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POLÍTICA FORESTAL EN VENEZUELA MANEJO BOSQUE

Br. Medardo Correa 1


INTRODUCCIÓN

Explotación de los bosques en la época colonial: Aunque no existe mucha información acerca de cual era el estado de los bosques antes de que los españoles llegaran a Venezuela, se supone que la mayor parte del territorio estaba cubierto por bosques y, que los aborígenes se encontraban ubicados en su gran mayoría hacia las zonas altas o secas, donde las condiciones climáticas y la agresividad de la vegetación tropical les afectaba menos. Por lo que se sabe, eran poblaciones pequeñas que no infringieron serios daños a la cubierta forestal.

Durante la época de la colonia hubo cierto desarrollo de la agricultura y la ganadería en el país. Debido a que no se posee información acerca de la explotación y el comercio exterior de productos forestales, se supone que la mayor parte de la producción local se destinó al consumo interno, ya que los países europeos contaban todavía con buena parte de sus bosques, para proveer sus propias necesidades. Desde entonces, la superficie boscosa del país fue disminuyendo, como consecuencia de las actividades agropecuarias. (Luna Lugo)

Según Veillon (1975), durante la guerra de independencia había menor proporción de bosques en los llanos Occidentales, donde está localizada la reserva de Caparo, que a comienzos del presente siglo. Debido a los levantamientos, luchas internas y al paludismo, la población disminuyó o se alejó de la región, permitiendo la recuperación espontánea de la vegetación en el lugar.

Venezuela cuenta con una superficie forestal calculada en aproximadamente 49,37 millones de hectáreas que ocupan un 54,2% de la superficie total del país de las cuales han sido decretada 11 áreas bajo la figura de Reservas Forestales, 8 áreas como Lotes Boscosos y 39 Áreas Boscosas Bajo Protección, todas destinadas a la producción permanente, totalizando una superficie de aproximadamente 16.300.000 ha.

El potencial forestal nacional no solo esta representado por el Bosque Natural productor, sino también por las plantaciones forestales que poseen grandes perspectivas para la protección ambiental y producción de bienes y servicios, identificándose una superficie aproximada de 9,3 millones de ha de tierras con potencialidad para el establecimiento de plantaciones forestales con fines múltiples que adelantan los organismos públicos y privados, que en la actualidad cubren un área aproximada de 736,000 ha, de bosques plantados de las cuales un 80% han sido establecidas por el sector oficial y el restante por iniciativas del sector privado.

Los Planes de Manejo Forestal son instrumentos que orientan las actividades del aprovechamiento del bosque, a partir de la incorporación de lineamientos fundamentales para la administración, ordenación , extracción y reposición de la masa boscosa con la finalidad de alcanzar la sustentabilidad del recurso bosque.

El proyecto persigue mejorar la calidad, cobertura y acceso a la información forestal relevante para el país con el objeto de incentivar el manejo forestal . De igual manera, desarrollara un análisis estratégico del sector forestal, que identifique las condiciones emergentes del mercado, los desarrollos tecnológicos y la tendencias y perspectivas, que podrían motivar revisiones de la política forestal de los país.

Promover el establecimiento de sistemas agroforestales a fin de incorporar el componente forestal en las actividades agrícolas y contribuir de esta manera a la diversificación económica, a través del aprovechamientos integral y la generación de bienes y servicios diversos los cuales contribuirían al desarrollo y social en áreas rurales.

Incentivar el proceso de transformación industrial del sector forestal al aprovechamiento integral primario, a los fines de incrementar la productividad favoreciendo la diversificación de los productos provenientes del bosque natural y plantado.

POLÍTICA FORESTAL

La política de conservación del Recurso Forestal de Venezuela se sustenta en los lineamientos estratégicos de la política ambiental, establecidos en la Nueva Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela (Artículos 127, 128,129 ), en donde la atención del Estado estará dirigida a la defensa y conservación de los recursos naturales dirigiendo el aprovechamiento principalmente al beneficio colectivo de los Venezolanos. Igualmente, el Plan Nacional de Ordenación del Territorio, rige tales aspectos en función de principios tales aspectos en función de principios tales como: la ordenación y conservación de los ecosistemas de bosque, el reconocimiento de los múltiples usos y funciones del bosque, la valoración de los mismos como parte importante de la economía nacional, la necesidad de emprender actividades racionales para mantener y aumentar la cubierta forestal mediante la reforestación repoblación en tierras improductivas, deforestadas y degradadas, la generación de empleo y bienestar social, la harmonización de la demanda nacional y extrema con la oferta del recurso.

Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales (MARN), es el órgano rector de la política forestal en Venezuela y esta encargado de la supervisión de la implementación de los planes de manejo que se desarrollen en las áreas boscosas del país.

ASPECTOS JURÍDICOS

Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio, define (Articulo 15) teóricamente las áreas sometidas a un régimen especial de manejo conforme a las leyes especiales.

Ley Orgánica del Ambiente, (articulo 3, ordinal 3 y articulo 15, 16).

Ley Orgánica Administración Central, (articulo 36, ordinal 11), referida a la creación, protección, conservación y mejoramiento de ABRAE, teniendo como objetivo el beneficio del equilibrio ecológico y del bienestar colectivo.

Ley Forestal de Suelos y de Aguas: vigente desde 1966 declara de utilidad publica el recurso forestal y de interés nacional el manejo racional de los mismos, la conservación, fomento y utilización racional de los bosques y de los suelos, la introducción de especies forestales no nativas, la repoblación forestal y la realización del inventario forestal no nativas, la repoblación forestal y la realización del inventario forestal nacional. Su Reglamento establece las normas para el aprovechamiento del recurso forestal quedando sujeto a las medidas de carácter técnico que establezca MARN, para racionalizar el aprovechamiento, fomentar la riqueza forestal del país, proteger las aguas y la fauna y conservar los suelos tanto en tierras de dominio publico como el privado. Igualmente establece las penas y sanciones por infracciones a la Ley Forestal de Suelos y de Aguas.

PROTECCIÓN FORESTAL:

Donde incluyen

Terreno Dominio Publico y Privado: Movilización de Productos Forestales, de la Utilización de los Suelos; de las Aguas; Disposiciones Fiscales y de las Penas, Comisión y Remates de productos forestales.

Administrativo a largo plazo en parte por el ciclo de corta determinado por el mismo plan de manejo ( 30 a 40 años ) para el aprovechamiento de productos forestales del área objeto del plan.

Decreto 1659 (publicada en Gaceta Oficial de la Republica de Venezuela N_ 34.808 del 27/09/91 ), el cual establece las normas para la repoblación forestal donde se ejecuten el aprovechamiento de productos forestales en terrenos de propiedad publica o privada y en los de dominio de la nación.

Reglamento de Guardería Ambiental ( Decreto 1221 del 2/11/90, Gaceta Oficial de la Republica de Venezuela N_ 34678 del 19/03/91 ), establece las normas para la organización, funcionamiento, atribuciones y coordinaciones de los organismos y funcionarios para la prevención, vigilancia, control, fiscalización, sanción y represión de las acciones d y de los recursos naturales.

Ley Penales del Ambiente y sus Normas Técnicas ( 3/01/92, Gaceta Oficial de Republica de Venezuela N_ 4358 ), la cual tiene por objeto "tipificar como delitos aquellos hechos las disposiciones relativas a la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente y establece las sanciones penales correspondientes" además de incluir en sus normas técnicas los decretos desde el 2.210 al 2.227, estudios de impacto ambiental, administración de actividades forestales en ABRAE forestales, control y uso de sustancias agotadoras de la capa de ozono, explotación y extracción de minerales, regulaciones para las actividades capaces de provocar cambios de flujo, obstrucción de cauces y sedimentación regulación para la introducción y propagación de especies exóticas de flora y fauna silvestres y acuáticas, control de la contaminación atmósfera técnicas conservacionistas para controlar la actividad pesquera.

Decreto 2226 del 23/04/92 que establece las Normas Ambientales para la Apertura de Picas y Construcción de Vías de Acceso.

Los requisitos legales para la conservación de suelos y aguas ( forestales), se enmarcan en la Ley Forestal de Suelos y de Aguas como en el decreto 2.214 que establece las normas para la administración de Actividades en Reservas Forestales, Lotes Boscosos, Áreas Boscosas bajo Protección y Áreas Boscosas en Terrenos de Propiedad Privada destinadas a la Producción Forestal Permanente, en este se establecen que para las zonas protectoras que por estar adyacentes a un curso de agua, estas solo se podrán incorporar al manejo forestal siempre y cuando se utilicen técnicas conservacionistas adecuadas que garanticen la sustentabilidad del recurso.

Además, se norman en las ABRAE forestales las actividades permitidas, las cuales deben ser compatibles con los fines de creación de las mismas, sujetas a las normas que establecen los Planes de Ordenación y Manejo Forestal. Las actividades restringidas (Turístico-Recreacional, Industrial forestal), se caracterizan por ejecutarse siempre y cuando no interfieran en el desarrollo de los Planes de Ordenación y Manejo Forestal y las prohibidas (uso agrícola, pecuario y urbanístico), cuando resulten incompatibles y solo pueden permitirse con vía de la excepción.

En cuanto a los requisitos legales para la protección de los bosques contra plagas y enfermedades e incendios, en ABRAE forestales en donde existen concesiones forestales, el Plan de Ordenación y Manejo Forestal que las norma contiene un Programa de Protección Forestal que establece las estrategias y requisitos que debe cumplir el concesionario para el control de plagas y enfermedades y para la prevención combate y extinción de incendios forestales.

Fuera de las ABRAE forestales, el estudio técnico solicitado por el órgano administrador, generalmente contiene exigencias que están contenidas en la Ley Forestal de Suelos y de Aguas y su Reglamento.

Igualmente otras normas técnicas y legales establecidas en Contratos Administrativos, Planes de Ordenación y Manejo Forestal, Planes Anuales, normativas legales establecidas en ¡a Ley Orgánica del Ambiente, Ley Forestal de Suelos y de Aguas y su Reglamento, Ley de Protección a la Fauna Silvestre, Instructivos vigentes, Resoluciones y otras que dictare el Ejecutivo Nacional.

Actividad Forestal en Venezuela.

Permisos Anuales

La actividad forestal en Venezuela se realiza mediante dos modalidades, en áreas bajo régimen ordinario, es decir, en aquellos terrenos de carácter baldío, ejidos y propios, en donde se desarrollan actividades de aprovechamiento forestal, deforestaciones, tala y roza con fines agrícolas, minero, de prospección petrolera, turísticos, urbanísticos y otros. El marco jurídico que sustenta esta modalidad viene dado por lo contenido en La Ley Forestal de Suelos y de Aguas, su Reglamento y los lineamientos establecidos en el Decreto 1.804, para el aprovechamiento de los productos forestales generados por ¡as actividades señaladas. El marco técnico administrativo se ¡imita a los permisos anuales y ¡as actividades de repoblación se rigen bajo las normas establecidas en el Decreto 1659.

Los Permisos.

Concesiones Forestales.

Las áreas otorgadas a particulares en reservas forestales, lotes boscosos y áreas boscosas bajo protección a los fines de destinarlas al aprovechamiento forestal racional con base a planes técnicos denominados Planes de Ordenación y Manejo Forestal (Articulo 141 del Reglamento de la Ley forestal de Suelos y de Aguas). Las actividades forestales enmarcadas en este instrumento técnico se desarrollan anualmente mediante la presentación por parte del concesionario de un documento denominado Plan Anual, donde se condensan las actividades de los diferentes programas contenidos en el Planes de Ordenación y Manejo Forestal a desarrollarse en una anualidad, tales actividades se desarrollan previa autorización del Despacho.

Exigencias Ambientales

Aspectos Técnicos

Planes de Ordenación y Manejo Forestal, son instrumentos que orientan las actividades forestales mediante lineamientos fundamentales para la administración, ordenación, extracción, reposición, investigación y protección de la masa boscosa, considerando el potencial comercial de acuerdo con las exigencias del ecosistema a intervenir. Todo enmarcado legalmente en un Contrato Administrativo suscrito entre el particular y la Republica una vez aprobado por el MARN el referido instrumento técnico (Art. 149 del Reglamento de la Ley forestal de Suelos y de Aguas).

La ejecución de los Planes de Ordenación y Manejo Forestal estará sujeto a las especificaciones que establezca el MARN (Resolución 506-A), el mismo será ejecutado por Ingenieros Forestales debidamente colegiados. Los Planes de Ordenación y Manejo Forestal presentan información físico natural sobre la unidad de manejo otorgada y en especial sobre estructura y composición del bosque, además describen las actividades forestales mediante programas por capítulos denominados: Aprovechamiento Forestal, Silvicultura y Plantaciones, Investigación, Vialidad e Infraestructura, Protección y Vigilancia, Industrialización y Aspectos Económicos.

Monitoreo de las Actividades Forestales

Una vez aprobado el Planes de Ordenación y Manejo Forestal y firmado el Contrato Administrativo, esta Dirección General a través del equipo técnico destacado en las Direcciones Estadales Ambientales realiza actividades de supervisión antes de iniciarse las actividades forestales de un Plan Anual, igualmente y a lo largo de la ejecutoria del referido plan se realizan diversas supervisiones y auditorias técnico-administrativas que evalúan los niveles de cumplimiento de cada uno de los programas contenidos en el Plan Anual, una vez concluidas las actividades y el periodo de duración de vigencia del Plan Anual se realiza una supervisón final que es plasmada en un acta de cierre de actividades que permite evaluar nuevamente el nivel de ejecución y cumplimiento de las actividades exigidas en el oficio autorizatorio, éstas evaluaciones permitirán la aprobación o no del próximo Plan Anual.

Garantías y Fianzas

En los oficios autorizatorios de un Plan Anual, emanados por esta Dirección para la ejecución de los programas de Aprovechamiento Forestal, Silvicultura y Plantaciones, Investigación, Vialidad e Infraestructura, Protección y Vigilancia, se establecen en el mismo items referido a Otras Condiciones, que señala las garantías que deberá el concesionario presentar con el fin de asegura el cumplimiento en la ejecutoria de las diversas actividades que contiene el referido Plan Anual, en este sentido se solicita la constitución de una fianza equivalente al monto en bolívares de las mismas.

Procedimientos Autorizatoríos y Sancionatorios

Una vez realizada la licitación y lograda la adjudicación de una Unidad de Manejo por parte de un particular, previo cumplimiento de ciertos requisitos, el Despacho otorga la Buena Pro para la formulación del Planes de Ordenación y Manejo Forestal (máximo 2 años), una vez aprobado éste, se firma el Contrato Administrativo entre la Republica y el concesionario, éste contrato se enmarca en los lineamientos técnicos del Planes de Ordenación y Manejo Forestal y elementos legales que rigen la materia de Contrato Administrativo. Posteriormente y sobre la base del Planes de Ordenación y Manejo Forestal y Contrato Administrativo, el concesionario consigna el Planes Anuales inicial a los fines de ejecutar las actividades forestales, el Despacho si técnica y legalmente es viable lo aprueba mediante la expedición de una autorización que tendrá una vigencia de un ano.

Correcciones o alteraciones que a solicitud del concesionario o por parte del Despacho se realizaren al oficio autorizatorio, se ejecutan mediante Providencias Administrativas.

Impactos Ecológicos

En cuanto a los efectos causados por la actividad forestal sobre la cobertura boscosa y otros recursos como suelo, fauna y agua, si bien es cierto que la actividad de aprovechamiento por la conformación de patios de almacenamiento de rolas de madera, apertura de vías de saque de madera, además del efecto causado por la apertura y preparación de fajas de enriquecimiento para establecer las plantaciones; afectan en parte estos recursos causando daños ligeros a la regeneración natural, provocando la caída de algunos árboles y arbustos no comerciales, compactando áreas puntuales de suelo y restringiendo por cortos periodos la libre circulación de cursos intermitentes de agua, no implica una afectación de sensibilidad alta, ya que la deforestación como generalmente se cree que sucede, no se lleva a cabo, debido a que para las plantaciones por ejemplo, la mayor parte de la actividad se realiza manualmente limitando el uso de maquinarias que además de resultar oneroso muchas veces la topografía no lo permite.

Incentivos

El estado venezolano ofrece incentivos en la actividad forestal, especialmente para el sector primario, en el aprovechamiento de plantaciones forestales al no establecer impuestos sobre la renta para esta actividad.

Además jurídicamente se establece y delimitan en el Decreto 1.660 del 05/06/91, las áreas potenciales para el establecimiento de plantaciones forestales comerciales y de usos múltiples, el cual tiene por objetivo promover la ejecución de proyectos de plantaciones forestales en terrenos aptos para tales fines por parte de personas naturales o jurídicas, publicas o privadas que se complementa con las normas establecidas en el Decreto 2.715 donde se establecen los lineamientos para el financiamiento del desarrollo forestal a fin de orientar los recursos de los organismos crediticios, públicos y privados al desarrollo del sector forestal, particularmente en lo referente al manejo de bosques naturales, establecimiento de plantaciones forestales y su industrialización.

Tendencias del Manejo Forestal en Venezuela

Se pretenderá ampliar el desarrollo de investigaciones y estudios relacionados con las actividades forestales con apoyo de las Universidades y Centros de Investigaciones Nacionales e internacionales en conjunto con el Estado a los fines de obtener mayor conocimiento de los bosques que permita un manejo sustentable.

Propiciar el establecimiento y desarrollo de microempresas que fomenten el manejo forestal mediante Planes de Ordenación y Manejo Forestal simplificados, permitiendo de esta manera mayores unidades de producción y por ende beneficios a las comunidades locales. Por lo que se tiene previsto desarrollar la propuesta del Manejo Forestal Comunitario como una propuesta para la conservación de reservas forestales. El concepto de "manejo forestal comunitario" emerge en zonas donde las comunidades habitaban ancestralmente en los bosques; sin embargo, es solo alrededor de la década de los setenta cuando se reconoce en algunos estudios de la FAO el fracaso evidente de la industrialización maderera que se movió con criterio de "explotación minera" sin dejar ningún beneficio a las comunidades locales. El mayor reto para las unidades del servicio forestal, está en encontrar las soluciones sostenibles a dos problemas principales:

En Venezuela el "manejo forestal comunitario", puede darse como derechos de uso y usufructo de las reservas forestales siempre que se mantenga la figura de reserva forestal en manos del estado, es decir, sin desafectar, así como en otros bosques baldíos.

El manejo forestal comunitario pretende desarrollar una vez implementado;

Asesoría técnica: Es un proceso cooperativo horizontal entre técnicos, promotores y familias campesinas sobre la base de participación, equidad, respecto, rentabilidad económica y uso racional de recursos naturales.

Impacto político de la institucionalización del manejo de conflicto: Asegurar la sostenibilidad de esa área protegida, disminuyendo las controversias e incorporando su participación en el manejo de la Reserva mediante el Diálogo, la Complementariedad y la Protocooperación.

Impacto en la Conservación de la Reserva Forestal: El "manejo forestal comunitario" producirá un impacto positivo en las poblaciones circunvecinas a la Reserva, lo que puede propiciar la aparición de nuevas unidades productivas que permitan el mejoramiento de las condiciones de vida de los pobladores.

Planes de Ordenamiento Territorial y de Ordenación y Manejo Forestal: Con el diagnóstico rural participativo, se podrá conocer cuales son las potencialidades y limitaciones presentes en el área para que conjuntamente con las comunidades se puedan definir los espacios, usos y actividades permitidas y prohibidas. Así mismo se especificarán las zonas de manejo forestal comunitario y las áreas que deberán permanecer como bosque natural y las que deberán recuperarse; acción que se materializará con la suscripción de un compromiso sólido para mantener la figura de Reserva Forestal.

Visión de Genero: Incorporación activa de las mujeres habitantes de la Reserva en el manejo de los recursos naturales presentes en el área, en la toma de decisiones, formulación, ejecución y evaluación de políticas de ecología ambiental y social sostenible.

Integración de técnicos, técnicas y profesionales al manejo forestal comunitario: Vendría dada por ese acompañamiento que los técnicos, técnicas y profesionales del Ministerio del Ambiente, de otros entes públicos y del ejercicio libre, sienten como compromiso, para lograr el mejoramiento de las condiciones de vida de los pobladores, interviniendo y participando en los espacios en busca de mejores ingresos al hogar, en la educación de los niños y el bienestar familiar general.

CONCLUSION

1) la estratificación ecológica (tipificación) como marco espacial para el ordenamiento territorial interno de la unidad de manejo para la selección de áreas para aplicación de diversos tratamientos experimentales, además de áreas de reservorio de genes (biodiversidad) y el desarrollo de la cartografía básica y temática, con aplicación del SIG;

2) la estrategia de combinación de manejo pasivo y activo que canaliza y prioriza la aplicación de tratamientos silvícolas experimentales;

3) la orientación del manejo activo hacia la plantación siguiendo un esquema de ensayos de especies en diferentes modalidades (campo abierto y método Caparo -método Iimba-) en sus fases, con base en la tipificación, como se hizo en Caparo, donde la fase piloto se orienta a la plantación densa a campo abierto de las especies de alto valor más prometedoras, que no están adecuadamente representadas en el manejo pasivo;

4) la aplicación de métodos cuantitativos en la selección de las opciones silvícolas a ensayar en el manejo activo, haciendo uso de las técnicas estadísticas, la simulación y otras como la programación lineal, etc. dentro de una metodología determinada (por ejemplo Vincent 1993; 1996);

BIBLIOGRAFÍA

Constitución de la Republica de Venezuela, Ley Organica del Ambiente, Ley Forestal de Suelos y de Aguas, Ley Penal del Ambiente, Reglamento de Guardería Ambiental.

Luna Ludo, A.1996. "El Manejo de la Reserva Forestal de Ticoporo como Ejemplo del Manejo Forestal Bajo Régimen de Concesiones en Venezuela" Revista Forestal Latinoamericana, 20 (1996).

MARN 1999. 2001. Aplicación a nivel nacional de las propuestas de acción del panel intergubernamental sobre bosques.

UNIVERSIDAD DE LOS ANDES 2001. Evolución Histórica, Desarrollo Recientes de la Silvicultura del Bosque Tropical Alto en América. Mérida-Venezuela. Lawrence W. Vincent, Luis E. Oscar Noguera, Ernesto Arends A.

Veillon, J. P. 1998. Los Bosques Naturales de Venezuela, Parte IV y Parte V.EDITORIAL OSCAR.MÉRIDA-VENEZUELA


1 Mérida Venezuela