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INTRODUCCIÓN[1]

1. De conformidad con lo previsto en los Artículos 1 c) y 1 e) de sus estatutos, la Comisión del Codex Alimentarius debe “determinar el orden de prioridades, e iniciar y dirigir la preparación de proyectos de normas a través de las organizaciones apropiadas y con ayuda de éstas” y “modificar las normas publicadas, después de un examen apropiado a la luz de las novedades”.

2. Teniendo en cuenta el Artículo 6 de la introducción del Procedimiento para la elaboración de normas del Codex y textos afines, la Secretaría de la Comisión del Codex Alimentarius ha venido revisando varias normas adoptadas por la Comisión con anterioridad a 1991.


[1] Comisión del Codex Alimentarius - Manual de Procedimiento, 11ª edición, FAO, 2000.

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