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INTRODUCCIÓN


ALCANCE
REFERENCIAS
DEFINICIONES Y ABREVIATURAS
PERFIL DE LOS REQUISITOS

ALCANCE

La presente norma describe los principios y directrices para la preparación y expedición de certificados fitosanitarios y certificados fitosanitarios para la reexportación.

REFERENCIAS

Glosario de términos fitosanitarios, 1999. NIMF Pub. No. 5, FAO, Roma.

Nuevo Texto Revisado de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria, 1997. FAO, Roma.

Requisitos para el establecimiento de lugares de producción libres de plagas y sitios de producción libres de plagas, 1999. NIMF. No. 10, FAO, Roma.

Sistema de certificación para la exportación, 1997. NIMF Pub. No. 7, FAO, Roma.

DEFINICIONES Y ABREVIATURAS

Área libre de plagas

Un área en donde no está presente una plaga específica, tal como haya sido demostrado con evidencia científica, y dentro de la cual, cuando sea apropiado, dicha condición esté siendo mantenida oficialmente [FAO, 1995]

Armonización

Establecimiento, reconocimiento y aplicación por parte de varios países, de medidas fitosanitarias basadas en normas comunes [FAO, 1995; revisado CEMF, 1999; definición basada en el Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial de Comercio]

Artículo reglamentado

Cualquier planta, producto vegetal, lugar de almacenamiento, de empacado, medio de transporte, contenedor, suelo y cualquier otro organismo, objeto o material capaz de albergar o dispersar plagas, que se considere que debe estar sujeto a medidas fitosanitarias, especialmente cuando se involucra el transporte internacional [FAO, 1990; revisado FAO, 1995; CIPF, 1997]

Certificación fitosanitaria

Uso de procedimientos fitosanitarios conducentes a la expedición de un certificado fitosanitario [FAO, 1990]

Certificado fitosanitario

Certificado diseñado según los modelos de certificado de la CIPF [FAO, 1990]

Declaración adicional

Declaración requerida por un país importador que se ha de incorporar al certificado fitosanitario y que contiene información adicional específica referente a las condiciones fitosanitarias de un envío [FAO, 1990]

Desvitalización

Procedimiento que elimina la capacidad de germinación, crecimiento o reproducción posterior de las plantas o productos vegetales [CIMF, 2001]

Envío

Cantidad de plantas, productos vegetales y/u otros artículos que se movilizan de un país a otro, y que están amparados, en caso necesario, por un solo certificado fitosanitario (el envío puede estar compuesto por uno o más productos básicos o lotes) [FAO, 1990; revisado CIMF, 2001]

Envío en tránsito

Envío que se moviliza por un país sin importarse ni exponerse a contaminación o infestación de plagas en dicho país. El envío no debe dividirse, combinarse con otros envíos o reembalarse (anteriormente País de Tránsito) [FAO, 1990; revisado CEMF, 1996; CEMF, 1999; anteriormente País de Tránsito]

Envío reexportado

Envío que se ha importado a un país y que posteriormente se ha exportado sin haber estado expuesto a infestación o contaminación de plagas. El envío puede almacenarse, dividirse, combinarse con otros envíos o reembalarse [FAO, 1990; revisado CEMF, 1996; CEMF, 1999; anteriormente País de reexportación]

Inspección

Examen visual oficial de plantas, productos vegetales u otros artículos reglamentados para determinar si hay plagas y/o determinar el cumplimiento de las reglamentaciones fitosanitarias [FAO, 1990; revisado FAO, 1995; anteriormente Inspeccionar]

Libre de

Referente a un envío, campo o lugar de producción sin plagas (o una plaga específica) en números o cantidades que puedan detectarse mediante la aplicación de procedimientos fitosanitarios [FAO, 1990; revisado FAO, 1995; CEMF, 1999]

Lugar de producción

Cualquier local o agrupación de campos operados como una sola unidad de producción agrícola. Esto puede incluir sitios de producción que se manejan de forma separada con fines fitosanitarios [FAO, 1990; revisado CEMF, 1999]

Lugar de producción libre de plagas

Lugar de producción en el cual una plaga específica no está presente, según se ha demostrado por evidencia científica y en el cual, donde sea apropiado, esta condición está siendo mantenida oficialmente por un período definido [NIMF Pub. No. 10, 1999]

Medida fitosanitaria

Cualquier legislación, reglamento o procedimiento oficial que tenga el propósito de prevenir la introducción y/o diseminación de plagas [FAO, 1995; revisado CIPF, 1997]

NIMF

Normas internacional para medidas fitosanitarias [CEMF, 1996; revisado CIMF, 2001]

ONPF

Organización nacional de protección fitosanitaria [FAO, 1990; revisado CIMF, 2001]

Organización Nacional de Protección Fitosanitaria

Servicio oficial establecido por un gobierno para desempeñar las funciones especificadas por la CIPF [FAO, 1990; anteriormente Organización nacional de protección de las plantas]

País de origen (de artículos reglamentados que no sean plantas o productos vegetales)

País en donde los artículos reglamentados se expusieron por primera vez a contaminación de plagas [FAO, 1990; revisado CEMF, 1996; CEMF, 1999]

País de origen (de un envío de plantas)

País donde se han cultivado las plantas [FAO, 1990; revisado CEMF, 1996; CEMF, 1999]

Permiso de importación

Documento oficial que autoriza la importación de un producto básico de conformidad con requisitos fitosanitarios específicos [FAO, 1990; revisado FAO, 1995]

Plaga

Cualquier especie, raza o biotipo vegetal o animal o agente patógeno dañino para las plantas o productos vegetales [FAO, 1990; revisado FAO, 1995; CIPF, 1997]

Plaga cuarentenaria

Plaga de importancia económica potencial para el área en peligro aún cuando la plaga no existe o, si existe, no está extendida y se encuentra bajo control oficial [FAO, 1990; revisado FAO, 1995; CIPF, 1997]

Plaga no cuarentenaria reglamentada

Plaga no cuarentenaria cuya presencia en las plantas para plantación influye en el uso propuesto para esas plantas con repercusiones económicamente inaceptables y que, por lo tanto, está reglamentada en el territorio de la parte contratante importadora [CIPF, 1997]

Plaga reglamentada

Plaga cuarentenaria o plaga no cuarentenaria reglamentada [CIPF, 1997]

Plantas

Plantas vivas y partes de ellas, incluyendo semillas y germoplasma [FAO, 1990; revisado CIPF, 1997]

Prácticamente libre

Referente a un envío, campo o lugar de producción, sin plagas (o una plaga específica) en números o cantidades superiores a aquellas que se espera que resulten y estén de acuerdo con las buenas prácticas culturales y de manipulación empleadas en la producción y comercialización del producto básico [FAO, 1990; revisado FAO, 1995]

Producto básico

Tipo de planta, producto vegetal u otro artículo que se moviliza con fines de comercio u otros propósitos [FAO, 1990; revisado CIMF, 2001]

Productos vegetales

Materiales no manufacturados de origen vegetal (comprendidos los granos) y aquellos productos manufacturados, que por su naturaleza o por su elaboración puedan crear riesgo de introducción y diseminación de plagas [FAO, 1990; revisado CIPF, 1997; anteriormente Producto vegetal]

Prueba

Examen oficial, no visual, para determinar si existen plagas presentes o para identificar tales plagas [FAO, 1990]

Reglamentación fitosanitaria

Norma oficial para prevenir la introducción y/o diseminación de las plagas cuarentenarias o para limitar las repercusiones económicas de las plagas no cuarentenarias reglamentadas, incluido el establecimiento de procedimientos para la certificación fitosanitaria [FAO, 1990; revisado FAO, 1995; CEMF, 1999; CIMF, 2001]

Sitio de producción libre de plagas

Parte definida de un lugar de producción en el cual una plaga específica no está presente, según se ha demostrado por evidencia científica y en la cual, donde sea apropiado, esta condición está siendo mantenida oficialmente por un período definido y que se maneja como unidad separada de la misma forma que un lugar de producción libre de plagas [NIMF Pub. No. 10, 1999]

Tratamiento

Procedimiento autorizado oficialmente para matar, eliminar o esterilizar plagas [FAO, 1990; revisado FAO, 1995]

PERFIL DE LOS REQUISITOS

En la presente norma se describen principios y directrices para ayudar a las Organizaciones Nacionales de Protección Fitosanitaria (ONPF) en la preparación y expedición de certificados fitosanitarios y certificados fitosanitarios para reexportación. En el Anexo de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF), aprobado en 1997, figuran modelos de certificados, que se adjuntan como apéndice a la presente norma para utilizarlos como referencia. Se dan explicaciones sobre los diversos componentes de los modelos de certificados, indicando la información necesaria para llenarlos de manera apropiada.


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