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CUESTIONES DE ORGANIZACION

Plan de reorganización de la FAO

60. El Consejo examinó el Informe Conjunto del Director General y el Comité Especial de Organización (CL 51/9) 1, en el que, de acuerdo con la Resolución 1/67 de la Conferencia, se expone un plan de reorganización lo suficientemente detallado para poder servir de base a la presentación del Programa de Labores y Presupuesto para 1970/71.

61. En un animado debate sobre las cuestiones planteadas, los miembros del Consejo hicieron gran número de sugerencias y observaciones 2 divergentes y contrapuestas en muchos casos. Incluso se planteó por algunas delegaciones la cuestión de que el plan presentado no seguía plenamente las directivas expresas acordadas por la Conferencia 3, ya que las actividades económicas y sociales no habían sido reforzadas, en materia de operaciones no se había ido lo suficientemente lejos y no se había adoptado una solución pragmática para la organización de campo. Sin embargo, el Consejo convino, en general, en que las propuestas sometidas en el Informe Conjunto representaban la mejor solución posible, dadas las circunstancias, y también habida cuenta de las directrices emanadas de la Conferencia, quedando entendido que esa aceptación no significaba necesariamente una aprobación de carácter permanente, ya que la reorganización es un proceso continuado que debe evolucionar en respuesta al cambio de las demandas y oportunidades con las que se enfrentará la FAO en los años venideros.

62. En consecuencia, el Consejo autorizó al Director General para que lleve adelante la reorganización conforme a las bases propuestas en el Informe Conjunto, teniendo en cuenta, en lo posible, los pareceres manifestados en el Consejo. Asimismo, reconoció que algunos de estos pareceres exigirán ulterior estudio, así como ser objeto de examen por parte de los órganos rectores, es decir, los Comités del Programa y de Finanzas, el Consejo y la Conferencia, según proceda.

63. En este contexto, los pareceres expresados en los debates pueden ser resumidos así:

1 Véase el Anexo F del presente informe.

2 Véanse CL 51/PV-II a CL 51/PV-15.

3 Véanse los párrafos 39 a 54 del informe del 14o período de sesiones de la Conferencia.

Organización de la sede

64. Con respecto a la Oficina Asesora de Políticas, varios miembros del Consejo opinaron que las líneas de demarcación entre sus funciones y las de los Directores Generales Auxiliares y los Representantes Regionales en lo relativo a la formulación de políticas y asesoramiento al respecto, no aparecían claramente trazadas en el informe. Algunos miembros estimaron que esta Oficina no debería separarse de la Dirección de Análisis Económicos, sino quedar colocada o bien dentro de esta Dirección o en la Oficina del Director General Auxiliar, encargado del Departamento Económico y Social (DES).

65. El Director General manifestó que, como se indica en el informe conjunto, las obligaciones de los Directores Generales Auxiliares son las siguientes: formulación de políticas, junto con el Director General y su Adjunto; ejecución de las políticas fijadas; supervisión general de la labor de las direcciones y coordinación entre ellas; la coordinación entre los departamentos. Las de los Representantes Regionales son: actuar en la región como representante del Director General en cuestiones de política general; ayudar a la formulación de la política regional; actuar como enlace entre la FAO y los diversos organismos regionales; observar e informar sobre la labor de los Representantes en los países y ayudarlos cuando corresponda. Las de la Oficina Asesora de Políticas, que quedará emplazada en la Oficina del Director General son completar la primera fase del Plan Indicativo Mundial (PIM) en noviembre de 1969; colaborar con las Naciones Unidas en la integración del Plan Indicativo Mundial para el Desarrollo Agrícola en el Plan Mundial en el marco del Segundo Decenio para el Desarrollo; asesorar al Director General sobre las principales cuestiones de política y recomendar estrategias para la acción, de ámbito regional y mundial. Las propuestas estipulaban, pues, que la Oficina Asesora de Políticas no tendría más que una función consultiva sobre las grandes cuestiones de política, y que los Directores Generales Auxiliares y los Representantes Regionales participarían directamente, con el Director General y su Adjunto, en la formulación y decisión de políticas. Si bien la Oficina Asesora tendría a su cargo completar la primera fase del Plan Indicativo Mundial, la labor derivada del mismo debía quedar asignada principalmente a la Dirección de Análisis Económicos, para evitar la duplicación de esfuerzos. Sin embargo, la actualización del Plan habrá de llevarse a cabo bajo la supervisión de la Oficina Asesora.

66. Algunos miembros estimaron que la plantilla de la Oficina Asesora de Políticas debía ser reducida y contar con consultores altamente calificados, nombrados quizá por plazo fijo y con una rotación cada dos o tres años. Otros estimaron que en tal Oficina, además de unos cuantos oficiales de alta categoría, debía haber funcionarios profesionales de grados medio e inferior.

67. Algunos miembros subrayaron la importante tarea que incumbía al Departamento Económico y Social y estimaron que este último y, en particular, sus tareas de desarrollo de los recursos humanos y de instituciones rurales, debían fortalecerse considerablemente. Otros opinaron que el Departamento de Agricultura era el sector más importante de la Organización, puesto que desempeñaba un papel de primer orden en la formulación y ejecución de los programas y proyectos de campo.

68. Algunos miembros estimaron que la función que se proponía para el Departamento de Desarrollo (DD), con respecto a la formulación y ejecución de proyectos, acrecentaría la burocracia y dificultaría las funciones de los departamentos técnicos.

69. Se puso de relieve de modo especial la importancia de la Dirección de Servicios Regionales (Departamento de Desarrollo) y la necesidad de que actuara en la mayor armonía posible con la Dirección de Análisis Económicos y con otras Direcciones Técnicas. Por su papel preponderante en la formulación de proyectos, las funciones habrían de quedar delimitadas con toda claridad y debía ejercerse la mayor discreción posible para conseguir relaciones de trabajo armoniosas con otros sectores de la Organización. Mientras el Director General Auxiliar encargado del Departamento de Desarrollo tratará normalmente de resolver las divergencias de opinión que surjan entre la Dirección de Servicios Regionales y las demás Direcciones y Departamentos, el Director General Adjunto o el propio Director General se verán obligados algunas veces a tomar las decisiones finales.

70. Varios miembros expresaron la opinión de que para ejecutar los proyectos que comprendan varias disciplinas debiera crearse una oficina de operaciones en el Departamento de Desarrollo, única dependencia que lógicamente podría tratar de una manera eficaz con todos los sectores técnicos de la Organización. También se manifestó la opinión de que, dada la importancia decisiva que poseen los aspectos económicos de los proyectos de desarrollo integrado, debía pensarse en si convendría que éstos fueran administrados por una oficina de operaciones de todo el Departamento Económico y Social. Otra de las opiniones exteriorizadas fue la de que los proyectos multidisciplinarios por su creciente importancia debían confiarse al Departamento de Desarrollo, lo cual constituiría una buena oportunidad para probar en qué forma podía encargarse una sola dependencia de la Organización de las dos funciones de formulación y ejecución de proyectos.

71. Algunos miembros subrayaron el importante papel que desempeñaban el mercadeo, el almacenamiento y la elaboración dentro del proceso del desarrollo agrícola, por lo que deseaban que se prestara mayor atención a estas tareas en la estructura de la Organización. Convenía también pensar en que el mercadeo, el almacenamiento y la elaboración se reunieran en una dirección, a la que podría agregarse igualmente la economía doméstica. Otros indicaron que tal Dirección podría hacerse cargo también de todo lo relativo a cooperativas, crédito y economía de la producción, y que lo mejor sería situarla en el Departamento Económico y Social. Otros miembros opinaron, en cambio, que el mercadeo, las cooperativas y el crédito debían agregarse a la Dirección de Servicios Agrícolas, dada la estrecha conexión de los mismos con la elaboración. Algunos otros expresaron la opinión de que estas actividades debían quedar colocadas en la Dirección de Distribuciones Rurales.

72. Algunos miembros estimaron que la composición de la Dirección de Servicios Agrícolas, aunque se reconocía la importancia de cada uno de sus sectores, era demasiado heterogénea, y que esta dirección debía concentrar sus actividades, de preferencia, en la administración agrícola, en el suministro de insumos y en los problemas técnicos de la infraestructura rural. Otros estimaron que estas materias no teníanla amplitud suficiente para abarcar los variados aspectos de los proyectos multidisciplinales, los cuales podrían administrarse más apropiadamente en una oficina centralizada de operaciones situada o bien en el Departamento de Desarrollo o en el Económico y Social.

73. Al tratarse del Departamento de Agricultura, algunos miembros opinaron que en la Dirección de Fitotecnia y Protección Fitosanitaria no se daba el debido reconocimiento, con una sola subdirección para los cultivos extensivos alimenticios y para los industriales, a la importancia que tienen estos últimos para los países en desarrollo, y se expresó la opinión de que cada uno de ellos merecía una subdirección.

74. Varios miembros subrayaron el importante papel de la investigación agronómica para el desarrollo agrícola. Si bien la Organización no la llevaba a cabo ella misma, debía darle mayor importancia, con el fin de que los países pudieran ser ayudados eficazmente en sus respectivas actividades de investigación.

75. El Consejo consideró la creciente importancia de los montes y los productos forestales en las economías nacionales, en particular en las de los países en desarrollo. Muchos de sus miembros estimaron que las actividades de este sector recibirían más atención que hasta ahora con el establecimiento del nuevo Departamento de Montes 1. Algunos miembros, sin embargo, consideraron que la Dirección de Montes y Productos Forestales no debía ser convertida en Departamento, sino continuar siendo una Dirección. Otra de las opiniones expresadas fue la de que una solución más lógica sería fusionar la Dirección de Fomento de Tierras y Aguas con la de Montes y Productos Forestales en un solo Departamento.

76. Con respecto al Departamento de Pesca, algunos miembros consideraron que debía darse mayor importancia a la pesca continental, y que en este sector estaría justificada una Dirección aparte.

77. Algunos miembros estimaron que la selección y atención de los becarios no era una cuestión meramente administrativa o financiera, sino que era preciso tener un buen criterio técnico para seleccionarlos y determinar sus cursos de estudio. Por esta razón, apoyaban la propuesta de que esta actividad pasara del Departamento de Administración y Finanzas al Departamento de Desarrollo, y que recobrase su anterior categoría de Subdirección.

78. Al tratar de la Oficina de Asuntos Generales e Información, algunos miembros estimaron que la importancia de las funciones de las Direcciones pertinentes y el hecho de situar la coordinación de la CMCH en este sector de la Organización justificaban que se le diera categoría de Departamento dirigido por un Director General Auxiliar. Otros miembros estimaron que la CMCH quedaría mejor colocada en el Departamento de Desarrollo que en la Oficina de Asuntos Generales e Información.

79. En respuesta a la pregunta hecha por un miembro del Consejo, respecto al traspaso de la información agrícola a la Dirección de Instituciones Rurales, el Director General explicó que esta División se encargaría de los aspectos técnicos y de los preparativos institucionales para los servicios de información agrícola, mientras que la Dirección de Información seguiría encargándose de las técnicas de información y de los medios de comunicación para las masas. En este sector especial sería preciso que estas dos Direcciones colaboren íntimamente.

80. Para complementar las mejoras de estructura, muchos miembros subrayaron la necesidad de que se efectuara un examen profundo y crítico de las actividades tradicionales con objeto de eliminar o reajustar los programas de la Organización según lo exija la continua evolución de las circunstancias.

1 Véanse párrafos 115 y 189.

Estructura de campo

81. En el contexto del debate general referido en los párrafos 60–62, muchos miembros hicieron observaciones o sugerencias acerca de la estructura de campo.

82. Los representantes de los países latinoamericanos miembros del Consejo pusieron especial énfasis en la organización de la Oficina Regional para América Latina, aduciendo que la Conferencia había recomendado una solución pragmática para las distintas regiones que se adaptara a las especiales características de cada región y tomara en cuenta la opinión de los países interesados. Estimaron también que la actual estructura y organización les satisfacían y que el Plan presentado en el Informe Conjunto del Director General y del Comité Especial de Organización, particularmente a través de la recomendación del párrafo 105 del Informe, debilitaba la referida Oficina Regional durante el presente bienio.

83. Después de un exhaustivo debate en el cual se hizo presente la necesidad de conciliar las intereses de las respectivas regiones, con el interés general de la Organización, con las facultades administrativas del Director General, y con la disponibilidad de recursos, el Consejo tomó nota de la opinión unánime de los delegados de los países de América Latina, en el sentido de conservar la actual plantilla de personal y expertos tal como fue aprobada en el Programa de Labores y Presupuesto de 1968/69; tomó nota también de la Resolución 30/66 de la Conferencia Regional celebrada en diciembre de 1966 en Punta del Este, que recomendó mantener y reforzar las oficinas regionales y crear los “grupos de acción” (task forces); y tomó nota igualmente de la declaración del Director General en el sentido de que se propone continuar discutiendo este problema con los países de la Región y con el nuevo Representante Regional, y tener en cuenta la opinión que refleje la próxima Conferencia Regional que se celebrará en diciembre de 1968. El Consejo consideró que esta cuestión tendría oportunidad de ser revisada por los organismos competentes al discutir el Programa y Presupuesto para 1970–71, a la luz de las opiniones que emitan las Conferencias regionales.

84. Algunos miembros de otras regiones expresaron la opinión, en apoyo del papel que podrían desempeñar las oficinas regionales en el programa global de la FAO, de que, para acrecentar la eficacia de las mismas, se debía delegar en ellas una mayor autoridad por parte de las oficinas centrales.

85. El Consejo observó asimismo que el Director General tenía la prerrogativa de asignar recursos dentro de los niveles aprobados del presupuesto, de acuerdo con las necesidades no sólo de cada región sino de la Organización en su conjunto. El Director General aseguró al Consejo que al realizar tales asignaciones tendría totalmente en cuenta las opiniones de los representantes regionales y de los delegados de todas las regiones, expresadas en el Consejo y en las Conferencias Regionales, esperando de este modo llegar a una solución aceptable.

86. El Director General informó al Consejo de que tenía intención de incluir en su proyecto de presupuesto para 1970/71 una partida para proporcionar consultores que ayuden a las Oficinas Regionales, cuando haga falta sobre una base ad hoc. Algunos miembros expresaron sus reservas al respecto, en espera de un examen de las propuestas respectivas en detalle, pero muchos otros aprobaron la propuesta.

87. Con respecto a la propuesta fusión, con carácter experimental, de las funciones de los secretarios ejecutivos de las Comisiones Económicas Regionales de las Naciones Unidas y de los Representantes Regionales de la FAO, varios miembros del Consejo, entre ellos todos los de América Latina y el Cercano Oriente, manifestaron su oposición a esa idea; otros no la apoyaron con respecto a sus regiones respectivas, pero sin poner ninguna objeción a que se ensayara en otras, al paso que otros se manifestaron en favor de la propuesta, sin reservas. El Director General se comprometió a plantear esta cuestión, cuando procediera en las próximas conferencias regionales.

88. Algunos miembros expresaron la opinión de que los cargos de representante general podrían cubrirse normalmente con personal de la categoría D 2, pero las circunstancias regionales y las calificaciones de los candidatos deberían ser decisivas para juzgar si el puesto se cubriría en la categoría de D 2 o de Director General Auxiliar y consideraban que en el caso del reciente nombramiento del Representante Regional para América Latina estaba justificada la categoría de Director General Auxiliar.

89. Respecto a las conferencias regionales de la FAO, se juzgaba en general que deberían celebrarse separadamente de las de las Comisiones Económicas Regionales de las Naciones Unidas. No obstante, la coordinación entre las oficinas de los representantes regionales y las comisiones económicas regionales de las NU debería ser tal que la conferencia regional de la FAO constituyera uno de los medios principales para que los gobiernos decidieran en cuanto a las políticas agrícolas de la región.

90. En opinión de muchos miembros, los representantes en los países deberían mantener su identidad separada, como portavoces de la FAO en el país, aunque integraran estrechamente sus actividades con las de los representantes residentes del PNUD. Algunos miembros opinaron que esto sólo podría lograrse si la FAO pagara todo el costo de los representantes en países; otros estimaron que podría lograrse también si la FAO pagara una parte de ese costo; otros juzgaban que incluso en el caso de que el PNUD pagara todo el costo, esto podría lograrse modificando el acuerdo PNUD/FAO relativo al nombramiento de asesores agrícolas de alta categoría, en negociaciones directas entre el Director General y el Administrador del PNUD. El Director General debería examinar este asunto con dicho Administrador antes de ultimar sus propuestas presupuestarias para 1970–71.

Cuestiones de gestión

91. Al discutir las cuestiones de gestión que plantearía la proyectada reorganización, los miembros del Consejo tomaron nota de la propuesta del Director General, de emprender un estudio sobre los aspectos de gestión interna, dentro de la estructura aprobada por el Consejo 1.

92. Tocante a la selección de expertos, se indicó que las calificaciones eran de suma importancia y que de éstas, no sólo deberían tenerse en cuenta las académicas sino también la experiencia práctica adquirida en los países en desarrollo. El Consejo tomó nota de la información facilitada por el Director General, al efecto de que las dos terceras partes del personal de la sede que se ocupaba en los aspectos técnicos de la Organización, tenían enorme experiencia práctica o procedía de países en desarrollo.

93. Algunos miembros concedían especial importancia a la necesidad de que las regiones en desarrollo estuvieron suficientemente representadas en los cargos más altos de la sede de la FAO, de manera que se asegurase su participación en la formulación de las políticas generales de la Organización. Entre los asesores inmediatos del Director General debería haber personas procedentes de países en desarrollo que le pudieran exponer con toda clase de particulares las necesidades de su región y que conocieran bien a su pueblo y sus dirigentes. Respecto a ello, el Director General manifestó que éste era un objetivo en el que pensaba constantemente y que desde que había asumido su nuevo cargo se había esforzado por conseguirlo.

94. Debe examinarse la posibilidad de ascender de categoría a técnicos destacados, en atención a sus méritos, con objeto de que puedan ser debidamente remunerados y retenidos por la Organización. Si pudiera lograrse este fin disminuiría considerablemente la tendencia a crear nuevos puestos administrativos de categoría superior en la Organización. Algunos miembros sugirieron que se estudiase una escala especial de remuneración para técnicos sobresalientes, que no afecte a la estructura administrativa. Esta medida permitiría también atraer a técnicos de relevante competencia a los que no sería fácil contratar con la actual escala de sueldos. El Director General manifestó que haría propuestas sobre los ascensos por méritos para que las examinen los Comités del Programa y de Finanzas.

95. El Consejo apoyó el sistema de capacitación en el servicio, tanto para los técnicos que trabajan en la Organización, como para el adiestramiento de nuevos funcionarios de categoría profesional de grado inferior. A este respecto, algunos miembros sugirieron que se examinase la posibilidad de conceder licencia sabática al personal de la FAO de categoría profesional para mantenerse al corriente de los acontecimientos más recientes que afecten a sus esferas de competencia.

96. Con respecto a la creación de oficinas de operaciones, algunos miembros expresaron la opinión de que tales oficinas en las direcciones constituían un primer paso en la consolidación de las operaciones en la Organización. El paso siguiente sería tenerlas solamente en los departamentos.

97. Algunos miembros pusieron de relieve la necesidad de una estrecha cooperación entre la Oficina de Operaciones y las subdirecciones técnicas para asegurar la solidez técnica de las actividades de campo de la Organización. A este respecto se hizo una sugerencia en el sentido de que los funcionarios se alternaran entre las oficinas de operaciones y las subdirecciones técnicas.

98. Varios miembros expresaron la necesidad de orientaciones e instrucciones claras sobre las responsabilidades y las líneas de comunicación existentes entre los sectores de la Organización encargados de la planificación, ejecución, evaluación y control de las actividades en el campo y en la sede.

99. El Consejo acogió con beneplácito el hecho de que se delegaran atribuciones en los representantes en los países y en los directores de proyectos, pero puso de relieve nuevamente la necesidad de contar con instrucciones claras. En especial se llamó la atención con respecto al hecho de que la ejecución de los proyectos no solamente estaba influida por la calidad de los expertos sino, en especial, por el espíritu de trabajo en equipo que existía entre el Director del Proyecto y sus ayudantes en el equipo.

100. El Consejo expresó la opinión de que la estructura de la Organización, por buena que pueda ser o por bien que esté concebida, sólo funcionará eficazmente en la medida en que el Director General sea capaz de establecer un espíritu de cooperación, de trabajo de equipo y de completa dedicación en todos los sectores y niveles de la Organización; la cooperación efectiva de los Estados Miembros es de igual importancia. Por esto, el Consejo puso de relieve especialmente la parte introductoria del informe conjunto que trata de algunas cuestiones de personal que habrán de ser examinadas posteriormente por el Director General y los órganos competentes de la Organización.

101. Por último, el Consejo expresó su unánime reconocimiento al Sr. A.C.B. Maiden, Presidente del Comité Especial de Organización, a los demás miembros del Comité y al Director General por haber llevado a término tarea tan difícil y compleja dentro de los plazos que había establecido la Conferencia en su 14o período de sesiones.

1 Véanse los párrafos 321–333 de este informe.

Períodos de sesiones de la Conferencia y el Consejo

Organización de los períodos de sesiones de la Conferencia

102. El Comité examinó una nota del Director General sobre los preparativos para los períodos de sesiones de la Conferencia y métodos de organización de los períodos de sesiones del Consejo y de sus Comités 1, junto con las partes pertinentes del Informe de los Comités del Programa y de Finanzas sobre su reunión conjunta celebrada en mayo de 1968 2, con el Informe del 15o período de sesiones del Comité del Programa 3 y con el Informe del 20o período de sesiones del Comité de Finanzas 4.

103. Las propuestas contenidas en estos documentos fueron examinadas por el Consejo en relación con tres epígrafes principales: declaraciones generales en las sesiones plenarias y trabajo de la Comisión I; funciones y calendario de los Comités Técnicos y su relación con la Comisión II; y otros asuntos.

1 CL 51/11 y CL 51/11 - Sup. 1.

2 CL 51/5, párrafos 38 – 53.

3 CL 51/6, Parte I, párrafos 39 – 52.

4 CL 51/6, Parte II, párrafos 100 – 108, y CL 51/6, Parte II, Corr. 1.

a) Declaraciones generales en las sesiones plenarias y trabajo de la Comisión I

104. En lo que respecta al momento de las declaraciones generales en las sesiones plenarias, el Consejo convino en que se continuase el sistema actual en virtud del cual se invitaba a los ministros y a los jefes de delegaciones a que formulasen sus declaraciones en la primera semana del período de sesiones de la Conferencia. Estas declaraciones ayudaban a fijar el tono del período de sesiones y tenían un valor especial para dar una orientación sobre los debates subsiguientes que se desarrollaban en las Comisiones.

105. En cuanto al contenido de tales declaraciones, el Consejo tomó nota de la propuesta del Director General, refrendada por los Comités del Programa y de Finanzas, en el sentido de que se pida a los ministros y jefes de delegaciones que presten particular atención no sólo a El Estado Mundial de la Agricultura y la Alimentación, sino además a ciertas cuestiones importantes relativas a políticas sobre las cuales, en opinión del Director General sería útil conocer los puntos de vista de los gobiernos con algunos meses de antelación. Aunque reconoció que era conveniente concentrarse un tanto en algunos temas seleccionados, el Consejo subrayó que no debía intentarse la aplicación de un sistema excesivamente rígido. La facultad de tratar libremente de los sectores que se consideraban relacionados con el programa y eran de vital importancia para los trabajos de la Organización ofrecía la mejor posibilidad de lograr la colaboración activa e inteligente de los ministros y jefes de delegaciones.

106. Por razones análogas, el Consejo estimó que no se debían establecer límites demasiado estrictos para las declaraciones generales formuladas en las sesiones plenarias, tal como lo habían propuesto algunos miembros.

107. El Consejo refrendó la propuesta de que se designe un Relator para que informe a la Comisión I respecto a los puntos más importantes mencionados por los ministros y jefes de delegaciones en las sesiones plenarias. Algunos delegados, sin embargo, formularon dudas acerca de la eficacia de esta decisión.

108. En cuanto a la labor de la Comisión I, el Consejo insistió en que esta Comisión constituía la tribuna principal para las deliberaciones pertinentes a cuestiones de política global, basadas en las declaraciones generales formuladas en las sesiones plenarias, y especialmente para el examen de ciertas cuestiones que, por sí mismas, no se prestan a un análisis detallado en las referidas sesiones, como por ejemplo, el Plan Indicativo Mundial.

109. A este respecto, el Consejo examinó la conveniencia de que la Comisión I, de conformidad con lo prescrito en el párrafo 1 del Artículo XV del Reglamento General, estableciera un comité de Estados Miembros seleccionados con objeto de que examine el mencionado Plan Indicativo Mundial. Algunos miembros estimaron que tal Comité contribuiría a desbrozar el camino para un debate general en el seno de la Comisión, en tanto otros juzgaron que, por cuanto el Plan Indicativo Mundial habría de ser presentado previamente a otros órganos interesados, como el CPPB, cuyos puntos de vista serían transmitidos a la Conferencia, el PIM debería presentarse directamente a la Comisión. El Consejo convino en que debía dejarse al criterio de la Comisión I la decisión de crear o no crear tal Comité.

b) Funciones y calendario de los Comités Técnicos y su relación con la Comisión II

110. Hubo acuerdo general respecto a que éste era un asunto decisivo en la organización de los períodos de sesiones de la Conferencia y que había mucho margen para mejorar la estructura de la labor de los Comités Técnicos y de la Comisión II. Algunos miembros estimaron que estos Comités duplicaban la Comisión II, no eran eficientes y no eran tampoco lo suficientemente represdntativos en su composición, porque muchos de los países en desarrollo estaban incapacitados para asistir regularmente a las sesiones de tales comités debido ala escasez de técnicos y a la falta de fondos para viajes. Propusieron, por tanto, que tales comités debían abolirse.

111. Otros miembros juzgaron que la actual composición de los Comités Técnicos debía mantenerse, con las modificaciones que parecieran convenientes en vista de la experiencia recogida, pero que debían convocarse varios meses antes del período de sesiones de la Conferencia, a fin de que los Estados Miembros tengan la oportunidad de tomar en consideración las conclusiones respectivas al formular instrucciones para las delegaciones que envíen a la Conferencia. Se reconoció, sin embargo, que tal solución representaría una carga financiera adicional para los Estados Miembros.

112. Después de una discusión a fondo, y con la idea de conciliar los distintos criterios formulados, teniendo al mismo tiempo en cuenta la necesidad de ajustar los trabajos de la FAO a un enfoque multidisciplinario y de tener en consideración, en forma más cabal, los programas locales de la Organización, el Consejo aprobó, a título de ensayo para el 15o período de sesiones de la Conferencia, las siguientes disposiciones propuestas:

  1. Rebajar a dos el número de los Comités Técnicos de la Conferencia: un Comité Técnico de programas locales y un Comité Técnico de esferas de convergencia;

  2. el primer Comité se ocuparía del examen detallado de las actividades de campo de la Organización, y el segundo del de las cinco esferas de convergencia sobre una base multidisciplinal y con especial hincapié en la estrategía para el desarrollo;

  3. las descusiones sobre las Esferas de Convergencia deberían efectuarse en la medida de lo posible, en el pleno del Comité

  4. cada uno de los dos Comités tendría su propio relator, el cual se encargaría de la preparación del informe del Comité a la Comisión II, junto con un resumen de las principales cuestiones que surgiesen de los debates del Comité y que requiriesen la especial atención de la Comisión II.

113. El Consejo pidió al Comité del Programa que, en colaboración con el Director General, examinara más detalladamente en su próxima reunión en qué forma funcionarían los dos Comités. Al tratar de estos procedimientos, se sugirió que fuese concedida especial atención a las posibilidades de brindar una oportunidad durante las reuniones de esos comités para llevar a cabo un examen de las propuestas del Director General sobre el Programa de Labores para el bienio siguiente.

114. Por lo que se refiere a la pesca, el Consejo convino en que la existencia del Comité de Pesca 1 que examina el programa de labores de la Organización en materia de pesca y realiza exámenes generales periódicos de los problemas pesqueros de carácter internacional, hacía innecesario el establecimiento de un comité técnico de pesca de la Conferencia.

115. Divergentes opiniones se manifestaron acerca de la recomendación del Comité del Programa en el sentido de que el Consejo considerase el establecimiento, con carácter especial, de un Comité de Montes que se reuniese a principios de 1969 para examinar las consecuencias de la propuesta que se presentaría a la Conferencia en su 15o período de sesiones, relativa a la creación de un Departamento de Montes, así como las sugestiones del Director General concernientes al posible fortalecimiento de las labores en el campo forestal. Algunos miembros opinaron que la convocación de dicho Comité podía considerarse implícitamente como una opinión favorable respecto a la propuesta de crear un Departamento de Montes, prejuzgando así el problema. Otros miembros fueron del parecer que ese Comité no era necesario. sin embargo, la mayoría se mostró en favor de la recomendación del Comité del Programa y el Consejo por lo tanto autorizó al Director General a establecer, con arreglo al Artículo VI-2 de la Constitución, con caracter especial un Comité Plenario de Montes que se reunirá a principios de 1969, a fin de que su informe pueda examinarse en los períodos de sesiones de la primavera de los Comités del Programa y de Finanzas, y en el 52o período de sesiones del Consejo 2.

116. Al considerar el establecimiento de un Comité de Información durante el período de sesiones de la Conferencia, el Consejo acordó que fuera la Comisión II la que decidiera si era necesario establecer dicho Comité de acuerdo con el Artículo XV-1 del Reglamento General de la Organización.

117. Por lo que se refiere a la organización del trabajo de la Comisión II, el Consejo apoyó las siguientes recomendaciones del Director General, que figuran en el párrafo 28 del documento sobre preparativos para los períodos de sesiones de la Conferencia, y habían sido respaldas ya por los Comités del Programa y de Finanzas en su reunión conjunta de mayo de 1968.

  1. Que las deliberaciones de la Comisión II se ajusten al programa y no se hagan por Direcciones;

  2. que las cuestiones debatidas a fondo en los Comités Técnicos no se vuelvan a discutir en la Comisión II en perjuicio del examen de otros aspectos de las actividades de la Organización;

  3. que los documentos básicos para la Comisión II sean La labor de la FAO y el Examen de los programas locales de la FAO (relativo a las actividades en curso), el proyecto de Programa de labores y presupuesto (que abarca el bienio siguiente), y un documento en que se hagan propuestas de programas a plazo medio (para los cuatro o seis años venideros);

  4. que el contenido y el método de presentación de estos documentos reciban consideración particular y que comprendan todos los asuntos importantes que vayan a debatirse en la Comisión II. La labor de la FAO de be reseñar con claridad y precisión las actividades del bienio en curso. De este modo se podría evitar la necesidad de largas exposiciones introductorias y la distribución de otros documentos por las Direcciones Técnicas, tanto en lo que concierne a los comités técnicos como a la Comisión II;

  5. que aunque la Comisión II tenga que hacer recomendaciones a propósito del Programa ordinario de labores y presupuesto para su adopción en sesión plenaria, también deberá dedicar su atención a las propuestas de programa a plazo medio.

1 Establecido en virtud de la Resolución 13/65 del 13o período de sesiones de la Conferencia, de acuerdo con el Artículo V de la Constitución.

2 Véanse párrafos 60–62, 75 y 189.

c) Otras cuestiones

118. El Consejo consideró otra serie de aspectos de la organización de los períodos de sesiones de la Conferencia, como sigue:

119. Comisión III. El Consejo se mostró de acuerdo con la sugestión del Director General, respaldada también por los Comités del Programa y de Finanzas, en el sentido de que, en principio, la Comisión III inicie sus tareas en la segunda semana del período de sesiones.

120. Participación de la Secretaría. El Consejo acordó que era necesario reducir radicalmente el tiempo empleado por los miembros de la Secretaría en la introducción de temas del programa, intervenciones y resúmenes. Las introducciones deberán limitarse a poner al día los documentos pertinentes, y al final del debate se dará un tiempo para responder a las preguntas.

121. Documentación. El Consejo aprobó las propuestas formuladas por el Director General y respaldadas por el Comité del Programa y el Comité de Finanzas, destinadas a mejorar la documentación de la Conferencia y a limitar el número de documentos emitidos, especialmente los que aparecen inmediatamente antes de la Conferencia y, dentro de lo posible, los que se distribuyen durante el período de sesiones. El Consejo hizo hincapié en que los documentos deben incluir una exposición clara en la que se enumeren los puntos sobre los cuales hay que adoptar decisiones o formular observaciones.

122. Resoluciones. El Consejo convino en que las resoluciones deben circunscribirse a asuntos que exijan la adopción de una decisión oficial por parte de la Conferencia, y deben reflejar plenamente las decisiones adoptadas por la Conferencia. Debe distribuirse nuevamente entre todos los Estados Miembros y Miembros asociados, con antelación al 15o período de sesiones de la Conferencia, un documento en el que se expongan los criterios para la formulación de resoluciones de la Conferencia análogo a aquel que fue distribuido con anterioridad al último período de sesiones de la Conferencia. El Consejo también convino en que sea creado nuevamente en el 15o período de sesiones un Comité de Resoluciones de la Conferencia análogo al que había actuado satisfactoriamente durante el pasado período de sesiones.

123. Quorum. El Consejo recomendó que, aunque se había tropezado con algunas dificultades en la última Conferencia en determinadas Comisiones para conseguir quorum, era preciso mantener los requisitos que rigen las votaciones oficiales en las Comisiones según se hallan expuestos en el Reglamento General de la Organización. Observó que, en todo caso, las votaciones celebradas en las Comisiones tienen tan sólo carácter indicativo y que las votaciones oficiales sobre las resoluciones son las que se celebran en sesión plenaria.

124. Por lo que se refiere a las votaciones en sesión plenaria y a fin de facilitar la consecución del quorum, se propuso que todas las votaciones se celebrasen, caso de ser posible, en el mismo día. Si no pudiera hacerse así, al menos deberían adoptarse medidas para agrupar las votaciones, todo lo posible, en días y en horas que pudieran anunciarse con bastante antelación para facilitar la asistencia de los interesados.

125. Por lo que se refiere a los requisitos sobre quorum en las comisiones, se señaló el hecho de que, mientras para iniciar un debate en una comisión no se exigía más que la presencia de la tercera parte de sus miembros, de conformidad con el Reglamento General de la Organización, era necesaria la presencia de la mayoría de aquéllos para terminarlo. Por ello se propuso oficialmente que se adoptaran las medidas necesarias (incluso la modificación del Reglamento General de la Organización, si fuese menester) que permitan terminar los debates en las comisiones de la Conferencia por decisión de una mayoría de los miembros presentes.

126. En relación con la cuestión del quorum en las comisiones de la Conferencia, el Asesor Jurídico señaló el artículo 69 del Reglamento de la Conferencia General de la Unesco, que prevé un procedimiento para dejar sin efecto el requisito del quorum cuando el número de miembros presentes sea insuficiente.

127. El Consejo convino en que toda la cuestión del quorum en las comisiones de la Conferencia debía someterse a examen del CACJ el cual debe formular las recomendaciones pertinentes al Consejo, en su 52o período de sesiones.

128. Nombramiento de la Mesa de la Conferencia. El Consejo acordó que, en el período de sesiones de junio, el Consejo designe también los presidentes de los Comités Técnicos, además de designar los relatores de esos Comités. Convendría seguir nombrando al Comité de Candidaturas como se ha hecho hasta la fecha, en el período de sesiones del Consejo que antecede inmediatamente a la Conferencia.

129. Distribución de asientos. El Consejo tomó nota de las propuestas del Director General 1, por un costo de 180 000 dólares en el presente bienio, para una nueva distribución de asientos en la Sala de Plenarias que haga desparecer el actual “ambiente de aula.” No obstante las ventajas que supondría la redistribución de asientos en la Sala de Plenarias según ha sido propuesta, el Consejo decidió que no era oportuno recomendar, en vista de la situación financiera de la Organización, que se llevase a cabo en el bienio en curso, y pidió al Director General que siga estudiando con el Gobierno de Italia la posibilidad de hallar alguna otra solución al problema.

130. El Consejo convino en que, en el caso de que fuese menester que la Organización costease todos o una parte de los gastos que significaría la reforma de la Sala de Plenarias, esos gastos deben incluirse en el proyecto de programa de labores y presupuesto para 1970–71 que presentará el Director General.

131. El Consejo notó que no podrían efectuarse modificaciones en la Sala de Plenarias antes del 15o período de sesiones de la Conferencia, pero pidió que se efectuasen algunas mejoras en la distribución de asientos para futuros períodos de sesiones del Consejo a fin de habilitar más espacio para los delegados.

132. Calendario de las reuniones. El Consejo subrayó que no deberían convocarse reuniones extraoficiales de grupos regionales o análogos durante las horas ordinarias de la Conferencia, para evitar que se impongan exigencias excesivas sobre el tiempo de que las delegaciones disponen, especialmente las más reducidas, y que se sobrecarguen los servicios de la Conferencia.

1 CL 51/11 - Sup. 1.

Calendario de los períodos de sesiones de los Comités del Consejo, en relación con los de este último

133. El Consejo acordó que sus comités no se reúnan durante el período de sesiones del Consejo y que sus reuniones se programen con antelación suficiente para que puedan distribuirse los correspondientes informes a los miembros del Consejo oportunamente, para que los gobiernos interesados los estudien e impartan las instrucciones correspondientes a sus delegados al período de sesiones del Consejo. El Consejo reconoció sin embargo, que podrían existir excepciones justificadas a esta norma, cuando, como en el caso del Comité de Finanzas o del Comité de Asuntos Constitucionales y Jurídicos, una reunión de esos Comités celebrada inmediatamente o poco antes de la reunión del Consejo o incluso durante ésta, les permita presentar informes actualizados.

Procedimiento para la designación del Director General

134. De conformidad con la Resolución 23/67 de la Conferencia, el Consejo, en su 51o período de sesiones, designó un Comité Especial encargado de examinar las cuestiones relativas al procedimiento para la designación del Director General y de sugerir posibles alternativas al procedimiento en vigor y las fechas en que habría de celebrarse la elección.

135. El Consejo examinó el documento preparado por la Secretaría en que se exponen los antecedentes relativos al procedimiento actualmente en vigor en la FAO y los que se siguen en otros organismos especializados 1, así como el Informe presentado por el Comité Especial 2.

136. El Consejo se mostró conforme con las recomendaciones del Comité Especial según las cuales la Conferencia, en su calidad de órgano supremo de la Organización, debe conservar su autoridad respecto a la designación de Director General y que esta designación debe efectuarse en forma tal que se eviten efectos perturbadores en otras labores de la Conferencia. El Comité Especial había propuesto que esto podría lograrse disponiendo que los tres primeros días del período de sesiones de la Conferencia se dedicasen primordialmente a la designación del Director General y que a este efecto se podría enmendar el Artículo XXXIII-1(a) del Reglamento General de la Organización. Durante el debate habido en el Consejo, se sugirió que el mismo objetivo podría alcanzarse convocando un período especial de sesiones de la Conferencia, previamente al período ordinario de sesiones y cuya única finalidad sería designar el Director General; si bien algunos miembros apoyaron esta sugerencia, la mayoría de los representantes que hablaron sobre esta cuestión opinaron que la solución propuesta por el Comité Especial era preferible. De consecuencia, el Consejo recomendó que la Conferencia apruebe una enmienda a la última frase del párrafo 1(a) del Artículo XXXIII del Reglamento General de la Organización añadiéndole las palabras que van subrayadas a continuación:

“El Comité General fijará y anunciará la fecha de la elección con la mayor prontitud posible después de la apertura del período de sesiones de la Conferencia, quedando entendido que el nombramiento de Director General en un período ordinario de sesiones se efectuará en los tres primeros días laborables a contar de la fecha de apertura del mismo.”

137. El Consejo se mostró conforme con que las candidaturas deben presentarlas los Estados Miembros, como hasta ahora, al Secretario General de la Conferencia. El Consejo convino además en que, para que los Gobiernos tengan tiempo suficiente para examinar los méritos de los distintos candidatos, la distribución de las candidaturas debiera efectuarse con un mes de antelación al período de sesiones del Consejo, tal como establece el párrafo 2(c) del Artículo XXV del Reglamento General de la Organización, período denominado corrientemente “período de sesiones de junio” que precede al período ordinario de sesiones de la Conferencia, en la inteligencia de que quizá haya que fijar diferentes plazos en el caso de que surja una vacante imprevista, lo cual exigiría convocar un período extraordinario de sesiones de la Conferencia.

138. El Consejo se mostró además conforme con el parecer del Comité Especial de que sería conveniente que se evitase la prolongación de las votaciones y las dificultades que podrían surgir como resultado de la presentación de muchas candidaturas. Durante las deliberaciones del Consejo se discutieron los métodos de elección expuestos en el Informe del Comité Especial, y varios delegados avanzaron otras posibilidades de reducción del número de votaciones sin eliminar prematuramente a ningún candidato que pudiera tener razonables oportunidades de lograr la mayoría requerida en una votación final.

139. El Consejo, en vista de la recomendación del Comité Especial, decidió remitir esta cuestión al Comité de Asuntos Constitucionales y Jurídicos (CACJ) para su examen detallado a la vista del informe del Comité Especial y de las observaciones hechas en el curso de las deliberaciones del Consejo, y pidió al CACJ que sometiera su informe y recomendaciones a la consideración del Consejo en su 52o período de sesiones.

140. Por último, el Consejo examinó también la propuesta hecha por algunos miembros del Comité Especial de que las candidaturas podrían ser analizadas por el Consejo o por algún otro órgano designado al efecto, de manera que solamente un número limitado de candidaturas se sometiesen a la consideración de la Conferencia. Aunque esta propuesta halló apoyo entre algunos miembros del Consejo, la mayoría de los delegados que tomaron parte en el debate sobre esta cuestión se mostraron partidarios de conservar las características fundamentales del procedimiento actual por el cual la designación del Director General se efectúa sin análisis previo de las candidaturas por ningún otro órgano. Estos representantes estimaron que la introducción de los cambios de procedimiento propuestos por el Comité Especial y apoyados por el Consejo - esto es: la pronta presentación de las candidaturas, la reducción de las votaciones, y la terminación de las elecciones en un plazo de tres días a contar de la fecha de apertura del período de sesiones de la Conferencia - permitiría lograr los objetivos expuestos en la Resolución 23/67 de la Conferencia.

1 CL 51/12.

2 CL 51/13.

Presidente Independiente del Consejo 1

141. El Consejo examinó una propuesta presentada por la delegación del Canadá 2, en el sentido de que se nombrara un reducido grupo de trabajo para examinar las funciones que lleva consigo el cargo de Presidente Independiente en relación con el Consejo y de formular recomendaciones acerca del futuro de este cargo, incluso las propuestas que sean necesarias para las enmiendas de índole constitucional. Tanto la delegación proponente como todos los demás miembros del Consejo recalcaron que la referida propuesta no iba de ninguna manera en menoscabo de las sobresalientes cualidades y méritos del actual Presidente Independiente del Consejo y de sus predecesores.

142. El representante del Canadá recordó que el puesto de Presidente Independiente del Consejo viene existiendo desde que se celebró el tercer periodo de sesiones de la Conferencia de la FAO (25 agosto – 11 septiembre 1947) y que la última vez que se examinó este asunto fue en 1956–57, cuando el Comité Especial sobre la Estructura de la FAO recomendó que dicho cargo se mantuviera. El representante del Canadá manifestó que, teniendo en cuenta el cambio que han experimentado el volumen y la naturaleza de las actividades del Consejo durante el período transcurrido desde entonces, había llegado el momento de proceder a un nuevo examen del futuro del cargo de Presidente Independiente del Consejo, con particular referencia a la cuestión de si debe mantenerse o suprimirse o bien sustituirse por un presidente elegido anualmente entre los representantes de los miembros del Consejo.

143. En el debate subsiguiente se señaló que en un momento en que se estaba examinando la reorganización de toda la estructura de la FAO parecía oportuno estudiar también este importante elemento de dicha estructura. Además, en la etapa actual en que aún no se habían presentado candidaturas para el próximo mandato, se podía estudiar esta cuestión de una forma estrictamente objetiva. Al propio tiempo habría de sopesarse muy cuidadosamente toda decisión de modificar un sistema que ha servido satisfactoriamente a la Organización durante más de dos decenios.

144. Teniendo en cuenta estas consideraciones, el Consejo decidió establecer un Comité Intergubernamental Especial integrado por Estados Miembros, en el que estén adecuadamente representadas las siete regiones. El Consejo eligió a Australia, Canadá, Colombia, Malí, Filipinas, la República Arabe Unida y el Reino Unido para que integren dicho Comité Especial. El Consejo decidió que en su 52o período de sesiones, le informe el Comité al respecto y que las recomendaciones que formule a la luz de este informe se transmitan a la Conferencia en su 15o período de sesiones.

145. El Consejo decidió que el referido examen deberá realizarse sobre la más amplia base posible, incluso todos los aspectos que se relacionen con la naturaleza y grado de independencia de la función de su Presidente. El Comité deberá examinar asimismo toda cuestión relativa a la modalidad de designación y elección, al órgano que haya de encargarse de la elección del Presidente y de cualquier otro punto relacionado con la cuestión. El Consejo decidió además que, a fin de ayudar al Comité Especial en sus deliberaciones, se recabe el parecer del actual Presidente Independiente y que los Estados Miembros que no formen parte del Comité puedan dar a conocer por escrito sus pareceres al Comité.

1 Tema 9 del programa.

2 CL 51/LIM/4.


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