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MODELO DE CERTIFICADO DE EXPORTACIÓN PARA PRODUCTOS LÁCTEOS (Tema 7 del programa)[34]

124. En su tercera reunión, el CCMMP no había podido examinar un documento relativo a un modelo de certificado de exportación para los productos lácteos y había decidido examinarlo más a fondo en su reunión actual. El Comité tomó nota de que el documento era idéntico al que se había preparado para su tercera reunión, y que la Oficina Internacional de Epizootias (OIE) había facilitado más información en el Anexo 2.

125. Se informó al Comité de que en su última reunión (octava), el Comité del Codex sobre Sistemas de Inspección y Certificación de las Importaciones y Exportaciones de Alimentos (CCFICS) había acordado remitir a la 47ª reunión del Comité Ejecutivo el Anteproyecto de Directrices para la Forma de Presentación de Certificados Genéricos Oficiales y para la Preparación y Expedición de Certificados con miras a su adopción en el Trámite 5. El CCFICS había acordado también informar al Comité Ejecutivo de que las delimitaciones entre los órganos de certificación oficiales/oficialmente reconocidos y otros organismos era una cuestión que requería un examen más detenido, teniendo en cuenta la gran variedad de certificaciones actualmente utilizadas para facilitar el comercio. El CCFICS insistió en que las directrices no debían abordar cuestiones zoosanitarias y fitosanitarias, a pesar de que los certificados podían contener atestaciones a ese respecto.

126. El representante de la OIE señaló que la Comisión del Código Zoosanitario Internacional de la OIE había debatido con representantes de la FIL la posibilidad de elaborar un modelo armonizado de certificado para la leche y los productos lácteos en relación con la cuestión de las atestaciones zoosanitarias. La OIE y la FIL habían llegado a la conclusión que unas directrices serían más apropiadas que un modelo de certificado para tratar de armonizar los requisitos zoosanitarios de los certificados internacionales para los productos lácteos. El representante de la OIE indicó que, en caso de que el CCMMP fuera a continuar trabajando en un modelo de certificado, la OIE podría colaborar con él para llegar a un acuerdo sobre un modelo de certificado internacional para la leche y los productos lácteos siempre que el modelo incluyera una sección sobre aspectos zoosanitarios que se ocupara de las enfermedades de los animales.

127. Se acordó en general que era necesario elaborar un modelo de certificado de exportación para los productos lácteos a fin de facilitar el comercio internacional. Sin embargo, se expresaron diversas opiniones con respecto a cuándo y cómo había de procederse con esa labor. Varias delegaciones propusieron que la elaboración de un modelo de certificado se aplazara hasta la conclusión del certificado genérico que estaba examinando el CCFICS y el ulterior examen de las atestaciones zoosanitarias por la OIE y de cuestiones conexas por el CCFH. Se consideró que una actuación en ese sentido evitaría la duplicación de esfuerzos, al tiempo que aseguraría la armonización de cualesquiera iniciativas del CCMMP con las de los comités pertinentes sobre asuntos generales.128. Otras delegaciones indicaron que la labor del CCMMP podía continuar siempre que se examinaran cuidadosamente las actividades en curso de otros Comités del Codex y de organizaciones internacionales. En este sentido, se señaló que la labor inicial del CCMMP podía comenzar desde ese momento y que el CCMMP podía seguir estudiando el texto definitivo del CCFICS antes del examen final de la iniciativa del CCMMP. Se propuso que el certificado que estaba examinando el CCMMP se simplificara y acortara considerablemente.

129. El Comité estuvo de acuerdo en principio sobre un nuevo documento de debate relativo a la posible elaboración de un modelo de certificado de exportación para los productos lácteos. Como medida inicial, la Secretaría del Codex distribuiría una circular, elaborada en colaboración con la Secretaría del CCMMP de Nueva Zelandia y la Secretaría del CCFICS de Australia, para recabar información que facilitara la preparación de un documento de debate. Se trataría de conseguir información sobre el enfoque que se consideraba más apropiado para la elaboración de un modelo de certificado de exportación para los productos lácteos, en particular sus objetivos y ámbito de aplicación; las definiciones específicas necesarias y los principios y criterios generales.

130. El Comité convino en que un grupo de redacción, presidido por Suiza e integrado por Alemania, Argentina, Australia, Dinamarca, Estados Unidos, Francia, India, Nueva Zelandia, la Comisión Europea y la FIL, prepararía un documento de debate, con miras a su examen en la siguiente reunión del Comité, en el que se tendrían en cuenta las observaciones presentadas por escrito sobre el documento CX/MMP 00/17, la información recibida en respuesta a la circular, y otra información de los comités pertinentes sobre asuntos generales, cuando fuera oportuno. Se propuso que el documento de debate incluyera una propuesta de marco.


[34] CX/MMP 00/17 y CX/MMP 00/17-Add. 1 (observaciones de Argentina, Noruega, Tailandia y la Comunidad Europea) y CRD 8 (observaciones de Uruguay).

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