ALINORM 04/27/33




PROGRAMA CONJUNTO FAO/OMS SOBRE NORMAS ALIMENTARIAS
COMISIÓN DEL CODEX ALIMENTARIUS

27º período de sesiones
Ginebra, 28 de junio – 2 de julio de 2004

INFORME DE LA 19ª REUNIÓN (EXTRAORDINARIA)
DEL COMITÉ DEL CODEX SOBRE PRINCIPIOS GENERALES

París, Francia, 17-21 de noviembre de 2003



Nota: El presente documento contiene la Circular CL 2003/41-GP

CX 4/10 CL 2003/41-GP
Noviembre de 2003

A: - Puntos de contacto del Codex
- Organismos internacionales interesados

DE: - Secretario de la Comisión del Codex Alimentarius, Programa Conjunto FAO/OMS
sobre Normas Alimentarias, FAO, 00100 Roma, Italia

ASUNTO: Distribución del informe de la 19ª reunión (extraordinaria) del Comité del Codex sobre Principios Generales (ALINORM 04/27/33)

CUESTIONES QUE REQUIEREN LA APROBACIÓN DE LA COMISIÓN DEL CODEX ALIMENTARIUS EN SU 17º PERÍODO DE SESIONES

Enmiendas propuestas al Manual de Procedimiento

1. Enmiendas propuestas al Reglamento: Artículo IV, Comité Ejecutivo, y Artículo XII, Presupuesto y gastos (párr. 33 y Apéndice II).

2. Enmiendas propuestas al Procedimiento para la elaboración de normas y textos afines del Codex (párr. 76 y Apéndice III).

3. Proyecto de Criterios para la elección de los Presidentes (párr. 87 y Apéndice IV).

4. Proyecto de Directrices para los Gobiernos Hospedantes de Comités y Grupos Intergubernamentales Especiales del Codex (párr. 91 y Apéndice V).

5. Proyecto de Directrices para la Celebración de Reuniones de los Comités y Grupos Intergubernamentales Especiales del Codex (párr. 96 y Apéndice VI).

6. Proyecto de Directrices para los Presidentes de los Comités y Grupos Intergubernamentales Especiales del Codex (párr. 103 y Apéndice VII).

Los gobiernos y organismos internacionales que deseen presentar observaciones sobre las antedichas enmiendas deberán hacerlo por escrito y enviarlas a la Secretaría de la Comisión del Codex Alimentarius, Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias, FAO, Viale delle Terme di Caracalla, 00100 Roma, Italia, para el 30 de marzo de 2004.

RESUMEN Y CONCLUSIONES

      Se indican a continuación el resumen y las conclusiones de la 19ª reunión (extraordinaria) del Comité del Codex sobre Principios Generales, a saber:

Cuestiones que requieren la aprobación de la Comisión:

El Comité:

        - acordó remitir a la Comisión las enmiendas propuestas al Artículo IV, Comité Ejecutivo, y al Artículo XII, Presupuesto y Gastos, del Reglamento (párr. 33 y Apéndice II);
        - acordó remitir a la Comisión las enmiendas propuestas al Procedimiento para la elaboración de normas y textos afines del Codex, relativas al examen crítico de las normas y textos afines del Codex (párr. 76 y Apéndice III);
        - acordó remitir a la Comisión el Proyecto de Criterios para la elección de los Presidentes (párr. 87 y Apéndice IV)
        - acordó remitir a la Comisión el Proyecto de Directrices para los Gobiernos Hospedantes de Comités y Grupos Intergubernamentales Especiales del Codex (párr. 91 y Apéndice V);
        - acordó remitir a la Comisión el Proyecto de Directrices para la Celebración de Reuniones de los Comités y Grupos Intergubernamentales Especiales del Codex (párr. 96 y Apéndice VI);
        - acordó remitir a la Comisión el Proyecto de Directrices para los Presidentes de los Comités y Grupos Intergubernamentales Especiales del Codex (párr. 103 y Apéndice VII).

Otras cuestiones de interés para la Comisión:

      El Comité:

        - acordó volver examinar la revisión del Artículo VII.5; la cuestión de la calidad de observadores en el Comité Ejecutivo; y el examen de los Principios para la participación de las organizaciones no gubernamentales internacionales en los trabajos de la Comisón del Codex Alimentarius en su siguiente reunión (ordinaria) (párrs. 39, 45 y 82);
        - acordó volver a examinar la revisión de los Criterios para el establecimiento de prioridades de los trabajos en su siguiente reunión (extraordinaria) (párr. 54);
        - acordó que se hiciera circular el Proyecto de Directrices para los Grupos de Trabajo basados en la presencia física y el Proyecto de Directrices para los Grupos de Trabajo por medios electrónicos, para que se formularan observaciones, se redactaran de nuevo y se examinaran en su siguiente reunión (extraordinaria) (párr. 119).

ÍNDICE
Párrafos
Apertura de la reunión 1 – 3
Aprobación de la Agenda 4 – 5
Cuestiones remitidas por la Comisión del Codex Alimentarius incluso la evaluación
conjunta FAO/OMS de la labor del Codex Alimentarius y de otros trabajos de la FAO
y la OMS sobre Normas Alimentarias 6
Proyecto de enmiendas al reglamento, incluso las estructuras y funciones del Comité Ejecutivo 7 – 33
Proyecto de enmienda al artículo VII.5 del reglamento 34 – 39
Examen de la situación de los observadores en el Comité Ejecutivo 40 – 45
Procesos de gestión de normas
a) Revisión de los criterios para el establecimiento de las prioridades de los trabajos 46 – 54
b) Procesos de gestión de normas (incluso el examen del procedimiento de elaboración) 55 – 76
Examen de los principios para la participación de las organizaciones no gubernamentales
internacionales en los trabajos de la comisión del Codex Alimentarius 77 – 82
Examen de las directrices para los Comités del Codex 83
a) Asesoramiento a los gobiernos hospedantes (comprendidos los criterios para la elección
de los presidentes) 84 – 91
b) Celebración de reuniones 92 – 103
Otras propuestas para facilitar la elaboración de las normas (además del proceso de gestión
de normas): examen de las directrices para los comités del Codex y otro texto adicional 104 – 119
Otros asuntos, trabajos futuros, fecha y lugar de la próxima reunión 120 -122

LISTA DE APÉNDICES
Página
Apéndice I Lista de Participantes 19
Apéndice II Proyecto de Enmiendas al Reglamento 33
Apéndice III Procedimiento para la Elaboración de Normas del Codex y Textos Afines 36
Apéndice IV Proyecto de Criterios para la Elección de los Presidentes 41
Apéndice V Proyecto de Directrices para los Gobiernos Hospedantes de Comités
del Codex y Grupos Intergubernamentales Especiales 42
Apéndice VI Proyecto de Directrices para la Celebración de Reuniones de los Comités
del Codex y Grupos Intergubernamentales Especiales 46
Apéndice VII Proyecto de Directrices para los Presidentes de los Comités del Codex y Grupos Intergubernamentales Especiales 48

ALINORM 04/27/33

INTRODUCCIÓN

1. El Comité del Codex sobre Principios Generales celebró su 19ª reunión (extraordinaria) en París, Francia, del 17 al 21 de noviembre de 2003 por amable invitación del Gobierno de la República Francesa. Presidió la reunión el Profesor Michel Thibier, Director General de Educación e Investigación del Ministerio de Agricultura, Alimentación, Pesca y Asuntos Rurales de Francia. Asistieron 143 delegados en representación de 50 Estados Miembros y 19 organizaciones internacionales. En el Apéndice I figura la lista completa de los participantes, incluida la Secretaría.

APERTURA DE LA REUNIÓN

2. Inauguró la reunión el Sr. Jean-Yves Perrot, Director del Gabinete, quien dio la bienvenida a los participantes en nombre del Sr. Hervé Gaymard, Ministro de Agricultura, Alimentación, Pesca y Asuntos Rurales de Francia. El Sr. Perrot recordó la labor que el Codex había venido realizando desde su creación, hacia cuarenta años, para asegurar la protección de los consumidores en un marco internacional, así como la respuesta del Codex a las necesidades planteadas recientemente, especialmente en el contexto de los acuerdos de la OMC. Destacó las recomendaciones formuladas por la Comisión con respecto a la Evaluación Conjunta FAO/OMS de la labor del Codex Alimentarius y de otros trabajos de la FAO y la OMS sobre normas alimentarias para mejorar la eficacia de los procedimientos, reforzar los fundamentos científicos de las normas del Codex e incrementar la participación de los países en desarrollo. El Sr. Perrot subrayó el papel esencial que había desempeñado el Codex en la aplicación de esas recomendaciones y señaló que en la presente reunión se iba a examinar la revisión del Reglamento de la Comisión y de otras secciones del Manual de Procedimiento. Asimismo, recordó que el Gobierno francés había apoyado activamente este proceso, organizando dos reuniones extraordinarias del Comité para llevar cabo las tareas que la Comisión le había encomendado, y finalizó su intervención deseando a los delegados mucho éxito en la realización de esta importante labor.
3. A continuación, el Presidente de la Comisión del Codex Alimentarius, Dr. Stuart Slorach (Suecia), recordó la importancia de los temas que se iban a examinar para mejorar los procedimientos del Codex y les invitó a que adoptaran un planteamiento constructivo para continuar los importantes progresos realizados por la Comisión. Destacó también la importancia que revestía la tarea de proporcionar orientaciones a los presidentes de los Comités del Codex para que dirigiesen las reuniones de manera eficaz y productiva.

APROBACIÓN DEL PROGRAMA (Tema 1 del programa)

4. El Comité acordó examinar los temas 3 b), “Enmienda propuesta al Artículo VII.5 del Reglamento”, y 3 c), “Examen de la calidad de observadores en el Comité Ejecutivo”, junto con el tema 5, “Examen de los Principios respecto de la participación de las organizaciones no gubernamentales internacionales en los trabajos de la Comisión del Codex Alimentarius”, teniendo en cuenta la estrecha relación que guardaban entre sí estos temas relacionados con los observadores.
5. El Comité aprobó el programa provisional presentado en el documento CX/GP 04/19/1 como programa de la reunión. El Comité tomó nota también de que las cuestiones adicionales que pudieran surgir en el transcurso de los debates sobre cada tema específico se examinarían en relación con el tema 8 del programa, si se dispusiera de tiempo suficiente.
CUESTIONES REMITIDAS POR LA COMISIÓN DEL CODEX ALIMENTARIUS, INCLUSO LA EVALUACIÓN CONJUNTA FAO/OMS DE LA LABOR DEL CODEX ALIMENTARIUS Y DE OTROS TRABAJOS DE LA FAO Y LA OMS SOBRE NORMAS ALIMENTARIAS (Tema 2 del programa) 1

6. El Comité tomó nota de que las enmiendas adoptadas por la Comisión en su 26º período de sesiones (ordinario) se habían incorporado en el Manual de Procedimiento, cuya 13ª edición en inglés estaba ya disponible en versión electrónica. Señaló también que las cuestiones relativas a la Evaluación Conjunta FAO/OMC se examinarían en relación con los temas del programa pertinentes.

PROYECTO DE ENMIENDAS AL REGLAMENTO, INCLUSO LAS ESTRUCTURAS Y FUNCIONES DEL COMITÉ EJECUTIVO (Tema 3 a) del programa)2

7. La Comisión, en su 26º período de sesiones, había convenido en que el Comité del Codex sobre Principios Generales debía emprender una revisión del Reglamento para aplicar sus decisiones a raíz de la Evaluación conjunta FAO/OMS de la labor del Codex Alimentarius y de otros trabajos de la FAO y la OMS sobre normas alimentarias. Al presentar el documento correspondiente a este tema del programa, el representante del Asesor Jurídico de la FAO señaló que las enmiendas propuestas se centraban en cambios sustanciales relacionados con la ampliación del Comité Ejecutivo, las funciones de dicho Comité así como en cuestiones relacionadas con el presupuesto y los gastos.
8. El Comité señaló que, teniendo en cuenta el reciente cambio del status de los Coordinadores, los artículos relativos a su nombramiento y funciones debían ser eliminados de la actual sección del reglamento y agruparse en un artículo aparte.

Ampliación del Comité Ejecutivo

9. El Comité recordó que el Artículo II.4 (Artículo II.4)3 especifica que los Coordinadores se nombran de entre los Miembros de la Comisión. El Comité recordó también las disposiciones aprobadas en el 18º período de sesiones de la Comisión (1989) y acordó que se reflejaran los cambios en el Reglamento, conforme a la propuesta de la delegación de Malasia. El primer párrafo de las disposiciones debería redactarse ahora de la siguiente manera:
i) “Con excepción del Presidente y los tres Vicepresidentes, los Coordinadores y los miembros del Comité Ejecutivo elegidos sobre base geográfica son países y no individuos.”
10. El Comité señaló que las disposiciones comprendidas en la anterior decisión de la Comisión ya figuraban actualmente en el Manual de Procedimiento, y por consiguiente acordó que no era necesario efectuar recomendaciones adicionales a este respecto.
11. El Comité discutió si el delegado de un Miembro podía ir acompañado por un máximo de dos asesores pertenecientes a la misma zona geográfica (párrafo ii) de las disposiciones), pero no llegó a ninguna conclusión sobre este particular. El Comité convino en que esta cuestión necesitaba ser examinada en una futura reunión y señaló que entretanto se seguirían aplicando las actuales disposiciones.
12. El Comité observó que el párrafo iv) de las disposiciones se refería a los observadores y por consiguiente aplazó su examen a cuando se tratara la cuestión de la participación de éstos en el Comité Ejecutivo.
13. La delegación de Malasia, apoyada por otras delegaciones, señaló que las funciones de los Coordinadores y las de los Miembros elegidos con arreglo a un criterio geográfico necesitarían ser objeto de una clarificación en un documento aparte, y no en el Reglamento. El Comité acordó que esta cuestión se examinara en relación con el tema 8 del programa dedicado a “Otros asuntos”.
14. El Comité examinó el proyecto de enmienda al Artículo III.1 (Artículo IV.1) para tener en cuenta la decisión de la Comisión sobre la necesidad de ampliar el Comité Ejecutivo, nombrando a los Coordinadores como miembros de este órgano (párrafo 9 del documento de trabajo)
15. El Comité corrigió la propuesta relativa a un artículo revisado para hacer referencia a “los Vicepresidentes” y acordó que la primera frase acabase después de la enumeración de las zonas geográficas. Por consiguiente, la segunda frase debería redactarse como sigue: “Solamente un delegado como máximo de cada país podrá ser miembro del Comité Ejecutivo”. Varias delegaciones destacaron que esta disposición era importante para garantizar la diversidad de la representación en el Comité Ejecutivo y estimaron que no tenía que haber excepciones a esta regla.
16. El Comité sostuvo un extenso debate sobre si era necesario modificar el artículo propuesto o poner una nota a pie de página para permitir que un Miembro estuviese representado en el Comité Ejecutivo cuando un delegado de ese mismo Miembro ocupase las funciones de Presidente o Vicepresidente, con objeto de encontrar una solución a la situación especial de la región de América del Norte.
17. La delegación de los Estados Unidos de América señaló que el texto propuesto podía impedir que la región de América del Norte estuviese representada cuando uno de los dos miembros de esta zona geográfica hubiese finalizado su mandato y un Presidente o un Vicepresidente perteneciente al otro Miembro de la zona siguiese en funciones. La delegación del Canadá señaló que el Presidente y los Vicepresidentes no eran elegidos en función de un criterio geográfico, sino que representaban a todos los Miembros de la Comisión, y agregó que el hecho de que uno de ellos fuese originario de una región determinada no impedía que esa región estuviese representada en el Comité Ejecutivo.
18. Algunas delegaciones observaron también que la cuestión de la representación estaba relacionada con la duración del mandato, habida cuenta de la decisión de la Comisión de celebrar períodos de sesiones anuales, por lo que propusieron que este asunto se tratase en relación con el Tema 8 del programa, “Otros asuntos”.
19. El Comité examinó la siguiente propuesta preparada por la delegación del Brasil con el apoyo de otras delegaciones:
En caso de que se planteara la situación en que la nacionalidad del presidente o los vicepresidentes impidiera la incorporación de un miembro elegido sobre base geográfica, podrá prorrogarse el mandato del Miembro elegido sobre base geográfica procedente de dicha zona geográfica.
20. Varias delegaciones se mostraron favorables a esta propuesta por estimar que era una solución de compromiso para resolver un caso específico y mantenía al mismo tiempo los principios establecidos en el artículo relativo a la composición del Comité Ejecutivo. No obstante, varias otras delegaciones opinaron que esta propuesta encaminada a resolver una cuestión que interesaba a una determinada zona geográfica no era aceptable y que el problema planteado era inherente a la índole peculiar de esa zona geográfica integrada solamente por dos países. El Comité no llegó a un consenso sobre esta cuestión.
21. Algunas delegaciones indicaron que el mandato del Comité era que propusiera una enmienda relativa a los Coordinadores y que las demás cuestiones relacionadas con la composición del Comité Ejecutivo que no pudieran resolverse en la presente reunión tendrían que ser examinadas en una etapa posterior, pero que la cuestión podría examinarse en relación con el tema 8 del programa, si se dispusiera de tiempo suficiente.
22. El Comité convino en que no se podían introducir más enmiendas en esta etapa. Las delegaciones del Canadá y los Estados Unidos de América reservaron su posición sobre esta decisión por estimar que la revisión propuesta del Artículo contenía incoherencias que podían impedir que la región de América del Norte estuviera representada en el Comité Ejecutivo.

Funciones del Comité Ejecutivo

23. El Comité examinó el texto propuesto en el párrafo 13 del documento de trabajo con vistas a la modificación del Artículo III.2 (Artículo IV.2) para tener en cuenta las nuevas funciones del Comité Ejecutivo y suprimir las disposiciones relativas a las funciones que habían quedado en desuso. El Comité acordó añadir al texto propuesto una frase relativa al examen crítico y el proceso de supervisión para aclarar las funciones del Comité Ejecutivo en materia de gestión de las normas.
24. El Comité acordó que el texto relativo a las funciones adicionales del Comité Ejecutivo que figuraba en el párrafo 15 del documento de trabajo se incorporara en el Reglamento como nuevo Artículo III.3 (Artículo IV.3).
25. El Comité examinó el texto propuesto en el párrafo 16 del documento de trabajo relativo a los subcomités. La delegación de la India, apoyada por otras delegaciones, señaló que el número de subcomités debía ser limitado y que ello tenía que especificarse claramente. El Comité recordó que la Comisión había señalado que toda propuesta de creación de cualquier órgano auxiliar estaría supeditada a un análisis de costos y que solamente habría un número limitado de esos órganos y que se podría establecerse un comité encargado de la programación, el presupuesto y la planificación.
26. La delegación de Dinamarca, apoyada por otras delegaciones, estimó que los subcomités no debían suplantar al Comité Ejecutivo ejerciendo directamente las funciones de éste por lo que el Comité convino en que los subcomités lo permitirían desempeñar sus funciones con la mayor eficacia posible”. El Comité acordó incorporar un texto adicional para aclarar las funciones de los subcomités y especificar que debía presentar informe al Comité Ejecutivo, tal como había propuesto el Presidente de la Comisión.
27. El Comité acordó insertar una frase para tener en cuenta la necesidad de que se mantuviera un equilibrio geográfico apropiado en la composición de los subcomités, tal como había propuesto la delegación del Canadá.
Presupuesto y gastos (Financiación de la participación de los Miembros)
28. El Comité examinó las enmiendas propuestas al Artículo XI (Artículo XII) “Presupuesto y gastos”. Respecto del párrafo 20, el Comité se mostró de acuerdo sobre la propuesta presentada por la delegación de Malasia con el apoyo de muchas delegaciones de que la financiación de la participación en las reuniones del Comité Ejecutivo se limitara a los Miembros procedentes de los países en desarrollo, habida cuenta de las repercusiones presupuestarias, por lo que encomendó el texto consecuentemente.
29. La delegación de la Argentina expresó su preocupación respecto de los criterios que permitirían a los países en desarrollo beneficiarse de una ayuda financiera con vistas a su participación en el Codex en el marco del Fondo Fiduciario FAO/OMS para la participación de los países en desarrollo y países en transición en los procedimientos de establecimiento de normas y en la labor de la Comisión del Codex Alimentarius. Dicha delegación propuso que se examinaran esos criterios en relación con el tema 8 del programa. El Comité tomó nota de que no había una definición única de “países en desarrollo” y que los criterios aplicados podían diferir de una organización internacional a otra. No obstante, el Comité reconoció que no formaba parte de su mandato examinar esa definición y esos criterios por tratarse de un asunto de la incumbencia de la FAO y la OMS, y que serían examinados también por el Comité Ejecutivo.
30. El representante de la FAO informó al Comité de que los criterios aplicados con respecto al Fondo Fiduciario FAO/OMS habían sido examinados por la FAO y la OMS, a raíz de los debates de la Comisión, y de que estaba previsto presentar al Comité Ejecutivo un informe sobre la situación respecto de este asunto para que los examinase en su siguiente reunión.
31. El Comité recordó que la Comisión había pedido que se revisara el Artículo XI.4 (Artículo XII.4) con objeto de suprimir los posibles impedimentos a la participación de los beneficiarios del Fondo Fiduciario FAO/OMS. La Comisión había pedido también que en el artículo revisado se tuviera en cuenta su decisión relativa a la financiación de la participación de los miembros del Comité Ejecutivo con cargo al presupuesto del Codex.
32. La delegación de los Estados Unidos de América preguntó si la propuesta presentada en el párrafo 23 del documento de trabajo abordaba adecuadamente estas peticiones. El representante del Asesor Jurídico de la FAO aclaró que se habían suprimido las disposiciones que impedían financiar a los participantes con cargo al Fondo Fiduciario y que, por lo tanto, no subsistía ningún obstáculo que impidiese esa financiación. El Comité convino en retener el texto propuesto para la revisión del Artículo XI.4 (Artículo XII.4).
Estado de aprobación de las enmiendas propuestas al Reglamento, comprendidas las relativas a la estructura y funciones del Comité Ejecutivo
33. El Comité acordó remitir las enmiendas propuestas al Reglamento, comprendidas las relativas a la estructura y funciones del Comité Ejecutivo a la Comisión del Codex Alimentarius, a fin de que ésta las examinara en su 27º período de sesiones con vistas a su aprobación (véase Apéndice II).

PROYECTO DE ENMIENDA AL ARTÍCULO VII.5 DEL REGLAMENTO (Tema 3b) del programa)4,5

34. El Comité examinó el documento CX/GP 03/19/3 – Add. 1 titulado Revisión del Artículo VII.5 del Reglamento de la Comisión del Codex Alimentarius que fue presentado por el representante del Asesor Jurídico de la FAO. En el documento figuraban las propuestas preliminares de revisión de dicho artículo, de conformidad con la decisión adoptada por la Comisión en su 26º período de sesiones y teniendo en cuenta la recomendación formulada en la Evaluación Conjunta FAO/OMS del Codex Alimentarius, según la cual el Comité Ejecutivo debía desempeñar una función en la concesión de la calidad de observador. El documento se centraba en las cuestiones suscitadas por la participación de las organizaciones internacionales no gubernamentales en los trabajos de la Comisión del Codex y recordaba las disposiciones vigentes al respecto, así como la práctica seguida por los Directores Generales de la FAO y la OMS en la concesión de la calidad de observador a esas organizaciones.

35. En el documento se presentaban y analizaban estas tres opciones posibles para la revisión del Artículo VII.56: a) mantener el statu quo, combinándolo con una aplicación más estricta de los criterios pertinentes; b) conferir al Comité Ejecutivo o a la Comisión del Codex – que actuaría en función del dictamen emitido por el Comité Ejecutivo –la facultad de otorgar la calidad de observador; y c) encargar al Comité Ejecutivo el desempeño de funciones consultivas en lo referente a la concesión de la calidad de observador por parte de los Directores Generales de la FAO y la OMS a las organizaciones internacionales no gubernamentales.

36. Teniendo en cuenta las observaciones presentadas en el documento, el Comité opinó que se podía contemplar la posibilidad de modificar el Artículo VII.5 con arreglo a la opción c), según la cual se podían conferir al Comité Ejecutivo funciones consultivas en lo referente a la concesión de la calidad de observador por parte de los Directores Generales de la FAO y la OMS a las organizaciones internacionales no gubernamentales. La adopción de esta opción mejoraría la transparencia y el fundamento democrático del Codex, a la vez que sería conforme a lo dispuesto en los Estatutos de la Comisión respecto de la relación de ésta con sus dos organizaciones patrocinadoras y se ajustaría a la nueva función encomendada al Comité Ejecutivo.

37. En respuesta a las peticiones de aclaración de los procedimientos aplicados por la FAO y la OMS para la admisión de observadores, el representante del Asesor Jurídico de la FAO informó detalladamente sobre los procedimientos vigentes en esta Organización, tal como están establecidos en sus Textos Fundamentales, que prevén, entre otras, tres categorías de relaciones: consultivas, consultivas especiales y de enlace. El Asesor Jurídico de la OMS informó al Comité acerca del procedimiento aplicable para la admisión de las organizaciones no gubernamentales al mantenimiento de relaciones oficiales, que es la única categoría de relaciones formales previstas en la OMS. Subrayó el hecho de que la admisión de las ONG al mantenimiento de relaciones oficiales correspondía al Consejo Ejecutivo y era un procedimiento largo y bastante riguroso que era actualmente objeto de examen.
38. También se suscitó la cuestión de si sería posible que la FAO y la OMS establecieran criterios comunes con respecto a la concesión de la calidad de observador ante la Comisión del Codex a las organizaciones internacionales no gubernamentales. Teniendo en cuenta que la FAO y la OMS tienen establecidos sus propios procedimientos, esto supondría modificarlos y tomaría algún tiempo. En la medida en que hubiese una necesidad real de establecer criterios comunes teniendo en cuenta exigencias específicas de la Comisión del Codex, ambas Organizaciones estarían dispuestas a examinar la cuestión.
Estado de aprobación de la enmienda propuesta al Artículo VII.5 del Reglamento
39. El Comité pidió a los Asesores Jurídicos de la FAO y la OMS que prepararan un documento en que se presentaran las enmiendas propuestas a dicho artículo para que fuese examinado en su siguiente reunión de abril de 2004. El Comité tomó nota de que el Director General de la FAO pediría al respecto la opinión del Comité de Asuntos Constitucionales y Jurídicos de la FAO (CACJ), en su siguiente período de sesiones de marzo de 2004, y de que señalaría a la atención del CACJ la condición y necesidades específicas de la Comisión del Codex, así como sobre la naturaleza particular de su labor.
EXAMEN DE LA SITUACIÓN DE LOS OBSERVADORES EN EL COMITÉ EJECUTIVO (Tema 3 c) del programa)7
40. El Comité examinó el documento CX/GP 03/19/3-Add.2 titulado “Examen de la situación de los observadores en el Comité Ejecutivo”. El Comité tomó nota de que en el 26º período de sesiones de la Comisión la mayoría de sus miembros se mostró de acuerdo respecto de la participación de miembros de ésta que no formaran parte del Comité Ejecutivo, y de organizaciones internacionales reconocidas en calidad de observadores en las reuniones del Comité Ejecutivo determinando claramente los derechos para dirigirse al Comité. La Comisión había decidido también que las modalidades exactas de esta participación tendrían que precisarse más en consulta con la FAO y la OMS. Algunas delegaciones observaron también que había posibilidades de que las reuniones del Comité Ejecutivo fuesen objeto de una difusión por conducto de Internet8. En el documento de trabajo se recordaba que las disposiciones vigentes, según las cuales no se autorizaba la participación de observadores en las reuniones del Comité Ejecutivo, se basaban en general en disposiciones de las organizaciones patrocinadoras y en una práctica de larga data y de que la cuestión había sido objeto de examen en una serie de reuniones recientes de la Comisión y del Comité sobre Principios Generales.

41. El Comité observó que en el documento se examinaban dos cuestiones que revestían particular importancia para el examen de este tema del programa. Por una parte, la participación de observadores en el Comité Ejecutivo incrementaría la transparencia la transparencia y el carácter integrador de su labor; por otra parte, era fundamental preservar la eficacia del Comité Ejecutivo como órgano de composición restringida que ejercía funciones de dirección y gestión. En el documento se señalaba también que la participación en calidad de observadores en los trabajos del Comité Ejecutivo afectaría a los Miembros de la Comisión que no fueran miembros del Comité Ejecutivo, así como a los organismos intergubernamentales y organizaciones internacionales no gubernamentales, y que se habían propuesto diversas opciones al respecto. Se señalaba por último que en el sistema de las Naciones Unidas se habían elaborado modalidades para permitir la participación de un número limitado de observadores en los trabajos de organizaciones intergubernamentales, por ejemplo en las Cumbres Mundiales sobre la Alimentación y en el Consejo de Coordinación del Programa ONUSIDA.

42. En el debate que siguió a la presentación del documento, todos los participantes consideraron que era importante asegurar la transparencia en los trabajos del Comité Ejecutivo. No obstante, se estimó en general que el hecho de permitir a los Miembros, los organismos intergubernamentales y las organizaciones internacionales no gubernamentales participar en las reuniones del Comité Ejecutivo en calidad de observadores, limitaría la capacidad de este órgano para ejercer sus funciones con eficacia. Teniendo en cuenta estas consideraciones, muchas delegaciones se opusieron a la participación en los trabajos del Comité Ejecutivo de observadores en las deliberaciones del Comité Ejecutivo y opinaron que se podía conseguir una mayor transparencia y participación en los trabajos del Comité Ejecutivo por ejemplo, intensificando las consultas por intermedio de los miembros elegidos sobre base geográfica y los coordinadores, o bien por conducto del punto de contacto del Codex a nivel nacional.
43. Varias delegaciones y algunos observadores estimaron que los procedimientos y prácticas actuales garantizaban una transparencia adecuada, teniendo en cuenta en particular que todos los Miembros y observadores tenían acceso a los documentos de trabajo e informes del Comité Ejecutivo, y expresaron por tanto la opinión de que el Comité Ejecutivo debería mantenerse abierto solamente a los Estados Miembros. Otros observadores declararon que revestía una especial importancia permitir la participación efectiva de los observadores, habida cuenta de las nuevas funciones del Comité Ejecutivo y expresar la opinión de que ello no comportaría costos adicionales al presupuesto del Codex. Otras delegaciones señalaron que el Comité Ejecutivo no tendría en adelante la facultad de elaborar normas al celebrarse reuniones anuales de la Comisión y considerando las nuevas funciones del Comité Ejecutivo. El Comité tomó nota de que la OIE deseaba asistir a las reuniones del Comité Ejecutivo en calidad de observadora.
44. Al igual que en el último período de sesión de la Comisión, varias delegaciones opinaron que deberían examinarse otras opciones, tales como la difusión de las reuniones del Comité Ejecutivo por Internet, la instalación de salas con material de escucha u otro tipo de equipamientos. Algunas delegaciones pusieron en duda la utilidad de las salas de escucha, teniendo en cuenta que no sólo podrían resultar costosos los acondicionamientos de locales y los equipamientos necesarios, sino que además los observadores, comprendidos los procedentes de los países en desarrollo, tendrían que desplazarse al lugar de celebración de las reuniones. La delegación de la Argentina propuso que, en la evaluación de los costos relacionados con la participación de observadores, se tuviera en cuenta la necesidad de reforzar la transparencia de la labor del Codex mediante la traducción de los documentos y la interpretación a los idiomas de trabajo de la Comisión con el fin de facilitar la participación de los países en desarrollo.
45. El Comité acordó que por el momento no era necesario elaborar directrices relativas a la participación de observadores en el Comité Ejecutivo y pidió a la Secretaría del Codex que preparara, para la siguiente reunión extraordinaria del Comité un documento de debate en el que se expusieran más a fondo tales otras opciones posibles mencionadas precedentemente, teniendo en cuenta todas las consideraciones pertinentes y, en particular, los costos y las implicaciones jurídicas e institucionales de cada una de las opciones. Se observó que para la preparación de ese documento se podrían entablar consultas con otras organizaciones internacionales de dentro y fuera del sistema de las Naciones Unidas.
PROCESOS DE GESTIÓN DE NORMAS (INCLUSO EL EXAMEN CRÍTICO) (Tema 4 del programa)
REVISIÓN DE LOS CRITERIOS PARA EL ESTABLECIMIENTO DE LAS PRIORIDADES DE LOS TRABAJOS9 (Tema 4a) del programa)
46. La Secretaría francesa presentó el Proyecto de Criterios para el establecimiento de las prioridades de los trabajos y explicó que el texto propuesto se basaba en los Criterios ya existentes e incorporaba las actuales prioridades establecidas por la Comisión en su último período de sesiones, así como una serie de modificaciones necesarias para ajustarse a las decisiones adoptadas por la Comisión en respuesta a la Evaluación conjunta FAO/OMS.
47. Con respecto a los párrafos introductorios, el Comité tomó nota de que se había incluido la referencia al plan estratégico y a los resultados del examen crítico efectuado por el Comité Ejecutivo, y se mostró de acuerdo con el texto propuesto.

CRITERIOS

Criterio general

48. Varias delegaciones estimaron que se podía haber subrayado como elevada prioridad la importancia de los aspectos relacionados con la salud y la inocuidad de los alimentos. La delegación del Canadá, apoyada por el observador de Consumers Internacional, propuso que se incluyera una referencia a la protección del consumidor contra las enfermedades transmitidas por los alimentos y al contenido nutricional inadecuado de los alimentos, mientras que otras delegaciones observaron que el concepto de nutrición no dependía de la inocuidad de un solo alimento, sino de la dieta alimenticia en su conjunto, y consideraron que debía mantenerse una formulación sencilla y general del texto.
49. Muchas delegaciones observaron que el alcance de la expresión “prácticas fraudulentas” era demasiado restringido y, debería complementarse con la de “prácticas engañosas” o sustituirse por una referencia a “prácticas leales”, que formaba parte del mandato del Codex y se utilizaba ampliamente en ese ámbito. También se hizo observar que la protección contra las prácticas desleales atentaba no solo los consumidores, sino también a todas las partes interesadas en el comercio de alimentos.
50. Algunas delegaciones que apoyaron la propuesta de la delegación de Malasia se mostraron favorables a una separación de los distintos elementos de del Criterio general y a una presentación de los mismos en distintos apartados. Sin embargo, otras delegaciones opinaron que el acento puesto en la prioridad de protección del consumidor se podría atenuar si los distintos elementos se presentaban en forma paralela y podría plantearse la cuestión de un orden de prioridades.
51. Tras un extenso intercambio de opiniones, el Comité decidió mantener estos elementos en una sola frase y acordó el siguiente texto como “Criterio general”:
“La protección del consumidor desde el punto de vista de la salud y de la inocuidad de los alimentos, asegurando prácticas leales en el comercio de alimentos y teniendo en cuenta las necesidades identificadas de los países en desarrollo”

Criterios aplicables a las cuestiones generales y Criterios aplicables a los productos

52. La delegación de Italia, hablando en nombre de los Estados Miembros de la Unión Europea, propuso que, además de los trabajos ya emprendidos por otras organizaciones internacionales, se debían tener en cuenta las peticiones formuladas por las organizaciones intergubernamentales pertinentes para emprender nuevos trabajos. Con respecto a esta propuesta, la delegación de la Argentina señaló que debería hacerse referencia específica a la Organización Mundial del Comercio y expresó su preocupación por el hecho de que sólo se hiciese una referencia general a otras organizaciones intergubernamentales.
53. El observador de Consumers International, apoyado por otras delegaciones, declaró que en esos criterios las cuestiones relacionadas con el comercio deberían considerase secundarias con respecto a la protección del consumidor, por lo que propuso que se suprimiera la referencia a los impedimentos que se oponen al comercio internacionales en las dos series de criterios y se sustituyera la expresión “cuestiones relativas al comercio” del apartado e) en la segunda serie por la expresión “prácticas leales en el comercio de alimentos”.
54. El Comité no concluyó el debate sobre estas secciones del texto. Los criterios se volverían a examinar en la siguiente reunión (extraordinaria).
PROCESOS DE GESTIÓN DE NORMAS (INCLUSO EL EXAMEN DEL PROCEDIMIENTO DE ELABORACIÓN)10 (Tema 4b) del programa)
55. La Secretaría francesa presentó el documento y subrayó la importancia de aplicar las decisiones de la Comisión para que el Comité Ejecutivo pudiera ejercer sus funciones de gestión de normas lo antes posible. Las nuevas secciones relativas al examen crítico se habían introducido en el documento con carácter prioritario, en el entendimiento de que otras secciones pudieran examinarse más a fondo en una fase posterior. La Secretaría francesa recordó también que la cuestión de si el procedimiento de aceptación era o no obsoleto o debía ser revisado ya se había discutido en el Comité en reuniones anteriores y que no se había llegado a ninguna conclusión al respecto.
56 La delegación de los Estados Unidos de América señaló que algunas cuestiones sustantivas no se habían abordado en el texto actual, concretamente las disposiciones del Procedimiento de aceptación de normas del Codex (Parte 3). El Comité acordó examinar esta cuestión en relación con el tema 8 del programa, si se dispusiera de tiempo suficiente.
57. El Comité examinó el documento de trabajo sección por sección, efectuando las modificaciones y observaciones siguientes:

Introducción

58. El Comité aprobó las propuestas formuladas por la delegación de Australia para enmendar el párrafo 2 como sigue: se incorporó una referencia a las propuestas de nuevos trabajos para tomar en consideración que el examen crítico debía abarcar todas las etapas de la elaboración; se aclaró que las normas debían seguir respetando las prioridades estratégicas de la Comisión; y se reconoció la necesidad de tener en cuenta la disponibilidad de asesoramiento científico.
59. El Comité se mostró de acuerdo con las demás enmiendas a la introducción propuestas en el documento de trabajo con vistas a destacar el concepto de examen crítico, así como una enmienda de redacción en el párrafo 9.

Parte 2 Examen crítico

Propuestas de emprender nuevos trabajos

60. El Comité acordó que el título tenía que hacer referencia tanto a las propuestas de emprender nuevos trabajos como a las de revisar una norma, y por lo que efectuó las enmiendas consecuentes en todo el texto según fuera necesario.

61. El Comité acordó que el documento de proyecto que acompañaba a la propuesta de emprender nuevos trabajos o de revisar una norma podía prepararlo un Comité o un Miembro de la Comisión.

62. La delegación del Canadá propuso que se añadiera una nueva sección para aclarar el contenido del documento de proyecto y asegurar un enfoque más sistemático y coherente en el examen de los nuevos trabajos. Después de un intercambio de opiniones, el Comité acordó incorporar las disposiciones relativas al documento de proyecto al principio de la sección dedicada al Examen crítico. El Comité debatió sobre los elementos que debían incluirse, basándose en el documento CDR 5 presentado por la delegación del Canadá, y acordó en particular que el documento de proyecto debería comprender una evaluación teniendo en cuenta con los Criterios para el establecimiento de las prioridades de los trabajos. El Comité añadió una referencia a la necesidad y disponibilidad de asesoramiento científico, en consonancia con su decisión precedente relativa a la Introducción. El Comité acordó también que en el documento de proyecto debería incluirse información sobre la relación entre la propuesta y los documentos existentes en el Codex, conforme a la propuesta presentada por la delegación de Suiza.

63. La delegación de Nueva Zelanda propuso que se incluyera una referencia a la coordinación con otros organismos internacionales de establecimiento de normas. Varias delegaciones apoyaron esta propuesta, porque tenían en cuenta las disposiciones generales del Marco Estratégico y las recomendaciones específicas de la Comisión relativas a la colaboración con la OIE, con el fin de asegurar un enfoque integrado de la inocuidad de los alimentos.

64. Varias otras delegaciones estimaron que no debería hacerse ninguna referencia a otros organismos en los procedimientos del Codex, ya que los criterios de participación como miembros de tales organismos podían diferir de los del Codex y que la elaboración de Directrices para la cooperación con las organizaciones intergubernamentales internacionales estaba todavía en examen en el Comité. Algunas delegaciones observaron que el Artículo 1 de los Estatutos y el Marco Estratégico preveían ya la necesidad de esa coordinación y no era necesario repetirlo en el documento que se estaba examinando. La delegación de la India opinó que si se añadía un requisito de este tipo sería todavía más difícil para los países en desarrollo preparar documentos de proyecto.

65. Después de un extenso debate, el Comité acordó un texto conciliatorio propuesto por las delegaciones de Brasil y Nueva Zelanda en la que se hacía referencia a “la identificación de cualquier necesidad de aportación técnica a una norma por organismos exteriores, para que pudiera programarse”.

66. El Comité acordó que el párrafo relativo a los trabajos del Comité sobre Aditivos Alimentarios y Contaminantes de los Alimentos, del Comité sobre Residuos de Plaguicidas y del Comité sobre Residuos de Medicamentos Veterinarios en los Alimentos debería ponerse al final de la sección, y examinó la subsección relativa al examen crítico propiamente dicho.

67. El Comité reconoció que la decisión de emprender nuevos trabajos incumbía a la Comisión sobre la base de un examen crítico efectuado por el Comité Ejecutivo, y enmendó el texto en consecuencia.

68. Con respecto a los elementos que debían incluirse en el examen crítico, el Comité debatió la cuestión de la función que desempeñaba el Comité Ejecutivo en la evaluación de la necesidad de asesoramiento científico (cuarto punto en negrita). Tras algunos debates, el Comité acordó que se debía efectuar una “examen preliminar” más que una “evaluación”, ya que el Comité Ejecutivo no era un órgano científico y no estaría en condiciones de tomar una decisión definitiva respecto a determinar la necesidad de asesoramiento científico. Asimismo se incluyó una referencia al “establecimiento de la prioridad de tal asesoramiento” para que hubiese coherencia con las decisiones de la Comisión a este respecto.

Supervisión del progreso de elaboración de las normas

69. El Comité enmendó el primer párrafo para aclarar que el examen del estado de elaboración de los proyectos de normas se realizaría respetando los plazos acordados por la Comisión. Con respecto al segundo párrafo, el Comité tomó nota de las preocupaciones expresadas por varias delegaciones sobre la posibilidad de proliferación de grupos especiales de trabajo, por lo que acordó que se incluyera la posibilidad de establecer un número limitado de órganos auxiliares, según fuera conveniente.
70. El Comité examinó los elementos que deberían incluirse como parte del proceso de supervisión. A propuesta de la delegación de Ghana, el Comité suprimió la referencia a la suspensión de los trabajos que figuraba en el primer asterisco en negrita y mantuvo solamente la referencia a las medidas correctivas, ya que la decisión sobre una medida de este tipo incumbía al Comité Ejecutivo.
71. Algunas delegaciones señalaron que el Comité Ejecutivo podía no estar en condiciones, en la práctica de examinar la estructura, forma de presentación y coherencia lingüística de las normas y textos afines. El Comité tomó nota de que el Comité Ejecutivo necesitaría la ayuda de la Secretaría a este respecto.
72. Varias delegaciones expresaron una fuerte preocupación por la referencia a “los demás instrumentos jurídicos internacionales”. Señalaron que esta referencia se prestaba a diferentes interpretaciones y que los Miembros de la Comisión no eran necesariamente miembros de otras organizaciones internacionales. Tras algún debate, el Comité acordó hacer referencia al mandato del Codex, ya que éste comprendía la coordinación con otros organismos de normalización. El Comité también acordó agrupar en una misma frase algunos elementos relativos al mandato, los textos vigentes del Codex y las decisiones de la Comisión para simplificar el texto.

Parte 3: Procedimiento uniforme para la elaboración de normas y textos afines del Codex

Parte 4: Procedimiento uniforme acelerado para la elaboración de normas y textos afines del Codex

Guía sobre el procedimiento de revisión y enmienda de las normas del Codex

73. La Secretaría francesa señaló que estas tres secciones sólo comprendían enmiendas de consecuencia respecto de la cuestión del examen crítico como resultado de las enmiendas efectuadas en las anteriores secciones, teniendo en cuenta que la Comisión en su 26º período de sesiones había acordado mantener invariado el actual procedimiento de trámites.
74. La delegación de Italia, hablando en nombre de los Estados Miembros de la Unión Europea, propuso que en las partes 3 y 4 del documento, en las secciones relativas al Trámite 2, se añadiera una referencia a la Consulta FAO/OMS de expertos sobre la evaluación de riesgos microbiológicos (JEMRA) en relación con los límites máximos para la contaminación microbiológica. El Comité señaló, no obstante, que esas secciones se referían específicamente a los límites máximos para residuos de medicamentos veterinarios y de plaguicidas, y que la situación era distinta en el caso de la contaminación microbiológica.
75. El representante de la FAO propuso que se hiciera referencia a las “Directrices del Codex para la gestión de la contaminación microbiológica” a fin de evitar toda referencia a los límites máximos. Habiendo tomado nota de que se celebraban también consultas FAO/OMS de expertos con fines específicos en otras esferas, el Comité acordó redactar una frase más general a efectos de que “cualquier otra información pertinente relativa a los trabajos de evaluación de riesgos realizados por la FAO y la OMS debería ser también accesible”.

Estado de aprobación de las enmiendas propuestas a los Procedimientos para la elaboración de normas y textos afines del Codex

76. El Comité acordó remitir las enmiendas propuestas a la Comisión del Codex Alimentarius en su 27º período de sesiones para su adopción (Véase el Apéndice III).
EXAMEN DE LOS PRINCIPIOS PARA LA PARTICIPACIÓN DE LAS ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES INTERNACIONALES EN LOS TRABAJOS DE LA COMISIÓN DEL CODEX ALIMENTARIUS (Tema 5 del programa)11,12

77. El Comité examinó el documento CX/GP 03/19/5 titulado “Examen de los principios para la participación de las organizaciones no gubernamentales internacionales en los trabajos de la Comisión del Codex Alimentarius”. Este documento fue presentado por el Asesor Jurídico de la OMS, que señaló que este tema del programa se examinaba de conformidad con la decisión que había adoptado la Comisión en su 26º período de sesiones de que se revisaran los Principios sobre la participación de las organizaciones no gubernamentales internacionales en los trabajos de la Comisión del Codex Alimentarius (los Principios), a la luz de la revisión del Artículo VII.513. En el documento de trabajo se aclaraba que el fundamento jurídico para la concesión de la calidad de observador a las ONG se basaba en las disposiciones del Artículo VII.5 del Reglamento y se destacaba que los Principios tenían por objeto exponer y aplicar con detalle les disposiciones generales de dicho artículo.

78. En el documento no se presentaban propuestas específicas sobre una posible revisión del procedimiento general de concesión de la calidad de observador, ya que ello dependía de la cuestión preliminar de la revisión del Artículo VII.5 (véanse los párrafos 34-39). No obstante, en consonancia con una recomendación formulada en la Evaluación conjunta FAO/OMS de la labor del Codex Alimentarius y de otros trabajos de la FAO y la OMS sobre normas alimentarias, el documento proponía que el Comité examinara la cuestión de aclarar tres de los criterios enunciados en los Principios actuales.

79. Varias delegaciones se mostraron de acuerdo acerca de la utilidad de aclarar algunos de los criterios de admisibilidad de las ONG, así como sobre la necesidad de aplicar criterios más estrictos. Muchas delegaciones subrayaron la importancia del requisito de que esas organizaciones fuesen “internacionales en su estructura y ámbito de actividad”. El Comité también examinó las propuestas encaminadas a determinar si las ONG participaban activamente en los trabajos de Codex y contribuían a su realización y tomó nota de la opinión expresada por algunos observadores de que éste fuera el único criterio y de que no sería adecuado aplicar un criterio numérico. Con respecto a la posibilidad de conceder la calidad de observador a las ONG que fuesen más pequeñas o miembros de organizaciones regionales que ya gozaban de la calidad de observador, algunas delegaciones declararon que la calidad de observador debería otorgarse de preferencia a la organización mayor. El Comité tomó nota también de la opinión de que se debería permitir a las organizaciones más pequeñas o de ámbito y regional que estuvieran representadas para que hubiese una mayor diversidad de opiniones y competencias.

80. Algunas delegaciones declararon que los Principios, una vez revisados, deberían aplicarse también a las ONG que ya gozaban de la calidad de observador. Otras observaron que, de conformidad con las disposiciones de los Principios vigentes, era posible poner un término a la concesión de la calidad de observador a las ONG que no contribuían a la labor del Codex14.

81. El Comité tomó nota de que la Comisión había pedido a la FAO y la OMS que le presentaran en su próximo período de sesiones ordinario un informe sobre la situación de las organizaciones internacionales a las que se había concedido la “calidad de observadores" en la Comisión. Ese informe, que debería incluir una lista de ONG observadores, permitiría a la Comisión tener una visión de la situación general de las ONG que gozaban de la calidad de observadores y examinar si convenía adoptar medidas para asegurar que sólo conservaran la calidad de observadores las ONG deseosas y en condiciones de contribuir a los trabajos del Codex.

82. El Comité, tras reconocer que era prematuro llegar a un acuerdo sobre la revisión de los Principios, habida cuenta de que quedaban pendientes una serie de cuestiones, pidió a la Secretaría que preparase un documento en colaboración con los Asesores Jurídicos de la FAO y la OMS en el que se esbozaran los posibles aspectos principales de dichos Principios susceptibles de mejora, para someterlo a examen en su siguiente reunión ordinaria, tanto a la luz de la decisión relativa a la revisión del Artículo VII.5 como de los criterios de admisibilidad de las ONG.

EXAMEN DE LAS DIRECTRICES PARA LOS COMITÉS DEL CODEX (Tema 6 del programa)15
83. El Comité recordó que la Comisión, en su 26º período de sesiones, había pedido al Comité sobre Principios Generales que elaborara directrices apropiadas con respecto a la propuesta de separar el asesoramiento a los gobiernos hospedantes del asesoramiento sobre la dirección de las reuniones la propuesta sobre los criterios para la selección de los presidentes y sobre la dirección de las reuniones.16. El Comité tomó nota de que la Secretaría francesa había preparado cuatro proyectos de textos, basándose en las directrices vigentes y los examinó en relación con los subtemas 6a) y 6b) del programa que figuran a continuación.
ASESORAMIENTO A LOS GOBIERNOS HOSPEDANTES (COMPRENDIDOS LOS CRITERIOS PARA LA ELECCIÓN DE LOS PRESIDENTES) (Tema 6a del programa)
84. El documento CX/GP 03/19/6, presentado por la Secretaría francesa, contenía dos proyectos de textos titulados Proyecto de Criterios para la elección de los Presidentes y Proyecto de Directrices para los Gobiernos Hospedantes de Comités del Codex o Grupos Intergubernamentales Especiales.

Proyecto de criterios para la elección de los Presidentes

85. Las delegaciones apoyaron en general los criterios presentados en el texto propuesto. El Comité aprobó varias propuestas de enmiendas que tenían por objeto subrayar la necesidad de asegurar una capacidad demostrada para presidir reuniones y facilitar la creación de consenso, así como la importancia de la imparcialidad y la objetividad. Se incluyó asimismo una referencia a la necesidad de estar familiarizado con el sistema del Codex y sus reglamentos. Se convino también en que era más importante disponer de conocimientos generales sobre las cuestiones tratadas que de conocimientos técnicos altamente especializados en el ámbito del correspondiente órgano auxiliar.
86. El Comité examinó las propuestas presentadas por la delegación de Italia que intervino en nombre de los Estados Miembros de la Unión Europea para que se hiciera referencia al conflicto de interés económico. El Comité, no obstante, acordó mantener la expresión “conflicto de interés” ya que ello abarcaba los intereses económicos y otros posibles conflictos que pudieran plantearse.

Estado de aprobación del Proyecto de Criterios para la elección de los Presidentes

87. El Comité convino en remitir a la Comisión el proyecto de criterios tal como fue enmendado para que ésta lo aprobase en su 27º período de sesiones (véase el Apéndice IV).
Proyecto de Directrices para los Gobiernos Hospedantes de Comités del Codex o Grupos Intergubernamentales Especiales
88. El Comité acordó efectuar una serie de enmiendas al proyecto de Directrices, en su mayoría por cuestiones de redacción o de índole práctica.
89. La delegación de los Estados Unidos de América, apoyada por la del Canadá, destacó la necesidad de aprovechar la oportunidad que brindaba la revisión de los textos para mejorar la estructura y presentación del Manual de Procedimiento y hacerlo de más fácil manejo para los usuarios. El Comité acordó proseguir el examen de esta cuestión en su siguiente reunión ordinaria (véase el párr. 120).
90. La delegación de la Argentina, hablando en nombre de los miembros del Comité Coordinador para América Latina y el Caribe y refiriéndose a la sección Preparación y distribución de documentos, consideró que las cuestiones relativas a la traducción y distribución puntuales de los documentos tenían que ser objeto de examen específico. La delegación destacó las dificultades con que tropezaban los Estados Miembros a causa de los retrasos en la traducción y distribución de los documentos. Se señaló que la distribución de documentos impresos era particularmente costosa e ineficaz. El Comité tomó nota de que esta cuestión se examinaría en relación con el tema 8 del programa si se disponía de tiempo suficiente (véase el párr. 120).
Estado de aprobación del Proyecto de Directrices para los Gobiernos Hospedantes de Comités del Codex o Grupos Intergubernamentales Especiales
91. El Comité acordó remitir el proyecto de directrices en la forma enmendada a la Comisión en su 27º período de sesiones para su adopción (véase el Apéndice V).
CELEBRACIÓN DE REUNIONES (Tema 6b del programa)
92. El documento CX/GP 03/19/6 – Add. 1, presentado por la Secretaría francesa, contenía dos proyectos de textos titulados Proyecto de directrices para la celebración de reuniones de los Comités del Codex y grupos intergubernamentales especiales y Proyecto de directrices para los presidentes de los Comités del Codex y grupos intergubernamentales especiales.
Proyecto de Directrices para la Celebración de Reuniones de los Comités del Codex y Grupos Intergubernamentales Especiales
93. El Comité tomó nota de que en la sección titulada “Dirección de las reuniones” se había introducido un texto nuevo para tener en cuenta el carácter jurídico de las organizaciones regionales de integración económica en calidad de miembros del Codex. A este respecto, el Comité se mostró de acuerdo con la propuesta de la delegación de los Estados Unidos de América de añadir la frase “o subtemas de los mismos, según convenga,” después de “cada uno de los temas”. El observador de la Comisión Europea declaró que le correspondía a la Comunidad Europea y a sus estados Miembros determinar quién era competente para los distintos temas del programa de cada reunión y decidir si era suficiente una sola declaración de competencias para todo el tema o cada una de sus partes, cuando un tema del programa comprendiese varios subtemas.
94. Por lo que respecta a los ámbitos de competencia compartida entre las organizaciones regionales de integración económica y sus miembros, la delegación de los Estados Unidos de América propuso que se añadiera la siguiente frase al final del párrafo: “Para las cuestiones de competencia mixta, la parte que detenga la competencia principal representará los intereses relacionados con esas cuestiones”. El Comité decidió no incluir esta propuesta en las directrices para evitar incoherencias con el Artículo II del Reglamento17, pero acordó sustituir la frase “a quién incumbe la competencia principal” por “cuál de las partes detenta el derecho de voto”.

95. Respecto a la sección “Informes” el Comité acordó aclarar la redacción del último párrafo incluyendo la frase “en los idiomas del Comité” tal como había pedido la delegación de la Argentina expresando el punto de vista del Comité Coordinador para América Latina y el Caribe y apoyado por otras delegaciones. Varias delegaciones estimaron que el hecho de no poder disponer en el momento oportuno de las traducciones en todos los idiomas del Comité representaba un obstáculo importante para la transparencia y la buena marcha de los trabajos del Codex. Ello se aplicaba también a los proyectos de informes de reunión del Codex, que deberían facilitarse en los idiomas de trabajo de los respectivos Comités.

Estado de aprobación del Proyecto de Directrices para la Celebración de Reuniones de los Comités del Codex y Grupos Intergubernamentales Especiales
96. El Comité acordó remitir el proyecto de Directrices a la Comisión en su 27º período de sesiones para su adopción (véase el Apéndice VI).
Proyecto de Directrices para los Presidentes de los Comités del Codex y Grupos Intergubernamentales Especiales
97. Varias delegaciones declararon que el alcance de la última frase de la sección titulada “Dirección de las reuniones” no debería limitarse a la mera evaluación de la situación. El Comité decidió ampliar dicho alcance de forma que abarcara la totalidad del proceso de dirección de las reuniones, incluida la evaluación de la situación con respecto a la parte que detenta el derecho de voto.
98. El Comité sostuvo un extenso debate sobre la sección relativa al “Consenso”. Con respecto al apartado a) se destacó la necesidad de respetar los plazos fijados para la elaboración de normas. El Comité acordó también simplificar el apartado b). La delegación de Italia, hablando en nombre de los Estados Miembros de la Unión Europea, estimó que era necesaria una definición de consenso en el marco del Proyecto de Directrices. La delegación del Ecuador subrayó que toda definición de consenso debería basarse en la práctica y las costumbres internacionales, en particular los instrumentos jurídicos de la OMC. Con respecto al apartado c), se reconoció la necesidad de definir el término “consenso”, pero se estimó que ello no estaba contemplado en el mandato asignado por la Comisión al Comité. El Comité acordó no calificar el término “consenso”, sino ajustarse al texto de las decisiones generales que la Comisión había adoptado en 2003 bajo el título “Medidas para facilitar el consenso”.
99. Varias delegaciones subrayaron la importancia de asegurar que se tuviesen en cuenta las observaciones escritas de los miembros y observadores que no estaban presentes en la reunión, pero para que esto fuese posible era necesario que esas observaciones se recibieran en tiempo oportuno. El Comité convino en plasmar esta idea en el quinto párrafo de la sección dedicada a la dirección de las reuniones.
100. Con respecto a las medidas para facilitar el consenso, el Comité subrayó la importancia de tener en cuenta los datos procedentes de los países en desarrollo y enmendó el texto para indicar que, si esos datos no estaban fácilmente disponibles, se debían buscar activamente.
101. Con respecto al apartado e) de la subsección relativa a las medidas destinadas a facilitar la creación de consenso, el Comité convino en añadir una nota a pie de página para poder poner entre corchetes algunos fragmentos del texto propuesto en los primeros trámites de elaboración, como medida útil para facilitar el progreso de los trabajos de los órganos auxiliares del Codex.
102. El Comité convino en añadir un último apartado f) para facilitar una participación mayor de los países en desarrollo, en consonancia con las Medidas para facilitar el consenso adoptadas como decisión general por la Comisión.
Estado de aprobación del Proyecto de Directrices para los Presidentes de los Comités del Codex y Grupos Intergubernamentales Especiales
103. El Comité acordó remitir el Proyecto de Directrices, en la forma enmendada, a la Comisión en su 27º período de sesiones para su adopción (véase el Apéndice VII).
OTRAS PROPUESTAS PARA FACILITAR LA ELABORACIÓN DE LAS NORMAS (ADEMÁS DEL PROCESO DE GESTIÓN DE NORMAS): EXAMEN DE LAS DIRECTRICES PARA LOS COMITÉS DEL CODEX Y OTRO TEXTO ADICIONAL (Tema 7 del programa)18
104. La Secretaría francesa presentó este documento y recordó que la Comisión en su 26º período de sesiones había aceptado en principio varias recomendaciones sobre el recurso a promotores, así como el establecimiento de grupos de trabajo basados en la presencia física y grupos de trabajo por medios electrónicos, y había remitido el examen de la cuestión de la copresidencia al Comité sobre Principios Generales.19 El Comité tomó nota de que en el documento no figuraba ningún texto específico relativo al recurso a promotores porque la Comisión había decidido adoptar un enfoque experimental y no parecía necesario por el momento elaborar directrices detalladas al respecto. La Secretaría francesa señaló también que la cuestión de la copresidencia debía examinarse en principio.

105. El Comité acordó aplazar el examen de las cuestiones relativas a la copresidencia y los promotores su siguiente reunión extraordinaria, y examinó el Proyecto de Directrices para los Grupos de Trabajo Basados en la Presencia Física y el Proyecto de Directrices para los Grupos de Trabajo por Medios Electrónicos.

Proyecto de Directrices para los Grupos de Trabajo Basados en la Presencia Física

106. Varias delegaciones señalaron que las disposiciones del Proyecto de Directrices era demasiado similar a las que se aplicaban a los órganos auxiliares de la Comisión y que el formalismo de los procedimientos no permitiría una organización flexible del trabajo y de los intercambios de opiniones. Se observó en especial que las disposiciones relativas a las invitaciones y al programa provisional que requerían el visto bueno de las autoridades nacionales a nivel ministerial podría provocar retrasos considerables.
107. Algunas delegaciones pusieron en duda la conveniencia de utilizar el término “coordinador”, ya que podría confundirse con los Coordinadores Regionales.
108. La delegación del Camerún, apoyada por la de Malí, expresó la opinión de que los grupos de trabajo basados en la presencia física debían ser la norma general y los grupos de trabajo por medios electrónicos la excepción, ya que muchos países en desarrollo experimentaban dificultades de comunicación por medios electrónicos y podrían plantearse otros problemas, por ejemplo el de la utilización de lenguas distintas. Varias otras delegaciones, entre ellas delegaciones de países en desarrollo, se mostraron favorables al establecimiento de grupos por medios electrónicos siempre que fuera posible y del establecimiento de grupos basados en la presencia física tan sólo cuando se hubieran estudiado otras estrategias, de conformidad con lo que había recomendado la Comisión a este respecto.
109. La delegación de los Estados Unidos de América, apoyada por varias delegaciones, propuso que se enmendara la sección relativa a Funciones y mandatos a efectos de que los grupos de trabajo convocados durante la reunión de un comité se programasen de tal manera que pudiesen participar en ellos todas las delegaciones presentes en la reunión.
110. La delegación de la Argentina declaró que no sólo se debería invitar a participar en las reuniones de los grupos de trabajo a las delegaciones participantes en la reunión de un comité, sino también a todos los demás Miembros y observadores.
111. La delegación de Italia, hablando en nombre de los Estados Miembros de la Unión Europea propuso que los grupos de trabajo basados en la presencia física deberían reunirse de preferencia inmediatamente antes de las reuniones del Codex más que en intervalos entre reuniones, a fin de facilitar la participación de los países en desarrollo y reducir gastos.
112. Algunas delegaciones subrayaron la importancia tanto de una representación geográfica equilibrada como de una representación adecuada de los países en desarrollo en los grupos de trabajo. Otras delegaciones señalaron que no todas las normas y textos afines podían ofrecer el mismo interés para todas las regiones y que, por consiguiente, era conveniente que hubiese una cierta flexibilidad a este respecto.
113. La delegación de México propuso una serie de modificaciones para que se tomara en cuenta el hecho de que los grupos de trabajo deberían utilizar los tres idiomas de la Comisión. Otras delegaciones estimaron que la utilización de los tres idiomas plantearía dificultades prácticas y comportaría gastos adicionales, sobre todo para el Miembro que desempeñase las funciones de “Coordinador”
114. El observador de Consumers International expresó la opinión de que la imparcialidad del Coordinador y/o del Presidente de un grupo de trabajo era primordial, por lo que propuso que el Proyecto de criterios para la elección de los Presidentes y el Proyecto de Directrices para la Elaboración de Reuniones se aplicara también a los presidentes de las reuniones de los grupos de trabajo. Asimismo, propuso que la Secretaría participase en todos los grupos de trabajo basados en la presencia física establecidos por los órganos auxiliares de la Comisión.
115. La Secretaría informó al Comité de que la participación sistemática de la Secretaría FAO/OMS del Codex en el funcionamiento de los grupos de trabajo podría plantear problemas estatutarios.

Proyecto de Directrices para los Grupos de Trabajo por Medios Electrónicos

116. Varias delegaciones expresaron la opinión de que convendría dar prioridad a los grupos de trabajo por medios electrónicos, porque eso permitiría economizar recursos y facilitar la participación, sobre todo de los países en desarrollo. Algunas delegaciones expresaron su preocupación por el hecho de que el formalismo de algunas disposiciones del Proyecto de Directrices podría limitar la flexibilidad y eficacia de los grupos de trabajo por medios electrónicos. El Comité tomó nota de que el proceso de interacción electrónica requeriría mayores aclaraciones, considerando la necesidad de asegurar la eficacia y la participación activa de todos los miembros, en particular los de países en desarrollo.
117. El Comité observó que los grupos de trabajo por medios electrónicos funcionaban normalmente recurriendo al correo electrónico, pero que en el futuro sería posible prever la utilización de medios tecnológicos más perfeccionados basados en Internet.
118. El Comité observó también que algunos aspectos mencionados en el debate requerirían ser examinados más a fondo, a saber: el uso de la expresión “amplio consenso” en la Introducción; la necesidad de explorar exhaustivamente las posibilidades que ofrecían las tecnologías de la comunicación; la necesidad de que los informes de los grupos de trabajo fueran transparentes y claros de forma que recogieran tanto el consenso como el desacuerdo sobre cada punto, según procediera; el acceso a las observaciones formuladas dentro de los grupos de trabajo; y la gestión de la lista de distribución en el seno de los grupos de trabajo. El Comité reafirmó también que los grupos de trabajo deberían permitir el intercambio de opiniones pero no deberían tomar decisiones. El Comité reconoció que, por falta de tiempo, no se podían efectuar enmiendas específicas al Proyecto de Directrices en la presente reunión.
Estado de aprobación del Proyecto de Directrices para los Grupos de Trabajo Basados en la Presencia Física y del Proyecto de Directrices para los Grupos de Trabajo por Medios Electrónicos
119. El Comité acordó que ambos Proyectos de directrices se harían circular por separado en circulares distintas para que se formularan observaciones. Acordó así mismo que la Secretaría francesa volvería a redactar los dos Proyectos de Directrices teniendo en cuenta los debates expuestos y las observaciones por escrito recibidas en respuesta a la circular para que fuesen examinados en su siguiente reunión (extraordinaria).
OTROS ASUNTOS, TRABAJOS FUTUROS, FECHA Y LUGAR DE LA PRÓXIMA REUNIÓN20 (Tema 8 del programa)
120. Por limitaciones de tiempo, el Comité no pudo examinar las cuestiones que se había previsto tratar en relación con este tema del programa. El Comité recordó que el seguimiento de los resultados de la Evaluación FAO/OMS no debería obstaculizar la realización de su programa de trabajo en curso. Por consiguiente, decidió que en su siguiente reunión ordinaria en el tema del programa “Otros asuntos” examinaría las cuestiones siguientes no ser que entre ellas hubiera alguna cuestión duplicada, a saber:
• aclaración de las funciones de los Miembros del Comité Ejecutivo elegidos sobre base geográfica y las de los coordinadores;
• aclaración de la duración del mandato de los Coordinadores y otros Miembros del Comité Ejecutivo, previsto en el Reglamento;
• pertinencia de los actuales procedimientos de aceptación y notificación de las normas del Codex;
• posible reorganización de la estructura y presentación del Manual de Procedimiento para facilitar su manejo por parte de los usuarios;
• situación particular de la región de América del Norte en el contexto del Artículo IV.121 del Reglamento;
• repercusiones de la utilización de la distribución electrónica de los documentos del Codex a los Miembros y observadores; y
• criterios aplicables a la participación de los miembros de los países en desarrollo en el Comité Ejecutivo, teniendo en cuenta la propuesta relativa al Artículo XII.321 y presupuesto del Codex disponible;
121. El Comité tomó nota de que el Comité Ejecutivo en su 53ª reunión en febrero de 2004 examinaría un informe sobre la situación del Fondo Fiduciario FAO/OMS, y de que las recomendaciones que dicho Comité formulara al respecto se señalarían a la atención del Comité del Codex sobre Principios Generales en su siguiente reunión ordinaria.
122. Se informó al Comité de que su 20ª reunión (ordinaria) se celebraría del 3 al 7 de mayo de 2004 en París y de que su 21ª reunión (extraordinaria) tendría lugar del 15 al 19 de noviembre de 2004 también en París, a reserva de nueva confirmación por la Secretaría francesa y la Secretaría del Codex.

RESUMEN DEL ESTADO DE LOS TRABAJOS

Asunto

Trámite

Encomendado a:

Referencia en ALINORM 03/27/33

Enmiendas propuestas al Reglamento

 

Gobiernos,
27º período de sesiones de la Comisión

Párr. 33
Apéndice II

Enmiendas propuestas a los Procedimientos para la elaboración de normas y textos afines del Codex

 

Gobiernos,
27º período de sesiones de la Comisión

Párr. 76
Apéndice III

Proyecto de criterios para la elección de los Presidentes

 

Gobiernos,
27º período de sesiones de la Comisión

Párr. 87
Apéndice IV

Proyecto de Directrices para los Gobiernos Hospedantes de Comités del Codex o Grupos Intergubernamentales Especiales

 

Gobiernos,
27º período de sesiones de la Comisión

Párr. 91
Apéndice V

Proyecto de directrices para la celebración de reuniones de los Comités del Codex y grupos intergubernamentales especiales

 

Gobiernos,
27º período de sesiones de la Comisión

Párr. 96
Apéndice VI

Proyecto de Directrices para los Presidentes de los Comités del Codex y Grupos Intergubernamentales Especiales

 

Gobiernos,
27º período de sesiones de la Comisión

Párr. 103
Apéndice VII

Enmiendas propuestas al Artículo VII.5 (Observadores)

 

Asesorías Jurídicas
20ª CCGP22

Párr. 39

Examen de la calidad de observador en el Comité Ejecutivo

 

Secretaría
21ª CCGP

Párr. 45

Examen de los Principios para la participación de las organizaciones no gubernamentales internacionales en los trabajos de la Comisión del Codex Alimentarius

 

Secretaría
Asesorías Jurídicas
20ª CCGP

Párr. 82

Revisión de los Criterios para el establecimiento de las prioridades de los trabajos

 

21ª CCGP

Párr. 54

Proyecto de Directrices para los Grupos de Trabajo Basados en la Presencia Física y del Proyecto de Directrices para los Grupos de Trabajo por Medios Electrónicos

 

Gobiernos
Secretaría francesa
21ª CCGP

Párr. 119

ALINORM 04/27/33
Apéndice I
LIST OF PARTICIPANTS/LISTE DES PARTICIPANTS
LISTA DE PARTICIPANTES
Chairperson/Président/President
M. Michel THIBIER
Directeur Général de l’Enseignement et de la Recherche
Ministère de l’Agriculture, de l’Alimentation, de la Pêche et des Affaires Rurales
1 ter, avenue de Lowendal – 75700 PARIS 07 SP
Tel : 00 33 (0)1 49 55 42 40 - Fax : 00 33 (0)1 49 55 46 36

Email : [email protected]

ALGERIA – ALGERIE
Mr. Mohamed-Yahiaoui OUALI
Directeur Général de la Régulation et
de l’Organisation des Activités
Ministère du Commerce
Alger
Tel : 00 213 2 - Fax : 00 213 2 1645 197

ARGENTINA - ARGENTINE
Mr. Claudio SABSAY
Subsecretario de Politica Agropecuaria y Alimentos
Secretaria de Agricultura, Ganaderia, Pesca y Alimentos
1063 Buenos Aires
Tel : 00 54 11 43 49 25 49
Fax : 00 54 11 43 49 22 44
Email : [email protected]

Mme Gabriela CATALANI
Coordinadora del Punto focal del Codex
Secretaria de Agricultura, Ganaderia, Pesca y Alimentos
1063 Buenos Aires
Tel : 00 54 11 43 49 25 49
Fax : 00 54 11 43 49 22 44
Email : [email protected]

Mr. César Alberto FAES
Ambassade d’Argentine en France
6 rue Cimarosa - 75116 Paris (France)
Tel : 00 33 (0)1 45 05 27 35 / 42
Fax : 00 33 01 45 05 46 33
Email : [email protected]

AUSTRALIA - AUSTRALIE
Ms Ann BACKHOUSE
Manager - Codex Australia
Product Integrity, Animal and Plant Health
Australian Government Department of Agriculture, Fisheries and Forestry
GPO Box 858 - Canberra ACT 2601
Tel : 00 61 2 6272 5692 - Fax : 00 61 2 6272 3103
Email : [email protected]
Ms Janine LEWIS
Principal Nutritionist
Food Standards Australia New Zealand
P.O. Box 7186
Canberra BC ACT 2610
Tel : 00 61 2 6271 2245
Fax : 00 61 2 6271 2209
Email : [email protected]

Mr. Greg READ
Executive Manager Exports
Australian Quarantine and Inspection Service
Australian Government Department of Agriculture, Fisheries and Forestry
GPO Box 858
Canberra ACT 2601
Tel : 00 61 2 6272 3594
Fax : 00 61 2 6272 4112
Email : [email protected]

AUSTRIA - AUTRICHE

Dr. Alexander ZILBERSZAC
Ministry for Health and Women
Head of Unit
Radetzkystr.2
A-1031 Wien
Tel : 00 43 17 11 00 / 4617
Fax : 00 43 17 13 79 52
Email : [email protected]

Dr. Erhard HÖBAUS
Head of Division
Nutrition and Quality Assurance
Federal Ministry of Agriculture, Forestry, Environment and Water Management
A-1010 Wien
Stubenring 12
Tel : 00 43 1 71100 / 2855
Fax : 00 43 1 71100 / 2911
Email : [email protected]

BELGIUM – BELGIQUE - BELGICA

Mr. Charles CREMER
Directeur
Service public fédéral Santé publique, Sécurité de la Chaîne alimentaire et Environnement
Direction générale Animaux, Végétaux et Alimentation
Division des Denrées alimentaires
Cité Administrative de l’Etat - Arcades, 4
B-1010 Bruxelles
Tel : 00 32 2 210 4843
Fax : 00 32 2 210 4816
Email : [email protected]

BRAZIL – BRESIL - BRASIL

Mr. Antonio DA COSTA
Ambassade du Brésil à Paris
34 Cours Albert 1er - 75008 Paris (France)
Tel : 00 33 (0)1 45 61 63 06
Fax : 00 33 (0)1 42 89 03 45
Email : [email protected]

Mme Maria Aparecida MARTINELLI
Ministry of Development, Industry and Trade
National Institute for Metroly, Standardization and Industrial Quality - INMETRO
Coordinator of Brazilian Codex Committee
SEPN 511, Bloco B 4° Andar
70 750 527 Brasilia – DF
Tel : 00 55 61 340 2211
Fax : 00 55 61 347 3284
Email : [email protected]

Mr. Oscar ROSA
Ministry of Agriculture, Livestock and Food Supply
Esplanada dos Ministerios – anexo B – sala 302
70043-900 Brasilia-DF-Brasil
Tel : 00 55 61 218 2172
Fax : 00 55 61 224 3874
Email : [email protected]

CAMEROON - CAMEROUN

Mr. Médi MOUNGUI
Représentant permanent adjoint du Cameroun auprès de la FAO - Ambassade de la République du Cameroun
Via Siracusa 4/6, 00161 Rome (Italie)
Tel : 00 39 06 4429 12 85
Fax : 00 39 06 4429 1323 – 00 39 06 4403 644
Email : [email protected]
Site web : www.cameroon-embassy.it

CANADA

Mr. Paul MAYERS
Associate Director General
Food Directorate, Health Products and Food Branch
Health Canada
Building #7 Postal Locator (0701A5)
Tunney’s Pasture - Ottawa, Ontario, K1A 0L2
Tel.: 00 1 613 952 3368
Fax: 00 1 613 957 1784
Email : [email protected]

Mr. Bertrand GAGNON
Manager,
Programs, International Coordination
Canadian Food Inspection Agency
159 Cleopatra Drive
Ottawa, Ontario, K1A 0Y9
Tel : 00 1 613 221 7161
Fax : 00 1 613 221 7295
Email : [email protected]

CONGO, REPUBLIC OF –
REPUBLIQUE DU CONGO

Mr. BISSEYOU Lambert
Directeur de Cabinet du Ministre
Ministère du Développement Industriel, des PME et de l’Artisanat
BP 15493
Brassaville
Tel : 00 242 81 41 57
Email : [email protected]

Mr. PINDA-NIANGOULA Jean
Conseiller Economique
Ministère du Développement Industriel, des PME et de l’Artisanat
BP 15493 - Brassaville
Tel : 00 242 81 41 57
Email : [email protected]

CZECH REPUBLIC - REPUBLIQUE TCHEQUE - REPUBLICA CHECA

Mme Eva PRIBYLOVA
Head of Unit for Food Legislation and Standardization, Food Production Department
Ministry of Agriculture
Tesnov 17
11705 Praha 1
Tel : 00 420 2 2181 2795
Fax : 00 420 2 2231 4117
Email : [email protected]

DENMARK – DANEMARK - DINAMARCA

Mr. Knud OSTERGAARD
Head International Affairs
Danish Veterinary and Food Administration
Morkhoj Bygade 19
DK-2860 Soborg
Tel : 00 45 339 56120
Fax : 00 45 339 56299
Email : [email protected]

Mme Jytte KJAERGAARD
Consultant
Danish Veterinary and Food Administration
Morkhoj Bygade 19
DK-2860 Soborg
Tel : 00 45 339 56233
Fax : 00 45 339 56299
Email : [email protected]

DOMINICAN REPUBLIC
REPUBLIQUE DOMINICAINE
REPUBLICA DOMINICANA

Mr. Fernando A. PERICHE
Premier Secrétaire
Chargé d’Affaires Economiques et Commerciales
Ambassade de la République Dominicaine
45 rue de Courcelles, 75004 Paris
Tel : 00 33 (0)1 53 53 95 95
Fax : 00 33 (0)1 45 63 35 63
Email : [email protected]

EGYPT – EGYPTE - EGIPTO

Prof. Dr. Maryam AHMED MOUSTAFA MOUSSA
Minister Plenipotentiary for Agricultural Affairs
& Head of Agricultural Office
Ministry of Agriculture and Land Reclamation Egypt
Agricultural Office
Embassy of Egypt
Via Salaria 267 – 00199 Rome (Italie)
Tel : 00 39 06 8548 956
Fax : 00 39 06 8542 603
Email : [email protected]

Eng. Siham Mohamed Shams El Din
Head of Quality Control & Labs. sector
The Egyptian Starch, Yeast & Detergent Co.
21 Ahmed Abou Soliman St., El Siouf
Alexandria
Tel : 00 203 501 3003 / 00 203 4295750
Fax : 00 203 501 5500

ECUADOR – EQUATEUR

Mr. German ORTEGA
Ministre de l’Ambassade de l’Equateur
Affaires politiques et économiques
34 avenue de Messine
75008 Paris
Tel : 00 33 (0)1 45 61 10 21
Fax : 00 33 (0)1 42 56 06 64
Email : [email protected]

FINLAND – FINLANDE - FINLANDIA

Dr. Jorma HIRN
Director General
National Food Agency
PO Box 28
FIN-00581 Helsinki
Tel : 00 358 9 3931 510
Fax : 00 358 9 3931 592
Email : [email protected]

Mme Anne HAIKONEN
Senior Adviser
Ministry of Trade and Industry
PO Box 32
FIN-00023 Government
Tel : 00 358 9 1606 3654
Fax : 00 358 9 1606 2670
Email : [email protected]

FRANCE - FRANCIA

Mme Roseline LECOURT
Ministère de l’Economie, des Finances et de l’Industrie D.G.C.C.R.F.
59 boulevard Vincent Auriol
75703 Paris Cedex 13
Tel : 00 33 (0)1 44 97 34 70
Fax : 00 33 (0)1 44 97 30 37
Email : [email protected]

Mr. Gildas LE BOZEC
Ministère de l'Agriculture, de l’Alimentation, de la Pêche et des Affaires Rurales - D.G.A.L.
251 rue de Vaugirard
75732 Paris Cedex 15
Tel : 00 33 (0)1 49 55 58 72
Fax : 00 33 (0)1 49 55 59 48
Email : [email protected]

Mme Catherine CHAPOUX
Ministère de l'Agriculture, de l’Alimentation, de la Pêche et des Affaires Rurales - D.G.A.L.
251 rue de Vaugirard
75732 Paris Cedex 15
Tel : 00 33 (0)1 49 55 49 55
Email : [email protected]

Mr. Marc Philippe CROS
Ministère de l'Agriculture, de l’Alimentation, de la Pêche et des Affaires Rurales
Conseil Général du GREF
140bis rue de Rennes
75006 Paris
Tel : 00 33 (0)1 49 55 60 49
Fax : 00 33 (0)1 49 55 56 01
Email : [email protected]

Mr. Eric GIRY
Ministère de l'Agriculture, de l’Alimentation, de la Pêche et des Affaires Rurales - DGAL.
251 rue de Vaugirard
75732 Paris Cedex 15
Tel : 00 33 (0)1 49 55 59 28
Fax : 00 33 (0)1 49 55 49 61
Email : [email protected]

Mme Stéphanie MEYER BROSETA
Ministère de l'Agriculture, de l’Alimentation, de la Pêche et des Affaires Rurales - D.G.A.L.
251 rue de Vaugirard
75732 Paris Cedex 15
Tel : 00 33 (0)1 49 55 58 82
Fax : 00 33 (0)1 49 55 56 80
Email : [email protected]

Mr. Olivier PRUNAUX
Ministère de l'Agriculture, de l’Alimentation, de la Pêche et des Affaires Rurales - D.G.A.L.
251 rue de Vaugirard
75732 Paris Cedex 15
Tel : 00 33 (0)1 49 55 83 95
Fax : 00 33 (0)1 49 55 44 62
Email : [email protected]

Dr. Colette ROURE
Médecin Général de santé publique
Ministère de la Santé, de la Famille et des Personnes Handicapées
Direction Générale de la Santé
8 avenue de Ségur
75350 Paris 07 SP
Tel : 00 33 (0)1 40 56 46 36
Fax : 00 33 (0)1 40 56 50 56
Email : [email protected]

Mme Anne LEGENTIL
UFCS - Union Féminine, Civique et Sociale
6 rue Béranger - 75003 Paris
Tel : 00 33 (0)1 44 54 50 54
Fax : 00 33 (0)1 44 54 50 66
Email : [email protected]

Mr. Georges MONSALLIER
Président Honoraire du SIMV
50 rue de Paradis - 75010 Paris
Tel : 00 33 (0)1 53 34 43 43
Fax : 00 33 (0)1 53 34 43 44
Email : [email protected]

GERMANY – ALLEMAGNE - ALEMANIA

Mr. Gerhard BIALONSKI
Bundesministerium für Verbraucherschutz, Ernährung und Landwirtschaft
(Federal Ministry of Consumer Protection, Food and Agriculture)
Rochusstrasse 1
D-53123 Bonn
Tel : 00 49 228 529 4651
Fax : 00 49 228 529 4947
Email : [email protected]

Prof. Dr. Rolf GROSSKLAUS
Direktor und Professor
Bundesinstitut für Risikobewertung
Postfach 33 00 13
D-14191 Berlin
Tel : 00 49 30 412 3230
Fax : 00 49 30 412 3715
Email : [email protected]

Dr. Alice STELZ
Chief of department for food of plant origin
Staatliches Untersuchungsamt Hessen
Hasengartenstrasse 24
D-65189 Wiesbaden
Tel : 00 49 611 7608128
Fax : 00 49 611 713515
Email : [email protected]

Mme Angelika MROHS
Geschäftsführerin
Bund für Lebensmittelrecht und Lebensmittelkunde e.V.
Godesberger Allee 142 – 148
D-53175 Bonn
Tel : 00 49 228 819 9332
Fax : 00 49 228 375 069
Email : [email protected]

GHANA

Mr. Kwaku Owusu BAAH
Chief Director
Ministry of Food & Agriculture
P.O. Box M. 37
Accra
Tel : 00 233 21 666 567
Fax : 00 233 21 668 245

Mme Rosetta ANNAN
Director
Ministry of Food & Agriculture
P.O. Box M. 37
Accra
Tel : 00 233 21 777 169
Fax : 00 233 21 662 253
Email : [email protected]

GREECE – GRECE - GRECIA

Mr. Anagnostou KONSTANTINOS
Officer
Directorate of Processing, Standardization and Quality Contrôle of Agri-food Products
Ministry of Agriculture
2 Acharnon Str.
10176 Athens
Tel : 00 30 210 212 4319
Fax : 00 30 210 523 8337
Email : [email protected]

HUNGARY – HONGRIE - HUNGRIA

Dr. Endre RACZ
Head of Unit
Department for Food Production
Ministry of Agriculture and Regional Development
H-1055 Budapest, Kossuth L. ter 11
Tel : 00 361 301 43 83
Fax : 00 361 301 48 08
Email : [email protected]

Dr. Maria VARADI
Head of Unit
Central Food Research Institute
Herman Otto ut 15
H-1022 Budapest, Herman Otto ut 15
Tel : 00 361 355 89 82
Fax : 00 361 292 98 53
Email : [email protected]

ICELAND – ISLANDE - ISLANDIA

Mr. Thordur ASGEIRSSON
Codex Contact in Iceland
Director of Fisheries
Directorate of Fisheries
Ingolfsstraeti 1
101 Reykjavik
Tel : 00 354 569 7900
Fax : 00 354 569 7991
Email : [email protected]

INDIA - INDE

Mr. Anup K. THAKUR
Joint Secretary
Department of Commerce
Ministry of Commerce &
Industry – Udyog Bhavan
New Delhi 1100011
Tel : 00 91 11 23015215
Fax : 00 91 11 23015215
Email : [email protected]

Mr. Shri S.K. SRIVASTAVA
Director
Ministry of Agriculture
Department of Animal Husbandry & Dairying
Krishi Bhavan
New Delhi 110001
Tel : 00 91 11 233 89212
Fax : 00 91 11 233 86115
Email : [email protected]
Email : [email protected]

Mr. K.S. MONEY
Chairman
Agriculture & Processed Food Products
Export Development Authority
NCUI Building
3 Siri Institutional Area
New Delhi 110049
Tel : 00 91 11 265 13167
Fax : 00 91 11 265 26187
Email : [email protected]

INDONESIA - INDONESIE

Ms. Indrawati SOEGIANTO
Head of Center Standard Application System
National Standardization Agency (BSN)
Gedung Manggala Wanabakti
Blok IV Lt. 4
JI Jend. Gatot Subroto
Senayan, Jakarta 10270
Tel : 00 62 21 574 7043 / 44
Fax : 00 62 21 574 7045
Email : [email protected]
Email : [email protected]

Dr. Nyoman Oka TRIDJAJA
Director of Processing and Marketing of Horticulture Product - Ministry of Agriculture
JI Harsono R.M N0 3
Gedung D Lt. 3
Ragunan, Jakarta 12550
Tel : 00 62 21 7818 202
Fax : 00 62 21 7818 202
Email : [email protected]

Mr. Benny BAHANADEWA
Conseiller aux Affaires Economiques
Ambassade d’Indonésie
47-49 rue Cortambert, 75116 Paris (France)
Tel : 00 33 (0)1 45 03 81 52
Fax : 00 33 (0)1 45 04 50 32
Email : [email protected]

Mr. Aji SURYA
Conseiller Adjoint aux Affaires Economiques
Ambassade d’Indonésie
47-49 rue Cortambert
75116 Paris (France)
Tel : 00 33 (0)1 45 03 81 54
Fax : 00 33 (0)1 45 04 50 32
Email : [email protected]

IRELAND – IRLANDE - IRLANDA

Mr. Richard HOWELL
Senior Inspector
Department of Agriculture and Food
7C Agriculture House - Kildare Street
Dublin 2
Tel : 00 353 1 607 2572
Fax : 00 353 1 661 6263
Email : [email protected]

Mr. Martin C.O'SULLIVAN
Deputy Chief Veterinary Officer
Department of Agriculture and Food
Agriculture House - Kildare Street
Dublin 2
Tel : 00 353 1 607 2213
Fax : 00 353 1 661 0230
Email : [email protected]

Mr. Seamus MAGUIRE
Food Unit
Department of Health and Children
Hawkins House
Dublin 2
Tel : 00 353 1 635 4545
Fax : 00 353 1 635 4552
Email : [email protected]

ITALY – ITALIE - ITALIA

Dr. Brunella LO TURCO
Segretario Generale Comitato Nazionale Codex
Ministero delle Politiche Agricole e Forestali
Via XX Settembre 20
00187 Roma
Tel : 39 06 4665 6512
Fax : 39 06 4880 273
Email : [email protected]

Dr. Ciro IMPAGNATIELLO
Ministero Politiche Agricole E Forestali
Via XX Settembre 20 - 00187 Roma
Tel : 00 39 06 4665 6510
Fax : 00 39 06 4880 273
Email : [email protected]

Prof. Sergio VENTURA
Professor on Food Law
Avenue du Vieux Moutier, 18
B-1640-Sint-Genesius – Rode
Tel : 00 32 2 380 5003
Fax : 00 33 2 380 4914
Email : [email protected]

JAPAN - JAPON

Dr. SUZUKI Akifusa
Deputy Director
Information and Emergency Response Division
Food Safety Commission Secretariat
The Cabinet Office
2-13-10 Prudential Tower 6th Floor
Nagata-cho, Chiyoda-ku,
Tokyo 100-8989
Tel : 00 81 3 5251 9182
Fax : 00 81 3 3591 2236
Email : [email protected]

Dr. MIURA Koji
Director
International Food Safety Planning
Department of Food Safety
Pharmaceutical and Food Safety Bureau
Ministry of Health, Labour and Welfare
1-2-2 Kasumigaseki, Chiyoda-ku, Tokyo 100-8916
Tel : 00 81 3 3595 2326
Fax : 00 81 3 3503 7965
Email : [email protected]

Dr. YOSHIKURA Hiroshi
Officer
Policy Planning and Communication Division,
Department of Food Safety, Pharmaceutical and Food Safety Bureau
Ministry of Health, Labour and Welfare
1-2-2 Kasumigaseki, Chiyoda-ku, Tokyo 100-8916
Tel : 00 81 3 3595 2326
Fax : 00 81 3 3595 7965
Email : [email protected]

Mr. OYAMA Seiichiro
Director for International Affairs Office
Food Safety and Consumer Policy Division
Food Safety and Consumer Affairs Bureau
Ministry of Agriculture, Forestry and Fisheries
1-2-1 Kasumigaseki, Chiyoda-ku, Tokyo 100-8950
Tel : 00 81 3 5512 2291
Fax : 00 81 3 3597 0329
Email : [email protected]

Dr. IMAMURA Tomoaki
Technical Adviser - Associate Professor
Department of Planning Information and Management
The University of Tokyo Hospital
7-3-1 Hongou, Bunkyou-ku, Tokyo 113-8655
Tel : 00 81 3 5800 8716
Fax : 00 81 3 5800 8765
Email : [email protected]

KOREA (REPUBLIC OF) / COREE (REPUBLIQUE DE) / COREA (REPUBLICA DE)

Mr. Jongmin JEON
Deputy Director - Bilateral Cooperation Division
Ministry of Agriculture and Forestry
#1, Joongang-dong, Kwachon-si - Kyunggi-do 427-719
Tel : 00 82 2 500 1726
Fax : 00 82 2 504 6659
Email : [email protected]
Mlle Mi-Young CHO
Senior Researcher
Food Sanitation Council
Ministry of Health and Welfare
#5, Nokbun-Dong, Eunpyung-Gu
Seoul, 122-704
Tel : 00 82 2 380 1726
Fax : 00 82 2 388 6396
Email : [email protected]

Dr. Whachun YOO
Senior Researcher
Korea Health Industry Development Institute
Department of Policy & Infrastructure Development
57-1 Noryangjin-Dong, Dongjak-Gu
Seoul 156-800
Tel : 00 82 2 2194 7218
Fax : 00 82 2 824 1763
Email : [email protected]

MADAGASCAR

Dr. Luc J.D. RALAIMARINDAZA
Chef de Service Hygiène Alimentaire
Direction des Services Vétérinaires Malgaches
Ministère de l’Agriculture, de l’Elevage et de la Pêche
BP 530
Antananarivo
Tel : 00 261 22 665 35
Fax : 00 261 22 665 34
Email : [email protected]

MALAYSIA – MALAISIE - MALASIA

Mme Noraini Bt. Dato’ Mohd. OTHMAN
Deputy Director (Codex)
Ministry of Health
Food Quality Control Division
Level 3, Block B - Health Offices Complex
Jalan Cenderasari
50590 Kuala Lumpur
Tel : 00 60 3 26946601 ext 288
Fax : 00 60 3 26946517
Email : [email protected]

Mme Shamsinar Abdul TALIB
Principal Assistant Director
Ministry of Health - Food Quality Control Division
Level 3, Block B - Health Offices Complex
Jalan Cenderasari
50590 Kuala Lumpur
Tel : 00 603 26946601 ext 253
Fax : 00 603 26946517
Email : [email protected]

MALI

Mr. Ousmane TOURE
Conseiller Technique chargé de la Sécurité Sanitaire des Aliments - Point focal Codex Alimentarius
Ministère de la Santé
BP 232 Bamako
Tel : 00 223 223 02 03
Fax : 00 223 223 02 03
Email : [email protected]

MEXICO - MEXIQUE

Mr. Jorge Antonio LOPEZ ZARATE
Subdirector para la Atención del Codex Alimentarius
y otros Organismos
Secretaría de Economía
Av. Puente de Tecamachalco N° 6
Col. Lomas de Tecamachalco
C.P. 53950
Naucalpan, Estado de México
Tel : 00 52 55 57 29 93 00 ext. 4144
Fax : 00 52 55 57 29 94 80
Email : [email protected]

Ms. Renée A. SALAS GUERRERO
Subdirectora Ejecutiva de Operación Internacional
Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) Secretaria de Salud
Monterrey 33
Col. Roma, Delegacion Cuauhtemoc
México DF, CP 06700
Tel : 00 52 55 14 85 86
Fax : 00 52 55 14 20 73
Email : [email protected]

MOROCCO – MAROC - MARRUECOS

Mr. BENAZZOUZ El-Maâti
Chef de la Division de Recherche et Développement
Laboratoire Officiel d’Analyse et de Recherches Chimiques
Tel : 00 212 22 30 21 96
Fax : 00 212 22 30 19 72
Email : [email protected]

NETHERLANDS - PAYS-BAS - PAISES BAJOS

Mme Nathalie SCHEIDEGGER
Coordinator International Food Safety Policy
Department of Food and Veterinary Affairs
Ministry of Agriculture, Nature and Food Quality
P.O. Box 20401
2500 EK The Hague
Tel : 00 31 70 378 4693
Fax : 00 31 70 378 6141
Email : [email protected]

Dr. Rob J. DORTLAND
Director of the Departement for Nutrition and Health Protection
Ministry of Health, Welfare and Sport
P.O. Box 20350
2500 EJ The Hague
Tel : 00 31 70 340 69 66
Fax : 00 31 70 340 55 54
Email : [email protected]

NEW ZEALAND/NOUVELLE ZELANDE
NUEVA ZELANDIA

Dr. Steve HATHAWAY
Director
Programme Development Group
New Zealand Food Safety Authority
PO. Box 646 - Gisborne
Tel. : 00 64 6 867 1144
Fax : 00 64 6 868 5207
Email : [email protected]

Mr. Sundararaman RAJASEKAR
Manager Codex Programme and Codex Coordinator and
Contact Point for New Zealand
New Zealand Food Safety Authority
PO Box 2835 - Wellington
Tel : 00 64 4 463 2576
Fax : 00 64 4 463 2583
Email : [email protected]

NORWAY – NORVEGE - NORUEGA

Mr Øystein OPDAHL
Senior Adviser
Section for Scientific, International and Legal affairs
- Department for Control and Coordination
Norwegian Food Control Authority
PO Box 8187 Dep
N-0034 Oslo
Tel : 00 47 23 21 66 45
Fax : 00 47 23 21 70 01
E-mail: [email protected]

Ms Bodil BLAKER
Adviser
Ministry of Health
PO Box 8011 Dep
N-0030 Oslo
Tel : 00 47 22 24 86 02
Fax : 00 47 22 24 86 56
E-mail: [email protected]

Mr Halvard KVAMSDAL
Senior Adviser DVM
Food Policy Department
Royal Ministry of Agriculture
P.O.Box 8007 Dep
N-0030 OSLO
Tel : 00 47 22 24 94 34
Fax : 00 47 22 24 95 59
E-mail : [email protected]

Mr Ivar A HELBAK
Senior Adviser
Norwegian Ministry of Fisheries
PO Box 8118 Dep,
N-0032 Oslo
Tel : 00 47 22 24 64 20
Fax : 00 47 22 24 56 78
E-mail: [email protected]

PARAGUAY

Mr. Juan Ignacio LIVIERES
Ministre de l’Ambassade du Paraguay
3 rue Saint-Dominique, 75007 Paris (France)
Tel : 00 33 (0)1 42 22 85 05
Fax : 00 33 (0)1 42 22 83 57
Email : [email protected]

PHILIPPINES

Mr. Noël DE LUNA
Agricultural Attache
Philippine Embassy
Viale delle Medaglie d’Oro 112
00136 Rome (Italie)
Tel : 00 39 06 397 46717
Fax : 00 39 06 398 89925
Email : [email protected]

POLAND – POLOGNE - POLONIA

Mrs Anna BIENIEK
Specialist in the National Codex Contact Point Department
Agricultural and Food Quality Inspection
30 Wspolna Street, 00-930 Warsaw
Tel : 00 48 22 621 64 21
Fax : 00 48 22 621 48 58
Email : [email protected]

PORTUGAL

Mr. Antonio BIDARRA
GPPAA
Gabinete de Planeamento e Politica Agro-Alimentar
Ministério da Agricultura do Desenvolvimento Rural edas Pescas
Rua Padre Antonio Vieira n° 1, 5°
1099-073 Lisboa
Tel : 00 351 21 387 68 77
Fax : 00 351 21 387 6635
Email : [email protected]

ROMANIA – ROUMANIE - RUMANIA

Dr. Carmen MANEA
Directeur Exécutif Adjoint
Direction Sanitaire Vétérinaire
70033 - Bucharest
Tel : 00 40 21 348 05 65 - Fax : 00 40 21 348
Email : [email protected]

SINGAPORE – SINGAPOUR - SINGAPUR

Dr. CHUA Tze Hoong
Head, Standards & Legislation Branch
Regulatory & Health Planning Division
Food and Veterinary Administration
Agri-food and Veterinary Authority
5 Maxwell Road #18-00, Tower Block
MND Complex - Singapore 069110
Tel : 00 65 6325 7687
Fax : 00 65 6220 6068
Email : [email protected]

SLOVAKIA – SLOVAQUIE - ESLOVAQUIA

Mr. Milan KOVAC
Director - Food Research Institute
Ministry of Agriculture
Priemyselna 4, P.O. Box 25
82475 Bratislava 26 Post Code 82475
Tel : 00 421 2 5557 4622
Fax : 00 421 2 5557 1417
Email : [email protected]

SPAIN - ESPAGNE - ESPANA

Dr. Felipe MITTELBRUNN GARCIA
Consejero Técnico
Secretaria de la Comision interministerial para la ordenacion alimentaria
Agencia Espanola de Seguridad Alimentaria
Ministerio de Sanidad y Consumo
C/ Alcala 56 - 28071 Madrid
Tel : 00 34 91 596 1346
Fax : 00 34 91 596 4487
Email : [email protected]

Da Elisa REVILLA GARCIA
Jefe del Area de Coordinacion Sectorial
Subdireccion General de Planificacion Alimentaria
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentacion
Paseo Infanta Isabel, 1 - Despacho S-33
28071 – Madrid
Tel : 00 34 91 347 45 96
Fax : 00 34 91 347 57 28
Email : [email protected]

SWEDEN – SUEDE - SUECIA

Mme Eva ROLFSDOTTER LÖNBERG
Codex Coordinator
National Food Administration
Box 622 - S-751 26 Uppsala
Tel : 00 46 18 17 55 47
Fax : 00 46 18 10 58 48
Email : [email protected]

Mme Kerstin JANSSON
Deputy Director
Ministry of Agriculture, Food and Fisheries
S-103 33 Stockholm
Tel : 00 46 8 405 11 68
Fax : 00 46 8 2064 96
Email : [email protected]

SWITZERLAND – SUISSE - SUIZA

Mme Awilo OCHIENG PERNET
Responsable, Codex Alimentarius
Office Fédéral de la Santé Publique
Schwarzenburgstrasse 165
CH-3003 Berne
Tel : 00 41 31 322 00 41
Fax : 00 41 31 322 95 74
Email : [email protected]

Dr. Urs KLEMM
Sous-Directeur
Office Fédéral de la Santé Publique
Schwarzenburgstrasse 165
CH-3003 Berne
Tel : 00 41 31 322 95 03
Fax : 00 41 31 322 95 74
Email : [email protected]

Mme Irina DU BOIS
Nestec Ltd
Avenue Nestlé 55
CH-1800 Vevey
Tel : 00 41 21 924 22 61
Fax : 00 41 21 924 45 47
Email : [email protected]

SYRIAN ARAB REPUBLIC
RéPUBLIQUE ARABE SYRIENNE
REPUBLICA ARABE SIRIA

Dr. Raeda AMAYRI
Specialist in Laboratory diagnosis
Ministry of Health
Gassani Street, Al qusoor
Damascus
Tel : 00 963 11 44 13 445
Fax : 00 963 11 44 42 153
Email : [email protected]

THAILAND – THAILANDE - TAILANDIA

Mme Metanee SUKONTARUG
Director, Office of Commodity and System Standards
National Bureau of Agricultural Commodity and Food Standards
Ministry of Agriculture and Cooperatives
Rajadamnern Nok Avenue
Bangkok 10200
Tel : 00 66 2280 3900
Fax : 00 66 2280 3899
Email : [email protected]

Mme Oratai SILAPANAPAPORN
Assistant Director, Office of Commodity and System Standards
National Bureau of Agricultural Commodity and Food Standards
Ministry of Agriculture and Cooperatives
Rajadamnern Nok Avenue
Bangkok 10200
Tel : 00 66 2280 3887
Fax : 00 66 2629 9654
Email : [email protected]

Mme Warnwara INTARAPRASIT
Deputy Manager (International Trade)
Thai Food Processors’ Association
170/21-22, Ocean Tower 1Bldg
Ratchadapisek Road, Klongtoey
Bangkok 10110
Tel : 00 66 2261 2684-6
Fax : 00 66 2261 2996-7
Email : [email protected]

TUNISIA – TUNISIE

Mr. AMARA MEFTAH
Directeur Général des Industries Alimentaires
Ministère de l’Industrie et de l’Energie
Rue n° 8001 – Cité Montplaisir
Tunis
Tel : 00 216 71 289 562
Fax : 00 213 71 789 159
Email : [email protected]

Mme HERMASI MELIKA
Chef de Service
Centre Technique de l’Agro-Alimentaire
12 rue de l’Usine
2035 La Charquia
Tel : 00 216 71 940 081
Fax : 00 216 71 941 080
Email : [email protected]

UNITED KINGDOM - ROYAUME-UNI -
REINO UNIDO

Mme Barbara RICHARDS
Head of Division
(Corporate Secretariat, Consumers and International)
Food Standards Agency - Room 612C
Aviation House - 125 Kingway
London, WC2B 6NH
Tel : 00 44 20 7276 8610
Fax : 00 44 20 7276 8004
Email : [email protected]

Mr. Michael WIGHT
Head of Branch
European Union and International Strategy
Food Standards Agency – Room 612c
Aviation House - 125 Kingsway
London, WC2B 6NH
Tel : 00 44 20 7276 8183
Fax : 00 44 20 7276 8004
Email : [email protected]

UNITED STATES OF AMERICA
ETATS UNIS D’AMERIQUE
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA

Dr. Elsa MURANO
Under Secretary
Office of Food Safety
US Department of Agriculture
1400 Independence Avenue, SW
Room 227 E
Washington, DC 20250
Tel : 00 1 202 720 0350
Fax : 00 1 202 690 0820
Email : [email protected]

Dr. F. Edward SCARBROUGH
U.S. Manager for Codex
U.S. Department of Agriculture
Food Safety and Inspection Service
1400 Independence Avenue, SW
Room 4861 - South Building
Washington, DC 20250
Tel : 00 1 202 205 7760
Fax : 00 1 202 720 3157
Email : [email protected]

Mr. L. Robert LAKE
Director - Office of Regulations and Policy
Center for Food Safety and Applied Nutrition
Food and Drug Administration (HFS-004)
Harvey Wiley Federal Building
5100 Paint Branch Parkway
College Park, MD 20740
Tel : 00 1 301 436 2379
Fax : 00 1 301 436 2668
Email : [email protected]

Mr. Geoffrey WIGGIN
Counselor – Agricultural Affairs
Foreign Agriculture Service (Rome)
American Embassy (FODAG)
PSC 59 Box 31
APO AE 09624
Tel : 00 39 06 4674 3507
Fax : 00 39 06 4674 3520
Fax : [email protected]

Mr. Philip WALL
Director,
Office of Agricultural, Biotechnology and
Texile Trade Policy Affairs
US State Department
2201 C Street NW
Washington, DC 20520
Tel : 00 1 202 647 3090
Fax : 00 1 202 647 1894
Email : [email protected]

Mr. David L. JOHNSON
Chief Counsel
US Senate Agriculture Committee
328A Russell Building
Washington, DC 20510
Tel : 00 1 202 224 6555
Fax : 00 1 202 228 4575

Mme Linda SWACINA
Deputy Administrator
Food Safety and Inspection Service
U.S. Department of Agriculture
1400 Independence Avenue, SW
Room 331 E
Washington, DC 20250
Tel : 00 1 202 720 7900
Fax : 00 1 202 205 0158
Email : [email protected]

Dr. H. Michael WEHR
Director - Codex Program Staff
US Department of Agriculture
Food Safety Inspection Service
1400 Independence Ave, SW
Room 3843 South Building
Washington, DC20250
Tel : 00 1 202 720 2933
Fax : 00 1 202 720 6050
Email : [email protected]

Mr. Danny SPELLACY
Confidential Assistant
Office of Food Safety
US Department of Agriculture
1400 Independence Avenue, SW
Room 227 E
Washington, DC 20250
Tel : 00 1 202 720 7356
Fax : 00 1 202 690 0820
Email : [email protected]

Mr. Steve HAWKINS
International Issues Analysis
Food Safety and Inspection Service
U.S. Department of Agriculture
1400 Independence Avenue, SW
Room 1156 - South Building
Washington, DC 20205
Tel : 00 1 202 690 1022
Fax : 00 1 202 720 3157
Email : [email protected]

Mr. Johnnie G. NICHOLS
Director
Technical Services
National Milk Producers Federation
2101 Wilson Blvd.
Arlington, VA 22201
Tel : 00 1 703 243 6111, Ext. 344
Fax : 00 1 703 841 9328
Email : [email protected]

CHAIR, CODEX ALIMENTARIUS COMMISSION
PRESIDENT DE LA COMMISSION DU CODEX ALIMENTARIUS
PRESIDENTE, COMISIÓN DEL CODEX ALIMENTARIUS

Dr. Stuart SLORACH
Deputy Director-General
National Food Administration
Box 622
S-751 26 Uppsala
Tel : 00 46 18 17 55 94
Fax : 00 46 18 10 58 48
Email : [email protected]

international governmental organizations
organisations gouvernementales internationales
organizaciones gubernamentales internacionales

EUROPEAN COMMUNITY/ COMMUNAUTE EUROPEENNE/ COMUNIDADEUROPEA

Mr. Henri BELVEZE
Chef d’Unité adjoint
Direction Générale Santé
Protection des consommateurs
Commission Européenne
200 rue de la Loi
B-1049 Bruxelles (Belgique)
Tel : 00 32 2 296 28 12
Fax : 00 32 2 299 85 66
Email : [email protected]

Mr. Jérôme LEPEINTRE
Administrateur
Commission Européenne
B232 5/3
B-1049 Bruxelles (Belgique)
Tel : 00 32 2 299 3701
Fax : 00 32 2 296 4272
Email : [email protected]

COUNCIL OF MINISTERS OF THE EUROPEAN UNION (EU COUNCIL)

Mr. Kari TÖLLIKKÖ
Principal Administrateur
Secrétariat Général du Conseil de l’Union Européenne
175 rue de la Loi
B-1048 Bruxelles (Belgique)
Tel : 00 32 2 285 78 41
Fax : 00 32 2 285 61 98
Email : [email protected]

O.I.E. (Office International des Epizooties)

Mr. Jean-Luc ANGOT
Chef du Service administratif et financier
Office International des Epizooties
12 rue de Prony
75017 Paris (France)
Tel : 00 33 (0)1 44 15 18 88
Fax : 00 33 (0)1 42 67 09 87
Email : [email protected]

O.I.V. (Office International de la Vigne et du Vin)

Mr. Yann JUBAN
Chef d’Unité « Droit, Réglementation et
Organisations Internationales »
18 rue d’Aguesseau - 75008 Paris (France)
Tel : 00 33 (0)1 44 94 80 95
Fax : 00 33 (0)1 42 66 90 63
Email : [email protected]

Mr. Jean-Claude RUF
Chef d’Unité « Vin, Nutrition et Santé – Œnologie »
18 rue d’Aguesseau - 75008 Paris (France)
Tel : 00 33 (0)1 44 94 80 80
Fax : 00 33 (0)1 42 66 90 63
Email : [email protected]

international non-governmental organizations
organisations non-gouvernementales internationales
organizations internacionales no gubernamentales

49P (49th Parallel Biotechnology Consortium)

Prof. Philip L. BEREANO
Co-Director - 49th Parallel Biotechnology Consortium
3807 S. Mc Clellan Street
Seattle, Washington 98144 (USA)
Tel : 00 1 206 725 4211
Fax : 00 1 206 543 8858
Email : [email protected]

Mr. Eliott PEACOCK
Senior Research Associate
49th Parallel Biotechnology Consortium
3807 S. Mc Clellan Street
Seattle, Washington 98144 (USA)
Tel : 00 1 206 227 2067
Fax : 00 1 206 543 8858
Email : [email protected]

AEDA/EFLA (Association Européenne pour le Droit de l’Alimentation)

Mme Nicole COUTRELIS
Secrétaire Général - AEDA
C/O Coutrelis et Associés
235 rue de la Loi
B-1040 Bruxelles (Belgique)
Tel : 00 32 2 230 48 45
Fax : 00 32 2 230 82 06
Email : [email protected]

Mr. Guy VALKENBORG
Council member
AEDA
C/O Coutrelis et Associés
235 rue de la Loi
B-1040 Bruxelles (Belgique)
Tel : 00 32 2 230 48 45
Fax : 00 32 2 230 82 06
Email : [email protected]

BIO (Biotechnology Industry Organization)

Mr. Eddie KIMBRELL
Consultant
Biotechnology Industry Organization
1225 Eye Street N.W. Suite 400
Washington D.C. 20005 (USA)
Tel : 00 1 202 962 9200
Fax : 00 1 202 962 9201
Email : [email protected]

CEFS (Comité Européen des Fabricants de Sucre)

Dr. Nathalie HENIN
Conseiller Scientifique
Comité Européen des Fabricants de Sucre
182 avenue de Tervuren
B-1150 Bruxelles (Belgique)
Tel : 00 32 2 762 0760
Fax : 00 32 2 771 0026
Email : [email protected]

CONSUMERS INTERNATIONAL

Mme Sue DAVIES
Consumers’Association
2 Marylebone Road
London NW1 4DF (Royaume-Uni)
Tel : 00 44 20 7770 7274
Fax : 00 44 20 7770 7666
Email : [email protected]

Mr. Steve SUPPAN
Institute for Agriculture and Trade Policy
2105 First Avenue South
Minneapolis, MN 55404, (USA)
Tel : 00 1 612 870 3413
Fax : 001 628 704 846
Email : [email protected]

Prof. Sri Ram KHANNA
Voluntary Organisation in Interest of Consumer Education (VOICE)
441, Jungpura, Mathura Road
New Delhi 110014 (Inde)
Tel : 00 91 11 24319078 & 80
Fax : 00 91 11 24319081
Email : [email protected]

CROPLIFE International

Mr. Mark MANSOUR
Keller and Heckman LLP
1001 G. Street, Suite 500 West
Washington, DC 20001 (USA)
Tel : 00 1 202 434 42 33
Fax : 00 1 202 434 46 46
Email : [email protected]

ENSA (European Natural Soyfoods Manufacturers Association)

Mme Renate HOCHWIESER
Secretariat - ENSA
Rue de l’Association, 50
B – 1000 Bruxelles (Belgique)
Tel : 00 32 2 209 1141
Fax : 00 32 2 219 7342
Email : [email protected]

Mr. Conny JVENSSON
Secretariat - ENSA
Rue de l’Association, 50 - B – 1000 Bruxelles (Belgique)
Tel : 00 32 2 209 1141
Fax : 00 32 2 219 7342
Email : [email protected]

IBA (International Banana Association)

Mme Cecilia P. GASTON
Managing Scientist - Exponent
1730 Rhode Island Ave. N.W., Suite 1100
Washington, D.C. 20036 (USA)
Tel : 00 1 202 772 4900
Fax : 00 1 202 772 4979
Email : [email protected]

ICA (International Cooperative Alliance)

Mr. Kazuo ONITAKE
Safety Policy service
Japanese Consumrers' Co-operative Union
Co-op Plaza,
3-29-8, Shibuya, Shibuyaku,
Tokyo, 150-8913 (Japan)
Tel : 00 81-3-5778-8109
Fax :00 81-3-5778-8002
E-mail : [email protected]

ICC (International Chamber of Commerce)

Dr. Janet E. COLLINS
Global Organization Director
Monsanto Company
600 13th Street, NW
Suite 660
Washington DC20005 (USA)
Tel : 00 1 202 383 2861
Fax : 00 1 202 783 1924
Email : [email protected]

ICGMA (International Council of Grocery Manufacturers Association)

Mme Mari STULL
Director
International Regulatory Policy
Grocery Manufacturers of America
2401 Pennsylvania Avene, NW, Second Floor
Washington, DC 20037 (USA)
Tel : 00 1 202 337 9400
Fax : 00 1 202 337 4508
Email : mstull@gmabrands.com

IDF/FIL (International Dairy Federation)

Mme Dominique BUREL
Responsable Réglementation
Association Laitière Française / CNIEL
43 rue de Châteaudun
75314 Paris Cedex 9 (France)
Tel : 00 33 (0)1 49 70 71 15
Fax : 00 33 (0)1 42 80 63 45
Email : [email protected]

Mr. Thomas KÜTZEMEIER
Verband der Deutschen Milchwirtschaft
Meckenheimer Allee 137
D-53115 Bonn (Allemagne)
Tel : 00 49 228 98 24 30
Fax : 00 49 228 98 24 320
Email : [email protected]

IFU (International Federation of Fruit Juice Producters)

Mr. Paul ZWIKER
International Federation of Fruit Juice Producers (IFU)
Postfach 45
CH-9220 Bischofszell (Suisse)
Tel : 00 41 71 420 06 44
Fax : 00 41 71 420 06 43
Email : [email protected]

ISDI (International Special Dietary Foods Industries)

Mme Alice GRAVEREAUX
Scientific and Regulatory Affairs
194 rue de Rivoli
75001 Paris (France)
Tel : 00 33 (0)1 53 45 87 87
Fax : 00 33 (0)1 53 45 87 80
Email : [email protected]

IUFoST

Dr. Eduardo MENDEZ
Advisor
IUFoST
P.O. Box 60 486
Mexico D.F. CP 03800 (Mexique)
Tel : 00 52 55 55 95 09 16
Fax : 00 52 55 55 95 88 82
Email : [email protected]

JOINT FAO/WHO SECRETARIAT

Dr. Kazuaki MIYAGISHIMA
Secretary, Codex Alimentarius Commission
Joint FAO/WHO Food Standards Programme
FAO - Via delle Terme di Caracalla
Rome 00100 (Italie)
Tel : 00 39 06 5705 4390
Fax : 00 39 06 5705 4593
Email : [email protected]

Mme Selma H. DOYRAN
Food Standards Officer
Joint FAO/WHO Food Standards Programme
FAO - Via delle Terme di Caracalla
Rome 00100 (Italie)
Tel : 00 39 06 5705 5826
Fax : 00 39 06 5705 4593
Email : [email protected]

FAO

Mr. Jean-Louis JOUVE

Food and Nutrition Division
FAO - Via delle Terme di Caracalla
Rome 00100 (Italie)
Tel : 00 39 06 5705 5858
Fax : 00 39 06 5705 4593
Email : [email protected]

WHO

Mme Mary VALLANJON
Liaison Officer
Food Safety Department
World Health Organization
20 Avenue Appia
1211 Genève 27 (Suisse)
Tel : 00 41 22 791 23 73
Fax : 00 41 22 791 48 07
Email : [email protected]

LEGAL COUNSEL
CONSEILLER JURIDIQUE
ASESOR JURIDICO

Mr. Antonio TAVARES
Legal Counsel
Legal Office
FAO
Via delle Terme di Caracalla
Rome 00100 (Italie)
Tel : 00 39 06 5705 51 32
Fax : 00 39 06 5705 4593
Email : [email protected]

Mr. Gian Luca BURCI
Senior Legal Officer
Office of the Legal Counsel
WHO
20 avenue Appia
CH-1211 Geneve 27 (Suisse)
Tel : 00 41 22 791 47 54
Fax : 00 41 22 791 41 58
Email : [email protected]

FRENCH SECRETARIAT
SECRETARIAT FRANCAIS

Mr. Pascal AUDEBERT
Point Contact Français SGCI/CODEX
Carré Austerlitz
2 boulevard Diderot
75572 Paris Cedex 12 (France)
Tel : 00 33 (0)1 44 87 16 03
Fax : 00 33 (0)1 44 87 16 04
Email : [email protected]
Email : [email protected]

Mr. Christophe LEPRETRE
Ministère de l'Agriculture, de l’Alimentation, de la Pêche et des Affaires Rurales - D.G.A.L.
251 rue de Vaugirard
75732 Paris Cedex 15 (France)
Tel : 00 33 (0)1 49 55 55 84
Fax : 00 33 (0)1 49 55 59 48
Email : [email protected]

Mme Geneviève RAOUX
Ministère de l’Economie, des Finances et de l’Industrie
D.G.C.C.R.F.
59 boulevard Vincent Auriol
75703 Paris Cedex 13 (France)
Tel : 00 33 (0)1 44 97 29 68
Fax : 00 33 (0)1 44 97 30 37
Email : [email protected]

Mr. Alexandre BEAUDOIN
SGCI/CODEX
Carré Austerlitz
2 boulevard Diderot
75572 Paris Cedex 12 (France)
Tel : 00 33 (0)1 44 87 16 03
Fax : 00 33 (0)1 44 87 16 04

Mme Sophie CHARLOT
Ministère de l’Economie, des Finances et de l’Industrie
D.G.C.C.R.F.
59 boulevard Vincent Auriol
75703 Paris Cedex 13 (France)
Tel : 00 33 (0)1 44 97 29 63
Fax : 00 33 (0)1 44 97 30 37
Email : [email protected]

Mlle Carole HUMBERT
Ministère de l'Agriculture, de l’Alimentation, de la Pêche et des Affaires Rurales - D.G.A.L.
251 rue de Vaugirard
75732 Paris Cedex 15 (France)
Tel : 00 33 (0)1 49 55 81 21
Fax : 00 33 (0)1 49 55 59 48

ALINORM 04/27/33
Apéndice II

PROYECTO DE ENMIENDAS AL REGLAMENTO
(Las disposiciones y la numeración nuevas figuran en negrita)

ARTÍCULO III MESA23

1. La Comisión elegirá un Presidente y tres Vicepresidentes de entre los representantes, suplentes y asesores (en adelante denominados “delegados”) de los Miembros que la componen, en el entendimiento de que ningún delegado será elegible sin el previo consentimiento del jefe de su delegación. Se elegirán en cada período de sesiones y su mandato durará desde la terminación del período de sesiones en que fueron elegidos hasta la terminación del siguiente período de sesiones ordinario. El Presidente y los Vicepresidentes sólo podrán permanecer en su cargo si siguen contando con el respaldo del respectivo Miembro de la Comisión del que eran representantes en el momento de la elección. Si tal Miembro de la Comisión notifica que retira ese respaldo, los Directores Generales de la FAO y de la OMS declararán vacante el cargo correspondiente. El Presidente y los Vicepresidentes serán reelegibles, pero cuando hayan desempeñado el cargo durante dos mandatos sucesivos, no podrán ser reelegidos para el siguiente.
2. El Presidente o, en su ausencia, un Vicepresidente, presidirá las sesiones de la Comisión, y ejercerá cualesquiera otras funciones que puedan ser necesarias para facilitar el trabajo de la misma. El Vicepresidente que actúe como Presidente tendrá las mismas facultades y obligaciones que el Presidente.
3. En el caso de que ni el Presidente ni los Vicepresidentes puedan ejercer sus funciones, y a petición del Presidente saliente, durante las elecciones para Presidente, los Directores Generales de la FAO y de la OMS nombrarán un funcionario para que actúe en calidad de Presidente hasta que se haya elegido un Presidente temporal o un nuevo Presidente. Todo Presidente temporal así elegido desempeñará el cargo hasta que el Presidente o uno de los Vicepresidentes pueda asumir de nuevo sus funciones.
4. La Comisión podrá designar uno o más relatores de entre los delegados de sus Miembros.
5. Se pedirá a los Directores Generales de la FAO y de la OMS que designen, de entre el personal de sus respectivas Organizaciones, el Secretario de la Comisión y todos los demás funcionarios, igualmente responsables ante ellos, que se necesiten para ayudar a la Mesa y al Secretario en la realización de todas las tareas que el trabajo de la Comisión pueda requerir.
ARTÍCULO IV COORDINADORES

1. La Comisión podrá designar un Coordinador de entre los Miembros de la Comisión para cualquiera de las zonas geográficas enumeradas en el Artículo V.1 (en adelante denominadas "regiones"), o para cualquier otro grupo de países específicamente enumerados por la Comisión (en adelante denominados "grupos de países"), siempre que considere que así lo exige el trabajo del Codex Alimentarius en los países interesados, y sobre la base de una propuesta de la mayoría de los Miembros de la Comisión que constituyan la región o el grupo.
2. El nombramiento de los coordinadores se hará exclusivamente a propuesta de la mayoría de los Miembros de la Comisión que constituyan la región o grupo de países interesados. El mandato de los coordinadores durará desde la terminación del período de sesiones de la Comisión en que fueron nombrados hasta la terminación, como máximo, del tercer período ordinario de sesiones sucesivo; la Comisión precisará el término en cada caso. Los coordinadores, después de haber desempeñado el cargo durante dos mandatos consecutivos, no podrán ser reelegidos para el período sucesivo.
3. Las funciones de los coordinadores consistirán en:
i) prestar ayuda y coordinar el trabajo de los Comités del Codex establecidos con arreglo al Artículo XI.1 b) i)24, que actúen en su región o grupo de países, en la preparación de proyectos de normas, directrices y otras recomendaciones para presentarlos a la Comisión;

ii) prestar ayuda al Comité Ejecutivo y a la Comisión, cuando lo soliciten, comunicándoles las opiniones de los países y de las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales regionales reconocidas de sus respectivas regiones sobre cuestiones que se estén examinando o que revistan interés.

d) Para desempeñar sus funciones los coordinadores participarán en las reuniones del Comité Ejecutivo en calidad de observadores.

ARTÍCULO V COMITÉ EJECUTIVO25

1. El Comité Ejecutivo estará integrado por el Presidente y los Vicepresidentes de la Comisión, por los coordinadores regionales nombrados con arreglo al Artículo IV y por otros siete miembros elegidos por la Comisión en los periodos ordinarios de sesiones, de entre los Miembros de ésta, procedentes cada uno de las siguientes zonas geográficas: África, Asia, América Latina y el Caribe, América del Norte, Cercano Oriente, Europa y Pacífico Sudoccidental. Solamente un delegado como máximo de cada país podrá ser miembro del Comité Ejecutivo. El mandato de los miembros elegidos sobre base geográfica durará desde la terminación del periodo de sesiones de la Comisión en que fueron elegidos hasta la terminación del segundo periodo de sesiones ordinario sucesivo, y podrán ser reelegidos, pero cuando hayan desempeñado el cargo durante dos mandatos sucesivos no podrán ser reelegidos para el siguiente.

2. El Comité Ejecutivo, entre los períodos de sesiones de la Comisión, actuará en nombre de ésta como su órgano ejecutivo. El Comité Ejecutivo presentará en particular a la Comisión propuestas sobre la orientación general de sus actividades, la planificación estratégica y el programa de trabajo, estudiará los problemas especiales y participará en la gestión del programa de elaboración de normas de la Comisión, en especial efectuando un examen crítico de las propuestas para emprender trabajos y supervisando los avances en la elaboración de las normas.

3.  El Comité Ejecutivo examinará las cuestiones que le sometan el Director General de la FAO y el Director General de la OMS, así como el presupuesto de gastos del programa de trabajo propuesto por la Comisión al que se alude en el Artículo XIII.126.

4. El Comité Ejecutivo podrá crear entre sus Miembros los subcomités que estime necesarios para estar en condiciones de desempeñar sus funciones con la mayor eficacia posible. El número de esos subcomités deberá ser limitado y su tarea consistirá en realizar un trabajo preliminar del que informará al Comité Ejecutivo. El Comité Ejecutivo designará a un Vicepresidente de la Comisión para presidir cada uno de los subcomités que se creen. El Comité Ejecutivo nombrará a uno de los Vicepresidentes de la Comisión para que presida. Se deberá atender a que haya un equilibrio geográfico adecuado en la composición de los subcomités.

5. El Presidente y los Vicepresidentes de la Comisión serán el Presidente y los Vicepresidentes del Comité Ejecutivo, respectivamente.

6. Los Directores Generales de la FAO y la OMS podrán convocar con la frecuencia que sea necesaria las reuniones del Comité Ejecutivo, previa consulta con el Presidente de dicho Comité. El Comité Ejecutivo se reunirá por regla general inmediatamente antes de que se celebre cada periodo de sesiones de la Comisión.

7. El Comité Ejecutivo presentará sus informes a la Comisión.


ARTÍCULO XIII. PRESUPUESTO Y GASTOS27

1. Los Directores Generales de la FAO y la OMS prepararán y someterán al examen de la Comisión en sus periodos ordinarios de sesiones, el presupuesto de gastos, que se basará en el programa de trabajo propuesto por la Comisión y de sus órganos auxiliares, junto con la información relativa a los gastos del ejercicio económico precedente. Este presupuesto, con las modificaciones que los Directores generales hayan considerado pertinente a la luz de las recomendaciones hechas por la Comisión, se incorporará posteriormente en los Presupuestos ordinarios de las dos Organizaciones para su aprobación por los órganos rectores competentes.

2. En el presupuesto de gastos se preverán asignaciones para sufragar los gastos que ocasionen las actividades de la Comisión y de sus órganos auxiliares, establecidos en virtud del Artículo XI.1 a) y XI.1 b) ii)28 y para los gastos relativos al personal asignado al Programa, y otros gastos en que se incurra en relación con la provisión de servicios para este último.

3. En el presupuesto de gastos se preverán los ocasionados por los viajes (más las dietas correspondientes) de los Miembros del Comité Ejecutivo para participar en las reuniones de éste.

4. Los gastos que ocasionen las actividades de los órganos auxiliares, creados en virtud del Artículo XI.1 b) i) (Comités del Codex), deberán ser sufragados por cada Miembro que acepte la presidencia de uno de estos órganos. El presupuesto de gastos podrá incluir una asignación para sufragar los gastos ocasionados por los trabajos preparatorios, cuando se reconozcan como gastos de las actividades de la Comisión, de conformidad con las disposiciones del Artículo 10 de los Estatutos de la Comisión.

4. A reserva de lo dispuesto en el Artículo XIII.3, el presupuesto de gastos no comprenderá los ocasionados, en particular por concepto de viajes, por la asistencia de delegaciones de los Miembros de la Comisión u observadores mencionados en el Artículo IX29 a los periodos de sesiones de la Comisión y reuniones de sus órganos auxiliares. En el caso de que los expertos sean invitados por el Director General de la FAO o de la OMS a asistir a los períodos de sesiones de la Comisión y de sus órganos auxiliares a título personal, sus gastos se sufragarán con fondos del Presupuesto ordinario disponibles para sufragar los gastos de los trabajos de la Comisión.

ALINORM 04/27/33
Apéndice III
PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DE NORMAS DEL CODEX Y TEXTOS AFINES
Nota: En el presente texto, el término “norma” se aplica a cualquiera de las recomendaciones de la Comisión que está previsto someter a los gobiernos para su aceptación. Con excepción de las disposiciones relativas a la aceptación, el Procedimiento se aplica, mutatis mutandis, a los códigos de prácticas y otros textos de carácter consultivo.
INTRODUCCIÓN
El procedimiento completo para la elaboración de normas del Codex es el siguiente:
1. La Comisión aplica un enfoque uniforme en materia de elaboración de normas y adopta sus decisiones con arreglo a un procedimiento de planificación estratégica ("gestión de las normas") (véase Parte 1 de este documento).
2. Un examen crítico permanente garantiza que los proyectos de normas sometidos a la Comisión para su adopción se sigan conformando a las prioridades estratégicas de la Comisión y se pueden elaborar en un lapso de tiempo razonable, teniendo en cuenta las necesidades y disponibilidad de asesoramiento científico de expertos (véase Parte 2 de este documento).
3. La Comisión, teniendo en cuenta los resultados del examen crítico efectuado por el Comité Ejecutivo, decide que se elabore una norma y también qué órgano auxiliar u otro órgano debe encargarse de este trabajo. La decisión de elaborar normas puede ser tomada también por órganos auxiliares de la Comisión de conformidad con los citados resultados y a reserva de su aprobación posterior por la Comisión o por su Comité Ejecutivo en la primera oportunidad posible. La Secretaría toma las disposiciones necesarias para la preparación de un “anteproyecto de norma”, y lo envía a los gobiernos solicitando sus observaciones, a la luz de las cuales será examinado después por el órgano auxiliar competente, que podrá presentar el texto a la Comisión en calidad de "proyecto de norma". Si la Comisión adopta el “proyecto de norma”, se envía a los gobiernos para que formulen nuevas observaciones y, teniendo en cuenta estas observaciones y su examen subsiguiente por el órgano auxiliar interesado, la Comisión estudia de nuevo el proyecto y puede adoptarlo como “norma del Codex”. El procedimiento se describe en la Parte 3 del presente documento.
4. La Comisión o cualquier órgano auxiliar previa confirmación por la Comisión, podrá decidir que la elaboración de una determinada norma del Codex es tan urgente que debe aplicarse un procedimiento de elaboración acelerado. Al tomar tal decisión, se tendrán en cuenta todos los factores apropiados, incluida la posibilidad de que pueda disponerse de nueva información científica en un futuro inmediato. El procedimiento de elaboración acelerado se describe en la Parte 4 del presente documento.
5. La Comisión o el órgano auxiliar u otro órgano competente podrá decidir que se devuelva el proyecto, para su ulterior examen, a uno de los anteriores trámites pertinentes del Procedimiento. La Comisión podrá asimismo decidir que se retenga el proyecto en el Trámite 8.
6. La Comisión podrá autorizar, sobre la base de la mayoría de dos tercios de los votos emitidos, la omisión de los trámites 6 y 7, cuando dicha omisión haya sido recomendada por el Comité del Codex encargado de elaborar el proyecto. La recomendación de omitir trámites se notificará a los miembros y a los organismos internacionales interesados lo antes posible después de la reunión del Comité del Codex de que se trate. Al formular recomendaciones para omitir los trámites 6 y 7, los Comités del Codex tendrán en cuenta todos los factores apropiados, incluidas la necesidad de urgencia y la posibilidad de que pueda disponerse de nueva información científica en un futuro inmediato.
7. La Comisión podrá, en cualquier fase de la elaboración de la norma, encomendar cualquiera de los trámites pendientes a un Comité del Codex o a otros órganos distintos de aquél al que se le había encomendado previamente la tarea.
8. Quedará a discreción de la Comisión decidir si debe tenerse en estudio la revisión de las “normas del Codex”. El procedimiento de revisión será, mutatis mutandis, el establecido para la elaboración de las normas del Codex, con la excepción de que la Comisión podrá decidir la omisión de cualquier trámite o trámites del Procedimiento cuando, a su juicio, una enmienda propuesta por un Comité del Codex sea de forma o de fondo, pero consecuente a disposiciones de normas análogas adoptadas por la Comisión en el Trámite 8.
9. Las normas del Codex se publican, y se invita luego a los gobiernos a que notifiquen a la Secretaría de la Comisión el carácter o uso de la norma del Codex en virtud de sus procedimientos jurídicos y administrativos establecidos. Se envían también a las organizaciones internacionales a las que sus respectivos Estados Miembros han transferido competencia en la materia (véase la Parte 5 del presente documento). La Secretaría de la Comisión publica periódicamente información detallada de las notificaciones de aceptación.
PARTE 1 : PROCEDIMIENTO DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA
1. El plan estratégico tiene en cuenta los "Criterios para el establecimiento de las prioridades de los trabajos" e indica las prioridades principales sobre cuya base pueden evaluarse propuestas individuales de normas (o de revisión de normas) en el transcurso del proceso de examen crítico.
2. El plan estratégico abarca un periodo de seis años y se actualiza continuamente cada dos años.
PARTE 2 : EXAMEN CRÍTICO
Propuestas de emprender nuevos trabajos o la revisión de una norma
1. Antes de ser aprobada para su elaboración, cada norma o revisión de norma es objeto de un documento de proyecto preparado por el Comité o por el Miembro que propone emprender nuevos trabajos o la revisión de una norma, especificando:
• el objetivo y ámbito de aplicación de la norma;
• su pertinencia y actualidad;
• las principales cuestiones que se deben tratar;
• una evaluación con respecto a los Criterios para el establecimiento de las prioridades de los trabajos;
• la pertinencia con respecto a los objetivos estratégicos del Codex;
• información sobre la relación entre la propuesta y los documentos existentes del Codex;
• la identificación de toda necesidad de contribuciones técnicas a una norma procedentes de organizaciones exteriores, a fin de que se puedan programar estas contribuciones;
• el calendario propuesto para la realización de esos nuevos trabajos, comprendida la fecha de su inicio; la fecha propuesta para la adopción en el trámite 5 y la fecha propuesta para la adopción por parte de la Comisión; normalmente, el plazo de elaboración no debe ser superior a cinco años.
2. La decisión de iniciar un nuevo trabajo o de revisar una norma la adopta la Comisión sobre la base de un examen crítico efectuado por el Comité Ejecutivo.
3. Ese examen crítico comprende:
• el examen de las propuestas de elaboración o revisión de normas, teniendo en cuenta los Criterios para el establecimiento de las prioridades de los trabajos, las prioridades estratégicas de la Comisión y las actividades de apoyo necesarias para una evaluación de riesgos independiente;
• la identificación de las necesidades de los países en desarrollo en materia de establecimiento de normas;
• un dictamen sobre la creación y disolución de los comités y grupos especiales, comprendidos los grupos especiales compuestos por miembros de distintos comités (en aquellos ámbitos en que los trabajos entran en la esfera del mandato de varios comités); y
• la evaluación preliminar de la necesidad de un asesoramiento científico de expertos y la disponibilidad de este tipo de asesoramiento por parte de la FAO, la OMS u otros órganos de expertos pertinentes.
4. La decisión de emprender la revisión de los límites máximos para residuos de plaguicidas o medicamentos veterinarios o la actualización de la Norma General sobre los Aditivos Alimentarios, la Norma General sobre Contaminantes y Sustancias Tóxicas, el Sistema de Clasificación de los alimentos y el Sistema de Numeración Internacional debe ajustarse a los procedimientos establecidos por los Comités interesados y ser aprobada por la Comisión.
Supervisión del progreso de la elaboración de las normas
5. El Comité Ejecutivo compara el estado de adelanto de los proyectos de normas con el calendario fijado por la Comisión y presenta a ésta el correspondiente.
6. El Comité Ejecutivo puede proponer la prolongación del plazo, la cancelación del trabajo, o la prosecución del trabajo a cargo de un Comité distinto del que se encargó de efectuarlo en un principio, incluido el establecimiento de un número limitado de órganos auxiliares especiales, según proceda.
7. El proceso de examen crítico debe garantizar también que la elaboración de las normas progresa con arreglo al calendario previsto y que los proyectos de normas presentados a la Comisión para su adopción se han examinado como es debido en el Comité y son satisfactorios tanto en el plano técnico como en el jurídico.
8. La supervisión se efectúa en función de los plazos que se estiman necesarios y las revisiones relativas al ámbito de aplicación de las normas son objeto de una aprobación específica por parte de la Comisión.
Por consiguiente, la supervisión debe:
v seguir los progresos de la elaboración de las normas e indicar si se deben adoptar medidas correctivas o se deben suspender los trabajos por falta de avances;
v examinar los proyectos de normas procedentes de los Comités del Codex, antes de que se sometan a la Comisión para su adopción, a fin de apreciar:
• su coherencia con el mandato del Codex, las decisiones de la Comisión y los textos existentes del Codex;
• el cumplimiento de las exigencias del procedimiento de aprobación, si fuere necesario;
• su esquema de presentación;
• su coherencia lingüística.
PARTE 3: PROCEDIMIENTO UNIFORME PARA LA ELABORACIÓN DE NORMAS DEL CODEX Y TEXTOS AFINES
Trámites 1, 2 y 3
1) La Comisión, teniendo en cuenta los resultados del examen crítico efectuado por el Comité Ejecutivo, decide que se elabore una norma mundial del Codex y también qué órgano auxiliar u otro órgano debe encargarse de esta labor. La decisión de elaborar una norma mundial del Codex puede ser adoptada también por órganos auxiliares de la Comisión de conformidad con los citados resultados y con sujeción a la aprobación posterior por la Comisión en la primera oportunidad posible. Cuando se trate de normas regionales del Codex, la Comisión basará su decisión en la propuesta de la mayoría de los Miembros pertenecientes a una determinada región o grupo de países, presentada durante un período de sesiones de la Comisión del Codex Alimentarius.
2) La Secretaría toma las disposiciones necesarias para la preparación de un anteproyecto de norma. Cuando se trate de límites máximos para residuos de plaguicidas o de medicamentos veterinarios, la Secretaría distribuirá en su caso las recomendaciones relativas a límites máximos que hayan formulado las Reuniones Conjuntas del Cuadro de Expertos de la FAO en Residuos de Plaguicidas Presentes en los Alimentos y en el Medio Ambiente y del Grupo Básico de la OMS de Evaluación de Residuos de Plaguicidas (JMPR) o por el Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios (JECFA). Cualquier otra información pertinente sobre la labor de evaluación de riesgos efectuada por la FAO y la OMS deberá estar disponible también. En el caso de la leche y los productos lácteos o de normas individuales para los quesos, la Secretaría distribuirá las recomendaciones de la Federación Internacional de Lechería (FIL).
3) El anteproyecto de norma se envía a los Miembros de la Comisión y a los organismos internacionales interesados para que formulen sus observaciones sobre todos los aspectos, incluso sobre las posibles consecuencias del anteproyecto de norma para sus intereses económicos.
Trámite 4
La Secretaría envía las observaciones recibidas al órgano auxiliar u otro órgano competente que tenga autoridad para examinar dichas observaciones y enmendar el anteproyecto de norma.
Trámite 5
La Secretaría somete el anteproyecto de norma al Comité Ejecutivo para su examen crítico y a la Comisión para su adopción como proyecto de norma.30 Al adoptar una decisión en este trámite, la Comisión o el Comité Ejecutivo tomarán en la debida consideración los resultados del examen crítico y las observaciones que le haya sometido cualquiera de sus Miembros sobre las consecuencias que el anteproyecto de norma o cualesquiera disposiciones contenidas en éste puedan tener para sus intereses económicos. Cuando se trate de normas regionales, todos los Miembros de la Comisión podrán presentar sus observaciones, tomar parte en el debate y proponer enmiendas, pero sólo la mayoría de los Miembros de la región o grupo de países interesado que asistan a la reunión podrá decidir la enmienda o la adopción del proyecto. Al tomar una decisión en este trámite, los Miembros de la región o grupo de países en cuestión tendrán debidamente en cuenta las observaciones que les haya sometido cualquiera de los Miembros de la Comisión sobre las consecuencias que el anteproyecto de norma o cualesquiera disposiciones contenidas en éste puedan tener para sus intereses económicos.
Trámite 6
La Secretaría envía el proyecto de norma a todos los Miembros y a los organismos internacionales interesados para que formulen sus observaciones sobre todos los aspectos, incluso las posibles consecuencias del proyecto de norma para sus intereses económicos.
Trámite 7
La Secretaría envía las observaciones recibidas al órgano auxiliar u otro órgano interesado que tenga autoridad para examinar tales observaciones y enmendar el proyecto de norma.

Trámite 8

Por conducto de la Secretaría, el proyecto de norma se somete al Comité Ejecutivo para su examen crítico y a la Comisión con miras a su adopción como norma del Codex, junto con las propuestas escritas recibidas de los Miembros y de los organismos internacionales interesados para su enmienda en el Trámite 8. Cuando se trate de normas regionales, todos los Miembros y organismos internacionales interesados podrán presentar sus observaciones, tomar parte en el debate y proponer enmiendas, pero sólo la mayoría de los Miembros de la región o grupo de países en cuestión que asistan a la reunión podrá decidir la enmienda o la adopción del proyecto.
PARTE 4: PROCEDIMIENTO UNIFORME ACELERADO PARA LA ELABORACIÓN DE NORMAS DEL CODEX Y TEXTOS AFINES
Trámites 1, 2 y 3
1) La Comisión determinará, sobre la base de una mayoría de dos tercios de los votos emitidos y teniendo en cuenta los resultados del examen crítico efectuado por el Comité Ejecutivo, las normas que habrán de ser objeto de un procedimiento de elaboración acelerado31. Los órganos auxiliares de la Comisión podrán determinar también tales normas sobre la base de una mayoría de dos tercios de los votos emitidos y a reserva de su confirmación, a la mayor brevedad posible, por la Comisión por mayoría de dos tercios de los votos emitidos.
2) La Secretaría toma las disposiciones necesarias para la preparación de un anteproyecto de norma. Cuando se trate de límites máximos para residuos de plaguicidas o de medicamentos veterinarios, la Secretaría distribuirá en su caso las recomendaciones relativas a límites máximos que hayan formulado las Reuniones Conjuntas del Cuadro de Expertos de la FAO en Residuos de Plaguicidas Presentes en los Alimentos y en el Medio Ambiente y del Grupo Básico de la OMS de Evaluación de Residuos de Plaguicidas (JMPR) o por el Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios (JECFA). Cualquier otra información pertinente sobre la labor de evaluación de riesgos efectuada por la FAO y la OMS deberá estar disponible también. En el caso de la leche y los productos lácteos o de normas individuales para los quesos, la Secretaría distribuirá las recomendaciones de la Federación Internacional de Lechería (FIL).
3) El anteproyecto de norma se envía a los Miembros de la Comisión y a los organismos internacionales interesados para que formulen sus observaciones sobre todos los aspectos, incluso sobre las posibles consecuencias del anteproyecto de norma para sus intereses económicos. Cuando las normas son objeto de un procedimiento de elaboración acelerado, se notificará esta circunstancia a los Miembros de la Comisión y a los organismos internacionales interesados.
Trámite 4
La Secretaría envía las observaciones recibidas al órgano auxiliar u otro órgano competente que tenga autoridad para examinar dichas observaciones y enmendar el anteproyecto de norma.
Trámite 5
Cuando se trate de normas que habrán de ser objeto de un procedimiento de elaboración acelerado, la Secretaría someterá el proyecto de norma al Comité Ejecutivo para su examen crítico y a la Comisión con miras a su adopción como norma del Codex, junto con cualesquiera propuestas recibidas por escrito de los Miembros y de los organismos internacionales interesados, a fin de que efectúe las enmiendas necesarias. Al adoptar una decisión en este trámite, la Comisión tomará en la debida consideración las observaciones que le haya sometido cualquiera de sus Miembros sobre las consecuencias que el anteproyecto de norma o cualesquiera disposiciones contenidas en éste puedan tener para sus intereses económicos.
GUÍA SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE REVISIÓN Y ENMIENDA DE LAS NORMAS DEL CODEX
1. Las propuestas de enmienda o revisión de una norma del Codex deberán someterse a la Secretaría de la Comisión con suficiente antelación (por lo menos tres meses) respecto a la apertura de cada período de sesiones de la Comisión en el que deban examinarse. Quien proponga una enmienda deberá indicar las razones de la enmienda propuesta y también si la enmienda que propone ha sido presentada y examinada previamente por el Comité del Codex competente y/o la Comisión. Si la enmienda propuesta ha sido ya examinada por el Comité del Codex y/o la Comisión, deberá indicarse el resultado del examen de la enmienda propuesta.
2. La Comisión, teniendo en cuenta la información relativa a la enmienda propuesta que haya podido facilitarse de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo 1 anterior, así como los resultados del examen crítico efectuado por el Comité Ejecutivo, decidirá si es o no necesaria la enmienda o revisión de una norma. Si la Comisión decide en sentido afirmativo y quien propone la enmienda no es un Comité del Codex, la enmienda propuesta se remitirá para su examen al Comité del Codex competente, si tal Comité sigue todavía en funciones. Si el Comité en cuestión ha cesado en sus funciones, la Comisión determinará el procedimiento más idóneo para el examen de la enmienda propuesta. Si quien propone la enmienda es un Comité del Codex, la Comisión podrá discrecionalmente decidir que la enmienda propuesta se distribuya a los gobiernos solicitando sus observaciones antes de someterla al examen ulterior del Comité del Codex proponente. Asimismo, cuando se trata de una enmienda propuesta por un Comité del Codex, la Comisión podrá también discrecionalmente adoptar la enmienda en el Trámite 5 o en el Trámite 8, según proceda, cuando a su juicio, la enmienda sea tanto de forma como de fondo, pero consecuente a disposiciones establecidas en normas análogas adoptadas por la Comisión en el Trámite 8.
3. El procedimiento para la enmienda o revisión de una norma del Codex será el prescrito en los párrafos 3 y 4 de la Introducción al Procedimiento para la elaboración de normas del Codex. (Véase página 19).
4. Cuando la Comisión haya decidido enmendar o revisar una norma, la norma sin revisar seguirá constituyendo la norma aplicable del Codex hasta que la norma revisada haya sido adoptada por la Comisión.

ALINORM 04/27/33

Apéndice IV
PROYECTO DE CRITERIOS PARA LA ELECCIÓN DE LOS PRESIDENTES

En virtud del Artículo 7 de los Estatutos de la Comisión del Codex Alimentarius, la Comisión puede crear los órganos auxiliares que considere pertinentes para el cumplimiento de su labor.
Los Países Miembros designados en aplicación del Artículo X.1032, como responsables de la elección de los Presidentes de los órganos auxiliares creados en virtud del Artículo X.1 b) i) y del Artículo X.1 b) ii) tendrán derecho a designar como Presidente a la persona de su elección.

Para escoger a esa persona, se podrán tener en cuenta los siguientes criterios:

• que sea un nacional del Estado Miembro encargado de designar al Presidente del Comité;
• que posea conocimientos generales en los ámbitos de competencia del órgano auxiliar interesado y sea capaz de entender y analizar cuestiones técnicas;
• que esté en condiciones de desempeñar la presidencia de manera duradera, en la medida de lo posible;
• que esté familiarizado con el sistema del Codex y sus reglamentos y posea experiencia en la labor de otros organismos internacionales pertinentes, ya fueren gubernamentales o no gubernamentales;
• que sea capaz de comunicar claramente, tanto oralmente como por escrito, en una de los idiomas de trabajo de la Comisión;
• que haya demostrado capacidades para presidir reuniones con objetividad e imparcialidad y para facilitar la creación de consensos;
• posea los dones de tacto y apertura necesarios para abordar las cuestiones que revisten una importancia especial para los miembros de la Comisión; y
• que no haya realizado actividades que puedan suscitar un conflicto de interés en relación con uno cualquiera de los temas que figuren en el programa del Comité.

ALINORM 04/27/33
Apéndice V
PROYECTO DE DIRECTRICES PARA LOS GOBIERNOS HOSPEDANTES DE COMITÉS DEL CODEX O GRUPOS INTERGUBERNAMENTALES ESPECIALES

INTRODUCCIÓN

En virtud del párrafo 7 de los Estatutos de la Comisión del Codex Alimentarius y el Artículo X.1 b)33 de su Reglamento, la Comisión ha establecido un cierto número de Comités del Codex y grupos intergubernamentales especiales para preparar normas, de acuerdo con el Procedimiento para la elaboración de normas del Codex, así como Comités Coordinadores para ejercer funciones de coordinación general de su labor en determinadas regiones o grupos de países. El Reglamento de la Comisión se aplicará, mutatis mutandis, a los Comités del Codex y a los Comités Coordinadores y grupos intergubernamentales especiales. Las directrices para los comités del Codex expuestas en esta sección se aplicarán también a los grupos intergubernamentales especiales.

COMPOSICIÓN DE LOS COMITÉS DEL CODEX

MIEMBROS

Podrán ser Miembro de los Comités del Codex todos los Miembros de la Comisión que hayan notificado al Director General de la FAO o de la OMS su deseo de ser considerados Miembros de los mismos, o determinados Miembros designados por la Comisión. Podrán ser Miembros de los Comités Coordinadores Regionales únicamente los Miembros de la Comisión pertenecientes a la región o el grupo de países en cuestión.
OBSERVADORES.
Cualquier otro Miembro de la Comisión o cualquier Miembro o Miembro Asociado de la FAO o de la OMS que no sea Miembro de la Comisión, podrá participar en calidad de observador en cualquier Comité del Codex si ha notificado al Director General de la FAO o de la OMS tal deseo. Los países en cuestión podrán participar plenamente en las deliberaciones del Comité y disponer de las mismas oportunidades que los otros miembros de expresar su parecer (e incluso de presentar memorandos), pero sin tener derecho a votar ni a presentar mociones ni de fondo ni de procedimiento. Las organizaciones internacionales que mantienen relaciones oficiales con la FAO o con la OMS deberán ser invitadas también a asistir, en calidad de observadores, a las reuniones de los Comités del Codex que sean de su interés.
ORGANIZACIÓN Y RESPONSABILIDADES

PRESIDENCIA

La Comisión del Codex Alimentarius encomendará a un Estado Miembro de la Comisión que haya manifestado su disposición a aceptar las responsabilidades financieras y de otro tipo pertinentes, la responsabilidad de nombrar un presidente del Comité. El Estado Miembro en cuestión deberá nombrar el presidente del Comité de entre sus propios nacionales. Si, por cualquier razón, esta persona no pudiera ocuparse de la presidencia, el Estado Miembro en cuestión designará otra persona para desempeñar las funciones de presidente en tanto éste estuviera incapacitado para ello. Un Comité podrá nombrar en cualquier período de reunión uno o más relatores de entre los delegados presentes.

SECRETARÍA

Un Estado Miembro, al cual se le haya asignado un Comité del Codex, se hará cargo de proporcionar todos los servicios necesarios para la celebración de las reuniones, incluidos los de la Secretaría. La Secretaría deberá disponer de suficiente personal de apoyo administrativo que pueda trabajar con facilidad en los idiomas que se utilicen en la reunión y deberá disponer de equipos adecuados de tratamiento de textos y reproducción de documentos. Deberán proporcionarse servicios de interpretación, preferiblemente simultánea, de y a todos los idiomas empleados en la reunión y, cuando el informe de ésta haya de aprobarse en más de uno de los idiomas de trabajo del Comité, deberán facilitarse los servicios de un traductor. La Secretaría del Comité y la Secretaría Conjunta FAO/OMS del Codex se encargarán de preparar el proyecto de informe, en consulta con los relatores, si los hubiera.
FUNCIONES Y MANDATOS

Las funciones de un Comité del Codex serán las siguientes:
a) redactar una lista de prioridades, según se considere oportuno, entre los asuntos y productos comprendidos en su mandato,
b) examinar los tipos de elementos (o recomendaciones) relativos a la calidad y la inocuidad que habrán de regularse ya sea mediante normas de aplicación general o respecto de productos alimenticios específicos,
c) examinar los tipos de productos que habrán de ser regulados por las normas, es decir, si deben incluirse materiales que hayan de elaborarse ulteriormente para la producción de alimentos,
d) preparar proyectos de normas del Codex conforme a su mandato,
e) presentar un informe a la Comisión en cada período de sesiones de ésta sobre la marcha de sus trabajos y, cuando sea necesario, sobre cualquier dificultad ocasionada por su mandato, junto con propuestas de enmienda del mismo.
f) examinar y, según proceda, revisar periódicamente y con arreglo a un programa las normas y los textos afines vigentes, con objeto de que las normas y los textos afines que derivan de su mandato estén en consonancia con los conocimientos científicos del momento y otras informaciones pertinentes del momento.

REUNIONES

FECHA Y LUGAR

Los Directores Generales de la FAO y la OMS consultarán al Estado Miembro al que se haya atribuido un Comité del Codex, antes de determinar cuándo y dónde se celebrará la reunión de dicho Comité.

El Estado Miembro debería examinar qué disposiciones se podrían tomar para poder celebrar reuniones del Codex en los países en desarrollo.

INVITACIONES Y PROGRAMA PROVISIONAL

Las reuniones de los Comités del Codex y de los Comités Coordinadores serán convocadas por los Directores Generales de la FAO y de la OMS de común acuerdo con el Presidente del respectivo Comité del Codex. El Secretario de la Comisión del Codex Alimentarius, Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias, FAO, Roma, en consulta con el Presidente del Comité correspondiente, deberá preparar la carta de invitación y el programa provisional para que los Directores Generales los envíen a todos los Miembros y Miembros Asociados de la FAO y de la OMS, o, en el caso de los Comités Coordinadores, a los países de la región correspondiente o al grupo de países interesado, a los Puntos de Contacto del Codex y a las organizaciones internacionales interesadas de acuerdo con las listas oficiales de direcciones postales de la FAO y de la OMS. Antes de finalizar los proyectos, los presidentes deberán informar y consultar al punto de contacto del Codex nacional, donde exista uno establecido, y, si es necesario, obtener la aprobación de las autoridades nacionales competentes (Ministerio de Asuntos Exteriores, Ministerio de Agricultura, Ministerio Sanidad o el organismo de que se trate). La invitación y el programa provisional presentados por el Presidente serán traducidos y distribuidos por la FAO/OMS en los idiomas de trabajo de la Comisión, al menos cuatro meses antes de la fecha de la reunión.

Las invitaciones deberán comprender lo siguiente:

a) título del Comité del Codex,

Normalmente, se pedirá que las respuestas a las invitaciones se envíen para que estén en poder del Presidente lo antes posible y en todo caso no menos de 30 días antes de la reunión. Deberá también enviarse una copia al Secretario de la Comisión del Codex Alimentarius, Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias, Roma (Italia). Es de la máxima importancia que todos los gobiernos y organizaciones internacionales que tengan intención de participar contesten a las invitaciones para la fecha requerida. En la contestación se deberá especificar el número de copias y el idioma de los documentos que se necesitan.

El programa provisional deberá indicar la hora, fecha y lugar de la reunión y contener los temas siguientes:

a) aprobación del programa,

El trabajo del Comité y la duración de la reunión deberán organizarse de modo que se disponga de tiempo suficiente al final de la reunión para que pueda prepararse y aprobarse un informe de las deliberaciones del Comité.

ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJOS
Un Comité o Comité Coordinador del Codex puede asignar tareas específicas a países, grupos de países o a organizaciones internacionales representadas en las reuniones del Comité y puede pedir a Estados Miembros y organizaciones internacionales que formulen sus opiniones sobre cuestiones específicas.
Los Grupos Especiales de Trabajo que se creen para desempeñar tareas específicas deberán disolverse una vez que hayan realizado las tareas encomendadas por el Comité.
Un Comité o Comité Coordinador del Codex no puede establecer subcomités permanentes, estén o no abiertos a todos los Miembros de la Comisión, sin la aprobación específica de la Comisión.

PREPARACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE DOCUMENTOS

El Presidente del Comité en cuestión deberá enviar los documentos para una reunión por lo menos dos meses antes de que comience ésta a:
i) todos los Puntos de Contacto del Codex;
ii) los jefes de las delegaciones de los Estados Miembros, de los países observadores y de las organizaciones internacionales; y
iii) otros participantes, según las respuestas recibidas. Deberán enviarse veinte ejemplares de todos los documentos, en cada uno de los idiomas empleados en el Comité en cuestión, al Secretario de la Comisión del Codex Alimentarius, Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias, Roma (Italia).
Los documentos para una reunión preparados por los participantes deberán redactarse en uno de los idiomas de trabajo de la Comisión, que, de ser posible, deberá ser uno de los idiomas empleados en el Comité del Codex interesado. Estos documentos deberán enviarse al Presidente del Comité, con una copia Secretario de la Comisión del Codex Alimentarius, Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias, Roma (Italia), con tiempo suficiente para que puedan incluirse en la distribución de documentos para la reunión.
Los documentos distribuidos durante la reunión de un Comité del Codex, que no sean los proyectos de documentos preparados en la reunión y finalmente publicados en forma definitiva, deberán luego seguir la misma distribución que los otros documentos preparados para el Comité.
Los Puntos de Contacto del Codex se encargarán de asegurar que los documentos34 de trabajo lleguen a los interesados en su propio país y de que se adopten las medidas necesarias para la fecha señalada.
Se asignarán números de referencia consecutivos en series apropiadas a todos los documentos de los Comités del Codex. El número de referencia deberá figurar en el ángulo superior derecho de la primera página juntamente con una indicación del idioma en que se ha preparado el documento y la fecha de su preparación. Deberá indicarse claramente la procedencia (origen o país autor) del documento inmediatamente debajo del título. El texto del documento deberá dividirse en párrafos numerados. Al final de estas directrices figura una serie de signaturas para los documentos del Codex, que la Comisión del Codex Alimentarius ha adoptado para sus períodos de sesiones y los de sus órganos auxiliares.
Los Miembros de los Comités del Codex deberán comunicar al Presidente del Comité, por intermedio de sus Puntos de Contacto del Codex, el número de ejemplares de documentos normalmente requeridos.
Los documentos de trabajo de los Comités del Codex podrán distribuirse libremente a todos aquellos que colaboren con una delegación en la preparación de los asuntos del Comité; sin embargo, estos documentos no deberán publicarse. No obstante, no se hace objeción alguna a que se publiquen los informes de las reuniones de los Comités o los proyectos de normas terminados.

ALINORM 04/27/33

Apéndice VI

PROYECTO DE DIRECTRICES PARA LA CELEBRACIÓN DE REUNIONES DE LOS COMITÉS DEL CODEX Y GRUPOS INTERGUBERNAMENTALES ESPECIALES

INTRODUCCIÓN
En virtud del párrafo 7 de los Estatutos de la Comisión del Codex Alimentarius y el Artículo X.1 b)35 de su Reglamento, la Comisión ha establecido un cierto número de Comités del Codex y grupos intergubernamentales especiales para preparar normas, de acuerdo con el Procedimiento para la elaboración de normas del Codex, así como Comités Coordinadores para ejercer funciones de coordinación general de su labor en determinadas regiones o grupos de países. El Reglamento de la Comisión se aplicará, mutatis mutandis, a los Comités del Codex y a los Comités Coordinadores y grupos intergubernamentales especiales. Las directrices para la celebración de reuniones de los Comités del Codex expuestas en esta sección se aplicarán también a los Comités Coordinadores Regionales y los grupos intergubernamentales especiales.
DIRECCIÓN DE LAS REUNIONES
Las reuniones de los Comités o los Comités Coordinadores del Codex serán públicas, a menos que el Comité en cuestión decida otra cosa. El Gobierno responsable del Comité o del Comité Coordinador del Codex decidirá quién ha de inaugurar en su nombre, oficialmente, la reunión.
Las reuniones deberán realizarse de acuerdo con el Reglamento de la Comisión del Codex Alimentarius.
Solamente podrán hacer uso de la palabra los jefes de las delegaciones de los Estados Miembros, o de los países observadores o de las organizaciones internacionales, a menos que éstos autoricen a otros miembros de sus delegaciones a ejercer este derecho.
Los representantes de las Organizaciones regionales de integración económica remitirán al Presidente del Comité, antes de que comience la reunión, una declaración por escrito en la que se indicará cuál es el reparto de competencias entre su Organización respectiva y los Miembros pertenecientes a ella con respecto a cada uno de los temas del programa provisional, o subtemas, según convenga, en conformidad con la declaración de competencia que esas organizaciones deben efectuar en aplicación del Artículo II del Reglamento de la Comisión del Codex Alimentarius. Por lo que respecta a los ámbitos de competencia mixtos de esas Organizaciones y sus Miembros, en la declaración se debe señalar claramente qué parte tiene el derecho de voto.
Las delegaciones de los Miembros y las delegaciones de los países observadores que deseen hacer constar su oposición a una decisión del Comité, tienen derecho a hacerlo, independientemente de que la decisión se haya tomado o no por votación, solicitando que conste su opinión en el informe del Comité. Esta declaración no deberá limitarse al empleo de una simple frase como "La delegación de X se reservó su posición", sino que habrá de aclarar el alcance de la oposición de la delegación a una decisión particular del Comité y declarar si se opone simplemente a la decisión o si se desea disponer de una nueva oportunidad para examinar la cuestión.
INFORMES
Al preparar los informes, habrán de tenerse en cuenta los puntos siguientes:
a) las decisiones deberán formularse con toda claridad; las medidas tomadas con respecto a las declaraciones relativas a consecuencias económicas deberán consignarse por entero; todas las decisiones sobre proyectos de normas deberán ir acompañadas de una indicación del trámite del Procedimiento que han alcanzado las normas;
b) si han de adoptarse medidas antes de la siguiente reunión del Comité, deberá indicarse claramente la naturaleza de tal medida, quién ha de adoptarla y cuándo deberá haberse terminado la aplicación de dicha medida;
c) cuando las cuestiones necesiten ser examinadas por otros Comités del Codex, deberá indicarse claramente este requisito;
d) si el informe es de una cierta extensión, al final del mismo se resumirán los puntos sobre los cuales se ha llegado a un acuerdo y las medidas que han de adoptarse y, en todo caso, deberá incluirse al final del informe una sección en la que se resuma todo ello claramente,
- las normas examinadas en la reunión y los trámites que han alcanzado;
- las normas elaboradas en cualquier trámite del Procedimiento, cuyo examen se haya aplazado o quedado en suspenso, y los trámites que han alcanzado;
- las nuevas normas propuestas para examen. La fecha probable de su examen en el Trámite 2, y quién se ha de encargar de la redacción del primer proyecto.
Al informe se adjuntarán los siguientes apéndices:
a) la lista de participantes con la dirección postal completa,
b) los proyectos de normas con una indicación del trámite del Procedimiento que han alcanzado.
La Secretaría Conjunta FAO/OMS se ocupará de que, tan pronto como sea factible, y en todo caso no más tarde de un mes o después de terminada la reunión, se envíen copias del informe final aprobado a todos los participantes y a todos los Puntos de Contacto del Codex.

ELABORACIÓN DE NORMAS Y TEXTOS AFINES DEL CODEX

Todo Comité del Codex, al redactar normas y textos afines, deberá tener presente lo siguiente:
a) las pautas establecidas en los Principios Generales del Codex Alimentarius;
b) que todas las normas y textos afines vayan precedidos de un prefacio que contenga la siguiente información:
- descripción de la norma o texto afín,
- breve descripción del ámbito de aplicación y de los objetivos de la norma o texto afín,

c) que por lo que se refiere a normas o a cualquier texto afín para un producto que comprenda un cierto número de subclases, el Comité dará preferencia a la elaboración de una norma general o texto afín con disposiciones específicas, cuando proceda, para las subclases con requisitos diferentes.

ALINORM 04/27/33
Apéndice VII
PROYECTO DE DIRECTRICES PARA LOS PRESIDENTES DE LOS COMITÉS DEL CODEX Y GRUPOS INTERGUBERNAMENTALES ESPECIALES

INTRODUCCIÓN
En virtud del párrafo 7 de los Estatutos de la Comisión del Codex Alimentarius y el Artículo X.1 b)36 de su Reglamento, la Comisión ha establecido un cierto número de Comités del Codex y grupos intergubernamentales especiales para preparar normas, de acuerdo con el Procedimiento para la elaboración de normas del Codex, así como Comités Coordinadores para ejercer funciones de coordinación general de su labor en determinadas regiones o grupos de países. El Reglamento de la Comisión se aplicará, mutatis mutandis, a los Comités del Codex y a los Comités Coordinadores y grupos especiales intergubernamentales. Las directrices para los Presidentes de los Comités del Codex expuestas en esta sección se aplicarán también a los Presidentes de los Comités Coordinadores y los grupos intergubernamentales especiales.

NOMBRAMIENTO37

La Comisión del Codex Alimentarius encomendará a un Estado Miembro de la Comisión que haya manifestado su disposición a aceptar las responsabilidades financieras y de otro tipo pertinentes, la responsabilidad de nombrar un presidente del Comité. El Estado Miembro en cuestión deberá nombrar el presidente del Comité de entre sus propios nacionales. Si, por cualquier razón, esta persona no pudiera ocuparse de la presidencia, el Estado Miembro en cuestión designará otra persona para desempeñar las funciones de presidente en tanto éste estuviera incapacitado para ello.

DIRECCIÓN DE LAS REUNIONES

El Presidente invitará a los Miembros del Comité a que formulen observaciones acerca del programa provisional y, a la luz de tales observaciones, pedirá formalmente al Comité que apruebe el programa provisional o el programa modificado.
Las reuniones deberán realizarse de acuerdo con el Reglamento de la Comisión del Codex Alimentarius. Se llama particularmente la atención sobre el Artículo VII.7 que dice: "Las disposiciones del Artículo XII del Reglamento General de la FAO se aplicarán, mutatis mutandis, a todas las cuestiones que no estén específicamente reguladas por el Artículo VII del presente Reglamento".
El Artículo XII del Reglamento General de la FAO, del cual se enviará una copia a todos los presidentes de los Comités y Comités Coordinadores del Codex, da instrucciones completas sobre el procedimiento que ha de seguirse respecto de las votaciones, cuestiones de orden, aplazamiento y suspensión de las reuniones, aplazamiento y clausura de los debates sobre una cuestión particular, nuevo estudio de un asunto sobre el cual se ha tomado ya una decisión y orden en que deben tratarse las enmiendas.
Los presidentes de los Comités del Codex deberán asegurarse de que se examinen todas las cuestiones por completo, en particular las declaraciones relativas a posibles consecuencias económicas de las normas examinadas en los trámites 4 y 7.
Los presidentes deberán también asegurarse de que los comités examinen todas las observaciones por escrito enviadas a su debido tiempo por los miembros y observadores que no estén presentes en la reunión. Todos los puntos que los comités tengan que examinar se presentarán con claridad. Normalmente, el modo mejor de hacerlo es indicar cuál es el punto de vista que parece aceptable en general y preguntar a los delegados si oponen alguna objeción a que se apruebe.
Para evaluar la situación, los Presidentes recurrirán a las declaraciones formuladas por los representantes de las Organizaciones regionales de integración económica con respecto a las competencias respectivas de esas Organizaciones y de sus Miembros.
CONSENSO38
Los presidentes deberán intentar siempre llegar a un acuerdo por consenso y no deberán pedir al Comité que se proceda a votación si puede llegarse a un consenso sobre la decisión del Comité.
El Procedimiento para la elaboración de normas del Codex y textos afines permite que las cuestiones en discusión se debatan a fondo y sean objeto de un intercambio de pareceres detallado, a fin de garantizar la transparencia del proceso y llegar a compromisos que faciliten el consenso.
A los Presidentes les incumbe una responsabilidad considerable en el logro del consenso.
Cuando adopten medidas para hacer progresar los trabajos de un Comité, los Presidentes tendrán que tomar en cuenta:

b) la necesidad de lograr un consenso entre los miembros sobre el contenido y la justificación de los proyectos de normas;

Los Presidentes deberán también tener presente la aplicación de las siguientes medidas para facilitar el logro del consenso durante la elaboración de las normas en el seno de los Comités:

b) garantizar que las cuestiones se discuten a fondo en la reuniones de los Comités interesados;
c) organizar reuniones informales de las partes interesadas cuando surjan desacuerdos, a condición de que los Comités interesados definan claramente los objetivos de esas reuniones y de que se admita que todas las delegaciones y observadores participen en ellas para preservar la transparencia;

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1 CX/GP 03/19/2

2 CX/GP 03/19/3, CRD 1 (observaciones de Malasia), CRD 2 (observaciones de Filipinas), CRD 3 (observaciones de Consumers International), CRD 4 (observaciones de Indonesia)

3 En la sección, se hace referencia a la numeración del Reglamento en el documento de trabajo y en la 12ª edición del Manual de Procedimiento seguido de la numeración actualizada en la 13ª edición del Manual de Procedimiento (entre paréntesis)

4 CX GP 03/19/3 – Add. 1, CRD 2 (observaciones de Filipinas), CRD 3 (observaciones de Consumers International), CRD 4 (observaciones de Indonesia).

5 Este tema del programa fue examinado conjuntamente con el tema 5 del programa.

6 En la 12ª edición del Manual de Procedimiento (Artículo VIII.5 en la 13ª edición).

7 CX/GP 03/19/3-Add.2, CDR 1 (observaciones de Malasia), CDR 2 (observaciones de Filipinas), CDR 3 (observaciones de Consumers International) y CDR 4 (observaciones de Indonesia).

8 ALINORM 03/41, párr. 161

9 CX/GP 03/19/4, CRD1 (observaciones de Malasia), CRD3 (observaciones de Consumers International), CRD4 (observaciones de Indonesia).

10 CX/GP 03/19/4 – Add. 1, CDR 1 (observaciones de Malasia), CDR 3 (observaciones de Consumers International), CDR 4 (observaciones de Indonesia) y CDR 5 (observaciones del Canadá).

11 CX/GP 03/19/5, CDR 3 (observaciones de Consumers International), CDR 4 (observaciones de Indonesia).

12 Este tema del programa se examinó conjuntamente con el Tema 3b) del programa

13 Tal como figura en la 12ª edición del Manual de Procedimiento (Artículo VIII.5 de la 13ª edición).

14 Principios sobre la participación de las organizaciones no gubernamentales internacionales en los trabajos de la Comisión del Codex Alimentarius (párr. 2 de la Sección 6).

15 CX/GP 03/19/6, CX/GP 03/19/6 – Add. 1, CDR 3 (observaciones de Consumers International), CDR 4 (observaciones de Indonesia) y CDR 6 (observaciones del Canadá)

16 ALINORM 03/41, párrafos 178-179.

17 Manual de Procedimiento, 13ª edición.

18 CX/GP 03/19/7 y CDR 3 (observaciones de Consumers International).

19 ALINORM 03/41, párrafos 167, 178 y 179.

20 CRD 6 (observaciones del Canadá).

21 13ª edición del Manual de Procedimiento

22 El Comité celebrará su 20ª reunión (ordinaria) en mayo de 2004 y su 21ª reunión (extraordinaria) en noviembre de 2004

23 Se hace referencia a la 13a edición del Manual de procedimiento

24 Artículo X.1 b) i) en la 13a edición del Manual de procedimiento. Los cambios en la numeración resultan de la presentación de la sección sobre coordinadores en un Artículo IV distinto.

25 Artículo IV en la 13a edición del Manual de procedimiento

26 Artículo XII.1 en la 13a edición del Manual de procedimiento

27 Artículo XII en la 13a edición del Manual de procedimiento

28 Artículo X.1 (a) y X.1(b) en la 13a edición del Manual de procedimiento

29 Artículo VIII en la 13a edición del Manual de procedimiento

30 Sin perjuicio de los resultados del examen crítico efectuado por el Comité ejecutivo y de la decisión que pueda tomar la Comisión en el Trámite 5, la Secretaría podrá remitir el anteproyecto de norma a los gobiernos para que formulen sus observaciones antes del examen del mismo en el Trámite 5, cuando a juicio del órgano auxiliar u otro órgano competente, el tiempo que medie entre el período de sesiones pertinente de la Comisión y la reunión subsiguiente del órgano auxiliar u otro órgano interesado requiera la adopción de tal medida para poder adelantar los trabajos.

31 Entre las consideraciones pertinentes podrían incluirse las siguientes, sin limitarse necesariamente a ellas: asuntos relativos a nuevos datos científicos; nueva(s) tecnología(s); problemas urgentes relacionados con el comercio o la salud pública; y revisión o actualización de normas vigentes.

32 13a edición del Manual de procedimiento

33 13a edición del Manual de procedimiento

34 Véase Sistema Uniforme de referencias del Codex Alimentarius – Pág. 86 del Manual de Procedimiento.

35 13a edición del Manual de procedimiento

36 13a edición del Manual de procedimiento

37 Si el CCGP aprueba el Proyecto de criterios para la elección de los Presidentes, el nuevo texto se podría incorporar a esta sección.

38 Se hace referencia a las Medidas para facilitar el consenso (decisión de la Comisión del Codex Alimentarius (2003)), 13a edición del Manual de procedimiento.

39 Eso no impedirá que se pongan entre corchetes partes del texto en los primeros trámites de elaboración de una norma cuando exista un consenso sobre la mayor parte del texto