FC 104/5


Comité de Finanzas

104º período de sesiones

Roma, 15-19 de septiembre de 2003

Informe sobre los desembolsos relacionados con los gastos de apoyo y su recuperación

Índice


a) Examen de la gama de tasas de gastos de apoyo directo para proyectos de urgencia

b) La petición de la Comisión del Atún para el Océano Índico relativa a la exención de gastos de apoyo a los proyectos


I. Introducción

1. Con el presente documento anual se informa al Comité acerca de la aplicación de la política de reembolso de los gastos de apoyo de la FAO. A la luz de la experiencia adquirida en su aplicación, se pide al Comité que examine las propuestas de enmiendas a la política y la solicitud de una exención.

II. Aplicación del régimen de reembolso de los gastos de apoyo

2. En noviembre de 20001, el Consejo ratificó la política de la FAO para establecer las tasas de gastos de servicios a proyectos, en la que se introdujeron pequeñas modificaciones en septiembre de 20012 y septiembre de 20023. La política se basa en el principio de que debe haber una equiparación razonable de las cargas con los gastos efectivos, teniendo debidamente en cuenta los acuerdos vigentes y la necesidad de un enfoque sencillo y transparente.

3. Los gastos de servicios a proyectos con cargo a fondos fiduciarios pueden variar con respecto al nivel máximo del 13 por ciento cuando se prevé que los gastos variables de apoyo indirecto al proyecto serán menores. La Oficina del Programa, del Presupuesto y de Evaluación tiene a su cargo la función de evaluar las excepciones con respecto a las tasas de gastos estándar. Las categorías de proyectos a las que se aplican las tasas de gastos de servicios a proyectos se definen de la manera siguiente: Asistencia técnica; Normativos (incluidas las actividades financiadas de manera conjunta y las Comisiones); y Asistencia de urgencia. Dentro de cada categoría se especifican claramente las circunstancias en que se justifica la variación con respecto a los niveles máximos aplicables.

4. Se ha dado a conocer a los encargados de formular proyectos y de adoptar decisiones de toda la FAO la política y el enfoque de su aplicación. Dicha política, se ha publicado en la red de Intranet de la FAO y se describe en el Sistema de Información sobre Gestión del Programa de Campo (FPMIS), donde se incluyen también respuestas a las preguntas más frecuentes sobre cuestiones relativas a los gastos de apoyo. Se ha proporcionado al personal interesado una descripción de dicha política y de su aplicación.

5. Las estadísticas que figuran en el cuadro siguiente abarcan el período comprendido entre el 1º de junio de 2002 y el 31 de mayo de 2003, durante el cual la FAO inició 306 proyectos con cargo a fondos fiduciarios. En el cuadro figura la distribución por categorías de las tasas de gastos de servicios a proyectos aplicadas tanto respecto del número de proyectos como de los presupuestos correspondientes a toda su duración. Cabe señalar que se han aplicado a todos los proyectos tasas que corresponden a la política aprobada actualmente.

Cuadro 1. Distribución de las categorías de las tasas aplicadas para gastos de servicios a proyectos

Categorías de gastos de servicios a proyectos Número de proyectos Presupuesto completo (en $EE.UU.) Porcentaje del presupuesto total
1 Fondos Fiduciarios “mixtos” con elementos normativos y operacionales (se aplica el 6% y el 13%) 2 853 580 0,2%
2 Proyectos aprobados con las tasas para asistencia de urgencia 132 376 277 220 77,0%
3 Fondo para el Medio Ambiente Mundial (se aplica el 6% aproximadamente) 3 9 913 000 2,0%
4 Elevada proporción de contratos, suministros y equipo (se aplica el Anexo II de la Sección 250 del Manual) 3 1 530 730 0,3%
5 Hospedar reuniones que no son de la FAO (Sección 531.5.8 del Manual) 1 17 711 0,0%
6 Infraestructura de la Sede 1 135 500 0,0%
7 Actividades de financiación conjunta (acuerdos de asociación entre la FAO y otras organizaciones no gubernamentales) 3 575 000 0,1%
8 Proyectos normativos (se aplica el 6%) 24 5 988 878 1,2%
9 Proyectos normativos con tasas inferiores al 6 % (se aplican en determinadas circunstancias de conformidad con las políticas, por ejemplo, viajes de participantes de países en desarrollo) 2 561 541 0 ,1%
10 Asociación con organizaciones del sistema de las Naciones Unidas (el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) al 0% y el Fondo Fiduciario para la Colaboración Internacional al 5%, sobre la base de los acuerdos preexistentes). 1 23 000 0 ,0%
11 Proyectos aprobados a las correspondientes tasas máximas. 119 91 665 440 18,8%
12 Financiación de la Cumbre Mundial sobre la Alimentación: cinco años después 3 288 900 0,1%
13 Servicios de Apoyo Técnico (SAT) 12 570 000 0,1%
TOTAL 306 488 400 500 100%

III. Propuesta de cambios en la política de gastos de apoyo

6. Hay dos casos que requieren el examen y la adopción de una decisión por parte del Comité de Finanzas, a saber:

    1. El examen de la gama de tasas de gastos de apoyo directo para proyectos de urgencia; y
    2. La petición de la Comisión del Atún para el Océano Índico relativa a la exención de gastos de apoyo al proyecto.

a) Examen de la gama de tasas de gastos de apoyo directo para proyectos de urgencia

7. La política actual indica que para recuperar el total de los gastos variables de apoyo indirecto al proyecto, las tasas para la asistencia de urgencia deben determinarse estudiando cada caso por separado, con tasas que oscilan actualmente entre el 3 por ciento como valor mínimo y el 6 por ciento como máximo. En su período de sesiones de septiembre de 2002, se informó al Comité de Finanzas de que, a la luz de los resultados de los últimos estudios sobre los gastos, se estaban llevando a cabo consultas internas con objeto de examinar si era necesario fijar un límite máximo más alto para los proyectos de urgencia, lo cual sería además coherente con las tasas aplicadas por otros organismos. Estas consultas confirmaron que existían diversos factores que contribuían al aumento de los gastos de la FAO con respecto a las operaciones de urgencia. En concreto, los cambios en la estructura y la naturaleza de las operaciones de urgencia determinaban un aumento en la cantidad y complejidad de las actividades que abarcaban (es decir, el aumento de las actividades de rehabilitación, así como de las iniciativas destinadas a asegurar una mayor vinculación entre las actividades de socorro, rehabilitación y desarrollo), incluidas las peticiones por parte de los donantes de que se realicen evaluaciones, informes y controles de los efectos, cuya ejecución es mucho más costosa. Es necesario asimismo un reajuste de los gastos a lo largo del tiempo, sobre todo porque puede que los volúmenes que se consignan en este momento son tales que los gastos que antes podían haberse considerado como fijos tengan que considerarse ahora como variables al menos en parte. Por consiguiente, se invita al Comité a que ratifique un aumento del nivel máximo más de la tasa de gastos operacionales directos para las actividades de urgencia a un 6,5 por ciento, lo cual es coherente con los resultados de los últimos estudios de casos y las tasas aplicadas por otros organismos.

b) La petición de la Comisión del Atún para el Océano Índico relativa a la exención de gastos de apoyo a los proyectos

8. La Comisión del Atún para el Océano Índico, en su sexta reunión, pidió a su Secretaría que escribiera al Director General de la FAO en nombre de su Presidente solicitando que se redujeran a cero las cargas de gastos de apoyo. Se ha examinado esta petición y se ha estimado necesario pedir la orientación del Comité, antes de comunicar una decisión a la Comisión del Atún para el Océano Índico.

9. La política actual indica que “las cuentas de fondos fiduciarios de larga duración (por ejemplo, las comisiones establecidas bajo los auspicios de la FAO) estarán sujetas a una estimación caso por caso del nivel efectivo de los gastos de apoyo indirecto variable y el adeudo se efectuará en consecuencia”. A este respecto, la tasa de las cargas de gastos de apoyo aplicada a la Comisión del Atún para el Océano Índico es actualmente del 4,5 por ciento, sobre la base de un estudio de gastos en el que se determinó este nivel de gastos variables indirectos relacionados con la labor de la Comisión. Como se ha aplicado esta política al determinar la tasa actual y no prevé ninguna disposición para establecer una tasa por debajo del nivel efectivo de gastos variables de apoyo indirecto, la Organización no puede responder favorablemente a la petición de la Comisión del Atún para el Océano Índico.

10. Hay, sin embargo, algunas comisiones que se establecieron antes de que se adoptara la política vigente que actualmente no pagan gastos de apoyo. Por ello, se estimó oportuno preguntar al Comité si deseaba modificar la política vigente a fin de que pueda considerarse la posibilidad de conceder exenciones a las comisiones que las soliciten. Para disponer la posibilidad de tales solicitudes de exención sería preciso modificar el texto de la política vigente como sigue: “las cuentas de fondos fiduciarios de larga duración (por ejemplo, las comisiones establecidas bajo los auspicios de la FAO) estarán sujetas a una estimación caso por caso del nivel efectivo de los gastos de apoyo indirecto variables y el adeudo se efectuará en consecuencia, salvo que el Comité de Finanzas conceda una exención a la Comisión”. Cabe señalar que la política vigente ha logrado evitar el concepto de “exención”, adoptando como base el principio de rembolsar a la Organización los gastos indirectos variables efectuados en la realización de las actividades financiándolas con recursos extrapresupuestarios. En el último Informe de la Dependencia Común de Inspección (DCI) sobre los Gastos de apoyo, presentado al Comité en su 102º período de sesiones a título informativo4, se apreció mucho este enfoque.

11. El Comité debería percatarse de que si se modifica la política y se acepta la petición de la Comisión del Atún para el Océano Índico, se abrirá la posibilidad de que otras comisiones pidan un trato similar. Las repercusiones financieras que tendría en la Organización la aceptación de la solicitud de la Comisión del Atún para el Océano Índico serían relativamente insignificantes, ya que el efecto en definitiva de fijar la tasa de gastos de servicios a proyectos en cero en este proyecto supondría una pérdida de ingresos por gastos de apoyo de 40 000 dólares al año aproximadamente (teniendo en cuenta la entrega media neta de 900 000 dólares EE.UU. anuales para los tres últimos años).

12. Por consiguiente, se pide al Comité de Finanzas que o bien ratifique el mantenimiento de la política en su forma actual, excluyendo por tanto las peticiones de exención de las comisiones, o bien que modifique la política permitiendo que se presenten propuestas al Comité de Finanzas con respecto a tales exenciones.

IV. Conclusiones

13. Se invita al Comité a que tome nota de la experiencia adquirida en la aplicación de la nueva política sobre las tasas de reembolso de los gastos de apoyo y adopte decisiones sobre los dos temas siguientes:

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1 Véase el documento CL 119/13 Anexo II, Examen de los gastos de apoyo – Resumen de las propuestas.

2 Véase el documento CL 121/4, Informe del 97º período de sesiones del Comité de Finanzas, párrafos 21 - 23.

3 Véase el documento FC 100/5.

4 (CL 124/INF/10 – Sup.1 (JIU/REP/2002/3