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PROGRAMA CONJUNTO FAO/OMS SOBRE NORMAS ALIMENTARIAS

INFORME DEL DECIMONOVENO PERIODO DE SESIONES
DE LA
COMISION MIXTA FAO/OMS DEL CODEX ALIMENTARIUS

INTRODUCCION

1. El 19o período de sesiones de la Comisión Mixta FAO/OMS del Codex Alimentarius se celebró en la Sede de la FAO, Roma, del 1o al 10 de julio de 1991. A este período de sesiones asistieron 351 participantes, entre los que figuraban representantes y observadores de 77 países, y observadores de 25 organizaciones internacionales (véase en el Apéndice I la lista de participantes).

2. La Comisión estuvo presidida por su Presidente, el Dr. E. R. Méndez (México) y, para determinados puntos del programa, por dos de sus Vicepresidentes, N. Tape (Canadá) y F. G. Winarno (Indonesia). El Secretario de la Comisión fue R. J. Dawson, asistido por los Cosecretarios del período de sesiones, A. W. Randell y F. Käferstein.

3. El Dr. B. P. Dutia, Subdirector General, del Departmento de Política Económica y Social de la FAO, inauguró el período de sesiones en nombre del Director General de la FAO, Sr. Edouard Saouma, y del Director General de la OMS, Dr. H. Nakajima. Los textos del discurso y de la respuesta del Presidente figuran en el Apéndice 2 del presente informe.

APROBACION DEL PROGRAMA Y DEL CALENDARIO (Tema 1 del programa)

4. La Comisión aprobó el programa provisional ALINORM 91/1 como programa para su período de sesiones, suprimiendo determinados puntos del tema 24 (véanse párrs. 199-225).

ELECCION DE LA MESA DE LA COMISION Y DE LOS MIEMBROS DEL COMITE EJECUTIVO (Tema 4 del programa)

5. La Comisión, en el curso del período de sesiones, eligió a F. G. Winarno (Indonesia) Presidente de la Comisión, para que ocupara este cargo desde la terminación del 19o hasta la terminación del 20o período de sesiones. La Comisión eligió igualmente vicepresidentes de la Comisión para el mismo período de sesiones a L. Crawford (EE. UU.), Pakdee Pothisiri (Tailandia) y John Race (Noruega).

6. La Comisión eligió representantes de las regiones geográficas que se describen en el Artículo III. 1 del Reglamento de la Comisión a los siguientes miembros de la Comisión, para que ocuparan este cargo desde la terminación del 19o hasta la terminación del 21o período de sesiones: Túnez - Africa, Malasia - Asia, Países Bajos - Europa, Cuba - América Latina y el Caribe, Canadá - América del Norte, Nueva Zelandia - Pacífico Sudoccidental.

Nombramiento de Coordinadores Regionales

7. La Comisión nombró Coordinadores Regionales de las distintas regiones a las siguientes personas:

AfricaEtienne Enobong Essien (Nigeria)
AsiaAzizan Ghazali (Malasia)
EuropaBarbro Blomberg (Suecia)
América Latina y el CaribeCarlos Alberto Ferreira Guimaraes (Brasil)
América del Norte y el Pacífico SudoccidentalDigby Gascoine (Australia)

MINUTO DE SILENCIO

8. La Comisión observó un minuto de silencio para rendir tributo a la memoria de sus antiguos colegas que fallecieron desde que se celebró el período de sesiones anterior:

INFORME DEL PRESIDENTE SOBRE LAS REUNIONES 37o Y 38o DEL COMITE EJECUTIVO (Tema 2 del programa)

9. Al presentar los informes de las reuniones 37o y 38o del Comité Ejecutivo, que figuran en los documentos ALINORM 91/3 y ALINORM 91/4, respectivamente, el Presidente indicó que todos los asuntos tratados por el Comité Ejecutivo serían examinados por la Comisión cuando se abordaran los correspondientes temas del programa.

10. La Comisión tomó nota de que el Comité Ejecutivo en su 38a reunión había expresado también su aprecio por la labor del Presidente de la Comisión en relación con sus aportaciones positivas a las actividades de la Comisión y su labor eficaz como Presidente tanto de la Comisión como del Comité Ejecutivo.

MIEMBROS DE LA COMISION DEL CODEX ALIMENTARIUS (Tema 3 del programa)

11. El Presidente comunicó que, desde el 18o período de sesiones, se habían incorporado a la Comisión dos miembros nuevos, Angola y Kiribati. El número total de miembros de la Comisión pasaba a ser de 138 países, como se indica en el Apéndice III del presente informe. La Comision pidió a la FAO y a la OMS que prosiguieran sus esfuerzos por ampliar la participación en la Comisión, señalando a los países elegibles que no hubieran notificado todavía su deseo de convertirse en miembros los beneficios de participar en la labor de la Comisión.

INFORME SOBRE EL ESTADO DE LAS ACEPTACIONES DE NORMAS DEL CODEX Y DE LIMITES MAXIMOS PARA RESIDUOS DE PLAGUICIDAS Y SOBRE LA APLICACION DEL CODIGO DE ETICA PARA EL COMERCIO INTERNACIONAL DE ALIMENTOS (Tema 5 del programa)

12. La Comisión tuvo ante sí el documento ALINORM 91/5, que contenía un resumen de las aceptaciones notificadas por los países desde su 18o período de sesiones. Se señaló que este documento se basaba en las respuestas recibidas de Cuba, Irán, Marruecos, Nueva Zelandia y Tailandia en relación con la aceptación de las normas del Codex y de Cuba, Egipto, India, Israel, Nueva Zelandia, Mozambique, Rumania y Singapur en relación con los límites máximos del Codex (LMR) para residuos de plaguicidas. Varias delegaciones presentes en la sesión complementaron esta información.

13. La Comisión señaló que, en su 18o período de sesiones, había adoptado una nueva forma de aceptación de límites máximos para residuos de plaguicidas y residuos de medicamentos veterinarios en los alimentos y que se habían indicado las primeras notificaciones de aceptación conforme a la modalidad de “distribución libre”. Al parecer, los países que notificaban aceptaciones preferían ésta a otras modalidades de aceptación. La Comisión recalcó que todos los países miembros debían considerar favorablemente la posibilidad de notificar a la Secretaría que los productos que se ajustaran a las normas y LMR del Codex tendrían una entrada y distribución libres en los territorios sometidos a su jurisdicción respectiva. Vio con agrado los esfuerzos de la Comisión de las Comunidades Europeas por notificar la aceptación de las normas del Codex aplicables a los productos vendidos dentro del territorio de la Comunidad.

14. La Comisión observó que, desde la publicación del documento ALINORM 91/5, se había recibido otra respuesta del Gobierno de México por la que se notificaba la aceptación de varios LMR del Codex y que éstos se publicarían oportunamente. Como medio para conseguir una mayor aceptación de los LMR del Codex por los gobiernos, recomendó también a las autoridades nacionales e internacionales que se esforzaran por intensificar la aplicación de procedimientos de manejo integrado de plagas y reducir o suprimir la utilización de plaguicidas persistentes.

INFORME SOBRE LA SITUACION FINANCIERA DEL PROGRAMA CONJUNTO FAO/OMS SOBRE NORMAS ALIMENTARIAS PARA 1990/91 y 1992/93 (Tema 6 del programa)

15. La Comisión recibió un informe sobre la situación financiera del Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias correspondiente a los bienios de 1988/89, 1990/91 y 1992/93 (ALINORM 91/6). Cuando presentó el informe, la Secretaría de la Comisión observó que la situación presupuestaria del Programa era muy satisfactoria, puesto que la aplicación de un control más estricto en el sector de la documentación había permitido ejecutar el Programa dentro de los límites presupuestarios. La Comisión observó que los acuerdos de la FAO y la OMS sobre la participación en los gastos seguían basándose en una contribución al Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias del 75 por ciento por parte de la FAO y del 25 por ciento por la OMS y en una aportación adicional de la FAO como organismo administrador que facilitaba la documentación y otros servicios de apoyo, con la cual la participación efectiva de la FAO en los costos totales del Codex era del 83 por ciento.

16. La Comisión tomó nota de los presupuestos del Programa para 1990/91 y 1992/93 y de los costos todavía elevados de la documentación. Propuso que se procurara reducir en lo posible los costos de la documentación examinando el número de ejemplares de los documentos del Codex que se preparaban y distribuían. Agradeció a la FAO el apoyo financiero fuerte y constante que proporcionaba al Programa, y a la Secretaría los esfuerzos que había realizado para ejecutar las actividades de la Comisión dentro de las previsiones presupuestarias. Sin embargo, observó que seguía manteniéndose el presupuesto a un nivel de “crecimiento cero”. A este respecto, se expresó la inquietud por el hecho de que este nivel presupuestario era el mínimo que el Programa necesitaba para cumplir con sus obligaciones actuales y que para las actividades futuras del programa, por ejemplo en respuesta a las obligaciones dimanantes del propuesto Acuerdo en el marco del GATT, podrían necesitarse mayores recursos. La Comisión observó asimismo que no se habían tomado disposiciones en respuesta a las propuestas de financiar la asistencia de los Estados Miembros en desarrollo a las reuniones, porque estas necesidades se sufragarían en lo posible con otros recursos (véanse los párrs. 64–65 infra). La Secretaría señaló que los resultados de la Conferencia FAO/OMS sobre Normas Alimentarias, Sustancias Químicas en los Alimentos y Comercio Alimentario suponían para el programa mayores gastos en varios sectores y acordó elaborar, para la próxima reunión del Consejo Ejecutivo, un análisis de los costos previstos.

INFORME SOBRE LAS ACTIVIDADES DE LA FAO Y LA OMS QUE ATAÑEN A LA LABOR DE LA COMISION (Tema 7 del programa)

A. Informe sobre las actividades conjuntas FAO/OMS

Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios (JECFA)

17. Se informó a la Comisión de que, desde su última reunión, el Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios (JECFA) había celebrado tres reuniones, a saber:

18. En las dos reuniones dedicadas a los residuos de medicamentos veterinarios (36a y 38a), se había examinado un total de 18 medicamentos. Éstos comprendían 7 antihelmínticos, 5 agentes antimicrobianos, 3 tranquilizadores, 2 estimuladores del crecimiento y un agente bloqueador de los beta-adrenoreceptores. A 10 de éstos se había asignado una ingesta diaria admisible (IDA) y niveles máximos recomendados para residuos (LMR) y a los otros dos se habían asignado aceptaciones limitadas de residuos y un LMR. En esas reuniones, el Comité de Expertos había explicado detalladamente el proceso de decisión y los parámetros utilizados para establecer LMR recomendados y había examinado las consideraciones sobre los efectos farmacológicos al establecer las IDA.

19. En la 37a reunión, sobre aditivos alimentarios, se habían evaluado 23 sustancias, entre las que figuraban antioxidantes, preparados enzimáticos, aromatizantes, edulcorantes, un colorante alimentario y varios aditivos alimentarios. Se habían evaluado también dos contaminantes alimentarios (benzo [a] pireno y ocratoxina A) y revisado especificaciones para la pureza e identidad de 12 aditivos alimentarios. Se informó a la Comisión de que la 37a reunión, dedicada a los aditivos alimentarios, había sido la primera reunión del JECFA en la cual se habían evaluado sustancias producidas por manipulación genética. Se trataba de cinco enzimas utilizadas en la producción de alimentos y el Comité de Expertos se preguntaba acerca de los criterios que debía aplicar para evaluar la inocuidad de las mismas. A este respecto, el Comité había preparado una adición al documento publicado anteriormente sobre especificaciones generales para preparados enzimáticos utilizados en la elaboración de alimentos, que comprendía los principios que deberían tomarse en consideración cuando se evaluaran preparados enzimáticos derivados de microorganismos modificados genéticamente.

20. Se comunicó a la Comisión que la FAO había completado la labor de compilación de las especificaciones del JECFA sobre aditivos alimentarios en un compendio (de más de 1 400 páginas) y de actualización y revisión de la Guía de Especificaciones del JECFA (Estudios FAO: Alimentación y Nutrición, No 5). Estos documentos se encuentran en las fases finales de preparación para la publicación.

21. Por último, se informó a la Comisión de que, para 1992, se habían programado dos reuniones del JECFA, a saber: la 39a, sobre aditivos alimentarios, en Roma, en febrero de 1992, y la 40a, sobre residuos de medicamentos veterinarios, en Ginebra, en junio de 1992.

Reunión Conjunta FAO/OMS sobre Residuos de Plaguicidas (JMPR)

22. Se informó a la Comisión de que, desde el 18o período de sesiones de la Comisión del Codex Alimentarius, se habían celebrado dos reuniones conjuntas FAO/OMS sobre residuos de plaguicidas, en septiembre de 1989 y septiembre de 1990. En 1989 se habían evaluado 39 plaguicidas para determinar su ingesta diaria admisible y/o límites máximos para residuos y en 1990 se habían evaluado 44 plaguicidas.

23. En dichas reuniones se había puesto de relieve que, cuando se hicieran reevaluaciones de compuestos todavía en uso, debían incluirse para el examen datos pertinentes relativos a los seres humanos. En las reuniones se había examinado también la viabilidad de extrapolar los datos de residuos que se tenían a disposición a fin de aplicarlos a los productos de interés para los países en desarrollo, pero se reafirmó que las decisiones sobre extrapolaciones se tomarían caso por caso.

Programa Conjunto FAO/OMS de Vigilancia de la Contaminación de los Alimentos

24. Este Programa, que forma parte del Sistema Mundial de Vigilancia del Medio Ambiente (SIMUVIMA) del PNUMA, se había establecido en 1976 y, en la actualidad, participaban en él 39 países de todas las regiones del mundo. En el marco del mismo, se estaban vigilando con carácter prioritario contaminantes presentes en determinados alimentos. Además, se estaban obteniendo datos sobre exposición de personas a determinados contaminantes. Ambos conjuntos de datos eran de especial interés para la Comisión, en particular, para los Comités sobre Aditivos Alimentarios y Contaminantes de los Alimentos y sobre Residuos de Plaguicidas. El componente de garantía de la calidad analítica del Programa permitía que los laboratorios participantes comprobaran si su capacidad analítica era suficiente. Sin embargo, ni la FAO ni la OMS estaban en condición de acreditar laboratorios.

25. A fin de responder mejor a las necesidades y posibilidades específicas de los países de distintas partes del mundo, se estaba procediendo a regionalizar en cierta medida el Programa.

Grupo Asesor Internacional sobre Irradiación de Alimentos (ICGFI)

26. El Grupo, establecido en 1984, tenía en la actualidad 32 países miembros. Además, en la labor del Grupo participaban varias organizaciones no gubernamentales (ONG), incluida la Organización Internacional de las Uniones de Consumidores (IOCU). La labor del Grupo se realizaba con recursos extrapresupuestarios prometidos por sus miembros, y comprendía cursillos prácticos de capacitación, seminarios de información para la prensa y la preparación y publicación de documentos técnicos e inventarios.

Conferencia Internacional sobre Nutrición

27. Se informó a la Comisión de la decisión adoptada por los Directores Generales de la FAO y la OMS de convocar una Conferencia Internacional sobre Nutrición en diciembre de 1992, en Roma. Esta conferencia ofrecería una oportunidad única en su género para que la comunidad internacional se ocupara de una amplia variedad de cuestiones que afectaban al estado nutricional. Estaría abierta a todos los Estados Miembros de la FAO y la OMS y a las organizaciones internacionales, intergubernamentales y no gubernamentales interesadas. Se preveía que, cuando se ocupara de la amplia gama de problemas nutricionales, la Conferencia concedería la importancia necesaria al consenso específico a escala regional y subregional. Se informó asimismo a la Comisión de las diversas disposiciones sobre organización adoptadas para asegurar la participación de los Estados Miembros en todas las fases preparatorias de la Conferencia, en las deliberaciones de la misma y en sus actividades complementarias.

28. Entre las actividades de preparación figuraban la convocación de cursillos prácticos nacionales, subregionales y regionales sobre alimentación y nutrición y cuestiones afines, así como la realización de determinados estudios monográficos. En estas actividades preparatorias y durante la misma Conferencia se prestaría la atención necesaria a los aspectos de la calidad e inocuidad de los alimentos.

29. La Comisión expresó su agradecimiento y apoyo a la FAO y a la OMS por esta iniciativa importante.

Consulta Mixta FAO/OMS/OIEA de Expertos sobre Oligoelementos en la Nutrición Humana, Ginebra, 18–22 de junio de 1990

30. Se informó a la Comisión acerca de los resultados de esta Consulta, en la cual se habían examinado los adelantos logrados recientemente en la investigación sobre el análisis, la interacción y la biodisponibilidad de oligoelementos como zinc, selenio, cobre, yodo y molibdeno. El informe de la Consulta se publicaría a fines de 1991 en la Serie de Informes Técnicos de la OMS.

Consulta FAO/OMS de expertos en evaluación de la calidad de las proteínas, Bethesda, Md., EE.UU., 4–8 de diciembre de 1989

31. Se informó a la Comisión de las conclusiones y recomendaciones principales de esta Consulta, que se había celebrado atendiendo a la petición realizada por el Comité del Codex sobre Proteínas Vegetales en su 5a reunión (Ottawa, 6–10 de febrero de 1989). El objeto de la Consulta había sido el siguiente:

  1. examinar los conocimientos actuales en materia de evaluación de la calidad de las proteínas;

  2. estudiar las diversas técnicas utilizadas, y

  3. evaluar concretamente el método del cómputo de aminoácidos corregido en función de la digestibilidad de las proteínas.

32. En la Consulta se habían reconocido los importantes progresos realizados en la normalización de la metodología para aminoácidos, la evaluación de las necesidades humanas de aminoácidos y la determinación de la digestibilidad de las proteínas y aminoácidos en una variedad de alimentos. Se había señalado que la normalización de los métodos empleados en la determinación de todos los aminoácidos en los alimentos había redundado en una variación aceptable de los resultados entre laboratorios (coeficientes de variación de un 10 por ciento aproximadamente). También se había reconocido que el patrón para el cómputo de aminoácidos propuesto en 1985 por la FAO/OMS/UNU para niños en edad preescolar era todavía el más adecuado para la evaluación de la calidad de las proteínas alimentarias para todos los grupos de edad, salvo el de los niños de pecho. La Consulta había señalado además que los seres humanos y las ratas tenían una capacidad similar para digerir alimentos y había llegado a la conclusión de que la verdadera digestibilidad de la proteína cruda se aproxima bastante a la verdadera digestibilidad de la mayoría de los aminoácidos (determinada mediante el método del balance en ratas) en las dietas basadas en fuentes de proteínas animales, cereales, semillas oleaginosas, legumbres o proteínas de diversas fuentes. La Consulta había convenido en que el método del balance en ratas era el método práctico más conveniente para prever la digestibilidad de las proteínas en los seres humanos.

33. La Consulta, basándose en las conclusiones antes mencionadas, había acordado que el método del cómputo de aminoácidos corregido en función de la digestibilidad de las proteínas era el sistema más adecuado para la evaluación sistemática de la calidad de las proteínas para consumo humano y había recomendado que se aprobara como método oficial a nivel internacional. La Comisión ratificó estas conclusiones y recomendaciones. 1

B. Informe sobre determinadas actividades de la FAO en materia de control de los alimentos y protección del consumidor

34. Se informó a la Comisión de actividades concretas llevadas a cabo por el Grupo de Calidad de los Alimentos y Protección del Consumidor, del Servicio de Calidad de los Alimentos y Normas Alimentarias de la FAO, en cooperación con gobiernos miembros, para promover la calidad e inocuidad de los alimentos a lo largo de la cadena alimentaria. Estas actividades se describían en forma resumida en la parte B del documento ALINORM 91/7. La Comisión tomó nota con aprecio de la asistencia técnica prestada por la FAO a los países en desarrollo para la elaboración y fortalecimiento de sistemas nacionales integrados de control de los alimentos, el establecimiento de programas de vigilancia y control de los contaminantes presentes en los alimentos y la creación de sistemas nacionales de control y certificación de la calidad de los alimentos importados y exportados.

35. La Comisión tomó nota también de la prioridad que se concedía al desarrollo de los recursos humanos dentro de estas actividades, como lo indicaban los dieciséis seminarios y cursos regionales de capacitación llevados a cabo en diversas partes del mundo y las actividades locales de capacitación organizadas en más de treinta países. Estos cursos de capacitación abarcaban una gran variedad de temas técnicos directamente relacionados con el control de la calidad y la inocuidad de los alimentos. La Comisión tomó nota especialmente de las actividades de capacitación emprendidas por la FAO en el marco del proyecto de la red de capacitación en control de los alimentos para la región de Asia.

36. La Comisión tomó nota asimismo de las amplias actividades llevadas a cabo en el sector de la prevención y control de las micotoxinas como medidas complementarias de la segunda Conferencia Internacional sobre Micotoxinas (Bangkok, 1987) y en colaboración con el PNUMA y el PNUMACOM. La Comisión acogió con agrado los constantes esfuerzos realizados por la FAO para suministrar a los laboratorios de control de micotoxinas de los países en desarrollo normas y materiales de referencia y para organizar programas regionales de garantía de la calidad del análisis de determinados contaminantes de los alimentos, incluidas las micotoxinas.

37. En lo que respecta a los alimentos que se venden en la vía pública, la Comisión tomó nota con interés de los últimos estudios y seminarios llevados a cabo sobre el tema en diversos países, los progresos realizados en la elaboración del Proyecto de Código de Prácticas de Higiene para la Preparación y Venta de Alimentos en la Vía Pública y el programa de vídeo sobre los alimentos vendidos en las calles preparado recientemente en Asia. La Comisión expresó su pleno apoyo a estas actividades.

1 La Delegación de Francia expresó reservas en cuanto a la ratificación de estas conclusiones y recomendaciones.

38. Se informó a la Comisión sobre el plan de acción de la FAO para prestar asistencia a los gobiernos de los países de América Latina y el Caribe afectados por la epidemia de cólera, en sus esfuerzos para controlar la propagación de esta epidemia. Se notificó a la Comisión que esta asistencia se destinaría sobre todo a mejorar las prácticas de manipulación en todos los niveles de la cadena alimentaria, prestando especial atención a los alimentos que se venden en la vía pública, y a reforzar los programas de control de la

calidad e inspección de las importaciones y exportaciones, con el fin de proteger los suministros nacionales de alimentos y fomentar las oportunidades comerciales. Varias delegaciones expresaron su preocupación por la posible utilización de este trágico suceso como obstáculo no arancelario y señalaron a la atención de la Comisión las repercusiones negativas que tal utilización podría tener tanto en el comercio de exportación de alimentos de la región comoen el turismo, repercusiones, todas ellas, que tendrían efectos en las economías de los países afectados.

C. Informe de las actividades de la OMS

39. La Comisión tomó nota de las actividades descritas en el documento ALINORM 91/7 y, en particular, de las cuestiones que se indican a continuación.

Comisión de la OMS sobre Salud y Medio Ambiente

40. Se informó a la Comisión de que el Director General de la OMS había establecido una Comisión sobre Salud y Medio Ambiente con el mandato de evaluar los efectos de los cambios medioambientales en la salud humana. Dicha Comisión estaba presidida por la Sra. Simone Veil, ex Ministra de Sanidad de Francia y ex Presidenta del Parlamento Europeo. Se habían establecido cuatro grupos técnicos para prestar asistencia a la Comisión: Energía, Industria, Urbanización, y Alimentación y Agricultura. El Grupo sobre Alimentación y Agricultura, que estaba presidido por el profesor Kampelmacher, de los Países Bajos, y en el que participaba uno de los Vicepresidentes del Codex, el Dr. Tape, del Canadá, había hecho un examen general de los cambios que se preveían en el medio ambiente como consecuencia de la expansión e intensificación de la producción agrícola y pesquera para satisfacer las necesidades alimentarias de la población mundial siempre creciente. El informe de la Comisión sobre Salud y Medio Ambiente, de la OMS, constituiría una de las aportaciones de la OMS a la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, que había de celebrarse en Rio de Janeiro (Brasil), en junio de 1992.

Cólera

41. Desde que se conocieron los primeros casos de epidemia de cólera en América Latina, a comienzos de 1991, habían contraído la enfermedad unas 230 000 personas. A los enormes problemas de salud con que se enfrentaban los países afectados se sumaban también los graves problemas económicos, debido a que habían disminuido sus exportaciones de algunos productos agrícolas y pesqueros, así como el turismo. Para responder eficazmente a esta situación, el Director General de la OMS había establecido un Grupo de Acción Mundial sobre el Control del Cólera, para coordinar la labor de todos los programas técnicos de la OMS. Dado que el cólera era una enfermedad transmitida por los alimentos y el agua, el Programa de Inocuidad de los Alimentos formaba parte de este Grupo de Acción. Con el fin de aliviar los problemas económicos que se habían creado a raíz de que varios países habían reducido o incluso suspendido sus importaciones de alimentos y piensos (harina de pescado) provenientes de los países afectados, el Grupo de Acción había publicado un comunicado de prensa y un artículo en su Boletín Epidemiológico Semanal sobre pequeños riesgos de transmisión de cólera a través de los alimentos importados.

42. La 44a Asamblea Mundial de la Salud (mayo de 1991), tras un extenso examen relacionado con la epidemia del cólera, adoptó una resolución (WHA 44.6) por la que exhortaba, entre otros, a la comunidad internacional a que intensificara su solidaridad para con los países afectados por la epidemia y a que no aplicara a dichos países restricciones que no estuvieran justificadas desde el punto de vista de la salud pública, en particular, por lo que respecta a la importación de productos procedentes de los países en cuestión. A las delegaciones que participaron en la 44a Asamblea Mundial de la Salud se les distribuyó también una declaración preparada por el Grupo de Acción sobre el riesgo de trasmisión del cólera en relación con el comercio internacional de

alimentos, en la que se subrayaba que la trasmisión del cólera a través del comercio internacional de alimentos era más bien un riesgo teórico que real, riesgo que normalmente podía afrontarse con otros medios distintos de la suspensión de las importaciones.

43. Con objeto de proporcionar a los viajeros asesoramiento práctico sobre como alimentarse de forma inocua -para evitar enfermedades diarreicas trasmitidas por alimentos, incluso el cólera - y qué hacer en caso de diarrea, los Programas sobre Inocuidad de los Alimentos y Lucha contra las Enfermedades Diarreicas de la Organización Mundial de la Salud habían publicado una Guía sobre Alimentos Inocuos para los Viajeros, que podía obtenerse en los idiomas alemán, árabe, español, francés e inglés. Se encontraba también en fase avanzada de preparación una Guía para identificar peligros y evaluar riesgos relacionados con la producción y almacenamiento de alimentos, aplicable a la manipulación de los alimentos en el hogar, en la venta callejera y en la producción artesanal e industrial.

INFORME SOBRE LAS ACTIVIDADES DE OTRAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES QUE TRABAJAN EN LA NORMALIZACION DE ALIMENTOS Y MATERIAS AFINES (Tema 8 del programa)

44. Al examinar este tema del programa, la Comisión tuvo ante sí el documento ALINORM 91/8, en el que se resumían las actividades de interés planteadas en la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa (CEPE).

45. El observador de la CEPE puso de relieve las actividades de su Grupo de Trabajo sobre Normalización de Alimentos Perecederos y Novedades en Materia de Calidad y tomó nota con agrado de los progresos realizados por el Comité del Codex sobre Frutas y Hortalizas Tropicales Frescas en la armonización del texto del Anteproyecto de Norma del Codex para el Mango con el contenido y formato de la Norma de la CEPE para el Mango. Se señaló asimismo que el Grupo de Trabajo de la CEPE estaba realizando un examen de los requisitos de calidad para la categoría II y los requisitos mínimos de calidad del Codex para uvas pasas, dátiles, albaricoques (damascos) secos y pistachos sin descascarar, establecidos en un anterior acuerdo de trabajo entre la CAC y la CEPE en que se estipulaba la armonización, siempre que fuera posible, de dichos requisitos. Además, se indicó que el Grupo de Trabajo proseguía con sus actividades de armonización de las vigentes normas comerciales para facilitar el comercio internacional, entre los propios países europeos y de otros países con éstos, en relación con una amplia variedad de productos perecederos. El observador señaló que los procedimientos de trabajo establecidos entre las secretarías del Codex y de la CEPE tenían por objeto evitar toda duplicación de trabajos y superposición de actividades de normalización.

46. Se expresó preocupación respecto a que la norma de la CEPE para las almendras de anacardo fuera elaborada por un órgano internacional de normalización como el Codex u otra organización en lugar de la CEPE, porque ésta estaba integrada por países consumidores y no productores. La Comisión destacó la importancia de la colaboración de la CEPE con la ISO en la elaboración de la norma para las almendras de anacardo, con miras a establecer una norma aplicable tanto a países exportadores como importadores.

INFORME SOBRE LA RONDA URUGUAY DE NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES DEL GATT EN RELACION CON LAS MEDIDAS Y OBSTACULOS SANITARIOS Y FITOSANITARIOS (Tema 9 del programa)

47. La Secretaría presentó el documento ALINORM 91/9, en el que se ofrecía un resumen de los antecedentes históricos de la labor desarrollada en relación con los obstáculos sanitarios y fitosanitarios, así como de las repercusiones de esta labor en el Codex y las actividades conexas de la FAO y la OMS. El informe se presentó básicamente como documento informativo, que no exigía que la Comisión adoptara ninguna medida concreta.

48. El representante del GATT puso de relieve las principales disposiciones del proyecto de acuerdo sobre medidas sanitarias y fitosanitarias. Señaló en particular las siguientes: la exhortación a los países a que utilizaran las normas, directrices y recomendaciones internacionales, entre ellas las normas del Codex; el reconocimiento del derecho de los países a aplicar normas más estrictas cuando estuviera justificado desde el punto de vista científico; la necesidad de que las medidas sanitarias se basaran en una evaluación de los riesgos; el reconocimiento de la equivalencia de medidas alternativas; las disposiciones relativas a la información y justificación que deberán proporcionar los países; y la aplicación de los procedimientos del GATT para la solución de controversias. No obstante, quedaban todavía diversos ámbitos de desacuerdo, en particular los relativos a las disposiciones sobre el estado de los animales, las preocupaciones de los consumidores y las medidas de protección del medio ambiente; los procedimientos nacionales para establecer límites de residuos de plaguicidas en los alimentos; y la aplicación del acuerdo del GATT en los organismos gubernamentales regionales y locales.

49. El representante del GATT informó de que las negociaciones proseguían y que muchos participantes deseaban que la Ronda Uruguay concluyera a finales de 1991. No obstante, era poco probable que se celebrara una nueva reunión sobre el acuerdo sanitario mientras no se hubieran realizado considerables progresos ulteriores en otros aspectos de las negociaciones sobre agricultura. El representante señaló además el valor de la Conferencia sobre Normas Alimentarias, Sustancias Químicas en los Alimentos y Comercio Alimentario y las recomendaciones dimanantes de esta reunión, en relación con la aplicación de las normas del Codex propuesta por el GATT.

50. A petición de algunos países, la Secretaría aclaró que, dentro del objectivo a largo plazo del GATT de promover la aplicación de medidas sanitarias armonizadas basadas en normas, directrices o recomendaciones internacionales, se preveía la aplicación de las normas del Codex por las partes contratantes del GATT. Sin embargo, las disposiciones del GATT eran vinculantes para las partes contratantes y regulaban los procedimientos utilizados en la solución de diferencias para decidir si determinadas medidas aplicadas por los Gobiernos Miembros estaban justificadas y eran legítimas.

51. La Comisión convino en expresar su apoyo constante a los objetivos de las negociaciones del GATT en relación con los obstáculos sanitarios y fitosanitarios y señaló la importancia de estos debates. La Comisión consideró también que, aun en el caso de que las negociaciones de la Ronda Uruguay fracasaran, la labor de la Comisión saldría reforzada y la nueva orientación de las actividades de la Comisión seguiría siendo válida.

CUESTIONES PLANTEADAS EN EL INFORME DE LA CONFERENCIA FAO/OMS SOBRE NORMAS ALIMENTARIAS, SUSTANCIAS QUIMICAS EN LOS ALIMENTOS Y COMERCIO ALIMENTARIO (Tema 10 del programa)

52. La Comisión tuvo ante sí los documentos LIM 2, ALINORM 91/4 y ALINORM 91/10, en los cuales se sintetizaban las recomendaciones y declaraciones aprobadas por consenso por la Conferencia, se indicaban las repercusiones de éstas para la Comisión del Codex Alimentarius y se proponían cursos de acción posibles.

53. El Señor E.F. Kimbrell, Presidente de la Conferencia, presentó el informe de la misma y puso de relieve que contenía recomendaciones dirigidas no sólo a la CAC sino también a la FAO y a la OMS en relación con las actividades de control de los alimentos y la labor de los comités, grupos y cuadros de expertos FAO/OMS. Se analizaban las repercusiones de la Ronda Uruguay del GATT en la labor de la Comisión y las modificaciones que tal vez era necesario introducir. Además, se señalaba la necesidad de intensificar los esfuerzos para dar a conocer la importante labor de la Comisión.

54. Se señalaron las aportaciones valiosas del JECFA y de la JMPR y la necesidad de fortalecer esta labor. Era necesario dar a conocer los criterios de evaluación, normalizarlos y mejorar la transparencia del procedimiento. Era fundamental disponer de una mayor cantidad de datos de calidad superior sobre las buenas prácticas agrícolas y las buenas prácticas de fabricación.

55. Se hizo observar que las recomendaciones de la Conferencia tenían repercusiones presupuestarias. La Comisión expresó su inquietud puesto que se habían identificado esferas esenciales de trabajo cuya realización requeriría mayores fondos u otras formas de financiación exterior.

56. La Comisión examinó punto por punto las recomendaciones contenidas en el documento ALINORM 91/10, 1 a saber:

Relaciones con los consumidores

57. La Comisión suscribió firmemente las recomendaciones de la Conferencia y las medidas propuestas en el documento ALINORM 91/10. Observó que los gobiernos nacionales eran los responsables principales de conseguir una mayor participación de los consumidores. Se sostuvieron extensos debates acerca de la cuestión de dar publicidad a la labor de la Comisión y se pidió a la Secretaría que elaborara resúmenes e informes sencillos que fueran fáciles de entender.

58. La Comisión aceptó complacida el ofrecimiento del observador de la IOCU de elaborar un documento para debate sobre la participación y formación del consumidor. La Comisión alentó los esfuerzos conjuntos por informar a los consumidores y obtener aportaciones de grupos exteriores durante las fases iniciales del proceso de armonización.

59. La Comisión estuvo de acuerdo en que en el programa de su próxima reunión se incluiría un tema en cuyo marco los gobiernos podían informar sobre los progresos realizados en favor de una mayor participación del consumidor y de la industria en el proceso de toma de decisiones.

Armonización de las reglamentaciones nacionales y repercusiones en las exportaciones

60. La Comisión hizo suyas las declaraciones hechas en la Conferencia en las que se instaba a la armonización urgente de los reglamentos alimentarios nacionales. Señaló la importancia de dicha armonización como medio para acrecentar las exportaciones de los países en desarrollo.

Enfoque “horizontal” de la normalización alimentaria

61. La Comisión tomó nota con satisfacción de que ya se estaban emprendiendo trabajos con un planteamiento “horizontal” y recibió con agrado la recomendación de fortalecer este enfoque. Varias delegaciones recalcaron la necesidad de intensificar y mejorar la información dietética para que el enfoque horizontal fuera plenamente fructífero. La Comisión también observó que este criterio no siempre tenía una aplicación universal, aunque podía aplicarse a determinadas clases o grupos de productos o incluso a productos específicos.

62. La Comisión indicó que los comités de asuntos generales deberían examinar sus mandatos a este respecto, pero no quería que ello retrasara la elaboración de normas de carácter “horizontal”.

1 En el Apéndice IV del presente informe se resumen las conclusiones y recomendaciones de la Conferencia contenidas en el documento ALINORM 91/10.

Reestructuración de las normas para suprimir el exceso de detalles

63. Las Comisión suscribió las recomendaciones generales y tomó nota de que éstas se seguirían examinando en el marco del Tema 13 del programa.

Mejor participación en la labor del Codex

64. La Comisión reafirmó la eficacia del sistema de observaciones escritas pormenorizadas como medio de participación, y suscribió firmemente la recomendación de la Conferencia por la que se exhortaba a hacer mayores esfuerzos para mejorar la participación de los países en desarrollo en las actividades del Codex. Se puso de relieve la importancia de que los comités mantuvieran los cursillos prácticos y grupos de trabajo celebrados independientemente de las reuniones de los comités al nivel mínimo absolutamente necesario porque tales reuniones constituían una pesada carga para muchos países, sobre todo para los países en desarrollo, que carecían de recursos suficientes para participar. La Comisión tomó nota con satisfacción de que varios países desarrollados habían ayudado a países en desarrollo para que éstos participaran en el Codex y confiaba en que tales esfuerzos continuaran o se acrecentaran.

65. Se examinó detalladamente la recomendación de que se estudiara la posibilidad de enmendar el Artículo XI.4 del Reglamento de la Comisión. Algunas delegaciones sugirieron que no era conveniente introducir enmiendas encaminadas a permitir la financiación a través de la FAO o la OMS porque ello plantearía problemas de contabilidad y dispersión. Se formuló una propuesta, apoyada por varios países, en el sentido de enmendar el Artículo para permitir únicamente la utilización de fondos extrapresupuestarios inclusive de fuentes que no vueran la FAO y la OMS, a fin de promover la participación de los países en desarrollo.

66. La Comisión decidió remitir al Comité del Codex sobre Principios Generales la cuestión de la enmienda del Artículo XI.4 del Reglamento para que éste la examinara, con la petición de que en dicho examen se tomaran en cuenta las deliberaciones habidas en la Comisión y en el Comité Ejecutivo.

Importancia de la Ronda Uruguay de Negociaciones Comerciales Multilaterales en el marco del GATT

67. La Comisión suscribió plenamente la declaración de la Conferencia acerca de este asunto. Varias delegaciones señalaron el impulso que las negociaciones daban a las actividades de la Comisión.

68. La Comisión tomó nota con satisfacción de que se le solicitaría asesoramiento científico en materia de control de los alimentos e indicó su disponibilidad para facilitar asistencia.

Modificación del procedimiento de aceptación

69. La Comisión observó que en el proceso de notificación ya se había utilizado la modalidad de “libre distribución” y apoyó firmemente, en principio, la recomendación de la Conferencia. No obstante, varias delegaciones indicaron la necesidad de examinar atentamente la cuestión de la “libre distribución” y su definición, dado que podría tener repercusiones jurídicas y de otro tipo difíciles de discernir inmediatamente. Por consiguiente, la Comisión indicó a la Secretaría que elaborara una propuesta detallada sobre la revisión del procedimiento de aceptación para someterla al examen del Comité del Codex sobre Principios Generales, con miras a enmendar el Manual de Procedimiento.

Aceleración de la elaboración y enmienda de las normas del Codex

70. La Comisión suscribió plenamente la recomendación de la Conferencia a este respecto y observó que la cuestión se trataría mas exhaustivamente en relación con temas del programa que habían de examinarse todavía.

Examen de las normas del Codex

71. La Comisión estuvo plenamente de acuerdo con la recomendación de la Conferencia de que se examinaran las normas. La Comisión tomó nota con satisfacción de que la Secretaría había adoptado ya medidas para determinar las normas que deberían ser objeto de un examen prioritario. Atendiendo a una propuesta, la Comisión convino en que se podía pedir a los países “hospedantes” su apoyo en este empeño. También convino en que se deberían realizar esfuerzos para que los países en desarrollo participaran en este proceso.

Examen de los procedimientos del Codex

72. La Comisión ratificó plenamente las propuestas de acción encaminadas a aplicar las recomendaciones de la Conferencia esbozadas en el punto 11 del Apéndice I del documento ALINORM 91/10. La Comisión aceptó la recomendación del Comité Ejecutivo de que se instituyeran inmediatamente medidas necesarias para establecer la modalidad de adopción por mayoría de dos tercios en el proceso de elaboración en el Trámite 5, en espera de las enmiendas al Manual de Procedimiento, cuya adopción había de recomendar el Comité del Codex sobre Principios Generales. Varios delegados indicaron que sería necesario celebrar más reuniones del Comité del Codex sobre Principios Generales. Asimismo, diversas delegaciones señalaron que debería llevarse a cabo una revisión de todo el proceso de elaboración, y que podían estudiarse la posibilidad de instituir un procedimiento de elaboración basado en el voto por correo, así como las modalidades de aplicación de tal procedimiento.

73. La Comisión decidió que el Comité del Codex sobre Principios Generales examinara todo el procedimiento de elaboración y que, para acelerar este proceso, se tuvieran en cuenta tanto las observaciones formuladas por escrito como las medidas adoptadas por el Comité Ejecutivo.

Comité del Codex sobre Aditivos Alimentarios y Contaminantes de los Alimentos

74. La Comisión tomó nota de que no era necesario adoptar ninguna medida con respecto a la recomendación formulada en la Conferencia celebrada en marzo, ni dividir en dos el Comité.

Estructura del Comité Ejecutivo y funciones de los representantes regionales

75. La Comisión convino con el Comité Ejecutivo en que este asunto no tenía alta prioridad. La Comisión acordó que tanto el Comité Ejecutivo en su próxima reunión como el Comité del Codex sobre Principios Generales examinaran más detalladamente esta cuestión.

Buenas prácticas agrícolas y LMR del Codex para plaguicidas

76. La Comisión ratificó las recomendaciones de la Conferencia, tomando nota de que iban dirigidas principalmente a las Reuniones Conjuntas FAO/OMS sobre Residuos de Plaguicidas y a los Estados Miembros. La Comisión estuvo de acuerdo con el Comité Ejecutivo en que el Comité del Codex sobre Residuos de Plaguicidas no evaluaba los residuos de plaguicidas.

Recursos para el JECFA, la JMPR y otros grupos de expertos

77. La Comisión ratificó la declaración de la Conferencia en el sentido de que la FAO y la OMS deberían colaborar a fin de asegurar la disponibilidad de recursos suficientes para el JECFA, la JMPR y otras formas de apoyo científico. La Comisión tomó nota con agrado de que en el Resumen del Programa de Labores y Presupuesto de la FAO, presentado al Consejo de la FAO en junio de 1991, se había incluido una propuesta de celebrar una tercera reunión del JECFA en el bienio 1991–1993. También tomó nota de que en 1990/91 se habían utilizado recursos extrapresupuestarios para hacer frente a peticiones adicionales de evaluaciones científicas y que éste podía ser el único medio para atender peticiones de este tipo durante el bienio en curso.

Evaluación de riesgos

78. La Comisión ratificó las opiniones expresadas por la Conferencia, tomando nota de los puntos de vista manifestados en el Comité Ejecutivo con respecto a la creciente necesidad de transparencia. Varias delegaciones señalaron la necesidad urgente de que se elaboraran criterios para la evaluación, especialmente en el caso de contaminantes como las aflatoxinas. La Comisión tomó nota de que era necesario uniformar las evaluaciones, que el proceso debería estar abierto y ser accesible a los gobiernos de los países y a las organizaciones interesadas y que se deberían tomar medidas para que la prensa comprendiera mejor el proceso.

Productos alimenticios nuevos obtenidos mediante la aplicación de la biotecnología

79. La Comisión ratificó las recomendaciones de la Conferencia y tomó nota de que este asunto se examinaría detalladamente en relación con el Tema 11 del programa.

Sustancias que pasan de los materiales de envasado a los alimentos

80. La Comisión estuvo de acuerdo con el Comité Ejecutivo en que este tema no merecía una consideración de alta prioridad por parte del JECFA. Sin embargo, esto no significaba que tuvieran que interrumpirse todas las actividades relacionadas con las sustancias de este tipo. Varias delegaciones indicaron que el Comité del Codex sobre Aditivos Alimentarios y Contaminantes de los Alimentos debería seguir asignando prioridades a las distintas sustancias. También señalaron que entre los consumidores existía la impresión de que había problemas en este ámbito y que la Comisión debería estar dispuesta a abordar tales preocupaciones. El observador de la IOCU pidió que se prestara atención a las sustancias de este tipo, dado que suscitaban preocupación entre los consumidores.

81. La Comisión convino en que era el organismo adecuado para responder a las preocupaciones y señaló que se estaba trabajando en relación con un número limitado de sustancias que justificaban una acción. La Comisión pidió al Comité sobre Aditivos Alimentarios y Contaminantes de los Alimentos que la mantuviera informada de cualesquiera otras preocupaciones.

Establecimiento de un comité que se ocupe de los problemas relativos al control de las exportaciones e importaciones

82. La Comisión examinó detalladamente las recomendaciones de la Conferencia al respecto, así como el mandato propuesto por la Secretaría, junto con las recomendaciones del Comité Ejecutivo. La mayoría de las delegaciones expresaron la opinión de que un comité que se ocupara de las cuestiones relativas a las importaciones y exportaciones sería de gran utilidad para todos los países, pero especialmente para los países en desarrollo. La delegación de México apoyó firmemente la propuesta de establecer un Comité y pidió que se redactara de nuevo el mandato propuesto, con el fin de incluir también la propuesta del Comité Coordinador para América Latina y el Caribe en relación con el establecimiento de un sistema de certificación, tal como se había recomendado en la Conferencia celebrada en marzo.

83. Algunas delegaciones indicaron que el mandato era demasiado amplio, que no abordaba los problemas concretos y que en algunos casos duplicaba las responsabilidades ya asignadas a otros comités del Codex. Estas delegaciones opinaron también que las esferas conflictivas deberían confiarse al Comité sobre Principios Generales, a fin de que determinara el comité adecuado al que debería remitirse el problema.

84. La Comisión decidió que en virtud de lo dispuesto en el Artículo IX.1(b) (i), debería establecerse un comité que se ocupara de las cuestiones relativas a la inspección y certificación de las importaciones y exportaciones. Además, decidió que sería esencial examinar la necesidad de que el comité prosiguiera sus actividades después de dos reuniones. Las delegaciones de Alemania, Bélgica, Dinamarca, Francia, Irlanda, Países Bajos y Suiza se opusieron al establecimiento del comité.

85. La Comisión, tomando como precedente el mandato del Comité del Codex sobre Residuos de Medicamentos Veterinarios en los Alimentos, decidió remitir el texto del mandato, tal como lo había enmendado la Secretaría (se había suprimido el punto “a”), a los gobiernos, junto con una copia de los debates mantenidos en la reunión, para que formularan observaciones. El Comité, en su primera reunión, examinaría el proyecto de mandato, las observaciones y la propuesta del Comité Coordinador del Codex para América Latina y el Caribe en relación con el establecimiento de un sistema de certificación, y formularía recomendaciones a la Comisión para que las examinara.

86. La Comisión decidió además, por unanimidad, aceptar el amable ofrecimiento del Gobierno de Australia para hospedar el Comité recién establecido.

Producción higiénica de alimentos

87. La Comisión estuvo plenamente de acuerdo con la ratificación formulada por el Comité Ejecutivo respecto a la declaración de la Conferencia sobre los problemas relacionados con la producción higiénica de alimentos. También convino en que la contaminación microbiológica de los alimentos exigía una atención prioritaria y remitió ambos temas al Comité del Codex sobre Higiene de los Alimentos, para que les prestara atención prioritaria.

REPERCUSIONES DE LA BIOTECNOLOGIA EN LAS NORMAS Y CODIGOS DE PRACTICAS INTERNACIONALES PARA ALIMENTOS (Tema 11 del programa)

88. Al examinar el documento ALINORM 91/11, la Comisión recordó que la cuestión de la biotecnología había sido examinada por primera vez en 1989 en el 18o período de sesiones de la Comisión. En esa ocasión, se había informado a la Comisión acerca de la iniciativa de la OMS de convocar, conjuntamente con la FAO, una Consulta sobre la evaluación de la biotecnología en la producción y elaboración de alimentos en relación con la inocuidad de los mismos. Dicha Consulta se había celebrado en Ginebra en noviembre de 1990, y el informe correspondiente se distribuiría como publicación oficial de la OMS al final de 1991. La Consulta había reconocido la biotecnología como un tema que abarcaba tanto las técnicas de mejora tradicionales como las técnicas modernas basadas en tecnologías de DNA recombinante. Las biotecnologías “modernas” tenían el potencial de revolucionar el suministro de alimentos, no solo en cuanto a la cantidad sino también en cuanto a la calidad. Aunque la Consulta opinó que los alimentos derivados de las biotecnologías “modernas” no eran intrínsecamente menos inocuos que los derivados de las biotecnologías tradicionales, había que considerar siempre la cuestión de la inocuidad. Además, tal vez había que abordar también las preocupaciones de orden nutricional.

89. Teniendo en cuenta el asesoramiento científico y técnico de los comités y consultas mixtas de expertos FAO/OMS, se esperaba que los Comités del Codex sobre Nutrición y Alimentos para Regímenes Especiales, sobre Etiquetado de los Alimentos, sobre Aditivos Alimentarios y Contaminantes de los Alimentos y sobre Higiene de los Alimentos constituyeran los principales Comités con responsabilidades sobre cuestiones biotecnológicas. Además, varios comités de productos (por ejemplo sobre Proteínas Vegetales, Cereales, Legumbres y Leguminosas, Pescado y Productos Pesqueros, Grasas y Aceites) tal vez tenían que desempeñar una función orientada a alcanzar el consenso internacional sobre determinados alimentos nuevos.

90. La Comisión ratificó las conclusiones y recomendaciones en la Consulta FAO/OMS. Señaló que, si bien los consumidores se beneficiarían de la “moderna” biotecnología alimentaria, algunos consumidores estimaban que dicha tecnología plantearía ciertos problemas. Por ejemplo, algunos de ellos, por razones éticas o de otra índole, tal vez no deseaban comprar alimentos derivados de la biotecnología “moderna”. La Comisión pidió al Comité del Codex sobre Etiquetado de los Alimentos que asesorara en qué forma podría darse a conocer a los consumidores el hecho de que un alimento se hubiera obtenido mediante la aplicación de biotecnologías “modernas”.

91. Se subrayó la necesidad de proporcionar a los consumidores información válida, de base científica, en que se explicaran las aplicaciones de la biotecnología en la producción y elaboración de alimentos y se aclararan las cuestiones de inocuidad conexas. En este contexto, se informó a la Comisión de que la OMS estaba explorando las posibilidades de preparar un libro sobre botecnología alimentaria para lectores no técnicos, basándose en el informe de la Consulta FAO/OMS.

92. La Comisión ratificó las opiniones expresadas por el Comité Ejecutivo y convino en que la Comisión siguiera de cerca la evolución en el campo de la biotecnología alimentaria y en que los comités de asuntos generales indicados anteriormente examinaran las cuestiones relacionadas con la biotecnología en el ámbito de sus respectivos mandatos (véase ALINORM 91/4, párr. 34). La Comisión pidió a la OMS que distribuyera el informe de la Consulta a todos los puntos de contacto del Codex. Debía presentarse a la Comisión, en su 20o período de sesiones, un informe de la situación sobre este asunto.

CONVERSION DE LAS NORMAS REGIONALES DEL CODEX EN NORMAS MUNDIALES: INFORME DE LA SITUACION (Tema 12 del programa)

93. La Comisión tuvo ante sí el documento ALINORM 91/2, preparado por la Secretaría. La Comisión observó que las normas regionales elaboradas por los Comités Coordinadores para Europa y Africa regulaban productos que en general se comercializaban fuera de la región en que se habían elaborado dichas normas. Atendiendo una petición del Comité Ejecutivo (37a reunión, julio de 1990), se había invitado a los gobiernos a que formularan observaciones sobre propuestas encaminadas a convertir las normas regionales de la Comisión en normas mundiales. Los pocos que habían respondido se habían pronunciado a favor de esta idea.

94. La Comisión decidió no adoptar como normas mundiales las normas regionales vigentes hasta que éstas se hubieran sometido al examen de todos los países mediante el procedimiento de trámites. Ello se consideró necesario para asegurar un aporte suficiente de datos de los países que no habían participado en la elaboración inicial de las normas en cuestión. Por consiguiente, recomendó que se presentaran de nuevo a los Gobiernos las normas regionales vigentes y las normas regionales adoptadas en el presente período de sesiones para que formularan observaciones en el Trámite 3 con miras a establecerlas como normas mundiales. La Comisión acordó encomendar la elaboración de las normas mundiales a los Comités siguientes:

Aguas Minerales Naturales: Comité del Codex Sobres Aguas Minerales Naturales1

Hongos Frescos Cantarelos: Comité del Codex sobre Frutas y Hortalizas Elaboradas

Vinagre: Comité del Codex sobre Frutas y Hortalizas Elaboradas

Mayonesa: Comité del Codex sobre Grasas y Aceites

Gari: Comité del Codex sobre Cereales, Legumbres y Leguminosas

Mijo Perla en Grano: Comité del Codex sobre Cereales, Legumbres y Leguminosas

Harina de Mijo Perla: Comité del Codex sobre Cereales, Legumbres y Leguminosas

EXAMEN DEL FORMATO DE LAS NORMAS DEL CODEX (Tema 13 del programa)

95. La Secretaría presentó el documento ALINORM 91/30, que se había preparado como respuesta a los debates sostenidos en el ámbito del Codex a lo largo de varios años sobre si el número considerable de detalles estipulados en algunas normas del Codex influía tal vez negativamente en su aceptación por los gobiernos. La Conferencia FAO/OMS sobre Normas Alimentarias, Sustancias Químicas en los Alimentos y Comercio Alimentario había considerado que efectivamente era así en algún grado y había recomendado que todas las normas del Codex fueran revisadas teniendo presentes su aceptación y su importancia en el comercio internacional. La Secretaría había preparado el documento teniendo en cuenta la recomendación de la Conferencia. Como apéndice al documento ALINORM 91/30 se había adjuntado una lista de normas del Codex, por orden de prioridad de revisión, que había elaborado la Secretaría en respuesta a la recomendación de la Conferencia.

96. La Comisión no puso ninguna objeción, en principio, a que se revisaran las normas del Codex, tal como se proponía en el d había ratificado el Comité Ejecutivo (ALINORM 91/4, párrs. 35–37). No obstante, la Comisión convino en que la revisión debería ser más amplia de lo que se recomendaba en el documento e incluir las preocupaciones relativas a la salud, inocuidad y protección de los consumidores, así como los elementos esenciales para asegurar unas prácticas comerciales equitativas y proteger contra el fraude. La Comisión acordó, en principio, que la información detallada incluida en las normas del Codex se transfiriera de estas normas a otros documentos de carácter consultivo y que, en la medida de lo posible, las normas no contuvieran ninguna disposición de carácter facultativo.

97. La Comisión insistió en la necesidad urgente de revisar las normas del Codex y pidió a la Secretaría que se pusiera en comunicación con las secretarías de los gobiernos hospedantes para iniciar esta labor lo antes posible. La Comisión elogió las actividades que estaba realizando ya el Comité del Codex sobre Pescado y Productos Pesqueros en este ámbito. Asimismo convino en que el Codex Alimentarius Abreviado podía servir como modelo útil para simplificar la información contenida en las normas del Codex.

1 La Comisión acordó que el Comité del Codex sobre Aguas Minerales Naturales, que hasta la fecha había desempeñado sus funciones en calidad de Comité Europeo, actuaría en adelante a escala mundial.

CARACTER DE LOS TEXTOS CONSULTIVOS DEL CODEX Y PROCEDIMIENTOS PARA SU ELABORACION (Tema 14 del programa)

98. La Comisión tuvo ante sí el documento ALINORM 91/33, preparado como respuesta a las preguntas formuladas en el 18o período de sesiones de la Comisión del Codex Alimentarius y en la 37a reunión del Comité Ejecutivo (ALINORM 91/3, párr. 43).

99. La Comisión ratificó las conclusiones del Comité Ejecutivo en el sentido de que, en principio, todos los textos del Codex deberían someterse a unos procedimientos de elaboración completos y transparentes, con una participación plena y por igual de todos los Estados Miembros y otras partes interesadas. Pidió a todos los Comités que se cercioraran de que los textos que no se definieran como normas o límites máximos para residuos fueran claros e inequívocos tanto en su interpretación como en su aplicación prevista. La Comisión tomó nota de la opinión del Asesor Jurídico de la FAO de que la Comisión estaba plenamente facultada para elaborar textos de carácter consultivo y textos redactados en apoyo de normas u otras recomendaciones de obligado cumplimiento por los gobiernos. No obstante, la Comisión, teniendo en cuenta que las normas, directrices y otras recomendaciones elaboradas internacionalmente constituirían la base para la labor futura del GATT como resultado de la Ronda Uruguay, convino en que todos los textos de este tipo deberían elaborarse abiertamente y con el mismo rigor científico.

100. La Comisión pidió a los comités que habían preparado textos de carácter consultivo que examinaran las repercusiones de estas recomendaciones, especialmente en relación con el comercio internacional. Se mencionó que los niveles de referencia para contaminantes necesitaban una aclaración a este respecto. La Comisión acordó también que el Comité del Codex sobre Principios Generales examinara el presente documento para determinar si sería necesario modificar el Manual de Procedimiento con el fin de asegurarse de que se respetaban los principios indicados anteriormente.

EXAMEN DEL CONCEPTO “ALIMENTOS PRODUCIDOS ORGANICAMENTE/BIOLOGICAMENTE” (Tema 15 del programa)

101. La Comisión tuvo ante sí el documento ALINORM 91/37, que fue presentado por la delegación del Canadá. En la introducción del documento se informaba de las actividades emprendidas anteriormente por los comités del Codex sobre esta cuestión y se había adjuntado al documento, como Apéndice I, un anteproyecto de directrices preparado por el Canadá, teniendo en cuenta los debates sostenidos al respecto en la Conferencia FAO/OMS sobre Normas Alimentarias, Sustancias Químicas en los Alimentos y Comercio Alimentario. Se informó a la Comisión de que ese anteproyecto de directrices representaba el primer paso para la armonización y elaboración de directrices internacionales sobre esta cuestión. Se habían puesto entre corchetes o paréntesis las secciones de las directrices sobre las que no se había llegado a un acuerdo.

102. Varias Delegaciones pidieron aclaraciones sobre diferentes puntos del anteproyecto de directrices, con particular referencia a los problemas relacionados con la inspección y control de alimentos producidos biológicamente/orgánicamente. Se informó a la Comisión de que este anteproyecto de directrices sería traducido y distribuido a los países miembros para que formularan observaciones. La Comisión señaló que en la información ofrecida al consumidor debería hacerse particular hincapié en que estos productos no diferían, en cuanto a la composición, valor nutricional o inocuidad, de los alimentos producidos con procedimientos tradicionales, y señaló además que el etiquetado constituía el punto central de la regulación de la producción, elaboración y comercialización de estos productos.

103. La Comisión tomó también nota de la decisión adoptada por el Comité Ejecutivo en su 38a reunión, por lo que decidió ratificar su recomendación de que se remitiera el anteproyecto de directrices a los comités regionales del Codex, para que lo examinaran. Las observaciones que se recibieran de los gobiernos y los comités regionales deberían ser remitidas luego al Comité del Codex sobre Etiquetado de los Alimentos, quien se encargaría de proseguir la elaboración de las directrices.

COMITE COORDINADOR DEL CODEX PARA AFRICA (Tema 16 del programa)

104. La Comisión tuvo ante sí el informe de la novena reunión del informe del Comité Coordinador del Codex para Africa (ALINORM 91/28), que se había celebrado en El Cairo, Egipto, del 3 al 7 de diciembre de 1990. El informe fue presentado por la Secretaría del Codex, quien informó a la Comisión de los puntos y actividades más importantes, en particular los debates sostenidos por este Comité sobre los obstáculos técnicos no arancelarios regionales al comercio de alimentos, el control de residuos de plaguicidas en los alimentos, el reforzamiento de los puntos de contacto del Codex y la revisión del Código de Prácticas de Higiene para la Preparación y Venta de Alimentos en la Vía Pública y sobre la elaboración de normas regionales.

Examen, en el Trámite 8, del Proyecto de Norma Regional Africana para la Harina de Yuca Comestible (Apéndice II de ALINORM 91/28)

105. La Comisión tomó nota de que la sección sobre higiene concordaba con el texto general propuesto por el Comité del Codex sobre Higiene de los Alimentos y que las otras secciones sobre etiquetado y métodos de análisis y muestreo habían sido ratificadas por los comités competentes. Algunas delegaciones pidieron aclaraciones sobre la decisión adoptada por la Comisión respecto a la conversión de las normas regionales del Codex en normas mundiales, a la ratificación propuesta de la Norma para la Harina de Yuca Comestible en el Trámite 8 y al Proyecto de Norma Regional Africana para el Cuscús elaborado en el Trámite 3. Se informó a la Comisión de que los proyectos de normas regionales propuestos para ratificación deberían ser sometidos al procedimiento normal del Codex, habida cuenta de su futura conversión en normas mundiales a partir del Trámite 3.

Estado de tramitación de la Norma

106. La Comisión adoptó la Norma Regional Africana para la Harina de Yuca Comestible en el Trámite 8 del Procedimiento del Codex.

Otras cuestiones planteadas en el informe de la novena reunión del Comité

Anteproyecto de Norma Regional Africana para el Cuscús Elaborado

107. La Secretaría informó a la Comisión de que Argelia había elaborado un anteproyecto de norma para el cuscús elaborado, que había sido examinado luego en la novena reunión del Comité Coordinador del Codex para Africa. La versión revisada figuraba como Apéndice III del informe. Se pidió a la Comisión que examinara si convenía proseguir la elaboración de esta norma y decidiera cuál de los comités del Codex debería encargarse de la elaboración de dicha norma. Varias delegaciones que habían realizado un primer análisis del anteproyecto de norma indicaron que el Comité Coordinador para Africa era el órgano competente para la elaboración de la norma, por lo que la Comisión acordó adoptarla en el Trámite 3, considerando que en el último Trámite del Prodecimiento del Codex el proyecto de norma sería revisado por el Comité del Codex sobre Cereales, Legumbres y Leguminosas.

Programas regionales y nacionales sobre control de micotoxinas presentes en los alimentos

108. Se informó a la Comisión acerca de una petición específica del Comité Coordinador de que se elaborara un reglamento internacional en relación con la aceptación de productos extraidos del maní detoxificados de aflatoxinas, que constituían un importante artículo de exportación en varios países africanos. La Comisión tomó nota de que se había elaborado un Código de Prácticas para el Maní con objeto de impedir la contaminación por aflatoxinas y que no se disponía de información completa sobre los aspectos toxicológicos del procedimiento de detoxificación. La Comisión consideró que dicha cuestión debería ser remitida al Comité del Codex sobre Aditivos Alimentarios y Contaminantes de los Alimentos, quien debería examinarla teniendo en cuenta las prioridades establecidas para las evaluaciones por el JECFA.

Nombramiento del Coordinador para Africa

109. La Delegación de Egipto comunicó que el Gobierno de Egipto estaba dispuesto a hospedar la próxima reunión del Comité Coordinador para Africa, pero habida cuenta de que las dos últimas reuniones se habían celebrado en El Cairo, se consideró oportuno trasladar el Comité Coordinador para Africa a otro país africano.

110. Se informó a la Comisión de que las delegaciones de la Región presentes en el período de sesiones habían propuesto la candidatura del Prof. Etienne Enobong Essien, Director de la Administración y Control de Alimentos y Medicamentos (Nigeria) como nuevo Coordinador para la Región de Africa. La delegación de Nigeria dijo que su país estaría dispuesto a hospedar la décima reunión del Comité Coordinador para Africa. De conformidad con el Artículo II.4 (b) del Reglamento del Codex, la Comisión nombró al Prof. Etienne Enobong Essien, de Nigeria, Coordinador para Africa, para que desempeñara sus funciones desde la terminación del 19o hasta la terminación del 20o período de sesiones de la Comisión del Codex Alimentarius.

COMITE COORDINADOR DEL CODEX PARA ASIA (Tema 17 del programa)

111. El Coordinador para Asia, Dr. Pakdee Pothisiri, de Tailandia, presentó el informe de la 7a reunión del Comité Coordinador. El Dr. Pakdee comunicó que este Comité, en su 7a reunión, había examinado en detalle los programas y proyectos de apoyo técnico relacionados con el control de los alimentos y la protección del consumidor y se había manifestado firmemente a favor del proseguimiento de las actividades en esta esfera, en especial de la labor de control de micotoxinas y capacitación de funcionarios de control de los alimentos a escala regional. El Coordinador comunicó asimismo que el Comité Coordinador había examinado varias cuestiones relacionadas con los programas de certificación e inspección de importaciones y exportaciones, que consideraba de mucha importancia. El Coordinador señaló específicamente a la atención de la Comisión las siguientes cuestiones específicas:

Contaminación por radionucleidos de los alimentos objeto de comercio internacional

112. La Comisión tomó nota de la opinión del Comité Coordinador en el sentido de que los niveles de orientación para radionucleidos eran demasiado elevados y debían ser revisados para tener en cuenta procedimientos más aceptables de evaluación de riesgos. La Comisión observó que las cuestiones suscitadas por el Comité Coordinador habían sido examinadas en el Comité del Codex sobre Aditivos Alimentarios y Contaminantes de los Alimentos (véanse los párrs. 217–221 más adelante).

Código de Prácticas para los Alimentos que se Venden en la Vía Pública

113. La Comisión aprobó la elaboración de un Código de Prácticas para la Preparación y Venta de Alimentos en la Vía Pública, aplicable a la región, y observó que otros Comités coordinadores también habían emprendido actividades similares. Se convino en que el Comité del Codex sobre Higiene de los Alimentos seguiría coordinando los aspectos básicos de los diferentes códigos regionales.

Anteproyecto de Norma del Codex para el Arroz Elaborado

114. La Comisión tomó nota de la opinión del Comité Coordinador en el sentido de que el Codex no debería elaborar una norma mundial para el arroz, pero recordó la decisión adoptada en su 18o período de sesiones de preparar a través del Comité del Codex sobre Cereales, Legumbres y Leguminosas, una Norma del Codex para el Arroz Elaborado.

Nombramiento del Coordinador para Asia

115. La Comisión nombró al Dr. Azizan Ghazali, de Malasia, Coordinador para Asia de conformidad con el Artículo II del Reglamento. El Dr. Azizan informó a la Comisión de que la octava reunión del Comité Coordinador se celebraría en Kuala Lumpur, en enero de 1992.

COMITE COORDINADOR DEL CODEX PARA EUROPA (Tema 18 del programa)

116. La Comisión tuvo ante sí el documento ALINORM 91/19, que contenía el informe de la 17a reunión del Comité Coordinador del Codex para Europa. El informe fue presentado por el Prof. H. Woidich, Coordinador para Europa y presidente del Comité. El Prof. Woidich informó a la Comisión de las actividades y puntos más importantes examinados por el Comité Coordinador en su última reunión, entre los que se incluía una participación más activa de los puntos de contacto del Codex en un programa de coordinación y aplicación de la legislación alimentaria. El Coordinador informó también a la Comisión sobre la revisión a fondo de la Norma del Codex para las Aguas Minerales Naturales que había llevado a cabo este Comité y los debates mantenidos en relación con la biotecnología y los alimentos producidos orgánica/biológicamente.

Cuestiones planteadas en el informe de la 17a reunión del Comité

Proyectos de enmiendas a la Norma Europea del Codex para las Aguas Minerales Naturales

117. El Coordinador informó a la Comisión de las propuestas de enmiendas a la Norma Europea del Codex para las Aguas Minerales Naturales, según se indicaba en el documento ALINORM 91/21.

  1. Propuesta de enmienda de los niveles máximos de radionucleidos en las aguas minerales naturales.

  2. Propuesta de enmienda a la sección 3.1 sobre tratamiento y manipulación de aguas minerales naturales.

  3. Propuesta de enmienda del límite para nitritos aplicable a las aguas minerales naturales.

118. Varias delegaciones señalaron que estas enmiendas deberían examinarse a la luz del programa de conversión de las normas regionales en normas internacionales adoptado por la Comisión. La Comisión tomó nota de que la Norma anteriormente indicada se completaría con arreglo al procedimiento normal antes de someterla al nuevo procedimiento de conversión en norma mundial, a partir del Trámite 3 del Procedimiento del Codex.

Estado de tramitación de los proyectos de enmiendas a la Norma

119. La Comisión aprobó los proyectos de enmienda de la disposición relativa a los niveles de radionucleidos en la Norma Europea del Codex para las Aguas Minerales Naturales, en el Trámite 8.

Métodos de análisis bacteriológico para las aguas minerales naturales y métodos de análisis químico para las aguas minerales naturales

120. Se informó a la Comisión de que los métodos de análisis bacteriológico eran métodos validados seleccionados por la ISO, y que el Comité había recomendado que se omitieran los Trámites 6 y 7 para su aprobación como métodos del Codex. El Comité del Codex sobre Métodos de Análisis y Toma de Muestras había aprobado los métodos de análisis químico propuestos por el Comité Coordinador para Europa con pequeñas salvedades.

Estado de tramitación de los proyectos de métodos de análisis

121. La Comisión estuvo de acuerdo con la propuesta de omitir los Trámites 6 y 7 para los métodos de análisis bacteriológico y químico, y aprobó estas disposiciones en el Trámite 8.

Nombramiento del Coordinador para Europa

122. Se informó a la Comisión de que el Comité Coordinador para Europa había designado por unanimidad a la Sra. Barbro Blomberg, de Suecia, para que la Comisión la nombrara Coordinadora para Europa desde la terminación del 19o hasta la terminación del 20o período de sesiones. La delegación de Suecia informó a la Comisión de que el Gobierno de este país había aceptado oficialmente hospedar la 18o reunión del Comité Coordinador para Europa en Estocolmo en mayo de 1992. La Comisión nombró a la Sra. Barbro Blomberg Coordinadora para la Región de Europa.

123. La Comisión expresó su agradecimiento al Gobierno de Austria por haber hospedado la última reunión del Comité Coordinador y agradeció al Coordinador, Prof. H. Woidich, su valiosa contribución al fomento de las actividades del Codex en la región de Europa.

COMITÉ COORDINADOR DEL CODEX PARA AMERICA LATINA Y EL CARIBE (Tema 19 del programa)

124. Para el examen de este tema del programa, la Secretaría presentó el documento ALINORM 91/36, que contenía el informe de la séptima reunión del Comité. La séptima reunión se celebró en San José, Costa Rica, del 25 de febrero al 1o de marzo de 1991 con la participación de más de 70 delegados de Argentina, Bahamas, Belice, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Cuba, Chile, El Salvador, Guatemala, Honduras, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela, así como de observadores de España, el ICAITI, la CARICOM y la Organización de los Estados Americanos. Se señalaron a la atención de la Comisión una serie de temas.

Proyecto de Código de Prácticas de Higiene para los Alimentos Vendidos en la Vía Pública en el Trámite 5 del Procedimiento

125. El Comité Coordinador había iniciado la elaboración de este Código en su quinta reunión. En la sexta reunión, celebrada en febrero de 1989, se había aprobado una versión totalmente revisada, que se había distribuido para que se formularan observaciones en el Trámite 3 (ALINORM 89/36, Apéndice III). La Comisión tomó nota de que en la séptima reunión del Comité este proyecto se había revisado y adelantado al Trámite 5 del Procedimiento (ALINORM 91/36, párrs. 159–174 Apéndice IV).

126. La Comisión aprobó el proyecto de Código de Prácticas de Higiene en el Trámite 5 y tomó también nota del decidido apoyo expresado por el Comité a la elaboración ulterior del Código.

Programas de certificación de las importaciones y exportaciones de alimentos

127. El Comité Coordinador había examinado las cuestiones relativas a la importación y exportación de alimentos en relación con diversos temas de su programa y había reconocido que los programas de certificación eran de suma importancia para los países de la región, por lo que se les debería conceder alta prioridad tanto en la región como en la labor futura de la Comisión del Codex Alimentarius. En el Comité se había planteado también la necesidad de un sistema de información de alcance mundial sobre cuestiones relativas a las importaciones y exportaciones. El Comité Coordinador había apoyado asimismo una propuesta de México para que la Comisión del Codex Alimentarius participara en las actividades en materia de certificación (ALINORM 91/36, párrs. 21, 96, 142).

128. La Comisión tomó nota de que esta propuesta se había examinado a fondo en la Conferencia FAO/OMS sobre Normas Alimentarias, Sustancias Químicas en los Alimentos y Comercio Alimentario, así como durante el examen de las recomendaciones de la Conferencia en relación con el tema 10 del programa del presente período de sesiones (véanse párrs. 82–86). Tras recordar que la Comisión había ratificado la creación de un nuevo Comité del Codex que se ocupara de los problemas relacionados con la inspección y certificación de las importaciones y exportaciones, la Comisión convino en pedir al nuevo Comité que examinara estas propuestas (ALINORM 91/36, párr. 143) cuando estudiara su mandato y sus actividades para el futuro.

Fortalecimiento de los puntos de contacto del Codex y de los comités nacionales del Codex

129. El Comité Coordinador había examinado diversas actividades encaminadas a mejorar el intercambio de información y a reforzar las actividades de los puntos de contacto del Codex en la región. Se habían aprobado una guía de puntos de contacto y directrices para establecer comités nacionales del Codex. El Comité había apoyado las recomendaciones de una reunión de puntos de contacto del Codex en América Latina, celebrada en Chile en diciembre de 1990. En esta reunión se habían examinado la situación y actividades de los puntos de contacto, se había elaborado un plan de acción con vistas a su fortalecimiento y se había propuesto la elaboración de un manual de procedimiento para los puntos de contacto (ALINORM 91/36, párrs. 175–180, 187, Apéndice V).

130. La Comisión tomó nota de estas iniciativas y recomendó y alentó actividades similares en otras regiones. La Comisión subrayó también la importancia de un fortalecimiento ulterior de la red de puntos de contacto del Codex y de comités nacionales del Codex, teniendo en cuenta los planes de trabajo de la Comisión del Codex para el futuro.

Armonización de normas regionales con normas del Codex

131. El Comité Coordinador había examinado las amplias actividades llevadas a cabo para armonizar las normas regionales con las del Codex y había exhortado a los países de la región y a las instituciones que participaban en la normalización a que aplicaran las normas del Codex (ALINORM 91/36, párrs. 188–201). La Comisión señaló que el Comité había convenido en distribuir una lista de productos alimenticios (manzanas en almíbar, mermeladas de fresa, frambuesa, mora, ciruela, pera, albaricoque (damasco), melocotón (durazno), pomelo, guayaba y membrillo, y galletas y pastas) para recabar observaciones de los gobiernos en relación con la necesidad de elaborar normas regionales o mundiales, y ratificó este procedimiento.

Nombramiento del Coordinador

132. En virtud de lo estipulado en el artículo 4.II (b) del Reglamento de la Comisión del Codex Alimentarius, la Comisión nombró al Sr. Carlos Alberto Ferrelia Guimaraes, del Brasil, nuevo Coordinador Regional. La Delegación del Brasil confirmó que su gobierno estaba dispuesto a hospedar al Comité Coordinador del Codex para América Latina y el Caribe.

COMITE COORDINADOR DEL CODEX PARA AMERICA DEL NORTE Y EL PACIFICO SUDOCCIDENTAL (Tema 20 del programa)

133. La Comisión tuvo ante sí el informe de la primera reunión del Comité Coordinador del Codex para América del Norte y el Pacífico Sudoccidental (ALINORM 91/32), que se celebró en Honolulú, Hawai, del 30 de abril al 4 de mayo de 1990. Presentó el informe el Dr. Lester Crawford, Coordinador para América del Norte y el Pacífico Sudoccidental, quien señaló a la atención de la Comisión los asuntos de interés que se resumían en el documento ALINORM 91/21 y que se indican a continuación.

Aceptación de normas del Codex

134. El Comité Coordinador había señalado que el hecho de que las normas del Codex fueran muy detalladas podía obstaculizar su aceptación por parte de algunos Estados Miembros, por lo que había indicado que tal vez los gobiernos aceptarían con más facilidad normas más concisas o generales (véanse párrs. 28–34 de ALINORM 91/32). La Comisión, habiendo tomado nota de que la cuestión de la revisión del formato de las normas del Codex se había examinado anteriormente en relación con el tema 13 del programa, decidió que no era necesario adoptar ninguna medida ulterior con respecto a este tema.

Aceptación de los límites máximos del Codex para residuos de plaguicidas

135. El Comité Coordinador había pedido que se examinaran a fondo la evaluación de la inocuidad y de los riesgos y el establecimiento de ingestas diarias admisibles en relación con los plaguicidas y, a este respecto, había convenido en estudiar los modos de fomentar una mayor aceptación de los límites máximos del Codex para residuos de plaguicidas por parte de los países de la región, con miras a formular recomendaciones a la Comisión en su 20o período de sesiones (véanse párrs. 35–38 y 94 de ALINORM 91/32). La Comisión decidió que el Comité Coordinador estudiara más a fondo este tema, pero, habida cuenta de que la Conferencia FAO/OMS sobre Normas Alimentarias, Sustancias Químicas en los Alimentos y Comercio Alimentario había debatido ya esta cuestión y que el Comité del Codex sobre Residuos de Plaguicidas la estaba examinando activamente, recomendó que el Comité Coordinador tuviera en cuenta los resultados de dichos debates y exámenes.

Código de Etica del Codex para el Comercio Internacional de Alimentos

136. El Comité Coordinador había acordado remitir al Comité Ejecutivo y a la Comisión los debates sobre este tema (véanse párrs. 63–68 de ALINORM 91/32), con miras a estimular nuevas iniciativas concretas para conseguir la aceptación del Código por parte de los Gobiernos Miembros del Codex. La Comisión ratificó las conclusiones generales del Comité.

Etiquetado y otros asuntos relacionados con los alimentos producidos orgánicamente

137. El Comité Coordinador había convenido en la importancia de establecer directrices para los alimentos orgánicos bajo la orientación del Comité del Codex sobre Etiquetado de los Alimentos (véanse párrs. 71–73 de ALINORM 91/32). La Comisión decidió que no era necesario adoptar ninguna medida complementaria, si bien señaló las conclusiones positivas a las que había llegado con respecto a este asunto, al examinar anteriormente el tema 15 del programa.

Uso del término “natural” en el etiquetado de los productos alimenticios

138. El Comité Coordinador había convenido en la necesidad de que el Comité del Codex sobre Etiquetado de los Alimentos estableciera directrices para el etiquetado de los productos denominados “naturales” (véanse párrs. 74–76 de ALINORM 91/32) y había decidido presentar esta propuesta al Comité Ejecutivo en su 37a reunión con objeto de recabar su asesoramiento. La Comisión recordó la decisión favorable que se había adoptado en la 37a reunión del Comité Ejecutivo (véanse Temas 2 y 23 del programa) con respecto a esta cuestión y tomó nota de que el Comité del Codex sobre Etiquetado de los Alimentos se había hecho cargo del asunto.

Declaraciones de propiedades sanitarias y nutricionales en las etiquetas de los alimentos

139. El Comité Coordinador había recomendado que el Comité del Codex sobre Etiquetado de los Alimentos elaborara directrices generales del Codex para las declaraciones de propiedades nutricionales y sanitarias en el etiquetado (véanse párrs. 77–79 de ALINORM 91/32). La Comisión recordó la decisión favorable que se había adoptado en la 37a reunión del Comité Ejecutivo (véanse Temas 2 y 23 del programa) con respecto a esta cuestión y, por consiguiente, decidió que no era necesario adoptar ninguna medida ulterior.

Actividades de promoción del Codex

140. El Comité Coordinador había recomendado a la FAO, la OMS y los Gobiernos Miembros del Codex que emprendieran una nueva campaña de promoción del Codex, con miras a aumentar la notoriedad del Codex y la eficacia de la distribución de sus documentos en los países miembros del Codex (véase párr. 93 de ALINORM 91/32). La Comisión apoyó estas recomendaciones.

Nombramiento del coordinador

141. En virtud de lo dispuesto en el Artículo II.4 (a), la Comisión nombró al Sr. Digby Gascoine, de Australia, Coordinador para América del Norte y el Pacífico Sudoccidental, para que desempeñara sus funciones desde la terminación del 19o hasta la terminación del 20o período de sesiones de la Comisión. La delegación de Australia indicó que su país estaría dispuesto a hospedar la segunda reunión del Comité Coordinador para América del Norte y el Pacífico Sudoccidental.

COMITE DEL CODEX SOBRE RESIDUOS DE PLAGUICIDAS (Tema 21 del programa)

142. La Comisión tuvo ante sí los documentos ALINORM 91/24, ALINORM 91/24A y ALINORM 91/24A-Add.1. Presentó los informes el Presidente del Comité, Dr. J. Van der Kolk, quien puso de relieve las actividades principales realizadas por el Comité del Codex sobre Residuos de Plaguicidas en las dos últimas reuniones. El Presidente informó a la Comisión de que la Conferencia FAO/OMS sobre Normas Alimentarias, Sustancias Químicas en los Alimentos y Comercio Alimentario, celebrada en Roma en marzo de 1991, había coincidido con las iniciativas específicas emprendidas por el Comité del Codex sobre Residuos de Plaguicidas en el seminario celebrado en abril de 1990 y con la organización de un Grupo Especial de Trabajo sobre Aceptaciones, con miras a mejorar la transparencia de la labor de la Reunión Conjunta FAO/OMS sobre Residuos de Plaguicidas y del Comité del Codex sobre Residuos de Plaguicidas en la elaboración de normas internacionales sobre límites máximos para residuos de plaguicidas en los alimentos y acrecentar en consecuencia el número de aceptaciones por los Estados Miembros. El Dr. Van Der Kolk observó que, tres años atrás, el Comité del Codex sobre Residuos de Plaguicidas había iniciado un programa de revisión de LMR antiguos y había establecido mecanismos de revisión periódica de las normas antiguas. Otros aspectos importantes se referían a la revisión del mandato de los grupos de trabajo de países en desarrollo, al examen de sustancias para la protección de granos y los fumigantes, y a la elaboración de directrices de la FAO para la presentación de información sobre buenas prácticas agrícolas y datos de residuos con objeto de estimar los LMR.

143. En vista de la actividad creciente del Comité y de la Reunión Conjunta FAO/OMS sobre Residuos de Plaguicidas en relación con el programa previsto de revisión de normas y compuestos antiguos, el Presidente del Comité del Codex sobre Residuos de Plaguicidas pidió información sobre los recursos financieros disponibles para financiar tal programa.

144. El Representante de la OMS informó a la Comisión de que el Programa Internacional de Seguridad de las Sustancias Químicas (IPCS) preveía ampliar y consolidar sus diversas actividades relacionadas con los plaguicidas, pero seguiría asignando máxima prioridad a la evaluación de residuos de plaguicidas en los alimentos. Así pues, con los recursos actualmente disponibles, podía seguir celebrándose una Reunión Conjunta FAO/OMS sobre Residuos de Plaguicidas por año.

Proyectos de límites máximos para residuos de plaguicidas en los Trámites 5, 5/8 y 8 del Procedimiento del Codex

145. La Comisión tuvo ante sí los proyectos de LMR en los Trámites 5 y 8 del Procedimiento del Codex, así como LMR en el Trámite 5/8 para los cuales, al no ser objeto de polémicas, el Comité del Codex sobre Residuos de Plaguicidas había recomendado omitir los Trámites 6 y 7 (ALINORM 91/24A-Add.1).

146. Varias delegaciones informaron a la Comisión de que habían recibido los proyectos de LMR con demasiado retraso y no habían tenido tiempo suficiente para formular observaciones por escrito. Las delegaciones de Suecia, los Países Bajos, los Estados Unidos de América, España, Dinamarca, Francia, Finlandia y Austria expresaron sus reservas con respecto algunos niveles elevados propuestos para ser adoptados por la Comisión, confirmando las posiciones que habían adoptado durante las deliberaciones habidas al respecto en las dos últimas reuniones del Comité del Codex sobre Residuos de Plaguicidas, que constaban en los informes correspondientes. Se trataba en particular de los plaguicidas que habían de ser reevaluados por la Reunión Conjunta FAO/OMS sobre Residuos de Plaguicidas en los próximos años.

147. El Presidente del Comité confirmó que las deliberaciones reflejaban la posición adoptada por esos mismos países en el Comité del Codex sobre Residuos de Plaguicidas, pero que los LMR sometidos a adopción serían objeto de un proceso de revisión por el Comité del Codex sobre Residuos de Plaguicidas y de revaluación por la Reunión Conjunta FAO/OMS sobre Residuos de Plaguicidas. La Comisión acordó adoptar los proyectos de LMR en los Trámites 5 y 8 y los anterproyectos de enmienda de los LMR del Codex vigentes, como se indicaba en el documento ALINORM 91/24A-Add.1.

Otras cuestiones planteadas en los informes de las reuniones 22a y 23a del Comité

Proyecto de Método de Muestreo para la Determinación de Residuos de Plaguicidas en Productos Cárnicos con Fines de Control

148. Se informó a la Comisión de que el Comité del Codex sobre Residuos de Plaguicidas había examinado la propuesta de dicho método recomendado de muestreo, como se indicaba en el Apéndice II de ALINORM 89/24A, y que se habían introducido modificaciones secundarias en el Apéndice VIII de ALINORM 91/24A. El Comité había adelantado este proyecto de método de muestreo al Trámite 8 para someterlo a la adopción de la Comisión.

149. La Comisión adoptó el proyecto de método de toma de muestras, que sustituiría al vigente plan de toma de muestras (CAC/PR 5-1984) en lo referente a los productos cárnicos.

Confirmación de la presidencia del Comité

150. El Comité expresó su aprecio al Dr. J. Van der Kolk, quien había presidido las tres últimas reuniones del Comité del Codex sobre Residuos de Plaguicidas, por sus aportaciones a la labor del Codex.

151. La Comisión, de conformidad con el artículo IX.10 del Reglamento, confirmó que el Comité del Codex sobre Residuos de Plaguicidas continuaría bajo la Presidencia del Gobierno de los Países Bajos.

COMITE DEL CODEX SOBRE RESIDUOS DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS EN LOS ALIMENTOS (Tema 22 del programa)

152. La Comisión tuvo ante sí los documentos de trabajo ALINORM 91/31 y 91/31A, que contenían los informes de las reuniones cuarta y quinta del Comité del Codex sobre Residuos de Medicamentos Veterinarios en los Alimentos. Presentó los informes el Presidente del Comité, Dr. Gerald B. Guest (EE.UU.).

Examen, en el Trámite 8, de proyectos de límites máximos para residuos de medicamentos veterinarios

153. Con objeto de facilitar las deliberaciones, la Comisión acordó examinar por separado los proyectos de límites máximos para residuos de hormonas y de cloranfenicol.

Límites máximos para residuos de estradiol-17B, progesterona, testosterona y zeranol

154. Se informó a la Comisión de que, en su cuarta reunión, el Comité del Codex sobre Residuos de Medicamentos Veterinarios en los Alimentos había acordado adelantar los límites para residuos de las antedichas hormonas, evaluados por el Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios (JECFA) en su 32a reunión, para que la Comisión los adoptara en el Trámite 8.

155. La delegación de los Países Bajos, hablando en nombre de los Estados Miembros de la CEE presentes en la reunión, y el observador de la Comunidad Económica Europea expresaron su oposición a la propuesta del Comité, porque en los Estados Miembros de la CEE estaba prohibido utilizar esas sustancias como estimuladoras del crecimiento y, por consiguiente, se planteaban objeciones de principio al establecimiento de límites máximos para residuos de tales sustancias. El observador señaló las opiniones que se exponen a continuación, expresadas repetidamente en el Comité del Codex sobre Residuos de Medicamentos Veterinarios en los Alimentos, al elaborar los límites. Esta posición se había adoptado por diversas razones. A saber:

156. El observador de la Organización Internacional de las Uniones de Consumidores hizo suya esta oposición.

157. Otras delegaciones, a saber las de Finlandia, Noruega y Suecia, si bien no se oponían a la adopción en el Trámite 8 de límites máximos para residuos de las sustancias en cuestión, observaron que en sus países no estaba permitido el empleo de tales hormonas como estimuladores del crecimiento. Se había adoptado esta posición porque su empleo no se ajustaba a los principios de las buenas prácticas agrícolas y su necesidad no estaba demostrada y en consideración de las preocupaciones de los consumidores. Estos países recalcaron que aceptaban la evaluación del JECFA y señalaron que estos compuestos se utilizaban también con fines terapéuticos.

158. Otras delegaciones observaron que la labor del Codex se basaba coherentemente en principios científicos válidos y que la evaluación del JECFA confirmaba que los residuos de esas sustancias en los alimentos no planteaban problemas de salud que fueran motivo de preocupación. Se señaló que los consumidores solían desconocer la validez científica y la lógica en que se basaba la administración de dichos compuestos, y los procedimientos de control reglamentario de su empleo eran análogos a los que regulaban la aplicación de cualquier sustancia química. Estas delegaciones declararon que la utilización de esos compuestos en conformidad con las buenas prácticas agrícolas no entrañaba peligros para la salud y que las preocupaciones del consumidor debían atenderse por otros medios. Se observó que el único problema era el método o la finalidad de la administración y que cada país podía prohibir las aplicaciones de hormonas como estimuladores del crecimiento independientemente de la decisión de la Comisión en lo referente al comercio internacional. Más importante aún, el empleo de esos compuestos a escala mundial con fines terapéuticos constituía un argumento a favor de la necesidad de establecer LMR para facilitar el comercio internacional, porque era difícil determinar los fines para los cuales se habían introducido los compuestos. También se observó que la necesidad técnica de las hormonas estaba ampliamente demostrada. Se consideró que estas observaciones eran especialmente pertinentes en relación con las negociaciones en curso sobre los obstáculos sanitarios y técnicos de otra índole al comercio en el marco de la Ronda Uruguay del GATT, porque este órgano ya había reconocido al Codex como la principal organización técnica internacional que aplicaba principios y procedimientos estrictamente científicos. Se consideraba que cualquier desviación de estos principios básicos fundamentales de la Comisión tendría graves repercusiones para el Codex.

159. El observador de la Consultation mondiale de l'industrie de la santé animale (COMISA) respaldó esta posición.

160. La delegación de los Países Bajos pidió que este asunto se sometiera a votación, a menos que se llegara a un acuerdo para aplazar su examen. La delegación de México solicitó que, antes de proceder a tomar una decisión, la Comisión recabara el parecer de la OMS y el GATT. La Comisión acordó resolver el asunto mediante votación nominal. Se llamó a los miembros de la Comisión por orden alfabético, comenzando por la delegación de España, determinada al azar. El resultado de la votación fue el siguiente:

A favor de la adopción: Argentina, Australia, Brasil, Canadá, Estados Unidos de América, Finlandia, Israel, Japón, Nueva Zelandia, Noruega, Suecia, Suiza.

En contra de la adopción: Alemania, Arabia Saudita, Argelia, Austria, Bahrein, Bélgica, Cabo Verde, Cuba, China, Chipre, Dinamarca, España, Francia, Hungría, Indonesia, Irán, Irlanda, Italia, Marruecos, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, Tanzanía, Túnez, Turquía, Uganda.

Abstenciones: Costa Rica, Filipinas, Lesoto, Malasia, México, Perú, República de Corea, Singapur, Tailandia.

161. Los resultados numéricos de la votación fueron los siguientes; a favor de la adopción: 12; en contra de la adopción: 27; abstenciones: 9.

Estado de tramitación de los proyectos de límites máximos para residuos de estradiol 17-β, progesterona, testosterona y zeranol

162. La Comisión decidió no adoptar los proyectos de límites máximos para residuos de estas hormonas, tal como figuraban en el Apéndice IV del documento ALINORM 91/31. Se convino en que los resultados de estos debates se remitirían al Comité del Codex sobre Residuos de Medicamentos Veterinarios en los Alimentos en su próxima reunión para información.

Examen del proyecto de límites máximos para residuos de cloranfenicol en el Trámite 8

163. Se informó a la Comisión de que el cloranfenicol iba a ser reevaluado en la reunión del JECFA de 1993, que se dedicaría al examen de los medicamentos veterinarios. En vista de ello, varias delegaciones indicaron que la elaboración de unos límites máximos para residuos de cloranfenicol debería posponerse teniendo en cuenta los estudios en curso y los datos de que se dispondrá en un futuro próximo. Otras delegaciones opinaron que los límites máximos para residuos de cloranfenicol deberían adelantarse al Trámite 8, dado que los datos actualmente disponibles y las preocupaciones suscitadas por su toxicidad indicaban que no debería utilizarse el compuesto.


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