REDD+ Reducción de las emisiones derivadas de la deforestación y la degradación de los bosques

Fortalecimiento de la base jurídica de los Sistemas Nacionales de Monitoreo Forestal sostenible

09/09/2020

Los bosques desempeñan un papel fundamental en la lucha contra el cambio climático al absorber y almacenar el carbono de la atmósfera. Junto con una mejor gestión de la tierra, los bosques y árboles podrían contribuir con hasta un 30 por ciento a la mitigación de los gases de efecto invernadero necesaria para 2030 para mantener el calentamiento global muy por debajo de los 2°C. (IPCC 2019). Los bosques, y el monitoreo de los bosques en particular, son fundamentales para garantizar que los países cumplan los objetivos de reducción de las emisiones en el marco del Acuerdo de París.

Para todos los países que desean generar datos forestales confiables, es necesario establecer un Sistema Nacional de Monitoreo Forestal (SNMF) sostenible. Un NFMS sólido puede apoyar la formulación, el monitoreo y el ajuste de las políticas forestales subnacionales y nacionales, informar a los ciudadanos y a los actores relevantes, y ayudar en el seguimiento de los avances hacia la ordenación forestal sostenible y la reducción de las emisiones relacionadas con la pérdida de bosques.

Las Directrices Voluntarias sobre Monitoreo Forestal Nacional, que se publicaron en 2017, constituyen un valioso instrumento que proporciona principios, elementos y mejores prácticas para el establecimiento e implementación de un SNMF sostenible y polivalente.

Los principios de gobernanza de las Directrices Voluntarias sobre Monitoreo Forestal Nacional, que se refieren específicamente a los marcos institucionales y jurídicos, así como a los procesos de toma de decisiones, ponen de relieve la importancia de institucionalizar el SNMF. Al institucionalizarse, el SNMF puede dar lugar a un mayor sentido de identificación de los países con el sistema, lo que es fundamental para una utilización más sostenible e integral de la información generada. Por consiguiente, las instituciones permanentes con mandatos claros facilitarán la tarea de garantizar la sostenibilidad del SNMF y de informar adecuadamente los procesos de toma de decisiones. La integración podría reflejarse en una coordinación multisectorial que articule los sistemas de monitoreo de los bosques, el medio ambiente y el cambio de uso de la tierra, lo que exigiría una interoperabilidad regulada legalmente

 

 

Establecimiento de un SNMF Sostenible

El acceso a los datos forestales no carece de dificultades. La falta de confianza, los costos involucrados, la ambigüedad de los mandatos institucionales y marcos jurídicos poco claros suelen ser la causa de los problemas relacionados con la accesibilidad a los datos. Si bien las soluciones informales pueden producir resultados, por lo general, estos son insostenibles.

En respuesta a esos desafíos, la adopción de disposiciones jurídicas puede ofrecer parte de la solución para ayudar a garantizar la sostenibilidad, la propiedad nacional, el apoyo financiero y la interoperabilidad del SNMF.

Las soluciones jurídicas podrían incluir la adición de un párrafo correspondiente a una ley forestal nacional o la adopción de un instrumento jurídico, como un decreto, que articule los roles y responsabilidades de las diferentes instituciones relacionadas con el SNMF. Ese decreto también podría promover la asignación de recursos financieros y humanos para la implementación del SNMF. También podría ordenar la creación de un servicio o dependencia conexa necesaria para llevar a cabo diversas tareas. Para elaborar o revisar un marco jurídico que regule el SNMF, se podrán seguir los pasos siguientes:

 

Pasos reglamentarios de un SNMF

 
 
 
 

Paraguay adopta disposiciones jurídicas para el SNMF

En 2018, Paraguay instituyó la Ley 6256/2018. Esta ley regula la prohibición de transformación y conversión de tierras forestales en la región oriental. El Artículo 3 exige específicamente al Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) y al Instituto Forestal Nacional (INFONA) que actualicen y reglamenten la estructura orgánica del SNMF en un plazo de 180 días a partir de la entrada en vigor de esta ley. Esta ley también incluye definiciones y disposiciones técnicas y financieras necesarias para su funcionamiento. En consecuencia, en 2020, el Presidente de Paraguay aprobó el Decreto N.º 3246/2020 como legislación subsidiaria destinada a reglamentar el SNMF. El decreto (Artículos 2 y 8) obliga al INFONA a proporcionar periódicamente información oficial nacional de MRV relacionada con los cambios en el área de la cubierta forestal (datos de actividad), así como información sobre las reservas forestales de carbono y las especies forestales (factores de emisión) y obliga al MADES a utilizar la información proporcionada por el INFONA en el informe del inventario de GEI y otros informes, como el NRF/NREF y el Anexo Técnico de REDD+. El decreto también contiene principios rectores (Artículo 3), definiciones (Artículo 4) y disposiciones destinadas a garantizar la sostenibilidad financiera (Artículos 10 -12) y establece claramente las funciones y responsabilidades del INFONA y MADES.

Estas importantes medidas garantizarán que Paraguay cuente con un SNMF sostenible y pueda responder a las necesidades de información forestal nacional del país, apoyando al mismo tiempo al Gobierno en el logro de los objetivos del Acuerdo de París de manera oportuna y transparente.

 

 

Autoras:

 
Francesca Felicani

REDD+ legal matters expert

REDD+/NFM cluster

Forestry Department, FAO

[email protected]

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Rocío D. Cóndor-Golec

MRV/ETF expert

REDD+/NFM cluster

Forestry Department, FAO

[email protected]

 

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

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