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PROPUESTAS PARA LA ELABORACIÓN DE NUEVAS NORMAS Y TEXTOS AFINES Y PARA LA INTERRUPCIÓN DE TRABAJOS (Tema 7 del programa)[53]


Elaboración de nuevas normas y textos afines

88. La Comisión aprobó la elaboración de las nuevas normas y textos afines que se resumen en el Apéndice VII e hizo las siguientes observaciones sobre la elaboración de los textos correspondientes:

Grupo de Acción sobre Alimentos Obtenidos por Medios Biotecnológicos

Proyecto de mandato y propuesta de proyecto para el nuevo Grupo de Acción Intergubernamental Especial sobre Alimentos Obtenidos por Medios Biotecnológicos[54]

89. La Comisión recordó que en su último período de sesiones había examinado el establecimiento de un nuevo Grupo de Acción sobre Alimentos Obtenidos por Medios Biotecnológicos, y había pedido al Japón que prepara un documento de proyecto y un proyecto de mandato. Teniendo en cuenta la opinión expresado por el Comité Ejecutivo en su 54ª reunión[55], la Comisión convino en establecer un nuevo Grupo de Acción Intergubernamental Especial sobre Alimentos Obtenidos por Medios Biotecnológicos, en el entendimiento de que éste debía presentar su informe final a la Comisión en 2009. Acordó también que se emitiría una carta circular para pedir propuestas específicas de nuevos trabajos y de definición de prioridades, y que las observaciones recibidas se distribuirían como documento de trabajo para ser examinadas por el Grupo de Acción en su primera reunión. La Comisión adoptó el mandato con algunas enmiendas (el mandato se adjunta al presente informe como Apéndice VIII).

90. La Comisión tomó nota de la disponibilidad del Japón a hospedar el nuevo Grupo de Acción, siempre que en los meses venideros se confirmara la disponibilidad de fondos. La delegación del Japón subrayó que el trabajo futuro del nuevo Grupo de Acción debía basarse en los resultados obtenidos por el Grupo de Acción anterior.

91. La Comisión observó que el nuevo Grupo de Acción aclararía y debatiría las cuestiones relacionadas con sus posibles esferas de trabajo para el futuro, incluidos los “animales clonados” y las “sustancias bioactivas”.

Comité Coordinador para Asia

Ginseng[56]

92. La Comisión tomó nota de la opinión expresada por el Comité Ejecutivo en su 54ª reunión de que el Comité Coordinador para Asia podía comenzar a elaborar una Norma del Codex para Productos de Ginseng, aunque no podría llegar a una conclusión sobre la elaboración posterior de la Norma[57].

93. La delegación de Malasia observó que los productos de ginseng podrían considerarse como “alimentos funcionales” y, en este sentido, propuso que se celebrara una Consulta de Expertos FAO/OMS sobre Alimentos Funcionales que abordara las cuestiones reglamentarias relacionadas con esta categoría de alimentos, lo que podría facilitar la elaboración de la Norma.

94. La Comisión aprobó el nuevo trabajo en la inteligencia de que el Comité Coordinador para Asia llevaría a cabo la labor inicial de redacción de una norma del Codex, que comprendería todas las variedades de ginseng y se aplicaría a los productos de ginseng que se consumían como alimentos y no como medicamentos. La Comisión decidiría si la Norma había de finalizarse como norma regional o internacional y, en este último caso, qué Comité debía ultimarla una vez que el texto se hubiera adoptado en el Trámite 5.

Pasta de Soja Fermentada (Doenjang)[58]

Pasta de Soja Fermentada Picante (Gochujang)[59]

95. La Comisión tomó nota de la recomendación formulada por el Comité Ejecutivo en su 54ª reunión de que los nuevos trabajos relativos a ambas normas fueran iniciados por el Comité Coordinador para Asia y, de ser necesario, finalizados por el Comité del Codex sobre Cereales, Legumbres y Leguminosas. La cuestión de la finalización de los textos como normas regionales o bien como normas internacionales podría decidirse una vez que los mismos llegaran al Trámite 5[60].

96. La Comisión observó que las dos normas se referían a dos productos diferentes, sobre todo desde el punto de vista de los métodos de elaboración y las materias primas utilizadas. Sin embargo, en vista de su decisión anterior de elaborar, en lugar de normas individuales específicas y detalladas, normas más transversales que abarcaran una gama más amplia de productos o grupos de productos, la Comisión acordó pedir al CCASIA que examinara la posibilidad y las consecuencias de ampliar el ámbito de aplicación, a fin de elaborar una única norma relativa a todos los productos relacionados con la pasta de soja, que incluyera todos los títulos correspondientes.

97. La Comisión confió la elaboración inicial de ambas normas al Comité Coordinador para Asia y estableció que, de ser necesario, las victimaría el Comité del Codex sobre Cereales, Legumbres y Leguminosas. En todo caso, la decisión de finalizar los textos como normas regionales o bien como normas internacionales se tomaría tras la adopción de los mismos en el Trámite 5.

Sistemas de inspección y certificación de importaciones y exportaciones de alimentos

Apéndices de las Directrices para la Determinación de Equivalencia de Medidas Sanitarias Relacionadas con la Inspección y Certificación de Alimentos

98. La Comisión acordó que en la elaboración de los Apéndices el Comité tomaría en cuenta las observaciones formuladas por el Comité Ejecutivo[61] en su 54ª reunión.

Aditivos alimentarios y contaminantes de los alimentos

Planes de muestreo para aflatoxinas en almendras, nueces de Brasil, avellanas y pistachos

99. La Comisión convino en remitir al Comité sobre Aditivos Alimentarios y Contaminantes de los Alimentos las observaciones formuladas por el Comité Ejecutivo[62] en su 54ª reunión.

Etiquetado de los Alimentos

Revisión de las Directrices para la Producción, Elaboración, Etiquetado y Comercialización de Alimentos producidos Orgánicamente

100. La delegación de Estados Unidos expresó la opinión de que el examen periódico de las Directrices especificado en el texto de las mismas no era coherente con el principio del Examen Crítico, por lo que debería reconsiderarse. Asimismo, la delegación destacó la necesidad de que la revisión de las Directrices se reexaminara a la luz de las prioridades de trabajo del Comité.

101. La delegación de Irlanda, hablando en nombre de los Estados Miembros de la Unión Europea presentes en el período de sesiones, afirmó que la revisión de las Directrices sería necesaria en el futuro a fin de aumentar su coherencia interna. Sin embargo, la delegación propuso aplazarla hasta 2007 ya que las últimas enmiendas se habían adoptado en 2003.

102. El Presidente, refiriéndose a los debates del Comité Ejecutivo, recordó que la cuestión general del volumen de trabajo de los Comités del Codex debía tenerse en cuenta a la hora de examinar nuevos trabajos. El Presidente propuso que no se ratificara un nuevo trabajo de revisión de las Directrices, y que esta cuestión se retuviera en la Comisión con miras a un nuevo examen en el 28° período de sesiones. La Comisión manifestó su acuerdo con esta propuesta.

Interrupción de Trabajos

103. La Comisión aprobó la interrupción de los trabajos que se mencionan en el Apéndice VII del presente informe, e hizo las siguientes observaciones:

Pescado y Productos Pesqueros[63]

Anteproyecto de Enmienda a la Norma para Sardinas y Productos Análogos en Conserva

104. La Comisión recordó que había examinado el Anteproyecto de Enmienda en su 23°, 24° y 26° períodos de sesiones sin que pudiera alcanzarse el consenso. En el 26° período de sesiones lo había devuelto al Comité sobre Pescado y Productos Pesqueros para un nuevo examen. El Comité había reconocido que no se disponía de elementos nuevos que permitieran resolver la cuestión, y había recomendado que el Comité Ejecutivo examinara la posibilidad de interrumpir el trabajo o bien propusiera otra medida apropiada. En su 54ª reunión, el Comité Ejecutivo había reconocido que no existía consenso y que la propuesta de interrumpir el trabajo requeriría un nuevo debate en el seno de la Comisión.

105. La delegación de Chile se opuso a la interrupción del trabajo, ya que se habían aplicado todos los requisitos del procedimiento en vigor para incluir nuevas especies en las normas del Codex y no existía una justificación científica o técnica para impedir la inclusión de esta especie en la Norma. Asimismo la delegación subrayó los esfuerzos considerables desplegados por Chile para proporcionar toda la información pertinente a efectos de cumplir con el procedimiento, y las consecuencias económicas que supondría el hecho de no incluir en la Norma a Clupea bentinki. Esta posición recibió el apoyo de varias delegaciones.

106. La delegación de Marruecos apoyó la interrupción del trabajo ya que no había consenso para enmendar la norma, pese a que la enmienda se había examinado en varios períodos de sesiones del Comité y de la Comisión, y no valía la pena devolverla al Comité para un nuevo examen. La delegación subrayó la necesidad de revisar el procedimiento de inclusión de especies y las disposiciones de etiquetado de la Norma para Sardinas y Productos Análogos en Conserva, ya que podrían determinar una confusión considerable respecto de la naturaleza de los productos regulados por la Norma. Esta posición recibió el apoyo de varias delegaciones.

107. La delegación de la Comunidad Europea apoyó la interrupción del trabajo de inclusión de especies hasta tanto se hubiera revisado el procedimiento, y subrayó los problemas que planteaba el procedimiento en vigor.

108. Varias delegaciones subrayaron la necesidad de que se respetara el procedimiento en vigor, tal como lo había adoptado la Comisión, a fin de garantizar la credibilidad del proceso de establecimiento de normas, que debía basarse en reglas y criterios claros.

109. El Presidente propuso aplazar la decisión relativa al Proyecto de Enmienda en espera de la revisión del procedimiento en vigor para la inclusión de especies, y reexaminar esta cuestión en una fecha posterior. Varias delegaciones se opusieron a esta propuesta.

110. La Comisión reconoció que no existía consenso respecto de la interrupción del trabajo y convino en devolver el Anteproyecto de Enmienda al Comité sobre Pescado y Productos Pesqueros, donde el texto se había retenido en el Trámite 4 en espera del asesoramiento de la Comisión. La delegación de Marruecos se opuso a esta decisión.


[53] ALINORM 04/27/9, ALINORM 04/27/ párrs. 4-33.
[54] ALINORM 04/27/09 Apéndice I (Propuesta de proyecto preparada por el Japón); LIM. 9 (observaciones de Argentina, Australia, Canadá, Estados Unidos, Hungría, Indonesia, México, Nueva Zelandia, Venezuela, BIO, Croplife International, 49th Parallel Biotechnology Consortium, Greenpeace International); LIM. 11 (observaciones de la CE).
[55] ALINORM 04/27/4, párrs. 5-10.
[56] ALINORM 04/27/9, Apéndice II y LIM. 26 (documento revisado de proyecto relativo a una propuesta de nuevo trabajo sobre una Norma del Codex para Productos de Ginseng).
[57] ALINORM 04/27/4, párrs. 11-14.
[58] ALINORM 04/27/9, Apéndice III.
[59] ALINORM 04/27/9, Apéndice IV.
[60] ALINORM 04/27/4, párrs. 15-17.
[61] ALINORM 04/27/4, párrs. 18-19.
[62] ALINORM 04/27/4, párr. 22.
[63] ALINORM 04/27/18, párr. 7, LIM 16 (observaciones de Chile), LIM 22 (observaciones de Indonesia).

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