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PARTE II

INFORME SOBRE LAS REUNIONES DEL COMITE EJECUTIVO

3. El Presidente presentó a la Comisión un informe sobre las tres reuniones del Comité Ejecutivo de la Comisión, celebradas en julio de 1963 (Roma), mayo de 1964 (Wáshington) y septiembre de 1964 (Ginebra), respectivamente. Debido a la escasez de numerario en el Fondo Fiduciario, el Comité Ejecutivo, en su segunda reunión, se vio obligado a modificar sustancialmente el presupuesto para 1964 que la Comisión del Codex Alimentarius había aprobado anteriormente en su Primer período de sesiones. Los detalles del presupuesto original para 1964 se indican en el párrafo 72 del Informe del Primer período de sesiones. El Comité Ejecutivo, teniendo presente la información disponible durante su segunda reunión sobre las contribuciones y promesas de pago de los Estados Miembros en 1964, así como los saldos de efectivo procedentes del ejercicio de 1963, modificó el programa y el presupuesto para el restc de 1964 con un criterio de austeridad y preparó un “proyecto de presupuesto de austeridad” para 1965, con objeto de presentarlo a la Comisión para su aprobación (véanse párrafos 11 y 12 de este Informe).

REUNION DE PAISES DE LA REGION EUROPEA

4. El Profesor O. Högl (Suiza), Coordinador para Europa, a petición de la Comisión convocó una reunión de países de la Región Europea para discutir las propuestas relativas a la creación del Grupo Consultivo para Europa y los procedimientos que habrían de seguirse en la elaboración de normas regionales. En el Apéndice A de este Informe figura el programa y el informe de dicha reunión como documentos ALINORM 64/LIM/EURO 1 y 2.

5. La Comisión, después de discutir ampliamente el procedimiento recomendado por la reunión de países europeos para la elaboración de normas regionales, creó un Grupo de trabajo, bajo la presidencia del Sr. J.H.V. Davies (Reino Unido), para que se encargue de estudiar el Reglamento de la Comisión y Cuestiones Afines. En el Apéndice A de este Informe aparecen el Informe Revisado del Grupo de Trabajo sobre el Reglamento de la Comisión y Cuestiones Afines (ALINORM 64/LIM/9 - Rev.1), junto con los documentos remitidos al Grupo de Trabajo de acuerdo con lo dispuesto en su mandato.

REGLAMENTO

6. La Comisión, después de un amplio debate, adoptó el Informe Revisado del Grupo de Trabajo sobre el Reglamento de la Comisión y Cuestiones Afines (véase Apéndice A del presente Informe)*. La Comisión, a petición de la Delegación de la República Federal de Alemania, subrayó que el procedimiento establecido en el trámite 1 de la Parte 2 del Apéndice II del Informe Revisado del Grupo de Trabajo para la elaboración de normas regionales solamente podría aplicarse según las disposiciones del Artículo VI.3 del Reglamento Enmendado de la Comisión (véase párrafo 7 del Informe Revisado del Grupo de Trabajo).

7. La Comisión pidió a la Secretaría que someta el Reglamento Enmendado a los Directores Generales de la FAO y de la OMS para que lo aprueben. El Reglamento Enmendado figura en el Apéndice B de este Informe y, para facilitar la remisión, los Estatutos de la Comisión del Codex figuran en el Apéndice C del presente Informe.

NOMBRAMIENTO DE UN COMITE COORDINADOR PARA EUROPA

8. La Comisión, después de adoptar el Informe Revisado del Grupo de Trabajo sobre el Reglamento y Cuestiones Afines, decidió crear un Comité Coordinator para Europa, en virtud del Artículo IX. 1(b).2, el cual había de suceder al actual Consejo Europeo del Codex Alimentarius y sustituir al Grupo Consultivo para Europa, creado en el Primer período de sesiones de la Comisión del Codex Alimentarius. La Comisión, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos IX.2 y IX.5 estableció las funciones del Comité Coordinador para Europa y los requisitos necesarios para ser miembro del mismo en la forma siguiente:

Miembros: Todos los Estados Miembros de la FAO y/o de la OMS comprendidos en la región geográfica de Europa, incluídos Israel, Turquía y la U.R.S.S.

Funciones: Asesorar y ayudar al Coordinador para Europa en todas las cuestiones relativas a la preparación de proyectos de normas y, además, desempeñar cualesquiera de las funciones de los Comités Coordinadores, establecidas en el Informe Revisado del Grupo de Trabajo sobre el Reglamento y Cuestiones Afines, aprobado por el Segundo período de sesiones de la Comisión Mixta FAO/OMS del Codex Alimentarius.

Presidente: Nato, el Coordinador para Europa.

COORDINADOR PARA EUROPA

* El Delegado de Brasil reservó la posición de su Gobierno respecto a los Artículos IV. 6 y X y respecto a las partes del Informe del Grupo de Trabajo relativas a los Artículos IV.6 y X.

9. La Comisión, en su Primer período de sesiones, a propuesta de la Región Europea, nombró por unanimidad al Prof. O. Högl (Suiza) para el cargo de Coordinador para Europa durante un período de dos años, con el siguiente mandato correspondiente a las funciones de dicho cargo:

Mandato del Coordinador para Europa:Asesorar y ayudar a los Presidentes de los Comités de Expertos, creados en virtud del Artículo IX.1(b).1, establecidos en los países europeos, en sus actividades comunes sobre normas alimentarias en toda la región.

La Comisión tomó nota, con satisfacción, de que el Prof. O. Högl (Suiza), estaba dispuesto a asumir la Presidencia del Comité Coordinador para Europa e igualmente de que, en su calidad de Presidente del Consejo Europeo del Codex Alimentarius, esperaba poder notificar, en un próximo futuro, a los Directores Generales de la FAO y de la OMS, la aceptación, por parte del Consejo Europeo, de las nuevas actividades de este organismo.

10. La Comisión, después de adoptar el Informe Revisado del Grupo de Trabajo sobre el Reglamento y Cuestiones Afines, decidió igualmente que ahora podía ya aceptar el texto inglés del párrafo 8, del Informe del Primer Período de Sesiones de la Comisión Mixta FAO/OMS del Codex Alimentarius - ALINORM 63/12.


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