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3. Enfoque precautorio para la ordenación de la pesca

3.1 Introducción

19. La ordenación basada en el enfoque precautorio ejerce una cauta previsión a fin de evitar situaciones inaceptables o perjudiciales, teniendo en cuenta que los cambios en los sistemas pesqueros son sólo lentamente reversibles, difíciles de controlar, insuficientemente comprendidos y expuestos a los cambios en nuestra escala de valores.

20. Un elemento importante del enfoque precautorio es establecer marcos jurídicos o sociales de ordenación para todas las pesquerías, requisito que no se da en la actualidad. Como mínimo, dichos marcos deben establecer normas que controlen el acceso a las pesquerías (por ejemplo, todas las embarcaciones deben estar provistas de licencia), requisitos de presentación de datos y procesos para la planificación y ejecución de una ordenación pesquera más completa. Los planes de ordenación institucionalizan una previsión prudente en la que se tienen en cuenta las posibles consecuencias de la ordenación de la pesca y los acontecimientos que repercuten en ella. La formulación de planes globales de ordenación puede requerir largo tiempo. Por esta razón, el marco jurídico o social de ordenación debe incluir medidas provisionales que salvaguarden los recursos hasta la adopción de dichos planes.

21. El planteamiento precautorio tiene debidamente en cuenta los efectos a largo plazo en la especificación de los objetivos de ordenación y en el establecimiento de marcos, procedimientos y medidas de ordenación. Las consecuencias de la ordenación y desarrollo de la pesca se evalúan para reducir la posibilidad de cambios que no sean potencialmente reversibles en dos o tres decenios. Los procesos para determinar los cambios y repercusiones aceptables se utilizan en apoyo del enfoque precautorio. En consecuencia, éste permite vincular estrechamente la ordenación de la pesca con la ordenación del medio ambiente en general.

22. La ordenación precautoria supone la consideración explícita de los resultados desfavorables y potencialmente desfavorables y establece planes para situaciones imprevistas o para evitar o mitigar esos resultados. Entre las consecuencias negativas o inaceptables cabe señalar la sobreexplotación de los recursos, el desarrollo excesivo de la capacidad de captura, la pérdida de biodiversidad, grandes trastornos físicos de los biotopos vulnerables o las perturbaciones sociales o económicas. Pueden crearse situaciones desfavorables cuando una pesquería sufre efectos perjudiciales de otras pesquerías u otras actividades y cuando la ordenación no llega a adoptar medidas frente a los cambios en las condiciones externas que determinan, por ejemplo, la productividad de las poblaciones ícticas.

23. Las interpretaciones operacionales de la ordenación precautoria dependen del contexto. Las diferencias de interpretación pueden ser aconsejables cuando así lo requiere la escala de las operaciones de pesca (artesanal o en pequeña escala frente a fuertemente capitalizada y tecnológicamente avanzada) o la situación del sistema explotado (fases iniciales frente a sistemas en estado de evidente sobreexplotación).

24. El enfoque precautorio se incluye en todas las fases del proceso de ordenación. Por ello, la precaución deberá ser característica común de las diferentes fases de la ordenación, desde la planificación hasta la ejecución, aplicación y seguimiento o reevaluación. Estos problemas se tratan en los siguientes párrafos, teniendo en cuenta las diferentes fases de un proceso de ordenación.

3.2 Planificación de la ordenación

25. Un enfoque precautorio para la ordenación de una pesquería supone la inclusión explícita, en las estrategias y planes de ordenación, de las medidas precautorias que se adoptarán para evitar determinados resultados negativos. Como una de las causas más frecuentes de resultados negativos es el excesivo desarrollo de la capacidad de captura, un plan de ordenación deberá incluir mecanismos que permitan supervisar y controlar esa capacidad. Debe señalarse también cómo se tendrán en cuenta, al formular y modificar las medidas de ordenación, las situaciones de incertidumbre e ignorancia. Cualquiera que sea la pesquería, deberán prepararse o revisarse planes que permitan incorporar elementos precautorios. Los planes, aun cuando no se consideren necesarios elementos precautorios adicionales, deberán revisarse en conformidad con el proceso esbozado más adelante. Cuando haya varias pesquerías, los planes deberán formular también enfoques precautorios relativos al efecto global de las mismas sobre el entorno marino. Los planes deberán proponerse plazos de al menos dos o tres decenios, o todavía más largos si se trata de especies longevas.

26. Para conseguir una aceptación amplia, todas las fases de la planificación deberán hacerse en consulta con la industria pesquera, los grupos defensores del medio ambiente y otras partes interesadas. Los planes relativos a las pesquerías deberán coordinarse con los de ordenación integral de las zonas costeras. A fin de identificar un plan de ordenación que goce de aceptación general, lo más indicado es considerar una amplia gama de alternativas, todas ellas formuladas y evaluadas teniendo en cuenta los componentes que se indican a continuación. La gama de alternativas puede diferir en su enfoque básico, o en los detalles. Por ejemplo, se puede comparar un planteamiento general basado en el total de capturas permisibles (TCP) con otro basado principalmente en el control del esfuerzo. Las divergencias de detalle podrían referirse, por ejemplo, a las diferencias entre las normas de decisión sobre el TCP.

Especificar los objetivos de ordenación

27. El primer paso es identificar los objetivos globales de ordenación deseados. Estos deben tener presente tanto la forma en que se van a conseguir los beneficios de la pesquería como los posibles resultados negativos que se deben evitar. Entre los objetivos generales figuran los intereses a largo plazo y la prevención de cambios irreversibles o lentamente reversibles. Por lo general, las capturas deben ser lo más abundantes que sea posible, siempre que la probabilidad de agotamiento de las poblaciones no supere un nivel aceptablemente bajo y que las capturas se puedan mantener en forma razonablemente constante.

28. Los objetivos generales podrán adoptarse como punto de partida para fijar los objetivos más específicos de una pesquería determinada. Para que se pueda hablar de un enfoque precautorio, habrá de concederse prioridad al restablecimiento de las poblaciones ya sobreexplotadas y a la prevención de la sobrepesca y de una capacidad excesiva de captura. Entre los objetivos deberá figurar también la limitación de los impactos ambientales de la pesca, situándolos en niveles aceptables. Algunos ejemplos son la limitación o eliminación de las capturas accidentales y de la mortalidad de las especies de acompañamiento así como la contención de los posibles efectos de algunos tipos de artes de pesca en las comunidades ícticas que viven en aguas profundas.

Especificación de los objetivos y restricciones operacionales

29. Los objetivos señalan los resultados deseados de la pesquería. Pueden expresarse, por ejemplo, en forma de un determinado nivel de mortalidad de peces o de abundancia media en relación con la que se daría en estado natural. En algunos casos, es probable que estos objetivos coincidan con los especificados para la ordenación de las pesquerías, independientemente de si se adoptó o no un enfoque precautorio. En otros casos, es posible que el enfoque precautorio obligue a modificar algunos de los objetivos, por ejemplo, estableciendo un objetivo de mortalidad íctica inferior a ERMS.

30. Las restricciones operacionales definen de forma explícita los resultados negativos que se deben evitar. Por ejemplo, para evitar el riesgo de disminución del reclutamiento, podría establecerse una biomasa mínima de desovadores, una escala de edades o una zona geográfica de distribución para fijar límites seguros dentro de los cuales deba mantenerse una población con un alto grado de probabilidad. Quizá deban establecerse límites específicos relativos a los efectos sobre el ecosistema, las capturas incidentales y otros efectos secundarios de la pesquería.

31. Los objetivos y restricciones operacionales deberán expresarse en forma cuantificable, como objetivos de referencia y límites de referencia (véanse los documentos de la FAO). Las posibilidades de cuantificación varían de acuerdo con las diferentes especies y pesquerías, lo que deberá tenerse en cuenta al expresar los objetivos y restricciones operacionales. La especificación de éstos no puede hacerse sin tener también en cuenta los tipos de datos y métodos que se pueden utilizar para evaluar la situación de las poblaciones. En todos los casos deberá prestarse atención a la mayor o menor rapidez con que se están alcanzado los objetivos para no llegar nunca demasiado lejos e infringir las restricciones establecidas.

Especificación del procedimiento utilizado para aplicar y adaptar las medidas de ordenación

32. Un plan de ordenación debe indicar qué medidas de ordenación se van a aplicar, y las circunstancias en que se modificará. Ello debe suponer la formulación de normas de decisión, en las que se especifique por adelantado qué medida se va a adoptar cuando se observen desviaciones previamente especificadas con respecto a los objetivos y restricciones operacionales. En esa especificación se deberán incluir las necesidades mínimas de información en relación con los diferentes métodos de evaluación que se utilizarán para la toma de decisiones.

33. Las medidas de ordenación precautoria indicadas más adelante en el apartado “Ejemplos de medidas precautorias” podrían forman parte del plan. Para que sean precautorias, se necesitan normas de decisión que permitan reaccionar en un plazo mínimo ante acontecimientos inesperados o imprevisibles. Al formular el plan deberán tenerse en cuenta todos los acontecimientos fortuitos previsibles. Por ejemplo, los planes deberán contener medidas explícitas de reducción del esfuerzo que se aplicarán cuando se observe un descenso imprevisto y pronunciado del reclutamiento.

34. Es muy conveniente que el procedimiento introduzca pequeños ajustes periódicos en las medidas de ordenación con el fin de mantener niveles aceptablemente bajos de probabilidad de infracción de las restricciones. No siempre es posible conseguir simultáneamente un objetivo (resultado deseado) de la pesquería y respetar las restricciones establecidas para impedir resultados no deseables. Un objetivo concreto de mortalidad íctica -por ejemplo ERMS- puede reducir la biomasa de desovadores hasta un punto próximo al nivel en que debería haber una restricción precautoria destinada a evitar la probabilidad de descenso del reclutamiento. Si, por ejemplo, la restricción consiste en mantener, con alto nivel de probabilidad, una biomasa de desovadores superior al 30 por ciento del nivel natural, un objetivo ERMS que redujera la biomasa de desovadores al 35 por ciento del nivel natural podría tener una probabilidad demasiado elevada de infringir la limitación. La ordenación precautoria debe adaptar los objetivos para hacer que estén en consonancia con las restricciones.

Evaluación prospectiva

35. Un enfoque precautorio requiere una evaluación sobre la viabilidad y fiabilidad de las posibilidades de ordenación. Un plan de ordenación no se debe aceptar mientras no se haya demostrado la obtención de resultados eficaces. La evaluación se puede utilizar para determinar si los datos y métodos de evaluación disponibles para la ordenación bastan para conseguir los objetivos. La evaluación deberá tratar de determinar si el plan de ordenación es capaz de afrontar situaciones de incertidumbre estadística y de conocimiento incompleto sobre factores como la identidad y abundancia de las poblaciones, la dinámica de éstas y los efectos de la variabilidad y tendencias ambientales. Al mismo tiempo, las evaluaciones deberán considerar el dinamismo del sector pesquero y la capacidad de los administradores de cambiar el volumen de las capturas.

36. En las pesquerías económicamente valiosas, y en los casos en que se disponga de abundante personal científico especializado, normalmente serán cuantiosos los beneficios derivados de la utilización de técnicas avanzadas de evaluación, como los modelos de simulación. Estos análisis revelan con frecuencia qué fuentes de incertidumbre son fundamentales para conseguir simultáneamente resultados satisfactorios para los distintos objetivos. La evaluación deberá también tener en cuenta la posibilidad práctica de adoptar las distintas medidas de ordenación incluidas en el plan y garantizar su cumplimiento.

37. En las pesquerías artesanales y en pequeña escala, los análisis de ordenación basados en complejas técnicas de cálculo no son ni posibles ni eficaces en función de los costos. En tales casos, no se basarán, probablemente, en análisis cuantitativos sino más bien en la posibilidad de garantizar que las medidas precautorias sean aceptadas y observadas por la comunidad pesquera. Un ejemplo sería el cierre de determinadas zonas a la pesca con el fin de proteger una proporción suficiente de las poblaciones. Otro sería el establecimiento de un sistema de ordenación de la pesca de base comunitaria. De esa manera, la autoridad de ordenación de la pesca se delegaría a los usuarios de los recursos y de esa manera se podría reducir el costo de la ordenación y de la aplicación de las medidas. Otros ejemplos de sencillas medidas precautorias aplicables a esas pesquerías pueden verse más adelante en la sección “Ejemplos de medidas precautorias”.

38. Si se comprueba que las posibilidades de ordenación no responden a los requisitos de un enfoque precautorio, podrán modificarse y, luego, revisarse uno o varios de los siguientes aspectos hasta que se considere que el sistema de ordenación es satisfactorio. Entre esos aspectos cabe citar los siguientes:

a. modificación de los objetivos y restricciones operacionales;

b. reformulación del procedimiento adoptado para aplicar las medidas de ordenación;

c. ulterior investigación para reducir las incertidumbres críticas o

d. consideración de métodos más eficaces de evaluación y seguimiento.

3.3 Ejecución, seguimiento y aplicación

39. La aplicación del plan de ordenación supone la aplicación de todas las normas de decisión previstas. Ello supone la interpretación práctica de los objetivos y procedimientos y la aplicación de instrucciones detalladas relativas al cumplimiento, supervisión de la pesquería y tácticas de aplicación. Entre los elementos de la fase de aplicación figuran los siguientes: evaluación de poblaciones, establecimiento de normas, evaluaciones económicas y comunicación de las decisiones y de su justificación a la opinión pública y al sector pesquero. Estos suelen entender y apoyar más fácilmente las medidas sobre las que se les ha consultado, por lo que es importante la participación pública en la fase de ejecución. El examen de las evaluaciones de poblaciones realizado por homólogos y un proceso transparente ayudan a evitar los errores, factor fundamental para una aplicación eficaz de las medidas previstas. La comprobación independiente de los procedimientos de seguimiento deberá ser también característica habitual del sistema de ordenación. Habrá que estudiar además de forma específica el efecto de las medidas sobre el cumplimiento.

40. El seguimiento supone la recopilación de todas las informaciones necesarias para garantizar que el plan se ejecute y consiga los resultados deseados. En particular, se necesitan datos para comprobar si se están infringiendo las normas precautorias. Un enfoque precautorio del seguimiento utilizará numerosas y diversas fuentes de información, incluidos los datos ambientales y socioeconómicos.

41. El seguimiento precautorio de la pesca deberá tratar de detectar y observar diversos efectos secundarios, por ejemplo, cambios ambientales, degradación del hábitat de las poblaciones ícticas y efectos sobre aves, mamíferos, etc. Esta función de seguimiento podría utilizar información de los participantes en actividades de pesca, poblaciones indígenas y otros grupos públicos, y disponer de procedimientos adecuados para elaborar y analizar esa información.

42. En un sistema precautorio de ordenación, deberán adoptarse normas para casos de emergencia a fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos y restricciones operacionales cuando se produzcan graves adversidades con poca probabilidad. Deberán establecerse también mecanismos para revisar los objetivos y restricciones cuando surjan acontecimientos imprevistos.

43. Un sistema precautorio de aplicación y de sanciones para casos de incumplimiento deberá tener la flexibilidad necesaria para impulsar intervenciones mediante la redistribución de los recursos de seguimiento y aplicación. Por ejemplo, los primeros síntomas de capturas incidentales deberán suscitar una amplia toma de muestras en las zonas problemáticas de acuerdo con un procedimiento previamente convenido o una mayor actividad de vigilancia de la pesquería. En caso de situaciones de emergencia, debería ser posible modificar rápidamente los reglamentos.

3.4 Revisión de los sistemas de ordenación

44. El nivel de precaución en el sistema de ordenación debe revisarse periódicamente. La revisión debe abarcar los siguientes aspectos: 1) el grado de precaución de las metas, objetivos y restricciones operacionales en relación con los cambios observados en la pesquería y en el medio ambiente, 2) el uso de información científica y de otra índole en el proceso de ordenación, 3) la aplicabilidad de los planes de reserva para situaciones imprevistas y 4) la comprobación de todos los procedimientos en el sistema de ordenación pesquera. Deberán efectuarse revisiones especiales en el momento en que se observe que la pesquería infringe inadvertidamente los límites de referencia establecidos en el plan.

3.5 Directrices para la aplicación

45. Son varias las medidas precautorias que las organizaciones de ordenación de la pesca deberán tomar a fin de evitar resultados no deseables o inaceptables en la ordenación de las pesquerías. Algunas de ellas son válidas para todos los tipos de pesca, mientras que otras sólo serán de utilidad en situaciones específicas, como en una pesquería sobreexplotada. Como ilustración, se enumeran a continuación algunas medidas que podrían adoptarse en cuatro tipos diferentes de pesquerías: 1) nuevas o en desarrollo, 2) sobreexplotadas, 3) plenamente utilizadas y 4) tradicionales o artesanales.

46. Las medidas enumeradas podrían incluirse en los planes globales de pesca, pero podrían también utilizarse provisionalmente como base para medidas precautorias inmediatas. Un ejemplo de medida provisional en el caso de las nuevas pesquerías sería la fijación de un tope máximo para el esfuerzo de pesca. En las pesquerías sobreutilizadas una medida provisional podría ser la rápida reducción de la mortalidad debida a la pesca. Una vez que se hayan evaluado varios de los planes de ordenación propuestos, utilizando los métodos examinados más arriba, el plan aprobado puede sustituir a la medida provisional.

Pesquerías nuevas o en desarrollo

47. Algunas de las medidas precautorias enumeradas a continuación en relación con las pesquerías o todavía en desarrollo son también válidas para las pesquerías totalmente aprovechadas, sobreexplotadas o artesanales, como se señalará más adelante. La mayor parte de estas recomendaciones son también válidas para las pesquerías actuales que no han sido todavía objeto de ordenación:

a. controlar siempre el acceso a la pesquería y hacerlo pronto, antes de que aparezcan los problemas. Una pesquería de acceso libre no es precautoria;

b. establecer inmediatamente un máximo (nivel predeterminado) tanto para la capacidad de pesca como para el total de la tasa de mortalidad debida a la pesca. Para ello se podría limitar bien el esfuerzo o bien el total de capturas permisibles. Además, deberá hacerse lo posible por evitar inversiones excesivas en el sector de la elaboración. Estos topes establecidos como medio de conservación deberán mantenerse en vigor mientras los análisis de los datos no justifiquen un aumento del esfuerzo de pesca o de la mortalidad. El objetivo es evitar que el crecimiento de la capacidad pesquera de las flotas supere la posibilidad del organismo de ordenación de comprender los efectos del esfuerzo de pesca realizado;

c. insistir en la flexibilidad, de manera que sea posible reducir gradualmente el número de embarcaciones de la flota, si fuera necesario. Para evitar nuevas inversiones en capacidad de pesca, se pueden conceder licencias temporales a embarcaciones de otras pesquerías;

d. para limitar los riesgos para los recursos y el medio ambiente, se pueden vedar algunas zonas, ya que esta medida se puede aplicar con relativa rapidez y es fácil de imponer. Estas vedas ofrecen refugio a las poblaciones ícticas, protegen el hábitat y permiten establecer comparaciones con las zonas explotadas;

e. establecer límites de referencia biológicos previos (por ejemplo, biomasa de reproductores inferior al 50 por ciento de la biomasa inicial) en la fase de planificación, como se describe más arriba;

f. fomentar la pesca en forma responsable para garantizar la persistencia a largo plazo de una población productiva u otras partes del ecosistema. Por ejemplo, favorecer los acuerdos voluntarios sobre la práctica de las actividades pesqueras mediante iniciativas de ordenación conjunta o comunitaria o alguna forma de titularidad de los derechos de pesca;

g. alentar el desarrollo de pesquerías que sean económicamente viables, sin subvenciones a largo plazo;

h. establecer un sistema de recopilación de datos y de información sobre las nuevas pesquerías desde los primeros momentos de su ordenación;

i. iniciar inmediatamente un programa de investigación sobre las poblaciones y pesquerías, en el que se tenga también en cuenta la respuesta de las distintas embarcaciones a los reglamentos. Al expedir una licencia de pesca, se podría exigir a la embarcación que presentara información detallada sobre algunos aspectos económicos y biológicos, y

j. aprovechar todas las oportunidades que se ofrezcan de establecer situaciones experimentales para generar información sobre los recursos. Ello podría hacerse, por ejemplo, contraponiendo distintas estrategias de captura para las diversas subpoblaciones.

Pesquerías sobreexplotadas

48. La mayor parte de las recomendaciones anteriores son también válidas para las poblaciones ícticas que están ya sobreexplotadas, pero en tal caso convendría adoptar algunas medidas precautorias especiales. Son las siguientes:

a. limitar inmediatamente el acceso a la pesquería y fijar un tope al posible aumento de la capacidad de pesca y de la tasa de mortalidad;

b. establecer un plan de recuperación de las poblaciones durante un período determinado de tiempo y con un grado de certeza razonable. Para ello, deberán tenerse en cuenta varios de los componentes que se indican a continuación;

c. reducir las tasas de mortalidad por pesca durante el tiempo suficiente para que se pueda recuperar la población de desovadores. Si es posible, adoptar de inmediato medidas a corto plazo teniendo en cuenta las pruebas disponibles, aunque sean sólo circunstanciales, sobre la eficacia de una medida concreta. En algunos casos, esto se puede conseguir vedando por completo la pesca en algunas zonas;

d. cuando la clase anual es abundante, debe darse prioridad a la utilización de reclutas para recuperar la población, en vez de aumentar la captura permisible;

e. reducir la capacidad de pesca para evitar que se produzca de nuevo la sobreexplotación. Para ello, eliminar la capacidad excesiva de la pesquería y suprimir las subvenciones o incentivos fiscales al mantenimiento de esa capacidad. En caso necesario, elaborar mecanismos que permitan eliminar parte del esfuerzo de pesca;

f. otra posibilidad es autorizar a las embarcaciones a trasladarse de una pesquería sobreexplotada a otra, siempre que la presión ejercida por este desplazamiento no ponga en peligro la pesquería a la que se destinan ahora las embarcaciones;

g. no utilizar medios de propagación artificial en sustitución de las medidas precautorias antes mencionadas;

h. en el plan de ordenación, establecer puntos de referencia biológicos para definir la recuperación, utilizando criterios que permitan cuantificar la situación de las poblaciones, como la biomasa de reproductores, la distribución espacial, la estructura por edades o el reclutamiento, y,

i. cuando así lo permitan las especies, supervisar estrechamente la productividad y la superficie total del hábitat necesario para disponer de otro indicador sobre la conveniencia de adoptar medidas de ordenación.

Pesquerías plenamente aprovechadas

49. Se trata de pesquerías que están fuertemente explotadas pero no hata el extremo de la sobreexplotación. Los organismos reguladores deben observar en particular los indicios que puedan revelar que una población comienza a estar sobreexplotada. Aunque algunas de las medidas precautorias antes señaladas pueden aplicarse también en este caso, conviene tener en cuenta algunas medidas adicionales:

a. comprobar que se dispone de los medios necesarios para mantener eficazmente la mortalidad y la capacidad de pesca en el nivel actual;

b. son muchas las “señales de alerta” que revelan que una población comienza a estar sobreexplotada (por ejemplo, si la estructura por edades de los desovadores empieza a mostrar una proporción excepcionalmente elevada de ejemplares jóvenes, o se reduce la distribución espacial de la población o la composición por especies de las capturas). Ante estas señales de alerta deberán emprenderse investigaciones basados en procedimientos previamente especificados, al mismo tiempo que se adoptan medidas provisionales de ordenación, como se indica más adelante;

c. cuando estén a punto de alcanzarse los límites de referencia o precautorios, deberán adoptarse inmediatamente medidas previamente especificadas para evitar que se rebasen (en otras palabras, para decidir lo que se debe hacer no se puede esperar hasta el momento en que sea inminente la transgresión de algunos de los límites fijados);

d. si se superan los límites de referencia, deberán adoptarse inmediatamente planes de recuperación de las poblaciones. En tal caso, deberán aplicarse las recomendaciones sobre poblaciones sobreexplotadas, descritas más arriba;

e. para que no se reduzca excesivamente la capacidad reproductiva de una población, evitar la captura de ejemplares inmaduros, a no ser que exista una fuerte protección de la población de desovadores. Por ejemplo, si los peces inmaduros pasan de un porcentaje determinado de las capturas, se puede vedar todo tipo de pesca en la zona.

Pesquerías tradicionales o artesanales

50. Se trata de pesquerías con bajo nivel tecnológico, en las que interviene gran número de pequeñas embarcaciones, muchas veces en ausencia de un organismo central de ordenación. También en este caso pueden aplicarse muchas de las recomendaciones anteriores. Las siguientes medidas precautorias pueden ser también de utilidad en la pesca deportiva:

a. vedar la pesca en algunas zonas a fin de obtener los beneficios descritos más arriba en la letra d) de la sección “Pesquerías nuevas o en desarrollo”. Evitar también que en las zonas abiertas el esfuerzo de pesca alcance niveles excesivos;

b. delegar algunas de las decisiones, especialmente las relativas a las zonas vedadas y restricciones de entrada, a las comunidades o cooperativas locales;

c. evitar que la presión ejercida por otros segmentos de la pesquería (por ejemplo, de carácter industrial) agote los recursos hasta el punto de que sea necesario adoptar una enérgica medida correctora;

d. investigar los factores que influyen en el comportamiento de quienes realizan las capturas, a fin de formular planteamientos que puedan controlar la intensidad de la pesca. Por ejemplo, una manera de reducir la presión sobre los recursos es aumentar los ingresos de las distintas personas interesadas en las capturas.


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