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PARTE IX

PLANES PARA LA TOMA DE MUESTRAS

122. La Comisión decidió examinar como un tema aparte la cuestión de la idoneidad de los Planes para la toma de muestras de los alimentos preenvasados (ALINORM 69/27), para los alimentos sobre los cuales se habían aprobado ya normas en el Trámite 9 o para los cuales la Comisión estaba estudiándolas en el Trámite 8. La Comisión observó que el Comité del Codex sobre Métodos de Análisis y Toma de Muestras no había aprobado, en su Quinto período de sesiones, el empleo propuesto de los Planes para la toma de muestras en las normas que la Comisión estaba estudiano en el Trámite 8. No obstante, ese mismo Comité había aprobado, en su Cuarto período de sesiones, la utilización de esos planes en varias normas relativas a frutas y hortalizas, elaboradas en el Trámite 9. El Comité manifestó que, a su juicio, los Planes para la toma de muestras no eran adecuados para hacerlos observar, si bien no todos los comités de productos del Codex habían tenido ocasión de expresar su opinión sobre la idoneidad de dichos Planes para los alimentos sobre los cuales están elaborando normas. La delegación de Dinamarca comunicó a la Comisión las opiniones de un Grupo de Trabajo del Comité Nacional del Codex de Dinamarca. Se convino en que el documento preparado por este Grupo de Trabajo se enviase al Comité del Codex sobre Métodos de Análisis y Toma de Muestras, con copias para información a ISO/TC/34.

123. Varias delegaciones se mostraron de acuerdo con las conclusiones del Comité del Codex sobre Métodos de Análisis y Toma de Muestras, opinando, en concreto, que los planes para la toma de muestras eran más adecuados para el control de la calidad de la producción que para una aplicación obligatoria. La Delegación de los Estados Unidos de América señalo a la Comisión que, desde hace varios años, planes para la toma de muestras similares a los que figuran en ALINORM 69/27 se han venido aplicando con caráoter obligatorio en los Estados Unidos, con resultados satisfactorios. Los planes para la toma de muestras son muy apropiados para la verificación de los oriterios y defectos de calidad en productos tales como las frutas y hortalizas elaboradas, los zumos de fruta y otros alimentos análogos enlatados. La Delegación de los Estados Unidos añadió que, a su juicio, sería muy importante que los comités de productos del Codex asumiesen la responsabilidad de determinar los niveles de aceptación de la calidad (NAC).

124. La Comisión observó que existen Planes para la toma de muestras basados en un 95% de probabilidades, con NAC de 0,15% a 15%, pero la delegación de Canadá señaló que, en su opinión, no era ésta la solución estadística adecuada para abordar el problema de la aplicación obligatoria. Varias delegaciones expresaron sus dudas acerca de la idoneidad de los planes para la toma de muestras que figuran en ALINORM 69/27 para todos los alimentos preenvasados, y estimaron que sería conveniente que los comités de productos del Codex examinasen dichos planes a fin de determinar especialmente los NAC apropiados para los oriterios y defectos de calidad de determinados alimentos. Se convino, además, en general, que esos planes tal vez no pudiesen aplicarse a otros criterios, tales como las características de identidad y los criterios de sanidad o inocuidad (por ejemplo, los residuos de plaguicidas y los aditivos alimentarios) y que para controlar la observancia de dichos criterios tal vez fueran necesarios planes de toma de muestras diferentes para cada caso.

125. La Comisión convino en que no se modificaran las disposiciones relativas a los planes para la toma de muestras contenidas en las normas en el Trámite 8. La Comisión decidió solicitar del Comité Ejecutivo que estudie en su próximo período de sesiones si conviene o no convocar una reunión especial del Comité del Codex sobre Métodos de Análisis y Toma de Muestras para que examine detenidamente todo el problema de los planes para la toma de muestras, teniendo en cuenta las observaciones de los Comités de productos del Codex y sus recomendaciones sobre los niveles de aceptación de la calidad.


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