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ASUNTOS REMITIDOS AL COMITÉ[2] (Tema 3 del programa)


Métodos de muestreo
Reunión JECFA/JMPR sobre armonización
Establecimiento de LMR específicos para alimentos elaborados a base de cereales para lactantes y niños pequeños
Establecimiento de LMR para el pescado

5. El Comité recibió un informe sobre asuntos que le fueron remitidos a este Comité por la 45ª reunión del Comité Ejecutivo y por otros Comités del Codex.

Métodos de muestreo

6. El Comité convino en remitir al Grupo de Trabajo Especial sobre Métodos de Análisis y Toma de Muestras las observaciones sobre el Proyecto Revisado de Métodos Recomendados de Muestreo para la Determinación de Plaguicidas a efectos de Observancia de los LMR, presentadas por el Comité del Codex sobre Residuos de Medicamentos Veterinarios en los Alimentos (CCRVDF), el Comité del Codex sobre Métodos de Análisis y Toma de Muestras (CCMAS) y la Federación Internacional de Lechería (FIL) (véanse los párrs. 124-127).

Reunión JECFA/JMPR sobre armonización

7. El Comité fue informado de que, a raíz de la petición de la 11ª reunión del CCRVDF, se había convocado en Roma (febrero de 1999) una Reunión oficiosa sobre armonización JMPR/JECFA con el fin de solucionar las diferencias en las definiciones de residuos, y asuntos conexos, y garantizar la armonización y coherencia entre el JECFA y la JMPR al examinar los productos químicos que se utilizaban a la vez como medicamentos veterinarios y como plaguicidas.

8.El Representante de la FAO presentó un informe verbal preliminar de la Reunión sobre armonización. El Comité tomó nota de que la Reunión hacía varias recomendaciones generales y específicas que serían examinadas por la JMPR en septiembre de este año. Estas recomendaciones habían sido ya examinadas por el JECFA en su 52ª reunión en febrero de 1999 y por lo general habían sido acogidas favorablemente. El JECFA había convenido en cambiar la expresión “en base al volumen” por “en base al peso de los LMR en la leche.”

9. El Comité observó que muchas de las cuestiones de armonización relacionadas con sustancias específicas podían resolverse solamente cuando estas sustancias fueran evaluadas de nuevo, y decidió aplazar el examen detallado de las recomendaciones de la Reunión sobre armonización, en espera de que fueran examinadas por la JMPR.

Establecimiento de LMR específicos para alimentos elaborados a base de cereales para lactantes y niños pequeños[3]

10. El Comité del Codex sobre Nutrición y Alimentos para Regímenes Especiales (CCNFSDU) pidió al CCPR que examinase la viabilidad de establecer LMR específicos para alimentos elaborados a base de cereales y preparados para lactantes. El Comité observó que, en su 21ª reunión, el CCNFSDU había dado aclaraciones en respuesta a la petición que el CCPR había formulado en su 29ª reunión.

11. El Comité tomó nota de que la Comunidad Europea (CE) era de la opinión de que las bases de datos toxicológicos en que se apoyan las IDA, podían no ser plenamente suficientes en todos los casos para garantizar la cobertura de las necesidades especiales de los lactantes y niños pequeños, sobre todo en aspectos como trastornos endocrinos y análisis de reproducción, neurotoxicidad e inmunotoxicidad del desarrollo. Tomó nota asimismo de que, como medida precautoria general y hasta tanto se revisen las bases de datos en que se apoyan las IDA, en la CE se adoptarían LMR al nivel de 0,01 mg/kg para todos los plaguicidas en los alimentos para niños.

12. El Observador de la Internacional de Consumidores (IC) expresó su punto de vista de que era necesario elaborar LMR del Codex de forma que se tuvieran en cuenta expresamente la mayor exposición y mayor susceptibilidad de los niños; que se aplicara un factor adicional del décuplo de inseguridad al establecimiento de las IDA, a no ser que hubiera datos fiables que respaldaran el uso de otro factor de seguridad; y que en el proceso actual de establecimiento de LMR utilizado por la JMPR/CCPR no se tenía explícitamente este aspecto en cuenta. El Observador de la Internacional de Consumidores acogió con satisfacción las medidas adoptadas por los Estados Unidos de América y la CE a este respecto (véanse párrs. 11 y 37).

13. El Comité pidió a la Secretaría del Codex que preparara, en colaboración con Alemania, los Estados Unidos de América, la CE y la IC, un documento para su examen en la próxima reunión del Comité en respuesta a la solicitud del CCNFSDU, en especial sobre posibles preocupaciones toxicológicas peculiares para los niños. El Comité pidió también a la JMPR que en su próxima reunión tuviera en cuenta las características fisiológicas y de desarrollo de lactantes y niños pequeños.

14. El Observador de la Federación Mundial de Protección de Cultivos afirmó que había un conjunto de pruebas científicas que no respaldaban la premisa de que se daba una susceptibilidad por lo general mayor de los niños a las sustancias químicas y medicamentos. El Observador estimuló al Cuadro OMS de la JMPR a examinar la cuestión y adoptar una posición respecto de una mayor susceptibilidad de los lactantes y niños pequeños y la validez de las IDA establecidas por la OMS para esos grupos de edad. El Comité pidió a la JMPR que asesorase sobre este particular.

Establecimiento de LMR para el pescado[4]

15. El Comité tomó nota de la preocupación del Comité Coordinador del Codex para África con respecto a las dificultades experimentadas por los países que lindan con el Lago Victoria para exportar el pescado capturado en dicho lago debido a la presencia de determinados plaguicidas, y de su petición al CCPR de examinar el problema de los residuos de plaguicidas en el pescado, con vistas a establecer LMR.

16.En vista de que no se había proporcionado ningún dato al CCPR, el Comité concluyó que no estaba en condiciones de adoptar medidas hasta que se hubieran presentado los datos pertinentes.

17. El Representante de la OMS señaló que se había llegado a tener a disposición el informe[5] de un Grupo de Estudio FAO/NACA[6]/OMS sobre las cuestiones de inocuidad de los alimentos asociadas con productos de la acuicultura. Dicho Grupo de Estudio había examinado los posibles riesgos biológicos y químicos que podrían ser importantes para el pescado y los crustáceos de criadero. En cuanto al empleo de productos químicos en la acuicultura, el Grupo de Estudio instó a los gobiernos nacionales a aplicar un sistema de licencias para estos productos, en particular plaguicidas, en la acuicultura, y establecer períodos de retirada apropiados a las condiciones del medio y especies ícticas. No obstante, haría falta más información sobre plaguicidas y sus condiciones de empleo a fin de asegurar que los residuos en el tejido del pescado no fueran dañinos para la salud.


[2]CX/PR 99/2, CX/PR 99/2-Add.1 (observaciones del Reino Unido).
[3] ALINORM 99/26, párr. 74
[4] ALINORM 99/28, párr.9
[5] Food Safety Issues Associated with Products from Aquaculture, Informe de un Grupo de Estudio FAO/NACA/OMS, Bangkok, Tailandia, 22-26 de julio de 1997, TRS 883 (OMS 1999).
[6] Red de Centros de Acuicultura en Asia y el Pacífico


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