CCP: BA/TF 01/7


COMITÉ DE PROBLEMAS DE PRODUCTOS BÁSICOS

GRUPO INTERGUBERNAMENTAL SOBRE EL BANANO Y LAS FRUTAS TROPICALES

Segunda reunión

San José, Costa Rica, 4 - 8 de diciembre de 2001

EVALUACIÓN DE LOS REGÍMENES DE IMPORTACIÓN DE BANANOS EN LA COMUNIDAD EUROPEA (CE)

Índice



I. INTRODUCCIÓN

1. La Comunidad Europea (CE), los Estados Unidos de América y el Japón, son los tres mercados más importantes para los exportadores de bananos, al realizar casi el 30 por ciento de las importaciones mundiales. Por consiguiente, el Grupo, desde el establecimiento, mediante el Reglamento (CEE) 404/93 del Consejo, de 13 de febrero de 1993, de la organización común de mercados en el sector del banano, ha seguido de cerca los cambios que se han introducido en las políticas de la CE para evaluar la posible evolución futura del mercado. El siguiente documento, basado en un modelo econométrico desarrollado por el Institut National de la Recherche Agronomique (INRA), ha sido preparado para ayudar al Grupo a analizar las últimas modificaciones de las políticas y ofrecerle algunos antecedentes analíticos sobre los efectos más probables del régimen de importación aplicado a partir del 1º de julio de 2001. En el documento CCP:BA/TF 01/CRS.9 se ofrece un resumen de la evolución de las políticas de importación de bananos de la CE desde 1993.

2. Hay otros muchos países importadores que mantienen diversos tipos de regímenes de importación de bananos. En el documento CCP:BA/TF 01/08 se ofrece un resumen de estas políticas de importación con el fin de facilitar al Grupo una panorámica de los regímenes de importación.

II. EL NUEVO RÉGIMEN DE IMPORTACIÓN DE BANANOS EN LA CE (ACUERDO DE ABRIL DE 2001)

3. El nuevo régimen de importación de bananos de la CE establece un proceso, dividido en dos etapas, cuyo objetivo final es llegar a un régimen basado exclusivamente en aranceles, que deberá estar en vigor a más tardar el 1º de enero de 2006. Durante el período de transición, 2001-2005, se importarán bananos en la CE de acuerdo con un sistema de contingentes arancelarios que se administrará mediante la distribución de licencias de importación en función de las operaciones comerciales realizadas en el pasado. Este régimen de transición basado en el establecimiento de contingentes arancelarios entró en vigor el 1º de julio de 2001 y a su vez se divide en dos fases (la fase I, hasta el 31 de diciembre de 2001, y la fase II). En el presente documento se exponen los resultados que se registrarán en el año 2005, último año del sistema transitorio de contingentes arancelarios, antes de la entrada en vigor del sistema basado únicamente en aranceles, en 2006. En el cuadro 1 se ofrece un resumen del nuevo régimen comercial.

A. PRINCIPALES DISPOSICIONES ADOPTADAS CON RESPECTO A LA ETAPA I

4. En la etapa I, fase I, se ha establecido un contingente arancelario consolidado (contingente A) de 2,2 millones de toneladas y un contingente arancelario autónomo (contingente B) de 353 000 toneladas. Los contingentes arancelarios A y B se administran como uno solo (contingente A/B) y no se asignan partes del mismo a los países proveedores. El arancel aplicado a los bananos importados dentro del contingente A/B es de 75 euros por tonelada, con una preferencia arancelaria de 75 euros por tonelada para los bananos ACP. Las licencias de importación correspondientes se dividen entre los operadores tradicionales A/B (83 por ciento del contingente) y los operadores no tradicionales A/B (17 por ciento). Se ha introducido un contingente arancelario adicional de 850 000 toneladas (contingente C), abierto a todos los países proveedores. El arancel aplicado dentro del contingente C es de 300 euros por tonelada, con un preferencia arancelaria de 300 euros por tonelada en favor de los bananos ACP.

5. El sistema de licencias de importación se administra todavía en gran medida en función de referencias históricas. Como se ha indicado anteriormente, el 83 por ciento del contingente A/B es asignado a los operadores tradicionales. Sin embargo, la definición de los operadores tradicionales y no tradicionales de los anteriores reglamentos ha sido modificada1.

6. El cambio más importante para los importadores tradicionales ha sido la utilización del período 1994-96 como período básico de referencia para las importaciones, y la eliminación de las licencias de categoría B. Para los importadores no tradicionales, el cambio más importante ha sido la utilización del período de referencia 1994-96, al que se suma la necesidad de haber importado 1,2 millones de euros, o más, durante estos años para poder optar a una licencia2.

7. En la fase II de la etapa I se mantendrán las disposiciones que se aplicaban en la fase I, con las siguientes modificaciones. Primero, el contingente arancelario autónomo B será de 453 000 toneladas (un aumento de 100 000 con respecto a la fase I). Segundo, el contingente arancelario adicional C será de 750 000 toneladas (una disminución de 100 000 toneladas con respecto a la fase I) y estará reservado para los bananos de origen ACP.

8. La parte de las licencias de importación correspondiente a los operadores tradicionales A/B seguirá siendo asignada de acuerdo con los procedimientos definidos para la fase I. Por consiguiente las licencias de importación se repartirán hasta el 31 de diciembre de 2003 sobre la base del volumen de referencia del período 1994-96 correspondiente a cada operador tradicional calificado. Posteriormente, la parte de las licencias de importación correspondiente a los operadores tradicionales A/B se asignará únicamente sobre la base de la utilización de las licencias expedidas desde el principio de la fase II. Esta segunda etapa empezará a realizarse "lo antes posible" a reserva de la aprobación del Consejo y del Parlamento Europeo y de la adopción de la exención de la aplicación del artículo XIII del GATT de 1994, necesaria para la administración del contingente arancelario autónomo C.

B. ETAPA II

9. En la etapa II, el sistema transitorio de contingentes arancelarios descrito anteriormente será sustituido por un sistema definitivo basado únicamente en los aranceles, que será operativo a más tardar el 1º de enero de 2006.

III. EVALUACIÓN CUANTITATIVA DEL RÉGIMEN TRANSITORIO DE CONTINGENTES ARANCELARIOS

10. En la presente sección se ofrecen los resultados de modelos de simulación de la introducción del régimen, sobre la base de un modelo econométrico del mercado mundial del banano. En el anexo 2 del presente documento se ofrece un breve resumen del modelo.

A. RESUMEN DE LOS RESULTADOS

11. El análisis realizado gracias al modelo muestra que el contingente A/B debería ser vinculante. También muestra que la preferencia arancelaria de 75 euros por tonelada, otorgada a los bananos ACP dentro del contingente A/B, no bastará para conseguir que las expediciones de este origen compitan con los bananos de la zona del dólar suponiendo que el contingente A/B esté abierto a todos los países proveedores, lo que parece ser cierto en la fase I pero no en la fase II). Por último el modelo muestra que el arancel de 300 euros por tonelada, que se aplica a las cantidades dentro del contingente C, será demasiado elevado para que las importaciones de bananos de la zona del dólar dentro del contingente C se materialicen (suponiendo que el contingente C esté abierto a los bananos de cualquier origen con una preferencia arancelaria de 300 euros por tonelada en favor de los bananos ACP, lo que parece ser cierto en la fase I, pero no en la fase II). Una vez que se haya agotado el contingente A/B, será más rentable para los proveedores de la zona del dólar exportar a los mercados del resto del mundo que hacer frente al gravamen de 300 euros por tonelada aplicado dentro del contingente C. No habrá importaciones fuera de contingente, ya que los aranceles fuera de contingente serán prohibitivos (suponiendo que los aranceles fuera de contingentes se cifren en 680 euros por tonelada para los países no ACP y en 380 euros por tonelada para los países ACP).

B. ABASTECIMIENTO DEL MERCADO DE LA CE

12. Los resultados de los modelos de simulación sugieren que el grupo de países ACP no podrá agotar el contingente C si su nivel se cifra en 850 000 toneladas en la fase I. Sin embargo, la tasa de utilización se elevará al 100 por ciento si el nivel del contingente C se cifra en 750 000 toneladas, como en la fase II (Cuadro 2).

13. En la hipótesis S-II, en la que se supone que la fase II se iniciará en enero de 2002, las exportaciones de los países ACP a la CE equivaldrían a 760 523 toneladas en 2005, es decir, un 8,4 por ciento más que durante el período de base 1996-983. La producción interna de la CE aumentaría un 6,2 por ciento, pasando de 750 671 toneladas en 1996-98 a 797 090 en 2005. Las exportaciones de los proveedores de la zona del dólar a la CE equivaldrían al nivel imperativo del contingente A/B (2,653 millones de toneladas), lo que representaría un aumento de 239 400 toneladas (el 9,9 por ciento) con respecto al período de base 1996-98 (2,414 millones de toneladas), pero sólo un aumento de 140 000 toneladas (5,6 por ciento) con respecto al nivel de 1999 (2,513 millones de toneladas). Las exportaciones totales de los países ACP a la CE satisfarían el 18,1 por ciento del consumo de la CE en 2005, es decir, el mismo porcentaje que en 1996-98. La producción interna de la CE y la de los países de la zona del dólar captarían el 18,9 y el 63,0 por ciento del mercado de la CE. Si se mantuviera el contingente A/B en un nivel de 2,553 millones de toneladas a lo largo de todo el período 2001-2005 (hipótesis S-I), las exportaciones totales de los países ACP a la CE aumentarían (787 212 toneladas en 2005). En tal caso, la cuota de mercado de los países de la zona del dólar se reduciría (61,7 por ciento) y las cuotas de los países ACP y de la producción interna de la CE aumentarían (respectivamente un 19,0 y un 19,3 por ciento).

14. Las columnas 4 y 5 del cuadro 2 ponen de manifiesto la sensibilidad de los resultados de los modelos de simulación al tamaño del contingente arancelario A/B. Si aumentara el nivel del contingente A/B, por ejemplo, de 2,553 millones de toneladas a 2,653 millones, se produciría una contracción de las importaciones de la CE de países ACP. La contracción de las exportaciones de los países ACP a la CE sería inferior al aumento del contingente A/B, por lo que el consumo total de la CE aumentaría y los precios medios CIF en la CE bajaría. Gracias al plan de sostenimiento de los ingresos la producción interna de la CE no variaría sí se modificara el nivel del contingente A/B. Desde la organización común del mercado del banano en 1993, los productores de la CE tienen garantizado un ingreso mínimo a través de unos pagos de compensación, que sin embargo sólo se reciben si se respeta el límite de 854 000 toneladas. En el presente documento, partimos del supuesto de que la suma del precio FOB y de las ayudas directas es constante, de forma que el precio "efectivo" que tienen en cuenta los productores de la CE para planificar la obtención del máximo beneficio no se modifica si varía el nivel del contingente A/B.

C. EXPORTACIONES DE LOS PAÍSES ACP Y DE LA ZONA DEL DÓLAR

15. La distribución entre los países ACP de los cambios que se producirán en las exportaciones varía considerablemente (cuadro 2). En la hipótesis S-II, las exportaciones de Côte d´Ivoire y Camerún a la CE aumentarán respectivamente un 22 por ciento (pasando de 168 410 toneladas en 1996-98 a 205 466 en 2005) y un 17 por ciento (de 146 490 toneladas en 1996-98 a 171 374 en 2005). Las importaciones de la CE procedentes de las Islas de Barlovento y Jamaica disminuirán un 5,7 por ciento, pasando de 230 953 toneladas a 217 802 toneladas. Igualmente, el cuadro 3 muestra la distribución entre los proveedores de la zona del dólar de los cambios que experimentarían las exportaciones totales. En la hipótesis S-II, el Ecuador exportaría 4,841 millones de toneladas en 2005, es decir, unas 793 000 toneladas (19,6 por ciento) más que en el período de base. El mayor exportador mundial se beneficiaría del acceso más amplio al mercado de la CE gracias al nivel del contingente A/B, fijado en 2,653 millones de toneladas, así como a la mayor demanda en los mercados del resto del mundo, en particular los Estados Unidos de América. Las exportaciones de otros países centroamericanos aumentarían un 7,6 por ciento en el caso de Costa Rica y Guatemala y un 12 por ciento en los casos de Panamá y Honduras.

D. RENTA CONTINGENTARIA GENERADA POR EL CONTINGENTE A/B Y EQUIVALENTE ARANCELARIO

16. La hipótesis S-II conduciría a que el precio medio CIF en la CE bajara unos 30 euros por tonelada, pasando de 593 euros en 1996-98 a 560 en 2005. También conduciría a que el precio medio FOB en los países de la zona del dólar bajara unos 20 dólares EE.UU. por tonelada, pasando de 292 en 1996-98 a 272 en 2005. La renta contingentaria (es decir la diferencia entre el precio en el mercado mundial y el precio más alto que se pagaría en la CE debido a la existencia misma de la restricción del comercio) que generarían las importaciones de bananos de la zona del dólar en la CE disminuiría, pasando de 239 euros por tonelada en 1996-98 a 182 en 20054.

17. Aunque la renta contingentaria que generaría el contingente A/B variaría en función del tipo de cambio euro/dólar EE.UU., también sería sensible a variables políticas y exógenas. Un aumento de la demanda en la CE debería hacer que aumentaran las rentas contingentarias, lo mismo que si aumentaran las exportaciones de la zona del dólar. Igualmente, una disminución del contingente A/B aumentaría las rentas contingentarias correspondientes (véanse en el cuadro 4 los efectos de los factores que desplazan las curvas de la demanda y la oferta).

18. Según el cuadro 4, un equivalente arancelario de unos 182 euros por tonelada en 2006, con una preferencia arancelaria de la misma cuantía en favor de los bananos ACP, daría un resultado "equivalente" al sistema transitorio de contingentes arancelarios de la fase II (hipótesis S-II). Un equivalente arancelario de ese orden de magnitud mantendría el precio medio CIF en la CE en el nivel de 2005 (unos 560 euros por tonelada) e influiría muy poco en las exportaciones a la CE de la zona del dólar y en las de los productores y países ACP en 2006 (con respecto a los resultados que se producirían en la hipótesis S-II).

19. Por supuesto, este resultado depende de los parámetros que se hayan elegido y de los supuestos políticos que se asuman en el análisis. En particular, parece claro que un arancel de ese orden de magnitud estaría infraestimado (es decir, sería inferior al "equivalente" arancelario) si el Euro se debilitara frente al dólar EE.UU. (frente a una paridad total en 2005, como en las hipótesis S-I y S-II). Además, la "equivalencia" se limitaría exclusivamente al año 2006. Como es probable que los aumentos de productividad y de producción sean mayores en la zona del dólar que en los países ACP, el modelo muestra que si los responsables de las políticas de la CE decidieran evitar ulteriores modificaciones de la competencia desde el punto de vista de la oferta debidas a los cambios que experimente la productividad, el equivalente arancelario tendría que subir para permitir que los proveedores ACP mantuvieran una cuota a largo plazo comparable con la de 2005.

20. Evidentemente, el análisis incorpora algunas presunciones simplificadoras y por consiguiente los resultados impíricos están sometidos a diversas incógnitas. En particular, para que el análisis de la distribución de las rentas contingentarias generadas por el contingente A/B fuera adecuado y completo sería necesario preparar cuidadosamente modelos de todos los operadores que intervienen en el sector del banano y de todos los aspectos de la estructura del mercado, con inclusión de las estrategias y expectativas de los operadores5. Desgraciadamente no se dispone de los datos necesarios para preparar estos modelos ya que los únicos disponibles se refieren a países. Se trata de una observación importante porque el nuevo régimen de licencias de importación es básicamente un sistema de contingentes para empresas.

IV. CONCLUSIONES GENERALES

21. Desde el punto de vista de los países, se puede considerar que el régimen transitorio de importación de la CE en gran medida representa una prolongación de un mercado dirigido, con dos contingentes arancelarios y un sistema de licencias de importación basado en las operaciones comerciales anteriores. La elección del período 1994-96 como referencia no refleja necesariamente los dinámicos cambios e inversiones que muchos operadores han realizado desde ese período. A pesar de que los datos plantean muchas incertidumbres, del cuadro 5, se deduce claramente que la cuota de una empresa multinacional (Chiquita Brands International) en el mercado de la CE y en el mercado mundial ha disminuido sustancialmente desde 1992 mientras que otra empresa (Dole Food Company) ha aumentado significativamente su cuota en ambos mercados. Resulta evidente que es difícil evaluar los cambios que se han producido en las cuotas de mercado, ya que estos cambios pueden reflejar no sólo diferencias en las actividades de inversión, sino que también pueden ser atribuibles a otras causas, por ejemplo, brotes de plagas del banano, malas condiciones climatológicas, huelgas de obreros y alteraciones de las actividades de expedición y de otras acciones comerciales. Además, tomar 1992 como punto de referencia puede inducir de algún modo a error en la medida en que los exportadores de bananos de la zona del dólar empezaron a aumentar sus expediciones a la CE en los años inmediatamente anteriores al establecimiento de la organización común del mercado del banano original en 1993, anticipándose al nuevo régimen comercial que se anunciaba.

22. Tanto los Estados Unidos de América como la CE, al felicitarse del acuerdo firmado en abril de 2001, reconocieron que tenían objetivos comunes, es decir, llegar a un acuerdo sobre un sistema conforme con la OMC, asegurar un acceso equitativo y satisfactorio al mercado europeo para los bananos de todos los orígenes y de todos los operadores y proteger a los productores ACP vulnerables. Los resultados del modelo de simulación sugieren que será fundamental para estos países mejorar su competitividad durante el período transitorio en que se establecerán contingentes arancelarios, para anticiparse al establecimiento de un sistema únicamente arancelario.

23. Desde que se estableció la organización común del banano original, en 1993, las regiones productoras de la CE se han beneficiado de ayudas al sostenimiento de las rentas, que adoptaron la forma de ayudas directas. En las hipótesis presentadas en la sección III, se presuponía que el precio efectivo (precio FOB por tonelada, más ayudas directas por tonelada) considerado por los productores de la CE se mantenía sin cambios en el nivel de 1996-98. En la hipótesis S-II, los territorios de la CE generarían una oferta próxima a 797 000 toneladas (46 419 toneladas más que en 1996-98) a un precio 30 euros más barato que el precio medio de 1996-98, lo que supondría unos 24 millones de euros de ingresos extraordinarios con respecto a 1996-98. Estos ingresos representarían una compensación adicional de 30 euros por toneladas de bananos6. Con respecto a 1996-98, los productores de la CE perderían también a causa de la supresión de la categoría B de operadores. La tasa de crecimiento de la oferta procedente del territorio de la CE ha sido positiva a lo largo del período de ocho años 1993-2000 (anexo 1)7 Es probable que esta tendencia favorable se deba al programa de sostenimiento de los ingresos. La falta de datos fiables impide evaluar en qué medida las regiones productoras de la CE han utilizado este programa de sostenimiento de los ingresos para reducir los costos unitarios de producción y mejorar su competitividad.

24. Desde el punto de vista de los proveedores, el modelo econométrico pone de manifiesto que no es probable que el régimen provisional de la CE salvaguarde completamente las cuotas de mercado de los proveedores del Caribe, ya que se espera que éstas se reduzcan al menos entre 5 000 y 15 000 toneladas de 2001 a 2005 (cuadro 2). Si se toma como punto de comparación el período de base, cabe esperar que los países productores de África occidental resulten beneficiados. Sin embargo, el nivel del contingente C podría limitar el crecimiento de África occidental. Además, como históricamente la base de que se parte es pequeña, tendrán que comprar licencias para exportar volúmenes adicionales.

25. No hay ninguna seguridad de que la fase II empezará a ser operativa el 1º de enero de 2002 o de que se establecerá un régimen exclusivamente arancelario el 1º de enero de 2006. La determinación del arancel adecuado es probable que genere considerables discusiones hasta el último momento. En vista de la importancia del nivel del arancel para el comercio mundial del banano, es posible que el Subgrupo desee que la Secretaría realice nuevos análisis de modelos dedicados a esta cuestión.

Cuadro 1 - El nuevo régimen comercial del banano en la Comunidad Europea (acuerdos de abril de 2001)

Etapas y fases Características principales
Etapa I, fase I (1º de julio de 2001) Sistema de contingentes arancelarios con:
- Un contingente arancelario consolidado A, de 2 200 000 toneladas
- Un contingente arancelario autónomo B de 353 000 toneladas
- Un contingente arancelario adicional C de 850 000 toneladas
  Contingente arancelarios (teóricamente) abiertos a todos los proveedores
  Aranceles:
- Contingente A/B:75 euros por tonelada, para los países no ACP y 0 para los países ACP
- Contingente C:300 euros por tonelada para los países no ACP y 0 para los países ACP
- Cantidades fuera de contingente:680 euros por tonelada para los países no ACP y 380 para los países ACP (?)
  Administración de los contingentes arancelarios:
- Los contingentes arancelarios A y B se administrarán como uno solo
- Antecedentes históricos (1994 96)
- Operadores tradicionales (83% de las licencias) y operadores no tradicionales (17%)
Etapa I, fase II (lo antes posible) Sistema de contingentes arancelarios con:
- Un contingente arancelario consolidado A, de 2 200 000 toneladas
- Un contingente arancelario autónomo B, de 453 000 toneladas
- Un contingente arancelario adicional C de 750 000 toneladas
  Los contingentes A y B estarán reservados a los países no ACP y el contingente C estará reservado a los países ACP
  Aranceles:
- Contingente A/B:75 euros por tonelada, para los países no ACP y 0 para los países ACP
- Contingente C:300 euros por tonelada, para los países no ACP y 0 para los países ACP
- Cantidades fuera de contingente:680 euros por tonelada, para los países no ACP y 380 para los países ACP (?)
  Administración de los contingentes:
- Los contingentes arancelarios serán administrados como uno solo
- Antecedentes históricos (1994-96, hasta el 31 de diciembre de 2003)
- Operadores tradicionales (83% de las licencias y operadores no tradicionales (17%)
Etapa II (a más tardar el 1º de enero de 2006) Sistema exclusivamente arancelario
  Tipos arancelarios no definidos

Fuentes: Comisión Europea, Reglamento (CE) 896/2001 de la Comisión, de 8 de mayo de 2001; FruiTrop, No. 79, abril de 2001, página 6; OMC, 2001, WT/DS27/58, de 2 de julio de 2001.

 

Cuadro 2 - Importaciones de banano en la Comunidad Europea (toneladas)

  Base 1996-98 1999(1) 2005
      S-II (Contingente A/B:2,653) S-I (Contingente A/B:2,553)
Territorios de la CE 750 671 [19,4] 730 000 [18,6] 797 090 [18,9] 797 090 [19,3]
         
Países ACP 701 471 [18,1] 678 000 [17,3] 760 523 [18,1](2) 787 212 [19,0]
- Côte d´Ivoire 168 410 192 200 205 466 212 482
- Camerún 146 490 161 400 171 374 177 224
- Islas de Barlovento y Jamaica 239 953 ... 217 802 225 838
- Otros países "tradicionales" ACP 96 956 ... 100 717 104 157
- Paíse "no tradicionales" ACP 58 662 ... 65 165 67 512
Otros países 2 413 603 [62,4] 2 513 000 [64,1] 2 653 000 [63,0] 2 553 000 [61,7]
Total 3 865 745 [100] 3 921 000 [100] 4 210 613 [100] 4 137 302 [100]

(1) Fuente: ODEADOM (Office de développement de l´économie agricole des départements d´outre-mer (2001) y FAO (2001)
(2)En la hipótesis S-II, las exportaciones de los países ACP a la CE sobrepasan ligeramente el nivel del contingente C (750 000 + 10 500 toneladas). Si se forzara que las exportaciones de los países ACP fueran estrictamente iguales al nivel del contingente C, no se produciría ningún cambio significativo en los resultados.

 

Cuadro 3 - Exportaciones totales de banano de los países de la zona del dólar, América Central y del Sur (toneladas)

  Base 1996-98 1999(1) 2005
      S-II(Contingente A/B:2,653) S-I(Contingente A/B:2,553)
Ecuador 4 048 000 3 865 000 4 840 573 4 800 378
Costa Rica 1 956 000 2 113 000 2 104 571 2 087 096
Colombia 1 451 000 1 650 000 1 623 884 1 613 088
Panamá 566 000 593 000 633 438 629 227
Guatemala 688 000 680 000 740 258 734 111
Honduras 545 000 109 000 609 936 605 881
Total 10 081 782 ... 11 566 320 11 476 700

(1) Fuente: FAO (2001)

 

Cuadro 4 - Sensibilidad de las rentas contingentarias derivadas del contingente A/B a los parámetros políticos y/o las variables exógenas

  Rentas contingentarias A/B en 2005 (euros por toneladas)
  Hipótesis S-II (Contingente A/B:2,653 Hipótesis S-I (Contingente A/B:2,553)
Experimentos de referencia 182,1 198,2
Experimentos de sensibilidad    
Tipo de cambio Euro/$EE.UU.:(1) 227,4 243,4
(1) + aumento de los factores que influyen en la curva de la demanda autónoma de la CE:(2) 258,3 274,8
(2) + aumento de los factores que influyan en la curva de la oferta exógena de la zona del dólar:(3) 270,0 286,4

(1) Presunción de que el tipo de cambio euro/$EE.UU. se mantiene en 0,85 (0,85 euros = 1 dólar EE.UU.) en lugar de 1
(2) Se presupone que además de (1) los factores que influyen en la curva de la demanda en la CE se multiplican por 2
(3) Se presupone que además de (2) los factores que influyen en la curva de la oferta en la zona del dólar aumentan un 2 por ciento anualmente

 

Cuadro 5 - Cuotas de las empresas del sector del banano en el mercado mundial y el mercado de la CE

Cuotas de mercado (en %)
  Mundo Comunidad Europea
  1992(1) 1992(2) 1998(1) 1997(2) 1992(1) 1992(2) 1998(1) 1997(2)
Chiquita 34 34 26 24-25 >30 >30 >20 15-16
Dole 20 20 25 25-26 12 12 16 18-19
Del Monte 3 15 8 16 5 7-8 16 10-11
Fyffes ... 2-3 8 6-7 - 4-5 18 16-17
Noboa 7-8 ... 7-8 13 7-8 ... 7-8 ...

Fuentes: (1) Ledemé F., citado en FruiTrop, No. 62, octubre de 1999
                (2)
Van de Kasteele A., febrero de 1998, de diversas fuentes

 

ANEXO I - OFERTA DE BANANO EN LA COMUNIDAD EUROPEA (miles de toneladas)(1)

 

 

1991

1992

1993

1994

1995

1996

1997

1998

1999

2000

Países ACP 596 680 748 727 764 796 693 615 677 754
Tradicionales 585 641 684 640 687 734 640 554 632 694
No tradicionales 12 39 65 87 77 62 53 61 45 60
Territorio de la CE 699 778 644 585 658 685 811 786 787 ...
Otros países 2 286 2 367 2 219 2 102 2 405 2 397 2 462 2 393 2 520 2 530
Total parcial 3 581 3 825 3 611 3 414 3 827 3 878 3 966 3 794 3 983  
Reexportaciones 53 13 36 58 44 31 17 26 27 34
Total 3 528 3 812 3 575 3 356 3 783 3 847 3 949 3 768 3 956  

Fuente: Comisión Europea - 2000 CD Eurostat 5-2001
(1) De 1991 a 1994: CE 12; a partir de 1995: CE 15

 

 

ANEXO II

Los modelos de simulación presentados en el presente documento se han realizado a partir de una versión actualizada de un modelo de equilibrio parcial del mercado mundial del banano con un solo producto básico y muchos países. El modelo es el detallado en Guyomard et al. (1997, 1999a, 1999b). En resumen, consiste en unas ecuaciones de la demanda (importaciones) y la oferta (exportaciones) expresadas como funciones de elasticidad constante. Los precios CIF de importación en las zonas importadoras y los precios FOB de exportación en las zonas exportadoras se han vinculado mediante ecuaciones de los costos del transporte y unos costos marginales constantes. El equilibrio entre la oferta y la demanda en los mercados "pertinentes" se garantiza mediante unas ecuaciones de compensación de los mercados. Llegados a este punto, merece la pena señalar que el número de ecuaciones de compensación de los mercados depende estrechamente de la política de importación de la CE. Por ejemplo, en el caso de la organización común del mercado del banano de 1993 y el Acuerdo Marco para el Banano de 1994 con un contingente NMF vinculante, hubo que establecer dos ecuaciones para la compensación de mercados, una para el mercado de la CE, con el fin de determinar los precios CIF y en la CE así como los precios FOB en los territorios de la CE y los países ACP, otra para el resto del mundo, con el fin de determinar los precios CIF y FOB en los mercados de importación-exportación del resto del mundo. El valor y el volumen de las corrientes comerciales bilaterales (es decir, las exportaciones del proveedor j al importador i y las importaciones del comprador i al exportador j) se han basado en los datos facilitados por EUROSTAT (COMEXT) y FAO (FAOSTAT). Los valores unitarios FOB y CIF se han deducido de estos datos sobre el volumen y el valor. Los datos sobre el período de base utilizados para la preparación y calibración del modelo son promedios del período 1996-98.

Las funciones de la oferta (exportaciones) y la demanda (importaciones) incluyen factores que evolucionan con el tiempo. Las tendencias del crecimiento de la oferta y la demanda se han estimado a partir de datos sobre los últimos 15 años. Estas tendencias del crecimiento se depuraron del impacto de las tendencias de los precios presuponiendo que los efectos de los precios y del pasar del tiempo son independientes. Esta presunción supone que los cambios en las políticas no influyen sobre la magnitud de los factores que influyen en las curvas de la oferta y la demanda.

Referencias del modelo

Guyomard H., Mahé L.-P., Tavéra C., Trochet T., 1991, Technical change and EC-US agricultural trade liberalisation. Journal of Agricultural Economics, 42(2), 119-137.

Guyomard H., Herrad N., Laroche C., Le Mouël C, 1997, Analyse théorique et empirique du fonctionnement de l´Organisation Commune de Marché de la banane dans l´Union européenne. INRA-ESR, Rennes, Informe para la Comisión Europea, Dirección General VI, Bruselas.

Guyomard H., Laroche C., Le Mouël C., 1999a, An economic assessment of the Common Market Organization for bananas in the European Union. Agricultural Economics, 20, 105-120.

Guyomard H., Laroche C., Le Mouël C., 1999b, Impacts of the Common Market Organization for bananas on European Union markets, international trade and welfare. Journal of Policy Modeling, 21(5), 619-631.

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1 El operador tradicional se define ahora como "... el agente económico [...] establecido en la Comunidad durante el período que determina su cantidad de referencia que, por cuenta propia, haya comprado a productores una cantidad mínima de plátanos originarios de terceros países o, en su caso, producido dichos plátanos, y los haya expedido y vendido en la Comunidad". Las operaciones definidas en el párrafo anterior se denominan importaciones primarias. Por operador tradicional A/B se entiende "el operador tradicional que haya efectuado importaciones primarias, en la cantidad mínima, de "plátanos de Estados terceros" o de "plátanos no tradicionales ACP", según las definiciones del artículo 16 del Reglamento (CEE) No. 404/93, en la versión modificada por el Reglamento (CE) No.1637/98". Por operador tradicional C se entiende "el operador tradicional que haya efectuado importaciones primarias, en la cantidad mínima, de "plátanos tradicionales ACP", según la definición del artículo 16 antes citado, en la versión modificada por el Reglamento (CE) No.1637/98".

2 "La cantidad de referencia de cada operador tradicional A/B se determinará [...] sobre la base del promedio de las importaciones primarias de plátanos de Estados terceros o de plátanos no tradicionales ACP de los años 1994, 1995 y 1996 contabilizadas en 1998 para la gestión del contingente arancelario de importación de plátanos originarios de terceros países y de cantidades no tradicionales ACP [...]". "La cantidad de referencia de cada operador tradicional C se determinará [...] sobre la base del promedio de las importaciones primarias de plátanos tradicionales ACP de los años 1994, 1995 y 1996 efectuadas en el marco de las cantidades tradicionales de plátanos de los Estados ACP, con cargo al año de 1998". Por operador no tradicional se entiende "el agente económico establecido en la Comunidad en el momento de ser registrado que: a) haya ejercido una actividad comercial de importación en la Comunidad de plátanos frescos [...] por cuenta propia y con carácter autónomo, durante uno de los dos años inmediatamente anteriores al año para el que se solicite ser registrado; b) haya realizado, a través de esa actividad, importaciones por un valor declarado en aduana igual o superior a 1 200 000 euros durante el período indicado en la letra a); y c) no disponga de una cantidad de referencia como operador tradicional en el marco del contingente arancelario para el que solicite ser registrado [...]".

3 En la hipótesis S-II, las exportaciones de los países ACP a la CE serían ligeramente superiores al nivel del contingente C (750 000 + 10 500 toneladas). Si se limitaran las exportaciones de los países ACP estrictamente al nivel del contingente C, no se producirían cambios importantes.

4 La renta contingentaria que generarían las importaciones en la CE de bananos procedentes de la zona del dólar se ha calculado del siguiente modo: precio medio CIF en la CE - costo del transporte entre el mercado de importación de la CE y el punto de exportación en la zona del dólar - márgenes comerciales medios "normales" - precio medio FOB en la zona del dólar. Merece la pena señalar que el mercado de importación de la CE opera con Euros mientras que los mercados del resto del mundo operan (en gran medida) con dólares EE.UU.

5 Tres empresas multinacionales suman una cuota del mercado mundial de importación-exportación de bananos del 70 por ciento y la mayoría de los mercados nacionales de la CE están dominados por un pequeño número de empresas/operadores, entre los que figuran estas tres empresas multinacionales. Ello parece indicar que es cuestionable que se presuponga una competencia perfecta. Sin embargo, eso no supone automáticamente que el mercado mundial de importación-exportación de bananos no sea perfectamente competitivo. Por ejemplo, algunos estudios del mercado alemán del banano han demostrado que no se puede describir éste aludiendo sólo al ejercicio del poder del mercado, a pesar del reducido número de empresas que compiten en él (el índice de concentración del poder de mercado de las cuatro empresas sería superior al 80 por ciento en Alemania).

6 En 1996-98, las ayudas unitarias directas concedidas a los productores de la CE se cifraban en torno a 260 euros por tonelada (promedio ponderado de tres años). En 1999 aumentaron considerablemente (297 euros por tonelada), lo mismo que en 2000 (383 euros por tonelada). Ello se debió en parte al aumento de los ingresos utilizados como referencia histórica para calcular las compensaciones (que pasaron de 592,9 euros por tonelada, en los años 1993 a 1997, a 622,5 en 1998 y 640,3 en 1999 y 2000).

7 Sin embargo, merece la pena señalar que el volumen de la oferta 1991-92 (próximo a 703 000 toneladas) fue significativamente superior al volumen de los bananos comercializados durante los cuatro primeros años de la organización común del mercado del banano (1993 a 1996).