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EXAMEN DEL TRABAJO REALIZADO POR ORGANIZACIONES INTERNACIONALES SOBRE LA EVALUACIÓN DE LA INOCUIDAD Y LOS ASPECTOS NUTRICIONALES DE LOS ALIMENTOS OBTENIDOS POR MEDIOS BIOTECNOLÓGICOS (Tema 3 del programa)[3]

7. El Comité tomó nota de la información que se presentaba en los documentos CX/FBT 00/3 y CX/FBT 00/3 Add., con respecto a la labor de las organizaciones internacionales sobre la evaluación de la inocuidad y los aspectos nutricionales de los alimentos obtenidos por medios biotecnológicos.

8. En lo que concierne a la Consulta de Expertos sobre biotecnología que habría de celebrarse en junio de 2000, las delegaciones subrayaron la importancia de la transparencia y pidieron más aclaraciones acerca del ámbito de competencia de la Consulta. Representantes de la FAO y la OMS informaron al Grupo de Acción de los debates en curso sobre nuevas mejoras en la transparencia de los procedimientos de identificación y selección para el grupo de expertos, de que los expertos se seleccionarían a título individual, de que el proceso de selección sería transparente y de que los gobiernos de los Estados Miembros participarían en el proceso de identificación y ratificación de los expertos. También se invitaría a ONG internacionales a designar a posibles expertos Se anunció que el ámbito de competencia de la Consulta sería examinar la metodología actualmente utilizada en la evaluación de la inocuidad, incluido el concepto de equivalencia sustancial, así como estudiar los aspectos nutricionales de los alimentos obtenidos por medios biotecnológicos. Se señaló que este ámbito de competencia se modificaría en función de los debates de la presente reunión del Grupo de Acción.

9. Se recordó la recomendación formulada en 1996 por una Consulta de Expertos FAO/OMS de que se proporcionara a los países en desarrollo asistencia y educación en cuanto a los criterios aplicables a la evaluación de la inocuidad de alimentos y componentes de alimentos producidos mediante modificación genética. Los Representantes de la FAO y de la OMS reafirmaron el apoyo de esas organizaciones a la asistencia técnica a países en desarrollo, y el Grupo de Acción tomó nota de ello.

CONVENIO SOBRE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA: PROTOCOLO DE CARTAGENA SOBRE BIOSEGURIDAD

10. Se informó al Grupo de Acción de que el Protocolo había sido aprobado en la continuación del período de sesiones extraordinario de la Conferencia de las Partes en el Convenio celebrada en enero de 2000 en Montreal, Canadá, y que entraría en vigor 90 días después del depósito del quincuagésimo instrumento de ratificación. El texto del Protocolo, que no estaba disponible en el momento en que se había preparado el documento de la Secretaría, se puso a disposición de las delegaciones[4].

11. Se señaló que el objetivo del Protocolo, de conformidad con el criterio precautorio contenido en el Principio 15 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, era contribuir a garantizar un grado suficiente de protección en lo que concierne a la transferencia, manipulación y utilización sin riesgos de organismos vivos modificados, obtenidos por medios biotecnológicos modernos, que pudieran tener efectos perjudiciales sobre la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana y centrándose concretamente en los movimientos transfronterizos.

12. Al observar que la interpretación de las disposiciones del Protocolo iba más allá del mandato de la Comisión, el Grupo de Acción tomó nota de que el Protocolo formaba parte del marco reglamentario internacional dentro del cual había de procederse a la elaboración, aprobación, aceptación y aplicación de normas del Codex. Por consiguiente, sería necesario tener presentes las disposiciones del Protocolo durante la elaboración por el Grupo de Acción de los textos correspondientes del Codex.


[3] CX/FBT 00/3, CX/FBT 00/3 Add.
[4] El texto facilitado fue el que se había obtenido en el sitio web de la Secretaría del CDB: http://www.biodiv.org.

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