de alimentos. Esta asistencia se había prestado en aplicación del programa ordinario de la FAO y por medio de más de 50 proyectos realizados en países de todas las regiones. Diecinueve de estos proyectos se habían realizado en la región de América Latina y el Caribe, 15 en Africa, 10 en Asia, 6 en Europa y 4 en el Cercano Oriente. El presupuesto total de estos proyectos rebasaba los 12 millones de dólares.

28. La Comisión tomó nota también de la preferencia dada al desarrollo de recursos humanos mediante cursos y talleres de formación a escala nacional y regional sobre gestión de los programas de control de los alimentos, sobre análisis de alimentos, aditivos y contaminantes de los alimentos, inspección, y certificación de la importación y exportación de alimentos, y programas de control. La Comisión apreció en particular la prioridad atribuida por la FAO a la región de Africa en el campo de la formación.

29. En lo que atañe a los contaminantes de los alimentos, se informó a la Comisión sobre el programa de asistencia de la FAO a los países miembros para sostener los esfuerzos que llevan a cabo con el fin de controlar y vigilar los niveles de micotoxinas, residuos de plaguicidas, metales pesados y otros contaminantes medioambientales en los alimentos. Se le señaló en particular la asistencia prestada a países miembros en la región de América Latina y el Caribe para controlar y prevenir la propagación de la epidemia de cólera. Esta asistencia se basó principalmente en la aplicación de buenas prácticas de fabricación en la industria y de buenas prácticas de higiene en el manejo y la preparación de alimentos, especialmente los que se venden en las calles. Se informó a la Comisión acerca de la reciente convocación por la FAO de dos consultas de expertos: una sobre planes de muestreo para el análisis de las aflatoxinas en los alimentos y la otra sobre integración de los intereses de los consumidores en el control de alimentos.

C. Informe sobre las actividades de la OMS

30. Se hizo saber a la Comisión que la OMS consideraba la inocuidad de los alimentos de destete como una de sus prioridades, ya que cada año se registran unos 1 500 millones de casos de diarrea en niños de menos de cinco años, que no solamente causan la muerte de 3,5 millones de ellos, sino que también empeoran el estado de nutrición de los supervivientes. Se ha publicado una reseña a este respecto en el Boletín de la OMS y se ha incluido una nota de información en la nueva serie de la OMS titulada “Actualidades sobre la Alimentación del lactante”. Para 1994 se tiene previsto celebrar una consulta de la OMS sobre inocuidad de los alimentos de destete y se están preparando proyectos nacionales en tres países en desarrollo.

31. En marzo de 1993 se había celebrado una consulta de la OMS sobre el sistema de análisis de riesgos y de los puntos críticos de control (HACCP) y se había dado asesoramiento en un documento sobre consideraciones en materia de formación para la aplicación del sistema de HACCP a la elaboración y manufactura de alimentos. La OMS estaba asimismo preparando un modelo de material didáctico para la formación de empleados tanto del gobierno como de la industria en materia de HACCP. Los primeros cursos de adiestramiento habían tenido lugar en la China y en las Filipinas y estaba previsto celebrar otro en la República de Corea.

32. Se hizo saber que, como complemento de la consulta FAO/OMS de 1990 sobre estrategias de evaluación de la inocuidad de los alimentos producidos por métodos biotecnológicos, la OMS había previsto convocar en septiembre de 1993 un taller sobre aspectos sanitarios del uso de genes marcadores en las plantas y sobre las posibilidades de su utilización para identificar y controlar las plantas modificadas genéticamente. Se había previsto que en 1994 se celebraría otra consulta FAO/OMS sobre biotecnología de los alimentos.

33. En relación con la encefalopatía bovina espongiforme (EBE), la OMS había organizado dos consultas (noviembre de 1991 y mayo de 1993) para tratar de las posibles consecuencias para la salud del público y la salud animal de las encefalopatías espongiformes, especialmente la EBE, con respecto al uso de tejidos animales como piensos y como alimentos de consumo humano, así como para la preparación de productos medicinales y de otro tipo para uso humano. La OMS había publicado los informes de estas dos consultas (documentos WHO/CDS/VPH.92.104 y 93.119). En lo que respecta a la transmisión del agente de la EBE por los alimentos, se comunicó que los estudios sobre la enfermedad denominada “scrapie” sugerían que el riesgo, de haber alguno, de infección de los seres humanos solamente podría derivarse de la exposición a ciertos tejidos de animales infectados. Los resultados recientes indicaban que la infecciosidad de los animales infectados por la EBE era más limitada que en el modelo de la enfermedad «scrapie». Por lo tanto, en los países donde había una elevada incidencia de la enfermedad, el prohibir que los «despojos especificados» (es decir el cerebro, la médula espinal, las amígdalas, el timo, el bazo y los intestinos, desde el duodeno hasta el recto inclusive) del ganado con más de 6 meses de edad entren en contacto con la cadena alimentaria humana o animal debería bastar para reducir al mínimo los riesgos de exposición al agente de la EBE.

34. Se informó a la Comisión de que la OMS había dado directrices en su parte epidemiológico semanal sobre la vacunación de las personas que manejan alimentos contra la hepatitis A y sobre las medidas de higiene de los alimentos aplicables a los huevos y a los alimentos que contienen huevos (No 5 y 22 de 1993, respectivamente).

35. En las deliberaciones que siguieron a estas informaciones, la delegación de Suecia hizo saber a la Comisión que el Instituto Nacional de Veterinaria de Suecia había organizado bajo los auspicios de la OMS, para agosto de 1993, en Suecia, un curso internacional de lucha contra la Salmonella en la producción animal y los productos animales.

36. La delegación de Nigeria expresó la opinión de que Africa no recibía bastante atención de parte de la FAO y de la OMS frente a los graves problemas sanitarios y alimentarios que prevalecían en el continente. Los representantes tanto de la FAO como de la OMS explicaron que Africa era una región prioritaria para ambas organizaciones, pero que algunos países no consideraban que la calidad de los alimentos, su inocuidad y su control fueran problemas prioritarios. Habían hecho saber que la FAO y la OMS sólo podían prestar asistencia técnica si se les solicitaba expresamente. Tratándose de la OMS, se hizo asimismo observar que era indispensable que los países reservasen fondos suficientes de sus presupuestos nacionales de la OMS para actividades de cooperación técnica para destinarlos a las cuestiones de inocuidad de los alimentos y de nutrición.

INFORME SOBRE LAS ACTIVIDADES DE OTRAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES QUE TRABAJAN EN LA NORMALIZACION DE ALIMENTOS Y MATERIAS AFINES (Tema 8 del programa)

37. Al examinar este tema del programa, la Comisión tuvo ante sí el documento ALINORM 93/8, en el que se resumían las actividades de interés planteadas en la Organización Internacional de Normalización y en la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa. Por su parte, el observador de la Organización Regional Africana de Normalización presentó un informe oral.

Organización Internacional de Normalización (ISO)

38. El observador de la ISO puso de relieve la labor llevada a cabo por el Comité Técnico ISO/TC 34, «Agricultural Food Products» que está formado por catorce subcomités de la ISO. El citado observador hizo notar que las normas elaboradas por el ISO/TC 34 y sus subcomités regulaban diversas cuestiones, tales como la terminología, los métodos de análisis y muestreo y las especificaciones aplicables a los productos alimenticios que no figuraban en el programa de la Comisión del Codex Alimentarius y sus órganos auxiliares. El observador de la ISO declaró que, además de la colaboración que ya existía en asuntos técnicos entre los Comités competentes de la ISO y del Codex, las Secretarías del Codex y de la ISO mantenían estrechos contactos, con el fin de evitar el riesgo de duplicación de tareas entre las dos organizaciones.

39. Al destacar las actividades de otros Comités de la ISO que revisten interés para la Comisión del Codex Alimentarius, el Observador de la ISO hizo notar que el 1o de junio de 1993 se había publicado el estudio técnico titulado «Green Coffee-Defect Chart» (ISO 10470). Se señaló también que se había puesto a disposición de los delegados presentes en el período de sesiones de la Comisión, para su información, una lista seleccionada de normas de la ISO.

40. La Comisión acordó que las actividades de la ISO relacionadas con el establecimiento de métodos de análisis y muestreo se tratarían al examinar el tema 26 del programa, Comité del Codex sobre Métodos de Análisis y Toma de Muestras.

Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa (CEPE)

41. El observador de la CEPE tomó nota de la decisión de la Comisión de aplazar los debates relativos a la CEPE hasta el examen del tema 30 del programa (Comité del Codex sobre Frutas y Hortalizas Tropicales Frescas), en vista de que estas actividades de la CEPE eran de carácter general, actividades que estaban estrechamente relacionadas y eran aplicables a otros comités del Codex.

Organización Regional Africana de Normalización (ARSO)

42. El observador de la ARSO, tras acoger favorablemente la estrecha colaboración entre el Codex y la ARSO para evitar la repetición inútil de tareas y el establecimiento de normas regionales que obstaculizaran el comercio, explicó que la mayor parte de los puntos de interés relacionados con la ARSO habían sido tratados por el Comité Coordinador del Codex para Africa. En consecuencia, la Comisión acordó que las actividades de la región de Africa relacionadas con la normalización de alimentos, incluidas las relaciones entre la Comisión, la ARSO y la ISO, se examinaran al tratar del tema 16 del programa.

INFORME SOBRE LA RONDA URUGUAY DE NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES DEL GATT EN RELACION CON LAS MEDIDAS SANITARIAS Y FITOSANITARIAS Y EL ACUERDO (1991) SOBRE OBSTACULOS TECNICOS AL COMERCIO(Tema 9 del programa)

43. El Representante de la Secretaría de las Partes Contratantes del GATT presentó el documento ALINORM 93/9, que contiene una copia de la sección L del Proyecto de Acta Final del GATT (MTN.TNC/W/FA) con los resultados de la Ronda Uruguay de Negociaciones Comerciales Multilaterales en materia de Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, así como la sección G, relativa al Acuerdo (1991) sobre Obstáculos Técnicos al Comercio. Se informó asimismo de que la Secretaría del GATT había publicado un documento de base para ayudar al público a comprender la propuesta de Acuerdo del GATT sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias. El Cosecretario del período de sesiones por parte de la OMS informó también a la Comisión de que se había presentado a la 46a Asamblea Mundial de la Salud, celebrada en mayo de 1993, un documento sobre las relaciones entre el Codex y el GATT.

44. El Representante del GATT señaló que ni la situación respecto al proyecto de Acuerdo del GATT ni la condición jurídica del mismo habían cambiado desde el último período de sesiones de la Comisión, puesto que las negociaciones oficiales sobre esas medidas se habían suspendido, en espera de llegar a un acuerdo sobre el conjunto de la Ronda Uruguay, previsto para fines de 1993. El Representante indicó no obstante que, teniendo presente la aceptabilidad general y el carácter completo de dichos acuerdos propuestos, probablemente ya no serían objeto de nuevas discusiones hasta su aplicación prevista a comienzos de 1995.

45. La Comisión, observando la importancia de los debates en el GATT, convino en expresar su apoyo constante a los objetivos de las negociaciones del GATT en relación con las medidas sanitarias y fitosanitarias y los obstáculos técnicos al comercio.

PARTICIPACION DE LOS CONSUMIDORES EN LA ADOPCION DE DECISIONES SOBRE NORMAS ALIMENTARIAS Y EL PROGRAMA CONJUNTO FAO/OMS SOBRE NORMAS ALIMENTARIAS (Tema 10 del programa)

46. La Comisión tuvo ante sí los documentos ALINORM 93/10, incluida la Parte I, preparada por la OIUC y la Parte II, en que se exponían las observaciones de determinados gobiernos en respuesta a la circular CL 1993/3-CAC (Brasil, Francia, Países Bajos, Suecia y Suiza) y el documento CAC/LIM.5, en que figuraban observaciones adicionales de algunos gobiernos (Australia, Finlandia, Reino Unido).

47. La Secretaría recordó las recomendaciones de la Conferencia FAO/OMS sobre Normas Alimentarias, Sustancias Químicas en los Alimentos y Comercio Alimentario (marzo de 1991), ratificadas por la Comisión en su 19o período de sesiones, para mejorar la participación de los consumidores en la labor del Codex. Se acordó que la OIUC sometería al examen de la Comisión en el presente período de sesiones un documento de trabajo en el que figurase una evaluación de los progresos realizados y de los principales puntos que habían de examinarse en este campo. Se acordó asimismo que se pediría a los gobiernos que informasen acerca de sus políticas nacionales en lo tocante a la participación de los consumidores. La Comisión tomó nota de las deliberaciones habidas en la 40a reunión del Comité Ejecutivo (ALINORM 93/4, párrs. 13–17).

48. Se hizo saber a la Comisión que se había celebrado en Roma del 14 al 18 de junio de 1993 una Consulta FAO de Expertos sobre la integración de los intereses de los consumidores en el control de alimentos, a la que asistieron representantes de organizaciones nacionales de control de los alimentos, de consumidores y de la industria. La Consulta había examinado la situación existente en lo que respecta a la participación de los consumidores en los países desarrollados y en desarrollo, e identificado las principales dificultades para lograr esa integración. Se acordó, sin embargo, no examinar los resultados de esta Consulta, en vista de que no se disponía todavía del informe definitivo ni estaba dirigido tampoco a la Comisión.

49. Al presentar el documento de trabajo, el observador de la OIUC puso de relieve algunos puntos tratados en la 40a reunión del Comité Ejecutivo. Aunque el documento reflejaba solamente las opiniones de la OIUC, se hizo observar que esta Organización tenía una composición muy amplia, al estar integrada por miembros de 70 países distribuidos por todo el mundo. A este respecto, el citado observador indicó que deberían establecerse criterios de utilidad para evaluar la representatividad de las asociaciones de consumidores, porque existían muchos grupos pequeños con intereses sectoriales y que solamente deberían reconocerse a nivel nacional e internacional las asociaciones formadas por una amplia base, que representara los intereses de la mayoría de los consumidores. Varias delegaciones hicieron suya esta propuesta y pusieron de manifiesto que, en algunos países, la multiplicidad de grupos de consumidores hacía que resultase difícil para las autoridades establecer una cooperación eficaz con ellos e identificar los representantes que podían asesorar mejor a los gobiernos sobre una política de consumidores, incluso cuando la legislación nacional preveía la participación de los consumidores. No obstante, muchas delegaciones indicaron que los consumidores participaban en la elaboración de la legislación nacional sobre alimentos, así como en la preparación de las reuniones del Codex y que esa participación estaba reconocida por la legislación o por instrumentos análogos.

50. El observador de la OIUC reconoció que se habían hecho progresos para conseguir la participación de los consumidores en los países en desarrollo, y que esta participación era cada vez más importante, sobre todo en Asia. Por otra parte, se manifestó favorable a la participación de la prensa en las reuniones del Codex, para hacer que sus deliberaciones resultaran más transparentes.

51. El observador reafirmó la opinión de la OIUC de que los recursos de que disponían los grupos industriales les permitían participar más activamente en el proceso de adopción de decisiones, con lo cual sus intereses estaban fuertemente representados, lo que no ocurría con las organizaciones de consumidores, y que deberían por consiguiente hacerse esfuerzos para llegar a un mejor equilibrio entre intereses. Señaló que las dificultades con que tropezaban las organizaciones de consumidores provenían esencialmente de una falta de fondos, que repercutía en su representación insuficiente a escala internacional, y sugirió que podrían prestar asistencia a este respecto las organizaciones internacionales o la industria. Numerosas delegaciones formularon, sin embargo, objeciones a la financiación directa o indirecta por la industria, por estimar que ello repercutiría negativamente en la independencia de las organizaciones de consumidores y señaló la impracticabilidad de administrar tal impuesto. El Asesor Jurídico de la FAO subrayó que, en lo concerniente al procedimiento estipulado en el Artículo VII.5, la participación de las organizaciones internacionales y las relaciones con ellas estaban reguladas por las disposiciones pertinentes de las Constituciones de la FAO y de la OMS. Por otra parte, en materia de financiación, el Artículo XI.4 estipulaba que los gastos de asistencia a las reuniones del Codex habían de correr por cuenta de los participantes y no del Codex, la FAO o la OMS.

52. Hubo consenso general en señalar que el mejoramiento de la participación del consumidor era ante todo una cuestión nacional y como tal debía ser abordada por los gobiernos. La delegación de Singapur expresó la opinión de que las autoridades de un país representaban los intereses de los consumidores al igual que los intereses generales del país. El observador de la OIUC indicó sin embargo que era necesario todavía establecer lazos de confianza entre los organismos gubernamentales y los consumidores, ya que éstos no se sentían suficientemente representados o no consideraban que sus intereses se tomaban en cuenta como era debido.

53. El observador de la Comunidad Europea informó a la Comisión de que la Comunidad consideraba esencial la participación del consumidor y de que, de hecho, uno de los comités de la Comunidad estaba integrado por representantes de los consumidores así como de otros sectores de la economía. Propuso también que los gobiernos consultaran a las asociaciones de consumidores al preparar las reuniones del Codex.

54. La Comisión no aceptó la propuesta de la OIUC de participar en calidad de observadora en las reuniones del Comité Ejecutivo, aun cuando algunos Miembros hubieran adoptado una posición más favorable al respecto. El Asesor Jurídico de la OMS señaló que el Artículo III del Reglamento de la Comisión definía al Comité Ejecutivo como órgano ejecutivo de la Comisión y que, por consiguiente, su composición estaba estrictamente limitada y no podía admitirse la presencia de observadores ni de representantes de los intereses de grupos privados. Hizo notar que si se permitiese la participación de un grupo, otras organizaciones o países podrían expresar también el deseo de participar. Hubo consenso general sobre este punto y se convino en que había que mantener el carácter intergubernamental del Comité Ejecutivo y preservar su eficacia actual.

55. Respondiendo a una pregunta acerca de la integración de otros intereses, tales como las preocupaciones medioambientales o el bienestar de los animales, en el Acuerdo Propuesto sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, el observador del GATT informó a la Comisión de que esta cuestión había sido objeto e un amplio debate durante las negociaciones sobre el Acuerdo, pero que la mayoría de los países no habían aceptado su inclusión, sobre todo por no existir normas internacionalmente reconocidas en este sector. Se temía también que dichas consideraciones pudieran crear nuevos obstáculos al comercio, sugiriéndose que podrían abordarse en forma más adecuada en otros organismos especializados, ya que la responsabilidad del Codex era establecer normas alimentarias y otros textos análogos.

56. La Comisión convino en la necesidad de continuar, si las circunstancias lo requirieran, trabajando en estrecha cooperación con la OIUC y otras organizaciones de consumidores. Reconociendo que la participación de los consumidores debería abordarse a nivel nacional, invitó a los gobiernos a hacer participar de manera más efectiva a los consumidores en el proceso de toma de decisiones. La Comisión estuvo de acuerdo con la recomendación formulada por el Comité Ejecutivo, de que esta cuestión fuera examinada por los Comités Coordinadores Regionales, sobre todo teniendo presente que la situación variaba en gran medida de una región a otra.

PROCEDIMIENTOS DE EVALUACION DE RIESGOS APLICADOS POR LA COMISION DEL CODEX ALIMENTARIUS Y SUS ORGANOS AUXILIARES Y CONSULTIVOS (Tema 11 del programa)

57. La Comisión tuvo ante sí, para su examen, el documento ALINORM 93/37. Este tema había sido introducido en el programa por el Comité en respuesta a las recomendaciones hechas por la Conferencia FAO/OMS sobre Normas Alimentarias, Sustancias Químicas en los Alimentos y Comercio Alimentario, celebrada en marzo de 1991. Se señaló que la cuestión estaba íntimamente relacionada con el enfoque adoptado por la Ronda Uruguay para la elaboración de normas nacionales e internacionales relativas a las medidas sanitarias y fitosanitarias. El documento fue presentado a la Secretaría por el Consultor Dr. Steve C. Hathaway (Nueva Zelandia).

58. El documento se había preparado en consulta con la Secretaría; la FAO y la OMS; los cosecretarios del Comité Mixto de Expertos en Aditivos Alimentarios (JECFA) y las Reuniones Conjuntas del Cuadro de Expertos de la FAO y el Grupo de Expertos de la OMS sobre Residuos de Plaguicidas (JMPR); y los Presidentes de los Comités del Codex sobre Aditivos Alimentarios y Contaminantes de los Alimentos, Residuos de Plaguicidas, Residuos de Medicamentos Veterinarios en los Alimentos, Higiene de los Alimentos e Higiene de la Carne.

59. En el documento se describía detalladamente la labor del JECFA, la JMPR y los comités del Codex competentes. Se describía asimismo la forma en que esta labor se encuadraría en el marco del análisis de riesgos. Se documentaban diversos sectores de actividad del Codex que no se ajustaban a los principios de análisis de riesgos, pero el Dr. Hathaway señaló que el análisis de riesgos era una ciencia aplicada relativamente nueva en el sector de la inocuidad de los alimentos, que estaba además evolucionando constantemente. Sin embargo, se ofrecían al Codex amplias oportunidades de mejorar su labor adoptando los principios y la metodología del análisis de riesgos.

60. El Consultor describió los tres componentes principales del análisis de riesgos: la evaluación, la gestión y la comunicación de los riesgos. La determinación de la “política de evaluación de riesgos” era otra parte esencial del proceso de análisis de riesgos. Además, el Consultor presentó a la Comisión tres modelos generales de análisis de riesgos en los que se incorporaban de diferentes formas estos componentes.

61. El Dr. Hathaway describió el JECFA y la JMPR como organismos puente entre órganos que realizaban investigación científica y los que se ocupaban de la gestión de los riesgos (generalmente comités del Codex) y señaló que estos comités de expertos eran teóricamente idóneos para realizar la evaluación de riesgos. Los elementos constitutivos de un enfoque de evaluación de riesgos estaban incorporados en diversos aspectos de sus actividades, si bien el Consultor indicó que, de hecho, los componentes de la “política de evaluación de riesgos” no constituían parte de una estrategia coherente determinada por los comités del Codex.

62. El Dr. Hathaway señaló algunas diferencias de procedimiento importantes entre el JECFA y la JMPR en un contexto de análisis de riesgos. Hizo notar que el propio JECFA a veces tomaba varias decisiones de gestión de riesgos en el proceso de examen científico, tales como justificación para el uso, cuestiones técnicas, así como respuestas específicas a preguntas formuladas por el Comité del Codex sobre Aditivos Alimentarios y Contaminantes de los Alimentos. Respecto a los residuos de medicamentos veterinarios, se señaló que las decisiones sobre gestión de riesgos constituían una parte explícita del examen científico.

63. El Consultor resumió sus recomendaciones respecto de las medidas exigidas por los comités de expertos y comités del Codex: los comités de expertos habrían de elaborar marcos de evaluación de riesgos para el proceso de examen científico, y caracterizar explícitamente los casos de incertidumbre; sería necesario reevaluar las decisiones de gestión de riesgos adoptadas por los comités de expertos, y elaborar un modelo interactivo para todas las decisiones adoptadas en el marco de la política de evaluación de riesgos. Los comités del Codex deberían adoptar principios comunes de análisis de riesgos, pero debería aceptarse el hecho de que pudieran utilizarse marcos diferentes. Era absolutamente necesario fomentar el establecimiento de medios que permitieran hacer evaluaciones oficiales de la exposición cuantitativa como parte de la evaluación de riesgos, por ejemplo, la ingestión dietética de determinados grupos étnicos y de grupos especiales “expuestos a riesgos”. El Consultor subrayó que se requerían procedimientos mejorados de identificación de riesgos, así como criterios coherentes de toma de decisiones en relación con la gestión de riesgos en el marco de la modalidad de consenso.

64. Otras de las recomendaciones fueron que el Comité del Codex sobre Higiene de los Alimentos debería elaborar un documento general en el que se definieran un lenguaje y unos principios comunes de análisis de riesgos. En este documento debería reconocerse la amplia deversidad de riesgos alimentarios, y no crear tendencias hacia una metodología individualizada de análisis de riesgos. Respecto a la armonización de las normas del Codex, el Consultor sugirió que se utilizaran marcos de evaluación de riesgos que promovieran la armonización y que utilizando una simetría mejor de metodologías de evaluación de riesgos en el Codex y los programas nacionales se reducirían automáticamente los problemas de gestión de riesgos.

65. El Dr. Hathaway reiteró la recomendación general de que los países elaboraran una estrategia coherente de comunicación de riesgos para informar a los consumidores y hacerles saber que los alimentos encierran siempre un nivel mínimo de riesgo.

66. La Comisión felicitó unánimemente al Dr. Hathaway por la preparación de este documento. Acogió asimismo con satisfacción las recomendaciones formuladas en el documento ALINORM 93/37 y tomó nota de la necesidad de que se realizaran rápidos progresos en la aplicación del análisis de riesgos en la labor del Codex.

67. Comentando el documento, varias delegaciones reiteraron la importancia de reconocer los diferentes componentes del análisis de riesgos, así como la importancia de aumentar la transparencia en la labor del JECFA y la JMPR, por ejemplo, en la identificación de los riesgos y en la selección de factores de inocuidad utilizados en las evaluaciones de inocuidad. Varias delegaciones apoyaron firmemente la opinión de que las caracterizaciones de la exposición a los riesgos en relación con la ingestión dietética adolecían de falta de información y de una metodología coherente de evaluación de riesgos, por lo que requerían ser mejoradas. Se señaló que ello constituía un problema especial cuando los riesgos estaban distribuidos en una amplia variedad de alimentos. Las delegaciones pidieron asimismo que se prestara mucha más atención a cuantificar el nivel de incertidumbre en evaluaciones específicas de riesgos realizadas por los comités de expertos.

68. La delegación de Austria, apoyada por otras delegaciones, subrayó que no existía todavía una relación directa entre límites máximos para residuos deducidos de consideraciones de buenas prácticas agrícolas y la ingestión diaria aceptable para plaguicidas. Recomendaron que el JECFA y la JMPR tuvieran en cuenta la exposición potencial a residuos de aditivos alimentarios y de plaguicidas del mismo modo que el JECFA calculaba la exposición potencial para residuos de medicamentos veterinarios.

69. Varias delegaciones subrayaron la necesidad de que en el futuro los comités del Codex y los comités de expertos examinaran la cuestión del análisis de riesgos y de que hicieran comentarios detallados en sus informes. Se sugirió que la aceptación de los LMR mejoraría cuando en la labor del Codex se viera explícitamente que se aplicaba la evaluación de riesgos. Se subrayó asimismo la importancia de comunicar a los países en desarrollo que no disponían de recursos para realizar tales actividades los resultados de toda la labor de análisis de riesgos emprendida por el Codex.

70. La Comisión acordó enviar el documento a todos los comités del Codex pertinentes, en particular al Comité del Codex sobre Principios Generales, para que lo examinaran y debatieran al respecto, y recomendó que el documento debería ser señalado también a la atención del JECFA y la JMPR. Se propuso que el Comité del Codex sobre Principios Generales abordara la cuestión de la adopción del análisis de riesgos, en particular la posibilidad de introducir cambios en el Reglamento, así como en el mandato de los comités del Codex pertinentes.

71. La Comisión convino asimismo en difundir lo más ampliamente posible el documento entre los gobiernos, los organismos interesados y la industria. La Secretaría indicó que el documento sería publicado en los medios de publicación científica, de forma que estuviera a disposición general de los científicos que realizaban evaluación de riesgos.

CONVERSION DE NORMAS REGIONALES DEL CODEX EN NORMAS MUNDIALES - INFORME DE LA SITUACION (Tema 12 del programa)

72. La Comisión tuvo ante sí el informe que figura en los documentos ALINORM 93/2 y ALINORM 93/2-Add.1 (Doc. de sala), con las observaciones de los gobiernos, en el Trámite 3, sobre la Norma Regional para las Aguas Minerales Naturales, en respuesta a la cirular CL 1993/4-NMW. La Secretaría recordó que la Comisión, en su 19o período de sesiones, había decidido proceder a la conversión de las normas regionales en normas mundiales, asignando la responsabilidad a los comités de productos competentes. Las normas se habían enviado a los gobiernos, para que formularan sus observaciones en el Trámite 3.

73. La delegación del Brasil señaló su desacuerdo respecto a muchas disposiciones de las Normas Revisadas para las Aguas Minerales Naturales, el Vinagre, la Mayonesa y la Harina de Yuca Comestible, por lo que no podía aceptarlas. Se convino en que tales observaciones debían dirigirse a los diversos comités encargados de la elaboración de las distintas normas. Se acordó asimismo examinar las observaciones específicas relativas a las aguas minerales al tratar del tema 40 del programa (véase párr. 398). La Comisión hizo notar que, de todas las normas regionales objeto de examen, la de las aguas minerales naturales debía ser la de mayor prioridad, dada la enorme extensión que había alcanzado la comercialización de dichos productos.

74. La Comisión tomó nota de que se habían recibido varias observaciones en el Trámite 3 en relación con la Norma para la Mayonesa, que serían examinadas en la 14a reunión del Comité sobre Grasas y Aceites (septiembre de 1993). El Comité sobre Cereales, Legumbres y Leguminosas estaba examinando las normas para cereales y sus productos. En relación con las Normas para las Aguas Minerales Naturales, los Hongos Frescos «Cantarelos» y el Vinagre, conforme a lo establecido en el Manual de Procedimiento, se aplicaría el procedimiento para la enmienda de normas elaboradas por comités cuyas actividades se habían aplazado.

PROGRAMA DE TRABAJO A PLAZO MEDIO 1993–1998 (Tema 13 del programa)

75. Al presentar el documento ALINORM 93/38, y sus adendos en los que se expone el Programa de Trabajo (incluidos el Apéndice I sobre los objetivos a plazo medio y el Apéndice II sobre la situación actual de los trabajos), la Secretaría recordó que la propuesta de un Programa de Trabajo a Plazo Medio había sido ratificada por el Comité Ejecutivo en su 39a reunión. Se había observado que, hasta la fecha, las iniciativas de emprender nuevas tareas dependían en gran parte de las decisiones de los distintos comités del Codex, porque no se habían hecho declaraciones sobre las prioridades globales para conseguir la conformidad con los objetivos generales de la Comisión y sus organizaciones patrocinadoras. El Comité Ejecutivo indicó que incumbía a la Comisión establecer prioridades generales, habida cuenta de los programas establecidos por la FAO y la OMS, a fin de orientar la labor de sus órganos auxiliares de forma consecuente. La Comisión podría entonces asegurarse de que los trabajos emprendidos por los distintos comités se ajustaran a sus objetivos (a plazo medio o largo). Se informó asimismo a la Comisión acerca de las deliberaciones habidas sobre este asunto en el Comité Ejecutivo, en su 40a reunión (ALINORM 93/4, párrafos 21–24).

76. A raíz de los debates sostenidos en relación con el Tema 11 del programa sobre los Procedimientos de evaluación de riesgos aplicados por el Codex, la Comisión acordó que las tareas relacionadas con el análisis de riesgos se incluyeran en el programa de trabajo a plazo medio.

77. Las delegaciones de los Estados Unidos de América y del Canadá sugirieron que se estableciera un plan estratégico en relación con el plan general, con el fin de indicar la forma de proceder para lograr los objetivos establecidos en el programa a plazo medio. La Comisión tomó nota de que el Comité Ejecutivo había propuesto asimismo que se preparase un documento sobre la estrategia, a fin de someterlo al examen de la Comisión en su próximo período de sesiones, e hizo suya esta propuesta.

78. Tras debatir la cuestión del mandato y la actividad del Comité del Codex sobre Sistemas de Inspección y Certificación de las Importaciones y Exportaciones de Alimentos (Tema 27 del programa), la Comisión acordó modificar el punto 8 del Apéndice I suprimiendo la alusión a un «Modelo de ley para los sistemas estatales de certificación».

79. La Comisión ratificó los objetivos a plazo medio y acordó recomendar que los comités los examinaran como tema permanente en cada reunión. Decidió que se presentara al Comité Ejecutivo y a la Comisión regularmente un informe sobre la situación de los trabajos, para que se revisara teniendo en cuenta los objetivos a plazo medio. Estos objetivos figuran en el presente informe como Apéndice III.

CARACTER ESTATUTARIO DEL COMITE MIXTO FAO/OMS DE EXPERTOS GUBERNAMENTALES SOBRE EL CODIGO DE PRINCIPIOS REFERENTES A LA LECHE Y LOS PRODUCTOS LACTEOS (Tema 14 del programa)

80. La Secretaría presentó el documento ALINORM 93/11, en el que figuraba un breve análisis del carácter estautario vigente del Comité y, adjunto como Anexo l a este documento, un informe facilitado por el Director General de la FAO acerca de las consecuencias administrativas y financieras que para el Programa se derivaban del Artículo IX.9 del Reglamento. La Comisión recordó que se proponía cambiar el carácter estatutario del Comité de la Leche para que pasara a ser regido por el Artículo IX.1(b)(i), convirtiéndose de ese modo en un Comité del Codex y que se proponía cambiar el nombre del Comité por el de “Comité del Codex sobre la Leche y los Productos Lácteos”.

81. La Comisión tomó nota de que el Comité sobre Principios Generales había confirmado que este cambio del carácter estatutario no requería enmiendas importantes en el Reglamento, salvo las modificaciones consecuentes al cambio. La Comisión tomó nota asimismo de que el Comité sobre Principios Generales había examinado la cuestión de la armonización de los procedimientos de elaboración y había propuesto para el nuevo Comité el siguiente mandato:

Elaborar códigos y normas internacionales para la leche y los productos lácteos en el marco del Codex Alimentarius y del Código de Principios referentes a la Leche y los Productos Lácteos.

82. Desde el último período de sesiones de la Comisión, cuatro países habían solicitado oficialmente que se les considerase como posibles gobiernos hospedantes del nuevo Comité: Francia, Alemania, Nueva Zelandia y Noruega. Cada uno de estos cuatro países manifestó su interés y su deseo vehemente de hospedar el Comité. La Comisión decidió someter el asunto a votación secreta. A la luz del resultado de la votación, la Comisión designó a Nueva Zelandia, de conformidad con el Artículo IX.1, como país hospedante del Comité del Codex sobre la Leche y los Productos Lácteos, con el mandato antes mencionado.

COMITE DEL CODEX SOBRE PRINCIPIOS GENERALES (Tema 15 del programa)

83. El Presidente del Comité, Profesor Jean-Jacques Bernier (Francia) presentó el informe de la 10a reunión del Comité del Codex sobre Principios Generales, que figuraba en los documentos ALINORM 93/33 y ALINORM 93/33-Add.1 y Add.2.

Propuestas de enmiendas al Reglamento de la Comisión del Codex Alimentarius (Artículo II - Mesa)

84. Se comunicó a la Comisión que la enmienda al Artículo II.1 (ALINORM 93/33 -Apéndice II) se había propuesto para hacer constar claramente que el Presidente y los Vicepresidentes sólo podían permanecer en su cargo si seguían contando con el respaldo de su Gobierno, con objeto de mantener el carácter intergubernamental de la Comisión. Las enmiendas propuestas en el Artículo II.4(c) tenían por objeto aclarar las funciones de los Coordinadores, que eran las de prestar ayuda al Comité Ejecutivo y coordinar la labor del Codex a nivel regional. En el Artículo II.4(d) se preveía el caso en que un Coordinador no pudiera continuar desempeñando su cargo, designándose entonces un Coordinador interino.

85. Hubo consenso general acerca de estas propuestas. No obstante, el Asesor Jurídico de la FAO recordó que, con arreglo al Artículo IV.6, el quórum requerido para recomendar modificaciones al Reglamento era el de la mayoría de los Miembros de la Comisión, a saber, 73 países en el caso presente. Comoquiera que los países presentes en el período de sesiones en curso eran solamente 56, no había quórum y no podían por lo tanto adoptarse oficialmente las enmiendas. En consecuencia, en este caso, no sería suficiente obtener una mayoría de dos tercios de los votos emitidos (Artículo XIII.1), ya que el quórum requerido en el Artículo IV.6 era condición necesaria para proceder a votación. Además, el Artículo XIII.2 estipulaba concretamente que la Comisión no podía suspender el Artículo IV.6. El Asesor Jurídico de la OMS, si bien estaba de acuerdo con el análisis del Asesor Jurídico de la FAO, consideró no obstante que existía una solución alternativa, puesto que la Comisión era soberana en la cuestión, por lo que podía interpretar el Artículo XIII.1 en el sentido de que una mayoría de dos tercios de los Miembros presentes podía adoptar las enmiendas, aun cuando no se alcanzara el quórum requerido. La Comisión concluyó que, a falta de quórum, no podían adoptarse por el momento las enmiendas, aunque los países miembros que habían asistido al período de sesiones las habían aceptado ya en principio. La Comisión acordó que había que buscar una solución permanente a este problema, abordando la cuestión de base planteada, es decir, las disposiciones que regulan el quórum, para evitar dificultades análogas en el futuro. La Comisión pidió, en consecuencia, a los asesores jurídicos de la FAO y de la OMS que examinaran detalladamente las cuestiones relacionadas con la enmienda del Reglamento y prepararan propuestas para someterlas al examen del Comité sobre Principios Generales en abril de 1994 y luego a la Comisión en su 21o período de sesiones.

Propuestas de enmiendas a los Principios Generales del Codex Alimentarius (Procedimiento de aceptación)

86. Se informó a la Comisión acerca de las enmiendas propuestas a los Principios Generales (Apéndice III de ALINORM 93/33) para la supresión de la modalidad «aceptación diferida» y la inclusión de una disposición en virtud de la cual se permitiera la aceptación de normas relativas al principio de libre distribución.

87. Se hizo observar que tal vez fuera necesario revisar los procedimientos de aceptación una vez terminada la Ronda Uruguay. Hubo consenso con respecto a la necesidad de revisar las normas vigentes y los textos afines para asegurar que fueran coherentes con la evolución de los conocimientos científicos y del comercio internacional. El observador de la CE manifestó cierta preocupación por el hecho de que las normas del Codex se utilizaran como referencia cuando su aceptación resultase limitada a unos pocos países. El Presidente señaló que esta modificación de las disposiciones en materia de aceptación podría tal vez alentar a más países a notificar la aceptación de las normas del Codex.

Estado de tramitación de las propuestas de enmiendas a los Principios Generales del Codex Alimentarius

88. La Comisión adoptó las enmiendas, tal como figuran en el Apéndice III de ALINORM 93/33, para que se incluyeran en el Manual de Procedimiento.

Propuestas de enmiendas al Procedimiento para la elaboración de normas del Codex y textos afines

Autorización de omitir los trámites 6 y 7 sobre la base de la mayoría de dos tercios de los votos emitidos en la Comisión (Apéndice IV)

89. Se recordó que este procedimiento se aplicaba ya para la elaboración de límites máximos de residuos de plaguicidas y de residuos de medicamentos veterinarios y que el texto propuesto por el Comité sobre Principios Generales era la aplicación de la decisión tomada por la Comisión en su 19o período de sesiones de hacer extensivo el procedimiento a todas las normas del Codex.

Anteproyecto de Procedimiento Uniforme para la Elaboración de Normas del Codex y Textos Afines

90. El Presidente del Comité sobre Principios Generales presentó el procedimiento modificado que se había propuesto para armonizar los procedimientos de elaboración aplicables a diferentes categorías de textos del Codex, por haberse convenido en que esto se traduciría en una mayor transparencia y claridad. Como consecuencia de las deliberaciones habidas en el Comité Ejecutivo, en su 39a reunión, se había acordado también proponer un nuevo procedimiento acelerado, aplicable siempre que lo justificara la necesidad urgente de elaborar una norma del Codex. El Comité sobre Principios Generales había adoptado los procedimientos que figuran en el Apéndice V de ALINORM 93/33 y que habían sido presentados después en forma ligeramente diferente en el Add.1 y el Add.2 para que resulte más explícito, con una Introducción común, el Procedimiento uniforme en la Parte 1 y el Procedimiento acelerado en la Parte 2, así como la subsiguiente publicación y aceptación en la Parte 3.

91. La Comisión tomó nota de que se habían introducido algunas salvaguardias relativas a los criterios que justifican este procedimiento, por lo que decidió incluir en la Parte II-(1) una referencia adicional a los «Criterios para el establecimiento de las prioridades de los trabajos y para la creación de órganos auxiliares». Cuando se sometieran normas a un procedimiento acelerado, se notificaría esta decisión a los Miembros de la Comisión y a las organizaciones internacionales interesadas en las primeras fases del procedimiento. En contestación a una pregunta relativa a la confirmación de un procedimiento acelerado iniciado por el Comité Ejecutivo en el año precedente al período de sesiones de la Comisión, se subrayó que la Comisión podría siempre devolver el proyecto a cualquier Trámite anterior apropiado del Procedimiento.

92. Algunos países opinaron que, como el Comité Mixto FAO/OMS de Expertos Gubernamentales sobre el Código de Principios referentes a la Leche y los Productos Lácteos se había convertido en un Comité del Codex y que por lo tanto debería aplicarse el procedimiento del Codex a la elaboración de los textos pertinentes, debería suprimirse cualquier referencia específica a la Federación Internacional de Lechería (Parte II-(2)). Tras hacer notar que esta cuestión se había examinado ya en el Comité sobre Principios Generales y que se había acordado mencionar la citada Federación en vista de su particular importancia en este sector, la Comisión acordó mantener esa referencia.

Estado de tramitación de las propuestas de enmiendas al Procedimiento para la Elaboración de Normas del Codex y Textos Afines

93. La Comisión adoptó las propuestas de enmiendas para que se incluyeran en el Manual de Procedimiento. Entretanto, el Procedimiento modificado se adjunta al presente informe como Apéndice IV, para su uso por los Comités del Codex.

Otros asuntos planteados en el informe de la 10a reunión del Comité

Artículo XI.4: Financiación de los gastos de participación de los países menos desarrollados

94. El Comité había examinado este asunto detalladamente y acordado que no se modificase el Artículo XI.4 referente a la financiación de los gastos ocasionados por la asistencia a los períodos de sesiones de la Comisión y de sus órganos auxiliares.

Mandato de los Comités sobre Asuntos Generales

95. El Comité había propuesto varios cambios de carácter técnico en el mandato del Comité sobre Higiene de los Alimentos y del Comité sobre Métodos de Análisis y Toma de Muestras y había aprobado la modificación del mandato propuesta por el Comité sobre Aditivos Alimentarios y Contaminantes de los Alimentos.

Textos consultivos

96. El Comité había recomendado que los textos consultivos se redactasen con rigor científico y transparencia idénticos a los de las normas del Codex, y que se elaborasen conforme a los mismos procedimientos de trámites del Codex.

Formato de las normas revisadas (Apéndice VI)

97. El Comité había recomendado que las normas del Codex se revisasen teniendo en cuenta su importancia para el comercio internacional y que se retuviesen únicamente las disposiciones que pareciesen esenciales y fueran utilizadas por los gobiernos como medidas reglamentarias de control respecto de la salud, la inocuidad y la protección de los consumidores.

Función preeminente de la ciencia en las decisiones del Codex

98. Este asunto había sido examinado por el Comité y se había decidido que la Secretaría prepararía un documento de trabajo mediante consultas entre expertos para su examen detallado en la próxima reunión del Comité.

99. La delegación de Finlandia, en vista de los malentendidos que se habían expersado en relación con la aplicación del Acuerdo Propuesto sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF) elaboradas en el marco de la Ronda Uruguay, resumió los principales puntos del Acuerdo. Dicha delegación declaró que el Acuerdo MSF confirmaba los derechos soberanos de los países de adoptar las medidas necesarias para proteger la salud y la vida de sus ciudadanos, pero al mismo tiempo establecía una disciplina para asegurar que no se abusara de esos derechos para fines proteccionistas o para crear obstáculos innecesarios al comercio. El proyecto de Acuerdo MSF confirmaba que las medidas para proteger la salud podía requerir a veces el etablecimiento de obstáculos necesarios al comercio. La mencionada delegación señaló también que el Acuerdo MSF no establecía un equilibrío entre intereses de salud e intereses comerciales, sino que ponía claramente la salud por encima del comercio. No había tampoco un requisito de proporcionalidad como de hecho existía en algunas legislaciones nacionales o supranacionales: se permitían incluso medidas no porporcionales, si fueran necesarias para proteger la vida y la salud.

100. En relación con la función del Codex, la antedicha delegación indicó que era correcto que las normas y demás recomendaciones del Codex fueran consideradas como importantes textos de referencia, y que el hecho de utilizar las normas del Codex como base para los reglamentos nacionales encerraba grandes incentivos para los gobiernos, si bien no era obligatorio para los países aplicar las normas del Codex. Los países tenían la clara posibilidad de desviarse de las normas del Codex para establecer medidas más rigurosas para sus países si los respectivos gobiernos podían mostrar justificación científica o si los gobiernos consideraban que el nivel de protección contenido en la norma del Codex no era apropiado para sus necesidades. En tales circunstancias, los gobiernos podían establecer o mantener medidas más estrictas que las recomendadas por el Codex. No obstante, la delegación declaró que era importante que las normas del Codex fueran buenas, científicamente fundadas y actualizadas, pues sin tales normas el Acuerdo MSF no podría aplicarse. La mencionada delegación declaró también que el Acuerdo MSF regulaba la inspección y certificación de las importaciones y exportaciones de alimentos y que era igualmente importante que pudiera disponerse de buenos documentos de referencia internacionales en estos sectores, si bien no era obligatorio que los gobiernos los utilizaran. Incumbía a cada gobierno asegurar el uso correcto de la medidas de control.

Confirmación de la presidencia del Comité

101. La Comisión, en virtud del Artículo IX.10 del Reglamento, confirmó que el Comité sobre Principios Generales continuaría bajo la presidencia del Gobierno de Francia.

COMITE COORDINADOR DEL CODEX PARA AFRICA (Tema 16 del programa)

102. El Presidente del Comité Coordinador del Codex para Africa, Profesor J. A. Abalaka (Nigeria), presentó el informe de la 10a reunión de dicho Comité, informando a la Comisión acerca de sus trabajos y conclusiones más importantes en materia de normas alimentarias, control de alimentos e intercambio de información a nivel regional. El Presidente comunicó también que la reunión había sido precedida de un cursillo práctico de la FAO sobre la Gestión de Programas de Control de los Alimentos, señalando que sería útil celebrar más de tales cursillos para mejorar las actividades de control de alimentos en la Región.

Anteproyecto de Norma Regional Africana para el Cuscús Elaborado, EN EL Trámite 5 (Apéndice III)

103. La delegación de Polonia informó a la Comisión acerca de sus observaciones con respecto a un error en la composición del cuscús (sección 3.1) y en la definición de acidez que figura en la sección 3.3.

Estado de tramitación del Anteproyecto de Norma Regional Africana para el Cuscús Elaborado

104. La Comisión adoptó en el Trámite 5 el Proyecto de Norma que figura en el Apéndice III del documento ALINORM 93/28.

Otras cuestiones planteadas en el informe de la 10a reunión del Comité

Cooperación con la ARSO

105. El Presidente del Comité recordó que, por iniciativa de los gobiernos africanos, se había creado la Organización Regional Africana de Normalización (ARSO), con el fin de elaborar normas para los productos que son objeto de comercio dentro de la región. Sobre la base del acuerdo establecido entre el Codex y la ISO sobre distribución de responsabilidades, según el cual el Codex se encarga de las normas alimentarias y la ISO de los métodos de análisis y muestreo, se hacía necesario evitar también a nivel regional la duplicación de trabajos y la superposición de las respectivas funciones. El observador de la ARSO indicó que su organización se basaba en los textos del Codex al preparar normas regionales y estuvo de acuerdo en que, para optimalizar el uso de los recursos a disposición de ambos organismos, debía evitarse toda repetición innecesaria de las actividades. Con tal objeto, propuso que los representantes de la ARSO, la Secretaría del Codex y el Coordinador para Africa se consultaran mutuamente para definir mejor las modalidades de la cooperación. La Secretaría recordó que ya existía una cooperación eficaz con la ISO, con resultados importantes para el trabajo del Comité sobre Métodos de Análisis y Toma de Muestras, acogiendo con satisfacción la propuesta de seguir elaborando con la ARSO.

Anteproyecto de Código de Prácticas para los Alimentos Comercializados en las Calles en Africa

106. Se informó a la Comisión de que el Comité había examinado un Anteproyecto de Código de Prácticas para los Alimentos Comercializados en las Calles en Africa, habiéndose enviado a los gobiernos para que éstos formularan sus observaciones en el Trámite 3. Su texto se había remitido también al Comité sobre Higiene de los Alimentos solicitando su asesoramiento, y las recomendaciones de éste se presentan en relación con el tema 25 del programa (párrs. 248–249).

Nombramiento del Coordinador para Africa

107. Con arreglo al Artículo II.4(b) del Reglamento, la Comisión nombró al Profesor J.A. Abalaka, de Nigeria, Coordinador para Africa. La delegación de Nigeria confirmó la voluntad de su Gobierno de hospedar la 11a reunión del Comité Coordinador para Africa.

COMITE COORDINADOR DEL CODEX PARA ASIA (Tema 17 del programa)

108. La Comisión tuvo ante sí el documento ALINORM 93/15 con el informe de la octava reunión del Comité Coordinador para Asia. Presentó dicho informe la Coordinadora para Asia, Dato' Dra. Hajjah Azizan Bt. Aiyub Ghazali, de Malasia. La Dra. Azizan informó a la Comisión acerca de los temas y actividades más importantes de la octava reunión del Comité Coordinador. La Comisión tomó nota de que el Comité Coordinador apoyaba firmemente las iniciativas de la Comisión para promover y aplicar el Código de Etica para el Comercio Internacional de Alimentos, así como los esfuerzos de la Comisión para lograr una mayor participación de los países en desarrollo en los trabajos del Codex, respaldaba asimismo la creación y las actividades del Comité del Codex sobre Sistemas de Inspección y Certificación de las Importaciones y Exportaciones de Alimentos. La Coordinadora agradeció a la FAO y a la OMS por su activa y positiva asistencia prestada a la Región en el terreno de la inocuidad y el control de calidad de los alimentos.

Cuestiones planteadas en la octava reunión del Comité

Código de prácticas para los alimentos que se venden en las calles

109. La Coordinadora informó a la Comisión de que, en el curso del debate sobre este tema, se habían presentado al Comité dos documentos: Requisitos Esenciales de Inocuidad para los Alimentos que se Venden en las Calles (OMS), y el Proyecto de Código de Prácticas, elaborado por Malasia. Se informó a la Comisión de que el Comité había decidido solicitar la opinión del Comité Ejecutivo. Esta cuestión volvería a examinarse en relación con el tema 25 del programa del presente período de sesiones. (Véanse párr. 248–249).

Etiquetado de los alimentos en relación con los requisitos de carácter religioso

110. La Coordinadora comunicó que el Comité había decidido pedir el asesoramiento del Comité Ejecutivo acerca de la posibilidad de elaborar códigos relativos al sacrificio, la preparación y la elaboración conforme a los requisitos «halal». El Comité Ejecutivo había remitido este asunto al Comité del Codex sobre Sistemas de Inspección y Certificación de las Importaciones y Exportaciones de Alimentos.

Propuesta para la elaboración de directrices para el establecimiento de puntos de contacto y comités nacionales del Codex

111. La Coordinadora informó a la Comisión de que el Comité había suscrito firmemente la propuesta de elaborar directrices para el establecimiento de puntos de contacto y comités nacionales del Codex, sobre la base del sistema elaborado por Tailandia. La Comisión acogió la propuesta y decidió que las directrices fueran elaboradas por el Comité.

Niveles de referencia para los radionucleidos

112. Se informó a la Comisión de que el Comité Coordinador había reiterado su opinión de que los niveles de referencia para los radionucleidos eran demasiado elevados, incluso considerándolos como provisionales. Se comunicó además que se reiteraba la petición de establecer niveles permanentes que fueran aceptables para los casos de exposición a los radionucleidos de larga duración.

Código de Prácticas para Alimentos de Contenido Energético Bajo y Reducido

113. La Coordinadora informó a la Comisión de que el Comité había suspendido el examen de una propuesta de elaborar dicho código de prácticas, teniendo presente que el Comité del Codex sobre Nutrición y Alimentos para Regímenes Especiales estaba elaborando normas para preparados dietéticos para regímenes de control del peso y para regímenes dietéticos de muy bajo contenido energético para reducción del peso, y considerando también que el Comité del Codex sobre Etiquetado de los Alimentos estaba elaborando directrices sobre declaraciones de propiedades saludables y nutricionales en el etiquetado de los alimentos.

Límites para la contaminación con micotoxinas

114. Se informó a la Comisión de que el Comité había reiterado su posición anterior respecto a la importancia de establecer métodos apropiados de muestreo y análisis para asegurar la validez de los resultados. Había renovado también su llamamiento a la Comisión del Codex para que estableciera límites más prácticos y realistas para las micotoxinas, especialmente para las aflatoxinas en los piensos, habida cuenta de los esfuerzos concertados realizados por los países de la Región para reducir la contaminación.

Nombramiento del Coordinador para Asia

115. La Comisión nombró al Dr. Dai Yin, de la República Popular de China, Coordinador para Asia de conformidad con el Artículo II.4(a) del Reglamento. La Delegación de China informó a la Comisión acerca de la voluntad de su Gobierno de hospedar la reunión del Comité Coordinador del Codex para Asia.

116. La Comisión expresó su reconocimiento al Gobierno de Malasia por haber hospedado la última reunión del Comité Coordinador y agradeció a la Dra. Azizan por su contribución al trabajo del Codex en la Región.

COMITE COORDINADOR DEL CODEX PARA EUROPA (Tema 18 del programa)

117. La Comisión tuvo ante sí el documento ALINORM 93/19 con el informe de la 18a reunión del Comité Coordinador del Codex para Europa. Presentó el informe la Sra. Barbro Blomberg (Suecia), Coordinadora para Europa y Presidenta del Comité. La Sra. Blomberg comunicó que el Comité Coordinador había discutido en detalle en su 18a reunión un programa de futuras actividades encaminadas a reunir informaciones actualizadas sobre las autoridades nacionales encargadas de la inocuidad de los alimentos en Europa y con el fin de mejorar la cooperación a nivel nacional entre los ministerios de agricultura y de salud pública y, en el ámbito internacional, entre los diferentes países, con vistas a armonizar el control de los alimentos y la política alimentaria de los países europeos.

118. La Sra. Blomberg informó también a la Comisión de que el Comité Coordinador había examinado las medidas adoptadas por los gobiernos para mejorar la participación de los consumidores en las cuestiones relacionadas con la legislación alimentaria. Se observó, no obstante, que esta participación de los consumidores estaba ya bien establecida en varios países europeos. Por último, la Sra. Blomberg destacó las actividades que venía realizando el Comité Coordinador para revisar el Anteproyecto de Directrices sobre Alimentos Producidos por Medios Biológicos u Orgánicos y en relación con las medidas propuestas para el control de la contaminación con Salmonela. La Coordinadora señaló a la atención de la Comisión las siguientes cuestiones concretas:

Código de Etica para el Comercio Internacional de Alimentos

119. La Comisión tomó nota de la opinión del Comité Coordinador de que debería examinarse periódicamente el Código de Etica para el Comercio Internacional de Alimentos, con el fin de tomar en consideración la evolución de las condiciones de producción y del comercio internacional. La Comisión consideró que el examen del Código de Etica no era en ese momento prioritario en el marco del Codex, teniendo en cuenta que recientemente se había publicado una nueva edición revisada de dicho Código.

Mandato del Comité

120. La Comisión tomó nota de que el Comité Coordinador había recomendado que el Comité Ejecutivo proporcionara asesoramiento acerca del mandato del Comité, en lo relativo a la elaboración de normas regionales. La Comisión observó que la cuestión del mandato de los Comités Coordinadores del Codex se había señalado a la atención del Comité de Principios Generales, que la examinaría más a fondo en su próxima reunión.

Nombramiento del Coordinador para Europa

121. De conformidad con el Artículo II.4(b) del Reglamento, la Comisión nombró al Dr. Stuart Slorach, de. Suecia, Coordinador para Europa para que desempeñara sus funciones desde la terminación del 20o hasta la terminación del 21o período de sesiones de la Comisión. La delegación de Suecia señaló que su país estaba dispuesto a hospedar la 19a reunión del Comité Coordinador para Europa.

122. La Comisión expresó su reconocimiento al Gobierno de Suecia por su amable ofrecimiento de hospedar la reunión del Comité Coordinador por segunda vez, agradeciendo a la Coordinadora saliente, Sra. Blomberg, tanto por su trabajo en dicha función durante los últimos dos años como por sus largos servicios prestados a la Comisión del Codex Alimentarius.

COMITE COORDINADOR DEL CODEX PARA AMERICA LATINA Y EL CARIBE (Tema 19 del programa)

123. La Comisión tuvo ante sí el documento ALINORM 93/36 con el informe de la octava reunión del Comité Coordinador. Presentó el informe el Sr. Carlos Ferreira Guimarães (Brasil), Coordinador para América Latina y el Caribe. El Sr. Guimarães informó a la Comisión de que el Comité Coordinador había expresado su apoyo sostenido a los objetivos del Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, así como a la colaboración constante entre la Comisión del Codex Alimentarius y las partes contratantes del GATT. El Coordinador destacó asimismo que varios países de la Región estaban evaluando normas del Codex con miras a su aceptación en el futuro, subrayando la importancia que tiene la armonización de las normas alimentarias. Se informó a la Comisión acerca de los programas de control de micotoxinas y las actividades relacionadas con la irradiación de alimentos, organizadas en la Región. El Sr. Guimarães señaló a la atención de la Comisión las cuestiones de interés que se resumen a continuación.

Codigo de Prácticas de Higiene para los Alimentos que se Venden en las Calles

124. El Comité Coordinador había examinado el Código de Prácticas de Higiene para los Alimentos que se Venden en las Calles en el Trámite 7 y, de conformidad con las recomendaciones del Comité sobre Higiene de los Alimentos, había devuelto el proyecto al Trámite 6 para que fuera examinado más a fondo. La Comisión tomó nota de esta medida.

Elaboración de una lista de productos de interés comercial para los que se requieren normas armonizadas internacionalmente

125. El Comité Coordinador había elaborado dos listas de productos alimenticios, decidiendo mantener en examen ambas listas y recoger más información sobre la importancia respectiva de los productos en el comercio internacional de alimentos, desde el punto de vista tanto de la exportación como de la importación, antes de remitirlas a la Comisión.

Potenciamiento de los puntos de contacto y Comités Nacionales del Codex

126. El Comité Coordinador señaló los progresos realizados en el establecimiento de puntos de contacto y comités nacionales del Codex en la Región, aunque era necesario una mayor asistencia por parte de las organizaciones internacionales pertinentes. La Comisión valoró positivamente el trabajo realizado a este respecto por la FAO y la OPS.

Contaminación microbiológica de los alimentos

127. El Comité Coordinador había manifestado su acuerdo con las recomendaciones que se habían formulado en el Taller sobre Contaminación Microbiológica de los Alimentos y sus Repercusiones para el Comercio Internacional, con vistas a mejorar el control de la contaminación microbiológica y promover un mayor intercambio de información a este respecto en la Región.

Nombramiento del Coordinador para América Latina y el Caribe

128. La Comisión nombró al Sr. Carlos Alberto Ferreira Guimarães, del Brasil, Coordinador para América Latina y el Caribe, de conformidad con el Artículo II.4(b) del Reglamento, para un segundo mandato desde la terminación del 20o a la terminación del 21o período de sesiones de la Comisión. El Sr. Guimarães informó a la Comisión de que la novena reunión del Comité Coordinador se celebraría en Brasil en 1995.


Inicěo de página Página siguiente