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OTRAS CUESTIONES PLANTEADAS POR LA FAO Y LA OMS (Tema 16 del programa)87

87 ALINORM 05/28/9G, CAC/28 LIM 6 (Aplicación de la Estrategia mundial sobre régimen alimentario, actividad física y salud de la OMS: medidas que podría adoptar el Codex, presentado por la OMS), CAC/28 INF 4 (Portal internacional sobre inocuidad de los alimentos y sanidad animal y vegetal, presentado por la FAO), CAC/28 INF 5 (Fortalecimiento de la capacidad en relación con la calidad y la inocuidad de los alimentos: actividades específicas de la FAO y la OMS, julio de 2004 a junio de 2005), CAC/28 INF 13 (Informe sobre el foro electrónico de debate del tercer Foro Mundial), CAC/28 INF 13-Add.1, CAC/28 INF 14 (Antecedentes de la resolución de la Asamblea Mundial de la Salud sobre el Reglamento Sanitario Internacional), ALINORM 05/28/3A, ALINORM 05/28/9C, Parte II (observaciones de los Estados Unidos de América), CAC/28 LIM 24 (observaciones de la Comunidad Europea), CAC/28 LIM 27 (observaciones de Malasia).

Parte I: Resultados de las recientes reuniones FAO/OMS de expertos

219. El representante de la FAO, hablando también en nombre de la OMS, informó a la Comisión acerca de los principales resultados de las reuniones de expertos de la FAO y la OMS y actividades conexas realizadas desde el último período de sesiones de la Comisión, tales como las del Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios (JECFA), las Consultas mixtas FAO/OMS de expertos sobre evaluación de riesgos microbiológicos (JEMRA), la Reunión Conjunta FAO/OMS sobre Residuos de Plaguicidas (JMPR), las reuniones especiales, otras consultas y los proyectos conexos. Destacó la nueva forma de presentación (véase el documento ALINORM 05/28/9G) del informe, en el que se proporcionaba un breve resumen del resultado de cada reunión y un enlace electrónico al informe correspondiente. Asimismo informó a la Comisión de que en breve se publicaría el informe del Taller conjunto FAO/OMS de evaluación del riesgo de nutrientes: modelo para establecer límites máximos de ingesta de nutrientes y sustancias afines, celebrado en mayo de 2005.

220. Con relación al Taller Técnico FAO/OMS sobre residuos de de medicamentos veterinarios sin IDA/LMR especificados, la Comisión tomó nota de la petición de la delegación de la India de que se aplicaran con carácter prioritario las recomendaciones de la última reunión del CCRVDF sobre esta cuestión (ALINORM 05/28/31, párrs. 173–176)

221. El representante de la FAO informó además a la Comisión sobre una reunión de expertos FAO/OMS prevista para examinar la utilización del sistema de la lactoperoxidasa para la leche y los productos lácteos (Roma, noviembre de 2005) y de la consulta de expertos FAO/OMS sobre estrategias prácticas de gestión de riesgos basadas en los resultados de la evaluación de riesgos microbiológicos.

Parte II: Informe sobre la marcha del proceso consultivo FAO/OMS relativo a la prestación de asesoramiento científico al Codex y a los Estados Miembros

222. El representante de la FAO presentó un informe sobre los progresos realizados al respecto, incluidas las actividades siguientes:

223. La última fase del proceso consultivo se llevaría a cabo en 2006 por medio de una consulta de expertos o una reunión intergubernamental, con objeto de preparar recomendaciones viables para someterlas al examen de la FAO y la OMS.

Parte III: Situación de las peticiones de asesoramiento científico

224. El representante de la FAO hizo referencia a la lista de peticiones de asesoramiento científico pendientes, que se presentaban en el Cuadro 1 del Anexo del documento ALINORM 05/28/9G. Se informó a la Comisión de que la lista no se presentaba en orden de prioridad y que la FAO y la OMS seguirían aplicando los criterios establecidos por el Comité Ejecutivo del Codex en su 55a reunión para establecer la prioridad de estas peticiones.

225. La delegación de los Países Bajos expresó su preocupación por los efectos en la labor del Comité sobre Aditivos Alimentarios y Contaminantes de los Alimentos debidos a la falta de recursos en la OMS para convocar reuniones periódicas del JECFA en el futuro. La delegación de Malasia pidió que se corrigiera la información proporcionada en el cuadro respecto de la consulta de expertos sobre problemas de inocuidad y reglamentación relacionados con los alimentos funcionales, a fin de incluir también la procedencia de la petición, esto es, el Comité Coordinador para Asia en su 13a reunión.

226. En respuesta a la petición de que se añadiera un criterio adicional a los ya existentes para el establecimiento de prioridades con objeto de tener en cuenta las necesidades específicas de los países en desarrollo, la Comisión señaló que los criterios vigentes abarcaban de forma adecuada dicha cuestión y que dichos criterios podrían ser revisados más adelante, si fuera necesario, a la luz de la experiencia que se adquiriera con la aplicación de los criterios vigentes.

227. La Comisión expresó su reconocimiento a la FAO y a la OMS por sus constantes esfuerzos destinados a proporcionar asesoramiento científico al Codex de manera oportuna y eficaz.

Parte IV: Creación de capacidad en materia de inocuidad y calidad de los alimentos

228. Se informó a la Comisión sobre las actividades de creación de capacidad en materia de inocuidad y calidad de los alimentos de la FAO y la OMS (CAC/28/INF 5), que abarcaban tres esferas principales, a saber: i) la organización de conferencias, talleres y seminarios mundiales y regionales o subregionales sobre cuestiones relacionadas con la inocuidad de los alimentos; ii) proyectos de campo; y iii) orientación e instrumentos de capacitación.

Estrategia mundial de la OMS sobre régimen alimentario, actividad física y salud

229. El representante de la OMS señaló a la atención del Comité el hecho de que la Estrategia mundial sobre régimen alimentario, actividad física y salud se había preparado a petición de los Estados Miembros de la OMS con objeto de reducir la morbilidad y la mortalidad provocadas por enfermedades no transmisibles, e indicó que el documento LIM-6 se había preparado a petición del Comité Ejecutivo en su 55a reunión88. El representante de la OMS señaló que en la Resolución 57.17 de la Asamblea Mundial de la Salud (WHA) se había ratificado la estrategia mencionada y se había pedido a la Comisión del Codex Alimentarius que siguiera “examinando exhaustivamente, en el marco de su mandato operacional, las medidas de base científica que se podrían adoptar para mejorar las normas sanitarias aplicables a los alimentos en consonancia con la meta y los objetivos de la Estrategia”. El representante de la OMS, refiriéndose a los posibles trabajos que deberían llevar a cabo el Comité sobre Etiquetado de los Alimentos y el Comité sobre Nutrición y Alimentos para Regímenes Especiales, hizo hincapié en que para aplicar la Estrategia mundial sería preciso coordinar dichas labores.

88 ALINORM 05/28/3, párr. 90.

230. La delegación del Reino Unido, hablando en nombre de los Estados Miembros de la Comunidad Europea presentes en el período de sesiones, señaló que la presentación de información clara y comprensible sobre nutrición en las etiquetas podría ayudar a los consumidores a hacer elecciones más saludables. Debería prestarse una atención general a la integración de las cuestiones relativas a la nutrición en la labor del Codex y, en ese contexto, se acogería con satisfacción el informe mencionado en el párr. 14 del documento de debate de la OMS.

231. La delegación de los Estados Unidos de América expresó la opinión de que esta cuestión debería abordarse atentamente, en vista de los numerosos factores que influían en las enfermedades no transmisibles, entre ellos los modelos dietéticos utilizados a lo largo de toda la vida, que varias recomendaciones de la Estrategia mundial deberían aplicarse en el plano nacional, como por ejemplo la educación de los consumidores, pero no estaban comprendidas en el mandato del Codex, y que la labor del Codex en materia de nutrición y etiquetado debería realizarse en el marco de su mandato.

232. Varios observadores, si bien apoyaron la aplicación de la Estrategia mundial de la OMS sobre régimen alimentario, actividad física y salud, propusieron que se recabara el parecer de los interesados directos, incluidas las organizaciones de consumidores, sobre la necesidad de que la OMS preparara un documento más específico. Un observador expresó la opinión de que el mandato del Codex podía abarcar también las cuestiones nutricionales planteadas en la Estrategia mundial que había de integrarse en los trabajos del Codex.

233. El representante de la OMS reafirmó que los interesados directos participarían en el seguimiento de la Estrategia mundial que había de emprender la OMS, así como en la preparación de un documento revisado de la OMS que había de presentarse a la Comisión en su siguiente período de sesiones.

234. La Comisión observó que las posibles esferas de acción por parte del Codex señaladas en el documento LIM eran pertinentes principalmente para la labor del Comité sobre Etiquetado de los Alimentos y el Comité sobre Nutrición y Alimentos para Regímenes Especiales, y tras debatir la cuestión convino con la recomendación formulada por el Comité Ejecutivo en su 56a reunión de que se pidiera a la OMS que, en cooperación con la FAO, preparara un documento más específico para someterlo al examen de los citados comités, que incluyera propuestas concretas de nuevos trabajos. La Comisión acordó que en su siguiente período de sesiones examinaría nuevamente la aplicación de la Estrategia mundial, teniendo en cuenta las opiniones y propuestas presentadas por esos comités.

Reglamento Sanitario Internacional

235. El representante de la OMS informó a la Comisión de que en mayo de 2005 la Asamblea Mundial de la Salud había aprobado una revisión a fondo del Reglamento Sanitario Internacional que entraría en vigor en junio de 2007, tal como se exponía en el documento INF 14.

236. Dicho representante indicó que el ámbito de aplicación más amplio era un cambio fundamental con respecto al Reglamento en vigor, en el que se hacía referencia únicamente a tres enfermedades, ya que el nuevo Reglamento (2005) proporcionaba un marco jurídico para la detección de emergencias en la esfera de la salud pública de alcance internacional y la respuesta a las mismas, independientemente del origen o la fuente de dichas emergencias.

237. El mismo representante señaló que el Reglamento (2005) hacía hincapié en el establecimiento de las capacidades nacionales necesarias tanto para la detección y la respuesta eficaces a las emergencias sanitarias públicas como a la aplicación de medidas en materia de salud pública en los puntos de entrada.

Resolución de la Asamblea Mundial de la Salud sobre Nutrición del lactante y del niño pequeño

238. El representante de la OMS informó a la Comisión de que la Asamblea Mundial de la Salud, en su 58o período de sesiones había aprobado una resolución sobre la nutrición del lactante y del niño pequeño (WHA 58.32) en la que se refrendaba la Estrategia Mundial de la OMS para la Alimentación del lactante y del niño pequeño. En la resolución se instaba a los gobiernos a velar por que las personas que se ocupan de cuidar a los niños estuvieran informadas de que los preparados en polvo para lactantes pueden contener microorganismos y de que los preparados para lactantes deben prepararse y utilizarse de forma apropiada para reducir al mínimo los riesgos; y, cuando proceda, esta información debía transmitirse mediante una advertencia explícita en el envase. En la Resolución se instaba asimismo a los Estados Miembros a colaborar estrechamente con las entidades competentes, entre ellos los fabricantes, para continuar reduciendo la contaminación por patógenos, incluido el Enterobacter sakazakii, en los preparados en polvo para lactantes. En la Resolución se pedía a la OMS que, en colaboración con la FAO elaborara directrices específicas sobre esta cuestión. Asimismo, se instaba a los gobiernos a velar por que no se permitieran las declaraciones de propiedades nutricionales y de propiedades saludables en los sucedáneos de la leche materna, salvo cuando así lo disponga específicamente la legislación nacional.

239. El representante indicó que en la resolución se pedía también a la Comisión del Codex Alimentarius que tuviera plenamente en cuenta, al establecer normas, directrices y recomendaciones, las resoluciones de la Asamblea Mundial de la Salud atinentes a su mandato operacional y que ultimara urgentemente sus trabajos en curso destinados a hacer frente al riesgo de contaminación microbiológica de los preparados en polvo para lactantes; que estableciera criterios microbiológicos adecuados respecto del E. sakazakii y otros microorganismos que puedan contaminar los preparados en polvo para lactantes; y que proporcionara asesoramiento sobre la manipulación inocua del producto.

240. El representante de la OMS indicó que la Asamblea Mundial de la Salud había pedido también al Director General de la OMS que, junto con sus informes sobre el estado de aplicación del Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna, presentara informe a la Asamblea Mundial de la Salud todos los años pares sobre los progresos realizados en el examen de las cuestiones remitidas a la Comisión del Codex Alimentarius para que adoptara las medidas oportunas.


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