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CUESTIONES REMITIDAS AL GRUPO DE ACCIÓN POR LA COMISIÓN DEL CODEX ALIMENTARIUS Y OTROS COMITÉS DEL CODEX[2] (tema 2 del programa)

4. El Comité tomó nota de las cuestiones planteadas en la 47ª reunión del Comité Ejecutivo de la Comisión del Codex Alimentarius en relación con el Plan a Plazo Medio de la Comisión para 2003-2007[3], los progresos alcanzados en la aplicación de las decisiones generales de la Comisión en materia de análisis de riesgos[4] y la labor relacionada con la resistencia antimicrobiana a bacterias presentes en los alimentos. Asimismo se informó al Comité de las cuestiones planteadas en los Comités del Codex sobre Higiene de los Alimentos, Aditivos Alimentarios y Contaminantes de los Alimentos, Residuos de Plaguicidas, Etiquetado de los Alimentos, Principios Generales, Métodos de Análisis y Toma de Muestras, y en el Grupo de Acción Intergubernamental Especial del Codex sobre Alimentos Obtenidos por Medios Biotecnológicos.

5. La Secretaría del Codex reafirmó que el mandato principal de la Comisión del Codex Alimentarius consistía en proteger la salud de los consumidores y garantizar la adopción de prácticas leales en el comercio alimentario, y en relación con ello tomó nota de la decisión adoptada por el Grupo de Acción Intergubernamental Especial del Codex sobre Alimentación Animal (TFAF) en su primera reunión al establecer que la finalidad primordial del Código de Prácticas sobre la Buena Alimentación Animal debía ser la protección de la salud de los consumidores, prestando atención especial a los aspectos relacionados con la inocuidad de los alimentos[5]. Asimismo el Grupo de Acción recordó que su labor se basaba en parte en la Consulta de Expertos de la FAO sobre Alimentación de los Animales e Inocuidad de los Alimentos, que se ocupaba específicamente de las relaciones recíprocas entre alimentación animal e inocuidad de los productos alimenticios.

6. El Grupo de Acción observó también que en virtud de su mandato, en la elaboración del Código de Prácticas para una buena alimentación animal debía “tener en cuenta todo el trabajo realizado por los Comités del Codex y otros órganos internacionales competentes, entre ellos la FAO, la OMS, la OIE y la CIPF y colaborar con los mismos”; en relación con esto la Secretaría del Codex proporcionó amplia información sobre la labor emprendida por otros órganos pertinentes del Codex de acuerdo con lo solicitado por el Grupo de Acción en su primera reunión[6], a saber:

COMITÉ DEL CODEX SOBRE ADITIVOS ALIMENTARIOS Y CONTAMINANTES DE LOS ALIMENTOS

7. El Grupo de Acción observó que entre otras tareas, el Comité del Codex sobre Aditivos Alimentarios y Contaminantes de los Alimentos (CCFAC) se encargaba de establecer o ratificar niveles máximos permitidos o niveles de referencia para aditivos alimentarios, contaminantes (incluidos los contaminantes ambientales) y sustancias tóxicas naturales en productos alimenticios y piensos. Asimismo tenía a su cargo la preparación de listas prioritarias de aditivos alimentarios y contaminantes de los alimentos para su evaluación toxicológica por el Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios (JECFA).

8. En el campo de las micotoxinas presentes en los alimentos y piensos, el CCFAF ya había finalizado un nivel máximo para las aflatoxinas en los cacahuetes (maníes) destinados a elaboración ulterior y un nivel máximo para la aflatoxina M1 en la leche, y tenía en curso de la elaboración de un nivel máximo para la ocratoxina A en el trigo, la cebada, el centeno y productos afines. Para favorecer el control de la contaminación de los alimentos y piensos en el origen dicho Comité había finalizado también un Código de Prácticas para reducir la presencia de aflatoxina B1 en las materias primas y piensos destinados a animales productores de leche, y tenía en curso la elaboración de un Código de Prácticas para prevenir la contaminación por micotoxinas en los cereales que incluía anexos sobre la ocratoxina A, la zearalenona, las fumonisinas y los tricotecenos.

9. En relación con los contaminantes industriales y ambientales presentes en los alimentos el CCFAC había finalizado, o estaba elaborando, niveles máximos para el plomo en diversos productos alimenticios (cereales en grano, legumbres, leguminosas, hortalizas, hortalizas leguminosas, fruta, carne, grasa, despojos comestibles, leche y grasa de leche) y niveles máximos para el cadmio (cereales, legumbres, leguminosas, trigo en grano y arroz, soja y cacahuete). Asimismo había finalizado un Código de Prácticas sobre medidas aplicables en el origen para reducir la contaminación de alimentos por sustancias químicas, y tenía en curso la elaboración de un Código de Prácticas sobre medidas aplicables en el origen para reducir la contaminación de los alimentos por dioxinas y BPC análogos a dioxinas. En relación con esto el CCFAC también estaba estudiando la elaboración de posibles niveles máximos para dioxinas y BPC análogos a las dioxinas presentes en alimentos y piensos, en espera de una evaluación toxicológica que llevaría a cabo el JECFA en su 57ª reunión, en junio de 2001, sobre la base de los datos recibidos en cuanto a la presencia de estas sustancias en alimentos y piensos y en la leche materna. Esto incluía el examen, en colaboración con el Comité del Codex sobre Métodos de Análisis y Toma de Muestras, de los métodos de análisis para dioxinas y BPC análogos a las dioxinas presentes en alimentos y piensos.

10. El CCFAC también tenía en curso la elaboración de una Norma General para los Contaminantes y las Toxinas presentes en los Alimentos, que era un texto de carácter general aplicable a los niveles máximos para contaminantes presentes en todos los alimentos independientemente de que éstos estuvieran o no regulados por normas del Codex. En relación con ello el CCFAC examinaría en su 34ª reunión una lista de todos los niveles máximos y niveles de referencia en los alimentos que el Comité estaba examinando, así como los niveles máximos y niveles de referencia actuales contenidos en las normas sobre productos del Codex, con una indicación de su estado de tramitación.

COMITÉ DEL CODEX SOBRE RESIDUOS DE PLAGUICIDAS

11. Se informó al Grupo de Acción de que el Comité del Codex sobre Residuos de Plaguicidas se encargaba de establecer límites máximos para los residuos de plaguicidas presentes en ciertos piensos que eran objeto de comercio internacional, cuando esto se justificaba por motivos de protección de la salud humana, y consideraba otras cuestiones relacionadas con la inocuidad de alimentos y piensos que contenían residuos de plaguicidas, además de establecer límites máximos para contaminantes ambientales e industriales que presentaban analogías químicas o de otra índole con los plaguicidas.

COMITÉ DEL CODEX SOBRE RESIDUOS DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS EN LOS ALIMENTOS

12. El Grupo de Acción observó que el Comité del Codex sobre Residuos de Medicamentos Veterinarios en los Alimentos (CCRVDF) se encargaba de establecer niveles máximos para residuos de medicamentos veterinarios en los alimentos, con inclusión de los medicamentos empleados con fines terapéuticos, de prevención o de diagnóstico o para modificar las funciones fisiológicas o el comportamiento. El CCRVDF también había finalizado unas directrices para el establecimiento de un programa reglamentario destinado a controlar la presencia de medicamentos veterinarios en los alimentos, así como un código internacional recomendado de prácticas para controlar el empleo de medicamentos veterinarios.

COMITÉ DEL CODEX SOBRE HIGIENE DE LOS ALIMENTOS

13. El Comité del Codex sobre Higiene de los Alimentos (CCFH) se encargaba de elaborar disposiciones en materia de higiene de los alimentos aplicables a todos los productos alimenticios, y había establecido unos principios para el establecimiento y la aplicación de criterios microbiológicos para los alimentos así como unos principios y directrices para la realización de evaluaciones de riesgos microbiológicos.

COMITÉ DEL CODEX SOBRE ETIQUETADO DE LOS ALIMENTOS

14. El Grupo de Acción tomó nota de que el Comité del Codex sobre Etiquetado de los Alimentos había finalizado unas directrices para la producción, elaboración, etiquetado y comercialización de alimentos producidos orgánicamente que incluían aspectos relacionados con la producción ganadera.

15. Teniendo en cuenta la información mencionada la Secretaría del Codex convino en proporcionar, en la próxima reunión del Grupo de Acción, información actualizada sobre las actividades conexas de otros comités del Codex, exponiendo en particular el estado de tramitación de los distintos niveles para contaminantes establecidos por el CCFAC o en curso de examen en dicho Comité. Asimismo la Secretaría del Codex indicó que si bien el establecimiento de niveles máximos para contaminantes, plaguicidas y medicamentos veterinarios, así como de límites microbiológicos, evidentemente no formaba parte del mandato del Grupo de Acción, era de su competencia recomendar a la Comisión del Codex Alimentarius, para su potencial asignación como nuevo trabajo al órgano del Codex pertinente, trabajos futuros sobre temas específicos que pudiera identificar en el contexto de la alimentación animal en relación con la inocuidad de los alimentos.

ASUNTOS DE INTERÉS PLANTEADOS EN OTRAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES

16. El Grupo de Acción tomó nota de los asuntos de interés planteados en la OIE, la FAO y la OMS en relación con problemas de salud animal e inocuidad de los alimentos vinculados con los piensos, a saber:

Oficina Internacional de Epizootias (OIE)

17. Un representante de la OIE presentó un documento de información[7] acerca de la Consulta Técnica Mixta OMS/FAO/OIE sobre la encefalopatía espongiforme bovina (EEB), la salud pública y el comercio que había de celebrarse en la sede de la OIE en París, Francia, del 11 al 14 de junio de 2001.

18. El representante de la OIE observó que la Consulta procuraría formular unas recomendaciones claras y viables para los países, en particular países en desarrollo, a fin de:

19. En la Consulta planeada se procedería a examinar, debatir y resumir los conocimientos actuales sobre la patogénesis, epidemiología, distribución, origen probable de la epidemia, prevención y control de la EEB y la enfermedad de Creutzfeldt-Jacob. El objetivo principal consistiría en proporcionar una información más adecuada a los países que intentaban decidir qué medidas debían adoptar dentro de sus fronteras a fin de evitar riesgos a su población humana y animal. Un objetivo secundario era ofrecer un foro para el examen de algunos de los problemas más apremiantes que planteaba el control de la EEB en el ámbito internacional. Se invitaría a participar a especialistas en diversas disciplinas, autoridades nacionales, organizaciones e instituciones internacionales, ONG y otras partes interesadas.

20. El representante de la OIE informó al Grupo de Acción sobre el trabajo previo de la OMC, que había formulado unas recomendaciones para proteger la salud pública en relación con las encefalopatías espongiformes transmisibles del hombre y del ganado[8], y la labor de la OIE en relación con la encefalopatía espongiforme bovina (EEB), incluida la existencia de un capítulo sobre la EEB en su Código internacional de salud animal. Este capítulo contenía recomendaciones específicas para la evaluación del riesgo y mencionaba los factores de riesgo que estaban presentes en la alimentación animal.

21. El representante de la OIE informó al Grupo de Acción de que en los sitios web de la OMS, la FAO y la OIE era posible obtener más información sobre la Consulta Técnica.

Organización Mundial de la Salud (OMS) de las Naciones Unidas

22. El representante de la OMS informó al Grupo de Acción de que además de la Consulta Técnica Mixta OMS/FAO/OIE sobre la EEB, la salud pública y el comercio presentada por el representante de la OIE, la OMS desarrollaba otras dos actividades relacionadas con la alimentación animal.

23. La segunda actividad constituía el seguimiento[9] de la Consulta de la OMS sobre los métodos y principios para vigilar el empleo de antimicrobianos en la producción de animales destinados a la alimentación a efectos de proteger la salud humana, que había de celebrarse en Oslo, Noruega, del 10 al 13 de septiembre de 2001. La vigilancia del consumo de antimicrobianos por parte de animales productores de alimentos se consideraba un requisito indispensable para identificar los factores de riesgo relacionados con la aparición de resistencia a los antimicrobianos en las bacterias zoonóticas, y para la evaluación de las medidas de salud pública destinadas a combatirlos. Sin embargo, aún no se disponía de información suficiente sobre el consumo de sustancias antimicrobianas, y éste sería un tema central de la reunión. Los objetivos consistían en elaborar modelos de estrategias nacionales e internacionales para vigilar el empleo de antimicrobianos en los animales destinados a la alimentación humana, y formular recomendaciones para apoyar a los gobiernos, las autoridades nacionales, la industria farmacéutica, las organizaciones internacionales y otras partes interesadas en sus intentos de establecer programas nacionales para vigilar del empleo de antimicrobianos. Asimismo se examinarían los datos disponibles sobre el consumo de antimicrobianos no empleados en los seres humanos, las experiencias nacionales en la materia y los criterios adoptados para el establecimiento de sistemas de vigilancia en relación con el empleo de antimicrobianos.

24. Se recordaron al Grupo de Acción los Principios mundiales de la OMS para limitar la resistencia a los antimicrobianos en los animales destinados a la alimentación humana. Éstos se habían elaborado durante una consulta celebrada del 5 al 9 de junio de 2000 en Ginebra con la participación de la FAO y la OIE, y se centraban en los aspectos de salud pública y salud humana que guardaban relación con el empleo de antimicrobianos en animales destinados a la alimentación humana aunque reconocían, al mismo tiempo, la constante necesidad de administrar tratamientos antimicrobianos a los animales afectados por enfermedades. Además, el representante de la OIE informó al Grupo de Acción de que si bien la OIE no se ocupaba de la vigilancia del empleo de antimicrobianos en los piensos, tenía un Grupo Especial sobre resistencia a los antimicrobianos que seguiría colaborando con la FAO y la OMS.

25. La tercera actividad importante era una Consulta de la OMS sobre la inocuidad de los alimentos antes de la recolección que se celebraría en Berlín, Alemania, del 26 al 28 de marzo de 2001 con la participación de la OIE y la FAO. La Consulta consideraría sobre todo las actividades y medidas relacionadas con la producción de animales de granja que contribuían a la protección de la salud humana. Esto incluiría en particular la carne así como otros productos que no sean objeto de elaboración posterior. La Consulta formaba parte de las actividades de la OMS destinadas a desarrollar sistemas sostenibles e integrados de inocuidad de los alimentos a fin de reducir los riesgos para la salud pública en toda la cadena alimentaria, desde el productor primario hasta el consumidor. Participarían en ella diversas organizaciones e instituciones que tenían intereses y actividades en la esfera de la inocuidad de los alimentos antes de la recolección.

Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO)

26. El Representante de la FAO subrayó la colaboración entre la FAO, la OMS y la OIE en la organización de las consultas mencionadas por la OMS y la OIE. Aconsejó asimismo a los participantes que consultaran el sitio web de la FAO[10], donde encontrarían amplia información técnica en relación con la inocuidad de los piensos.

27. El Representante de la FAO informó de que la elaboración de códigos de prácticas y buenas prácticas de fabricación para la producción ganadera y la industria de piensos estaba incluida en su Programa de Labores y Presupuesto para 2002 y 2003. Formaba parte de la función de la FAO ocuparse de los aspectos de la producción ganadera y el medio ambiente así como de la salud animal, en colaboración con la OIE, que no estaban comprendidos en el mandato de la Comisión del Codex Alimentarius.


[2] CX/AF 01 /2.
[3] ALINORM 01/3, párrs. 36-41.
[4] ALINORM 01/3, párr. 42.
[5] ALINORM 01/38, párr. 28.
[6] ALINORM 01/38, párr. 41.
[7] CX/AF INF/01/01
[8] Consulta de la OMS sobre cuestiones de salud pública relacionadas con la encefalopatía espongiforme transmisible humana y animal, 2-3 de abril de 1996, Ginebra.
[9] Según lo recomendado por la Consulta de la OMS sobre las repercusiones médicas del empleo de antimicrobianos en animales destinados a la alimentación humana, Berlín, octubre de 1997.
[10] http://www.fao.org/ag/aga/agap/frg/feedsafety/feedsafety.htm

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