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INFORME SOBRE LAS ACTIVIDADES DEL CODEX Y DE OTRAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES EN RELACIÓN CON LA BIOTECNOLOGÍA (Tema 9 del programa)[27]

62. El Comité tomó nota de las cuestiones planteadas en el Codex y otras organizaciones internacionales en relación con la biotecnología, incluidos los asuntos debatidos en la primera reunión del Grupo de Acción Intergubernamental Especial sobre Alimentos Obtenidos por Medios Biotecnológicos, en el Convenio sobre la Diversidad Biológica: Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología, y en la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE).

63. El Comité apoyó firmemente los esfuerzos del Grupo de Acción, y observó que sus Grupos de Trabajo habían producido una labor de excelente calidad de un modo sumamente eficiente y eficaz. El Comité tomó nota del trabajo de la OCDE sobre la biotecnología, y reafirmó la función primordial del Codex en relación con la elaboración de normas para el etiquetado y los aspectos de inocuidad de los alimentos producidos por medios biotecnológicos.

64. La delegación de Canadá también informó al Comité de los esfuerzos desplegados por el Comité del Codex sobre Etiquetado de los Alimentos para abordar el etiquetado de los alimentos producidos por medios biotecnológicos. Se observó que las opciones para el etiquetado abarcaban dos puntos de vista principales, es decir: el etiquetado obligatorio de todos los productos obtenidos por medios biotecnológicos o que contienen ingredientes producidos por tales medios, y el etiquetado obligatorio de todos los productos obtenidos por medios biotecnológicos que difieren de sus homólogos tradicionales por su composición o sus características nutricionales o de inocuidad (por ejemplo, alergias).

65. La delegación de los Estados Unidos de América puso de relieve que el etiquetado de alimentos derivados de la biotecnología debería ser práctico y equitativo para todas las partes en el sentido de que la información proporcionada no debería ser engañosa, es decir, el etiquetado de los productos obtenidos por medios biotecnológicos no debería entrañar la nocividad del producto y viceversa, el etiquetado de los productos tradicionales no debería entrañar que el producto fuera más seguro o superior a los obtenidos por medios biotecnológicos. También se indicó que un importante tema de debate era el umbral que daba lugar a la necesidad de etiquetado específico de los alimentos producidos por medios biotecnológicos. La delegación de Australia indicó que entre otros asuntos prácticos que requerían consideración figuraban repercusiones del costo del etiquetado y las declaraciones relacionadas con el uso de procedimientos biotecnológicos. La delegación de los Estados Unidos de América recordó que un grupo de redacción del Comité del Codex sobre Etiquetado de los Alimentos estaba examinando un documento en el que se daban detalles acerca de la viabilidad del etiquetado obligatorio en su elaboración de las directrices conexas. La delegación de los Estados Unidos de América instó al Comité a que apoyara la inclusión de ese documento como un anexo a las directrices. El Comité apoyó en general este enfoque.

66. El Comité opinó que los asuntos adicionales que habían de considerarse incluían la ampliación de las iniciativas en curso a todos los alimentos derivados de la tecnología, además de los producidos a partir de plantas; cuestiones relacionadas con la resistencia a los antibióticos, y la coordinación con otras organizaciones internacionales. El Comité tomó nota de que el Grupo de Acción consideraba actualmente si la “rastreabilidad” debería ser parte de su programa de trabajo. Sin embargo, el Comité también observó que la “rastreabilidad” era importante por lo que respecta a la inocuidad de los alimentos en general y que podría ser menester que la Comisión y sus órganos auxiliares la considerasen más detenidamente.

67. El representante de la Unión Internacional de Asociaciones de Consumidores, señalando a la atención del Comité Ejecutivo la necesidad de que la Comisión cumpliera su mandato respecto de las prácticas del comercio equitativo y la calidad de los productos, destacó que los puntos de vista de los consumidores habían de considerarse en la aplicación del mismo, en particular por lo que atañe al etiquetado de los productos obtenidos por medios biotecnológicos. El representante de la Unión Internacional de Asociaciones de Consumidores también señaló que el etiquetado obligatorio debía ser parte de la garantía de “prácticas de comercio equitativas”, a fin de que los consumidores pudiesen ejercer su derecho a la información y su derecho a elegir; y que debía considerarse la percepción de los consumidores acerca de la calidad de los productos, incluido el hecho de que para muchos de ellos la producción por medios biotecnológicos incidía en la calidad del producto.

68. Tomando nota de las Declaraciones de los Ministros de la OCDE y de los Jefes de Gobierno del G8 por lo que atañe a la labor de la OCDE sobre la inocuidad de los alimentos, el Comité apoyó firmemente la Declaración del G-8 de “alentar a la FAO y la OMS a organizar reuniones internacionales periódicas de los encargados de elaborar normas relativas a la inocuidad de los alimentos para adelantar el proceso de consultas públicas basadas en la ciencia”, y puso de relieve la importancia de la acción que se emprendía respecto de este asunto con mucha antelación respecto de la próxima reunión del G8, que se celebraría en julio de 2001.

69. El Comité convino en señalar a la atención de la Comisión del Codex Alimentarius los debates mencionados más arriba.


[27] CX/NASWP 00/9

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