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INFORME DEL DECIMOCTAVO PERIODO DE SESIONES
DE LA
COMISION MIXTA FAO/OMS DEL CODEX ALIMENTARIUS

INTRODUCCION

1. El 18o período de sesiones de la Comisión Mixta FAO/OMS del Codex Alimentarius se celebró en el Centro Internacional de Conferencias de Ginebra, del 3 al 12 de julio de 1989. A este período de sesiones asistieron 281 participantes, entre los que figuraban representates y observadores de 56 países, y observadores de 29 organizaciones internacionales (véase en el Apéndice I la lista de participantes).

2. La Comisión estuvo presidida por su Presidente, el Dr. E.R. Méndez (México) y, para determinados puntos del programa, por el Dr. N. Tape (Canadá) y por el Profesor F.G. Winarno (Indonesia), dos de sus Vicepresidentes. Los Cosecretarios fueron el Dr. A.W. Randell (FAO) y el Dr. F. Käferstein (OMS).

3. El Dr. H. Nakajima, Director General de la OMS, inauguró el período de sesiones. El texto del discurso del Dr. Nakajima figura en el Apéndice II del presente informe. La respuesta del Presidente figura en el Apéndice III.

APROBACION DEL PROGRAMA Y DEL CALENDARIO (Tema 1 del programa)

4. La Comisión aprobó el programa provisional ALINORM 89/1 y el Addendum 1 como programa para su período de sesiones, con un ligero cambio en el orden de examen de determinados temas.

ELECCION DE LA MESA DE LA COMISION (Tema 4 del programa)

5. La Comisión, en el curso del período de sesiones, reeligió al Dr. E.R. Méndez (México) Presidente de la Comisión, para que ocupara este cargo desde la terminación del 18o hasta la terminación del 19o período de sesiones. La Comisión eligió igualmente Vicepresidentes de la Comisión al Dr. C. Kane (Senegal), Dr. N. Tape (Canadá) y Prof. F.G. Winarno, para que ocuparan este cargo desde la terminación del 18o hasta la terminación del 19o período de sesiones.

Nombramiento de Coordinadores Regionales

6. La Comisión nombró los siguientes Coordinadores Regionales para las distintas regiones:

Africa- Mr. Tawfic Zagloul (Egipto)
Asia - Dr. Pakdee Pothisiri (Tailandia)
Europa - Dr. Herbert Woidich (Austria)
América Latina y el Caribe- Lic. María Eugenia Chacón Moroux (Costa Rica)
América del Norte y Pacífico Sudoccidental - Dr. Lester Crawford (U.S.A.)

MINUTO DE SILENCIO

7. La Comisión observó un minuto de silencio para rendir tributo a la memoria de sus antiguos amigos y colegas que fallecieron desde que se celebró el período de sesiones anterior1:

1 La Secretaría lamenta tener que señalar el repentino fallecimiento del Dr. J.C. Jaisani, miembro de la delegación de la India, durante su regreso a la India después del período de sesiones de la Comisión.

INFORME DEL PRESIDENTE SOBRE LAS REUNIONES 35a Y 36a DEL COMITE EJECUTIVO (Tema 2 del programa)

8. Al presentar los informes de las reuniones 35a y 36a del Comité Ejecutivo, que figuran en los documentos ALINORM 89/3 y ALINORM 89/4, respectivamente, el Presidente indicó que todos los asuntos tratados por el Comité Ejecutivo serían examinados por la Comisión cuando se abordaran los correspondientes temas del programa.

MIEMBROS DE LA COMISION DEL CODEX ALIMENTARIUS (Tema 3 del programa

9. El Presidente hizo saber a la Comisión que, después de su 17o período de sesiones, el Director General Adjunto de la FAO se había puesto en contacto con todos los países no miembros de la Comisión para informarles de las ventajas que reporta la calidad de miembro, e invitarles a formar parte de la Comisión. Al propio tiempo, el Director General de la OMS transmitió la Resolución de la 40a Asamblea Mundial de la Salud sobre la Comisión, en la que se invitaba a los Estados Miembros que todavía no lo habían hecho a que ingresaran en la Comisión. A raíz de ello, ingresaron como miembros en la Comisión ocho países, a saber: Antigua y Barbuda; Guinea Ecuatorial; la República Democrática de Alemania; Honduras; Papua Nueva Guinea; Rwanda; Viet Nam, y la República Arabe del Yemen, con lo que el número total de miembros de la Comisión ascendía a 137, tal como figura en el Apéndice IV del presente informe.

10. La Comisión expresó su agradecimiento a las organizaciones patrocinadoras por los esfuerzos que habían desplegado y les pidió que los prosiguieran con el fin de conseguir un aumento del número de miembros.

INFORME SOBRE LA PUBLICACION REVISADA DEL CODEX ALIMENTARIUS Y SOBRE EL SISTEMA DE DISTRIBUCION (Tema 5 del programa)

11. La Comisión tuvo ante sí el documento ALINORM 89/2, preparado por la Secretaría teniendo en cuenta los debates sostenidos durante la 35a reunión del Comité Ejecutivo (ALINORM 89/3, párrs. 13–17). En el documento se describe la presentación del Codex Alimentarius revisado en formato internacional A-4 de hojas sueltas, en 14 volúmenes, así como una nueva versión abreviada, en un sólo volumen, que contiene las partes esenciales del Codex Alimentarius.

12. La Comisión tomó nota de que la publicación revisada se distribuiría a través de la red mundial de ventas de la FAO y de la OMS, tal como había sido recomendado por el Comité Ejecutivo en su 36a reunión, ALINORM 89/4, párrs. 7–10. Se distribuiría gratuitamente un número suficiente de ejemplares a los puntos de contacto del Codex y los Ministerios de Agricultura y Sanidad, así como a bibliotecas que mantienen acuerdos de reciprocidad con la FAO y la OMS. La Comisión acogió con satisfacción estas propuestas.

13. Se informó también a la Comisión de que la Secretaría estaba trabajando activamente para ver en qué forma podría facilitarse una versión computerizada del Codex Alimentarius, posiblemente a través de bases de datos fácilmente accesibles, y por título, en el Centro Mundial de Información sobre Agricultura, de la FAO (WAICENT). Se invitaría a un pequeño grupo de expertos a que asesorara sobre las técnicas disponibles para el almacenamiento y recuperación de textos del Codex de esta forma.

14. La delegación de Suecia, refiriéndose a los debates del Comité Ejecutivo sobre la publicación del Codex Alimentarius como documento en venta, señaló la necesidad de asegurar la amplia disponibilidad de las normas del Codex, si fuera necesario, mediante el uso de fotocopias o, en el futuro, mediante la transferencia electrónica de datos. La delegación del Reino Unido pidió que se estudiaran atentamente los problemas que pudieran plantearse a este respecto y se consultara a los puntos de contacto para conocer sus necesidades de distribución.

INFORME SOBRE EL ESTADO DE LAS ACEPTACIONES DE NORMAS DEL CODEX DE LIMITES MAXIMOS DEL CODEX PARA LOS RESIDUOS DE PLAGUICIDAS Y MEDIDAS ADOPTADAS POR LOS ESTADOS MIEMBROS PARA SU APLICACION (Tema 6 del programa)

15. La Comisión tuvo ante sí el documento ALINORM 89/3, que contiene la información sobre las respuestas recibidas desde la celebración del 17o período de sesiones hasta poco antes del actual período de sesiones de la Comisión. Se señaló que este documento se basaba en respuestas recibidas de Argentina, Brasil, Bulgaria, Canadá, Cuba, Estados Unidos de América, Finlandia, Irán, Madagascar, Malasia, Nueva Zelandia, Portugal, Suiza y Tailandia. Se informó a la Comisión de que Cuba había notificado su aceptación completa de cuatro normas del Codex y de la libre circulación de otras normas del Codex.

16. La delegación de Argentina declaró que en su país se habían examinado y aplicado varias normas del Codex, a saber, las normas para azúcares, productos cárnicos elaborados, pescado y productos pesqueros, etiquetado, cacao, zumos (jugos) de frutas, grasas y aceites, y métodos de análisis y toma de muestras. Se habían adoptado también en su país varios códigos internacionales recomendados de prácticas higiénicas y/o tecnológicas.

17. La delegación de Tailandia declaró que las normas del Codex servían de orientación para su industria alimentaria y que había aceptado, con exepciones especificadas, la Norma General para Alimentos Irradiados. En su país se aplicaban también los códigos de prácticas de higiene recomendados.

18. La delegación del Brasil declaró que en su país se estaban estudiando las normas del Codex. Se había otorgado la aceptación limitada a 23 normas del Codex y la aceptación completa a 28 normas del Codex. La delegación declaró que se habían aceptado también 40 límites máximos del Codex para residuos de plaguicidas. Se aplicaban asimismo los códigos para el pescado en conserva y el pescado congelado.

19. La delegación de Suiza declaró que la lista de aceptaciones de su país, citada en el documento ALINORM 89/5, debería ser examinada en el contexto del punto 4. B del Manual de Procedimiento, que prevé la libre distribución de productos en la jurisdicción territorial del país.

20. La delegación del Irán proporcionó detalles de la situación de muchas normas del Codex y de niveles propuestos para la contaminación de alimentos por radionucleidos. La delegación señaló también que se estaban examinando las recomendaciones para los niveles máximos de residuos de medicamentos veterinarios.

21. La Comisión expresó su aprecio por la información proporcionada y subrayó que los países deben continuar considerando favorablemente la notificación, a la Secretaría, de que a los productos que se ajustaran a las normas del Codex se otorgaría la autorización de libre entrada y distribución en sus jurisdicciones territoriales. Si ello presentaba problemas, la Secretaría abordaría la cuestión en las reuniones de las secretarías conjuntas con los grupos económicos, tales como la CEE y el Consejo de Asistencia Económica (CAEM), y seguiría trabajando para lograr que las normas del Codex fueran aceptadas por los países.

INFORME SOBRE LA SITUACION FINANCIERA DEL PROGRAMA CONJUNTO FAO/OMS SOBRE NORMAS ALIMENTARIAS PARA 1988/89 Y 1990/91 (Tema 7 del programa)

22. La Comisión recibió un informe acerca de los presupuestos del Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias relativos a los bienios 1986/87, 1988/89 y 1990/91 (ALINORM 89/6 y párrs. 3–6 de ALINORM 1989/4).

23. Al presentar el informe, el Jefe del Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias indicó que el presupuesto del Codex seguía manteniéndose dentro de los límites de un “crecimiento cero”, aunque la FAO había proporcionado una pequeña cantidad suplementaria (10 000 dólares EE. UU.) para cubrir, en el bienio 1990/91, el costo de nuevos servicios de computerización. Durante el bienio 1986/87 las fluctuaciones imprevistas de los tipos de cambio entre la lira italiana y el dólar de los Estados Unidos de América había creado problemas presupuestarios, pero el déficit resultante de 250 000 dólares EE.UU. se pagó con una aportación extraordinaria de la FAO. Sin embargo, el presupuesto para 1988/89 permitiría al Programa proceder satisfactoriamente durante el bienio. Por otra parte, una vigilancia más estrecha de los costos de documentación e impresión del Codex permitirían que se publicaran todas las normas del Codex y otros textos definitivos aplazados desde 1986/87.

24. Las disposiciones para la distribución de costos entre la FAO y la OMS no se habían modificado y todavía reflejaban una contribución al presupuesto del Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias del 75 por ciento por parte de la FAO y del 25 por ciento por parte de la OMS. Sin embargo, debido a los gastos adicionales realizados por la FAO en materia de documentos y servicios contractuales, la distribución real de los costos totales del Codex se situaba a un nivel del 83 por ciento por parte de la FAO y del 17 por ciento en el caso de la OMS. Algunos de los países que asistieron a la reunión del Consejo de la FAO de junio de 1989 habían opinado que la contribución de la FAO era excesiva y solicitaron una distribución más equitativa de los costos del Codex.

25. La Comisión tomó nota de los presupuestos del Programa para 1988/89 y 1990/91 y señaló también el elevado costo de la documentación. Manifestó su aprecio a la FAO por su decidido apoyo financiero al Programa, y a la Secretaría por sus esfuerzos para llevar a cabo las tareas de la Comisión dentro de los límites marcados por las asignaciones presupuestarias disponibles. La Comisión esperaba con gran interés la publicación de la versión revisada del Codex Alimentarius e instó a los presidentes de los comités del Codex a que economizaran en los gastos de publicación de informes, circulares y otros documentos, con el fin de disponer de más recursos para la publicación de los textos definitivos.

INFORME SOBRE LAS ACTIVIDADES EMPRENDIDAS EN EL MARCO DE LA FAO Y LA OMS QUE ATANEN A LA LABOR DE LA COMISION (Tema 8 del programa)

26. La Comisión tuvo ante sí el documento ALINORM 89/7 en el que se informa muy extensamente sobre las actividades conjuntas de la FAO y la OMS, y sobre las actividades de la FAO y de la OMS separadamente.

INFORME DE LAS ACTIVIDADES CONJUNTAS FAO/OMS

Reunión Conjunta sobre Residuos de Plaguicidas (JMPR)

27. Desde el 17o período de sesiones de la Comisión de Codex Alimentarius, se han celebrado, en septiembre de 1987 y de 1988, dos Reuniones Conjuntas FAO/OMS sobre Residuos de Plaguicidas. En 1987 se incluyeron en el orden del día 45 plaguicidas para su evaluación toxicológica y/o el establecimiento de límites máximos para residuos en diversos productos, y en 1988 se evaluaron 42 plaguicidas. La FAO y los Estados Miembros de la OMS utilizan las recomendaciones de la JMPR para establecer reglamentos nacionales, mientras que el Comité del Codex sobre Residuos de Plaguicidas lo hace para establecer los LMR del Codex.

Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios (JECFA)

28. El Cosecretario por parte de la FAO informó a la Comisión de que, desde el último período de sesiones de la Comisión, se habían celebrado tres reuniones del Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios (JECFA). Esas reuniones fueron las siguientes:

29. En las dos reuniones dedicadas a los aditivos alimentarios (33a y 35a) se evaluaron en total 34 sustancias, entre las que figuraban antioxidantes, colores alimentarios, emulsionantes, aromatizantes y otros aditivos diversos, incluidos los disolventes y los coadyuvantes de elaboración. En esas reuniones se evaluaron también nueve contaminantes de los alimentos, entre los que figuraban metales, un plastificante, una micotoxina (patulina) y dos contaminantes del medio ambiente (metil mercurio y bifenilos policlorados). Además, se revisaron especificaciones de pureza e identidad relativos a 18 aditivos alimentarios.

30. Se hizo saber a la Comisión que la 34a reunión del JECFA estuvo exclusivamente dedicada a la evaluación de la inocuidad de residuos de medicamentos veterinarios en los alimentos. Fue la segunda reunión de este tipo y en total se examinaron diez sustancias medicamentosas, entre ellas cuatro nitroimidazoles, un antihelmíntico, dos sulfonamidas, un estimulante del crecimiento (acetato de trembolona) y dos tripanocidas. No pudieroon fijarse ingestas diarias admisibles IDA) más que para cuatro sustancias medicamentosas, para tres de las cuales se recomendó un nivel máximo de residuos (NMR). No hubo información suficiente para establecer un NMR para la cuarta sustancia, a la que se había asignado una IDA.

31. Se puso en conocimiento de la Comisión que muchas de las dificultades suscitadas por la evaluación de la inocuidad de los residuos de medicamentos veterinarios se debían a la necesidad de caracterizar y determinar la biodisponibilidad de los llamados “residuos ligados”, que son residuos no extraibles de importancia toxicológica variable.

32. Se indicó a la Comisión que, aparte de los informes ordinarios del JECFA, había aparecido recientemente otra publicación, fruto de una reunión de este Comité. Se trataba del Estudio FAO: Alimentación y Nutrición, número 45, sobre la exposición al plomo de lactantes y niños, que inicialmente se había preparado como documento de trabajo para la 30a reunión del JECFA, pero que después se consideró que tenía suficiente interés e importancia para merecer su publicación por separado.

33. Se indicó a la Comisión que la FAO estaba refundiendo todas las especificaciones vigentes del JEFA en un solo volumen. Este trabajo se estaba llevando a cabo con la colaboración de la Asociación Japonesa sobre Aditivos Alimentarios, que había facilitado los servicios de un experto en aditivos alimentarios encargado de revisar, corregir y preparar el volumen refundido. Esta labor incluiría también la puesta al día del vigente sistema de datos FAO/OMS sobre aditivos alimentarios. La Secretaría del JECFA llevaba un registro de las correcciones propuestas en anteriores reuniones del CCFAC, las cuales se incorporarían al texto definitivo del volumen refundido. No se había llegado aún a una decisión conclusiva sobre si este volumen refundido se editaría encuadernado o en formato de hojas sueltas.

34. Se hizo saber asimismo a la Comisión que la FAO estaba actualizando y revisando la Guía de Especificaciones del JECFA (Estudios FAO: Alimentación y Nutrición, número 5), que se había revisado por última vez en 1983.

35. Por último, se comunicó a la Comisión que para el año 1990 se habían previsto dos reuniones del JECFA: la 36a reunión, sobre residuos de medicamentos veterinarios en los alimentos, convocada en principio para celebrarse en Roma en febrero de 1990, y la 37a reunión, sobre aditivos alimentarios, que habrá de celebrarse en Ginebra en junio de 1990.

Programa Conjunto FAO/OMS de vigilancia de la contaminación de Alimentos

36. El Programa Conjunto FAO/OMS de Vigilancia de la contaminación de alimentos fue establecido en aplicación del Sistema Mundial de Vigilancia el Medio Ambiente (SIMUVIMA), del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, coon objeto de coordinar y estimular las actividades a nivel nacional, regional y mundial, para la pronta detección y control de la contaminación del medio ambiente. En el documento ALINORM 89/7 se describen las actividades de este programa. Se informó a la Comisión acerca de los trabajos de vigilancia de los niveles de determinados plaguicidas, bifenilos policlorados, metales pesados y aflatoxinas. Se tomó nota, en particular, de que los datos recogidos en ejecución del Programa estaban a disposición de los órganos auxiliares de la Comisión, para que los pudiesen utilizar al fijar los niveles máximos de contaminantes en las normas para productos. Se informó a la Comisión acerca de la valiosa asistencia prestada por los gobiernos de Suecia y del Reino Unido y por el Centro Internacional de Investigaciones sobre el Cáncer (CII), de la OMS, con sede en Lyon, Francia, en relación con el apoyo a las actividades de inspección de la calidad de los laboratorios, emprendidas en el marco del programa. Se subrayó que los resultados de los estudios de este tipo efectuados hasta la fecha revelaban la existencia de grandes diferencias entre laboratorios en lo que se refiere a su capacidad de análisis. A raíz de ello, se estaba proporcionando capacitación y otras formas de asistencia, con el fin de mejorar la calidad de los datos. Se comunicó a la Comisión que en julio de 1989 se celebraría una reunión conjunta de examen FAO/OMS/PNUD con objeto de examinar el Programa Conjunto y determiniar cuál sería su futura función. La Comisión recomendó que se comunicara a esta reunión de examen la preocupación manifestada por la Comisión acerca de la calidad de los datos generados por el Programa Conjunto y que se tomaran medidas urgentes con arreglo al Programa para mejorar la calidad de los datos transmitidos por los países.

Segunda Conferencia internacional Mixta FAO/OMS/PNUMA sobre Micotoxinas, Bangkok, Tailandia, 28 de septiembre - 2 de octubre de 1987

37. Se informó a la comisión acerca de los resultados de la Segunda Conferencia Internacional Mixta FAO/OMS/PNUMA sobre micotoxinas y sobre las recomendaciones formulada en ella. La Conferencia aprobó, especialmente, la labor del Codex Alimentarius encaminada a la armonización internacional de los criterios para adoptar medidas de reglamentación a efectos de control. La Conferencia adoptó 16 recomendaciones específicas sobre prevención de la formación de mcotoxinas, vigilancia y control de la contaminación por micotoxinas, capacitación, información e investigación. El informe de la Conferencia había sido ampliamente distribuido entre los países y proporcionaba a los encargados de formular las políticas una base para tomar decisiones respecto al control de las micotoxinas presentes en los alimentos.

Seminarios regionales mixtos FAO/OMS

38. Se informó a la Comisión sobre la celebración en Indonesia, Egipto, Costa Rica y México de seminarios regionales mixtos FAO/OMS en los cuales se examinaron las cuestiones de la inocuidad de los alimentos, el control de la exportación e importación de estos productos y la legislación y la normalización alimentarias.

Consulta Mixta FAO/OMS de Expertos sobre dosis recomendadas de nutrientes para fines de etiquetado de los alimentos

39. Se hizo saber a la Comisión que esta Consulta se había organizado en respuesta a la petición hecha a la Comisión en su 17o período de sesiones. La reunión tuvo lugar en Helsinki, Finlandia, en septiembre de 1988, gracias al apoyo prestado por el Ministerio de Comercio e Industria de Finlandia. La Consulta examinó las vigentes ingestas recomendadas de nutrientes, establecidas a nivel nacional e internacional y analizó los datos disponibles sobre IDR/DDR (ingesta diarias recomendadas y dosis diarias recomendadas), así como las DDR de referencia establecidas en las Directrices del Codex sobre Etiquetado Nutricional. La Consulta recomendó que se utilizaran “valores de referencia de nutrientes” en el etiquetado nutricional para indicar claramente al consumidor que las referencias sirven sólo como norma de comparación del contenido de nutrientes de los alimentos y no hacen referencia a las necesidades individuales de nutrientes. La Consulta estableció luego una lista de 15 nutrientes, con sus respectivos valores de referencia de nutrientes. El informe de la Consulta se había publicado y presentado al Comité del Codex sobre Nutrición y Alimentos para Regímenes Especiales, en su 16a reunión, y también al Comité del Codex sobre Etiquetado de los Alimentos, en su 20a reunión.

40. La Comisión expresó su aprecio y apoyó a la FAO y a la OMS por los esfuerzos que conjuntamente habían hecho estas organizaciones en apoyo de las actividades nacionales de control de los alimentos. La Comisión tomó nota con vivo interés de las actividades conjuntas emprendidas por las dos organizaciones y les pidió que la mantuvieran plenamente informada al respecto.

Conferencia Internacional Mixta FAO/OIEA/OMS/CCI (UNCTAD/GATT) sobre Aceptación, Control y Comercio de Alimentos Irradiados, Ginebra, 12–16 de diciembre de 1988

41. Se puso en conocimiento de la Comisión que las actas de esta Conferencia habían sido publicadas por el OIEA, en nombre de todas las organizaciones patrocinadoras, en junio de 1989. En las actas figuraban: i) las alocuciones inaugurales hechas por los directores ejecutivos de las cuatro organizaciones patrocinadoras, o en su nombre; ii) las declaraciones inaugurales pronunciadas por el Presidente de la Comisión del Codex Alimentarius y por el Presidente del Grupo Consultivo Internacional sobre Irradiación de Alimentos; iii) los principales documentos presentados a la Conferencia, acompañados de los debates que siguieron a su presentación; iv) el documento final y básico de la Conferencia, sobre Irradiación de Alimentos, en versiones española, francesa, inglesa y rusa; y v) la lista de participantes.

42. Por otra parte, se informó a la Comisión de que la OMS, por medio de una circular (CL 13/1989) del 30 de junio de 1989, había distribuido a sus Estados Miembros un documento en el que figuraban las cuestiones suscitadas por la Organización Internacional de Asociaciones de Consumidores (IOCU) acerca de la inocuidad de los alimentos irradiados, junto con una documentada respuesta de la OMS acerca de estos problemas (documento No WHO/EHE/FOS/89.1).

43. La Comisión pidió a la OMS que distribuyera este documento a todos los puntos de contacto del Codex.

INFORME DE LAS ACTIVIDADES DE LA FAO

44. Se informó a la Comisión acerca de las actividades específicas relativas a la cooperación con los gobiernos miembros, en particular los de países en desarrollo, que se describen en detalle en la Parte B de ALINORM 89/7 y que habían sido realizadas por el Grupo de Calidad de los Alimentos y Protección del Consumidor del Servicio de Calidad y Normas Alimentarias de la FAO.

Asistencia a los países en desarrollo en el sector del control de los alimentos

Seguía atribuyéndose elevada prioridad a esta actividad, incluida la promoción de sistemas nacionales coherentes de control de calidad de los alimentos y la organización de seminarios sobre estrategia nacional de control de los alimentos. Se estaba prestando cada vez mayor atención a los programas relacionados con la certificación de las exportaciones e importaciones de productos alimenticios y agrícolas, recomendando la aplicación de normas del Codex siempre que fuera posible.

Estudios sobre contaminación de los alimentos y capacitación en control de la contaminación de los alimentos.

Se llevaron a cabo estas actividades en el marco de los esfuerzos generales por reforzar los sistemas de control de los alimentos en los países en desarrollo. Se emprendieron también actividades en el marco del Programa FAO/OMS de Vigilancia de la Contaminación de los Alimentos. Las actividades regionales se habían complementado con actividades adicionales en determinados países en desarrollo.

Capacitación.

Seguía atribuyéndose elevada prioridad a esta actividad. Se había establecido una red regional de centros de capacitación en la Región de Asia para reforzar diversos laboratorios y actividades de inspección en relación con los alimentos. Se había planificado para el futuro inmediato el establecimiento de una red análoga de centros de capacitación en América Latina. Se citó a los países del Canadá, la República Federal de Alemania, los Países Bajos, Suecia y los Estados Unidos de América por su excelente cooperación y asistencia en proporcionar capacitación a personas que participaban en los proyectos de la FAO.

Laboratorios de control de los alimentos.

Se había prestado asistencia en varios países a estos laboratorios para reforzar sus capacidades y programas nacionales en este sector. A fines de 1988 se celebró en Bangkok un seminario regional para Asia sobre gestión de laboratorios.

Venta de alimentos en las calles.

La FAO había continuado prestando apoyo a estas actividades para determinar los tipos y niveles de contaminantes observados en los alimentos vendidos en las calles, que para la población de algunos países constituían una importante fuente de ingestión de alimentos. Se estaban emprendiendo actividades para mejorar las condiciones en que se vendían estos alimentos. Los problemas parecían más bien nacionales que internacionales. Se habían celebrado seminarios regionales para coordinar las actividades en el ámbito regional. A finales de 1988 se había celebrado en Indonesia la Consulta de Expertos sobre Venta de Alimentos en las Calles, y se había distribuido a los delegados de la Comisión el informe correspondiente. Se tenía previsto realizar actividades de seguimiento para mejorar la calidad e inocuidad de este tipo de alimentos.

45. Las delegaciones de la India e Indonesia expresaron su apoyo por las actividades de capacitación realizadas por la FAO en el marco de la red regional de centros de capacitación para el control de los alimentos. También la delegación de China expresó su aprecio a la FAO por las actividades de capacitación ofrecidas, y acogió con satisfacción la posibilidad de que la FAO y otros organismos internacionales esteblecieran nuevos centros de capacitación. Esta misma delegación subrayó la importancia de la capacitación en el sector de la imspección de los productos alimenticios importados y exportados.

Radionucleidos

46. Se informó a la Comisión acerca de programas regionales de capacitación para el análisis de los alimentos en relación con la contaminación por radionucleidos. A comienzos de 1989 se había celebrado un seminario regional para Asia, y se tenía previsto emprender programas análogos a finales de 1989 en Kuwait, para los países del Medio Oriente, en 1990 en México para países de América Latina, y en Ghana para países de Africa.

Micotoxinas

47. Como seguimiento de la segunda Conferencia Internacional sobre Micotoxinas se habían celebrado en Malawi y Trinidad seminarios subregionales de capacitación en análisis de aflatoxinas. Se tenía previsto celebrar un seminario análogo a finales de 1989 en los países francófonos de Africa. Se informó a la Comisión acerca del establecimiento de una red de instituciones de capacitación aprovechando los institutos que ya se ocupaban en Asia del control de las micotoxinas. El proyecto FAO/PNUMA/PNUMACOM se tenía previsto comenzar a mediados del 1990 y a tal fin se utilizarían entros de capacitación en la India, Filipinas, Tailandia y la URSS. El proyecto centraría sus actividades en el sector de la toma de muestras y análisis de aflatoxinas, en proporcionar asesoramiento y orientaciones para la prevención de micotoxinas, y en la metodología analítica para las micotoxinas distintas de las aflatoxinas.

Código Internacional de Conducta para la Distribución y Utilización de plaguicidas

48. Se informó a la Comisión acerca de la labor de la FAO en promover la aplicación del Código Internacional de Conducta para la Distribución y Utilización de Plaguicidas y, e particular, la disposición relativa al principio de información y consentimiento previos, para cuya aplicación se estaba trabajando activamente. Se estaba difundiendo ampliamente el Código y organizando seminarios regionales y subregionales para armonizar posibles requisitos de registro.

Control de las exportaciones

49. Se informó a la Comisión acerca de la asistencia que se estaba proporcionando para mejorar los programas nacionales de exportación de alimentos. Se estaban celebrando seminarios en Asia, Africa y América Latina para examinar programas relacionados con la exportación de alimentos. Además, finlandia había proporcionado fondos a la FAO para que prestara asistencia en la realización de un estudio mundial de problemas relacionados con las importaciones de alimentos. Se tenía previsto celebrar a finales de 1990, en la sede de la FAO en Roma, una reunión internacional sobre problemas relacionados con la exportación e importación de alimentos, para armonizar las actividades nacionales en este sector.

Publicaciones

50. Se informó a la Comisión respecto de las publicaciones recientes de la FAO, en particular, de un manual sobre toma de muestras de alimentos, el informe de la Consulta de Expertos de 1988 sobre la Venta de Alimentos en Las Calles y el Manual sobre Gestión de Programas de Control de los Alimentos preparados en el marco de la red de proyectos regionales de centros de capacitación para inspectores de alimentos en Asia. Se hizo saber a la Comisión que se estaba procediendo a la realización de los trabajos sobre la preparación del Manual sobre Garantías de Calidad para Laboratorios de Control de los Alimentos, cuya publicación estaba prevista para mediados de 1990.

ACTIVIDADES DE LA OMS

51. Se informó a la Comisión de que las actividades de la OMS incluidas en ALINORM 89/7 se referirían únicamente a las actividades mundiales o interregionales y no a las regionales y por países, que eran responsabilidad de las seis Oficinas Regionales de la OMS. El personal regional responsable informaría a los comités Coordinadores Regionales sobre las actividades regionales y las actividades por países.

52. En lo referente a la educación sanitaria en inocuidad de los alimentos, se informó a la Comisión de que, en 1990, se convocaría en Amman, Jordania, un seminario interregional sobre este tema para países musulmanes de Africa y Asia.

53. También se informó a la Comisión de que el informe acerca de la Consulta OMS sobre Vigilancia Sanitaria del Personal Encargado de la Manipulación de Alimentos estaría ultimado dentro de uno o dos meses y sería publicado en la Serie de Informes Técnicos de la OMS. En esta consulta se llegó a la conclusión de que los exámenes periódicos, médicos y de laboratorio, resultaban muy costosos y eran ineficaces para la prevención de la contaminación de los alimentos y, por consiguiente, de las enfermedades transmitidas por ellos, por lo que se aconsejaba a los gobiernos y a la industria que abandonaran esta práctica. Se recomendó en cambio la adopción de medidas más rentables, como la educación sanitaria, la comunicación espontánea, por parte del personal, de las enfermedades que contraigan, la aplicación de los HACCP y el fortalecimiento de la vigilancia de las enfermedades transmitidas por los alimentos. Dado que estas recomendaciones tendrían consecuencias para varios códigos de prácticas de higiene del Codex, se informaría exhaustivamente al Comité del Codex sobre Higiene de los Alimentos acerca del resultado de esta Consulta.

54. En lo referente al intercambio de información sobre medicamentos, se pidió a los participantes que informaran al Programa Farmacéutico de la OMS sobre las decisiones reglamentarias que se adoptaran a nivel nacional relativas a la inocuidad y eficacia de los medicamentos veterinarios, así como otras informaciones pertinentes, que se publicarían ulteriormente en el Pharmaceuticals Newsletter de la OMS y/o en otras publicaciones pertinentes de esa Organización que se distribuían periódicamente a las autoridades sanitarias de sus Estados Miembros.

Actividades del Grupo Consultivo Internacional Mixto FAO/OIEA/OMS sobre Irradiación de los Alimentos (ICGFI)

55. Se informó a la Comisión de que la Consulta del ICGFI sobre criterios microbiológicos para los alimentos que han de ser irradiados había recomendado directrices microbiológicas para varios productos alimmenticios como indicadores de buenas prácticas de fabricación (BPF), independientemente de que esos alimentos se sometieran al proceso de irradiación o se elaboraran de cualquier otro modo. El informe de esta Consulta podría obtenerse de la OMS más adelante durante el año y el Comité del Codex sobre Higiene de los Alimentos recibiría también un informe extenso.

56. La Comisión felicitó a la FAO y a la OMS por sus esfuerzos para fortalecer las infraestructuras nacionales de control de los alimentos, sin olvidar la importancia concedida a la capacitación, y pidió se siguiera concediendo especial prioridad a esta tarea.

INFORME SOBRE LAS ACTIVIDADES DE OTRAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES (Tema 9 del programa)

57. La Comisión examinó el documento ALINORM 89/8, en el que figura un resumen de las actividades de la Organización Internacional de Normalización (ISO) y de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa (CEPE).

Actividades de la ISO de interés para la Comisión

58. El Representante de la Organización Internacional de Normalización (ISO) señaló a la atención de la Comisión la Sessión II del documento ALINORM 89/8, donde figura un breve resumen de las actividades del comité técnico ISO/T 34 “Agricultural Food Products” y aludió a la cooperación existente entre los subcomités del ISO/TC 34 y la Comisión del Codex Alimentarius. El citado representante recordó a la Comisión que la política adoptada por la ISO en materia de productos agrícolas había sido reconocida por la Comisión como base para su cooperación con la ISO.

59. La Comisión tomó nota de que la secretaría central de la ISO había publicado, en respuesta a las peticiones enviadas por sus organismos miembros y por organizaciones internacionales, una lista selectiva de normas de la ISO sobre tecnología alimentaria. Esta lista, publicada en francés y en inglés, incluye los números de referencia y los títulos de unas 450 normas de la ISO aplicables a diversas cuestiones, tales como la terminología, los métodos de análisis y de toma de muestras, y, en algunos casos, también las especificaciones.

Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa (CEPE)

60. El observador de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa (CEPE) señaló a la atención de la Comisión la labor llevada a cabo recientemente por el Grupo de Expertos sobre Coordinación de la Normalización de Frutas y Hortalizas Frescas con miras a armonizar sus normas con la estructura revisada para las normas de la CEPE, y la participación activa de este grupo en el examen a fondo de diversos aspectos de la labor del Comité del Codex sobre Frutas y Hortalizas Tropicales Frescas, así como también el hecho de haber transmitido a los Comités del Codex las opiniones pertinentes formuladas al respecto. Llamó, por otra parte, la atención de la Comisión sobre el establecimiento del nuevo Grupo de Expertos sobre Normalización de la Carne de Porcino y Bovino, que ha de empezar sus tareas en 1990 con el fin de armonizar las normas nacionales para canales de porcino y para los cortes de carne de cerdo y hacer luego extensiva esta labor a la carne de bovino.

61. Muchas delegaciones manifestaron su preocupación por la repetición inútil de trabajos sobre normalización de los alimentos por la CEPE y citaron como ejemplos las actividades relativas a las frutas y hortalizas tropicales y la armonización de normas nacionales aplicables a las canales de porcino y a los cortes de carne de cerdo. La Comisión opinó que había que evitar la duplicación de trabajos sobre normas alimentarias por los órganos regionales. La Secretaría informó a la Comisión acerca de las medidas que estaba adoptando para evitar la duplicación de tareas y citó como ejemplo los esfuerzos por ella desplegados para suscitar observaciones de todos los puntos de contacto del Codex sobre el proyecto de norma para los mangos elaborada por la OCDE.

62. La delegación de Tanzanía señaló la cuestión de la labor de la Organización Internacional de Normalización, que había considerado la conveniencia de establecer normas comerciales para la nuez de anacardo e hizo observar que en la actualidad la CEPE estaba realizando una tarea semejante. A juicio de esta delegación, la actitud de la CEPE, que sólo cuenta con un número muy limitado de países miembros en Europa, podría resultar desleal con respecto a muchos países en desarrollo que tienen un gran interés por la producción de nueces de anacardo.

Centro Internacional de Comercio (CCI/UNCTAD/GATT)

63. El Representante del Centro de Comercio Internacional informó brevemente acerca de la labor de dicho Centro. La Comisión tomó nota de que el Centro de Comercio Internacional no era un órgano de normalización de alimentos, pero que secundaba los trabajos de normalización de estos productos al cooperar con diferentes órganos que se ocupaban de la normalización de alimentos, de la difusión de informaciones sobre normas alimentarias y la realización de campañas destinadas a despertar el interés de los países por la necesidad de esta forma de normalización. Asimismo tomó nota de que el Centro había creado un sistema de inspección de la calidad de los alimentos.

Comité Europeo de Normalización (CEN)

64. La delegación de Noruega señaló a la Comisión los trabajos de elaboración de normas para los zumos de fruta que estaba realizando el Comité Europeo de Normalización (CEN). El observador de la CEE declaró que las normas sobre zumos de fruta originalmente previstas por el Comité Europeo de Normalización abarcaban i) las normas de identidad y ii) los métodos de análisis. No obstante, el CEN había decidido desde entonces no proseguir sus trabajos sobre las normas de identidad. El citado observador opinó que no debería haber incompatibilidad entre las actividades de la CEE, el CEN y el Grupo CEPE/Codex de Expertos en Zumos (jugos) de Frutas. Estimó asimismo que no había motivo de alarma con respecto a las actividades de normalización de zumos de fruta emprendidas por el CEN.

INFORME SOBRE LA APLICACION DEL CODIGO DE ETICA PARA EL COMERCIO INTERNACIONAL DE ALIMENTOS (Tema 10 del programa)

65. La Secretaría presentó el documento ALINORM 89/9 que contenía un informe resumido de las declaraciones hechas por los gobiernos en relación en relación con la aplicación del Código de Etica para el Comercio Internacional de Alimentos (CAC/RCP 20-1979 - Rev. 1, 1985) tanto en los anteriores períodos de sesiones de la Comisión como en las reuniones de los Comités Coordinadores.

66. La Comisión señaló que la Secretaría se estaba ocupando activamente de la promoción del Código de Etica. Se habían enviado varias comunicaciones a los Estados Miembros de la FAO y la OMS durante los últimos pocos años pasados siendo la última de ellas la comunicación G/CX 2, de marzo de 1988, en la que se instaba a que el Código fuera aplicado por los gobiernos, especialmente los gobiernos de países exportadores, y por todos quienes se ocupaban del comercio internacional de alimentos.

67. La delegación de los Estados Unidos de América informó a la Comisión de su decidido apoyo a los principios contenidos en el Código de Etica para el Comercio Internacional de Alimentos y de que había instado a otros países para que aceptaran el Código.

68. La delegación de Hungría afirmó que la Ley Alimentaria vigente en su país cumplía con todos los principios y requisitos del Código de Etica y que no existían en este último cláusulas que pudieran causar problemas al comercio. De acuerdo con las propuestas del Grupo de Expertos que revisó la Ley Alimentaria de Hungría, todos los Ministerios interesados se habían mostrado dispuestos a aceptar el Código de Etica para el Comercio Internacional de Alimentos. La Comisión señaló que muy pronto se enviaría una comunicación oficial en este sentido.

69. La delegación de la India reconoció la importancia del Código de Etica para mantener la calidad de los alimentos objeto de comercio internacional y para establecer buenas relaciones comerciales entre todos los países participantes. Utilizando como base el Código de Etica para el Comercio Internacional de Alimentos, el sector industrial de la India había elaborado un código nacional para la vigilancia del comercio de alimentos dentro del país, que contribuiría en gran medida no sólo a mejorar el comercio de alimentos, sino también los aspectos éticos que intervienen en la producción y comercialización de alimentos de calidad.

70. La delegación de Argelia afirmó que los principios contenidos en el Código de Etica se habían tenido en cuenta en la Ley argelina de 1989 sobre reglamentación general relativa a la protección de los consumidores y en los textos relacionados con su aplicación. En su opinión ese código significaba tan sólo una obligación moral para los países que lo adoptaban y no garantizaba la calidad de los alimentos objeto de comercio. Esa garantía podía únicamente proporcionarla el fortalecimiento de la legislación nacional y de los sistemas de inspección de los alimentos. La delegación expresó el deseo de que en todas las normas del Codex para productos se incluyeran los siguientes aspectos en un único documento: i) los requisitos en cuanto a la composición: ii) la lista de defectos; iii) los posibles adulterantes; iv) el método de inspección (puntos críticos que se hayan de comprobar); v) los métodos de toma de muestras y vi) los métodos de análisis. Esto podría utilizarse como referencia de fácil empleo y resultaría útil para muchos países en desarrollo.

71. La delegación de Suiza hizo también hincapié en la necesidad de establecer en todos los países una infraestructura para la vigilancia del Código de Etica para el Comercio Internacional de Alimentos.

72. La Comisión señaló la importancia del Código de Etica para el comercio de exportación e importación y subrayó la necesidad de que todos los países establezcan la infraestructura necesaria para la vigilancia del Código. Pidió también a la Secretaría que siguiera de cerca la aplicación del Código y en su próximo período de sesiones informara de los progresos que se hicieran al respecto.

RELACIONES CON EL GATT Y SU COMITE DE OBSTACULOS TECNICOS AL COMERCIO Y EL GRUPO DE NEGOCIACION SOBRE AGRICULTURA (Tema 11 del programa)

73. La Secretaría presentó el documento ALINORM 89/10, sobre las relaciones con el GATT y su Comité de Obstáculos Técnicos al Comercio (Parte A) y el Grupo de Negociación sobre Agricultura (Parte B). La Comisión acogió con agrado la participación, en sus deliberaciones, de representantes de la División de Agricultura del GATT y de la División de Obstáculos Técnicos al Comercio.

74. La Comisión señaló que en el documento de trabajo se resumía la situación actual de las relaciones entre la Comisión y el GATT, y se incluían los debates sostenidos sobre esta cuestión durante la novena reunión del Comité del Codex sobre Principios Generales (párrs. 18–30 de ALINORM 89/33). La Comisión señaló también las deliberaciones relativas a esta cuestión que tuvieron lugar durante la 36a reunión del Comité Ejecutivo (párrs 25–29 de ALINORM 89/4).

75. La Secretaría informó a la Comisión acerca de su asistencia, en septiembre de 1988 y en mayo de 1989, a las reuniones del Comité del GATT de Obstáculos Técnicos al Comercio, así como a la reunión, en noviembre de 1988, del Grupo de Trabajo sobre Reglamentaciones y Barreras Sanitarias y Fitosanitarias, del Grupo de Negociación sobre Agricultura, en el marco de la Ronda Uruguay, donde se presentó información relativa a las actividades generales del- Codex, incluidos los informes sobre la actual cooperación GATT/Codex. Al presentar la información al Comité de Obstáculos Técnicos al Comercio, el observador de la Secretaría del Codex había subrayado la importancia de evitar la duplicación de esfuerzos con respecto a las actividades del Comité y había señalado que seguirían aplicándose los procedimientos establecidos para el intercambio de notificaciones, con objeto de mantener informados a los puntos de contacto nacionales del Codex y a los miembros del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio acerca de las actividades de normalización emprendidas en el marco del Codex y a nivel nacional. Tras la presentación del documento ALINORM 89/10 al Comité, en su reunión del 16 de junio de 1989, la delegación de la Comunidad Económica Europea había declarado que era preciso examinar más a fondo este documento y que, por tanto, esa delegación reservaba su posición al respecto.

76. La Secretaría también informó a la Comisión de las actividades del GATT, que había ratificado la armonización de las reglamentaciones nacionales sanitarias y fitosanitarias como objetivo a largo plazo mediante un programa de trabajo que comprendía siete objetivos (Anexo III de ALINORM 89/10).

La Secretaría señaló de manera especial el objetivo número 2, que se propone asegurar que las medidas adoptadas a fin de proteger la vida o la salud humana, animal o vegetal se basen en conocimientos científicos sólidos y en principios apropiados de equivalencia, así como el objetivo número 6, relativo a la necesidad de asistencia técnica de los países en desarrollo en relación con las medidas sanitarias y fitosanitarias. Se informó a la Comisión de que las medidas para la consecución de estos objetivos, no obstante estar ratificadas en principio, estaban sujetas todavía a la evolución de los acontecimientos en el seno del GATT.

77. La Secretaría aseguró a la Comisión que, en el futuro, continuarían asistiendo a las reuniones respectivas en calidad de observadores, para facilitar el intercambio de información.

78. Los representantes del GATT informaron a la Comisión de que el GATT no era un órgano que estableciera normas, sino que facilitaba el comercio internacional mediante un conjunto de reglamentos y de foros para solucionar diferencias. Se señaló que las negociaciones del GATT en el sector agrícola tenían por objeto reducir las posibilidades de escapatoria en disciplinas que atañian al comercio agrícola, y que se había establecido el Grupo de Trabajo sobre Reglamentaciones y Barreras Sanitarias y Fitosanitarias para reducir el uso de reglamentos sanitarios y fitosanitarios como barreras innecesarias al comercio. Al analizar los siete objetivos del Grupo de Trabajo, se indicó que esos objetivos alentarían a los países miembros del GATT a utilizar normas internacionalmente aceptadas y permitirían al GATT recabar el asesoramiento y la asistencia de expertos de organizaciones internacionales, como el Codex en casos de litigio en el sector agrícola.

79. Se informó también a la Comisión de que el Acuerdo sobre los Obstáculos Técnicos al Comercio, que había entrado en vigor en 1980, había sido suscrito por 38 miembros. Era el único acuerdo intergubernamental que se ocupaba de cuestiones referentes a la prevención de los obstáculos técnicos al comercio.

80. En el Acuerdo se promueve también el uso de normas internacionales por los participantes en él, como base para sus propias normas nacionales y se estimula la participación de los Miembros del Acuerdo en las atividades de normalización internacional. En el Acuerdo se incluyen procedimientos para la difusión de información y notificaciones.

81. El representante del GATT expresó que, en los procedimiento de solución de litigios con arreglo al Acuerdo, se preveían consultas e investigaciones por parte del Comité, así como el establecimiento de un cuadro y/o grupo de expertos técnicos. El Acuerdo contenía asimismo disposiciones que permitían al Comité recurrir a un asesoramiento y asistencia apropiados de órganos y expertos competentes durante dichos procedimientos de solución de litigios. Se indicó, por otra parte, que se estaban realizando negociaciones en el marco de la Ronda Uruguay con objeto de mejorar, aclarar y ampliar el Acuerdo en lo referente a los procedimientos de verificación, inspección y aprobación; la transparencia; las obligaciones de segundo nivel; y los métodos de elaboración y producción.

82. La delegación de los Estados Unidos de América apoyó las cuatro propuestas del Comité del Codex sobre Principios Generales (CCGP), destinadas a mantener y fortalecer las relaciones entre el Codex y el GATT, por estimarlas compatibles con las actuales negociaciones de la Ronda Uruguay acerca de la armonización de las medidas sanitarias y fitosanitarias que se adopten teniendo en cuenta la labor del Codex, la Oficina Internacional de Epizootias y la Convención Internacional de Proteción Fitosanitaria. Las delegaciones de Argentina, Australia, Canadá, Malasia y Nueva Zelandia se declararon también partidarias de la adopción de las cuatro propuestas del CCGP, por entender que podrían contribuir a la eliminación de las barreras sanitarias y fitosanitarias innecesarias al comercio.

83. Se estimó asimismo conveniente recibir el apoyo de los organismos técnicos con miras a eliminar las barreras arbitrarias que se oponen al comercioen el campo de la salud y de la protección de los consumidores, y asimismo se consideró como factor favorable el hecho de una presencia mayor del codex gracias a sus relaciones con el GATT.

84. Las delegaciones de Austria, Bélgica, Canadá, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, India, Irlanda, Japón, Noruega, Países Bajos, Reino Unido, República Federal de Alemania, Singapur, Suecia, Suiza, Tailandia y el observador de la IOCU apoyaron los esfuerzos hechos para reforzar la cooperación y coordinación con el GATT, así como las tres primeras propuestas del CCGP. Se estimó en cambio prematuro apoyar la cuarta propuesta del CCGP, es decir la relativa a la modificación del Manual de Procedimiento del Codex para incluir una referencia al GATT, puesto que aún no se habían determinado definitivamente los objetivos a largo plazo del Grupo de Trabajo del GATT. La delegación de Francia declaró que en el Manual de Procedimiento figuraban ya disposiciones referentes a las relaciones con las organizaciones internacionales y que ello no impedía la colaboración entre el Codex y el GATT. La delegación del Reino Unido apoyada por varias de estas delegaciones pusieron asimismo de manifiesto la importancia y el papel de los consumidores en la elaboración de reglamentos nacionales, si bien las delegaciones de Noruega y España señalaron que de hecho, los intereses de los consumidores eran considerados y tenidos en cuenta por el Codex, los gobiernos nacionales, y lo serían a su vez por el GATT, si éste decidía reconocer la labor del Codex. Se insistió en la importancia de mantener el carácter facultativo y de flexibilidad que ofrecen las normas del Codex como parte integrante de cualquier acuerdo entre el Codex y el GATT. La delegación de Egipto hizo hincapié en que, aparte de los problems de inocuidad, deberían tenerse presentes asimismo la ingestión de alimentos relacionada con la dieta y los hábitos alimentarios de los consumidores, y que mientras el objetivo principal del GATT era mejorar las relaciones comerciales, el de la Comisióon del Codex Alimentarius en el de mejorar la salud pública. La delegación de Suiza recalcó asimismo la importancia de la coordinación entre los delegados nacionales del codex y los representantes nacionales del GATT con miras al proceso de armonización. La delegación de la República Federal de Alemania sugirió que se enviaran a los puntos de contacto del Codex los informes relativos a las deliberaciones pertinentes del GATT, dada la complejidad de los problemas planteados.

85. La Comisión expresó su apoyo respecto a los esfuerzos de cooperación con el GATT, y tomó nota de que los mecanismos de esta relación estaban sujetos a posible evolución. Se subrayó también que la Comisión y el GATT, a través de la participación de los representantes nacionales, tenían siempre en cuenta las preocupaciones del consumidor. La Comisión insistió también en que debía obtenerse la flexibilidad de las normas del Codex, a no ser que fueran cambiadas por la Comisión mediante la revisión de los procedimientos de aceptación o por otros medios. La Secretaría indicó que la información sobre los progresos que se realizaran en relación con las negociaciones del GATT se distribuiría a los puntos de contacto del Codex, y destacó asimismo la importancia de la comunicación entre el GATT y los representantes del Codex.

86. Los representantes del GATT convinieron en estudiar ulteriormente los objetivos del Grupo de Trabajo del GATT y comunicaron que se estaban elaborando los mecanismos de cooperación entre el GATT y el Codex. Aseguraron también a la Comisión que el GATT no emitiría juicios sobre las normas del Codex, ni establecería normas internacionales en ninguna de sus deliberaciones.

87. La Comisión agradeció a los representantes del GATT por su participación en el período de sesiones, y se mostró de acuerdo respecto a la necesidad de evitar la duplicación de actividades con el GATT, a la vez que destacó las finalidades del Codex de fomentar la salud y la proteción de los consumidores y la facilitación del comercio. Se acordó también que se mantendría la flexibilidad de las normas del Codex. La Comisión hizo observar además que la Ronda Uruguay se mostró de acuerdo con los principios y objetivos del Codex, y que la cooperación entre el Codex y el GATT beneficiaría a ambas organizaciones.

88. La Comisión adoptó las siguientes recomendaciones del Comité sobre Principios Generales:

  1. La Comisión debe seguir asegurando que se tomen medidas para evitar una superposición de actividades y armonizar posibles esferas de conflicto entre la Comisión y el Comité del GATT de Obstáculos Técnicos al Comercio.

  2. La Secretaría de la Comisión, en colaboración con la Secretaría del GATT, debería hacer todo lo posible para asegurar que la Secretaría de la Comisión participe en las reuniones del Comité del GATT de Obstáculos Técnicos al Comercio y la Secretaría del GATT en los períodos de sesiones de la comisión cuando en ellas se examinen asuntos de interés común.

  3. Debería examinarse el mecanismo de notificación para el intercambio de información, con objeto de decidir acerca de su posible revisión y utilización por la Comisión del Codex Alimentarius.

89. Por último, acordó que la propuesta de enmendar los Procedimientos de Elaboración para hacer referencia específica al GATT seguirían manteniéndose en examen hasta la próxima reunión del Comité del Codex sobre Principios Generales.

EXAMEN DE LAS PROPUESTAS PARA QUE LA COMISION TOME MEDIDAS EN RELACION CON LA CONTAMINACION DE LOS ALIMENTOS POR RADIONUCLEIDOS (Tema 12 del programa)

90. La Comisión examinó el documento ALINORM 89/11, preparado conjuntamente por la FAO y la OMS en cumplimiento de las recomendaciones de la 21a reunión del comité del Codex sobre Aditivos Alimentarios y Contaminantes de los Alimentos y habida cuenta del documento de sala LIM 3 en que figuran las observaciones de Austria, el Canadá y el Reino Unido. Presentó este documento el Dr. P. Waight (OMS), quien señaló a la Comisión las hipótesis sumamente prudente contenidas en la metodología usada para el cálculo de los niveles de orientación recomendados, la facilidad de su utilización y aplicación, y su flexibilidad, en el sentido de que pueden emplearse en cualquier situación de accidente, cualquiera que sea la mezcla de radionucleidos contaminantes.

91. Todas las delegaciones que hicieron uso de la palabra felicitaron a la FAO y la OMS por la rapidez con la que habían respondido al deseo manifestado en el 17a período de sesiones de que ambas organizaciones tomaran rápida y conjuntamente medidas para la preparación de propuestas destinadas a la Comisión.

92. La delegación de la India opina que en los límites fijados para la contaminación por radionucleidos deberían tenerse en cuenta factores tales como los hábitos nacionales de consumo de alimentos, el estado de nutrición y las dificultades originadas por la necesidad de la determinación analítica del nivel de contaminación, particularmente en los países en desarrollo. La delegación declaró, por otra parte, que el nivel básico de intervención, a saber, 5 milisivas, era demasiado alto y que preferiría utilizar un nivel básico de 1 milisiva. Además, la misma delegación opinó que, al fijar los niveles, debería tenerse en cuenta el comercio de la leche desnatada en polvo, la mantequilla y el aceite de mantequilla, los cereales y los productos cárnicos, por separado; debería tomarse en consideración la facultad de adicionarse entre sí los distintos isótopos, y deberían enumerarse individualmente los isótopos de cada clase. La delegación declaró también que los límites deberían fijarse asimismo para usos normales.

93. La delegación de Singapur declaró que, al parecer, los niveles se habían calculado exclusivamente para salvaguardar los del comercio internacional y, en cambio, no se habían tenido presentes ni la salud ni la inocuidad. Añadió esta delegación que, la cifra de 5 milisivas como base de cálculo era demasiado elevada, y que el riesgo de 104 no era aceptable.

94. Las opiniones de estas dos delegaciones fueron compartidas por las delegaciones de Argentina, Brasil, Malasia y Tailandia.

95. Las delegaciones de Austria, Bélgica, Canadá, Finlandia, Hungría, Noruega, Polonia, Suecia y Suiza apoyaron en general las propuestas contenidas en el documento. Varias de dichas delegaciones expresaron la opinión de que no había necesidad de definir el período de emergencia durante el cual se apliarían los niveles de orientación, ni tampoco de establecer niveles para situaciones no accidentales, opinión ésta que fue compartida también por algunas de las delegaciones que no apoyaron las propuestas. Las delegaciones de Finlandia, Suecia y Noruega expresaron reservas menores respecto al establecimiento de niveles distintos para la leche y los alimentos para lactantes. La delegación de Bélgica observó que los niveles propuestos eran compatibles con los niveles análogos que se habían propuesto para ser adoptados en el ámbito de la CEE. La delegación del Canadá señaló a la atención de los presentes sus observaciones escritas y declaró que podrían ser útiles como anexo técnico, con objeto de facilitar la interpretación de los niveles propuestos. La delegación de Austria declaró que aunque apoyaba la base de 5 milisivas, no podía aceptar los niveles que se habían derivado de esta base.

96. La delegación del Japón, si bien no se oponía a la adopción de las propuestas, señaló los procedimientos aplicados en su país, conforme a los cuales se calculaba la dosis de contamiación de los alimentos por radionueleidos sobre la base de una distribución de un tercio de la dosis de referencia total, teniendo en cuenta otras fuentes de contaminación, tales como el aire y el agua.

97. El observador de la CEE señaló a la atención de los presentes, los niveles máximos estableidos en el ámbito de la CEE por los alimentos de consumo humano y los piensos, para aplicarlos después de un accidente nuclear o en cualquier otra emergencia de origen radiológica. Los límites de emergencia que se adoptaran en el marco de la CEE se mantendrían en vigor durante un cierto período después del excedente, en cuyo tiempo podría evaluarse la situación más plenamente. No obstante este criterio, los niveles permitidos adoptados por la CEE tras el accidente de Chernobyl se mantendrían en vigor hasta el final de 1989.

98. El Presidente del Comité del Codex sobre Aditivos Alimentarios y Contaminantes de los Alimentos presentó a la Comisión un resumen de los debates sostenidos en la 21a reunión del Comité, y declaró que las propuestas recomendadas por el Comité representaban una solución de avenencia acordada cuidadosamente entre los numerosos puntos de vista de las delegaciones presentes.

99. La delegación del Reino Unido expresó su desacuerdo respecto a los niveles propuestos, declarando que eran excesivamente prudenciales. Declaró además que preferiría niveles más elevados, análogos a los que estaba examinando la CEE.

100. En respuesta a muchas de las cuestiones planteadas, el Representante de la OMS (Dr. Waight) afirmó que los niveles propuestos se basaban, efectivamente, en criterios de salud e inocuidad, pero que se habían adoptado partiendo de hipótesis muy prudentes, con miras a asegurar su aceptabilidad para utilizarlos en el comercio internacional. Explicó que los niveles de intervención calculados de acuerdo con un criterio exclusivo de salud pública serían mucho más elevados. En lo referente a la cuestion de la posibilidad de adicionarse entre sí los isótopos, el Dr. Waight hizo hincapié en que el criterio sumamente prudencial utilizado significaba que el principio de adición tenía un valor insignificante, y que, si se uilizaban esos niveles, la dosis media de contaminación de la población sería probablemente inferior a 0,1 milisivas.

101. La secretaría señaló que no se había formulado ninguna definición de nivel de orientación y propuso que la Comisión adoptara la siguiente definición, tomada, con las oportunas modificaciones, del Apéndice X del documento ALINORM 89/12A, como medida provisional en relación con estos niveles de orientación:

“Los niveles de orientación se han establecido para utilizarlos en la reglamentación de los alimentos objeto de comercio internacional. Cuando se superen dichos niveles de orientación, los gobiernos deberán decidir sí, y en qué circunstancias, podrán distribuirse los alimentos en el territorio sometido a su jurisdicción.”

Carácter de los niveles de orientación propuestos

102. La Comisión tomó nota de las opiniones de las delegaciones que no eran favorables a adoptar los niveles de orientación propuestos, pero los adoptó, sin embargo, como niveles de orientación del Codex para su utilización en el comercio internacional, tras la contaminación accidental de los alimentos por radionucleidos, e hizo observar que los niveles de orientación se mantendrían en vigor durante un año después del accidente. También adoptó, como medida provisional, la definición de nivel de orientación propuesta por la Secretaría. Después de tomar nota de las opiniones expresadas por los participantes en la 36a reunión del Comité Ejecutivo, acordó igualmente que debería seguir estudiándose la cuestión de la aplicación de factores de dilución y el tratamiento de los alimentos que se consumen en pequeñas cantidades (ALINORM 89/11, párr. 29 y 30). También recomendó que las organizaciones internacionales competentes (FAO, OMS, OIEA) continuaran trabajando conjuntamente en la elaboración de métodos de toma de muestras y de análisis que se ajustaran a los requisitos de los órganos responsables de la inspección de los alimentos, especialmente de países en desarrollo. Por último, la Comisión felicitó a la FAO y a la OMS por el excelente trabajo realizado en la preparación de las propuestas detalladas que se le habían presentado.

ESTABLECIMIENTO DE NUEVOS COMITES COORDINADORES REGIONALES DEL CODEX (Tema 13 del programa)

103. Se presentaron a la Comisión tres documents básicos relacionados con este tema, a saber: ALINORM 89/37, documento oficial en que se exponen los antcedentes de la creación de nuevos Comités Coordinadores para América del Norte y Pacífico Sudoccidental; ALINORM 89/33, que es el informe de la reunión del Comité del Codex sobre Principios Generales, y ALINORM 89/4 (Anexo II), el informe de la 36a reunión del Comité Ejecutivo. La Secretaría presentó estos documentos y subrayó los trámites de procedimiento seguidos para elaborarlos.

104. En el 17o período de sesiones de la Comisión, la delegación de los Estados Unidos de América propuso que se examinara la posibilidad de formar un nuevo Comité Coordinador del Codex para América del Norte. Este asunto se transmitió a la 35a reunión del Comité Ejecutivo, el cual decidió que procedía recabar la opinión de los países de la región y que la Secretaría debería preparar un informe sobre las consecuencias administrativas y financieras de la propuesta. La Secretaría hizo saber a la Comisión que cuatro de los seis países de la región habían contestado afirmativamente a la propuesta de creación del nuevo Comité Coordinador. Dicho Comité no plantearía ningún problema administrativo o financiero al Codex, puesto que el país huésped sufragaría los gastos de organización, que los insumos de personal y los gastos de viaje serían iguales a los de otros Comités Coordinadores, y que los gastos de publicaciones resultarían mínimos, al prepararse los documentos de trabajo solamente en un idioma. La Secretaría se refirió después al mandato general armonizado de los Comités Coordinadores del Codex, que había sido recomendado por el Comité del Codex sobre Principios Generales en su novena reunión y propuso que la cuestión del mandato del nuevo Comité se tratara al examinarse el tema correspondiente del orden del día, es decir, el tema 20.

105. Las delegaciones de los Países Bajos, el Reino Unido e Indonesia acogieron con agrado la idea de establecer el Comité Coordinador para América del Norte y el Pacífico Sudoccidental.

106. La Comisión decidió establecer un nuevo Comité Coordinador del Codex para América del Norte y el Pacífico Sudoccidental. La delegación australiana expresó su aprecio por el apoyo dado al nuevo Comité, gracias al cual aumentaría el interés en la región por las tareas de la Comisión del Codex Alimentarius y mejoraría el comercio de alimentos. El delegado propuso al Dr. Lester Crawford, de los Estados Unidos de América, como Coordinador del Comité que acababa de crearse. El Dr. Crawford agradeció el nombramiento y se mostró dispuesto a ralizar las tareas que se le encomendaran. La delegación de Nueva Zelandia agradeció a la Comisión su respaldo al nuevo Comité, que agruparía a países muy distantes pero que tienen muchos intereses comunes. La delegación canadiense señaló que el nuevo Comité sería de gran utilidad para la promoción y coordinación de las tareas del Codex en la región.

107. La Comisión decidió nombrar al Dr. Lester Crawford (EE.UU.) Coordinador del comité recién establecido y le pidió que presentara, en consulta con los países presentes en este período de sesiones, una propuesta para determinar el lugar y la fecha de la primera reunión del Comité.

APROBACION OFICIAL POR LA COMISION DE LOS INFORMES DE SUS ORGANOS AUXILIARES (Tema 14 del programa)

108. Al presentar los documentos de trabajo relativos a este tema, a saber, ALINORM 89/38 y el informe de la 35a reunión del Comité Ejecutivo (ALINORM 89/3), la Secretaría resumió la situación en lo que respecta a la presentación de informes y la adopción de documentos de los órganos auxiliares de la Comisión. Este asunto fue planteado por las delegaciones de Noruega y del Reino Unido durante las deliberaciones habidas en el 17o período de sesiones de la Comisión sobre las actividades futuras. En su 35a reunión, el Comité Ejecutivo hizo observar que, aparte de las normas y códigos de prácticas, los órganos auxiliares de la Comisión producían también otros documentos, por ejemplo las directrices, que no se elaboraban con arreglo al Procedimiento de Trámites del Codex. El Comité Ejecutivo estimó que hacía falta una mayor supervisión de este tipo de textos (ALINORM 89/3, párrs. 31–34). Recomendó también que la Comisión examinara y ratificara las decisiones y recomendaciones que estos órganos auxiliares dirigieran a la FAO, la OMS y otras organiziciones.

109. Se pidió a la Comisión que hiciera suyas las recomendaciones del Comité Ejecutivo, a saber:

110. La delegación de Noruega manifestó su gran satisfacción por el documento presentado a la Comisión y declaró que apoyaba las recomendaciones hechas por el Comité Ejecutivo a este respecto. La delegación del Reino Unido felicitó a la Secretaría y al Comité Ejecutivo por la solución muy satisfactoria propuesta a la Comisión y expresó su pleno apoyo a las recomendaciones del Comité Ejecutivo.

111. La Comisión aprobó las recomendaciones formuladas por el Comité Ejecutivo sobre este tema.

REPERCUSIONES DE LA BIOTECNOLOGIA EN LAS NORMAS Y CODIGOS DE PRACTICAS ALIMENTARIAS INTERNACIONALES (Tema 15 del programa)

112. La Comisión tuvo ante sí, para su examen, el documento ALINORM 89/39, preparado para la Secretaría por los Drs. J. Maryanski y D. Berkowitz (EE.UU) a petición del Comité Ejecutivo en su 35a reunión (ALINORM 89/3, párrs. 59–60), y que había sido debatido brevemente en su 36a reunión.

113. El Dr. Maryanski presentó el documento y señaló a la atención de la Comisión sus principales conclusiones: que las evaluaciones de la inocuidad de los alimentos preparados con ayuda de la biotecnología deberían concentrarse en el producto terminado y no en los procedimientos utilizados; que los cambios producidos en los alimentos ya existentes, mediante la utilización de técnicas transgénicas, serían probablemente graduales y que, por consiguiente, la evaluación de la inocuidad debería centrarse en los rasgos incorporados y su estabilidad en el producto alimenticio, más que en el producto biotecnológico mismo; y, por último, que las aplicaciones de la nueva biotecnología podrían evaluarse de acuerdo con el sistema vigente del Codex como sucede con otros alimentos, aditivos e ingredientes alimentarios, residuos de plaguicidas y medicamentos veterinarios y piensos.

114. Muchas delegaciones apreciaron el documento y su oportuna presentación ante la Comisión, considerándose que proporcionaba una excelente base para futuras deliberaciones en este sector. La delegación de Bélgica, apoyada por la del Reino Unido, señaló, sin embargo, a la atención de la Comisión, el problema de la evaluación de alimentos nuevos, que se describían no como alimentos necesariamente producidos con ayuda de la biotecnología, sino como alimentos que también podían producirse mediante esos procesos. La delegación de Suiza señaló una contradicción observada en el documento que dejaba en duda si sólo el producto final o también el procedimiento de elaboración debían someterse a elaboración. A este respecto, esas delegaciones afirmaron que debería realizarse un tipo distinto de evaluación para determinar si el alimento nuevo era apropriado para que se utilizara como alimento y por otro lado, para determinar si debían ser considerados o no como ingredientes alimentarios o aditivos. Existían ya procedimientos establecidos para la evaluación de aditivos alimentarios por el JECFA, y tal vez se requerían disposiciones análogas para los alimentos nuevos y los ingredientes alimentarios nuevos.

115. Esas delegaciones estimaron que quizás estaba justificado que se estableciera un procedimiento especial de evaluación para cada caso con objeto de determinar el tipo de evaluación que sería necesario aplicar. También se señaló que la evaluación nutricional debería subrayarse en el documento como un aspecto importante de la evaluación de la inocuidad. La delegación de Dinamaraca, señaló que, en el caso de los productos vegetales debería prestarse atencion no sólo a los genes insertados, sino también a la interacción entre el producto del gen insertado y el metabolismo de la planta.

116. La delegación de Suecia señaló asimismo a la atención de los miembros de la Comisión un campo de aplicación del que no se trataba en el documento, a saber, el empleo de la biotecnología en los métodos de análisis de los productos alimenticios. Varias otras delegaciones, en particular la del Iraq, hicieron hincapié en el uso de biotecnologías para la preparación de piensos, como las proteínas monocelulares y los alimentos afines. La Comisión hizo suyos los puntos señalados en el documento y las observaciones de los delegados, estimó que era preciso estudiar con más detenimiento este documento y sus consecuencias y opinó que se trataba de un trabajo que debería enviarse a los puntos de contacto del Codex para que formulasen las oportunas observaciones. El trabajo debería asimismo señalarse a la atención del JECFA y de la JMPR para que hicieran los comentarios pertinentes. Estos serían examinados por el Comité del Codex sobre Aditivos Alimentarios y Contaminantes de los Alimentos y por los Comités del Codex sobre Residuos de Plaguicidas y sobre Residuos de Medicamentos Veterinarios en los Alimentos, cuando procediera. La Comisión acordó asimismo que este asunto siguiera figurando en el orden del día de su siguiente período de sesiones.

117. Se puso en conocimiento de la Comisión que la OMS y la FAO estaban examinando la conveniencia de convocar una consulta conjunta de expertos sobre evaluación de la inocuidad de alimentos preparados mediante técnicas biotecnológicas. A fines de 1989 se celebraría en Washington, D.C. una reunión de planificación en que se harían los preparativos para esta consulta de expertos. Varias delegaciones se sumaron a esta propuesta y pidieron que el informe de la consulta de expertos se remitiera también a los gobiernos para que éstos hicieran las oportunas observaciones y que éstas a su vez se transmitieran a los comités competentes del Codex. La delegación de Francia hizo saber a la Comisión que había a disposición una serie de documentos en francés sobre terminología utilizada en relación con la biotecnología, que serían útiles para los especialistas en la materia, así como a quienes desearan comprender o traducir los trabajos sobre este tema.

118. Al final, la delegación de Bélgica manifestó su decepción por que los alimentos nuevos se hubieran excluido del tema debatido, ya que estos productos iban cobrando cada vez mayor importancia.

COMITE COORDINADOR DEL CODEX PARA AFRICA (Tema 16 del programa)

119. La Comisión tuvo ante sí el informe de la octava reunión del Comité Coordinador para Africa (ALINORM 89/28), que se había celebrado en El Cairo, Egipto, del 29 de noviembre al 3 de diciembre de 1988.

120. El informe fue presentado por el Sr. Tawfic Zaglool Mourad Aballa, Coordinador para Africa, señalando todas las cuestiones examinadas en la reunión y el estado de los trabajos del Comité. El Sr. Zaglool agradeció al personal de la FAO y de la OMS que asistió a la reunión por la ayuda que había prestado.

Examen, en el Trámite 8, de los Proyectos de Normas Regionales Africanas para el Mijo Perla en Granos Enteros y Decorticados y la Harina de Mijo Perla (Apéndices III y IV de ALINORM 89/28)

121. La Comisión tomó nota de que la sección sobre higiene incluida en estas normas difería de la ratificada por el Comité del Codex sobre Higiene de los Alimentos, por lo que convino en incluir el texto ratificado en los proyectos de normas. Convino asimismo en que los métodos de análisis y toma de muestras que estaban todavía pendientes de ratificación deberían remitirse al Comité del Codex sobre Métodos de Análisis y Toma de Muestras. Respecto al método para el análisis de la fibra cruda, la Comisión tomó nota de que el método propuesto por la ISO tenía por objeto verificar un criterio de calidad (es decir, la presencia de cáscara y otras materias afines) y no estaba relacionado con la cuestión de la “fibra dietética”, de la cual se ocupaba el Comité del Codex sobre Nutrición y Alimentos para Regímenes Especiales.

Estado de aprobación de las normas

122. La Comisión adoptó las dos normas en el Trámite 8 del Procedimiento como normas regionales africanas del Codex.

Examen, en el Trámite 5, de los Proyectos de Normas Regionales Africanas para la Harina Comestible de Yuca y la del Coco Rallado Desecado (Apéndices V y VI de ALINORM 89/28)

123. La Comisión tomó nota de que la situación, respecto a la sección sobre higiene, era la misma que la indicada a propósito de las normas para los granos y la harina de mijo perla y observó también que algunas secciones estaban todavía pendientes de ratificación por los comités competentes.

124. Por lo que respecta al coco rallado y desecado, se informó a la Comisión de que el comercio de este producto fuera de Africa era considerable. Varias delegaciones que representaban a países importadores y exportadores expresaron la opinión de que se prosiguiera la elaboración de la norma como normal mundial.

Estado de tramitación de las normas

125. La Comisión adelantó los dos proyectos de normas al Trámite 6 del Procedimiento. No obstante, la Comisión acordó que el Proyecto de Norma para el Coco Rallado y Desecado debería ser elaborado como norma mundial por el Comité del Codex sobre Frutas y Hortalizas Elaboradas, de conformidad con el Procedimiento para la Elaboración de Normas, en los casos en que los Comités del Codex competentes hubieran aplazado sine die sus reuniones.

Enmienda de la Norma Regional Africana del Codex para el Gari

126. La Comisión tomó nota de que el Comité Coordinador había: (a) recomendado un procedimiento de toma de muestras práctico, basado en las Instrucciones del Codex para la Toma de Muestras, en sustitución de los métodos incluidos en la Norma; (b) recomendado la supresión del método para la determinación de materias vegetales extrañas (MVE), ya que la disposición estipulada en la Norma no especificaba ningún límite para este defecto, y (c) revisado la sección sobre etiquetado, teniendo en cuenta la Norma General del Codex para el Etiquetado de Alimentos Preenvasados.

127. La Comisión adoptó los cambios propuestos para las secciones sobre toma de muestras y etiquetado, como enmiendas de consecuencia para armonizarlas con las corespondientes secciones de las normas para los granos y la harina de mijo perla, adoptadas en el período de sesiones en curso. Acordó asimismo suprimir el método para las MVE.

Colaboración entre la Organización Regional Africana de Normalización (ARSO) y el Codex

128. Se informó a la Comisión de que el Comité Coordinador había examinado formas posibles de cooperación entre la ARSO y el Codex, con objeto de promover la labor de normas alimentarias en Africa y evitar la duplicación de trabajos. Se había pedido a la Secretaría que organizara una reunión bilateral para examinar y resolver la cuestión de la colaboración.

129. El Jefe del Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias informó a la Comisión de los resultados de dicha reunión que se convocó durante la Conferencia de la ARSO celebrada en Nairobi a comienzos de 1989. Expresó la opinión de que, si la ARSO continuaba estas actividades en el sector de las normas alimentarias, ello podría crear dificultades en el futuro. No obstante, por el momento, las normas de la ARSO se ajustaban a las normas del Codex y diferían sólo en el formato. Se había facilitado a la ARSO la documentación completa del Codex y la Secretaría del Codex estaba esperando una respuesta de dicha Organización respecto a la cuestión de la colaboración, en particular la colaboración en el sector de la capacitación de personal técnico para la inspección y control alimentarios.

Nombramiento de Coordinador para Africa

130. La Comisión volvió a nombrar al Sr. Tawfic Zaglool Mourad Aballa de Egipto Coordinador para Africa, para que ocupara el cargo desde la terminación del 18o hasta la terminación del 19o período de sesiones de la Comisión. La delegación de Egipto indicó que Egipto estaría dispuesta a hospedar la novena reunión del Comité Coordinador del Codex para Africa.

COMITE COORDINADOR DEL CODEX PARA ASIA (Tema 17 del programa)

131. La Comisión tuvo ante sí el informe de la sexta reunión del Comité Coordinador para Asia (ALINORM 89/15), que se había celebrado en Denpasar, Indonesia, del 26 de enero al 1o de febrero de 1988.

132. El Profesor F.G. Winarno, de Indonesia, que había presidido la reunión, presentó el informe. Hizo hincapié en el interés de los países de la Región Asiática del Codex por las tareas del Comité Coordinador y examinó las cuestiones tratadas por el Comité.

133. Los principales asuntos debatidos por el Comité Coordinador para Asia fueron: a) la revisión de aceptaciones de normas del Codex; b) el estado de las infraestructuras de inspección alimentaria existentes en la región y medios y maneras de elaboran una estrategia para aumentar a un nivel elevado el interés por la necesidad de fortalecer las infraestructuras, con el fin de mejorar la disponibilidad de alimentos y promover las exportaciones; c) cuestiones relativas a la exportación e importación regional de alimentos y los programas de certificación e inspección; d) la función del Comité en el fomento de la integración de la inocuidad de los alimentos en los sistemas de prestación de atención primaria de salud y e) el informe sobre las actividades de carácter general del Codex y sobre los aspectos de la labor del Codex de especial interés para la región, incluidas las actividades en el sector de normas internacionales para el café y de residuos de plaguicidas en los alimentos.

134. La Comisión señaló que el Comité había pedido que la Secretaría del Codex recogiera, mediante el envío de una carta circular, las opiniones de los países de la Región de Asia del Codex sobre los beneficios, consecuencias comerciales y problemas derivados de la aceptación de las normas del Codex y que preparara un documento en el que se recogieran esas opiniones, así como con las de la Secretaría, para que el Comité las estudiara en su próxima reunión. La Comisión señaló también que el Comité manifestó unánimamente su aprecio y apoyo constante respecto a la idea de la red de capacitación y recomendó que se ampliaran los proyectos que incluyan elementos de capacitación de manera que pudiera capacitarse a más personas.

135. El Comité consideró que las actuales actividades conjuntas FAO/OMS en el sector de la inocuidad y de la inspección de los alimentos eran muy importantes para los países de la región, y propuso que se llevaran a efecto las diferentes propuestas para integrar la inocuidad de los alimentos en los sistemas de prestación de atención primaria de salud. El Comité respaldó la idea de que al diseñar programas de inspección de alimentos para la exportación y la importación, los países utilizaran, cuando fuese posible, las instituciones y el personal ya existentes, con el fin de reducir las cargas financieras.

Otras cuestiones planteadas en el informe de la sexta reunión del Comité

i) Normas internacionales para el café

136. Se informó a la Comisión acerca de los debates sostenidos sobre esta cuestión en la 6o reunión del Comité Coordinador del Codex para Asia (ALINORM 89/15, párrs. 200–203). La Comisión señaló que en las reuniones 35a y 36a del Comité Ejecutivo se habían estudiado las propuestas del Comité Coordinador. Los participantes en la 35a reunión del Comité Ejecutivo opinaron que, dado que la ISO se estaba ocupando actualmente de las normas para el café, era esencial aclarar que no hubiera duplicación de esfuerzos (ALINORM 89/3, párr. 39). Los participantes en la 36a reunión del Comité Ejecutivo opinaron que en la elaboración de normas para el café y productos derivados habían de satisfacerse los criteriios de lal Comisión y que la Comisión debía estudiar la conveniencia de i) establecer un Comité de Productos del Codex al que pudiera confiarse la tarea de la elaboración de normas para el café y los productos derivados o ii) asignar el trabajo a un órgano auxiliar ya existente.

137. La Comisión señaló que la ISO había reconocido la necesidad de establecer un sistema internacionalmente aceptable de puntuación de defectos, y que había aceptado proseguir el trabajo de normalización en este sentido en relación con el café verde y el café verde descafeinado, manteniendo informada a la Comisión de los progresos que se hacian al respecto, al mismo tiempo que cooperaría con la Comisión, a través de su comité técnico ISO TC/34, en las tareas relacionadas con la normalización del café y los productos derivados.

138. La delegación de Suiza informó a la Comisión de que su gobierno estaría dispuesto a hospedar al Comité del Codex sobre el Café y los Productos Derivados, si la Comisión acordaba establecer tal comité.

139. Las delegaciones del Camerún y del Brasil apoyaron la propuesta de que se elaboraran normas para el café y los productos derivados. Sin embargo, otras delegaciones opinaron que no era preciso elaborar normas de alcance mundial aplicables al café y los productos derivados, porque la preparación y el consumo del café diferían apreciablemente según las regiones geográficas y porque, tanto la Organización Internacional del Café como las organizaciones afines, podrían ocuparse de hecho de la normalización del café y sus productos.

140. La Comisión pidió a la Secretaría que preparase un documento sobre la situación actual de las normas internacionales para el café, a fin de examinarlo en su próximo período de sesiones, y enviara una circular a los gobiernos preguntándoles su opinión sobre la necesidad de elaborar normas para el café y los productos derivados.

ii) Enmienda a las Normas del Codex para el Aceite de Palma y el Aceite de Almendra de Palma

141. La Comisión examinó esta cuestion al tratar el tema 36 del programa (véanse los párr. 519–520).

iii) Elaboración de Normas para la Oleína y la Estearina de Palma

142. La Comisión examinó esta cuestión al tratar el tema 36 del programa (véanse los parr. 521–522).

Evaluación e identificación de las distintas grasas contenidas en las mezclas de aceites

143. La delegación de Egipto señaló a la atención de la Comisión la necesidad urgente que había en su país de establecer métodos del Codex para la evaluación y la identificacion de los distintos aceites o grasas contenidos en las mezclas oleosas. La Comisión tomó nota de que el Comité del Codex sobre Métodos de Análisis y Toma de Muestras y el Comité del Codex sobre Grasas y Aceites habían examinado detalladamente este asunto, pero no habían logrado determinar métodos de análisis a estos efectos. Ello no obstante, la Comisión opinó que se trataba de un asunto de importancia que debía seguirse estudiando.

Código de Prácticas para la Venta de Alimentos en las Calles

144. La delegación de China declaró que debería elaborarse un código de prácticas para la venta de alimentos en las calles, aplicable a la Región de Asia. La Comisión hizo observar que el Comité Ejecutivo en su 36a reunión había recomendado que el Comité del Codex sobre Higiene de los Alimentos examinara las cláusulas fundamentales que se estaban elaborando en el marco de diferentes códigos de prácticas regionales para la venta de alimentos en las calles y que los distintos Comités Coordinadores añadieran luego a estas cláusulas fundamentales la información relacionada específicamente con las prácticas explicadas en cada región. La Comisión hizo observar también que la cuestión de elaboración de un código de prácticas para la venta de alimentos en las calles se incluiría en el programa de la próxima reunión del Comité Coordinador para Asia.

Nombramiento del Coordinador para Asia

145. Se informó a la Comisión que el Comité Coordinador para Asia había designado por unanimidad al Dr. Pakdee Pothisiri (Tailandia) para que la Comisión, en su 18o período de sesiones, lo nombrara Coordinador para Asia y que esta propuesta contaba con el apoyo de las autoridades de Tailandia.

146. De conformidad con el Art. II.4(b) del Reglamento de la Comisión y con arreglo a la propuesta unánime del Comité Coordinador para Asia, la Comisión nombró al Dr. Pakdee Pothisiri (Tailandia) Coordinador para Asia, para que ocupara el cargo desde la terminación del 18o hasta la terminación del 19o período des sesiones de la Comisión.

147. La delegación de Tailandia puso en conocimiento de la Comisión que el govierno de este país había aceptado oficialmente hospedar a la Séptima Reunión del Comité Coordinador para Asia en Changmai, Tailandia, en febrero de 1990.

COMITE COORDINADOR DEL CODEX PARA EUROPA (Tema 18 del programa)

148. La Comisión examinó el documento ALINORM 89/19: Informe de la 16a reunión del Comité. Este documento fue presentado por el Prof. Herbert Woidich, Coordinador para Europa y Presidente del Comité.

149. El Prof. Woidich puso a la Comisión al corriente de los puntos y actividades de mayor importancia relacionados con la elaboración de normas regionales.

Examen, en el Trámite 8, del Proyecto de Norma Regional Europea para la Mayonesa

150. El Coordinador hizo saber a la Comisión que el Comité, tras prolongadas y detalladas deliberaciones, había llegado a la fase final de elaboración de esta norma, habiendo examinado en concreto determinadas secciones referentes a métodos de análisis y a aditivos alimentarios.

151. La delegación del Canadá declaró que no podía apoyar la adopción de esta Norma por la Comisión en el Trámite 8, ya que la mayonesa no era objeto de comercio exclusivo o casi exclusivo en la Región de Europa. A esta declaración se sumó la delegación de los Estados Unidos de América, que manifestó su preocupación por los efectos negativos que producían en el comercio las normas regionales cuando se aplicaban a productos que no estaban limitados a una región determinada. Estos productos en concreto representaban una parte importante de las exportaciones de los Estados Unidos.

152. La Comisión recordó que, según el procedimiento aplicado a la elaboración de normas regionales del Codex, cuando se presentaba a la Comisión un proyecto de norma con el fin de que lo adoptara como Norma Regional del Codex, todos los Miembros podrían formular las observaciones que estimaran oportunas, tomar parte en el debate y proponer enmiendas, pero solamente la mayoría de los Miembros de la región interesada que asistieran a la reunión podrían decidir si debían o no modificar y adoptar el proyecto.

153. La Comisión recordó que había pedido a la Secretaría que preparase un trabajo en que se explicara la posibilidad de ampliar el alcance y el ámbito territorial de sus normas regionales, e hizo observar que en el Manual de Procedimiento se estipulaba que las normas del Codex elaboradas en el ámbito regional podrían aplicase fuera de la región a que estuvieran destinadas, en cuyo caso podrían convertirse en normas mundiales mediante un proceso de revisión por la totalidad de los miembros de la Comisión.

Estado de la tramitación de la Norma

154. La Comisión adoptó la Norma Regional Europea para la Mayonesa en el Trámite 8 del Procedimiento.

Examen, en el Trámite 5, de las Enmiendas Propuestas a la Norma Regional Europea del Codex para las Aguas Minerales Naturales - Métodos de Análisis Microbiológicos y Químicos

155. El Coordinador informó a la Comisión de que el Grupo de Trabajo sobre Métodos Microbiológicos y Químicos para las Aguas Minerales Naturales debería haber preparado en principio un texto definitivo sobre los métodos de análisis, tomando como base el segundo informe sobre la marcha del estudio interlaboratorios organizado por el GESEM (ALINORM 87/19, Anexo VI) y teniendo en cuenta los comentarios y datos enviados por los gobiernos. Al no haberse preparado el texto final revisado no se había podido presentar a la Comisión el trabajo sobre los métodos de análisis en el Trámite 5. Se informó asimismo a la Comisión de que el GESEM había organizado en Ginebra una reunión para tratar de este asunto, pero que no estaba aún ultimado el texto final sobre los métodos de análisis. El Coordinador propuso que el GESEM pusiera el texto final de los métodos de análisis a disposición de la Secretaría del Codex en septiembre, para dar tiempo a los gobiernos y a las organizaciones internacionales interesadas a que formularan las observaciones pertinentes antes de la I7a reunión del Comité Coordinador para Europa. Estos métodos se someterían después al examen de la Comisión en 1991, en el Trámite 5.

156. La Comisión aceptó el procedimiento propuesto y el representante del GESEM confirmó que el texto final revisado sobre los métodos de análisis microbiológicos y químicos se enviaría a la Secretaría del Codex a finales de septiembre.

Otras cuestiones planteadas en el informe de la 16a reunión del Comité

157. El Coordinador informó a la Comisión de que el Comité había debatido los problemas relacionados con la difusión de información engañosa referente al empleo de aditivos alimentarios, teniendo en cuenta las observaciones de los gobiernos y un proyecto de propuesta presentado por el Gobierno de Bélgica. La declaración adoptada por el Comité en relación con el trabajo del Codex sobre Aditivos Alimentarios se transmitió al Comité del Codex sobre Aditivos Alimentarios y Contaminates de los Alimentos (véase también el párr. 295 más adelante).

158. El Coordinador remitió a la Comisión las secciones revisadas de etiquetado para las aguas minerales naturales y para los hongos frescos cantarelos, tal como se habían adoptado, con la petición de que la Comisión las adoptara. En este sentido, la delegación de España manifestó su oposición respecto a la sección de requisitos de etiquetado adicionales para las aguas minerales naturales, ya que, en su opinión, inducían a error, puesto que en la legislación española se hacía clara distinción entre aguas minerales naturales y aguas de manantial.

159. La Comisión estuvo de acuerdo con las propuestas presentadas por el Coordinador para Europa.

Nombramiento del Coordinador para Europa

160. A propuesta del Comité Coordinador para Europa, la Comisión volvió a nombrar Coordinador para Europa al Profesor H. Woidich (Austria), para que ocupara el cargo desde la terminación del 18o hasta la terminación del 19o período de sesiones de la Comisión.

161. La delegación de Austria informó a la Comisión de que el Gobierno de Austria había acordado oficialmente hospedar en Viena, desde el 28 de mayo hasta el 1o de junio de 1990, la 17o reunión del Comité Coordinador para Europa.


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