ESTRATEGIA PARA MEJORAR LA INFORMACIÓN SOBRE LA SITUACIÓN Y LAS TENDENCIAS DE LA PESCA DE CAPTURA
Roma, 25-28 de marzo de 2002
PARTE 1: INTRODUCCIÓN
1. El conocimiento de la situación y las tendencias de la pesca de captura y los recursos pesqueros, incluidos los aspectos socioeconómicos, es fundamental para una formulación de políticas acertada y una ordenación responsable de la pesca. Ello es necesario, en el plano nacional, para el mantenimiento de la seguridad alimentaria y para definir los beneficios sociales y económicos de la pesca. La formulación de políticas y la ordenación de la pesca es un proceso interdisciplinario dinámico que debe tener en cuenta la situación y las tendencias de la pesca. Esta información es también esencial para evaluar la validez de la política pesquera y seguir de cerca los resultados de la ordenación pesquera.
2. La opinión pública se muestra muy interesada por la información sobre la situación y las tendencias de la pesca. Una información más exacta y oportuna debería tener como resultado una opinión pública mejor informada que apoye los esfuerzos encaminados a ordenar la pesca de manera responsable. La difusión de información oportuna y fácilmente comprensible sobre la situación y las tendencias de la pesca debería contribuir a asegurar la transparencia en la ordenación pesquera, tal como se pide en el Código de Conducta para la Pesca Responsable (párrs. 6.13 y 7.1.9).
3. La aplicación del criterio precautorio, basado en los datos científicos más fidedignos, es un elemento fundamental de los esfuerzos por conseguir una pesca responsable. Ello requiere que la información sobre la situación y las tendencias de la pesca se proporcione de tal manera que facilite la formulación de políticas y la ordenación pesquera.
4. La información sobre la situación y las tendencias de la pesca es necesaria para muchos instrumentos internacionales relativos a la pesca o está en consonancia con ellos. Entre esos instrumentos se incluyen los siguientes:
5. La Estrategia para mejorar la información sobre la situación y las tendencias de la pesca de captura fue aprobada por consenso por el Comité de Pesca (COFI) el 28 de febrero de 2003. Podrá denominarse en adelante la Estrategia de la FAO sobre la situación y las tendencias de la pesca.
PARTE 2: CARÁCTER Y ALCANCE
Carácter de la Estrategia
6. Esta Estrategia se ha elaborado en el marco del Código de Conducta, de conformidad con lo previsto en su Artículo 2 d) y e). Las disposiciones contenidas en el Artículo 3 del Código de Conducta se aplican a la interpretación y aplicación de este documento y a su relación con otros instrumentos. Se alienta a todos los Miembros y no miembros de la FAO interesados, así como a las entidades pesqueras, a que apoyen su aplicación.
7. Esta Estrategia se aplica a la recopilación y difusión de información sobre la situación y las tendencias de la pesca. Las necesidades de acopio de datos e investigación para vigilar la situación y las tendencias de la pesca se establecen en virtud de otros instrumentos internacionales, como los mencionados en el párrafo 4, y las obligaciones vigentes de los Estados de presentar estadísticas de pesca a la FAO en virtud de lo dispuesto en el Artículo XI de la Constitución de la FAO. Si bien en esta Estrategia no se establecen nuevas obligaciones jurídicas, se propone potenciar en medida considerable la recopilación de datos y la investigación, así como impulsar el cumplimiento de las obligaciones ya existentes. Ese impulso debería incluir un apoyo suplementario de las organizaciones internacionales pertinentes, tanto gubernamentales como no gubernamentales, así como de las instituciones financieras (organismos de desarrollo asociados) para fortalecer la capacidad de los países en desarrollo.
8. En esta Estrategia, la referencia a los Estados incluye a la Comunidad Europea en sus esferas de competencia.
Alcance de la Estrategia
9. La Estrategia tiene un alcance mundial y está concebida para abarcar toda la pesca de captura en aguas continentales y marinas, con inclusión de todas las pesquerías industriales, comerciales, de subsistencia y recreativas. Incluye cuestiones relacionadas con la introducción de especies (deliberada o involuntaria), la mejora de poblaciones silvestres, peces silvestres para ulterior crecimiento o el engorde en cautividad y la recuperación de poblaciones.
10. La Estrategia no se aplica a la acuicultura, ya que ésta plantea exigencias peculiares que deben abordarse de manera específica para este sector de importancia creciente.
11. La Estrategia se centra principalmente en la información relativa a los recursos pesqueros y el sector pesquero primario, incluida la información socioeconómica.
PARTE 3: OBJETIVO
12. El objetivo general de la Estrategia es ofrecer un marco para ampliar los conocimientos y la comprensión sobre la situación y las tendencias de la pesca como base para la formulación de políticas y la ordenación de la pesca, con miras a la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos pesqueros dentro de los ecosistemas.
13. La Estrategia se aplicará mediante acuerdos entre los Estados, bien sea directamente o bien mediante su participación en las organizaciones regionales de pesca, y la FAO, trabajando en cooperación para recopilar información sobre la situación y las tendencias de la pesca y utilizando tecnología moderna de información para su gestión y difusión. Estos acuerdos deberían establecerse en distintas escalas geográficas, desde el plano local al nacional y regional, y estar vinculados de manera que constituyan un sistema mundial bajo los auspicios de la FAO. Siempre que sea posible, deberían utilizarse organizaciones ya existentes como base de los acuerdos.
14. Los esfuerzos mundiales por recopilar y difundir información exhaustiva (por ejemplo, a través del Sistema mundial de información sobre la pesca (FIGIS) de la FAO) sobre la situación y las tendencias de la pesca se ven actualmente obstaculizados por el hecho de que no existe un inventario completo de las pesquerías y las poblaciones de peces del mundo. Un elemento fundamental de la Estrategia es la preparación de tales inventarios, que se realizarían en el marco del FIGIS.
15. De conformidad con el Artículo 5 del Código de Conducta, al aplicar la Estrategia debería tenerse debidamente en cuenta la capacidad de los países en desarrollo. Es necesario aumentar considerablemente la capacidad de los países en desarrollo, especialmente los menos adelantados, los pequeños Estados insulares y los países cuyos sistemas de recopilación de datos se encuentran en condiciones críticas, para que puedan cumplir los actuales compromisos de recopilar estadísticas de pesca y de realizar investigaciones sobre la pesca, lo que les permitiría participar más plenamente en la Estrategia.
PARTE 4: PRINCIPIOS RECTORES
16. Los acuerdos para la aplicación de esta Estrategia deberían basarse en los seis principios rectores que se detallan en los párrafos siguientes.
Sostenibilidad
17. Los acuerdos para la recopilación y difusión de información sobre la situación y las tendencias de la pesca deberían ser viables a largo plazo. Por consiguiente: 1) se debería proporcionar financiación suficiente a nivel nacional, regional y mundial, teniendo en cuenta los recursos de que disponen los países, los órganos regionales de pesca y la FAO; y 2) el programa debería tomar en consideración las necesidades particulares de los países en desarrollo que podrían requerir grandes inversiones en capacitación y creación de capacidad, para facilitar la formulación de programas o estrategias nacionales apropiados.
Datos científicos más fidedignos
18. Los acuerdos para la recopilación y difusión de información sobre la situación y las tendencias de la pesca deberían contribuir a reunir los datos científicos más fidedignos disponibles. Siempre que sea posible y conveniente, deberían utilizarse protocolos para garantizar la calidad de la información científica. Dichos protocolos deberían tener en cuenta la necesidad de considerar los conocimientos de quienes participan en la pesca, así como los conocimientos tradicionales.
Participación y cooperación
19. Los acuerdos para la recopilación y difusión de información sobre la situación y las tendencias de la pesca deberían adoptar mecanismos para la inclusión de todos los participantes pertinentes en la preparación, el análisis y la presentación de la información pesquera. Los participantes pertinentes podrían ser, entre otros, pescadores, representantes de la industria y organizaciones no gubernamentales. Los Estados deberían cooperar entre sí, de conformidad con el derecho internacional, para desarrollar y mantener tal información sobre la pesca, según proceda, ya sea directamente o a través de las organizaciones intergubernamentales apropiadas, incluidos los órganos regionales de pesca. Asimismo, los Estados deberían proporcionar retroinformación a todos los participantes pertinentes sobre la situación y las tendencias de la pesca.
Objetividad y transparencia
20. Los acuerdos para la recopilación y difusión de información sobre la situación y las tendencias de la pesca deberían contribuir a proporcionar los datos científicos más fidedignos de que se disponga (párr. 18) y a que sean transparentes, de conformidad con el Artículo 6.13 del Código de Conducta, respetando al mismo tiempo cualesquiera requisitos de confidencialidad. Debería señalarse la incertidumbre en cuanto a la información sobre la situación y las tendencias.
Oportunidad
21. Los acuerdos para la recopilación y difusión de información sobre la situación y las tendencias de la pesca deberían tener como resultado que la información se facilite de manera oportuna.
Flexibilidad
22. Los acuerdos para la recopilación y difusión de información sobre la situación y las tendencias de la pesca deberían ser lo bastante flexibles para que se puedan introducir los ajustes necesarios con el fin de asegurar que respalden eficazmente la formulación de políticas pesqueras y la ordenación mediante el suministro de información apropiada.
PARTE 5: MEDIDAS QUE SE REQUIEREN
Necesidad de fortalecimiento de la capacidad en los países en desarrollo
23. Los Estados, las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales pertinentes y las instituciones de financiación deberían tener en cuenta las necesidades de asistencia financiera y técnica, transferencia de tecnología, capacitación y cooperación científica de los países en desarrollo a fin de aumentar su capacidad con respecto al acopio, la elaboración, el análisis y la presentación de datos sobre la pesca y al intercambio de información, en forma sostenible y eficaz en función de los costos. Es necesario aumentar la capacidad para atender las necesidades nacionales y las de los acuerdos y órganos regionales pesqueros y cumplir las obligaciones vigentes de presentación de datos sobre la pesca a la FAO y para que los países en desarrollo puedan participar más plenamente en la Estrategia y beneficiarse de ella.
Sistemas de acopio de datos sobre la pesca en pequeña escala y la pesca de especies múltiples
24. Los Estados, las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales pertinentes y las instituciones financieras deberían reconocer que en muchos casos la pesca en pequeña escala y la pesca de especies múltiples, sobre todo en los países en desarrollo, no son objeto de un seguimiento apropiado, por lo que es necesario sensibilizarles respecto de la importancia de ejercer tal seguimiento. Probablemente se subestima la magnitud de dicha pesca y, por consiguiente, no está suficientemente representada en la información sobre la situación actual y las tendencias de la pesca y, en consecuencia, no se tienen debidamente en cuenta al formular planes y políticas de pesca.
25. Los Estados, con el apoyo de los organismos de desarrollo asociados y la asistencia de la FAO cuando sea necesario, deberían potenciar su capacidad para recoger datos a fin de que la información pesquera sea lo más completa posible y abarque todos los sectores, en particular los datos necesarios para evaluar la pesca en pequeña escala y la pesca de especies múltiples.
26. Los Estados deberían apoyar la elaboración de métodos eficaces en función de los costos para obtener y validar datos sobre la pesca en pequeña escala y la pesca de especies múltiples, y participar en dicha elaboración, incluidas las metodologías de diagnóstico rápido y otros métodos aplicables en situaciones de datos insuficientes, así como procedimientos participativos que relacionen estrechamente los pescadores y las organizaciones correspondientes con los planes de recopilación de datos. Tal vez pueda resultar más viable la realización de estudios periódicos a intervalos apropiados en vez de un seguimiento constante, sobre todo para algunos casos de pesca continental y en pequeña escala.
27. Los Estados, a través de sus organizaciones y programas regionales de pesca, y si es necesario con la cooperación de la FAO, deberían prestar ayuda en la elaboración y adopción de normas y sistemas eficaces y pragmáticos para el acopio de datos, que deberán ser compatibles con los sistemas de la FAO.
28. La FAO, con ayuda de los Estados Miembros y los organismos de desarrollo asociados, debería tener en cuenta las necesidades especiales de acopio y evaluación de datos para la pesca en pequeña escala y la pesca de especies múltiples, incluida la utilización de reuniones de expertos para elaborar enfoques y directrices innovadores.
Ampliación del alcance de la información sobre la situación y las tendencias de la pesca, incluidas las necesidades de incorporar aspectos relacionados con el ecosistema en la ordenación pesquera
29. Los Estados deberían plantearse la aplicación del Código de Conducta, especialmente en lo que se refiere al Artículo 7 (Ordenación pesquera), principalmente su párrafo 4.2, y el Artículo 12 (Investigación pesquera), examinando las posibles maneras de ampliar el alcance de los informes presentados sobre la situación y las tendencias del sector, a fin de cumplir las obligaciones en éstos recomendadas con respecto a la investigación y difusión de información sobre los efectos de los factores climáticos, ambientales y socioeconómicos en la conservación y la ordenación de la pesca.
30. Los Estados, ya sea directamente o mediante la participación en organizaciones regionales de pesca, deberían considerar la posibilidad de ampliar el acopio de información sobre la situación y las tendencias de la pesca para contribuir al ulterior desarrollo de una ordenación pesquera que incorpore aspectos relacionados con el ecosistema.
31. La FAO, con el apoyo de los Miembros y la plena participación de las organizaciones regionales de pesca, debería abordar de nuevo la cuestión de los indicadores del desarrollo sostenible como seguimiento de la Consulta técnica organizada por Australia y la FAO sobre los indicadores de la sostenibilidad en la pesca de captura marina, celebrada en Sydney (Australia) en enero de 1999.
Inventario mundial de poblaciones de peces y pesquerías
32. Los Estados deberían participar en iniciativas coordinadas, o prestar apoyo a ellas, para compilar un inventario mundial de pesquerías y poblaciones de peces (unidades de gestión biológica) o conjuntos de poblaciones de peces, como base para mejorar la exhaustividad de la información disponible sobre la situación y las tendencias de la pesca y para su inclusión en el FIGIS.
33. Como primer paso hacia la creación del inventario, los Estados deberían colaborar con la FAO para elaborar las definiciones, la forma, el contenido, los métodos y la aplicación (incluida la determinación y atribución de responsabilidades y la estimación de los costos) de un programa para compilar un inventario mundial de pesquerías y poblaciones (o conjuntos de poblaciones) de peces, teniendo en cuenta las exigencias impuestas por las actividades que se están realizando en el marco de los PAI y coordinando los esfuerzos con esas actividades.
34. La FAO, con el apoyo de sus Miembros, bien sea directamente o bien a través de las organizaciones regionales de pesca, debería considerar la posibilidad de establecer un procedimiento de supervisión científica de la información relativa a la situación y las tendencias de la pesca, incluido un inventario mundial de poblaciones de peces y pesquerías, los exámenes mundiales de la situación y las tendencias de la pesca que se preparan para la publicación bienal titulada El estado mundial de la pesca y la acuicultura (SOFIA) y las aportaciones constantes de la FAO al FIGIS.
Participación, estructuración y aumento de la capacidad del FIGIS
35. Los Estados deberían respaldar, tanto directamente como mediante la participación en las organizaciones regionales de pesca, el perfeccionamiento del FIGIS por los siguientes medios:
36. Los Estados, ya sea directamente o mediante su participación en los órganos regionales de pesca, deberían facilitar al FIGIS la mejor información científica disponible. La garantía de la calidad de la información podría establecerse mediante procedimientos de examen a nivel nacional o regional.
37. Los Estados deberían apoyar a la FAO y otros asociados del FIGIS, según convenga, en la organización y participación en proyectos experimentales y talleres, para proseguir el desarrollo y la aplicación del FIGIS, elaborar materiales y realizar cursos de capacitación.
38. La FAO debería continuar perfeccionando el FIGIS mediante la utilización de tecnologías modernas de la información y las comunicaciones fomentando las asociaciones entre la FAO, las organizaciones regionales de pesca y las organizaciones nacionales, así como otras organizaciones que puedan realizar contribuciones positivas al Sistema.
Elaboración de criterios y métodos para garantizar la calidad y seguridad de la información
39. Los Estados deberían participar en la elaboración de criterios y métodos para garantizar la calidad y seguridad de la información a efectos de utilizar los datos científicos más fidedignos, de conformidad con las normas y las prácticas convenidas internacionalmente, a través de mecanismos de verificación de datos y en consonancia con los requisitos de confidencialidad aplicables. Los Estados deberían aplicar los criterios y métodos convenidos.
40. La FAO, con el apoyo y la participación de los Miembros, debería facilitar la elaboración de directrices prácticas para garantizar la calidad, la transparencia y la seguridad de la información sobre la pesca.
Establecimiento de disposiciones para la aportación y el intercambio de información
41. Los Estados, ya sea directamente o mediante su participación en organizaciones regionales de pesca, deberían tratar de concertar con la FAO, según proceda, acuerdos para facilitar la aportación y el intercambio de información sobre la situación y las tendencias de la pesca. En estos acuerdos de colaboración deberían especificarse las funciones y los derechos de los asociados, incluso respecto de la calidad, la transparencia y el carácter confidencial de la información.
Función que desempeñan los grupos de trabajo en la evaluación de la situación y las tendencias de la pesca
42. Los grupos de trabajo, integrados por expertos del sector pesquero y establecidos por los países o las organizaciones regionales de pesca, que se reúnan para evaluar la situación y las tendencias de las poblaciones de peces y pesquerías y que desempeñan su labor conforme a un mandato que especifique el ámbito de sus actividades, constituyen un importante mecanismo para mejorar la calidad y la transparencia de la información científica. Pueden proporcionar también importantes oportunidades para la creación de capacidad.
43. Los Estados, ya sea directamente o mediante la participación en organizaciones regionales de pesca en sus respectivas jurisdicciones y en programas regionales, deberían formalizar acuerdos para que los grupos de trabajo analicen datos sobre la pesca e información sobre poblaciones de peces a efectos de la evaluación de su situación y sus tendencias. La periodicidad de las reuniones de estos grupos de trabajo dependerá de la disponibilidad de recursos humanos y financieros y de la naturaleza de las pesquerías y las poblaciones de peces en cuestión.
44. Los Estados y los organismos de desarrollo asociados deberían colaborar con la FAO y asegurar la participación de expertos del sector pesquero de todo el mundo en los grupos de trabajo, sobre todo cuando estos grupos de trabajo contribuyen a la creación de capacidad en los países en desarrollo. A tal fin, podrían utilizarse los programas de cooperación técnica entre países en desarrollo (CTPD) y otros programas de la FAO.
Mantenimiento del acopio de datos e información sobre la situación y las tendencias de la pesca
45. Los Estados deberían seguir de cerca sus sistemas de acopio de datos, análisis y presentación de informes. Los Estados deberían asegurar la sostenibilidad de estos sistemas para satisfacer las necesidades de la formulación de políticas y la ordenación de la pesca, así como los requisitos acordados por las organizaciones regionales de pesca y la FAO, y adoptar medidas correctivas según proceda.
PARTE 6: MECANISMOS DE PROMOCIÓN Y APLICACIÓN
Llamamiento general para mejorar la información sobre la situación y las tendencias de la pesca
46. Los Estados, los órganos regionales de pesca y las instituciones internacionales deberían elaborar y poner en práctica mecanismos que permitan mejorar la información sobre la pesca, aplicar la investigación para aumentar la disponibilidad de datos científicos fidedignos y adoptar un proceso continuo de enriquecimiento de la información sobre la situación y las tendencias de la pesca, para facilitar la conservación, la ordenación y el aprovechamiento sostenible de los recursos pesqueros a nivel local, regional y mundial.
Función de los Estados
47. Los Estados deberían evaluar las medidas que deben adoptar para mejorar la información sobre la situación y las tendencias de la pesca, atender esas necesidades con carácter prioritario e informar sobre las mejoras que introduzcan, en el marco de sus informes bienales a la FAO sobre el Código de Conducta para la Pesca Responsable.
Función de los órganos regionales de pesca
48. Los órganos regionales de pesca, dentro de los límites establecidos por sus convenios y en el ámbito del mandato conferido por sus miembros, deberían participar en la aplicación de esta Estrategia prestando apoyo a sus miembros, participando en programas y decisiones mundiales sobre la formulación y adopción de normas y directrices relativas a la información sobre la situación y las tendencias de la pesca y colaborando en el FIGIS.
Función de la FAO
49. La FAO, en la forma y en la medida prescrita por su Conferencia y como parte de las actividades de su Programa Ordinario y de su Programa de Campo, prestará apoyo a los Estados y a los órganos regionales de pesca en la aplicación de esta Estrategia.
50. La FAO, en la forma y en la medida que determine su Conferencia, apoyará la aplicación de esta Estrategia por sus Estados Miembros mediante proyectos de asistencia técnica en los países, financiados con cargo al Programa Ordinario y con fondos extrapresupuestarios puestos a disposición de la Organización para tal fin. Para una mejor conservación y gestión de los recursos pesqueros, la FAO debería preparar un programa específico para establecer sistemas eficaces y sostenibles de acopio, elaboración y análisis de datos en los países en desarrollo, sobre todo los menos adelantados.
51. La FAO, por conducto del Comité de Pesca, presentará informes bienales sobre los progresos realizados en la aplicación de la Estrategia.
Función de los organismos de desarrollo asociados y las organizaciones no gubernamentales
52. Los organismos internacionales y nacionales de desarrollo asociados deberían dar prioridad a la prestación de asistencia financiera y técnica a los países en desarrollo, sobre todo los menos adelantados y los pequeños Estados insulares en desarrollo, así como a los países cuyos sistemas de recopilación de datos se encuentran en condiciones críticas, para la creación de capacidad y el desarrollo de los sistemas de información, en la medida necesaria para la aplicación de esta Estrategia.
53. Las organizaciones no gubernamentales (nacionales, regionales e internacionales) que se ocupan de la pesca, de los pescadores y del medio ambiente acuático, así como de la investigación sobre estos asuntos, deberían alentar la aplicación de la Estrategia mediante un apoyo apropiado, la elaboración de métodos de información, el fortalecimiento de la capacidad y la participación.