Página precedente Indice Página siguiente


Medidas destinadas a facilitar el consenso (Tema 4 del Programa)[9]

38. El Comité recordó que en su 13ª reunión había examinado un documento preparado por el asesor jurídico de la FAO, a raíz de la petición formulada por la Comisión al Comité para que examinara la mejora de los procedimientos encaminados a facilitar el consenso en la formulación y adopción de normas. Se había acordado que el documento se redactase de nuevo y fuese examinado en la 14ª reunión.[10]

39. El asesor jurídico de la FAO presentó el documento revisado, que recordaba la pertinencia de las normas del Codex en el marco de los Acuerdos de la OMC y se centraba en las medidas destinadas a lograr un consenso a lo largo de todo el proceso de toma de decisiones, a fin de evitar el recurso a la votación para la adopción de las normas. En el documento, también se proponía aclarar las condiciones en que se puede exigir una votación en virtud del Artículo VI del Reglamento de la Comisión y modificar la mayoría requerida para la adopción de las normas del Codex, en el entendimiento de que sólo se podía recurrir a la votación si se habían intentado antes todos los medios posibles.

40. El Comité expresó su reconocimiento al asesor jurídico por el exhaustivo análisis de este tema complejo y por las propuestas constructivas presentadas en el documento. A continuación, examinó los siguientes aspectos: propuestas para facilitar el consenso en el proceso de adopción de decisiones; condiciones para las votaciones en el Reglamento; y modificación de la mayoría.

CONSENSO EN EL PROCESO DE ADOPCION DE DECISIONES

41. El Comité recordó que en las Directrices para los Comités del Codex se señalaba que "los presidentes deberán intentar siempre llegar a un acuerdo" y reiteró la importancia de esta recomendación, especialmente en los asuntos sometidos a la Comisión para su adopción. El Comité recomendó que los proyectos de textos se sometieran a la aprobación de la Comisión tan sólo cuando se hubiera alcanzado un amplio consenso. Algunas Delegaciones señalaron que no siempre resultaba posible llegar a un acuerdo completo sobre todos los aspectos de un texto determinado y que esa exigencia impediría el progreso de los trabajos del Codex, si bien se debía tratar de llegar a compromisos aceptables para terminar la elaboración de los textos del Codex en un lapso de tiempo razonable.

42. Algunas Delegaciones apoyaron la recomendación de organizar reuniones informales, y señalaron que éstas representaban un medio útil para resolver temas controvertidos y facilitar en general las discusiones en los Comités. Otras Delegaciones manifestaron su preocupación por el hecho de que se pudiera formular una recomendación general de celebrar reuniones informales; También hicieron hincapié en que los objetivos de esas reuniones debería definirlos claramente el Comité correspondiente y en que la participación en ellas debería estar abierta a todas las Delegaciones y observadores interesados, a fin de garantizar la transparencia.

43. La Delegación de Filipinas señaló el importante papel que desempeñaba el Presidente para facilitar el consenso y expuso la idea de que las medidas recomendadas podían ser de dos clases: las medidas de procedimiento propiamente dichas y las que podían dejarse a elección del Presidente, por ejemplo la de presidir reuniones informales.

44. Varias Delegaciones pidieron aclaraciones sobre las propuestas relativas a la redistribución de las prioridades de los trabajos y señalaron que las prioridades de la Comisión y de los Comités deberían seleccionarse en función de la importancia que revistiesen para los Gobiernos Miembros. También señalaron que los trabajos del Codex no debían limitarse a los ámbitos en los que se pudiera llegar a un consenso fácilmente.

ARTICULO VI

45. El Comité reconoció la importancia de la interpretación del Artículo VI (Votaciones y Procedimientos) para aclarar que el apartado 2 de dicho Artículo no estipula que la toma de decisiones haya de efectuarse automáticamente mediante la votación, sino que indica la facultad de que dispone cada Miembro para pedir una votación. El Comité convino en que se debían presentar enmiendas pertinentes al respecto para examinarlas en su siguiente reunión.

ARTICULO X

46. El Comité recordó que en las Directrices para los Comités del Codex se incluían recomendaciones para llegar a un consenso, pero admitió que era necesario hacer referencia al consenso en el Reglamento, en la medida en que éste se aplica esencialmente a la Comisión y a la adopción de los textos del Codex. A efectos de aclarar que las decisiones sólo se pueden tomar por votación cuando se han buscado previamente todos los medios posibles para adoptarlas, el asesor jurídico propuso que en el Artículo X (Elaboración de normas) se añadiera una frase al respecto y se modificase el título del Artículo para que dijese Elaboración y adopción. El Comité discutió brevemente la redacción propuesta y acordó presentar la enmienda del Artículo X (Elaboración) a la Comisión para que se aprobara e incluyera en el Manual de Procedimiento (véase el Apéndice II).

MAYORIA

47. Fueron numerosas las Delegaciones que apoyaron la modificación de la mayoría de dos tercios para la adopción de normas, señalando que si no se podía lograr un consenso sería preferible adoptar las normas por una amplia mayoría, habida cuenta del carácter de punto de referencia que tenían los textos del Codex en el comercio internacional. La Delegación de Australia objetó esta propuesta por considerar que dificultaría más la adopción de nuevas normas o la revisión de las ya existentes, y además retrasaría en líneas generales los trabajos de la Comisión; También señaló que no siempre era posible llegar a un consenso sobre todos los aspectos de una norma.

48. Varias Delegaciones apoyaron la propuesta de exigir una mayoría de dos tercios de los votos emitidos en las dos primeras sesiones en las que fuese presentado el texto para su adopción y si no se lograba alcanzar esa mayoría de dos tercios, exigir una mayoría simple en la siguiente sesión para evitar retrasos excesivos en la adopción de las normas.

49. Algunas Delegaciones, aunque no se opusieron a la modificación, propusieron que la discusión se centrara en las medidas para lograr el consenso en un primer momento y en la aclaración del Artículo VI, antes de examinar concretamente la cuestión de la modificación de la mayoría.

50. Algunas Delegaciones propusieron que se examinara la cuestión de las votaciones por correo, a fin de tener en cuenta los problemas de los países en desarrollo y garantizar que las normas reflejaran el acuerdo de un amplio número de Países Miembros, aunque no todos ellos pudiesen asistir a las reuniones. Muchas Delegaciones hicieron hincapié en el hecho de que los actuales procedimientos permitían la plena discusión de los temas examinados y el intercambio de pareceres sobre los mismos, con miras a garantizar la transparencia del proceso y llegar a compromisos que facilitasen el consenso. El Comité admitió que la participación de los países en desarrollo debía facilitarse e incrementarse, y tomó nota de que esto podía efectuarse mediante algunas medidas, y más concretamente mediante la asistencia técnica destinada a mejorar las infraestructuras y la capacidad de estos países para participar en las actividades del Codex.

51. El Comité acordó que el documento debía redactarse de nuevo, en función de lo debatido anteriormente, y debía comprender propuestas pertinentes para la enmienda de los Artículos o de otras secciones para que incluirlos en el Manual de Procedimiento.


[9] CX/GP 99/5
[10] ALINORM 99/33, párrs. 24-30; y CX/GP 98/6.

Página precedente Inicìo de página Página siguiente