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PARTE III

FINANCIACION DEL PROGRAMA CONJUNTO FAO/OMS SOBRE NORMAS ALIMENTARIAS

11. Ingresos y gastos previstos para 1964 y 1965*

La Comisión del Codex Alimentarius aprobó las medidas tomadas por su Comité Ejecutivo para revisar con un criterio de austeridad el presupuesto para 1964, fijando su cuantía total en 108.300 dólares. La Comisión, a pesar de esta revisión, observó que no era probable que se transfirieran saldos de fondos al Fondo Fiduciario para 1965.

12. La Comisión, después de haber escuchado las manifestaciones de los países que ya contribuían al Fondo Fiduciario y las promesas de contribuciones hechas por otros diversos países, reconoció que existía la posibilidad de que se produzca un déficit de 50.000 dólares en el presupuesto propuesto para 1965 con un criterio de austeridad. La Comisión, por tanto, instó encarecidamente a los Estados Miembros a que aumenten sus contribuciones y las ingresen en el Fondo Fiduciario, tan pronto como sea posible, en 1965, preferiblemente durante los meses de enero y febrero. La Comisión aprobó un presupuesto de 121.400 dólares para 1965, a reserva de que haya fondos disponibles.

* El Delegado de Francia reservó la posición de su Gobierno respecto a los presupuestos para 1964 y 1965 de la Comisión del Codex Alimentarius con cargo al Fondo Fiduciario 40, en el que el Gobierno francés no participa.

13. Previsiones de gastos para 1966 y 1967*

La Comisión aprobó las previsiones de gastos propuestas que había preparado su Comité Ejecutivo por una suma de 168.375 dólares anuales para 1966 y 1967, reconociendo que estas previsiones pueden ser objeto de modificación por parte de los órganos rectores de la FAO y de la OMS.

14. Método de financiación del Programa Conjunto FAO/OMS de Normas Alimentarias a partir del 1° de enero de 1966

La Comisión, después de recibir los informes de los representantes de la FAO y de la OMS relativos a las medidas tomadas por los Directores Generales de ambas Organizaciones para financiar el Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias después de 1965, adoptó la siguiente resolución y pidió a la Secretaría que la señale a la atención de los Directores Generales, a la mayor brevedad posible:

RESOLUCION ADOPTADA POR EL SEGUNDO PERIODO DE SESIONES
DE LA COMISION MIXTA FAO/OMS DEL CODEX ALIMENTARIUS SOBRE EL
METODO DE FINANCIACION DEL PROGRAMA CONJUNTO FAO/OMS DE NORMAS
ALIMENTARIAS A PARTIR DEL 1° DE ENERO DE 1966

LA COMISION

RECORDANDO la recomendación del Informe del primer período de sesiones de la Comisión Mixta FAO/OMS del Codex Alimentarius para que los gastos correspondientes al Programa Conjunto sobre Normas Alimentarias se sufraguen con cargo a los presupuestos ordinarios de la FAO y de la OMS tan pronto como los diferentes procedimientos presupuestarios de las dos organizaciones hagan factible esta medida,

OBSERVANDO que la 12a Conferencia de la FAO encargó al Director General que asignara créditos en el programa y en el presupuesto de la FAO para el Programa Conjunto sobre Normas Alimentarias, en 1966 y en 1967,

OBSERVANDO ADEMAS, que la 17a Asamblea Mundial de la Salud solicitó del Director General de la OMS que continuase el estudio de las repercusiones financieras dimanantes de la inclusión de una parte, conforme se convino con la FAO, de los costes del Programa Conjunto sobre Normas Alimentarias en el presupuesto ordinario de la OMS,

* El Delegado de Francia reservó la posición de su Gobierno respecto a la cuantía de los fondos para gastos que se proponía que se pidieran, si fuera necesario, a las organizaciones interesadas, para que los consignen en sus presupuestos ordinarios de 1966 y 1967.

El Delegado del Brasil reservó la posición de su Gobierno.

El Delegado de Suiza reservó la posición de su Gobierno porque, a su juicio, no son adecuadas las consignaciones previstas para los comités coordinadores para las regiones.

CONSCIENTE de que puede presentarse la situación de que la FAO incluya una suma apropiada en su presupuesto ordinario de 1966 sin que la OMS, por su parte, lo haga también,

RECONOCIENDO que para evitar la dislocación del programa es necesaria la provisión de fondos estables y adecuados,

RECOMIENDA a los órganos rectores de la FAO y de la OMS que el Programa Conjunto sobre Normas Alimentarias, en vista de su importancia para todos los Estados Miembros de ambas organizaciones, se incluya en los programas y presupuestos ordinarios de ambas organizaciones a partir del 1o de ENERO de 1966, y

SOLICITA de los Directores Generales de la FAO y de la OMS que señalen esta resolución a la atención del 13o Período de sesiones de la Conferencia de la FAO y a la del 35o Período de sesiones del Consejo Ejecutivo de la OMS y a la de la 18a Asamblea Mundial de la Salud.


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