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ANEXO III
Mandato

(tal como se estableció en el décimo período de sesiones del CAIRM, noviembre de 1981)

  1. Fomentar el acopio de información sobre actividades de investigación, extensión y desarrollo relacionadas con la acuicultura de los sectores público y privado, su interpretación y distribución entre los gobiernos miembros y los organismos interesados en apoyar y llevar a cabo actividades de este tipo.

  2. Analizar las tendencias del desarrollo de la acuicultura, examinar las necesidades de investigación en los planos mundial y regional, recomendar la adopción de iniciativas en la esfera de la investigación que parezcan más adecuadas para satisfacer las necesidades puestas al descubierto y sugerir mecanismos eficaces para aplicarlas.

  3. Promover el análisis de los aspectos económicos de diferentes sistemas acuícolas, con inclusión de la evaluación de los componentes fundamentales como incubaciones, crecimiento, producción de alimentos y servicios de apoyo público.


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