PREPARACIÓN DEL DOCUMENTO


El presente documento contiene los textos de los tres Planes de Acción Internacionales (PAI):

Los PAI se elaboraron en 1997 cuando los miembros del COFI consideraron que era necesario disponer de algún tipo de acuerdo internacional a fin de resolver estas cuestiones de conformidad con el Código de Conducta para la Pesca Responsible. Se consideró que el instrumento más apropiado para cada una de las tres cuestiones era un Plan de Acción Internacional de aplicación voluntaria. Los tres textos se elaboraron en el curso de dos reuniones intergubernamentales, abiertas a la participación de todos los Miembros de la FAO, que se celebraron en 1998. Los PAI fueron aprobados por el Comité de Pesca de la FAO en su 23º período de sesiones de febrero de 1999 y ratificados por el Consejo de la FAO en su período de sesiones de junio de 1999.

Los Gobiernos del Japón, Noruega y los Estados Unidos de América, así como la Comisión Europea, financiaron las reuniones intergubernamentales y la mayor parte de las actividades preparatorias.

FAO.
Plan de Acción Internacional para reducir las capturas incidentales de aves marinas en la pesca con palangre.
Plan de Acción Internacional para la conservación y ordenación de los tiburones.
Plan de Acción Internacional para la ordenación de la capacidad pesquera.
Roma, FAO. 1999. 31p.

RESUMEN

El PAI-AVES MARINAS es un instrumento de aplicación voluntaria que concierne a todos los estados cuyos pescadores practican la pesca con palangre. En el texto se establece una serie de actividades que deberán realizar los estados que lo apliquen, entre ellas una evaluación para determinar si existe algún problema con respecto a capturas incidentales de aves marinas en sus pesquerías de palangre y la adopción de un Plan de Acción Nacional para reducir la captura incidental de aves marinas en la pesca con palangre (PAN-AVES MARINAS) así como procedimientos relativos a exámenes nacionales y necesidades de presentación de informes. Se indican los años civiles dentro de los cuales habrán debido efectuarse esas actividades.

En el PAI-AVES MARINAS se ofrece también una descripción resumida de las medidas de mitigación apropiadas. Los estados que determinen que tienen un problema con respecto a la captura incidental de aves marinas en la pesca con palangre deberían examinar la posibilidad de incluir tales medidas en su PAN-AVES MARINAS. Las medidas de mitigación que se describen han sido utilizadas ya o se encuentran en una fase inicial de elaboración. Se ofrecen las oportunas referencias bibliográficas.

El PAI-TIBURONES es un instrumento de aplicación voluntaria que concierne a todos los estados cuyos pescadores practican la pesca del tiburón. En el texto se establece una serie de actividades que los estados que lo deberán realizar apliquen, entre ellas una evaluación para determinar si existe algún problema con respecto a los tiburones y la adopción de un Plan de Acción Nacional para la conservación y ordenación de los tiburones (PAN-TIBURONES), así como procedimientos relativos a exámenes nacionales y necesidades de presentación de informes. Se indican los años civiles dentro de los cuales habrán debido efectuarse esas actividades.

El PAI-CAPACIDAD es un instrumento de aplicación voluntaria que concierne a todos los estados cuyos pescadores practican la pesca de captura. En la primera parte del texto se describen el carácter y ámbito del Plan de Acción Internacional y los principios en que se basa y se define el objetivo del PAI. En el resto del texto se describen medidas urgentes y se identifican mecanismos para promover su aplicación. Entre las medidas urgentes se incluyen la evaluación y seguimiento de la capacidad pesquera y la preparación y aplicación de planes nacionales. En la parte que trata de los mecanismos para fomentar la aplicación se describe la cooperación científica y técnica, la presentación de informes nacionales e internacionales, y la función de la FAO. Se han determinado los años civiles dentro de los cuales habrán de completarse las actividades recomendadas.