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RESUMEN Y CONCLUSIONES

En su 33ª reunión, el Comité del Codex sobre Residuos de Plaguicidas llegó a las siguientes conclusiones:

ASUNTOS QUE SE SOMETEN A LA CONSIDERACIÓN DE LA COMISIÓN EN SU 24º PERÍODO DE SESIONES

El Comité recomendó a la Comisión:

  • La adopción de proyectos de LMR en el Trámite 8, anteproyectos de LMR en el Trámite 5/8 y anteproyectos de LMR en el Trámite 5 (Apéndices II, III y V);

  • La adopción del Anteproyecto de Enmiendas de la Clasificación del Codex de Alimentos y Piensos en el Trámite 5 del Procedimiento Acelerado (Apéndice IV);

  • La revocación de ciertos LMR del Codex existentes (Apéndice VI); y

  • La Lista Prioritaria de plaguicidas nuevos e incluidos en el programa de examen periódico para su evaluación por la JMPR (Apéndice IX).

ASUNTOS QUE SE SOMETEN A LA CONSIDERACIÓN DE LA COMISIÓN EN SU 24º PERÍODO DE SESIONES

El Comité:

  • decidió proponer a la Comisión un LMRE para el DDT de 5 mg/kg y un nivel de 3 mg/kg entre corchetes, y solicitarle que adoptara una decisión con respecto al nivel en cuestión, teniendo en cuenta que el Comité no estaría en condiciones de alcanzar el consenso aplazando el examen de esta cuestión hasta una reunión sucesiva (párr. 195);

  • al examinar la petición de México con respecto a la inclusión de algunos antibióticos en la Lista Prioritaria puesto que se cumplían los criterios para su inclusión, el Comité decidió que no podía adoptar una decisión porque en esta oportunidad no existía consenso al respecto, y remitió la cuestión a la Comisión del Codex Alimentarius solicitando que hubiera coordinación entre los otros comités participantes, incluidos los Comités del Codex sobre Residuos de Medicamentos Veterinarios en los Alimentos y sobre Higiene de los Alimentos (párr. 222);

  • aplazó el examen de otros factores legítimos en el marco del análisis de riesgos en espera de que se lograran nuevos avances al respecto en el ámbito del CCGP y del Codex, en el entendimiento de que la Comisión podría proporcionar una orientación general a los comités del Codex con respecto a la función de los otros factores y la aplicación de los principios del análisis de riesgos en el proceso decisorio (párr. 240).

PARA INFORMACIÓN DE LA COMISIÓN

El Comité:

  • al examinar el procedimiento para abordar las preocupaciones sobre la exposición dietética crónica reconoció que por el momento se debían mantener los procedimientos actuales, y reafirmó su decisión anterior de que ningún LMR debía adelantarse al Trámite 8 si se excedía la IDA en una o más de las dietas regionales (párr. 43);

  • tomó nota de las consideraciones generales del informe de la JMPR de 2000, así como de la iniciativa y la novedad de que la Reunión Conjunta FAO/OMS sobre Especificaciones elaboraría y examinaría las especificaciones de los plaguicidas antes de que un compuesto fuera evaluado por la JMPR, y de que este proceso comenzaría en 2003 y se daría la prioridad a los compuestos incluidos en el programa de examen periódico (párrs. 13-27);

  • estuvo de acuerdo en que no había necesidad de elaborar un documento adicional sobre el análisis de riesgos en esta etapa, y observó que las medidas futuras dependerían de las recomendaciones de la Comisión sobre este tema (párr. 51);

  • apoyó la elaboración de 13 dietas regionales revisadas y observó que sería necesario afinar aún más las dietas, incorporando ejemplos del cálculo de LMR para frutas y hortalizas, antes de recomendar su utilización para los fines de la JMPR (párr. 56);

  • convino en interrumpir el acopio de información mediante el cuestionario sobre los estudios de elaboración, reconociendo a la vez la importancia de que SIMUVIMA/Alimentos recogiera la información requerida actualmente por los gobiernos nacionales (párr. 62);

  • convino en que era necesario adoptar un enfoque específico caso por caso en el establecimiento de LMR para cultivos modificados genéticamente y residuos de metabolitos (párrs. 63-66), así como para las mezclas isoméricas (párr. 222);

  • convino en considerar un documento de posición que identificara las combinaciones más importantes de especias y plaguicidas así como la disponibilidad de información sobre BPA y datos de residuos (ensayos de campo y datos de vigilancia) junto con información sobre los problemas comerciales y una orientación normativa sobre las medidas sucesivas relacionadas con el establecimiento de LMR/LMRE para las especias (párr. 234)

  • acordó que en el establecimiento de prioridades se aplicarían los procedimientos indicados en los párrs. 211, 212 y 215;

  • acordó considerar en la siguiente reunión:
    - la evaluación del riesgo acumulativo, sobre todo en relación con el desarrollo de un conocimiento común de la metodología (párr. 78);

    - la evaluación de la exposición aguda (párrs. 246-247);

    - en qué medida era necesario revisar y actualizar la Clasificación del Codex de Alimentos y Piensos, y qué estructura debía darse a la versión actualizada (párrs. 241-245);

    - el establecimiento de listas prioritarias; un examen del documento referente a los procedimientos de trabajo de la JMPR que prepararía la Secretaría FAO/OMS (párr. 224); y

  • pidió a la JMPR que examinara una serie de cuestiones de carácter general (párrs. 33, 77).

ASUNTOS DE INTERÉS PARA OTROS COMITÉS

El Comité:

  • considerando el asunto remitido por el CCNASWP en relación con la vulnerabilidad del comercio derivada del prolongado proceso de establecimiento de LMR del Codex, acordó reconocer la existencia del problema y pidió a la delegación de EE.UU. que con la ayuda de otros Estados Miembros y organismos internacionales interesados preparara un documento al respecto para consideración del Comité en su próxima reunión (párr. 12);

  • de acuerdo con la petición del CCNFSDU, y considerando la idoneidad del establecimiento de IDA y LMR para los lactantes y niños, llegó a la conclusión de que las IDA y los LMR debían comprender todos los grupos de población, incluidos los lactantes y niños, y que la posibilidad de una mayor vulnerabilidad de éstos últimos constituía un tema importante que debía incorporarse explícitamente a la labor del CCPR y de la JMPR; por consiguiente estuvo de acuerdo en que era necesario examinar más a fondo la evaluación del riesgo acumulativo, sobre todo en relación con el desarrollo de un conocimiento común de la metodología (párrs. 67-78).



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