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PROBLEMAS ACTUALES DE LA LEGISLACION SOBRE MATERIAL FORESTAL DE REPRODUCCION Y NECESIDAD DE ARMONIZAR LAS NORMAS A NIVEL INTERNACIONAL 1

por

Hans-J. Muhs, Institut für Forstgenetik und Forstpflanzenzüchtung
Sieker Landstrasse 2, D-2070 Grosshansdorf 2, Germany

CONCLUSIONES DE LA DISCUSION FINAL Y DE LA SESION TECNICA

A. Los participantes acordaron las siguientes conclusiones:

  1. La armonización de ambas series de normas (europeas) internacionales (Disposición de la OCDE- y Directiva de la CEE 66/404 y sus enmiendas) debe tener una importancia especial cuando se consideren las futuras enmiendas a las mismas. Los términos técnicos deben emplearse con idéntico significado y los certificados y etiquetas deben dar la misma información. Las categorías pueden diferir en número pero no debe ocurrir así en lo que se refiere a las definiciones.

  2. La selección y mejoramiento genético de nuevas variedades ha venido avanzando en los últimos decenios, debiendo dar al consumidor la oportunidad de emplear al máximo estas nuevas variedades. Si éstas no se pueden comercializar como “material de reproducción comprobado”, podría introducirse una nueva categoría en ambas series de normas internacionales, que se denominaría provisionalmente “material de reproducción mejorado genéticamente, con ventajas previsibles”.

  3. La comercialización de material propagado vegetativamente, clones y material a granel, hay que regularla para todas las especies. La certificación debe tener como finalidad proporcionar al consumidor información adicional sobre el método de propagación empleado, por ejemplo a través de diversas categorías: plantas propagadas in vitro, estaquillas o plantas obtenidas de embriogénesis somática. Debe proporcionarse al cliente, de forma regular, información adicional sobre el material de base, por ejemplo, resultados de los ensayos, descripción de las estaciones de ensayo y genealogía, en el caso de nuevas razas.

  4. A fin de promover la comercialización de material de propagación clonal, se necesitan urgentemente métodos de identificación clonal; éstos deben incluir datos sobre rasgos fenológicos, morfológicos, bioquímicos y genéticos. Aunque se ha establecido una serie de tales métodos, sólo un número limitado de clones puede ser en la actualidad identificado de forma clara. Las limitaciones prácticas en la identificación clonal puede traducirse en la comercialización de un número menor de clones, lo que no es de desear. Se recomienda cooperar en las investigaciones internacionales para el desarrollo de métodos de identificación.

  5. Los países en desarrollo vienen participando de forma creciente en la plantación forestal, lo que aumenta la demanda de material reproductivo. La Disposición de la OCDE puede servir como modelo para el establecimiento de normas nacionales y así se ha hecho ya en algunos casos. La participación debe quedar abierta a los países que adopten dicha disposición. Cuando se enmiende la Disposición de la OCDE habrá que tener en cuenta las condiciones especiales que pueden existir en el sector forestal de estos países.

  6. Los participantes en el presente Seminario están preocupados por el hecho de que los procesos y productos biológicos puedan llegar a ser objeto de patentes; ésto se practica ya en los Estados Unidos de América y pueden adoptarse en Europa mediante revisión de la Ley Europea sobre Patentes. Los efectos de tales sistemas de patentes sobre la producción, disponibilidad y mejoramiento genético de material forestal reproductivo, no son previsibles. Para proteger los derechos de los productores, parece adaptarse mejor al sector forestal la Convención UPOV para la Protección de los Vegetales (Unión Internacional de Nuevas Variedades Vegetales).

  7. La puesta en práctica de las Directivas de la CEE sobre certificación y comercio de semillas en los países miembros, ha alcanzado diversos niveles, debido a las diferencias nacionales en materia forestal y especialmente porque los nuevos miembros no habían tenido tiempo todavía para cumplir plenamente las directivas. Por ello, antes de modificar las normas de la CEE es importante estar informados sobre el grado de aplicación en cada país miembro. Tal información se debe recoger y analizar.

  8. La Directiva 71/161 de la CEE, que trata de las regulaciones en cuanto a normas de calidad externa, no cuentan con la directiva correspondiente en la Disposición de la OCDE. La aplicación real de estas normas de la CEE ocasiona algunos problemas, por ejemplo para cumplir los requisitos de pureza de las semillas, identificación de semillas de especies afines, etc. Se puso en duda el que las normas de calidad externa debieran sujetarse a unas directivas tan detalladas, especialmente al haberse desarrollado normas de aduanas y de cuarentenas que lo regulan con más eficacia. La revisión de estas directivas debe ser considerada.

  9. Los participantes propusieron considerar la necesidad de conservar los recursos genéticos forestales, cuando se corrijan ambas series de normas internacionales. Aunque se reconoce que ésta no es la principal finalidad de las normas, éstas no deben estar en contradicción con la finalidad de mantener un alto nivel de diversidad genética. Además, en muchas zonas se están desarrollando prácticas selvícolas dirigidas a ajustarse a las condiciones de la estación, con más precisión que hasta ahora. No siempre se dispondrá de material reproductivo específico a través del comercio internacional, circunstancia que habrá que tener también en cuenta.

  10. Los métodos de mejora genética avanzan rápidamente. Las normas internacionales de la CEE y de la OCDE no deben ser obstáculo para este avance.

  11. Para poder cumplir las normas de la CEE hay necesidad urgente de investigación. Las enmiendas programadas representan la necesidad de mayores actividades de investigación. Por lo tanto, la Comisión de la CEE debe ayudar a los países miembros a realizar las investigaciones necesarias, aumentando la ayuda financiera a tales actividades.

B. Sesión Técnica

  1. El Presidente Dr. Hans-J. Muhs (Alemania), y el Copresidente Dr. Peter Krutzsch (Suecia), fueron reelegidos para un segundo período.

  2. Está programado celebrar el próximo seminario en Nairobi (Kenia).

    1. Temas provisionales: (1) La Disposición de la OCDE y los países en desarrollo: importancia y aplicación de la Disposición; y (2) importancia de la ISTA (Asociación Internacional de Ensayos de Semillas) para el establecimiento de normas de calidad de las semillas de especies de árboles forestales tropicales.

    2. Organización local: Centro de Semillas de Kenia. Fecha propuesta: Febrero de 1992.

Nota del Redactor:

Las actas de la reunión anterior estarán disponibles a fines de 1991, pudiendo obtenerse del Dr. J. Nather, FBVA, Institut für Waldbau Seckerndorff-Gudent-Weg 8, A-1131 Viena, Austria (Precio aproximado, 250 chelines austriacos).

En la última Reunión Bianual de la Disposición de la OECD para el Control del Material Forestal de Reproducción en el comercio internacional, celebrada en París del 11 al 13 de febrero de 1991, se propuso establecer un Grupo de Expertos para la armonización de las Disposiciones de la OCDE y de la CEE sobre material forestal de reproducción. Este grupo se constituyó en ocasión de la reunión anterior de IUFRO en Gmunden, Austria. Los miembros del grupo son los siguientes:

 H.J. Muhs, Alemania (presidente)D. Terrason, Francia
 J. Nather, AustriaP. Krutzch, Suecia
 A. Nanson, BélgicaA. Scharpé, CE
 R. Mangold, Estados UnidosG. Bonnis, OCDE
(Secretaría) 

El Grupo preparará las siguientes propuestas:

El Grupo de Expertos preparará una propuesta completa destinada a la revisión de la Disposición de la OCDE desde el punto de vista científico, comercial y normativo. Esta propuesta será presentada a la Reunión Bianual de la OCDE en febrero de 1993.

1. Texto adaptado del informe del Seminario del Grupo de Trabajo de IUFRO S2.02.21, celebrado en Gmunden y Viena, 10 a 14 de junio de 1991.


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