En la sección introductoria de este documento manifestamos nuestra intención de evaluar este sistema de concesión teniendo en cuenta los dos beneficios potenciales que Christy (1983) opina que pueden obtenerse con los derechos de uso territorial en la pesca, o sea, TURF. Estos son el potencial para (1) aumentar la eficacia económica de la utilización del recurso en la forma de rentas positivas y (2) mejorar el bienestar de las comunidades pesqueras.
Contestar el segundo punto es algo más problemático. Si bien es cierto que la mayoría de las comunidades utilizan los ingresos obtenidos con la concesión para salarios de los empleados municipales que supuestamente prestan servicios a la comunidad considerada en conjunto, los recogedores de alevines, la mayor parte de los cuales son pescadores que trabajan a tiempo parcial, se ven afectados de dos maneras. En primer lugar, considerados como grupo, los recogedores de alevines reciben un precio por sus capturas que es inferior al que podrían haber obtenido si no hubiera concesionarios, sin embargo, ésto se compensa por una reducción en sus gastos medios porque la competencia reducida de otros recogedores contribuye a aumentar las capturas medias por unidad de esfuerzo. Los recogedores de alevines constituyen un grupo heterogéneo con distintos gastos medios de operación, y los que tienen mayores costos de oportunidad se dedicarán en otros lugares a empleos alternativos. Los niveles reducidos de empleo en estas actividades serán compensados por los aumentos en otros sectores que absorben a los recogedores que dejan su trabajo.
Símbolo | Precio medio 1976 | ||
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Sin ponderar | Ponderado | ||
Precio recibido por recogedores no cooperativos | P 22,6 | P 20,6 | |
Precio recibido por recogedores cooperativos | 35,8 | 30,7 | |
Precio recibido por los concesionarios | 62,3 | 41,1 |
Figura 3 Precios de los alevines: Provincia Antique 1976–77 Fuente: Smith (1981) con permiso del editor
Total parcial | Total | |
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(P) | (P) | |
Ingresos de la venta de alevines: | ||
Alevines de sabalote (promedio 38 200 alevines por familia al precio medio de P 21,9/000) | 837,0 | |
Alevines que no son de sabalote (camarones) | 25,0 | |
Ingresos totales: | 862,0 | |
Gastos de explotación: | ||
Derechos no municipales | 1,2 | |
Tarifa de vehículos | 6,4 | |
Reparación del equipo de recogida | 5,5 | |
Varios (combustible para bancas y para linternas, reparación de bancas) | 16,5a | |
Bolsas de plástico y materiales para atar | 0,5 | |
30,1 | ||
Depreciación: | ||
Equipo de recogida | 50,2 | |
Banca | 12,4a | |
Cubetas/cubos | 18,7 | |
Varios (por ejemplo, linternas) | 4,0 | |
85,3 | ||
Gastos totales: | 115,4 | |
Ingresos netos (ingresos totales menos gastos totales): | 746,6 | |
Número medio de días-hombre familiares dedicados a la recogida | 133,6 | |
Ingresos medios por día-hombreb | 5,60 |
a Sólo un 2 % de los recogedores de alevines utilizaron bancas (canoas) en sus actividades
b Incluye los ingresos de las inversiones de los recogedores
Fuente: Smith (1981a) con permiso del editor
Símbolo | Precio medio 1976 | ||
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Sin ponderar | Ponderado | ||
Precio recibido por los recogedores | P 21,6 | P 21,1 | |
Precio recibido por los concesionarios (interregional) | 41,4 | 42,1 | |
Precio pagado por los piscicultores locales | 62,6 | 63,2 |
Figura 4 Precios de los alevines: Ciudad de Cagayan de Oro 1976–77 Fuente: Smith (1981) con permiso del editor
Total parcial | Total | |
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(P) | (P) | |
INGRESOS: | ||
Ventas de alevines de sabalote (promedio 4 201 000 alevines a P 52,73 por millar)a | 221530 | |
Ventas de alevines de camarones | 3851 | |
Valor de los alevines de sabalote conservados para propio uso | 5214 | |
Ingreso total | 230595 | |
COSTE DE ARTICULOS VENDIDOS: | ||
Alevines de sabalote (4 193 000 a P 26,66 por millar)a | 111788 | |
Alevines de camarón | 2164 | 113952 |
Ingreso neto: | 116643 | |
GASTOS: | ||
Fijos: | ||
Derecho de concesión | 56184 | |
Otros permisos/impuestos/licencias | 76 | |
Relaciones públicas de concesión | 439 | |
Gastos totales fijos: | 56699 | |
Explotación: | ||
Viajes de negocios | 2 969 | |
Piensos (huevos) | 45 | |
Repuesto de oxígeno | 141 | |
Bolsas de plástico | 1044 | |
Bolsas pandan | 528 | |
Materiales para amarrar | 57 | |
Alquiler de vehículos | 599 | |
Alquiler de bancas | 601 | |
Fletes | 4 229 | |
Permiso de transporte BFAR (factura auxiliar) | 189 | |
Ingresos de contenedores vacíos | 590 | |
Alquiler oficina/almacén | 209 | |
Comunicaciones | 217 | |
Servicios públicos (electricidad/agua) | 36 | |
Querosene/gasolina/aceite | 1 017 | |
Representación/impuestos oficiosos | 1 149 | |
Regalos para los recogedores | 409 | |
Reparación de equipo | 1 796 | |
Deudas | 7 193 | |
Varios (suministros de oficina, alimentos y alquiler de equipo) | 1425 | |
Mano de obra de comisión | 15498 | |
Mano de obra ocasional (salario diario) | 243 | |
Mano de obra asalariada (salario mensual) | 3496 | |
Intereses | 2 962 | |
Gastos totales de explotación: | 46641 | |
DEPRECIACION: | ||
Aparejos de recogida (redes) | 1 464 | |
Embarcaciones (bancas) | 434 | |
Equipo de recogida diverso | 242 | |
Equipo y contenedores de almacenamiento | 733 | |
Materiales de transporte | 537 | |
Vehículos | 889 | |
Edificios (almacenes, oficinas) | 666 | |
Depreciación total: | 4 965 | |
Costes totales: | 108305 | |
INGRESOS NETOS: (Ingreso neto menos costes totales) | ||
Representa los réditos del capital del concesionario, mano de obra (82 días-hombre), mano de obra familiar sin pagar (27 días-hombre), administración y riesgos | 8338b | |
Ingresos netos como porcentaje de ventas | 3,6% |
a Es práctica aceptada de los vendedores (incluidos los recogedores de alevines), dar a los compradores “gratuitamente” un número determinado de alevines. Forma parte del proceso de negociación (aunque frecuentemente impuesto por los concesionarios) con los recogedores de alevines que, generalmente, tienen que facilitar a los concesionarios una bonificación automática que llega hasta el 20 % y éstos a su vez conceden otra también automática promedia del 10 % a sus compradores. Así, el concesionario paga a los recogedores las 1 000 unidades de alevines pero efectivamente recibe 1 200 unidades. La finalidad de esta concesión automática o “pasobra”, como se denomina, es dar una bonificación anticipada para contrarrestar la mortalidad prevista que se produce durante la fase siguiente en la cadena de comercialización. No obstante, la mortalidad media acertada de los alevines, mientras están en posesión de los concesionarios, sólo fue del 5,8 %, cifra considerablemente inferior a la del 20 % concedida por los recogedores. Incluso después de concertar la “pasobra” que los concesionarios dan a los compradores, aquéllos pueden vender una porción de los alevines “libres” que adquieren de los recogedores y, en consecuencia, por término medio venden mayores cantidades de las que compran
b De los 27 concesionarios a partir de los cuales se acopiaron datos completos sobre costes e ingresos, 17 experimentaron pérdidas en 1976 y 10 tuvieron ingresos netos positivos
Fuente: Smith (1981) con permiso del editor
Conviene destacar que este equilibrio resultante en el marco laboral no tendrá repercusiones en los bajos ingresos medios existentes si hay algunas oportunidades de empleo en la economía rural en la vecindad de los caladeros de alevines (esto supone que la inmovilidad laboral limita las oportunidades de empleo en la economía rural). Sin embargo, el acceso libre a un caladero de alevines no hará rico a ninguno, porque todos los ingresos para la mano de obra que son superiores al coste de oportunidad social de ésta se disiparán con los crecientes esfuerzos de recogida por parte de los nuevos participantes que se verán atraídos por la existencia de estos ingresos superiores. En consecuencia, el acceso libre no crea riqueza, sino que más bien hace que la municipalidad empeore. La única forma de aumentar los ingresos procedentes de la recogida de alevines a largo plazo es mediante la generación de empleo en otros sectores, de tal forma que el coste de oportunidad social de la mano de obra aumente (véase Smith, 1981; y Panayotou, 1983 para conocer más acerca de este argumento). En tanto en cuanto se mantenga la naturaleza de acceso libre de la recogida de alevines y se disipen las rentas del recurso, este sector no podrá aumentar el costo de oportunidad social y, en consecuencia, los ingresos de la mano de obra de la economía rural de la cual forma parte la recogida de alevines.
Esta conclusión nos lleva a una segunda posible solución para aumentar los ingresos o beneficios de los recogedores de alevines mediante pagos de transferencia a su favor. La mayoría de las comunidades pesqueras ribereñas se componen de poblados pesqueros y no pesqueros. En la medida en que un sector primario de la municipalidad queda diversificado, parte o la mayoría de los ingresos obtenidos con la actividad pesquera mediante los derechos de concesión pueden utilizarse en beneficio de los hogares no pesqueros. El grado en que esto sucede depende de la decisión de los funcionarios municipales relativa a los pagos de transferencia y asignación del presupuesto municipal que es evidentemente parte de una decisión política con consideraciones de equidad. Se podría argüir, indudablemente, que como las comunidades dedicadas a la recogida de alevines pueden beneficiarse de la autoridad municipal y de los servicios posibles con el derecho de concesión, están en mejores condiciones económicas que cuando las rentas del recurso se disipan en condiciones de acceso libre. Sin embargo, los ingresos obtenidos con la concesión de alevines no benefician necesariamente a las comunidades pesqueras en relación con otras que no lo sean, porque depende de las decisiones de asignación presupuestaria que tome la municipalidad.
La cuestión fundamental es ¿quién el propietario del recurso? de acuerdo con el derecho filipino, en los derechos de uso territorial para la recogida de alevines de sabalote, evidentemente es la municipalidad la propietaria y, en consecuencia, obtiene las rentas del recurso. Los otros participantes en el sistema - concesionarios y recogedores de alevines - sólo obtienen sus costes de oportunidad social. Como se admite que los recogedores no obtienen ningún beneficio especial del sistema de concesión, se ha argumentado que este sistema debería suprimirse (Deanon, Ganaden y Llorca, 1974). Como estos argumentos se basan en el supuesto sin fundamento de que los concesionarios se hacen ricos con este sistema, ignoran los beneficios que se derivan para las municipalidades.
Una segunda propuesta ocasionalmente presentada, es formar cooperativas de recogedores de alevines y permitirles que administren la concesión. Durante mediados de los años setenta hasta finales del mismo decenio, en realidad, una cooperativa se dedicó a administrar los caladeros de alevines de San José en Antique, mediante un derecho de concesión reducido establecido por la municipalidad. Los mayores precios que recibieron los recogedores que son miembros de la cooperativa pueden observarse en la Figura 3. Estos mayores precios fueron posibles porque la municipalidad en cuestión “compartió” la propiedad del recurso con los recogedores, aceptando unos derechos de concesión más bajos de los que probablemente hubieran regido en el marco de la licitación pública (véase el Cuadro 1). Por desgracia, esta cooperativa ya no existe, como consecuencia de una mala administración. Más recientemente, otros dos caladeros de alevines en Antique (Laua-an y Belison) han sido concedidos a cooperativas. Ambos fueron concedidos después de una licitación pública frente a postores privados y ambos han obtenido los fondos para su derecho de concesión del programa de subsistencia Kilusang Kabuhayan y Kuanlaran (KKK) del gobierno nacional.
Por desgracia, las expectativas para estas cooperativas pueden ser demasiado altas. Si una cooperativa debe licitar competitivamente para obtener una concesión, no se puede predecir que tenga más éxito que los concesionarios privados en lo relativo a aumentar el bienestar de los recogedores de alevines, porque la renta del recurso todavía se acumulará en la municipalidad que es la propietaria del recurso. La cooperativa puede lograr ciertos ahorros de costes, particularmente si los costes normativos son inferiores a los que hubieran tenido los concesionarios privados tratando de ejecutar sus derechos de monopsonio.
En conclusión, el sistema de concesión parece capaz de producir mayores rentas del recurso pero sólo podrá aumentar el bienestar de los recogedores de alevines si se puede compartir la propiedad del recurso con las municipalidades. Este “reparto” podría ser en forma de derechos de concesión subvencionados para las cooperativas de recogedores o una mayor proporción de los ingresos de la concesión invertidos por las municipalidades en poblados para la recogida de alevines y en otros no dedicados a este fin.