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RATIFICACIÓN DE LAS DISPOSICIONES SOBRE MÉTODOS DE ANÁLISIS INCLUIDAS EN LAS NORMAS DEL CODEX (Tema 10 del programa)[14]

52. El informe del Grupo de Trabajo Especial sobre Ratificación fue presentado por el Sr. William Horwitz (Estados Unidos de América), presidente de dicho Grupo. La Sra. Harriet Wallin (Finlandia) actuó como relatora del Grupo de Trabajo. Participaron en el Grupo los siguientes países y organismos internacionales: Alemania, Argentina, Australia, Canadá, Estados Unidos, Finlandia, Hungría, Japón, Noruega, el Reino Unido, la República de Corea, AOAC Internacional, la FIL, la ISO y NMKL.

Ratificación de las disposiciones sobre análisis

53. El Comité estuvo de acuerdo con la propuesta del Grupo de Trabajo de revisar el estado de tramitación de la ratificación de dos métodos diferentes para la determinación del contenido de potasio en la sal de calidad alimentaria, que se había ratificado anteriormente junto con un método del Tipo II: ESPA/CN-E/104-1994 se había ratificado como método del Tipo II y ESPA/CN-E/103-1994, como un método del Tipo III.

54. El Comité no ratificó varios métodos propuestos para los productos lácteos porque no se había demostrado que pudieran aplicarse al producto, o bien porque sólo podía ratificarse un método del Tipo I para una sola combinación analito/producto.

55. El Comité enmendó los métodos de determinación del contenido de sal a fin de aclarar que estos métodos permitirían determinar el contenido de cloruro y que el resultado se expresaría en cloruro de sodio. Al Comité del Codex sobre Frutas y Hortalizas Elaboradas se le pediría que examinara la conveniencia de utilizar cuatro cifras significativas para expresar el nivel máximo del contenido de estaño en los encurtidos. Para algunos otros métodos, el Comité recomendó que se examinara la posibilidad de emplear métodos más modernos en lugar de los métodos ya propuestos.

56. Se adjuntan al presente informe, como Parte 1 del Apéndice III, una lista de métodos examinados junto a su estado de tramitación, los Tipos asignados, y unas notas sobre la justificación de la falta de ratificación y la ratificación temporal, que se someterán a la Comisión para su aprobación.

Ratificación de las disposiciones sobre métodos de muestreo

57. El Comité examinó en la sesión plenaria las disposiciones sobre muestreo de las normas para el kimchi, los encurtidos y los productos lácteos. Ratificó las disposiciones para el kimchi y los encurtidos que preveían la utilización de los planes de muestreo del Codex para los alimentos preenvasados, dado que éstos últimos constituían el único documento disponible en el Codex en materia de muestreo al que se hacía referencia habitualmente en las normas del Codex para productos.

58. Se informó al Comité de que la Norma FIL 50C facilitaba instrucciones generales para la obtención física de muestras, mientras las Normas FIL 113A y 136A eran planes de muestreo estadísticos. El Comité convino en ratificar las disposiciones sobre muestreo propuestas por el Comité del Codex sobre la Leche y los Productos Lácteos y en informar a la Comisión y a ese Comité acerca de la contradicción contenida en el texto adicional de la Norma para los Quesos en Salmuera en relación con el empleo de “tela o de papel no absorbente”.

59. Al adoptar la decisión arriba indicada, el Comité observó que después de que la Comisión aprobara la versión final de las directrices sobre muestreo, tal vez tuviera que revisar todas las disposiciones sobre muestreo contenidas en las normas del Codex para productos. Se adjunta al presente informe, como Parte 2 del Apéndice III, una lista de las disposiciones sobre muestreo examinadas por el Comité, a fin de someterlas a la Comisión para su aprobación.

Otros asuntos conexos

60. Durante el examen de las disposiciones sobre muestreo, se destacó que la información sobre la selección del plan de muestreo que se exigía en el Manual de Procedimiento[15] no se había sometido a este Comité. Se subrayó asimismo que en el caso de los métodos de análisis, los comités sobre productos no presentaban por lo general ninguna información, a pesar de que lo exigieran las

Recomendaciones sobre la Lista de Comprobación de la Información Necesaria para Evaluar los Métodos de Análisis y Muestreo que Deban Someterse a Ratificación[16]. El Comité convino en pedir a los comités sobre productos que cuando le enviaran sus métodos de análisis y muestreo, para fines de ratificación, le facilitaran la información que se requería en la lista de comprobación.

61. El Comité tomó nota de que la Norma AOAC 971.20, que se había ratificado como método general del Codex del Tipo II para la determinación del cobre, se había validado únicamente para el té y no para los alimentos en general. En su reunión siguiente examinaría la cuestión de si este método debería o no ser sustituido por un método validado para los alimentos en general.

62. El Comité recomendó que los comités sobre productos seleccionaran los métodos de entre los métodos generales del Codex existentes, siempre que fuera posible. Recomendó además que los comités sobre productos, en las especificaciones de las normas que elaboraban, utilizaran el sistema internacional de unidades. El Comité observó que también la Norma General del Codex para el Etiquetado de los Alimentos Preenvasados se refería al empleo del sistema internacional de unidades en relación con el peso neto y el peso escurrido.

63. El Comité acordó que en su reunión siguiente establecería un nuevo Grupo de Trabajo sobre Ratificación, que estaría presidido por los Estados Unidos.


[14] CX/MAS 98/9; documento de sala Nº 2 (informe del Grupo de Trabajo Especial sobre Ratificación de las Disposiciones sobre Métodos de Análisis Incluidas en las Normas del Codex); documento de sala Nº 7 (observaciones de Hungría); documento de sala Nº 9 (observaciones de Sudáfrica).
[15] Manual de Procedimiento de la Comisión del Codex Alimentarius, décima edición.
[16] Codex Alimentarius, Volumen 13, págs. 129-134.

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