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RESUMEN Y CONCLUSIONES

La segunda reunión del Grupo de Acción Intergubernamental Especial del Codex sobre Alimentos Obtenidos por Medios Biotecnológicos llegó a las siguientes conclusiones:

ASUNTOS QUE SE SOMETEN AL EXAMEN DE LA COMISIÓN DEL CODEX ALIMENTARIUS

El grupo de Acción:

a) Acordó adelantar el Anteproyecto de Principios para el Análisis de Riesgos de Alimentos Obtenidos por Medios Biotecnológicos al Trámite 5 del Procedimiento, para su examen por la Comisión del Codex Alimentarius en su 24º período de sesiones de (párr. 49, Apéndice II);

b) Acordó adelantar el Anteproyecto de Directrices para la Realización de la Evaluación de Inocuidad de Alimentos Obtenidos de Plantas de ADN Recombinante al Trámite 5 del Procedimiento, para su examen por la Comisión del Codex Alimentarius en su 24º período de sesiones (párr. 77, Apéndice III);

c) Adoptó un informe preliminar para presentarlo a la Comisión del Codex Alimentarius en su 24º período de sesiones (párr. 90, Apéndice V);

d) Convino, a reserva de la aprobación por la Comisión del Codex Alimentarius en su 24º período de sesiones, en iniciar un nuevo trabajo, en el Trámite 1, de elaboración de unas directrices para la realización de la evaluación de inocuidad de los alimentos en relación con la presencia de microorganismos modificados en los mismos (párr. 91);

OTROS ASUNTOS DE INTERÉS PARA LA COMISIÓN

El grupo de Acción:

a) Convino en elaborar, para el documento de las Directrices, un anexo separado en el que se expondrían en detalle los procedimientos de evaluación de la alergenicidad, y acordó establecer para este fin un Grupo de Trabajo de participación abierta presidido por el Gobierno del Canadá (párr. 70);

b) Convino en solicitar observaciones mediante una carta circular, acerca de los documentos sobre rastreabilidad proporcionados por las delegaciones de Francia y los Estados Unidos, para un ulterior debate en su próximo período de sesiones (párr. 83);

c) Convino en documentar la actual situación de validación de los métodos notificados por los países miembros y recomendó que se estableciera un registro o un centro depositario de la información pertinente sobre métodos de detección o identificación de alimentos o ingredientes de alimentos obtenidos por medios biotecnológicos (y sobre la disponibilidad de materiales de referencia) (párr. 86);

d) Recomendó que una futura consulta mixta FAO/OMS de expertos examinara la posibilidad de efectuar una evaluación de inocuidad en una situación en la que se careciera de un homólogo convencional apropiado, por ejemplo el caso de los microorganismos modificados que se utilizaban en la producción y elaboración de alimentos (párr. 28);

e) Acogió con beneplácito la iniciativa de la FAO y la OMS de convocar consultas de expertos para respaldar los aspectos científicos de su labor en la esfera de los alimentos obtenidos de microorganismos modificados genéticamente y del pescado (párr. 92)


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