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CAPÍTULO 5 – PUNTOS DE REFERENCIA BIOLÓGICA Y MEDIDAS DE REGULACIÓN


5.1 Puntos de referencia biológica para la gestión y la conservación de los recursos pesqueros

Los objetivos a Largo Plazo (LP) para la gestión pesquera deben tomar en consideración la investigación científica pesquera y la dinámica de las poblaciones, así como las alteraciones climáticas que puedan afectar a los stocks.

Para definir esos objetivos a largo plazo se toman en consideración, esencialmente, valores de nivel de pesca que permitan las mayores capturas en peso, garantizando la conservación de los stocks. Se toman también en consideración los valores extremos de biomasa o de nivel de pesca que podrían afectar gravemente la capacidad de auto-renovación de los stocks. Estos valores de nivel de pesca, de captura y de biomasa son conocidos como puntos de referencia biológica (PRB). En este manual se destacarán algunos de los diferentes tipos de PRB (Caddy, & Mahon, 1995; FAO, 1996 e ICES, 1998).

Los Puntos – Objetivo de Referencia Biológica, TRP (en ingles, Target Reference Points) son valores del nivel de mortalidad por pesca (o de la biomasa del stock) que procuran una explotación de los stocks sostenible a largo plazo, con la mejor captura posible. Por ello, a estos puntos también se les llama Puntos de Referencia para la Gestión. Los TRP pueden caracterizarse, por el nivel de pesca Fobjetivo (o de la Biomasa, Bobjetivo).

El Fobjetivo probablemente más conocido sea F0.1, pero otros valores, tales como Fmax, Fmed y FMSY son también utilizados.

En la práctica de la gestión, los TRP son convertidos, directa o indirectamente, en valores de esfuerzo de pesca relativos a los registrados en años recientes.

Los Puntos – Límite de Referencia Biológica, LRP (en inglés, Limit Reference Points) son valores máximos de la mortalidad por pesca o valores mínimos de la biomasa, que no deben ser superados. En caso contrario, se considera que se pone en peligro la capacidad de autorenovación del stock.

En los casos en que la intensidad de pesca sea ya excesiva, los LRP pueden ser útiles para corregir la situación o para evitar su empeoramiento.

Los LRP son valores límite, orientados principalmente a la conservación de los stocks y por ello, son también llamados puntos de referencia para la conservación (ello no significa que los Fobjetivo no sean de aplicación para la conservación).

Existen varias opciones de LRP, pero todas ellas se basan, de un modo u otro, en Flim o Blim. En este manual se utizara como Blim los níveles de biomassa Bloss y MBAL y como Flim los níveles de pesca Floss y Fcrash.

El Criterio de Precaución, propuesto por la FAO en el Código de Conducta para la Pesca Responsable (FAO, 1995), establece que la falta de información científica adecuada no debería utilizarse como razón para aplazar o dejar de tomar las medidas de conservación y gestión necesarias. Asimismo establece que, si un fenómeno natural tiene importantes efectos perjudiciales sobre el estado de los recursos y/o cuando la actividad pesquera plantee una seria amenaza a su sostenibilidad, los Estados deberían adoptar medidas de conservación y gestión de emergencia.

Desde este punto de vista es importante dejar claro cuales son las suposiciones de base adoptadas, a fin de poder valorar las consecuencias en las capturas y abundancias de los stocks.

Las incertidumbres asociadas a la estimación de los límites de los niveles de pesca, Flim, y de biomasa, Blim, hacen que se determinen nuevos puntos de referencia, llamados Puntos de Referencia de Precaución, Fpa o Bpa.

Fpa (o Bpa) siempre deberán ser estimados basándose en suposiciones admisibles y también se deberán valorar las consecuencias de adoptar hipótesis alternativas acerca de las características del stock y de la pesca.

Los nuevos límites (Fpa o Bpa), debidos a la aplicación del Criterio de Precaución, serán más restrictivos que los LRP’s. La consecuencia práctica de estos nuevos límites, es que las medidas de reglamentación para controlar el esfuerzo de pesca serán más severas que las obtenidas en el caso que existan datos adecuados.

Se puede decir que esta es la penalización al no darse las condiciones necesarias para disponer de datos e informaciones fiables.

El Criterio de Precaución, sugiere que los resultados de la investigación pesquera sean tomados en consideración por la gestión a la hora de formular medidas de reglamentación y que estas también tomen en consideración las condiciones socio-económicas y técnicas de la pesca (FAO, 1996).

Para terminar, una llamada de atención relativa a todos los Puntos de Referencia Biológica mencionados anteriormente: su estimación presupone un patrón relativo de explotación dado.

La evaluación de los puntos de referencia biológica deberá ser actualizada, tomando en consideración posibles alteraciones en los parámetros biológicos o cualquier otra corrección del patrón relativo de explotación que se juzgue necesaria. Este aspecto es importante porque los nuevos puntos de referencia biológica que se obtendrán serán diferentes de los anteriores.

5.2 Puntos objetivo de referencia biológica (Fmax, F0.1, Fmed y FMSY)

5.2.1 Fmax

Definición

1. Consideremos la captura por recluta en peso a LP, Y/R, como función de F para un patrón relativo de explotación dado.

Fmax es el punto de la curva, Y/R contra F, a LP, en que Y/R es máximo.

La Figura 5.1 muestra una curva de Y/R contra F, a LP, de un stock..

Figura 5.1

Y/R en funçión de F para un tc dado constante, mostrando

Fmax e Ymax

Tal como se mencionó en el Capítulo 4 cuando se trata de proyecciones a LP se supone el reclutamiento constante y igual a 1 (R=1). Por ello, en general se simplifican las expresiones matemáticas escribiendo simplemente Y en lugar de Y/R para expresar la captura por recluta en peso.

2. Matemáticamente en el punto Fmax, la derivada de Y/R contra F es igual a cero, o sea,

En F = Fmax será (El valor de Y es máximo)

Para F < Fmax será (Y es creciente con F)

Para F > Fmax será (Y es decreciente con F)

Geométricamente, la pendiente de la tangente a la curva es igual a cero en F = Fmax, es positiva para F < Fmax y es negativa para F > Fmax.

Comentarios

1. Al valor de Fmax le corresponderán valores de /R e Ymax/R.

Es conveniente analizar también la situación de la en los puntos F¹Fmax.

Para F < Fmax será

Para F > Fmax será

El punto Fmax no depende del valor del reclutamiento.

2. Para otro patrón relativo de explotación habrá otro Fmax.

3. Todos los puntos de la curva Y/R contra F, son puntos a LP o de equilibrio.

4. Cuando el nivel, F, es mayor que Fmax se dice que hay sobrepesca de crecimiento.

Es conveniente presentar las dos curvas Y/R y contra F a LP, y el mismo gráfico (probablemente se deberán usar escalas diferentes).

Figura 5.2

Curvas a Largo Plazo de Y/R y /R contra F, para un patrón relativo de explotación dado.

Fmax ha sido adoptado por la mayoría de las Comisiones Internacionales de Pesca como objetivo de gestión a LP (1950–1970).

Todavía hoy Fmax es usado como punto objetivo y ha sido propuesto como Punto Límite de Referencia Biológica (LRP) en algunos casos.

Las curvas achatadas y asintóticas no permiten determinar Fmax.

Para la definición de Fmax no se toma en consideración un nivel de biomasa reproductora adecuado. Fmax indica simplemente el valor de F que corresponde a la captura por recluta máxima posible obtener de una cohorte durante su vida, para un patrón relativo de explotación dado.

El análisis de estas curvas, principalmente de , Y y contra el nivel de pesca, dan información acerca de la «abundancia» del recurso o del rendimiento de una embarcación, de la captura total de toda la flota y acerca del peso medio en la captura a LP, para diferentes niveles de pesca.

5.2.2 F0.1

1. Definición

Se considera la captura por recluta a LP, Y/R, como función del coeficiente de mortalidad por pesca, F. A cada nivel de pesca, F, corresponde un valor de tia(Y/R). La tia(Y/R) es máxima cuando F = 0 y va decreciendo hasta cero cuando F = Fmax.

El punto F0.1 es el valor de F donde la tia(Y/R) es igual a 10% de la tia(Y/R) máxima.

Figura 5.3 Y/R mostrando el punto objetivo de referencia F0.1

2. Para F = 0, la biomasa por recluta, será , también llamada «Biomasa virgen» o Biomasa no explotada.

En efecto, así:

Con lo que, para F =0

Por ello de la definición dada en el punto 1 también se puede concluir que F0.1 es el valor de F donde la tia(Y) = 10% de la biomasa virgen.

3. Cálculo de F0.1

En la función

Se puede demostrar que la función V es máxima cuando F = F0.1

En efecto V es máximo cuando F es tal que , entonces:

o

por lo tanto el valor de F correspondiente a dY/dF anterior es el valor de F0.1.

F0.1 puede, por lo tanto, calcularse maximizando la función

siendo necesario calcular previamente , por ejemplo, a partir de la relación de contra F a LP, cuando F = 0.

Gráficamente será:

Figura 5.4 Curva Y/R mostrando la maximización de la función V

4. ¿Porqué se adopto tia(Y/R) igual a 10% y no otro porcentaje, como por ejemplo 20%?

Gulland y Boerema (1969) presentaron algunos argumentos, incluyendo argumentos financieros. Algunos países (e.g. África del Sur) adoptan el valor de 20% que dará un punto de referencia F0.2 más conservador que F0.1.

5. La Figura 5.5 muestra los dos puntos de referencia biológica Fmax y F0.1.

Figura 5.5 Variación de Y/R y B/R mostrando los dos puntos de referencia biológica Fmax y F0.1

e Y0.1 son los valores de e Y correspondientes a F0.1

F0.1 es siempre menor que Fmax

es siempre mayor que

es siempre menor que Ymax, aunque la diferencia no sea grande.

La segunda relación indica que tiene ventajas sobre Bmax. La última conclusión muestra que Y0.1 no es la mayor captura posible, si bien es aceptable como punto objetivo para la gestión. El hecho que sea mayor que sugiere que el nivel de pesca F0.1 ofrece mayores garantías de mantener una reproducción aceptable. Nótese que F0.1 puede ser determinado tanto si la curva es achatada como si es asintótica.

Otro patrón relativo de explotación originaria otra F0.1.

En los años 1960–70 se empezó a preferir F0.1 en lugar de Fmax como punto objetivo para la gestión de los recursos, siendo adoptado, en los años 1980, como objetivo a LP por muchas Comisiones Internacionales de Pesca y por la CEE.

5.2.3 Fmed

1. Definición

Este punto objetivo pretende tomar en consideración la relación S-R entre el stock y el reclutamiento resultante o, dicho de otra forma, no adopta la suposición de reclutamiento constante como en los casos de Fmax y F0.1.

Para ello se consideran conocidas, para cada año de un período de tiempo dado, las biomasas reproductoras y los reclutamientos resultantes. Estos datos permiten calcular empíricamente, los cocientes entre los reclutamientos y las biomasas parentales en cada año del período.

Habitualmente se representa Fmed en un gráfico cuyos puntos corresponden a pares de valores de biomasa parental (total o reproductora),, durante ese año y el reclutamiento resultante, R. La Figura 5.6 muestra una representación gráfica de una recta mediana.

Figura 5.6 Representación gráfica de una recta mediana

La recta separa el número total de puntos en partes iguales, es decir, un 50% de los puntos están en la parte superior y un 50% están en la parte inferior de la recta. Esta recta es llamada recta mediana, o recta 50%, interpretándose del siguiente modo: en un 50% de los años del período considerado, los valores de R son menores que los valores de R estimados por la recta mediana (o si se quiere, en un 50% de los años del período considerado, los valores de R son mayores que los valores de R estimados por la recta mediana).

Como se vio en la Sección 4.5, para cada recta, la pendiente B/R resultante está asociada a un valor de nivel de pesca, F (a LP). El valor de F asociado a la recta mediana es, por definición, el punto objetivo F mediano, Fmed.

Entonces, Fmed se define como el valor de F que a LP producirá un valor de biomasa reproductora por recluta, cuyo inverso es igual al valor mediano de los cocientes entre reclutamientos anuales y biomasas reproductoras parentales observados durante un período de años.

Así, puede decirse que, dado un cierto nivel de biomasa parental y conociendo la correspondiente a Fmed, hay una probabilidad del 50% que el reclutamiento resultante seamenor que (o mayor que) el valor indicado por la línea mediana

2. Cálculo de Fmed

Para determinar el valor de Fmed es necesario recurrir a la relación entre la biomasa resultante por recluta contra el nivel de pesca, F, a LP (Sección 4.4, Figura 4-D).

La determinación de Fmed se puede realizar matemática o gráficamente.

Para calcular Fmed matemáticamente se determina, para cada par de valores (, R) la relación. Se ordenan los valores obtenidos y se calcula su valor mediano, .

El valor de Fmed, se obtiene a partir de la relación a LP de la Biomasa por Recluta contra F, siendo el valor de F que corresponde al valor mediano obtenido anteriormente.

Para calcular gráficamente, véase que en la Figura 5.6 la pendiente de la recta mediana sobre el eje R es igual a. El valor de esa pendiente deberá servir para calcular el valor de Fmed en el gráfico decontra F, en la proyección a LP. En la Figura 5.7 (A-B) se muestra este proceso de cálculo.

A)

B)

Figura 5.7 Ilustración del cálculo de Fmed gráficamente

Se pueden utilizar otras rectas, correspondientes a otras probabilidades diferentes al 50%. La Figura 5.8 ilustra el cálculo de F10% gráficamente. La recta que se muestra en la Figura 5.8A, separa los puntos, de forma que el 10% de ellos se sitúan en la parte inferior de la recta (o, lo que es lo mismo, el 90% de los puntos se sitúan en la parte superior). Por ello esta recta se conoce como recta 10%.

Nótese que la pendiente de la recta del 10% con el eje R es mayor que la pendiente de la recta mediana, tal como se muestra en la Figura 5.9B. De este modo, F10%, o Fbajo, es menor que Fmed.

A)

B)

Figura 5.8 Ilustración del cálculo de F10% gráficamente

A)

B)

Figura 5.9

Ilustración gráfica de las pendientes y correspondientes F’s para las rectas mediana y 10%

Comentarios

1. El punto objetivo Fmed pretende garantizar un nivel aceptable de biomasa tomando como base la relación empírica S-R.

2. También se pueden adoptar otros porcentajes, que correspondan a rectas que estimen diferentes probabilidades de obtener reclutamientos inferiores a los indicados por la recta mediana. Así, Falto correspondería a usar, en lugar de la recta del 50%, la recta del 90%, para la cual los reclutamientos en el 90% de los años observados serian inferiores a los estimados por la recta.

3. F90%, como se verá en la Sección siguiente, también puede ser considerado como un Punto Límite (LRP).

4. Nótese que la pendiente de la recta del 10% con el eje R es mayor que la pendiente de la recta mediana y, por tanto, F10% (o Fbajo) es menor que Fmed (Figura 5.9B).

5. Fmed fue utilizado para la gestión, en los últimos años, particularmente en el caso de la sardina Ibérica.

6. La biomasa utilizada puede ser la biomasa total, , pero frecuentemente es la biomasa reproductora,.

7. Si el valor mediano no pasa exactamente por un punto marcado en el gráfico de dispersión (caso que sucede cuando se tienen un número par de valores) se debe adoptar el valor central. De cualquier modo Fmed es siempre un valor aproximado.

5.2.4 FMSY

Definición

FMSY se define como el valor de F que produce a largo plazo una captura máxima. Para la determinación de este punto de referencia biológica se necesita una relación S-R y, por ello, es diferente de Fmax.

5.3 Puntos límite de referencia biológica (, MBAL, Fcrash y Floss)

Existen varias propuestas de Flim y de Blim. Para cada stock los valores de Flim y Blim adoptados dependen de las características del stock y de su explotación. Lo más importante es que el LRP adoptado sea un valor que permita una explotación que evite situaciones peligrosas para la renovación del stock.

Algunos de estos puntos se derivan a partir de los valores observados de Biomasa y del Reclutamiento resultante. Algunas propuestas de LRP de este tipo son Bloss y MBAL. Estos LRP también acostumbran a ser clasificados por algunos autores como no paramétricos, ya que su determinación no depende de ningún modelo particular de la relación S-R.

Otra categoría de puntos LRP, clasificados como paramétricos, son los derivados de los modelos S-R como el Fcrash.

Se puede citar además, la categoría de puntos LRP cuya determinación implica valores observados y valores obtenidos de la aplicación de modelos S-R, como por ejemplo, Floss.

5.3.1 Bloss

Bloss es la menor biomasa reproductora observada en la serie de valores anuales de biomasa reproductora (en inglés «Lowest Observed Spawning Stock»).

5.3.2 MBAL

Más satisfactorio es el LRP designado por Mínimo Nivel Biológico Aceptable, MBAL, (en ingles, «Minimum Biological Acceptable Level»). En efecto este LRP supone un nivel de biomasa reproductora por debajo del cual las biomasas reproductoras observadas, durante un período de años, se han reducido y los reclutamientos asociados son menores de los reclutamientos medio o mediano.

5.3.3 Fcrash

Como su nombre indica es un límite que corresponde a un valor de F bastante alto, indicando una elevada probabilidad de colapso de la pesquería.

Fcrash es el nivel de pesca F que a LP producirá un nivel de biomasa reproductora por recluta (S/R) igual al inverso de la tasa instantánea da variación de R con la biomasa, en el punto inicial (S = 0, R = 0). Este valor o, gráficamente la pendiente de S/R en el origen, es el parámetro 1/(...) de los modelos S-R presentados anteriormente.

Para la determinación gráfica de este LRP se empieza por obtener la pendiente del ángulo que forma la tangente a la curva S-R resultante, en el origen, con el eje de los R. Seguidamente y a partir de la relacióncontra F a LP, se busca el valor de F que corresponde al valor indicado por aquella pendiente.

5.3.4 FLOSS

Se acostumbra a definir Floss como el nivel de pesca F que a LP producirá un nivel de biomasa reproductora por recluta (S/R) asociado a Bloss.

Para determinar este punto límite se empieza por obtener, a partir de la curva S-R ajustada, el valor de R correspondiente a Bloss. Se calcula entonces Bloss/R y se busca en la relación contra F, a LP e el valor de F correspondiente.

Los Puntos Límite presentados, así como otros puntos límite propuestos, han sido criticados por depender de los valores observados o del ajuste de la relación S-R.

5.4 Puntos de referencia de precaución – Fpa, Bpa

El Criterio de Precaución recomienda que se efectúen avaluaciones incluso cuando los datos de base son deficientes. Esta recomendación implica que, en tales casos, la estimación de los Puntos de Referencia Biológica no tendrán una gran precisión. Las incertidumbres de las estimaciones deben ser calculadas, mencionando las suposiciones y los modelos utilizados.

Una sugerencia para la determinación de Fpa y Bpa es la de estimar Flim o Blim y a partir de estas aplicar las siguientes reglas empíricas:

Fpa = Flim.e-1.645. s y Bpa = Blim.e+1.645. s

donde la constante s es una medida asociada a la incertidumbre en la estimación del nivel de mortalidad por pesca, F. Los valores obtenidos en varias pesquerías apuntan a valores de s en el intervalo (0.2, 0.3) (ICES, 1997). En la práctica puede decirse que Fpa está entre 0.47Flim y 0.61Flim asi como Bpa está entre 1.39Blim y 1.64Blim.

Conviene dejar claro que los puntos objetivo referidos anteriormente pueden, en ciertos casos, ser considerados como puntos límite o de precaución dependiendo del análisis conjunto del estado de explotación del stock y de los puntos biológicos de referencia obtenidos.

5.5 Medidas de gestión de las pesquerías

Las medidas de reglamentación pretenden controlar el nivel de pesca y el patrón relativo de explotación aplicado sobre el stock, de modo que la explotación sea adecuada.

Las medidas de reglamentación más comunes para controlar el nivel de pesca son:

El TAC es una medida que controla la captura y, indirectamente, controla también el nivel de pesca. No obstante, es costumbre complementar el TAC con un sistema de repartición de ese total por cuotas atribuidas a cada componente o embarcación de la flota. De este modo también se evita la pesca desenfrenada y la competición entre las embarcaciones para capturar al inicio del año el máximo posible hasta alcanzar el TAC.

El sistema de cuotas atribuidas a cada embarcación se conoce como de Cuotas Individuales (IQ).

Las medidas de reglamentación dirigidas a corregir el patrón relativo de explotación acostumbran a ser llamadas medidas técnicas. Algunas de esas medidas son:

Las áreas y épocas de prohibición de la pesca para proteger a los ejemplares juveniles (medida también conocida – aunque impropiamente – como veda).

Compete a los responsables de la Administración pesquera promover la legislación y la aplicación de las medidas de reglamentación. En el caso particular de la UE, y para los stocks de las Zonas Económicas Exclusivas (ZEE) de los estados miembros, la decisión sobre las medidas a aplicar compete à Comisión. De cualquier modo, la gestión precisa del análisis del estado del stock y de su explotación y de los efectos de las medidas recomendadas. Ese estudio compete a los científicos pesqueros de cada país o región y sus Institutos de Investigación Pesquera, los cuales deberán llevar a cabo las proyecciones de los stocks a Corto y Largo Plazo. El Consejo Internacional para la Exploración del Mar (ICES o CIEM) analiza los estudios realizados y recomienda a la Comisión las medidas de reglamentación, valorando los efectos esperados de la aplicación de esas medidas, así como las consecuencias de su no-aplicación.

Las proyecciones a CP, así como las medidas de reglamentación, solo tienen sentido si previamente fueron analizados y definidos los OBJETIVOS a LP de la gestión pesquera. El análisis de las proyecciones a LP del stock y de su explotación también compete a los científicos que presentan sus recomendaciones para la gestión.

Comentarios

1. La gestión necesita objetivos definidos a partir de las proyecciones a LP. En principio, esos objetivos son válidos durante un período de años, aunque puedan ser ajustados anualmente.

2. Las medidas de reglamentación, por el contrario, deberán ser establecidas anualmente, si bien algunas puedan ser válidas para más de un año. Algunas medidas técnicas, como por ejemplo los tamaños mínimos de las mallas de las redes de pesca o de los individuos desembarcados, son válidos para varios años.

3. Todas las medidas usadas tienen ventajas, dificultades e inconvenientes en relación a los fines que pretenden alcanzar.

En casi todas las pesquerías se exige una licencia de pesca y su número total es limitado.

Los TACs y cuotas, al controlar la captura, ocasionan declaraciones de capturas falsas.

La limitación directa del esfuerzo total de pesca (f), se basa en la suposición de que esa medida limita de forma semejante el coeficiente de mortalidad por pesca (F). No obstante, esa correspondencia puede no ser correcta. En primer lugar el esfuerzo de pesca de los diferentes artes y de todas las flotas implicadas es difícil de medir, así como expresarlo en unidades que respeten la proporcionalidad entre F y f. En segundo lugar la «capturabilidad» de varios artes puede aumentar (y en consecuencia aumentar F) sin que aumente el esfuerzo de pesca. Finalmente, la esperada proporcionalidad entre F y f puede no ser verdadera. De cualquier modo, es importante no olvidar que existe una relación entre F y f.

4. La protección de los juveniles deberá mantenerse durante todo el año y preferentemente controlando la mortalidad por pesca durante todo el año. Las medidas ocasionales, como áreas y épocas de prohibición de la pesca para proteger a los juveniles requieren que cada año, esas áreas y épocas sean conocidas, conocer si existen concentraciones solo de juveniles, evaluar los efectos de esa prohibición ocasional, conocer las implicaciones de la prohibición sobre otras especies, etc. El tamaño mínimo de los individuos desembarcados, no significa que no se capturen individuos pequeños, aunque si que no son desembarcados. La diferencia entre la captura y los desembarcos constituye los llamados descartes al mar. Esta claro que si los individuos son capturados y descartados al mar, la mortalidad por pesca es mayor de la que se deduce de los desembarcos. De cualquier manera, aquella medida puede tener el efecto de disuadir a los pescadores de pescar individuos pequeños. Algunos países, actualmente están obligando a desembarcar todos los ejemplares capturados.

5. La protección de la puesta, como justificación para proteger la biomasa reproductora para indirectamente proteger el reclutamiento, difícilmente conseguirá este último objetivo. En efecto, a mayores biomasas reproductoras corresponden mayores puestas, es decir, mayor número de huevos, aunque ello no implica necesariamente reclutamientos mayores, como ya se vio en la Sección 4.5. Asimismo, no es siempre cierto que, prohibiendo la pesca durante a puesta, no prohibiéndola antes (o después) de la puesta, se proteja la biomasa reproductora. La única forma de proteger la biomasa reproductora será controlar el nivel de pesca durante todo el año. Para terminar, se recuerda que, de cualquier manera, la prohibición de la pesca en la época y área de puesta, o en cualquier otra ocasión, representa siempre una reducción del esfuerzo de pesca. Esto, no constituye un gran problema y, en algunos casos, puede incluso ser positivo.

6. Recuérdese que ninguna medida de reglamentación cumplirá sus objetivos sin que se cumplan dos condiciones:

Que todos los pescadores (en sentido lato) sean conscientes de que la medida es positiva. Por ello, es importante promover la discusión de las recomendaciones de los científicos, sus objetivos, razones y resultados esperados.

¡La vigilancia eficaz en los puertos y en el mar! El área de las 200 millas puede ser muy extensa y la vigilancia muy cara, aunque tal vez no sea necesario vigilar toda el área. Basta controlar intensamente las áreas más pescadas y, con menor intensidad, las restantes áreas.

De cualquier modo en los últimos años se han planteado prácticas diferentes para el acceso a los recursos pesqueros, la vigilancia de la explotación, etc. Algunos ejemplos son el establecimiento del sistema de cuotas individuales transferibles (ITQ), o sistema de cogestión o incluso el sistema de la gestión autárquica, donde algunas responsabilidades de gestión son atribuidas a los propios utilizadores de los recursos.

7. El sistema de gestión ITQ se basa en la suposición de que solo las embarcaciones eficientes o económicamente rentables estarán interesadas en pescar. Así los TAC's son repartidos por cuotas individuales, las cuales serán vendidas en subasta a la mejor oferta.

El sistema de cogestión atribuye gran parte de la responsabilidad de la gestión a los que explotan directamente los recursos pesqueros – armadores, pescadores y sus organizaciones profesionales o sindicales. En este sistema las cuotas no son vendibles en subasta, ni se pierde la titularidad de la licencia de pesca.

Estos son los sistemas más conocidos.

El sistema ITQ presenta los siguientes inconvenientes: perdida definitiva de los títulos de las cuotas y de las licencias de pesca; promover la concentración de cuotas en manos de un grupo reducido de empresarios (que pueden inclusive no ser del sector pesquero ni siquiera nacionales); y de menospreciar los aspectos sociales, humanos y culturales en favor de criterios de eficiencia económica.

El sistema de cogestión, por el contrario, contempla los aspectos sociales de los interesados; asegura su coparticipación directa y consciente con la administración del estado en las responsabilidades de gestión, incluida la vigilancia.


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