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PROYECTO DE DIRECTRICES PARA LA PRODUCCIÓN, ELABORACIÓN, ETIQUETADO Y COMERCIALIZACIÓN DE ALIMENTOS PRODUCIDOS ORGÁNICAMENTE (Tema 4 del programa)[3]

21. El Comité recordó que en la 26ª reunión se había adelantado al Trámite 8 el Proyecto de Directrices, con la excepción de la Sección 5.1, Criterios, y las disposiciones relativas a la producción animal y los productos pecuarios, que se habían devuelto al Trámite 6 para la formulación de ulteriores observaciones y para un nuevo examen. El Grupo de Trabajo Especial examinó estas secciones y las observaciones recibidas en respuesta a los documentos CL 1998/18-FL y CL 1998/19-FL inmediatamente antes de la reunión del Comité.

22. La Sra. Ruth Lovisolo (Australia), Presidente del Grupo de Trabajo, presentó al Comité las secciones revisadas de las Directrices e indicó que la sección 5.1 se había examinado con detalle y concluido y que el texto relativo a la producción animal se había mejorado considerablemente. Sin embargo, se necesitarían ulteriores observaciones y un nuevo examen a fin de abordar todas las cuestiones relativas a la producción animal. El Comité examinó las enmiendas introducidas por el Grupo de Trabajo en el texto como se indica a continuación.

Subsección 5.1. Requisitos para la inclusión de sustancias en el Anexo 2 y Criterios para la Elaboración de Listas de Sustancias por los Países

23. El Grupo de Trabajo reconoció la importancia de proporcionar criterios marco para uso de los países en desarrollo que no tuvieran conocimientos prácticos para determinar tales criterios. Sin embargo, teniendo en cuenta la experiencia limitada de los Estados Miembros en la aplicación de los criterios, se había convenido en que la sección 5.1 pudiera utilizarse a discreción de los gobiernos nacionales hasta que se hubiera adquirido más experiencia en su uso y aplicación.

24. Las enmiendas sustantivas de los criterios eran las siguientes:

25. El Comité tomó nota de la declaración final del apartado 5.1, que reflejaba la recomendación por parte de la Comisión de transparencia en el proceso de adopción de decisiones y la participación de todas las partes interesadas.

26. El observador de Consumers International, con el apoyo de los observadores de la IFOAM y la RAFI, propuso la inclusión de una declaración internacional en el sentido de que en el proceso deberían tenerse en cuenta las preferencias de los consumidores y otros factores legítimos, como las preocupaciones éticas. Algunas delegaciones y el observador de la CE señalaron que el objetivo general de las Directrices era ocuparse de la preferencia específica de los consumidores y que esos aspectos se habían tenido en cuenta en el texto presente; además, en la frase mencionada en el párr. 25 se especificaba claramente que debían intervenir todas las partes interesadas.

27. El observador de la IFOAM manifestó la opinión de que la conclusión de las Directrices era un paso muy positivo, especialmente teniendo en cuenta que todos los sectores interesados habían podido participar en el proceso de elaboración; sin embargo, serían necesarias nuevas aportaciones de los países en desarrollo y de Europa oriental, especialmente al revisar las Directrices, a fin de tener en cuenta las condiciones predominantes en esos países. El observador propuso también que los gobiernos facilitaran la participación de los interesados en las delegaciones nacionales.

28. El Comité acordó remitir la sección 5.1 a la Comisión para su adopción en el Trámite 8 como parte del Proyecto de Directrices (véase el Apéndice II).

Producción animal

29. Se adoptó la decisión general de utilizar el término “ganado” en lugar de “animal” y se convino en que el texto, en esta etapa, se referiría solamente a los bovinos (búfalos inclusive), porcinos, caprinos, equinos, aves de corral y abejas criados para la obtención o la producción de alimentos. Se suprimió por el momento la referencia en el texto a la acuicultura, aunque se estuvo de acuerdo en que era un tema que debería abordarse en el futuro. La Comisión tomó nota de que la IFOAM había puesto a disposición su norma sobre la acuicultura para información.

30. El texto se reestructuró para conseguir mayor claridad con respecto a los numerosos aspectos distintos e importantes de la producción ganadera y los productos pecuarios, de manera que se pudieran abordar cuestiones concretas en los siguientes apartados (en negrita):

31. El Comité estuvo también de acuerdo en que deberían incluirse los criterios para los insumos de los sistemas de producción pecuaria orgánica en las secciones específicas de nutrición y atención sanitaria del Anexo 1.

32. La delegación del Japón, con el apoyo de Corea, señaló a la atención del Comité las condiciones de la producción pecuaria en Asia, donde el pequeño tamaño de las explotaciones tal vez no permitiría cumplir todas las disposiciones de las Directrices. La Presidenta del Grupo de Trabajo recordó que este punto se había tenido en cuenta en el debate y se ocupaba de él el párrafo 3 relativo a determinados sistemas agropecuarios (tradicionales).

Estado de tramitación del Proyecto de Directrices para la Producción, Elaboración, Etiquetado y Comercialización de Alimentos Producidos Orgánicamente

33. El Comité acordó adelantar la sección 5.1 del Proyecto de Directrices al Trámite 8 para su adopción por la Comisión (véase el Apéndice II) y devolver al Trámite 6 las secciones sobre ganado y producción pecuaria para la formulación de nuevas observaciones y para su examen en la próxima reunión (véase el Apéndice IV).

34. El Comité expresó su aprecio a la Sra. Lovisolo y al Grupo de Trabajo por su importante labor y por los progresos realizados en temas complejos y convino en que se convocara el Grupo de Trabajo de nuevo antes de la próxima reunión para examinar las secciones relativas a la producción pecuaria.


[3] CL 1998/19-FL, CX/FL 99/4 (observaciones de Argentina, Canadá, Cuba, Dinamarca, Finlandia, Francia, Japón, Corea, Malasia, Noruega, Polonia, Suecia, Suiza, Estados Unidos, CE, IFOAM, CX/FL 99/4-dd.1 (Tailandia), Add. 2 (Canadá), CRD 8 (Chile), CRD 14 (Japón), CRD 15 (IACFO).

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