Propuesta de una nueva Norma para la Salsa de Soja
Trabajos Futuros
73. La delegación del Japón introdujo el documento CX/PFV 98/9, en el que se explicaba la historia, las características, los tipos, la fabricación y el comercio de la salsa de soja y los motivos que justificaban la elaboración de una norma para la salsa de soja fermentada. Se subrayó que, puesto que existían dos tipos de salsa de soja, fermentada y no fermentada, era sumamente importante distinguir la salsa fermentada de la no fermentada para garantizar la protección de los consumidores y el comercio equitativo. Varios países apoyaron la elaboración de la norma para la salsa de soja fermentada, que era un producto alimenticio tradicional en el país, con objeto de proteger el modo tradicional de fabricación de la salsa de soja fermentada, o teniendo en cuenta el importante comercio internacional del producto.
74. Se destacó que algunos de los términos utilizados en la propuesta adjunta al documento CX/PFV 98/9 no se utilizaban habitualmente en el mundo o podrían causar confusión en países situados fuera del Asia sudoriental. Se declaró que la decisión del Comité de elaborar normas más generales debería tenerse también en cuenta al elaborar una norma para la salsa de soja, por ejemplo incluyendo productos análogos a la salsa de soja.
75. El Comité acordó solicitar la aprobación del Comité Ejecutivo con objeto de elaborar una norma para la salsa de soja que abarcara la salsa de soja fermentada, en el entendimiento de que el Japón, en colaboración con la República de Corea, prepararía un Anteproyecto de Norma para recabar observaciones de los gobiernos.
El Comité examinaría en su próxima reunión y en reuniones sucesivas los temas siguientes[26]:
- Proyecto de Norma para los Brotes de Bambú en Conserva;77. El Comité tomó nota de que habría dos normas adicionales provenientes del Comité Coordinador del Codex para Asia, a saber los Anteproyectos de Normas para los Encurtidos y para el Kimchi.- Anteproyecto de Norma para:
- la Compota de Manzanas en Conserva;
- las Peras en Conserva;
- las Frutas de Hueso en Conserva*;
- los Cítricos en Conserva*;
- las Bayas en Conserva*;
- los Mangos en Conserva;
- la Piña en Conserva;
- el Cóctel de Frutas en Conserva;
- la Ensalada de Frutas Tropicales en Conserva;
- las Castañas y Puré de Castañas en Conserva;
- las Hortalizas en Conserva*[27];
- los Tomates en Conserva;
- los Hongos en Conserva;
- las Compotas, Jaleas y Mermeladas*; la Salsa Picante de Mango;
- los Pepinos Encurtidos (Encurtidos de Pepinos);
- las Aceitunas de Mesa;
- los Concentrados de Tomate Elaborados;
- los Albaricoques Secos;
- los Dátiles;
- las Uvas Pasas;
- el Coco Rallado Desecado;
- los Pistachos con Cáscara;
- los Hongos Comestibles Desecados;
- los Hongos Comestibles y sus Productos; y
- la Salsa de Soja*; y
- Anteproyectos de Directrices para:
- los medios de cobertura para las frutas en conserva* y
- los medios de cobertura para las hortalizas en conserva*.
* nuevos trabajos sujetos a aprobación.