C 99/10


Conferencia

30º período de sesiones

Roma, 12-23 de noviembre de 1999

SOLICITUDES DE INGRESO COMO MIEMBROS EN LA ORGANIZACIÓN

 

1. El párrafo 2 del Artículo XIX del Reglamento General de la Organización (RGO) dispone de toda solicitud de admisión como miembro de pleno derecho o miembro asociado "será trasmitida inmediatamente por el Director General a los Estados Miembros y deberá incluirse en el programa del próximo período de sesiones de la Conferencia que se inicie, por lo menos, 30 días después de la fecha de recepción de la solicitud".

2. El párrafo 2 del Artículo II de la Constitución establece que todo Estado que solicite el ingreso deberá depositar "una solicitud de admisión acompañada de un instrumento oficial en que se acepten las obligaciones derivadas de la Constitución vigente en el momento de la admisión".

3. En el párrafo 1 del Artículo XIX del RGO se establece que dicho instrumento oficial podrá acompañar o seguir a la solicitud y, en este último caso, "deberá llegar a las manos del Director General a más tardar el día en que se inaugure el período de sesiones de la Conferencia en que haya de considerarse la admisión del solicitante".

4. Hasta la fecha, el Director General ha recibido solicitudes oficiales de ingreso como miembros de la Organización de los países siguientes:

Niue

El 8 de marzo de 1999 se recibió una solicitud de ingreso como miembro de la Organización, mediante una carta y un instrumento oficial de aceptación de las obligaciones derivadas de la Constitución de la FAO, firmados ambos por el Primer Ministro de Niue, con fecha 4 de marzo de 1999 (Apéndice A). Esta solicitud fue notificada a los Estados Miembros de la FAO por el Director General, en cumplimiento de sus responsabilidades con arreglo al Artículo XIX-2 del Reglamento General de la Organización, mediante la circular G/CA 11/1 de fecha 16 de julio de 1999.

República de San Marino

El 12 de julio de 1999 se recibió una solicitud de ingreso como miembro de la Organización, mediante una carta y un instrumento oficial de aceptación de las obligaciones derivadas de la Constitución de la FAO, firmados ambos por el Secretario de Estado para Asuntos Exteriores de la República de San Marino, con fecha 29 de junio de 1999 (Apéndice B). Esta solicitud fue notificada a los Estados Miembros de la FAO por el Director General, en cumplimiento de sus responsabilidades con arreglo al Artículo XIX-2 del Reglamento General de la Organización, mediante la circular G/CA 11/1 de fecha 20 de septiembre de 1999.

República de Palau

El 20 de julio de 1999 se recibió una solicitud de ingreso como miembro de la Organización, mediante una carta y un instrumento oficial de aceptación de las obligaciones derivadas de la Constitución de la FAO, firmados ambos por el Ministro de Estado de la República de Palau, con fecha 15 de julio de 1999 (Apéndice C). Esta solicitud fue notificada a los Estados Miembros de la FAO por el Director General, en cumplimiento de sus responsabilidades con arreglo al Artículo XIX-2 del Reglamento General de la Organización, mediante la circular G/CA 11/1 de fecha 20 de septiembre de 1999.

República de las Islas Marshall

El 22 de julio de 1999 se recibió una solicitud de ingreso como miembro de la Organización, mediante una carta y un instrumento oficial de aceptación de las obligaciones derivadas de la Constitución de la FAO, firmados ambos por el Presidente de la República de las Islas Marshall, con fecha 12 de julio de 1999 (Apéndice D). Esta solicitud fue notificada a los Estados Miembros de la FAO por el Director General, en cumplimiento de sus responsabilidades con arreglo al Artículo XIX-2 del Reglamento General de la Organización, mediante la circular G/CA 11/1 de fecha 20 de septiembre de 1999.

Textos pertinentes

5. El procedimiento de admisión de nuevos Estados Miembros en la Organización se rige por los textos siguientes:

a) Artículo II-párr.2 de la Constitución: la Conferencia puede, por una mayoría de dos tercios de los votos emitidos y a reserva de que esté presente la mayoría de los Estados Miembros de la Organización, decidir la admisión de nuevos Miembros de la Organización.

b) Artículo XII-párr.3 c) del RGO: cuando se exija una mayoría de dos tercios de los votos emitidos, el total de votos a favor o en contra deberá sumar más de la mitad de los Estados Miembros de la Organización.

c) Artículo XII-9 a) del RGO: la admisión de nuevos Estados Miembros se decidirá por votación secreta.

6. Son asimismo pertinentes las disposiciones siguientes:

a) Artículo XVIII-párr.2 de la Constitución: cada Estado Miembro se compromete a contribuir anualmente a los gastos de la Organización con la parte del presupuesto que le asigne la Conferencia.

b) Artículo XVIII-párr.3 de la Constitución: cada Estado Miembro pagará, desde el momento de la aceptación de su solicitud de admisión, una primera cuota para contribuir al presupuesto del ejercicio económico vigente, cuya cuantía determinará la Conferencia.

c) Artículo 5.8 del Reglamento Financiero: todo Estado que sea admitido como Miembro deberá pagar una contribución para el presupuesto del ejercicio económico en que ingrese de manera efectiva. Esta cuota comenzará a correr en el trimestre en que se acepte la solicitud de admisión. Además, todos los Estados Miembros de nuevo ingreso tendrán que hacer anticipos al fondo de operaciones en la cuantía determinada por la Conferencia.


APÉNDICE A

 

FAKATUFONO NIUE
Oficina del Primer Ministro

4 de marzo de 1999

 

Excelentísimo Señor:

    Tengo el honor de comunicarle que el Gobierno de Niue ha decidido solicitar su admisión en la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación. Por consiguiente, ruego que, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 2 Artículo XIX del Reglamento General de la Organización, se presente esta solicitud a la Conferencia de la Organización que, según tengo entendido, celebrará su próximo período de sesiones en Roma en octubre de 1999.

    El Gobierno de Niue acepta oficialmente las obligaciones que le incumben en calidad de Miembro de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, y que están previstas en la Constitución de la misma, y se compromete solemnemente a cumplir plena y fielmente las que se hallen vigentes en el momento de la admisión.

    Aprovecho la oportunidad para reiterar a Vuestra Excelencia el testimonio de mi alta y distinguida consideración.

 

Hon Frank F Lui
Primer Ministro

 

Director General de la
Organización de las Naciones Unidas
para la Agricultura y la Alimentación
Viale delle Terme di Caracalla
Roma
ITALIA

 


FAKATUFONO NIUE
Oficina del Primer Ministro

 

INSTRUMENTO DE ACEPTACIÓN

 

    El Gobierno de Niue acepta oficialmente sus obligaciones como Miembro de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación establecidas en la Constitución de la misma y se compromete solemnemente a cumplir plena y fielmente las que hallen vigentes en el momento de la admisión.

 

Hon Frank F. Lui
Primer Ministro

 

Director General
de la Organización de las Naciones Unidas
para la Agricultura y la Alimentación
Viale delle Terme di Caracalla
Roma
ITALIA


APÉNDICE B

 

REPÚBLICA DE SAN MARINO
Secretaría de Estado para Asuntos Exteriores

Ref. 6542/AA/99
San Marino, 29 de junio de 1999

 

Excelentísimo Señor Director General:

    Tengo el honor de comunicarle que el Gobierno de la República de San Marino ha decidido solicitar su admisión en la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación. Por consiguiente, ruego que, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 2 del Artículo XIX del Reglamento General de la Organización, se presente esta solicitud a la Conferencia de la Organización que, según tengo entendido, celebrará su próximo período de sesiones en Roma en noviembre de 1999.

    El Gobierno de la República de San Marino acepta oficialmente las obligaciones que le incumben en calidad de Miembro de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, y que están previstas en la Constitución de la misma y se compromete solemnemente a cumplir plena y fielmente las que se hallen vigentes en el momento de la admisión.

    Aprovecho la oportunidad para reiterar a Vuestra Excelencia el testimonio de mi alta y distinguida consideración.

 

EL SECRETARIO DE ESTADO
PARA ASUNTOS EXTERIORES
Gabriele Gatti

 

Director General de la
Organización de las Naciones Unidas
para la Agricultura y la Alimentación
Viale delle Terme di Caracalla
Roma
ITALIA

 


REPÚBLICA DE SAN MARINO
Secretaría de Estado para Asuntos Exteriores

 

INSTRUMENTO DE ACEPTACIÓN

 

    El Gobierno de la República de San Marino acepta oficialmente sus obligaciones como Miembro de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación establecidas en la Constitución de la misma y se compromete solemnemente a cumplir plena y fielmente las que se hallen vigentes en el momento de la admisión.

 

EL SECRETARIO DE ESTADO
PARA ASUNTOS EXTERIORES
Gabriele Gatti

 

Director General
de la Organización de las Naciones Unidas
para la Agricultura y la Alimentación
Viale delle Terme di Caracalla
Roma
ITALIA


APÉNDICE C

 

REPÚBLICA DE PALAU
Oficina del Ministro de Estado

15 de julio de 1999
MS-549-99

 

Excelentísimo Señor:

Tengo el honor de comunicarle que el Gobierno de la República de Palau ha decidido solicitar su admisión en la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación. Por consiguiente, ruego que, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 2 del Artículo XIX del Reglamento General de la Organización, se presente esta solicitud a la Conferencia de la Organización, que, según tengo entendido, celebrará su próximo período de sesiones en Roma en octubre de 1999.

El Gobierno de la República de Palau acepta oficialmente las obligaciones que le incumben en calidad de Miembro de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, y que están previstas en la Constitución de la misma y se compromete solemnemente a cumplir plena y fielmente las que se hallen vigentes en el momento de la admisión.

Aprovecho la oportunidad para reiterar a Vuestra Excelencia el testimonio de mi alta y distinguida consideración.

 

Sabino Anastacio
Ministro de Estado

 

Director General de la
Organización de las Naciones Unidas
para la Agricultura y la Alimentación
Viale delle Terme di Caracalla
Roma
ITALIA

 


 

INSTRUMENTO DE ACEPTACIÓN

 

    El Gobierno de la República de Palau acepta oficialmente sus obligaciones como Miembro de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación establecidas en la Constitución de la misma, y se compromete solemnemente a cumplir plena y fielmente las que se hallen vigentes en el momento de la admisión.

    Hecho en el Estado de Koror, República de Palau, el 15 de julio de 1999.

 

Sabino Anastacio
Ministro de Estado

 

Director General
de la Organización de las Naciones Unidas
para la Agricultura y la Alimentación
Viale delle Terme di Caracalla
Roma
ITALIA


APÉNDICE D

 

Oficina del Presidente
REPÚBLICA DE LAS ISLAS MARSHALL

12 de julio de 1999

 

Excelentísimo Señor:

    Tengo el honor de comunicarle que el Gobierno de la República de las Islas Marshall ha decidido solicitar su admisión en la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación. Por consiguiente, ruego que, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 2 del Artículo XIX del Reglamento General de la Organización, se presente esta solicitud a la Conferencia de la FAO que, según tengo entendido, celebrará su próximo período de sesiones en Roma en noviembre de 1999.

    El Gobierno de la República de las Islas Marshall acepta oficialmente las obligaciones que le incumben en calidad de Miembro de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, y que están previstas en la Constitución de la misma y se compromete solemnemente a cumplir plena y fielmente las que se hallen vigentes en el momento de la admisión.

    Aprovecho la oportunidad para reiterar a Vuestra Excelencia el testimonio de mi alta y distinguida consideración.

 

Imata Kabua
Presidente

 

Director General de la
Organización de las Naciones Unidas
para la Agricultura y la Alimentación
Viale delle Terme di Caracalla
Roma
ITALIA

 


Oficina del Presidente
REPÚBLICA DE LAS ISLAS MARSHALL

12 de julio de 1999

 

INSTRUMENTO DE ACEPTACIÓN

 

    El Gobierno de la República de las Islas Marshall acepta oficialmente sus obligaciones como Miembro de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación establecidas en la Constitución de la misma, y se compromete solemnemente a cumplir plena y fielmente las que se hallen vigentes en el momento de la admisión.

 

Imata Kabua
Presidente

 

Director General
de la Organización de las Naciones Unidas
para la Agricultura y la Alimentación
Viale delle Terme di Caracalla
Roma
ITALIA