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III.   LAS CAUSAS DE LA PROPIEDAD COMUN

Para comprender las condiciones que pueden favorecer la creación de los derechos de uso exclusivo localizados, es conveniente examinar las fuerzas y factores compensatorios que han dado lugar a la condición generalizada de propiedad común. Por regla general, se puede afirmar que cuando los costos de adquirir y defender los derechos de uso exclusivo son mayores que los beneficios, existe la condición de propiedad común. A este respecto, los costos y beneficios sólo son parcialmente económicos. También deben ser examinados en términos sociales, políticos y culturales.

Una de las dificultades más evidentes es la de intentar delimitar un recurso fugitivo. Para una población que se traslada a miles de millas no hay nación, grupo o individuo que pueda evitar que otros hagan uso de la misma. Incluso cuando los movimientos migratorios no son tan amplios, ningún país puede fácilmente defender derechos exclusivos cuando la población es compartida por un país o países vecinos. Las dificultades evidentes de intentar la adquisición de derechos nacionales exclusivos con respecto a poblaciones migratorias contribuyó enormemente a que se originara el principio de la libertad de pesca. Por regla general, se afirmó en su momento que el principio estaba siendo formalizado por el derecho internacional (los siglos XVII y XVIII) en el sentido de que un país podría adquirir la jurisdicción exclusiva en los mares sólo en la medida en que fuera posible su defensa desde la tierra - es decir, el alcance de un cañonazo: “imperium terrae finiri ubi finitur armorum potestas” (van Bynkershoef, 1737).

Sin embargo, la dificultad de acotar un recurso fugitivo es una cuestión relativa. Depende de la amplitud del movimiento migratorio de la población, que oscila de recursos sedentarios, como es el caso de las ostras y algas marinas, a los recursos altamente migratorios, como algunas especies de túnidos. También depende de la amplitud de los límites geopolíticos, si es la línea costera de una comunidad, país o posiblemente grupo de países que actúan de acuerdo. Además, como hemos observado con anterioridad, no es siempre necesario acotar toda la población (o su medio ambiente) con objeto de adquirir el derecho de uso territorial válido.

Una dificultad especialmente importante al adquirir o mantener derechos de uso exclusivo, proviene de las presiones de determinados pescadores para incrementar las cuotas que les corresponden de la riqueza del mar. Con anterioridad a las ampliaciones de la jurisdicción nacional, el principio de libertad de los mares dió lugar a una distribución de la riqueza que favorecía a aquellos que habían tenido la habilidad de invertir en grandes embarcaciones capaces de faenar en aguas de altura. Con la actual ampliación de las zonas económicas, se producen las mismas características de distribución, aunque en menor escala. Cuando no hay territorios o sólo existen algunos pocos en los cuales rigen los derechos de uso exclusivo, aquellos que tienen las embarcaciones más potentes adquieren la mayor proporción de las capturas. Por regla general, los propietarios de estas embarcaciones se oponen a la creación o ampliación de territorios de los cuales se verían excluidos y tienden a favorecer el mantenimiento de la propiedad común.

Cuando se han adquirido derechos territoriales, hay tendencia al desglose si no existe una fuerte protección jurídica e institucional de los derechos y si los forasteros perciben un alto valor al obtener el acceso. Por ejemplo, los derechos para pescar el salmón con almadrabas en las desembocaduras de las corrientes de Alaska fueron declarados fuera de la ley, finalmente, como consecuencia del aumento de los precios del salmón y las crecientes presiones de los pescadores excluidos para aumentar su acceso a los recursos y reducir las posibilidades de los propietarios de almadrabas para controlar el recurso. Esta redistribución de la riqueza se vió facilitada por el hecho de que la mayor parte de las almadrabas eran propiedad de personas no residentes en Alaska que no podían movilizar un apoyo político efectivo en el estado.

Los derechos territoriales tradicionales, con incluso menos protección legal, no han podido, por regla general, resistir las presiones resultantes de un gran incremento en el valor de acceso al territorio.

La fragmentación de los derechos territoriales tradicionales también puede suceder desde dentro. En una economía de subsistencia, la cantidad de capturas realizada en un territorio se limita a las necesidades de la comunidad. La competencia para los lugares de pesca favorecidos dentro del territorio puede no ser especialmente fuerte y se podrían producir grandes beneficios con sistemas que permiten el acceso equitativo a los emplazamientos favorecidos. Sin embargo, cuando se produce un desplazamiento hacia una economía monetaria, la competencia aumenta y, por regla general, tiende a dividir el frágil sistema de asignación tradicional y el control territorial.

Las tendencias hacia una propiedad común también están presentes en muchos adelantos técnicos, especialmente cuando se produce un desplazamiento de un equipo fijo a otro móvil y de embarcaciones con autonomía limitada a otras motorizadas con mayor autonomía. Estos cambios, junto con el desplazamiento hacia las economías monetarias, han sido una fuerza importante en la fragmentación de los derechos de uso territorial tradicionales.

Un factor adicional en el mantenimiento de la propiedad común es el relativo a las tradiciones históricas y culturales del principio de libertad de pesca en el Atlántico norte. De acuerdo con esta tradición, todos tienen el derecho de pescar en donde quieran. Aunque esta tradición tiene su origen y apoyo en el concepto de que la riqueza del mar debe distribuirse de acuerdo con los medios de cada uno, tiene cierto valor intrínsico. En América del Norte, la tradición se entiende frecuentemente como un derecho fundamental que no debe ser abolido por técnicas reglamentadas, como el acceso limitado o cupos para pescadores (passim in Rettig y Ginter, 1981). Indudablemente, esta tradición ha influido en los asesores pesqueros de los estados del Atlántico norte para estimular la división de los sistemas de derechos exclusivos que existen en los estados en desarrollo.

Parcialmente, como resultado de los factores y fuerzas mencionados anteriormente, y en parte como consecuencia de la falta de conocimientos acerca de los beneficios de los DUTP, hay pocos países donde exista un sistema legal institucional para proteger los derechos de uso territorial.

Teniendo en cuenta estas fuerzas, por regla general, han sido grandes los costos y dificultades de adquirir y mantener derechos territoriales exclusivos. Desde un punto de vista contrario, los beneficios que se derivan de dichos derechos, han sido con frecuencia pequeños. Uno de los principales argumentos en favor de la libertad de los mares, según Hugo Grotius, en los años 1600, fue que los recursos pesqueros del océano eran tan abundantes que los derechos territoriales exclusivos tenían poco valor. Nadie desea pagar para obtener el acceso exclusivo a un recurso que se encuentra libre y abundante en otros lugares.

A escala global, se han operado cambios importantes en los costos y beneficios de adquirir derechos territoriales sobre los recursos pesqueros. Los beneficios de estos derechos han aumentado considerablemente a medida que era mayor la información sobre la escasez de los recursos pesqueros. Los costos de adquirir los derechos han disminuido, como consecuencia de los debates de la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar y también por la aceptación generalizada de la jurisdicción ampliada en derecho internacional.

La defensa de estos derechos se ve facilitada por los modernos sistemas de vigilancia y control militar. En consecuencia, se han creado DUTP en gran escala en forma de ZEE.

Ello ha tenido cierta influencia en la creación y mantenimiento de los DUTP localizados debido al aumento de la autoridad nacional. Pero los costos y beneficios de los derechos territoriales exclusivos todavía deben examinarse en función de las situaciones y condiciones específicas existentes en las distintas pesquerías y áreas.


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