Página precedente Indice Página siguiente


El Codex y los consumidores


Desde sus comienzos, la FAO y la OMS han promovido la mejora de las normas sobre calidad e inocuidad aplicadas a los alimentos. La máxima prioridad de la Comisión del Codex Alimentarius es proteger la salud de los consumidores y asegurar prácticas equitativas en el comercio de los alimentos

El Codex Alimentarius en Internet:
www.codexalimentarius.net

FAO / 19786 / G. BIZZARRI

EMPEÑO EN FAVOR DE LOS CONSUMIDORES

Desde su creación, la Comisión del Codex Alimentarius, junto con sus comités auxiliares, ha concedido la máxima prioridad a la protección y a los intereses de los consumidores en la formulación de normas alimentarias y actividades conexas.

Otros organismos de las Naciones Unidas han reconocido también la importancia de la protección de los consumidores, y en 1985 una resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas dio origen a las Directrices para la protección del consumidor, publicadas en 1986. En ellas se indica que los alimentos son una de las tres esferas prioritarias de interés esencial para la salud de los consumidores, y se menciona expresamente el Codex Alimentarius como el punto de referencia para la protección de los consumidores en lo que concierne a los alimentos.

A principios del decenio de 1990 se celebraron dos conferencias pertinentes: en 1991, la Conferencia FAO/OMS sobre Normas Alimentarias, Sustancias Químicas en los Alimentos y el Comercio Alimentario (celebrada en colaboración con el GATT), que recomendó que se mantuviera y reforzara la participación de los consumidores en la adopción de decisiones relacionadas con los alimentos a nivel nacional e internacional; y, en 1992, la Conferencia Internacional FAO/OMS sobre Nutrición, que recomendó que se protegiera a los consumidores mediante la mejora de la calidad e inocuidad de los alimentos y esbozó medidas para llevar a la práctica esta recomendación.

Además, en 1993, la FAO celebró una Consulta de Expertos sobre la Integración de los Intereses de los Consumidores en el Control de Alimentos.

NORMAS PARA PRODUCTOS Y NORMAS GENERALES

Los órganos auxiliares del Codex y la Comisión conceden la máxima prioridad a los intereses de los consumidores en la formulación de normas tanto para productos como generales. El formato adoptado para las normas evidencia el hincapié que hace el Codex en velar por que los consumidores reciban productos que tengan una calidad mínima aceptable, sean inocuos y no constituyan un peligro para la salud. La finalidad de las disposiciones contenidas en el formato de las normas para productos, incluidas las relativas al nombre de la norma, su ámbito de aplicación, descripción, pesos y medidas y etiquetado, es garantizar que los consumidores no sean inducidos a error e inspirar confianza en que el producto alimenticio que compran es el que la etiqueta dice que es. Las disposiciones relativas a los factores esenciales de composición y calidad garantizan que el consumidor no reciba un producto inferior a un nivel mínimo aceptable. La finalidad de las disposiciones relativas a los aditivos alimentarios y los contaminantes y a la higiene es proteger la salud de los consumidores.

Finalidad de las Directrices del Codex sobre Etiquetado Nutricional

Velar por que el etiquetado nutricional:

«Facilite al consumidor datos sobre los alimentos, para que pueda elegir su alimentación con discernimiento.»

El Codex Alimentarius contiene más de 200 normas con el formato prescrito para alimentos o grupos de alimentos. Además, incluye la Norma General para el Etiquetado de los Alimentos Preenvasados, las Directrices Generales sobre Declaraciones de Propiedades y las Directrices sobre Etiquetado Nutricional, todas las cuales tienen por objeto asegurar prácticas leales en la venta de alimentos, al tiempo que proporcionan también orientación a los consumidores en la elección de los productos.

Otras normas generales para la higiene de los alimentos, los aditivos alimentarios, los contaminantes y las toxinas presentes en los alimentos, y para los alimentos irradiados son de extrema importancia para proteger la salud de los consumidores y se utilizan ampliamente con ese fin.

Asimismo, se han establecido límites máximos para residuos de plaguicidas y de medicamentos veterinarios y niveles máximos para aditivos alimentarios y contaminantes de los alimentos con el fin de asegurar que los consumidores no se vean expuestos a dosis inaceptables de materias peligrosas.

Calidad e inocuidad de los alimentos

En 1993, la Consulta de Expertos de la FAO sobre la Integración de los Intereses del Consumidor en el Control de Alimentos señaló como motivo de especial preocupación para los consumidores las cuestiones siguientes:

  • Normas. Los consumidores estiman que no siempre obtienen un producto que corresponde a su valor. Se sienten descontentos con los alimentos que se estropean y que no están a la altura de sus expectativas en cuanto a sabor, aroma y palatabilidad.

  • Calidad nutricional. En muchos países en desarrollo, las adulteraciones privan a los consumidores del valor nutricional de los alimentos. En los países desarrollados, los consumidores están insatisfechos por la inadecuada información sobre el contenido de nutrientes consignada en las etiquetas.

  • Procesos de control de los alimentos. Los consumidores tienen conciencia de que existen reglamentos sobre control alimentario, pero no están convencidos de que su cumplimiento sea efectivo. Algunos productores y distribuidores de alimentos se sienten libres para transgredir impunemente la legislación.

  • Información. Los consumidores opinan que el gobierno y la industria no están haciendo lo suficiente para proporcionarles la información necesaria que les permita hacer una elección informada. Con frecuencia las etiquetas no contienen información adecuada y legible.

  • Contaminación ambiental. Ha aumentado rápidamente la preocupación de los consumidores por la posible contaminación ambiental de los suministros de alimentos durante las diversas etapas de producción, recolección, elaboración, almacenamiento y distribución. No confían en la capacidad de los servicios de control de alimentos para proporcionarles la debida protección.

  • Irradiación y biotecnología. Los consumidores tienen la impresión de que algunos procesos en los que se utilizan nuevas tecnologías son peligrosos porque no han sido debidamente comprobados. No siempre se dispone de información fidedigna sobre las tecnologías más recientes.

PRINCIPIOS GENERALES, DIRECTRICES Y CÓDIGOS RECOMENDADOS DE PRÁCTICAS

Se han elaborado instrumentos como los principios y códigos con la finalidad expresa de proteger la salud de los consumidores contra los riesgos derivados de los alimentos. Por ejemplo, se han establecido principios generales para la utilización de aditivos alimentarios, la inspección y certificación de las importaciones y exportaciones de alimentos y la adición de nutrientes esenciales a los alimentos.

El Codex Alimentarius comprende directrices de amplio alcance para la protección de los consumidores, que incluyen temas tan diversos como el establecimiento y aplicación de criterios microbiológicos para los alimentos o los niveles para los radionucleidos en los alimentos después de una contaminación nuclear accidental, para su utilización en el comercio internacional.

También comprende códigos de prácticas, la mayoría de los cuales son códigos de prácticas de higiene en los que se ofrece orientación sobre la producción de alimentos inocuos y aptos para el consumo: en otras palabras, su finalidad es proteger la salud de los consumidores. El Código Internacional Recomendado de Prácticas - Principios Generales de Higiene de los Alimentos se aplica a todos los alimentos. Es especialmente importante para la protección de los consumidores, dado que establece una firme base para la inocuidad de los alimentos y sigue la cadena alimentaria desde la producción primaria hasta el consumo final, poniendo de relieve los principales controles de higiene que son necesarios en cada etapa.

NUEVOS ÁMBITOS: PIENSOS Y ALIMENTOS ANIMALES OBTENIDOS POR MEDIOS BIOTECNOLÓGICOS

La preocupación de los consumidores a raíz de la crisis de la encefalopatía espongiforme bovina (EEB) o de la «vaca loca», a principios del decenio de 1990, indujo al Codex a tratar la cuestión de la inocuidad de los piensos para animales destinados a la producción de alimentos.

La Comisión no se limitó a responder a la crisis inmediata, y el Código de Prácticas sobre Buena Alimentación Animal resultante tiene en cuenta todos los aspectos pertinentes de la sanidad animal y el medio ambiente con el fin de reducir al mínimo los riesgos para la salud de los consumidores. Se aplica a la producción y utilización de todo el material destinado a los piensos y sus ingredientes a todos los niveles, ya se produzcan de forma industrial o en las explotaciones agrícolas. Abarca asimismo el pastoreo o la crianza libre, la producción de cultivos forrajeros y la acuicultura.

Los Principios del Codex para el Análisis de Riesgos de los Alimentos Obtenidos por Medios Biotecnológicos Modernos se elaboraron sobre la base de una evaluación, realizada caso por caso, de la inocuidad de estos alimentos antes de su comercialización. Los principios prevén un seguimiento tras la comercialización de los efectos potenciales para los consumidores en el plano de la salud y la nutrición, según proceda. Las directrices pormenorizadas sobre la realización de evaluaciones de inocuidad, para los alimentos obtenidos de plantas y microorganismos, respectivamente, cuyo ADN ha sido modificado, incluyen un examen de los efectos intencionales y no intencionales de la modificación genética y una evaluación de su posible alergenicidad.

PARTICIPACIÓN DE LOS CONSUMIDORES

Desde sus comienzos, la Comisión ha acogido con satisfacción la participación de los consumidores, y desde 1965 organizaciones de consumidores han estado representadas en sus períodos de sesiones.

Dentro de la Comisión, la intervención de los consumidores en su labor ha sido objeto de debates explícitos. La participación de los consumidores en la adopción de decisiones relativas a normas alimentarias y en el Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias, por ejemplo, fue un tema del programa del 20o período de sesiones de la Comisión del Codex Alimentarius, en el que se convino que era necesario seguir trabajando en estrecha colaboración con las organizaciones de consumidores.

La Comisión reconoce que, dado su carácter internacional, sólo puede realizar una parte del esfuerzo encaminado a lograr la participación de los consumidores en su labor de normalización de los alimentos y actividades conexas. Por consiguiente, en su 20º período de sesiones, la Comisión invitó a los gobiernos a que promovieran una participación más efectiva de los consumidores en el proceso decisorio a nivel nacional:

«La Comisión ha seguido incorporando los intereses de los consumidores en su labor, al tiempo que ha reconocido que es en el plano nacional donde los consumidores pueden hacer su aportación más valiosa y eficaz.»

INFORMACIÓN

La Secretaría del Codex Alimentarius difunde los documentos del Codex a las organizaciones internacionales de consumidores y proporciona información a quienes la solicitan. También distribuye a los Puntos de Contacto del Codex de los Estados Miembros todos los documentos de la Comisión y los de sus comités auxiliares, en la confianza de que los transmitirán a las organizaciones nacionales de consumidores para que formulen observaciones en caso necesario. Todos estos documentos se publican en el sitio Web del Codex.


Página precedente Inicìo de página Página siguiente