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UNA NUEVA ORGANIZACIÓN INTERGUBERNAMENTAL EN EL SECTOR PESQUERO: INFOFISH

Este artículo se refiere al INFOFISH, un nuevo organismo intergubernamental de ámbito regional para Asia y el Pacífico establecido en virtud de una Convención adoptada en la Conferencia convocada por la FAO en Kuala Lumpur en 1985, que entró en vigor en marzo de 1987. El autor describe las fases en las que los proyectos ejecutados por la FAO dieron lugar a la creación de un organismo intergubernamental autónomo. Al finalizar los objetivos y funciones del INFOFISH el autor señala que, si bien a primera vista parecen tener carácter tradicional, se van a cumplir en una forma que en cierta medida es innovadora. Así, se prevé que los servicios del INFOFISH en lo tocante a la promoción del comercio y la difusión de información sobre los mercados a los Estados Miembros, la industria y los particulares, se prestarán en gran parte mediante el pago del costo correspondiente. INFOFISH es primordialmente una organización de servicios que se financia por sí misma, y, en su calidad de entidad gubernamental, desempeña muchas funciones análogas a las de un consultor en materia de comercialización.

El autor examina después la estructura orgánica, los procedimientos de votación y la financiación de INFOFISH. Por lo que se refiere a las disposiciones que rigen su composición, el autor llega a la conclusión de que el organismo es primordialmente un instrumento de cooperación técnica y económica regional entre países en desarrollo, aunque se reconoce el papel que les corresponde a las naciones desarrolladas de la región y no se excluye la posibilidad de que también sean miembros del mismo los países ajenos a ella.

Con respecto a la condición jurídica de INFOFISH, el autor considera que el carácter de sus funciones no afecta su personalidad jurídica internacional y que solamente se plantean cuestiones generales de derecho internacional en lo concerniente a la inmunidad de procedimiento judicial del organismo. A este respecto el autor plantea la cuestión de si habrá una tendencia hacia el desempeño por las "organizaciones intergubernamentales de servicios" de sus funciones como una transacción comercial y de si ello reforzará la tendencia ya existente en unos pocos países a distinguir entre los actos realizados jure imperii y jure gestionis en el contexto de la inmunidad de procedimiento judicial de un organismo.


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