Servicio de Derecho para el Desarrollo

Declaración de la AGNU sobre Pandemias: ¿un paso para el reconocimiento de Una sola salud en el derecho internacional?

26/01/2024

El pasado 20 de septiembre de 2023, durante el 78º Período de Sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas (AGNU), los Miembros aprobaron una nueva Declaración Política en materia de Prevención, Preparación y Respuesta a Pandemias (PPRP), en el marco de la Reunión de Alto Nivel sobre PPRP, bajo el tema "Haciendo del mundo un lugar más seguro: creando y manteniendo el impulso político y la solidaridad para la prevención, preparación y respuesta a pandemias". 

La Declaración reconoce la importancia de abordar la gestión de las pandemias a través de un enfoque de Una sola salud, y enfatiza la importancia de fomentar la cooperación entre la gestión de la salud humana, animal y vegetal y el medio ambiente (punto 19). Afirma que para lograr objetivos de salud pública y dar respuesta a las causas que están al origen las pandemias, es importante que las autoridades de salud pública trabajen en estrecha coordinación con otras entidades tanto a tanto a nivel nacional como internacional (punto 68). Considera que Una sola salud es importante no solo para prevenir la aparición y propagación de pandemias, sino también para permitir diagnósticos conjuntos y dar respuesta a brotes en animales, en el medio ambiente y en seres humanos durante períodos inter-pandémicos (punto 69). A través de este reconocimiento, los Miembros ponen de manifiesto que el enfoque Una sola salud es un componente esencial en todas las etapas de la PPRP, no solo en la prevención. 

La reunión tuvo lugar contemporáneamente a dos procesos significativos de desarrollo y revisión de instrumentos de derecho internacional en la Organización Mundial de la Salud (OMS): la revisión del Reglamento Sanitario Internacional (RSI) y la elaboración de un convenio, acuerdo u otro instrumento internacional bajo la Constitución de la OMS para fortalecer la PPRP (en adelante, el Acuerdo sobre Pandemias). El proyecto del Acuerdo sobre Pandemias comenzó a elaborarse en diciembre de 2021 con el establecimiento de un órgano de negociación intergubernamental (ONI). Desde entonces, el ONI ha celebrado seis rondas de discusiones, incluyendo una reciente ronda de reuniones informales en septiembre de 2023. El Bureau del ONI ha producido dos versiones del proyecto de Acuerdo, con una última versión apenas publicada el 16 de octubre 

En esta última versión, Una sola salud está reconocida como un enfoque integrador tanto en el Preámbulo (punto 8), como a través de la incorporación de la definición de Una sola salud del Panel de Expertos de Alto Nivel de Unidad de Salud (OHHLEP por sus siglas en inglés). Una sola salud tiene tambien un artículo específico (artículo 5) a través del cual los miembros se comprometen a tener en cuenta la intersección entre la salud humana, animal y medio ambiental en la prevención, preparación y control de las pandemias. Desaparece sin embargo Una sola salud del artículo sobre principios generales y enfoques, comprometiendo así la incorporación de este enfoque de forma integral a otros artículosdel proyecto de Acuerdo.  

Queda por ver si este decidido reconocimiento en el borrador de negociación disuelve las dudas expresadas por algunos países acerca de las implicaciones prácticasy obligaciones concretas que puedan resultar de incluir el enfoque Una sola salud en este proyecto de Acuerdo. Cabe destacar al respecto que, si bien se puede argumentar que Una sola salud sigue siendo un concepto con cierta vaguedad, la definición y los principios fundamentales formulados por OHHLEP a principios de 2022 aportaron claridad a su alcance y al impacto esperado en la administración nacional. Una sola salud se define como una aproximación a los asuntos de salud y bienestar de la población que abarca no solo a los seres humanos, sino también a otras especies que comparten nuestro hábitat común y que requiere coordinación y colaboración entre sectores. Su implementación práctica requiere marcos de coordinación institucionales que permitan intervenciones conjuntas y coordinadas. Éstos habrán de adaptarse al marco constitucional de un país, sus prioridades políticas y recursos disponibles, y cabe destacar que existe abundante literatura que muestra cómo invertir en un enfoque coordinado Una sola salud resulta economicamente rentable. 

Desde una perspectiva legal, se podría argumentar que este enfoque tiene elementos en común con el principio de integración, consagrado en diferentes instrumentos de derecho internacional ambiental y considerado como una arraigada norma de jus cogens (véase, entre otros, Sands, 2018). Una sola salud podría considerarse como una progresión en el camino de la integración entre diferentes sectores, cuyos objetivos son intrínsecamente interdependientes y deben considerarse de forma conjunta, como en un cubo de Rubik. Como tal, Una sola salud podría ser vista como un paso más en la implementación de los enfoques integrados del derecho internacional ambiental a nuevas áreas del derecho sanitario y agrícola. 

La incorporación del enfoque Una sola salud en la Declaración Política de alto nivel, con la extensión y ámbito mencionados, allana el camino a las negociaciones sobre la inclusión de Una sola salud en el Acuerdo de las Pandemias y su consagración en un instrumento legal internacional vinculante. Esto podría suponer un primer paso para que Una sola salud surja como un nuevo principio o enfoque potencial para futuros instrumentos e interpretaciones de derecho internacional. 

                                                                                                                                                                                           Carmen Bullon (FAO)