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RECOMENDACIONES


43. Tomando nota de que el Código de Conducta para la Pesca Responsable de la FAO exige una utilización sostenible de los ecosistemas acuáticos y requiere que la pesca se lleve a cabo con el debido respeto al medio ambiente, y tomando en cuenta de las conclusiones de la Consulta de expertos sobre la situación crítica de algunas tortugas marinas y de las prioridades de reducción de la mortalidad vinculada a las operaciones de pesca, la Consulta acordó presentar las siguientes recomendaciones al COFI para que:

la FAO:

a) elabore directrices técnicas para la reducción de la mortalidad de tortugas marinas debida a las operaciones de pesca, sobre la base de las «Directrices para reducir la mortalidad de las tortugas marinas debida a las operaciones de pesca» (Apéndice E) redactadas y acordadas por la Consulta;

b) preste asistencia técnica y de otro tipo para la aplicación de medidas destinadas a reducir la mortalidad de las tortugas marinas debida a las operaciones de pesca, en especial en los países en desarrollo;

c) organice talleres para i) promover el conocimiento sistemático del cuadro general de las actividades de conservación y ordenación de las tortugas marinas a nivel global y regional, las pesquerías regionales, las artes de pesca y las opciones de mitigación y ii) examinar los progresos en la aplicación de las medidas de mitigación destinadas a reducir la mortalidad de tortugas;

d) refuerce los vínculos entre los organismos nacionales e internacionales de ordenación de la pesca y del medio ambiente en materia de conservación y ordenación de las poblaciones de tortugas marinas;

e) presente informes al COFI cada dos años sobre i) la situación y las tendencias de las poblaciones de tortugas marinas a nivel mundial y ii) el examen de los progresos realizados en la aplicación de estrategias de mitigación, e incluya información actualizada en su sitio web;

f) elabore directrices y manuales técnicos sobre manipulación y suelta y los difunda ampliamente entre los Estados Miembros;

g) coordine la investigación relativa a:

h) establezca y mantenga un sitio web que sirva de centro de intercambio de la información mencionada en los apartados f) y g) supra;

i) facilite la armonización de la legislación nacional relativa a la conservación y ordenación de tortugas marinas;

j) emprenda las actividades necesarias a fin de obtener la financiación extrapresupuestaria que se pueda requerir para aplicar las recomendaciones citadas supra;

los órganos pesqueros regionales:

a) presten atención con carácter urgente a la cuestión de la interacción entre la pesca y las tortugas marinas, en particular en relación con la recopilación de estadísticas sobre capturas incidentales, interacción con la pesca y adopción de medidas de mitigación;

b) establezcan redes con vistas al intercambio de información sobre medidas de mitigación adoptadas y experiencias adquiridas a nivel nacional, regional y mundial;

los Estados Miembros de la FAO:

a) presten atención con carácter urgente a las poblaciones de tortugas marinas y las áreas consideradas más amenazadas (según se especifican en el documento TC:STCF/2004/3) así como al párrafo 11 del presente informe;

b) consideren la posibilidad de aplicar los elementos esbozados en las «Directrices para reducir la mortalidad de las tortugas marinas debida a las operaciones de pesca» acordadas en la Consulta técnica (Apéndice E);

c) cooperen para ampliar los mandatos de los órganos pesqueros regionales con el fin de reducir el impacto de la pesca en las poblaciones de tortugas marinas;

d) recopilen y pongan a disposición datos e información sobre las tendencias de la interacción tortugas-pesca, en particular las tendencias de la mortalidad vinculada a la pesca;

e) apoyen las iniciativas que la FAO adopte con respecto a la conservación de las tortugas marinas y la interacción con la pesca, y movilicen -en particular los Estados Miembros en condiciones de hacerlo- los fondos necesarios para su ejecución;

Todos:

a) colaboren en el examen de la adopción y aplicación de las directrices, teniendo especialmente en cuenta: i) las operaciones de pesca; ii) la investigación, el seguimiento y el intercambio de la información; iii) asegurar la congruencia de las políticas; iv) educación y capacitación; v) la creación de capacidad, y vi) las consideraciones socioeconómicas y culturales, que figuran en las "Directrices para reducir la mortalidad de las tortugas marinas debida a las operaciones de pesca" (Apéndice E).

b) armonicen las iniciativas relacionadas con la conservación y ordenación de las tortugas marinas dentro de sus regiones.

c) promuevan, cuando sea apropiado, la participación en acuerdos regionales de conservación y ordenación de las tortugas marinas con miras a cooperar en la conservación y ordenación de estas especies.


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