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OTROS ASUNTOS Y TRABAJOS FUTUROS (Tema 12 del programa)

Composición del Comité Ejecutivo

97. La delegación de China, al hacer referencia a la observación formulada por la delegación de la República de Corea en el 23° período de sesiones de la Comisión, propuso que el mandato de los representantes regionales se acortara a dos años para que fuese compatible con el del Presidente y de los Vicepresidentes de la Comisión. Propuso asimismo que se aumentara el número de los miembros del Comité Ejecutivo, o bien que se aumentara el número de los asesores para mejorar la representación de las regiones[36].

98. También la delegación de Malasia, respaldada por la delegación de la República de Corea, propuso que se añadieran otros dos asesores a los que habían de acompañar al Representante Regional a fin de mejorar el aporte de los países miembros e intensificar la colaboración entre los mismos en la región. La delegación sugirió asimismo que se elaboraran criterios de selección para los asesores.

99. El Observador de la Unión Internacional de Consumidores hizo referencia al debate mantenido por la Comisión en su 23° período de sesiones[37] y subrayó la necesidad de que las organizaciones de consumidores pudieran asistir a las reuniones del Comité Ejecutivo en calidad de observadores para que sus procedimientos fueran lo más transparentes posible. También hizo referencia a la solicitud de información presentada por la delegación del Japón en ese período de sesiones acerca de si los miembros podían asistir en calidad de "observadores" a las reuniones del Comité Ejecutivo y afirmó que la Comisión había pedido a la Secretaría que consultara con el asesor jurídico y con las oficinas de los Directores Generales de la FAO y la OMS sobre estas cuestiones, y que informara al respecto al Comité del Codex sobre Principios Generales (CCGP).

100. Sin embargo, la delegación de la India opinó que la admisión de un número excesivamente elevado de miembros dificultaría la labor del Comité Ejecutivo y que, si quedaran aseguradas la transparencia y una representación regional equitativa, no sería necesario aumentar el número de miembros. También la delegación de Filipinas expresó cierta preocupación acerca de la aparente falta de una clara demarcación entre las responsabilidades de los representantes regionales y las de los coordinadores. Estas opiniones fueron apoyadas por la delegación de Nepal.

101. Dado que no logró ningún consenso al respecto, y la Comisión pidió al CCGP que examinara la composición del Comité Ejecutivo[38], el Comité exhortó a los países miembros interesados a que manifestaran sus preocupaciones y presentaran propuestas en la reunión siguiente del CCGP, en abril de 2000.

Necesidad de intensificar la cooperación y la interacción entre los países miembros en relación con la labor del Codex

102. La delegación del Japón presentó el documento de sala no.12. Al hacer referencia a la inclusión del "agua mineral" en el Anteproyecto de Norma para las Aguas Embotelladas/Envasadas Distintas de las Aguas Minerales Naturales, la delegación propuso que se adoptaran algunas medidas para mejorar los resultados de la labor de elaboración de normas del Codex de la Región de Asia, y que la información, observaciones y preocupaciones correspondientes se transmitieran al Representante Regional de Asia.

103. La delegación de Filipinas expresó la opinión de que la responsabilidad de informar al Comité Ejecutivo acerca de las opiniones de los países de la Región recaía más bien en el Coordinador, tal como se estipula en el Artículo 4 c) ii), y que las responsabilidades de los representantes regionales debían tener un carácter más global y general. Varias delegaciones convinieron en que era necesario definir más claramente las responsabilidades de los representantes regionales.

104. La delegación de la India pidió que se iniciara dentro del Codex la labor de elaboración de directrices para el establecimiento de bases de datos en los países sobre la legislación de los países importadores a fin de facilitar las exportaciones. Se afirmó además que tales directrices sobre las bases de datos no debían estar en conflicto con las funciones del Codex. Una interacción periódica entre los países de la Región contribuiría a asegurar que la aplicación de dicha legislación fuese uniforme y estuviera en consonancia con las normas del Codex. Se informó al Comité de que para la preparación de dichas bases de datos se solicitaría asistencia de la FAO, la OMS y la OMC.

105. El Comité estuvo de acuerdo con las siguientes recomendaciones relativas a las propuestas de la India y el Japón:

- El Comité debe pedir al CCGP que especifique las responsabilidades de los representantes regionales a fin de diferenciar claramente sus tareas de las de los coordinadores;

- Los países miembros deben ayudar al Representante Regional y al Coordinador de Asia a contribuir más activamente a la labor del Comité Ejecutivo transmitiéndole a uno de los dos las informaciones, observaciones y preocupaciones que corresponda, para permitirle hacer frente a los problemas con que tropiezan los países miembros;

- Debe alentarse a los países miembros a presentar observaciones escritas en respuesta a las circulares y los documentos de trabajo, de modo que se pongan en conocimiento de los comités del Codex pertinentes las condiciones y opiniones de la Región;

- Los países miembros deben encontrar oportunidades y mecanismos para intercambiar información, observaciones, datos y preocupaciones, y para intensificar la comunicación entre ellos;

- Los países miembros han de tratar de obtener conjuntamente los datos necesarios para la elaboración de las recomendaciones del Codex;

- Se debe alentar a la FAO y la OMS a que se asocien con las instituciones de investigación de los países en desarrollo en la coordinación de los estudios destinados a generar datos epidemiológicos y otros datos relacionados que puedan utilizarse en la elaboración de las normas del Codex, a fin de que éstas tengan un alcance verdaderamente mundial; y

- La FAO y la OMS deben invitar a científicos y expertos de los países en desarrollo a las reuniones del JECFA, la JMPR y otras consultas de expertos.

Necesidad de consenso para la elaboración de normas internacionales

106. La delegación de Malasia presentó la Parte II del documento de sala no.17 y propuso lo siguiente: que el Reglamento del Codex se enmendara de modo que la determinación del consenso se ajustara a lo establecido por la OMC; que si fuese necesaria una votación, las decisiones se adoptaran por una mayoría de dos tercios de los votos emitidos, tanto en la Comisión como en el Comité; además, que se elaborara una lista para examinar sistemáticamente en las reuniones del Codex todas las observaciones escritas recibidas antes de la reunión, y que en la adopción de decisiones se tuvieran en cuenta estas observaciones.

107. Al parecer, había consenso general sobre la adopción de una mayoría de dos tercios. Sin embargo, varias delegaciones se declararon preocupadas acerca de los derechos de voto de los países no presentes en las sesiones de la Comisión o los comités. Dado que el documento se puso a disposición durante la reunión y la cuestión se incluiría en el programa de la reunión siguiente del CCGP, el Comité pidió a Malasia que expresara sus opiniones en la reunión y exhortara a los demás países a estudiar el documento antes de la reunión.

Tratamiento especial y diferenciado de los países en desarrollo

108. La delegación de Malasia presentó la Parte I del documento de sala no.17 e hizo hincapié en que, a la hora de elaborar las normas y otras recomendaciones del Codex, se prestara especial atención a las necesidades y condiciones de los países en desarrollo, y en que las recomendaciones del Codex no debían crear obstáculos a las exportaciones de los países en desarrollo. La delegación propuso que se enmendara el Artículo X del Reglamento con el fin de reflejar estas necesidades.

109. Algunas delegaciones manifestaron su apoyo en principio. No obstante, se destacó que las normas del Codex debían basarse en la ciencia y que este principio no tenía que abandonarse. Se afirmó que, como uno de los objetivos de las normas del Codex era facilitar el comercio, la segunda propuesta no parecía ser necesaria. La delegación de Malasia aclaró que la propuesta no negaba en modo alguno la necesidad de aplicar el principio de inocuidad de los alimentos.

110. Se informó al Comité de que se había distribuido a los países miembros, a fin de recabar sus observaciones, una carta circular sobre la revisión del Código de Ética para el Comercio Internacional en la que se indicaba la necesidad de aplicar un Tratamiento especial y diferenciado a los países en desarrollo. Se invitó a la delegación de Malasia y otras delegaciones a que enviaran observaciones escritas al Secretario de la Comisión del Codex Alimentarius para mediados de diciembre. Dado que el documento de sala no.17 se había puesto a disposición durante la reunión, y la cuestión se incluiría en el programa de la reunión siguiente del CCGP, el Comité pidió a Malasia que expresara sus opiniones durante la reunión y exhortó a los demás países a que estudiaran el documento antes de la misma.


[36] CX/ASIA 99/2-Add.1 (documento de sala no.2).
[37] ALINORM 99/37, párrs. 44-46.
[38] ALINORM 99/37, párr. 66.

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