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APÉNDICE E

MANDATO DEL CUADRO ESPECIAL DE EXPERTOS ENCARGADO DE EVALUAR LAS PROPUESTAS PRESENTADAS A LA CITES

(Aprobado por el Comité de Pesca; véase el párrafo 48)

1. La FAO establecerá un Cuadro especial de expertos encargado de evaluar de las propuestas de enmienda de los Apéndices I y II de la Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres (CITES).

2. La Secretaría de la FAO establecerá el Cuadro especial de expertos antes de cada reunión de la Conferencia de las Partes, con arreglo a sus normas y procedimientos habituales y observando, según proceda, el principio de la representación geográfica equitativa, basándose en una lista de expertos reconocidos, que ha de prepararse, integrada por especialistas científicos y técnicos en especies acuáticas explotadas comercialmente.

3. Los miembros del Cuadro especial de expertos participarán en él a título personal, en su calidad de expertos, y no como representantes de gobiernos u organizaciones.

4. El Cuadro especial de expertos constará de un grupo básico de 10 integrantes como máximo al que se sumarán, en relación con cada propuesta, hasta 10 especialistas competentes en la especie en examen y en aspectos de la ordenación pesquera relacionados con esa especie.

5. En relación con cada propuesta presentada, el Cuadro especial de expertos:

6. En la preparación de este informe, el Cuadro especial de expertos examinará la información contenida en la propuesta y cualquier otra información que se haya recibido, dentro del plazo fijado, de los Miembros de la FAO y de organizaciones regionales de ordenación pesquera (OROP) pertinentes. Además, si así lo decide, podrá solicitar las observaciones de un experto que no sea miembro del Cuadro sobre cualquier propuesta de enmienda o cualquier aspecto de una propuesta de enmienda concreta.

7. El Cuadro especial de expertos elaborará un informe basado en su evaluación y examen, en el que proporcionará información y asesoramiento, según sea apropiado, sobre cada propuesta de inclusión en las listas. El Cuadro especial de expertos finalizará su informe a más tardar ….. días1 antes del inicio de la Conferencia de las Partes de la CITES en la que haya de examinarse la propuesta de enmienda. Tan pronto como esté terminado, el informe del Cuadro especial de expertos se distribuirá a todos los Miembros de la FAO, así como a la secretaría de la CITES con el pedido de que lo haga llegar a todas las Partes.

8. La secuencia de las actividades será la siguiente:


1 Este aspecto deberá consultarse con la secretaría de la CITES.

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