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9. MEDIDAS LEGALES


9.1 Derechos legales sobre las instalaciones de acuicultura
9.2 Propiedad de los stocks en acuicultura
9.3 Mercadeo de los productos
9.4 Introducción de especies no-indígenas e importación de peces vivos
9.5 Control de enfermedades y salvaguardia de la salud publica

Muy pocos países tienen hasta ahora disposiciones específicas destinadas a la promoción y protección de la acuicultura. En tanto se practicaba al nivel bajo de subsistencia, no se encontraban problemas legales importantes, sin embargo, ahora que la acuicultura se ha radicado más ampliamente y en mayor escala, muchos problemas efectivos han aparecido tanto para los granjeros a pequeña escala como para los empresarios más importantes. Se puede argumentar que el sistema legal se ajustara eventualmente si la industria demuestra su viabilidad económica, pero en la carencia de provisiones legales puede ser a menudo imposible incluso iniciar la industria y dejarla marchar por un período de tiempo adecuado para que pruebe su viabilidad.

En algunos países las dificultades se han presentado por falta de una definición legal de la acuicultura o de la piscicultura. Faltando tal definición se encontró imposible considerar los aspectos legales de las operaciones de acuicultura bajo cualquiera de las reglas existentes, por ejemplo no se la puede incluir bajo pesca, agricultura o ganadería. De hecho todavía no se ha considerado como parte de la corriente principal de producción de alimentos en la gran mayoría de los países. Considerando la naturaleza de las operaciones y el estado de la industria, existe toda una base lógica para situar la acuicultura en el mismo pie que la agricultura en cuanto a protección legal y asistencia financiera. Como se ha descrito en la sección 8.4 es esencial que existan provisiones legales que ofrezcan fuentes incentivos para las inversiones por lo que, en tanto se promulguen "leyes de acuicultura" de amplio alcance, muchas de las estipulaciones relativas a la protección de la agricultura pueden extenderse también a la acuicultura.

9.1 Derechos legales sobre las instalaciones de acuicultura

Generalmente las tierras baldías impropias para la agricultura u otro uso directo se pueden utilizar para granjas piscícolas. Muy a menudo tales tierras pertenecan al gobierno o la comunidad y el granjero o el empresario deberán conseguir dicha tierra en arriendo a largo plazo o como propiedad permanente para poder utilizarla para construir estanques para peces. Dos de los problemas más comunes que se presentan a este respecto son las restricciones legales sobre la duración del arriendo y el área máxima que puede ser vendida o arrendada a individuos o empresas privadas. La importancia ambiental y los múltiples usos posibles de tales tierras baldías son otros de los problemas que deben tomarse en cuenta (véanse paginas 29 y 30).

El cultivo de moluscos y los cultivos en jaulas o cercas de peces y camarones se hacen generalmente en dársenas protegidas, lagunas, lagos, embalses y otras extensiones acuáticas abiertas. Sucede a menudo que no existen reglas específicas sobre el uso de tales áreas para la acuicultura, o que la interpretación de las reglas existentes, que fueron promulgadas sin considerar la acuicultura como una de las utilizaciones legítimas de tales áreas, resulta perjudicial para su desarrollo. Incluso cuando la acuicultura se permite legalmente, la ley puede no abarcar muchas de las nuevas técnicas. Por ejemplo, las reglementaciones existentes en ciertos países se refieren a los derechos de cultivo de los mariscos en el fondo del mar o en estructuras fijas, pero no incluyen el uso de balsas flotantes, una técnica que se esta haciendo cada vez más popular. En la mayoría de los casos es la falta de leyes que autoricen, lo que crea los problemas y en tales circunstancias los empresarios tienen que negociar acuerdos ad hoc con el gobierno u otros utilizadores de las mismas aguas. Por ejemplo, para satisfacer el argumento de los pescadores de que el cultivo en recintos cerrados o en jaulas puede afectar los stocks libres por medio de la competencia por el alimento natural, los acuicultores han aceptado en muchos casos soltar cierto numero de juveniles de los viveros para que aumenten los stocks en las aguas libres.

Al menos en algunos países un granjero o un empresario pueden tener que hacer frente a dificultades considerables para obtener permiso de las autoridades planificadoras para usar lugares no contaminados en áreas rurales, a causa de las ambigüedades de la jurisdicción dentro del mecanismo gubernamental, o de las exigencias de la construcción que son inaplicables en acuicultura. Es mas, cuando un granjero que se ocupa de ganadería puede tener derecho a un auxilio proporcional tal concesión no es generalmente aplicable a un acuicultor, pues peces y mariscos no están incluidos por las disposiciones existentes apropiadas.

La acuicultura puede desarrollarse a menudo como parte de los programas de desarrollo de cuencas fluviales, y resulta esencial disponer de un marco legal adecuado para dar a la acuicultura una posición de paridad con otras actividades en los programas. Una mención particular debe hacerse de los derechos al uso del agua de riego para el cultivo en estanques, o en jaulas y cercas en los canales de irrigación y los depósitos de agua para varios fines, y para formar stocks en lagos y depósitos artificiales.

Algunas de las objecciones presentadas contra el uso de las áreas del mar colindantes con la orilla son de carácter estético y las leyes existentes o la carencia de ellas se usan para prevenir el desarrollo de la acuicultura. Puede ser necesario, por consiguiente, introducir zonificaciones verticales y horizontales en ciertas áreas y procedimientos de arriendos y licencias, si la industria debe desarrollarse. Una jurisdicción administrativa a nivel adecuado (estatal, regional o federal) puede establecerse para acomodar imparcialmente los requerimientos de las inversiones en la acuicultura y garantizar que las medidas adoptadas sean compatibles con el bienestar publico. Tal jurisdicción puede recibir la responsibilidad de revisar las proposiciones de nuevas empresas y recomendar la legislación más oportuna sobre concesiones. Eventualmente puede responsabilizarse de negociar acuerdos sobre usos múltiples con otras agencias y la industria.

9.2 Propiedad de los stocks en acuicultura

La acuicultura supone cría de stocks y por consiguiente la propiedad de los stocks que cultiva el granjero. Incluso en los cultivos en estanques, cuando existen derechos de propiedad bien definidos, la protección de los stocks plantea muchos problemas. Pero el caso es más difícil cuando se usan aguas publicas para la piscicultura: los recursos pesqueros siendo considerados propiedad común, en ausencia de disposiciones adecuadas tanto el cultivador como las agencias gubernamentales encontraran difícil o imposible ejercer derechos de propiedad sobre los stocks cultivados. Cuando los recursos pesqueros de una extensión abierta de agua fueron mejorados por medio de operaciones de repoblación, o la pesquería de una especie anádroma como el salmón ha sido mejorada por medio de la liberación de juveniles de cultivo, el ejercicio de los derechos de propiedad crea problemas más complicados. Es difícil sugerir soluciones generalizadas pero cuando están comprometidas inversiones privadas resulta necesario dar una protección adecuada a los stocks cultivados y deben ser eliminadas las anomalías en las disposiciones existentes. Como afectan tales situaciones a la acuicultura puede verse claramente por medio de una anomalía legal que se ha visto recientemente en el Reino Unido: los pescadores comerciales de salmón están autorizados a dar muerte a las focas que se enganchan o representan obstáculos para sus artes de pesca, pero los salmonicultores que emplean jaulas no tienen permiso para disparar a las focas que merodean, pues las jaulas no pueden considerarse artes de pesca.

9.3 Mercadeo de los productos

A fin de utilizar lo mejor posible las condiciones del mercado, el acuicultor deseara vender su producto durante el periodo de baja oferta, o sea cuando es la estación de veda para la pesca. Igualmente será una gran ventaja criar peces o mariscos hasta un tamaño inferior el mínimo permitido en la pesca de captura, para satisfacer demandas concretas del mercado. Por ejemplo, existe un buen mercado para el salmón de tamaño "porción" en Norteamérica (unos 250-390 g de peso) y este puede obtenerse económicamente por métodos de cría. Igualmente el rodaballo tamaño "porción", con peso de unos 500 g (27 cm de largo) tiene buen mercado en el Reino Unido. Ambos tamaños son inferiores a los legales para las capturas de los stocks naturales y a menos de que se adopten disposiciones legales para eximir a los productos de la piscicultura de las reglamentaciones sobre tamaños mínimos y épocas de veda, la industria de la acuicultura perderá algunas de sus ventajas más importantes.

9.4 Introducción de especies no-indígenas e importación de peces vivos

Muchos países tienen leyes y reglamentaciones que regulan la importación de peces y mariscos vivos y de huevos de peces a fin de controlar la introducción de especies exóticas o impedir el desarrollo de enfermedades contagiosas. La necesidad de medidas adecuadas para controlar las enfermedades es bien conocida, pero tales reglamentaciones deben basarse en técnicas de diagnostico y tratamiento realmente científicas, por una parte, y en inspecciones metódicas de las unidades de producción, por otra (véanse paginas 8, 11 y 12). En el interés de la industria es necesario que exista el dispositivo necesario para dar cumplimiento a las reglamentaciones y para que puedan concederse rápidamente los permisos de importación y exportación. Algunos países tienen leyes muy severas respecto al trasplanto o introducción de especies exóticas. Aunque no puede haber dudas sobre la necesidad de prevenir la introducción indiscriminada de especies no-indígenas, sucede a menudo que las reglas son bastante arbitrarias y no basadas en evidencias científicas sobre los efectos adversos en la bioto local o en el ambiente. El intercambio internacional de especies y razas puede beneficiar a la acuicultura y, por tanto, ser esencial en algunos casos. Las reglamentaciones sobre su introducción deben, por tanto, basarse en permisos concedidos a base de un estudio cuidadoso y objetivo de los pros y los contras. La necesidad de la introducción se examinara atentamente y solo si es evidentemente esencial y los beneficios compensan o son superiores a los riesgos probables se debe dar consideración a la importación. Es esencial tener en cuenta los hábitos de los candidatos a la introducción en su hábitat natural y su relación con otros miembros del sistema ecológico original, incluidos parásitos y enfermedades. Se deberá hacer entonces una evaluación cuidadosa sobre los efectos probables de la introducción, incluyendo un examen de los efectos de introducciones previas de la misma especie en otras áreas (si la especie en cuestión no se ha introducido aun en ninguna parte, se examinaran los datos salientes de la introducción de especies similares en otras áreas). Si con base a tales investigaciones se decide trasplantar o introducir la especie, se adoptaran medidas de precaución apropiadas por medio de adecuadas disposiciones en leyes y reglamentaciones pertinentes. Es mejor introducir las especies en el estado de huevo si es posible y producir su eclosión en condiciones de cuarentena; los juveniles serán liberados en estanques de cultivo u otras extensiones de agua solo después de que se las ha hallado libres de infecciones. Como ya se ha dicho anteriormente las partidas para la introducción deberán obtenerse, siempre que sea posible, de instalaciones que se inspeccionan regularmente desde el punto de vista sanitario y con certificado de las autoridades competentes, a base de las inspecciones apropiadas, de que se encuentran libres de enfermedades contagiosas.

9.5 Control de enfermedades y salvaguardia de la salud publica

Por lo que sabemos hasta ahora sobre las enfermedades de los organismos de acuicultura y sobre su control, existe un cierto numero de enfermedades, especialmente infecciones virales, para las que no hay tratamientos efectivos conocidos y el stock infectado debe ser destruido a fin de evitar que se contagien otras instalaciones de cultivo. Se necesita una disposición legal per permita a las autoridades pertinentes destruir tales stocks y cuando la infección ha sido causada por factores fuera del control del granjero, debe existir una disposición para el pago de la compensación apropiada.

En la sección 10.2 trataremos de la contaminación de los productos de la acuicultura a consecuencia de la descarga de efluentes nocivos en las áreas de cultivo. El peligro para la salud publica que resulta del consumo de productos contaminados, particularmente moluscos (ostras, almejas, mejillones, etc.) que se comen crudos a menudo, debe evitarse por medio de reglamentaciones y se hará obligatorio que los productores depuren los moluscos en plantas depuradoras adecuadas operadas por el gobierno o por otras agencias, según las normas rigentes legales sobre salud publica.

En muchos países tropicales las reglamentaciones sobre la salud publica esta en pugna con la construcción y manutención de estanques y otras extensiones de agua estancada o semi-estancada empleadas para la piscicultura. En determinadas condiciones tales extensiones de agua pueden convertirse en criaderos de mosquitos que son agentes de transmisión de malaria, filariasis, fiebre amarilla, dengue y encefalitis. El reconocimiento mítuo de la necesidad de la piscicultura y de la importancia de evitar la cría de mosquitos en las aguas destinadas a aquella actividad ha conducido al desarrollo de métodos adecuados para combinar el control de los mosquitos con la producción de peces. Cuando se adoptan medios eficaces de control de las algas (tanto prevención de su crecimiento con un diseño adecuado de los estanques, etc., como erradicación por medios mecánicos, químicos o biológicos) y cuando las aguas son pobladas por larvívoros compatibles, las posibilidades de reproducción de los mosquitos se reducen a un nivel insignificante. La utilización de especies herbívoras para su cultivo en tales aguas actuara como medida adicional de control de la vegetación y evitara así la cría de mosquitos.

Otro de los peligros para la salud publica asociado con la acuicultura es la difusión de la esquitosomiasis por medio de los caracoles que pueden multiplicarse en los estanques de peces y otras extensiones de agua utilizadas para la piscicultura. Como los caracoles son herbívoros y dependen de las plantas acuáticas, el control de estas como se dijo antes reducirá las posibilidades de crecimiento de la población caracolera. Para extirpar los caracoles por un medio directo pueden introducirse en los lugares de acuicultura peces que se alimentan de caracoles. Estas medidas pueden servir igualmente para evitar y controlar la posible transmisión de enfermedades animales como la fascioliasis de las que los caracoles son intermediarios.


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