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APÉNDICE II

PROYECTO DE ENMIENDA A LA NORMA GENERAL DEL CODEX
PARA EL QUESO

(Retenido en el Trámite 7)1
2. DESCRIPCIÓN
2.1 Se entiende por queso el producto blando, semiduro, duro y extra duro, madurado o no madurado, y que puede estar recubierto, en el que la proporción entre las proteínas de suero y la caseína no sea superior a la de la leche, obtenido mediante:
(a) coagulación total o parcial de la proteína de la leche, leche desnatada/descremada, leche parcialmente desnatada/descremada, nata (crema), nata (crema) de suero o leche de mantequilla/manteca, o de cualquier combinación de estos materiales, por acción del cuajo u otros coagulantes idóneos, y por escurrimiento parcial del suero que se desprende como consecuencia de dicha coagulación, respetando el principio de que la elaboración del queso resulta en una concentración de proteína láctea (especialmente la porción de caseína) y que consecuentemente, el contenido de proteína del queso deberá ser evidentemente más alto que el nivel de proteína de la mezcla de los materiales lácteos ya mencionados en base a la cual se elaboró el queso; y/o
(b) técnicas de elaboración que comportan la coagulación de la proteína de la leche y/o de productos obtenidos de la leche y que dan un producto final que posee las mismas características físicas, químicas y organolépticas que el producto definido en el apartado (a)”

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1 Proyecto de enmienda es presentado en carácter graso.