Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura

El Sistema Multilateral

Elementos básicos del ANTM

El Tratado Internacional facilita el acceso al Sistema multilateral mediante un acuerdo tipo ejecutorio, cuyas cláusulas no pueden modificarse:

El Acuerdo normalizado de transferencia de material (ANTM) garantiza costos de transacción considerablemente menores que si se negocia de manera bilateral un contrato para cada acceso al germoplasma, y al mismo tiempo da seguridad jurídica al proveedor, al receptor y al propio Sistema multilateral.

El ANTM contiene cláusulas que gobiernan el intercambio de material en el marco del Sistema multilateral y se utiliza para todas y cada una de las transferencias de material. Si cualquiera de los receptores transfiere a su vez el material a otro receptor, se suscribe otro ANTM, de modo que se sigue garantizando el cumplimiento de las condiciones del Sistema multilateral después de la transferencia inicial.

A fin de asegurar el cumplimiento, el seguimiento y la transparencia, en el ANTM se establecen obligaciones específicas de presentación de informes para los proveedores y para los usuarios. En el ANTM figura, además, una cláusula sobre solución de controversias, de varios niveles, que prevé la solución amistosa de las diferencias, la mediación y el arbitraje internacional vinculante de modo consecutivo. Así pues, las disposiciones del ANTM son legalmente ejecutables, y se pueden tomar medidas para hacer que se cumplan mediante el arbitraje.

El ANTM se negoció tras la entrada en vigor del Tratado Internacional, fue aprobado por el Órgano Rector en su primera reunión, celebrada en 2006, sobre la base de una disposición particular del Tratado Internacional, y se viene utilizando desde enero de 2007.

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