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INTRODUCCIÓN


Esta guía se ha concebido como documento de referencia e instrumento de capacitación para ayudar en la elaboración de las leyes nacionales destinadas a aplicar el Convenio de Rotterdam sobre el Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo aplicable a Ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos objeto de Comercio Internacional (en adelante, denominado el "Convenio de Rotterdam"). Puede utilizarse como:

instrumento de referencia y capacitación autónomo para las actividades de asistencia técnica relacionadas con el Convenio de Rotterdam; o

documento complementario para otras iniciativas de asistencia técnica en el ámbito de la gestión de los productos químicos, a fin de velar por que las cuestiones relativas al Convenio de Rotterdam se tengan debidamente en cuenta en estas otras iniciativas.

Esta guía está pensada para que la utilicen los países que sean Partes en el Convenio de Rotterdam y los que pretendan serlo. Se ha preparado especialmente para los funcionarios y expertos que se ocupen de las leyes y los reglamentos relativos a la aplicación del Convenio, o para ampliar la base de la aplicación. Entre ellos se incluyen asesores jurídicos, inspectores, oficiales de aduanas, agentes de la autoridad, expertos técnicos de los ministerios competentes (medio ambiente, agricultura, sanidad, comercio y aduanas), legisladores, magistrados y otros interesados.

La guía propone posibles medidas para aplicar el Convenio de Rotterdam en el contexto de las leyes nacionales sobre la gestión de plaguicidas y productos químicos. Incluye asimismo propuestas sobre cómo vincular estas medidas a la aplicación de otros instrumentos internacionales sobre productos químicos, en apoyo de un enfoque integrado. La guía se basa en material de referencia y capacitación vario, que se enumera en el Anexo 1.

La finalidad de las orientaciones es que sean flexibles y se adapten a los distintos enfoques jurídicos vigentes de la gestión de los productos químicos y que ayuden a los países a adoptar medidas de aplicación en función de sus propias circunstancias, tradiciones y prioridades nacionales. Se plantean una serie de preguntas para fomentar el intercambio de ideas. El estudio se divide en seis partes principales, como sigue:

Parte I - - Aspectos generales del Convenio de Rotterdam. En esta sección se ofrece una visión general de las obligaciones y las disposiciones básicas del Convenio.

Parte II - - Otros instrumentos internacionales pertinentes y oportunidades de integración. En esta sección se examinan otros instrumentos en el ámbito de la gestión de los productos químicos, que incluyen el Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes, el Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación y el Código de Conducta de la FAO para la Distribución y Utilización de Plaguicidas. Se destacan también oportunidades para aplicar el Convenio de Rotterdam en concierto con estos otros instrumentos.

Parte III - - Leyes nacionales sobre gestión de productos químicos. En esta sección se determinan los fundamentos básicos de toda ley nacional eficaz sobre productos químicos y plaguicidas, así como elementos fundamentales que podrían incluirse en esa ley. El estudio sirve de marco para las orientaciones más específicas sobre cómo dar cumplimiento a las obligaciones del Convenio de Rotterdam, referidas en las Partes IV y V. Incluye una serie de preguntas para ayudar a orientar el examen.

Parte IV - - Observaciones sobre la utilización de las leyes nacionales para el cumplimiento de las obligaciones contraídas en virtud de tratados. En esta sección se examina la función e importancia de las leyes nacionales para aplicar los tratados, y se pone de manifiesto la necesidad de adoptar medidas adaptadas a la situación y tradiciones jurídicas de cada país. Se señalan diversos métodos para integrar las obligaciones contraídas en virtud de tratados en las leyes nacionales, así como consideraciones relativas a la estructura y la concepción de esas leyes.

Parte V - - Cumplimiento de las obligaciones específicas del Convenio de Rotterdam mediante las leyes nacionales. En esta sección se ofrecen orientaciones sobre elementos específicos que podrían incluirse en las leyes de cada país para aplicar el Convenio de Rotterdam. El estudio se divide en función de los distintos tipos de obligaciones del Convenio. También se abordan los aspectos institucionales relacionados con la aplicación a nivel nacional, así como propuestas relativas a situaciones y problemas prácticos del mundo real.

Parte VI - - Métodos para fomentar el cumplimiento de las leyes nacionales. En esta sección se ofrecen orientaciones sobre posibles enfoques y medidas para fomentar el cumplimiento de las leyes de aplicación a nivel nacional.

Cómo utilizar esta Guía

Las seis partes que componen esta guía pueden estudiarse por separado o colectivamente. Al examinar posibles medidas para fomentar las leyes de aplicación, se propone que los oficiales, expertos y demás interesados sigan los pasos que se indican a continuación:

Paso 1: examinar la información básica sobre el Convenio de Rotterdam y otros instrumentos internacionales que figura en las Partes I y II. Este examen ayudará a preparar el análisis específico de las leyes nacionales de aplicación.

Paso 2: examinar y determinar los fundamentos y elementos básicos de las leyes nacionales sobre productos químicos y plaguicidas, partiendo de las orientaciones y la información presentadas en la Parte III. La finalidad es determinar el marco jurídico en el que puedan cumplirse las obligaciones del Convenio de Rotterdam, así como destacar los elementos de las leyes nacionales que serán importantes para la aplicación y el cumplimiento. Se incluye una serie de preguntas para facilitar el diálogo nacional y la determinación de las necesidades de los países.

Paso 3: examinar cómo pueden aplicarse los tratados a través de las leyes nacionales. En la Parte IV se ofrecen observaciones generales sobre este asunto y se explica por qué puede que no sea suficiente incorporar las disposiciones del Convenio de Rotterdam en la legislación nacional. En la Parte IV se presentan asimismo propuestas sobre la estructura de las leyes de aplicación.

Paso 4: examinar y determinar posibles mejoras de las leyes nacionales para cumplir cada obligación pertinente del Convenio de Rotterdam. A este respecto, en la Parte V se ofrecen propuestas específicas sobre posibles elementos susceptibles de ser incluidos en las leyes nacionales, mientras que en la Parte VI se brindan orientaciones sobre maneras de fomentar el cumplimiento de esas leyes.


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