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Empresas estatales de comercio agrícola y países en desarrollo: algunas cuestiones en el contexto de las negociaciones de la OMC[50]


El objetivo del presente documento es examinar la función que los países en desarrollo pueden desear mantener para las empresas comerciales del Estado (ECE) en la agricultura. En las actuales negociaciones sobre la agricultura algunos miembros de la OMC recomiendan firmemente la aplicación de ulteriores limitaciones a las ECE que podrían ser perjudiciales para los intereses de los países en desarrollo, en los que este tipo de empresas cumplen una función mucho mayor -tal vez más justificadamente - que en los países desarrollados. En el documento se examina la forma en que la OMC define y reglamenta el comercio estatal y se estudian los problemas que se advierten en relación con las ECE y que pueden tratarse en las negociaciones sobre la agricultura. Se consideran, asimismo, las funciones efectivas y eventuales de las ECE en los países en desarrollo y se explica el motivo de que se permita que los países en desarrollo mantengan la posibilidad de utilizarlas.

1. Las empresas estatales de comercio agrícola en el contexto de la OMC

Cerca del 75 por ciento de las ECE notificadas a la OMC de conformidad con el Artículo XVII del GATT están relacionadas con la agricultura. El predominio de las ECE en la agricultura "tiene su origen en la convicción de que el comercio estatal es un medio adecuado a través del cual los gobiernos pueden alcanzar los objetivos de las políticas en materia de agricultura" (OMC 1995, párrafo 5). La mayoría de las ECE que cumplen una función importante en los mercados mundiales y prácticamente todas las empresas orientadas hacia la exportación se encuentran en los países desarrollados. A pesar de la tendencia hacia la privatización de los últimos años, las ECE siguen siendo una importante entidad económica en los países en desarrollo, si bien sólo pocas son suficientemente grandes como para poder influir en los mercados internacionales.

Principios del GATT con respecto a las ECE

En el Entendimiento de la Ronda Uruguay relativo a la interpretación del Artículo XVII del GATT las ECE se definen de la siguiente manera:

"Empresas gubernamentales y no gubernamentales, incluidas las entidades de comercialización, a las que se hayan concedido derechos o privilegios exclusivos o especiales, en el ejercicio de los cuales influyan por medio de sus compras o ventas sobre el nivel o la dirección de las importaciones o las exportaciones."

En el Artículo se establece que las ECE deben actuar de conformidad con los principios generales de no discriminación prescritos en el Acuerdo, y en el párrafo 1 b) se especifica que las compras o ventas que entrañen importaciones o exportaciones se deben efectuar "ateniéndose exclusivamente a consideraciones de carácter comercial - tales como precio, calidad, disponibilidad, comerciabilidad, transporte y demás condiciones de compra o de venta- y la obligación de ofrecer a las empresas de las demás partes contratantes las facilidades necesarias para que puedan participar en esas ventas o compras en condiciones de libre competencia ...". Se establece una excepción para las ECE que tienen un monopolio de importación y que están sujetas a la Lista de Concesiones de los países en virtud del Artículo II del GATT. De igual modo, las ECE exportadoras que sirven para estabilizar los precios internos de productos primarios están exentas de derechos compensatorios en virtud del Artículo VI del GATT. La mayor parte de las ECE que se ocupan de agricultura reúnen las condiciones de una de estas excepciones, o de ambas.

Tipos de ECE agrícolas

Las juntas oficiales de comercialización, llamadas también organismos oficiales de comercialización o juntas de control, son la forma más común de ECE en el sector de la agricultura. Estos organismos pueden tener cualesquiera, o todos, los objetivos siguientes: estabilización de los precios internos, regulación del mercado, y control y promoción de las exportaciones. Suelen ser monopolios controlados por los productores y sancionados por los gobiernos, con derecho exclusivo para realizar una amplia serie de intervenciones en el mercado, tales como la reglamentación y la adquisición de la producción nacional, la fijación de los precios al consumidor y al productor, el control de la distribución interna, y la dirección del comercio exterior. En general controlan el movimiento, la fijación de los precios, las normas de calidad, y la comercialización de los productos agrícolas que abarcan. Por regla general, otros tipo de ECE tienen objetivos menos amplios y efectúan pocas intervenciones en el mercado. Los monopolios fiscales, por ejemplo, se ocupan sobre todo de controlar la producción, la comercialización y la distribución de los productos que tienen consecuencias a nivel de impuestos o de salud pública, como la sal, el tabaco y el alcohol. Los organismos de canalización tienen derechos de monopolio para importar o exportar productos específicos, con el objetivo de estabilizar los precios internos o los suministros nacionales, o de limitar las divisas.

2. Las ECE en el contexto de las negociaciones sobre la agricultura de la OMC

En el ámbito de las negociaciones sobre la agricultura, las principales cuestiones relacionadas con las ECE se refieren a la posibilidad de que las disciplinas y la transparencia alcanzadas en el Acuerdo sobre la Agricultura se vean menoscabadas. Las preocupaciones de que más se habla con respecto a las ECE exportadoras provienen de empresas y gobiernos de países que están compitiendo en mercados de exportación de productos básicos y que piensan que las actividades de comercio de Estado se usan para eludir compromisos en materia de subvenciones a la exportación. Las preocupaciones expresadas en relación con las ECE importadoras provienen sobre todo de exportadores que creen que pueden ser utilizadas para eludir compromisos en materia de acceso a los mercados, especialmente en la administración de contingentes arancelarios. Una cuestión fundamental es saber si las actividades de las ECE en los países en desarrollo tienen que tener necesariamente efectos de distorsión del comercio.

El grado de distorsión del comercio que puede causar una ECE depende, entre otras cosas, de: i) el grado de poder en el mercado que pueda ejercer; ii) su distancia reglamentaria o institucional respecto del gobierno; iii) y su orientación comercial. Esta tipología se utiliza para estudiar algunas de las cuestiones que pueden ponerse de relieve en las negociaciones actuales.

Poder en el mercado

Control de monopolio

El poder en el mercado se refiere a la capacidad de una entidad económica de ejercer un control de monopolio o de monopsonio en un mercado, ya sea éste interno o internacional. Como se ha dicho anteriormente, casi todas las ECE monopolios de exportación se encuentran en los países desarrollados, y la mayor parte de las ECE monopolios de importación, que son suficientemente grandes para tener efectos en los mercados internacionales, también están en esos países. En cambio, en los países en desarrollo el volumen de transacciones de las ECE es generalmente pequeño en comparación con el mercado mundial y, por tanto, es poco probable que puedan influir en los precios mundiales o en la relación de intercambio de los productos agrícolas. Es posible que puedan dar lugar a distorsiones internas pero, en general, son demasiado pequeñas para influir en el nivel de los precios mundiales.

Régimen de políticas

El régimen de políticas dentro del cual una ECE actúa refleja, en cierta medida, el grado de poder de mercado que está en condiciones de ejercer. Una ECE importadora no controla los precios ni las cantidades del mercado interno pero puede recurrir a otros instrumentos de política para reglamentarlo. Al respecto, el instrumento de política que la OMC prefiere son los derechos arancelarios en lugar de los controles cuantitativos, teniendo en cuenta que causan menos efectos de distorsión y son más fáciles de reglamentar.

Gama de productos

La gama de productos que una ECE tiene a su cargo es un factor importante del grado de control que puede ejercer en el mercado. Cuando el control de la empresa no se limita a un solo producto, sino que abarca también los sucedáneos de dicho producto, sus posibilidades de distorsión del mercado son mayores debido a las oportunidades de diferenciación de los productos. También existen posibilidades similares en lo que respecta a la manipulación del mercado si el control se extiende a las materias primas y a los productos de la elaboración. Debe reconocerse, asimismo, que la integración vertical y horizontal son una característica común de las empresas privadas que puede deberse a razones comerciales bien fundadas o a la presión de la competencia.

Entorno del mercado

En lo que se refiere a la conveniencia del comercio de Estado, otro factor fundamental es el entorno del mercado en que una ECE se desenvuelve. La mayoría de los estudios sobre las ECE parten del principio de que en otros aspectos los mercados internacionales de productos básicos son perfectamente competitivos. En realidad, la mayor parte de los mercados de productos básicos se caracterizan por la presencia de grandes empresas que negocian con muchos países y productos, en diversas actividades verticalmente integradas. Así pues, puede sostenerse que las ECE que operan en un mercado competitivamente imperfecto pueden justificarse, por razones económicas, como medio de contrarrestar el poder de monopolio de los agentes comerciales existentes. Para determinar si una determinada ECE es anticompetitiva deben hacerse investigaciones empíricas para estudiar cada caso por separado[51].

Distancia del gobierno

En el debate sobre la propiedad y la gestión, se ha sostenido que cuanto más independiente sea una ECE frente al gobierno mayores serán las posibilidades de que esté sujeta a criterios comerciales y menores las posibilidades de distorsión del comercio. Como es obvio, en este campo hay un gran abanico de situaciones, desde ECE que son directamente de propiedad de un órgano del Estado y están dirigidas por éste, y otras que son de propiedad privada y que trabajan por contrato con el gobierno, a través del cual reciben privilegios comerciales. En la publicación de la OCDE (2000) se afirma que en la mayoría de los casos los efectos de distorsión del comercio se originan a nivel de los precios interiores y de la elección de los instrumentos de política de los gobiernos, y no en las ECE por sí mismas. De manera que una ECE puede considerarse como un instrumento de política de un gobierno y no necesariamente como un motivo de distorsión. Esto indica que las medidas para asegurar que las actividades de la ECE se ajusten a los criterios comerciales podrían limitar sus posibilidades de distorsión del comercio.

Orientación del comercio

El hecho de que una ECE se ocupe de importar o de exportar productos influye en la medida en que pueda distorsionar el comercio. Algunos países sostienen que las disposiciones vigentes de la OMC sobre las importaciones de las ECE son más estrictas que las relativas a las exportaciones, y que este desequilibrio debería corregirse.

ECE exportadoras

En los que se refiere a las ECE exportadoras, el interés gira en torno a las ventajas competitivas que pueden obtener por conducto de sus derechos y privilegios especiales y por su posición oficial. Pueden estar en condiciones de conceder subvenciones cruzadas a las ventas de exportación con el producto de las rentas de monopolio y también pueden usar el establecimiento de precios internos comunes para facilitar la fijación de precios arbitrarios en los mercados mundiales. Asimismo, pueden tener: una mayor seguridad respecto de las fuentes de suministros como resultado de su mandato legal y, por tanto, mayores posibilidades de concertar acuerdos discriminatorios de largo plazo con los países importadores; mayores posibilidades de fijación abusiva de precios en consideración de su acceso a subvenciones estatales de corto plazo; y la posibilidad de beneficiarse de tasas de interés discriminatorias y de otras subvenciones estatales. Dado que las subvenciones a la exportación ya están limitadas por el Acuerdo sobre la Agricultura, las actividades de las ECE orientadas a la exportación no pueden dar lugar a una distorsión significativa del comercio internacional pero, sin embargo, la falta de transparencia en las actividades podría permitir eludir las disciplinas sobre las subvenciones a la exportación.

ECE importadoras

Respecto de las ECE importadoras, el interés se centra en el grado en que proceden a la distorsión o limitación del acceso a los mercados. La condición de monopolio de algunas ECE puede hacer más difícil verificar si las importaciones están determinadas por la demanda del mercado o por políticas o limitaciones a nivel gubernamental y, por consiguiente, puede haber discriminación, por ejemplo, en lo que atañe a la asignación de contingentes arancelarios, o el control de las calidades y de las normas. Cuando una misma empresa puede influir, interna e internacionalmente, en los precios y el volumen de las transacciones comerciales, las posibilidades de que se encubran los costos y ganancias reales de sus actividades son muy grandes y, por tanto, también lo son las posibilidades de disimular el grado de distorsión del mercado. Las reformas que han reducido el poder de monopolio de las ECE importadoras y aumentado la transparencia de sus operaciones podrían servir para superar estos problemas.

3. La función de las ECE en los países en desarrollo

En los países en desarrollo, los objetivos y las actividades de las ECE van mucho más allá del control del comercio exterior y abarcan problemas de mayor envergadura, como el desarrollo rural y la seguridad alimentaria. A menudo tratan de compensar la considerable incidencia de la ineficacia del mercado en estas economías. El escaso desarrollo de las infraestructuras físicas y de información, y la falta - especialmente en ciertas partes del África Subsahariana- de una clase comerciante local han dado un mayor impulso a las actividades del comercio de Estado. Tradicionalmente, para estos objetivos se recurría a un organismo de intervención que procedía a las compras y ventas necesarias, y de ese modo las entidades de comercialización de los países en desarrollo se han visto involucradas en el suministro de servicios de comercialización, gestión de riesgos e insumos de producción, como créditos y fertilizantes, ya que todos estos elementos pueden ser suministrados en forma inadecuada por el sector privado. Las razones que los países en desarrollo comunican en las notificaciones a la OMC para la utilización de las ECE pueden resumirse en los siguientes conceptos:

Reducción de la pobreza

Entre los problemas más comunes relacionados con la reducción de la pobreza figuran la seguridad alimentaria y el desarrollo rural, sobre todo mediante el aumento del nivel y de la estabilidad de los ingresos agrícolas. Las actividades dirigidas a la reducción de la pobreza comprenden la estabilización de los precios al productor y la reglamentación de los suministros de alimentos a los consumidores de las zonas urbanas para asegurar suministros adecuados y precios asequibles. En la notificación de Namibia, por ejemplo, se declara que "los organismos de control se establecieron ... con el fin de fomentar la producción interna para contribuir a la seguridad alimentaria y al empleo de las familias". El sostenimiento de un precio mínimo puede ser una importante red de seguridad para los ingresos rurales, lo mismo que un incentivo para extender los suministros internos de alimentos. En los países importadores de alimentos, las medidas de control en frontera son un mecanismo común para reglamentar los suministros y proteger a los productores nacionales.

Eficiencia operativa

La eficacia se puede mejorar racionalizando las operaciones comerciales, especialmente en lo que respecta al comercio exterior, cuando el comercio del sector privado nacional se caracteriza por la ineficacia del mercado. En lo que se refiere a la mejora de la eficacia relacionada con los costos de escala e institucionales, la ECE pueden ser un medio de aunar los esfuerzos de los posibles exportadores e importadores con el fin de que el comercio de exportación y de importación de productos básicos se lleve a cabo de manera más eficaz, con una reducción de los costos de funcionamiento y de manipulación. En la notificación de Trinidad y Tabago se hace hincapié en que los principales puntos fuertes de la National Flour Mill son: un trabajo de gestión competente e innovativo mediante el empleo de personal calificado especial; competencia en la gestión y elaboración de cereales, junto con un grupo con conocimientos especializados en sectores específicos; y una planta y equipos avanzados situados en un lugar estratégico.

Consideraciones de carácter estratégico

Comprenden cuestiones de salud pública, la gestión de los recursos naturales, y el acceso y control de los recursos destinados a inversiones. Abarcan tanto la manipulación de las relaciones de intercambio como el acceso directo a fondos mediante la imposición directa de impuestos a las importaciones y a las exportaciones.

Experiencias de la reforma de las ECE

En el África Subsahariana, los efectos de las políticas de ajuste estructural durante los últimos dos decenios han consistido generalmente en una reducción considerable de la intervención en el mercado y en su reglamentación. En América Latina, por regla general, las reformas económicas se han llevado a cabo antes y han sido de mayor alcance, basándose más en el deseo de llegar a una mayor apertura en el comercio multilateral que en las consecuencias de las crisis económicas internas. En Asia, la medida en que se ha tratado avanzar hacia la privatización y la liberalización en el último decenio ha variado considerablemente. En general, más que en el abandono del principio de intervención del Estado en los mercados de productos básicos, ha habido progresos hacia una mayor apertura y hacia la supresión de los poderes de monopolio. De modo que si bien es cierto que en los países en desarrollo ha habido una tendencia a la disminución del control del Estado y a una mayor transparencia, en muchos casos las ECE siguen cumpliendo un papel importante.

Se ha sostenido que la disminución de la importancia de las ECE en África, como resultado de los programas de ajuste estructural, ha tenido consecuencias negativas en la disponibilidad de insumos agrícolas, especialmente el crédito, cuando los intermediarios privados no han intervenido asumiendo la función de proveedores[52]. Por otro lado, aun suponiendo que así haya sido, sobre todo en Asia, su participación ha dado lugar a una disminución de los márgenes y ha permitido aumentar las ganancias de los productores. Este hecho ha sido demostrado en algunos estudios monográficos dedicados a casos de desarrollo agrícola que han tenido éxito, en que se ha determinado que la transmisión de precios era más alta cuando no había organismos de comercialización[53].

Los ejemplos de reformas de las ECE en los países en desarrollo (véase el recuadro) muestran claramente que mientras que con la supresión de la intervención del Estado en la distribución y comercialización de los productos agrícolas básicos el rendimiento del sector puede mejorar en algunas circunstancias, reducir el alcance de las ECE puede no ser siempre apropiado, sobre todo cuando hay problemas que impiden una participación mayor del sector privado. Así pues, una cuestión importante para los países en desarrollo es saber si las ECE son o no el instrumento más adecuado para alcanzar los objetivos oficiales. Aunque se trata de un argumento que deberá seguirse examinando, las decisiones han de corresponder a los gobiernos nacionales, menos en caso de posibles conflictos con las obligaciones multilaterales o regionales. Puede sostenerse, asimismo, que los beneficios de las actividades de las ECE que favorecen a los países en desarrollo, pueden justificar por sí mismos un cierto grado de distorsión del comercio como una cuestión de trato especial y diferenciado.

4. El futuro de la ECE en los países en desarrollo: Conclusiones

Las preocupaciones en relación con las ECE en las negociaciones de la OMC sobre la agricultura se refieren básicamente a la posibilidad que puedan tener de menoscabar las disciplinas del Acuerdo sobre la Agricultura en materia de subvenciones a la exportación y acceso al mercado y de disminuir la transparencia de los sistemas de comercialización. La capacidad de este tipo de empresas para distorsionar el comercio depende fundamentalmente del poder de mercado que pueda ejercer, de sus relaciones con el gobierno, y del entorno del mercado en que se desenvuelve. En los apartados anteriores se ha subrayado diversos puntos en apoyo de la tesis de que los países en desarrollo deberían seguir teniendo el derecho de realizar transacciones de comercio de Estado:

Podría discutirse si el comercio de Estado es el mecanismo adecuado que un país en desarrollo deba usar para alcanzar sus objetivos en el sector agrícola. Los estudios señalan diversas situaciones en que el comercio de Estado ha sido beneficioso, aunque claramente no siempre ha sido así. En efecto, en algunos países la menor participación del Estado en el comercio agrícola interno ha mejorado el rendimiento del sector de la agricultura. Pero sería inapropiado aplicar el mismo criterio a todos los casos, o al contexto internacional, en que las posibilidades de desarrollo del sector privado en pequeña escala pueden ser mucho menores. Dado que el debate sobre los beneficios del comercio de Estado sigue abierto, se debería dejar a los países en desarrollo la posibilidad de decidir al respecto, especialmente cuando no haya distorsiones significativas del comercio. Por estas razones, es de desear que los reglamentos de la OMC sigan permitiendo a los países en desarrollo la posibilidad de recurrir a las ECE.

Recuadro 1. Ejemplos de reformas de ECE en los países en desarrollo

Indonesia: Badan Urusan Logistik (Bulog) tiene el doble objetivo de estabilizar los precios internos de diversos alimentos básicos, en particular del arroz, a niveles que sean asequibles para los consumidores y al mismo tiempo adecuados para estimular la producción. Bulog tenía antes el control monopolístico del comercio internacional del arroz, pero nunca controló más del 10 por ciento del mercado interno. Dado que se ha convertido en un exportador ocasional y que sigue ocupándose de estabilizar los precios del mercado interno, ya no es el único importador y/o exportador de arroz, azúcar, trigo y harina de trigo, soja y ajos y, por consiguiente, ya no goza de privilegios exclusivos o especiales conforme a lo establecido en el Artículo XVII del GATT de 1994.

India: La función de estabilización de los precios internos y de control del comercio exterior de la Food Corporation de la India ha disminuido considerablemente en lo que refiere a la mayoría de los cereales (excluido el maíz para piensos). No es un comprador monopolístico en el mercado nacional, pero tiene el control monopolístico de las importaciones de cereales con el fin de lograr una economía de escala en las operaciones comerciales y asegurar suministros adecuados de alimentos. Los comerciantes privados pueden actuar en los mercados exteriores bajo licencia.

Etiopía: El margen de manipulación del mercado ha disminuido considerablemente y ha habido un importante cambio hacia una apertura mayor, pero el Estado conserva una función de comercialización en el mercado nacional y de estabilización de los precios, en competencia con el sector privado. Mantiene, asimismo, una reserva estratégica de cereales y es un canal para los excedentes de las exportaciones de cereales que se están constituyendo nuevamente.

República Unida de Tanzanía: La principal ECE que se ocupa de cereales, la National Milling Corporation, se reformó desde finales del decenio de 1980. En la actualidad, las actividades de la NMC se limitan a la molienda de cereales, aunque ya no tiene el monopolio de este sector, y se ha programado su privatización. La reserva estratégica de cereales está ahora a cargo de la Dependencia de Seguridad Alimentaria del Ministerio de Agricultura. El Gobierno no tiene mandato alguno para intervenir en la estabilización de los precios, aunque compra en las regiones más desfavorecidas, donde es menor la actividad de los comerciantes particulares. Las importaciones y las exportaciones están en manos de comerciantes del sector privado.

Malawi: El Estado mantiene solamente una función de reglamentación del comercio exterior, aunque antes tenía el control monopolístico de todas las actividades comerciales relacionadas tanto con el maíz como con los fertilizantes. En el decenio pasado, en un momento difícil de transición, sus atribuciones paraestatales se redujeron considerablemente, limitándose a la gestión de la reserva estratégica de cereales y a la función de "comprador de última instancia" en el caso del maíz, función que irá disminuyendo a medida que aumente la comercialización del sector privado.

Túnez: El Organismo de Comercialización de Cereales tiene el monopolio de las importaciones de trigo y cebada. Además, compra trigo en los mercados locales a precios establecidos por el Gobierno, y vende a los consumidores a precios subvencionados. En ciertas circunstancias, los comerciantes particulares pueden importar cereales por cuenta del Organismo de Comercialización de Cereales, en cuyo caso los precios de importación se establecen mediante negociaciones comerciales. El valor de reventa de los cereales importados es igual al de los cereales de producción local.

Malí: A la política de intervención del Gobierno, por conducto de la empresa paraestatal Compagnie Malienne pour le Développement des Textiles (CMDT) se ha atribuido el rápido desarrollo del sector algodonero. La CMDT controla la producción del algodón y tiene a su cargo todo el suministro de insumos, incluidos las semillas, los fertilizantes, los plaguicidas y los servicios de extensión. Las características de este organismo paraestatal que han contribuido a este éxito han sido dos: i) se beneficia de la participación minoritaria de una agrupación de empresas textiles francesas que ha intervenido en las operaciones de investigación, producción y comercialización, y que constituye un mercado estable, y ii) desde 1988 ha actuado como una organización comercial del sector privado, en el marco de un acuerdo con el Gobierno basado en el rendimiento. Dicho acuerdo comprende: cuotas de producción y de comercialización con el fin de aumentar al máximo la capacidad de utilización de las plantas de elaboración de la CMDT; incentivos a través de los precios a nivel de las explotaciones para alcanzar las cuotas previstas; y controles de los costos de organización, que incluyen prórrogas al período vegetativo e intereses sobre los créditos a la producción. Lo cual también ayuda al Gobierno en sus esfuerzos por estabilizar el sector frente a la inestabilidad del mercado mundial.

Referencias

Dorward, A. y Morrison, J.A. 2000. The agricultural development experience of the past 30 years: lessons for LDCs. Documento preparado para la FAO.

Kydd, J., Dorward, A. y Poulton, C. 2000. The baby and the bathwater: agricultural parastatals revisited. (mimeografía). Imperial College, University of London.

OCDE, 2000. State trading in agricultural markets: a conceptual framework. COM/AGR/APM/TD/WP(2000)17.

Paddock, B. 1998. State trading and international trade negotiations. Trade Research Series. Economic and Policy Analysis Directorate. Agriculture and Agri-Food Canada.

Veeman, M., Fulton, M. y Larue, B. 1999. International trade in agricultural and food products: the role of state trading enterprises. Economic and Policy Analysis Directorate. Agriculture and Agri-Food Canada.

OMC, 1995. Operations of state trading enterprises as they relate to international trade. Documento a cargo del Secretariado, 26 de Octubre, G/STR/2.

Young, L. 1999. Prevalence and reform of state trading importers in world grain markets. Research Discussion Paper No. 32. Montana State University.

Notificaciones para el Grupo de Trabajo de la OMC sobre las Empresas Comerciales del Estado:

India: 15 de enero 1996?
Indonesia: 26 de junio 1995; 11 de julio 1997, 16 noviembre 1998
Namibia: 28 de febreso 1997, 5 de juliot 1999
Trinidad y Tabago: 17 de noviembre 1998
Tunez: 15 de junio 1997


[50] Basado en un documento preparado por R. Pearce y J.A. Morrison para la Dirección de Productos Básicos y Comercio de la FAO.
[51] OCDE (2000).
[52] Por ejemplo, Kydd, et al (2000).
[53] Dorward y Morrison (2000) han estudiado, a nivel de países y de subsectores, casos de desarrollos agrícolas que han tenido éxito en los últimos tres decenios.

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