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El Acuerdo sobre la agricultura

Varias dependencias de la FAO, entre ellas la Dirección de Asistencia en Materia de Políticas, la Dirección de Análisis del Desarrollo Económico y la Agricultura y la Dirección de Productos Básicos y Comercio, tienen una amplia experiencia en el asesoramiento a los países sobre políticas para el sector agrícola y los productos básicos. Por lo general, sus actividades consisten, entre otras cosas, en ayudar a integrar la política comercial en una política agraria global, evaluar las consecuencias de las reformas de las políticas bilaterales y multilaterales para los precios, la producción, el consumo y el comercio de productos agrícolas a nivel mundial, y determinar las posibilidades existentes para modificar las políticas comerciales e internas de los países en desarrollo de manera que sean compatibles con los compromisos multila-terales previstos en el Acuerdo sobre la Agricultura.

Opciones en materia de política alimentaria y agrícola para los países en desarrollo

Las políticas de producción, consumo y estabilización son las tres opciones principales de que disponen los países en desarrollo para impulsar la producción alimentaria y agrícola interna de un modo que sea compatible con los compromisos que han contraído en virtud del Acuerdo sobre la agricultura.

 En lo que respecta a las políticas de producción, existen dos instrumentos generales a disposición de un país que desee promover su producción interna, a saber el mantenimiento de los niveles arancelarios dentro de los límites de su compromiso respecto de las medidas en frontera de la OMC y la concesión a los agricultores de ayudas, relacionadas o no con los precios, dentro de los límites de su compromiso respecto de las medidas de ayuda interna. Conjuntamente, estos instrumentos proporcionan una gran flexibilidad en cuanto a la ayuda de un país a su producción interna.

 En el caso del consumo, el Acuerdo sobre la agricultura es relativamente tolerante en lo que concierne a las políticas que tienen como finalidad ayudar a los consumidores, especialmente en los países en desarrollo. Les permite facilitar productos alimenticios a precios subvencionados con el objetivo de satisfacer las necesidades alimentarias de los pobres de la población urbana y rural en los países en desarrollo de modo habitual y a precios razonables. En ciertas circunstancias, es necesario conciliar las políticas dirigidas a productores y consumidores.

 En lo que se refiere a las políticas de estabilización, los países en desarrollo están preocupados por el efecto que podría tener un régimen comercial más abierto sobre la estabilidad de los precios internos, especialmente los de productos alimenticios sensibles a la coyuntura.

 El Acuerdo sobre la agricultura y las disposiciones generales de la OMC contienen una serie de opciones a las que puede recurrir un país en desarrollo para mitigar en parte la repercusión de una inestabilidad del mercado originada fuera de sus fronteras. Estas opciones son, entre otras, la cláusula sobre salvaguardias especiales del Acuerdo sobre la agricultura (a la que pueden recurrir los países que llevaron a cabo el proceso de arancelización reservándose el derecho a utilizar esta cláusula especial), la variación de los aranceles dentro de unos límites establecidos, salvaguardias generales de la OMC, la utilización de las existencias de seguridad alimentaria, la introducción de prohibiciones a la exportación en ciertas circunstancias y el empleo de instrumentos para hacer frente a los riesgos.

La FAO proporciona a los países en desarrollo asesoramiento y orientación sobre la adopción y aplicación de las opciones que anteceden, en el contexto de sus políticas alimentarias y agrícolas nacionales.


La asistencia técnica de la FAO en relación con el Acuerdo sobre la Agricultura puede clasificarse en dos categorías principales. La primera de ellas, evaluaciones de los mercados de productos básicos y análisis de cuestiones especiales, en particular las que revisten interés para los países en desarrollo, incluye las actividades siguientes:

La segunda categoría, evaluaciones de las consecuencias del Acuerdo para el comercio y las políticas alimentarias y agrícolas internas (realizadas a veces en colaboración con el Banco Mundial, la OMC y organizaciones regionales), incluye las actividades siguientes:

La FAO presta asistencia técnica en materia de política alimentaria y agrícola a nivel mundial, regional y nacional.

La silvicultura y el Acuerdo sobre la agricultura

En las negociaciones de la Ronda Uruguay, la mayoría de los productos forestales se consideraron productos industriales, por lo que no se incluyeron en el Acuerdo sobre la agricultura. Sin embargo, además de los productos madereros, la silvicultura se ocupa de productos forestales no madereros, como el rotén, hongos, especias, colorantes, gomas, sagú, frutas, nueces y plantas medicinales, muchos de los cuales son objeto de comercio en el marco de categorías incluidas entre los productos agrícolas y alimenticios. Por consiguiente, ciertos productos forestales están directamente relacionados con el Acuerdo sobre la agricultura y sus disposiciones.


Se ha preparado un manual que lleva por título The implications of the Uruguay Agreement on Agriculture for developing countries («Implicaciones del Acuerdo sobre la agricultura de la Ronda Uruguay para los países en desarrollo») destinado a la capacitación. Se han llevado a cabo talleres sobre diversos temas relacionados con la Ronda Uruguay, algunos de carácter normativo y otros referidos a determinados productos, para todas las regiones (Asia y el Pacífico, Africa, América Latina y el Caribe y el Cercano Oriente y Africa del Norte). Se han realizado y se están realizando cursos de capacitación y se han organizado mesas redondas en varios países, entre ellos Bangladesh, Etiopía, India, Pakistán, Nepal, Sudán, la República Arabe Siria, la República Arabe del Yemen y Zambia.

Gran parte de la asistencia que se está prestando a los países menos adelantados y a los países en desarrollo importadores netos de alimentos se concedía también antes del
Acuerdo de Marrakech.

La pesca y el Acuerdo sobre la agricultura

El pescado y los productos pesqueros se habían incluido inicialmente en el grupo de los productos a base de recursos naturales y posteriormente se consideraron como productos agrícolas. Sin embargo, dado que no fue posible llegar a una solución de compromiso entre ciertas posiciones divergentes de los negociadores, para no poner en peligro la conclusión del Acuerdo sobre la agricultura, se excluyeron de él el pescado y los productos pesqueros. Ello no obstante, la FAO proporciona asistencia técnica e información sobre el comercio internacional de pescado y productos pesqueros, incluidas evaluaciones periódicas de la situación y las perspectivas de los mercados de los principales productos pesqueros, así como análisis de cuestiones pertinentes. Las repercusiones y efectos de los Acuerdos de la Ronda Uruguay relacionados con la pesca han sido objeto de varios seminarios y talleres regionales organizados por la FAO y se tienen debidamente en cuenta en la asistencia que presta la Organización a los países en materia de políticas para el sector pesquero.


Aunque la FAO se ha esforzado por lograr que sus Estados Miembros adquieran un mayor conocimiento del nuevo marco normativo introducido por la Ronda Uruguay, es necesario prestar más asistencia, que de hecho se está solicitando. Es evidente que en el futuro los países en desarrollo, en particular, necesitarán asistencia con objeto de crear y fortalecer su capacidad para analizar las opciones en materia de políticas, seguir la evolución del sistema comercial mundial, integrar las cuestiones comerciales en la formulación de su política interna y evaluar la relación entre el sistema comercial mltilateral y sus compromisos con respecto a los acuerdos comerciales regionales.

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