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Anteproyecto de Directrices para el Uso del Termino "Vegetariano" (Tema 13 del programa)[12]

66. El Comité recordó que en su última reunión había examinado una propuesta de Sudáfrica referente a la elaboración de definiciones de "vegetariano", por estar muy difundida la venta de tales productos con una variedad de declaraciones de propiedades que podía generar confusión en el consumidor (ALINORM 97/22A, párrs. 72-73). Una vez que la Comisión, en su 22º período de sesiones, había aprobado este nuevo trabajo, el anteproyecto de directrices se había distribuido para recabar observaciones en el Trámite 3.

67. El Anteproyecto de Recomendaciones para el uso del término "vegetariano" fue presentado por la delegación de Sudáfrica, que observó que el empleo de dicho término sin otra calificación creaba confusión en el consumidor, especialmente teniendo en cuenta las distintas dietas que se incluían en esta clasificación genérica (por ejemplo, "vegetariana", "ovolactovegetariana", "lactovegetariana" y "vegan"). La propuesta se presentaba como enmienda de la Norma General para el Etiquetado de Alimentos Preenvasados o bien de las Directrices Generales sobre Declaraciones de Propiedades.

68. La delegación de la India señaló que la mayor parte de la población de su país era estrictamente vegetariana, por lo que sugirió que el término "vegetariano" o "estrictamente vegetariano" se utilizara exclusivamente para productos que no contuvieran carne, carne de aves de corral, pescado, productos lácteos, ni huevos. India y otras delegaciones observaron que cualquier término propuesto debía ser definido cuidadosamente, teniendo en cuenta la variedad de denominaciones existentes (por ejemplo, "vegan") y las diferencias culturales entre los distintos países del mundo.

69. Otras delegaciones eran de la opinión de que no se necesitaban definiciones de términos específicos, especialmente por considerar que la Norma General para el Etiquetado y las Directrices Generales sobre Declaraciones de Propiedades abarcaban suficientemente tales declaraciones de propiedades mediante el empleo de listas de ingredientes en el etiquetado. El Comité estuvo de acuerdo en que no era necesario elaborar directrices generales o normas para el uso del término "vegetariano", y en que todo el trabajo en este campo debía limitarse a la elaboración de definiciones para las declaraciones de propiedades empleadas en las etiquetas de los productos.

Estado de tramitación del Anteproyecto de Recomendaciones para el Uso del Término "Vegetariano"

70. El Comité agradeció el esfuerzo de Sudáfrica y aceptó su ofrecimiento de volver a redactar el documento, en colaboración con la India, a la luz de las observaciones recibidas y del debate resumido más arriba, para luego hacerlo circular y someterlo a un nuevo examen en la siguiente reunión del Comité.


[12] CX/FL 98/12 y observaciones de Australia, Dinamarca, España, República Eslovaca, (CX/FL 98/12-Add. 1); Canadá, Noruega, Uruguay (CRD 8); Tailandia (CRD 13); India (CRD 26).

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