Página precedente Indice Página siguiente


CONSIDERACIÓN DEL DOCUMENTO DE DEBATE DE CUESTIONES MÁS AMPLIAS SOBRE LA APLICACIÓN DE LA EVALUACIÓN DE RIESGOS MICROBIOLÓGICOS EN EL COMERCIO INTERNACIONAL DE ALIMENTOS Y PIENSOS (TEMA SUPLEMENTARIO 10 DEL PROGRAMA - ADDENDUM)[20]

88. En el momento de aprobar el programa, el Comité había decidido que el documento CX/FH 98/13 preparado por Noruega con la asistencia de Dinamarca, Francia y Suecia, que se refería a las consecuencias de las diferencias regionales en la prevalencia de patógenos transmitidos por alimentos respecto de la gestión de peligros microbiológicos para alimentos que eran objeto de comercio internacional, debía debatirse en sucesión con los temas 3 y 10 del programa (respectivamente, Anteproyecto de Principios y Directrices para la Aplicación de Riesgos Microbiológicos y Directrices sobre la Gestión de Peligros Microbiológicos en relación con Alimentos que son Objeto de Comercio Internacional).

89. Al presentar el documento, la delegación de Noruega destacó que el objetivo principal era reconocer la existencia de diferencias regionales en la prevalencia de los distintos patógenos transmitidos por los alimentos a lo largo de la cadena alimentaria, y tomar en cuenta estas diferencias en el proceso de gestión de los riesgos relacionados con el comercio internacional de alimentos. Además, este principio debía ser reconocido por la Comisión del Codex Alimentarius y reflejarse en documentos del Codex como las Directrices sobre Gestión de Riesgos en general, así como en otros documentos pertinentes. La justificación de esta propuesta, así como el proyecto de principios recomendados, se hallaban resumidos en el apéndice del documento CX/FH 98/13.

90. El Comité manifestó a la delegación de Noruega su aprecio por la contribución aportada al debate de estas importantes cuestiones, relacionadas con la gestión de riesgos. Muchas delegaciones, así como el observador de Consumers International, apoyaron los objetivos y principios generales contenidos en el documento, y en particular los conceptos siguientes:

91. Tras la intervención de varias delegaciones se insertó, en el cuarto apartado, la expresión “cuando sea posible” a fin de evitar la deducción de que, por ejemplo, hubiera que aplicar el sistema de HACCP a la producción agrícola, y de reflejar la necesidad de que se tuviera en cuenta la viabilidad de las medidas de gestión de riesgos. Asimismo se subrayó que las diferencias regionales en la prevalencia de enfermedades debía basarse en datos confiables. La delegación de Indonesia y algunas otras delegaciones señalaron que el concepto de regionalización no debía utilizarse para establecer obstáculos para el comercio, que resultarían particularmente perjudiciales para los países en desarrollo.

92. Muchas delegaciones apoyaron la incorporación de los principios arriba mencionados a los principios generales sobre gestión de riesgos (véanse los párrafos 77-86). Algunas estuvieron de acuerdo en que dichos principios debían incluirse en el documento solamente a efectos de su examen ulterior, lo que no implicaba su total aceptación de la justificación proporcionada en el documento mismo. En particular, estas delegaciones subrayaron que si bien las opciones de gestión de riesgos podían variar en función de las condiciones regionales, era necesario contar con una única norma de inocuidad de los alimentos a nivel internacional; esto sería coherente con las recomendaciones del Comité sobre Principios Generales orientadas a la adopción de un enfoque uniforme y científico en la elaboración de normas sobre inocuidad de alimentos (ALINORM 99/33, párrafo 41).

93. Algunas delegaciones observaron que en el marco del Acuerdo sobre SFS, los países que desearan establecer zonas exentas de enfermedades debían proporcionar datos suficientes al respecto, y que el concepto de prevalencia de una enfermedad aplicado corrientemente a la salud animal no podía extenderse a las enfermedades trasmitidas por alimentos sin un atento análisis previo.

94. La delegación de Chile manifestó su inquietud de que la cuestión de la regionalización no debía diluirse con la interrupción del trabajo en este campo; muy por el contrario, en vista de su importancia este tema se debía incluir no sólo en la gestión de riesgos, sino también en cada una de las fases del análisis de riesgos. La delegación señaló que desde este punto de vista, la elaboración de directrices sobre la regionalización, en un contexto evolutivo, podría facilitar el comercio internacional.

95. En términos generales, el Comité estuvo de acuerdo en que en relación con los conceptos que en el Apéndice del documento CX/FH 98/13 se presentaban como principios recomendados, se debía considerar su inclusión en el Anteproyecto de Principios y Directrices para la Aplicación de la Gestión de Riesgos Microbiológicos, con miras a su examen ulterior en el marco general de dicho documento. Como consecuencia de ello, el Comité convino en interrumpir el trabajo relacionado con el documento de debate preparado por Noruega como tema separado. Sin embargo, se alentó a Noruega y a los países que habían participado en la redacción (Dinamarca, Suecia, Francia) a participar activamente en la formulación de las Directrices mencionadas. El Comité tomó nota de una propuesta de la delegación de Noruega de incorporar a otros documentos pertinentes del Codex los principios mencionados en este documento.


[20] CX/FH 98/13

Página precedente Inicìo de página Página siguiente